MODELO DE PLIEGOS MODELO DE PLIEGOS LISTA CORTA CONSULTORÍA Versión 2.3 – Abril 2010 Actualizado en función de las resoluciones INCOP Nos. 037-09 (27 de noviembre de 2009), 038-09 (9 de diciembre de 2009), 039-2010 (27 de febrero de 2010) y 042 (16 de...
LISTA CORTA CONSULTORÍA
Versión 2.3 – Abril 2010
Actualizado en función de las resoluciones INCOP Nos. 037-09 (27 de noviembre de 2009), 038-09 (9 de diciembre de 2009), 039-2010 (27 de febrero de 2010) y 042 (16 xx xxxxx de 2010).
(Nombre de la Entidad Contratante)
CÓDIGO DEL PROCESO: (LCC) - (Siglas Entidad) – (Número correlativo) - (Año)
Objeto de Contratación: (Tipo de compra – Objeto del proceso de contratación)
(Ciudad) (Fecha)
LISTA CORTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
ÍNDICE
SECCIÓN I INVITACIÓN
SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
SECCION III CONDICIONES GENERALES
3.1 Comisión Técnica
3.2 Inhabilidades
3.3 Modelos obligatorios de pliegos
3.4 Obligaciones del Oferente
3.5 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones
3.6 Idioma y Autenticidad de los Documentos
3.7 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación
3.7.1 Apertura del sobre Nº 1
3.7.1.1 Análisis preliminar del contenido del sobre Nº 1
3.7.2 Etapa de Evaluación Técnica:
3.7.3 Etapa de Evaluación Económica:
3.7.4 Negociación y Adjudicación:
3.8 Criterios de evaluación
3.9 Rechazo de Ofertas
3.10 Garantías
3.11 Cancelación del Procedimiento
3.12 Declaratoria de Procedimiento Desierto
3.13 Adjudicatario Fallido
3.14 Proyecto del Contrato
3.15 Moneda de Cotización y Pago
3.16 Reclamos
3.17 Administración del Contrato
3.18 Convalidación de errores de forma
SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECIFICAS
4.1 Participantes
4.2 Cronograma del Proceso del Lista Corta
4.3 Vigencia de la Oferta
4.4 Forma de pago
4.5 Ampliación de Plazos para Entrega de Ofertas
4.6 Indicaciones para la Elaboración de las Ofertas
4.6.1 Requisitos mínimos
4.6.1.1 Para el Oferente
4.6.1.2 Para el Personal
4.6.2 Requisitos Formales
4.7 Contenido de la Oferta
4.7.1 Contenido del sobre Nº 1: OFERTA TÉCNICA
4.7.2 Contenido del Sobre Nº 2: OFERTA ECONÓMICA
4.8 Coeficiente de Ponderación
4.9 Términos de Referencia
SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO
SECCIÓN VI MODELO DE FORMULARIOS GENERALIDADES
Formulario Nº 1 CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Formulario Nº 2 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
Formulario Nº 2-A IDENTIFICACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
Formulario Nº 2-B CONFORMACIÓN DE LA ASOCIACIÓN O ACUERDO DE
ASOCIACIÓN O COMPROMISO DE EXTENCIÓN DE
VIGENCIA (según corresponda)
Formulario Nº 3 REFERENCIAS SOBRE LA EXPERIENCIA EN SERVICIOS
SIMILARES, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS AÑOS
Formulario Nº 4-A ANEXOS (Para trabajos ejecutados)
Formulario Nº 4-B ANEXOS (Para trabajos en ejecución)
Formulario Nº 5 LISTA DEL PERSONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Formulario Nº 6 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
Formulario Nº 7 CARTA DE COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL
PROYECTO
Formulario Nº 8 PLAN DE TRABAJO, ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA
DE TRABAJO
Formulario Nº 9 RECURSOS, INSTRUMENTOS Y EQUIPOS
Formulario Nº 10 OFERTA ECONÓMICA
Formulario No. 11 REFERENCIA RESOLUCIÓN INCOP 037-09 (que sustituye a la
Resolución INCOP No. 028-09)
LISTA CORTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN I
INVITACIÓN
Se invita, en los términos establecidos en los pospresentes pliegos y a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a un máximo de seis (6) y a un mínimo de (3) consultores que serán seleccionados por (entidad contratante) siempre y cuando reúnan los requisitos previstos en estos pliegos de acuerdo a lo que establece los artículo 37 del Reglamento de LOSNCP, y a la Resolución INCOP No. 066-2012 de 01 xx xxxxxx de 2012.
Si no se presentaren ofertas o las presentadas hubiesen sido rechazadas, la (entidad contratante) podrá realizar una nueva lista corta, que no incluya los proveedores invitados en primera lista corta.
El Presupuesto Referencial es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA.
El objeto de esta Invitación, debe ejecutarse en un plazo de (días, meses o años), de acuerdo con lo que se estipule en el contrato.
Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes:
1.- Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos propios, provenientes del presupuesto de la entidad contratante, con cargo a la partida presupuestaria (número) . Se otorgará un (anticipo del (establecer porcentaje en letras y números) del valor del contrato (de ser el caso) y/o el valor del contrato será pagado (establecer en este espacio si el pago es mensual o por etapas) contra entrega de la factura y del informe mensual o de la etapa correspondiente, el que deberá ser aprobado a entera satisfacción de la entidad contratante, o contra entrega de todos los productos a satisfacción de la misma).
2.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la LOSNCP. (La entidad contratante de considerarlo necesario, podrá establecer en los pliegos, un valor predeterminado a cobrarse al proveedor adjudicado, que deberá tener estricta relación con los costos de levantamiento de textos, reproducción y edición de los pliegos).
3.- Los oferentes que participen individualmente o en asociación deberán estar habilitados como proveedores en el Registro Único de Proveedores, RUP, conforme lo dispone el artículo 18 de la LOSNCP.
4.- Los interesados podrán realizar preguntas en el término de …. (mínimo de 3 y máximo 6 días contados a partir de la fecha de publicación de la invitación) y recibir respuestas y aclaraciones de la Entidad Contratante, en el término de …. (mínimo de 3 y máximo 6 días) respecto al contenido de los Pliegos, a través del portal.
5.- Las ofertas se presentarán a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, para lo cual se habilitarán dos opciones: una para la entrega de los formularios 1 y 2 de la oferta técnica, y otra para la entrega de la oferta económica. La presentación se realizará hasta (establecer el día y hora, que no será menor a 10 días hábiles ni superior a 20 días hábiles, desde la fecha de la invitación).
Además, las ofertas técnica y económica deberán ser entregadas simultáneamente (es decir, en el mismo día y hora), de manera física y en dos sobres separados en (dirección entidad contratante). El sobre de la oferta económica que se entregará físicamente deberá contener la impresión de la pantalla que compruebe que esa oferta económica ha sido entregada a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx .
El portal permitirá que la apertura y procesamiento de ambas ofertas se ejecuten en días distintos, con una diferencia entre ambos actos de hasta 10 días término, en el sobre 1 la oferta técnica y en el sobre 2 la oferta económica.
La fecha de apertura de las ofertas técnicas presentadas es: (establecer fecha, considerando lo señalado en el apartado anterior).
6.- La evaluación de las propuestas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del artículo 6 de la LOSNCP, los artículos 38 al 40 del Reglamento General de la LOSNCP y Resolución IINCOP No. 066-2012 de 01 xx xxxxxx de 2012 , emitida por el INCOP.
(Ciudad y fecha)
FIRMA DE LA MÁXIMA AUTORIDAD (O SU DELEGADO)
DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
LISTA CORTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
Este proceso tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación del contrato de prestación de (objeto de la contratación).
Términos de Referencia:
LISTA CORTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCION III
CONDICIONES GENERALES
3.1 Comisión Técnica: Todo proceso de Lista Corta presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la LOSNCP, encargará del trámite del proceso y la elaboración de los pliegos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 49 de la LOSNCP.
Esta comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos pliegos, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.
3.2 Inhabilidades: No podrán intervenir en el proceso, ningún oferente que se encuentre incurso en las inhabilidades generales o especiales determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP.
3.3 Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando el modelo xx xxxxxx establecido por el INCOP.
(Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General de la LOSNCP, cada Entidad Contratante deberá completar los modelos obligatorios. La Entidad Contratante, bajo su responsabilidad, podrá modificar y ajustarlos a las necesidades particulares de cada proceso de contratación, siempre que se cumpla con la LOSNCP y su Reglamento General, y el contenido de la información de la oferta se solicite a través de los formularios que son parte del modelo de pliegos).
3.4 Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.
3.5 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución INCOP No. 066-2012 de 01 xx xxxxxx de 2012, los proveedores podrán realizar preguntas sobre los pliegos a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y la entidad contratante dentro de la fecha límite constante en el cronograma, emitirá respuestas que se publicarán en el portal.
La Comisión Técnica podrá en la etapa de preguntas y respuestas, emitir aclaraciones o modificaciones de los Pliegos, siempre y cuando éstas no cambien el presupuesto referencial, ni el objeto del proceso contemplado en los pliegos.
Todas las aclaraciones se considerarán como alcance a los pliegos y recibidas por todos los participantes, una vez que han sido publicadas en el Portal.
3.6 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen.
Los documentos que se presenten en la oferta serán en original o copia notariada.
Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma, su traducción deberá certificarse por Autoridad Consular competente, o la respectiva apostilla.
3.7 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación:
3.7.1 Apertura del sobre Nº 1:
En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirán el sobre No. 1. Un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta.
3.7.1.1 Análisis preliminar del contenido del sobre Nº 1:
La Comisión verificará que el Sobre No. 1 contenga todos los documentos solicitados; que los documentos sean originales o copias certificadas o notariadas, que no tengan tachaduras o enmiendas no salvadas y verificará la autenticidad de la información presentada.
3.7.2 Etapa de Evaluación Técnica:
La Comisión Técnica evaluará y calificará cada propuesta conforme a una escala que sumará cien (100) puntos.
La Comisión Técnica antes de la apertura del sobre N° 2, notificará a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx los resultados finales de la evaluación del sobre N°1, debidamente sustentados.
Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las ofertas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos. Las ofertas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
En el caso de que se contrate la fiscalización de una obra pública, se aplicará de manera obligatoria un margen de preferencia xx xxxx (10) puntos, a favor del oferente que acredite haber realizado el diseño o los estudios (o que haya integrado el equipo respectivo) de la obra cuya ejecución se requiere fiscalizar.1
3.7.3 Etapa de Evaluación Económica:
Dentro del término establecido en el artículo 39 del Reglamento General de la LOSNCP, la Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2, en los términos de los artículos 5, 6, 7, 8 y 9 de la Resolución INCOP No. 066-2012 de 01 xx xxxxxx de 2012.
3.7.4 Negociación y Adjudicación:
La Comisión Técnica negociará de acuerdo a los términos del artículo 40 del Reglamento General de la LOSNCP.
No se volverá a llamar para nuevas negociaciones al proponente con el cual no se llegó a un acuerdo durante la negociación.
El acta de negociación será firmada por los miembros de la Comisión y el consultor o su delegado. El consultor negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.
Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor. La Comisión y el consultor laborarán en jornadas completas y sucesivas hasta que se produzcan resultados, y de ser estos positivos continuarán ininterrumpidamente hasta lograr la negociación.
La máxima autoridad de la entidad contratante adjudicará el contrato en los términos del último inciso del artículo 40 del Reglamento General de la LOSNCP. En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se declarará desierto de conformidad al artículo 33 de la LOSNCP.
El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
3.8 Criterios de evaluación: La Comisión calificará el contenido de los Sobres Nos. 1 y 2, bajo los parámetros de evaluación determinados por la entidad contratante, tomando en cuenta los criterios de selección establecidos en el artículo 41 de la LOSNCP, en lo que sean aplicables, así como los criterios y parámetros obligatorios establecidos en el artículo 9 de la Resolución INCOP No. 066-2012 de 01 xx xxxxxx de 2012.
3.9 Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica rechazará una oferta por las siguientes causas:
a) Si no cumpliere los requisitos exigidos en las especificaciones generales y técnicas de estos pliegos;
b) Si se hubieran entregado las Ofertas en otro lugar o después de la hora establecida para ello;
c) Cuando las Ofertas contengan errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser considerados errores de forma o mediante corrección aritmética y que afecten notoriamente el monto total de la oferta;
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato;
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;
f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier modificación a los Pliegos.
3.10 Garantías: En este contrato se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 73, 74, 75 y 76 de la LOSNCP.
3.10.1La garantía de fiel cumplimiento del contrato, que se rendirá por un valor igual al 5% del monto total del contrato (no se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000003 por el Presupuesto Inicial del tado del correspondiente ejercicio económico).
3.10.2 La garantía del anticipo que respalde el 100% del valor recibido por este concepto.
Las garantías indicadas en el numeral anterior serán entregadas, en cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 73 de la LOSNCP.
Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP.
El valor máximo por concepto de anticipo en contratos de consultoría será del setenta por ciento (70%) del monto total del contrato. 2
3.11 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
3.12 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la Entidad Contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artículo 33 de la LOSNCP.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.
3.13 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad Contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.
Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo114 del Reglamento General de la LOSNCP, la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.
3.14 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General.
3.15 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
3.16 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General.
3.17 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
3.18 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de la entidad contratante. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.
La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.
Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.
LISTA CORTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN IV
CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1 Participantes: De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 41 de la LOSNCP podrán participar en el presente concurso las personas naturales o jurídicas3 nacionales y extranjeras (cuando sea el caso de consultores extranjeros, se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 37 de la LOSNCP) o asociaciones de éstas, quienes deberán estar habilitadas en el RUP y que cumplan con los siguientes requisitos:
Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad.
Las empresas consultoras contratarán y demostrarán que cuentan con consultores individuales que deberán cumplir con los requisitos previstos en la LOSNCP.
Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las inhabilidades determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP.
No se requiere que los oferentes asociados hayan formalizado el contrato de asociación; bastará el compromiso de asociación para el caso de adjudicación la que se formalizará previo a la celebración del contrato.
En caso de Asociación, se requiere adjuntar los Formularios Nº 1.2-A y 1.2-B, identificación y conformación de la Asociación.
Cuando exista un compromiso de asociación, para la participación en cualquier procedimiento de consultoría, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP, de entre ellos se designará un Procurador Común; y, en caso de ser adjudicada la asociación, previo a la suscripción del contrato, se obtendrá la habilitación en el RUP de la asociación formalizada.
4.2 Cronograma del Proceso del Lista Corta: El cronograma que regirá el Lista Corta es el siguiente:
(Las fechas asignadas deberán considerarse en días hábiles, no se deberán contemplar fechas de fin de semana, ni feriados).
DETALLE |
FECHA |
HORA |
Fecha de Publicación |
|
|
Fecha Límite de Preguntas |
|
|
Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones |
|
|
Fecha Límite Entrega de Ofertas Técnica y Económica |
|
|
Fecha Apertura de Ofertas |
|
|
Fecha Inicio evaluación de la Oferta |
|
|
Fecha Límite de resultados finales |
|
|
Fecha Estimada de adjudicación |
|
|
El término para la convalidación de errores será de (número de días). (La Entidad Contratante está obligada a cumplir con esta fase de manera responsable, analizando todos los errores de forma susceptibles de convalidación, a fin de realizar las notificaciones respectivas).
Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados, para lo cual se tomará en cuenta el siguiente cronograma que contemplará una nueva fecha de adjudicación:
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha Límite para solicitar convalidación de errores |
|
|
Fecha Límite para convalidación errores |
|
|
Fecha estimada de Adjudicación |
|
|
4.3 Vigencia de la Oferta: La vigencia de la oferta es de (numero y letras) días, sin embargo la Entidad Contratante podrá prorrogar el plazo previsto hasta la fecha de celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP.
4.4 Forma de pago: Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos del presupuesto de (entidad contratante), con cargo a la partida presupuestaria No. (número), de acuerdo a lo establecido en estos pliegos y siguiendo las siguientes opciones:
Otorgamiento de anticipo del (%) del valor del contrato, más pago(s) total, parcial o por producto;
Un solo pago o varios pagos contra entrega del respectivo informe final, parcial o por producto.
Cualquier otra determinada por la entidad contratante.
4.4.1 FORMA DE PAGO EN LOS CONTRATOS DE FISCALIZACIÓN DE OBRA.
En los procedimientos de contratación de fiscalización de obra pública, los oferentes deberán detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. En consecuencia, el valor del contrato de consultoría para la fiscalización de una obra estará en directa relación con el costeo presentado, sin que en ningún caso la oferta económica o el consecuente monto y forma de pago del contrato de fiscalización de obra pueda estar referido o fijado como un porcentaje del valor de la obra a ser fiscalizada.
Por consiguiente, en los contratos de fiscalización de obra, el pago se realizará en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza. En consecuencia, no será posible establecer en el contrato de fiscalización de obra, formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato de fiscalización de obra se dividirá para el monto del contrato de obra, obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el porcentaje que será aplicado sobre el monto de cada planilla de ejecución de obra: el valor resultante de esta última operación será el que corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalización de obra.4
4.5 Ampliación de Plazos para Entrega de Ofertas: La Comisión Técnica podrá extender el plazo para entregar las ofertas siempre que ocurrieran causas que lo justifiquen, hasta máximo 30 días hábiles, contados desde la invitación, prórroga que se publicará en el portal.
4.6 Indicaciones para la Elaboración de las Ofertas:
4.6.1 Requisitos mínimos:
Los participantes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con los requisitos solicitados en ellos.
La Comisión no admitirá reclamo posterior del oferente que se fundamente en el desconocimiento de los Pliegos.
4.6.1.1 Para el Oferente:
El oferente deberá probar su experiencia adjuntando:
En el caso de servicios prestados al sector privado, certificados conferidos por el contratante del estudio.
Tratándose de experiencia en el sector público: con certificados que hayan sido conferidos por autoridad competente del sector público; o, copia del Acta de Entrega-Recepción de los servicios de consultoría prestados.
4.6.1.2 Para el Personal:
Podrá demostrar su experiencia profesional de una de las siguientes formas:
En el sector privado, serán válidos los certificados conferidos por el contratante del estudio.
En el sector público, con certificados que hayan sido conferidos por autoridad competente; o, copia del Acta de Entrega-Recepción Definitiva de los servicios de consultoría prestados.
Será responsabilidad de la entidad contratante verificar la autenticidad de la información presentada.
4.6.2 Requisitos Formales:
Los documentos tanto del Sobre 1 como del Sobre 2, deberán estar foliados y rubricados por el consultor, representante legal o procurador común; se insertará, además, su correspondiente índice.
Los sobres se cerrarán con suficientes seguridades que impidan conocer su contenido antes de su apertura oficial y se rotularán con la siguiente leyenda:
(Objeto de la Consultoría)
(Código del proceso)
Sobre No (1 ó 2)
OFERTA (TECNICA O ECONOMICA)
(Original y copia)
Señor
Presidente de la Comisión Técnica de Consultoría
Ciudad.-
Participante: ______________________________
* El oferente deberá indicar si se trata del Sobre 1: Oferta Técnica, o del Sobre 2: Oferta Económica
4.7 Contenido de la Oferta:
4.7.1 Contenido del sobre Nº 1: OFERTA TÉCNICA:
El sobre Nº 1 contendrá:
1. Carta de Presentación y Compromiso, Formulario Nº 1.
2. Identificación del Oferente, Formulario Nº 2.
Identificación de la asociación. Formulario Nº 2-A. (De ser el caso).
Cuando participe en asociación, detallará la conformación de la asociación o acuerdo de asociación o compromiso de extensión de vigencia, Formulario Nº 2-B. (De ser el caso).
3. Referencias sobre la capacidad técnica y administrativa disponible, demostrada a través de los siguientes documentos: (deberá señalar la entidad contratante).
4. Antecedentes y experiencia en la realización de trabajos anteriores similares, demostrada a través de los siguientes documentos: (deberá señalar la entidad contratante);
Detalle sobre la experiencia en servicios similares durante los últimos __ años: Formulario Nº 3.
El proponente acompañará certificaciones relativas a los servicios similares ejecutados y en ejecución: Formulario Nº 4.
5. Antecedentes y experiencia del personal que será asignado al Proyecto, demostrada a través de los siguientes documentos:
Lista del personal asignado al proyecto (de ser el caso), Formulario Nº 5
Hoja de Vida de los profesionales asignados: Formulario Nº 6
Carta de compromiso del profesional asignado al proyecto: Formulario Nº 7
6. Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de consultoría: Formulario No. 8
7. Disponibilidad de recursos, instrumentos y equipos: Formularios Nº 9.
8. Cumplimiento de la Resolución XXXXX Xx. 000-00, de 27 de noviembre de 2009 (sustitutiva de la Resolución INCOP No. 028-09) para personas jurídicas, Formulario No. 11
4.7.2 Contenido del Sobre Nº 2: OFERTA ECONÓMICA:
El sobre Nº 2 contendrá:
La propuesta económica en forma detallada según el Formulario Nº 10.
El proponente expresará el precio de su oferta por el monto total del proyecto que asciende al valor (en letra y números). El pago de los trabajos ejecutados se realizará en la misma moneda de la oferta y que conste en el Contrato.
El oferente deberá incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos para la prestación de los servicios objeto del contrato, tales como: honorarios para directivos, profesionales, técnicos y personal auxiliar; pasajes y viáticos, impuestos tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes ecuatorianas debe pagar; costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos administrativos, arrendamiento de locales, etc.
La entidad no aceptará reclamos posteriores por costos no contemplados en la oferta.
4.8 Coeficiente de Ponderación: La entidad contratante ha determinado para este proceso de contratación que el coeficiente de ponderación para la evaluación técnica es ( %) y el coeficiente de ponderación para la evaluación económica es ( %), estos valores tendrán relación con lo establecido en los artículos 41 de la LOSNCP y 9 de la Resolución INCOP No. 066-2012 de 01 xx xxxxxx de 2012.
4.9 Términos de Referencia:
NOTA: Las entidades contratantes detallarán los Términos de Referencia, de acuerdo con la naturaleza de la contratación, usando como parámetros los siguientes:
4.9.1 OBJETO DE LA CONSULTORÍA
(Detallar el objeto de la contratación)
4.9.2 ALCANCE Y PROFUNDIDAD DE LA CONSULTORÍA
4.9.3 PRODUCTOS ESPERADOS
4.9.4 INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD Y QUE SE PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR
4.9.5 PLAZO DE EJECUCIÓN
4.9.6 ASPECTOS GENERALES DE LA METODOLOGÍA DE TRABAJO
4.9.7 TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA (de ser aplicable)
4.9.8 PRESUPUESTO REFERENCIAL
4.9.10 MARCO LEGAL:
En el proceso precontractual y contractual del desarrollo de la Consultoría, se deben considerar lo establecido en la LOSNCP, su Reglamento General y las resoluciones emitidas por el INCOP.
LISTA CORTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN V
PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES
Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte LA (entidad contratante), legalmente representada por (Máxima autoridad), (Nombre) y por otra, la consultora (si es persona natural por sus propios derechos), (si es persona jurídica nacional o extranjera nombre del representante legal o apoderado, según el caso), (asociación de consultoras nacionales o extranjeras nombre de la asociación), representada por… nombre del representante, en su calidad de representante o procurador común), los mismos que para efectos del presente contrato se denominarán La “(entidad contratante)” y "LA CONSULTORA", respectivamente, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.01.- La máxima autoridad (designación o cargo) de la entidad contratante, mediante resolución No. …de fecha…aprobó los pliegos y demás documentos del concurso.
1.02.- La invitación al procedimiento de Lista Corta para (objeto de la contratación), publicada en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx el día … de (mes) de (año), (y sus alcances).
1.03.- El acta de cierre de presentación de ofertas de fecha….
1.04.- El memorando No…. de… que contiene el informe y recomendación de la Comisión Técnica de Consultoría del (entidad contratante) sobre el proceso de calificación de oferentes del Lista Corta…, para contratar los (objeto de la contratación).
1.05.- El acta de negociación suscrita el (día) de (mes) de (año), entre la Comisión Técnica de Consultoría y el representante de la (Consultora).
1.06.- El Director Financieros de (entidad contratante), con Memorando No…., de (día) de (mes) de (año), certifica la existencia xx xxxxxxx presupuestaria y disponibilidad actual y futura de los recursos económicos para el financiamiento de este contrato.
1.07.- La resolución de adjudicación realizada por la máxima autoridad (designación o cargo) de fecha… publicada y notificada en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx el día…………….,
1.08.- Con memorando No…., (día) de (mes) de (año), (Máxima Autoridad) dispone la elaboración del presente contrato.
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.01.- Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos:
Los que acrediten la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato.
Copia certificada de la Escritura Pública de Constitución de… (nombre de la consultora, si es persona jurídica) o Copia certificada de la escritura pública que contenga el contrato de asociación de las consultoras y designación de Procurador Común (en el caso de que el contrato sea con una asociación de consultoras)
Copia certificada del Poder o, nombramiento de representante legal… (nombre), en su calidad de… de la consultora.
Copia certificada de la Comunicación Número…de… (fecha) mediante la cual se notificó con la resolución de Adjudicación del contrato.
El Acta de Negociación de la oferta técnico-económica.
Certificado de habilitación del RUP.
Certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías.
Certificado actualizado de Cumplimiento de Obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Los Pliegos, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos.
Las ofertas técnica y económica
Las garantías presentadas por la Consultora y aceptadas por (entidad contratante).
Cláusula Tercera.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TERMINOS
Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele claramente la intención del contratante. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
3.01.- Cuando los términos están definidos y son claros, se atenderá su tenor literal.
3.02.- Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.
3.03.- En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
3.04.-De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será la (Entidad Contratante) la que determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
Cláusula Cuarta.- : OBJETO DEL CONTRATO
4.01.- El Consultor, se obliga para con la (entidad contratante) a prestar los (objeto de la contratación). Los trabajos se realizarán bajo la supervisión y coordinación del Administrador del Contrato y de acuerdo a los documentos que se indican en la cláusula Segunda.
Cláusula Quinta.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA
En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
5.01.- Personal asignado al proyecto: Para el cumplimiento de los servicios de Consultoría, la Consultora ocupará durante la vigencia del contrato, al personal indicado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
5.02.- Sustitución del personal: Dicho personal no podrá ser sustituido sin la previa autorización por escrito del Administrador del Contrato.
En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales que la Consultora asigne al proyecto, serán sometidos previamente a la aprobación y aceptación de la (ENTIDAD CONTRATANTE). En todo caso su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse.
5.03.- Sustitución obligatoria del personal: A solicitud de (ENTIDAD CONTRATANTE), fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, la Consultora, a su costo, deberá cambiar uno o más de los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores.
5.04.- Personal adicional: En caso de que la Consultora necesite personal adicional al indicado en su oferta técnico-económica, solicitará a la (ENTIDAD CONTRATANTE) su aprobación. Igualmente para efectuar cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, la Consultora deberá solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato.
Cláusula Sexta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD).
La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)
Cláusula Séptima.- OBLIGACIONES DE (entidad contratante)
7.01.- Son obligaciones de la entidad contratante, a parte de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:
Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso.
Las demás, propias de cada contrato.
Cláusula Octava.- PLAZO
8.01.- LA CONSULTORA deberá entregar la totalidad del trabajo, materia del presente contrato de servicios de consultoría a través de un Informe Final, en el plazo de……….. (Definirá la Entidad Contratante).
Cláusula Novena.- PRÓRROGA DE PLAZO
9.01 La (entidad contratante) podrá extender el plazo de vigencia del presente contrato solo en los casos que se indican a continuación, a solicitud de LA CONSULTORA en un término de hasta dos (2) días de suscitado el evento o cuando de los hechos se evidencie tal necesidad:
Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado por la (entidad contratante), en los términos establecidos en el artículo 30 del Código Civil.
Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la (entidad contratante) y que no se deban a causas imputables a LA CONSULTORA.
Al aceptar la prórroga, la (entidad contratante) definirá su duración y la incorporación de un nuevo cronograma que sustituirá al original o precedente, que deberá ser suscrito por las partes, y tendrá el mismo valor contractual del sustituido.
Cláusula Décima.- VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
10.01.- El monto total de los servicios de consultoría objeto del presente contrato es de (Monto en letras) dólares de los Estados Unidos de América (USD monto en números).
El valor estipulado en el numeral anterior será pagado por la (entidad contratante) a LA CONSULTORA de la siguiente forma:
El ( %) del valor total estimado del presente Contrato, esto es la suma de __________________ (cantidad en números y letras) en calidad de anticipo (de ser el caso), luego de la suscripción del presente Contrato, una vez que LA CONSULTORA haya presentado la correspondiente garantía por anticipo, prevista en la LOSNCP, por igual valor y a satisfacción de la (entidad contratante). El anticipo será amortizado durante el tiempo de vigencia del contrato.
El valor restante se pagará de acuerdo a los pliegos.
La entrega del anticipo deberá ocurrir dentro de los quince días (15) calendario posteriores a la suscripción del contrato.
La forma de pago puede hacerse también bajo la modalidad de pago único o por pagos, mensuales, sucesivos, por fases o por producto.
Será responsabilidad de la (ENTIDAD CONTRATANTE) efectuar las retenciones a que hubiere lugar y emitir los comprobantes correspondientes.
Cláusula Décima Primera.- REAJUSTE DE PRECIOS
11.01.- El valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios, se reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios unitarios estipulados, desde la fecha de variación, acorde con o establecido en los artículos 142 y 143 del Reglamento General de la LOSNCP. Se aplicará la siguiente fórmula general:
Pr = Po (IPC1 / IPCo)
Donde:
Pr = valor reajustado del anticipo o de la planilla
Po= valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo
IPCo= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta.
IPC1= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance.
La relación IPC1 / IPCo siempre deberá ser mayor a 1 para que sea aplicable el reajuste de precios.
En caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y reembolsable, este deberá ser excluido del valor Po.
El anticipo se reajustará aplicando el procedimiento indicado, cuando hayan transcurrido más de noventa días entre la fecha de presentación de la oferta y la fecha de entrega efectiva del anticipo, cuando el atraso no sea imputable al consultor.
En caso xx xxxx o retardo en la presentación de cada planilla, imputable al consultor, se reconocerá el reajuste de precios a la fecha en que debió presentarla, de conformidad con el cronograma vigente.
En caso xx xxxx de la entidad contratante en el pago de planillas, éstas se reajustarán hasta la fecha en que se las cubra, por lo cual no causarán intereses.
La Consultora presentará la planilla con los precios contractuales y la planilla de reajuste, esta última calculada con el índice de precios disponible a la fecha de su presentación. Una vez que se publique el índice de precios del mes en el que se efectuó el pago de esa planilla o del anticipo, el consultor presentará la planilla de reliquidación del reajuste, que será pagada en el plazo máximo de 15 días de su presentación. Cuando se cuente con los índices definitivos a la fecha de pago de la planilla principal, el consultor presentará la planilla de reajuste.
Cláusula Décima Segunda.- MULTAS
12.01.- Por cada día de retardo en la entrega (del objeto producto de la consultoría) LA CONSULTORA, se obliga a pagar la cantidad de… (Fijará la entidad contratante, no menor al uno por mil (1x1000) del monto total reajustado del contrato).
Si el valor de las multas excede del 5% del monto total del contrato, LA ENTIDAD CONTRATANTE, podrá darlo por terminado anticipada y unilateralmente el contrato. Las multas impuestas no serán revisadas, ni devueltas por ningún concepto.
Cláusula Décima Tercera.- ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
13.01.- La (entidad contratante) designa como “Administrador del Contrato” a _____________, persona con quien LA CONSULTORA, deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas.
El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que puede hacer el Contratista, así como velará por la vigencia de las garantías previstas en el presente instrumento.
El Administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte de la Consultora, y la administración de las garantías, durante todo el periodo de vigencia del contrato.
Respecto de su gestión reportará a (la máxima autoridad) de la (entidad contratante), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los informes que emita LA CONSULTORA y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.
Cláusula Décima Cuarta.- GARANTÍAS
14.01.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato: Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por obligaciones que contrajera a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el Consultor, antes o al momento de celebrar el contrato rendirá una garantía por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del de acuerdo con los artículos 73 y 74 de la LOSNCP y 117 de su Reglamento General.
14.02.- Garantía del Buen Uso del Anticipo: Para garantizar el anticipo que la contratante le otorga, LA CONSULTORA entregará a favor de la contratante, en forma previa a recibirlo, una garantía de las señaladas en los artículos 73 y 75 de la LONSCP, por un monto equivalente al total del mencionado anticipo.
14.03.- Renovación de las Garantías: LA CONSULTORA se compromete a mantener vigentes las garantías mencionadas mientras subsistan sus obligaciones contractuales. Al efecto, serán renovadas a más tardar cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento, caso contrario, la entidad contratante solicitará al garante que haga efectivo su valor.
14.04.- Devolución de las Garantías: Una vez que se haya producido la recepción definitiva, real o presunta de los trabajos de Consultoría, se procederá a la devolución de la totalidad de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
La garantía de buen uso del anticipo se devolverá cuando éste haya sido devengado en su totalidad.
14.05.- Ejecución de las garantías:
14.05.01 De fiel cumplimiento: La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato procede en los siguientes casos:
Cuando la (entidad contratante) declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al Consultor;
Si LA CONSULTORA no la renovase a más tardar cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento; y,
Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el contrato de Consultoría, no satisfechas por el Consultor.
14.05.02 De buen uso de anticipo: La garantía que asegura el buen uso del anticipo será ejecutada, en caso de que la Consultora no pague a la ENTIDAD CONTRATANTE el saldo adeudado, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
Cláusula Décima Quinta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
15.01.- Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o complementar el alcance de este contrato, la ENTIDAD CONTRATANTE podrá celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre la suma total de los valores de los contratos complementarios no exceda del 70 % del valor actualizado o reajustado del contrato principal a la fecha en que la (ENTIDAD CONTRATANTE) resuelva la realización del contrato complementario. Esta actualización se hará aplicando la fórmula de reajuste de precios que consten en los respectivos contratos principales.
El contratista deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la ley.
Cláusula Décima Sexta.- ACTA DE ENTREGA- RECEPCION
16.01.- La entidad contratante podrá, dentro del término de 10 días contados a partir de la solicitud de recepción del contratista, negarse a recibir el servicio, (objeto de la consultoría) por razones justificadas, relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el contratista. La negativa se notificará por escrito al contratista y se dejará constancia de que la misma fue practicada.
Vencido el término previsto en el párrafo anterior sin que la entidad contratante objetare la solicitud de recepción ni formulare observaciones al cumplimiento del contrato, operará, sin más trámite, la recepción de pleno derecho, para lo cual el consultor notificará por intermedio de un Juez de lo Civil o un notario público.
Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional; cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La entidad contratante dispondrá del término de ….. (15) días para la emisión de observaciones y el consultor de … (15) días, adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el artículo 123, inciso tercero del Reglamento General.
Cláusula Décima Septima.-LABORAL
17.01.- LA CONSULTORA asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la (ENTIDAD CONTRATANTE) está exenta de toda obligación respecto del personal de LA CONSULTORA. Sin perjuicio de lo cual, la (ENTIDAD CONTRATANTE) ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.
Cláusula Décima Octava.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO
18.01.- El Contrato termina:
Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP.
Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del CONTRATISTA.
Por declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se incluirán las siguientes causales:
4.1 Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.
4.2 Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA.
Por [muerte del CONTRATISTA] / [disolución de la persona jurídica contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica].
Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el artículo 96 de la LOSNCP.
El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décimo Novena.- CONFIDENCIALIDAD
19.01.- La (entidad contratante) y LA CONSULTORA convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información.
El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.
LA CONSULTORA y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de (entidad contratante).
Xxxxxxxx Xxxxxxxx.- RESPONSABILIDAD
20.01.- El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
Cláusula Vigésima Primera.- PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
21.01.- EL CONSULTOR está prohibido de ceder en forma alguna, ni la totalidad ni parte de este contrato.
Cláusula Vigésima Segunda.- DE LA SUBCONTRATACIÓN
22.01.- EL CONSULTOR únicamente podrá subcontratar, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la LOSNCP.
La subcontratación de servicios de apoyo previstos en la negociación, podrán subcontratarse en los términos del artículo 35 del Reglamento General.
Cláusula Vigésima Tercera.- DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS
(SI SE OPTA POR ALGÚN MEDIO DE JURISDICCIÓN CONVENCIONAL, SE UTILIZARÁN LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS)
23.01.- Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje (poner nombre del Centro).
Para que proceda el arbitraje en derecho, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx.
23.02.- Convenio Arbitral: Las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:
23.03.- Mediación; Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de.... en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:
23.04.- Arbitraje:
El arbitraje será en Derecho;
Las partes se someten al Centro de Arbitraje de…;
Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Centro de Arbitraje de …
El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y el Reglamento del Centro…..
Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro;
Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria;
La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación;
La sede del arbitraje es la ciudad de….; y,
El idioma del arbitraje será el Castellano
(SI SE OPTA POR LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA, SE UTILIZARÁ LA SIGUIENTE CLÁUSULA)
23.01.- Si respecto de la divergencia o divergencias existentes no existiere acuerdo, las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público; y, respecto de las entidades de derecho privado estas recurrirán ante la justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se ajustarán dependiendo de la condición jurídica de la entidad contratante).
(CLÁUSULA OBLIGATORIO EN CUALQUIERA DE LAS OPCIONES)
23.XX.- La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el Contratista renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el Contratista incumpliere este compromiso, la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías.
Cláusula Vigésima Cuarta.- DERECHOS Y GASTOS NOTARIALES
24.01.- La (entidad contratante) retendrá de cada pago que haga al Consultor el porcentaje correspondiente al impuesto a la renta.
Será de cuenta de la Consultora, el pago de los gastos notariales, de protocolización.
Cláusula Vigésima Quinta.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
25.01.- Los servicios que son objeto del presente Contrato, se los ejecutará en….
LA CONSULTORA deberá mantener una oficina en la ciudad de (…) y que permita la coordinación con (entidad contratante).
Cláusula Vigésima Sexta.- ESTIPULACIONES GENERALES
26.01.- El presente contrato es intransferible y no podrá cederse a terceras personas ni total ni parcialmente, en conformidad con lo que disponen los artículos 78 de la LOSNCP. La subcontratación podrá efectuarse de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 79 de la Ley ibídem y 120 del Reglamento General.
26.02.- Será de responsabilidad de LA CONSULTORA todo pago que deba hacer a terceros subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de servicios especializados o trabajos técnicos, según lo previsto en los Términos de Referencia.
26.03.- La propiedad material de todos los informes que se produzcan durante la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA objeto de este Contrato serán de la (ENTIDAD CONTRATANTE). LA CONSULTORA podrá referirse a ellos o citarlos como antecedentes de su actividad técnica y profesional, o para publicaciones científicas.
26.04.- Los resultados de la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA no podrán ser utilizados por la (entidad contratante) o cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del proyecto sobre el cual versan los servicios, mientras no se haya suscrito el Acta de Entrega recepción única de los servicios y no se haya pagado a LA CONSULTORA la totalidad del valor estipulado en el presente contrato; sin embargo, la (entidad contratante) sí podrá utilizar la información parcial que hubiese recibido y por la cual hubiese pagado su valor.
26.05.- Todos los informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la ejecución del presente contrato serán de propiedad exclusiva de la (entidad contratante), en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual.
Cláusula Vigésima Séptima.- DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y PROCEDIMIENTO
27.01.- Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio (entidad contratante).
Las controversias deben tramitarse de conformidad con la Cláusula Vigésima Tercera de este contrato.
Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
(Entidad Contratante)………………….. Teléfono ………...
(Consultor) ....................................................................
LISTA CORTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN VI
MODELO DE FORMULARIOS
GENERALIDADES
Toda la información presentada será usada por la Comisión Técnica de Consultoría para determinar, según el criterio de valoración establecida en la LOSNCP, su Reglamento y estos Pliegos.
Para facilitar el proceso de calificación y adjudicación, los participantes deben llenar adecuadamente los formularios que se anexan a estos Pliegos.
La información proporcionada deberá sujetarse exclusivamente a la verdad y debe ser acreditada bajo juramento por el informante.
Dicha Comisión, a su juicio, puede pedir al participante o directamente a la fuente, información aclaratoria sobre los documentos presentados por los proponentes. Esta información de ninguna manera modificará el contenido de la oferta.
En caso de que el espacio en los formularios suministrados fuese insuficiente para proporcionar la información solicitada, el oferente podrá utilizar hojas adicionales conservando el mismo formato.
Los formularios signados con los números del 1.1 al 1.9 se incluirán en el Sobre Nº 1 y los signados con los números del 2 y 2.1, se incluirán en el Sobre Nº 2.
Formulario Nº 1
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Señor
……………..
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA
Señor Presidente:
El (nombre del oferente), como (por mis propios derechos, en mi calidad de consultor, representante legal o procurador común) ______________________________, declara bajo juramento que:
Se compromete a suministrar el personal, equipo y materiales requeridos para realizar (objeto de la contratación).
La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Lista Corta Consultoría y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.
Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.
Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.
La propuesta se encuentra formulada de acuerdo a las exigencias y condiciones de los pliegos y documentos del concurso.
Ha procedido a estudiar los pliegos, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.
Conoce que la (entidad contratante) podrá adjudicar, declarar desierto o cancelar el concurso, si así conviniere a los intereses nacionales e institucionales.
En caso de ser adjudicado, se compromete a suscribir el contrato de consultoría en un plazo de 15 días después de la adjudicación, previo el cumplimiento de los correspondientes requisitos.
Declara bajo juramento que se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, estar dispuesto a que la Entidad Contratante, observando el debido proceso, dé por terminado en forma inmediata el contrato, que se suscribe como resultado de esta invitación a ofertar y se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Así mismo declara, bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades para contratar previstas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y 110 y 111 de su Reglamento General.
Los alcances recibidos constan en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Lugar y Fecha
________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 2
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
(Consultor, Firma Consultora u Organismo)
1.- Nombre del consultor, firma consultora u organismo
________________________________________________________
2.- Dirección de la Sede
País |
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Ciudad |
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No. |
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Teléfonos |
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Fax |
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Correo electrónico |
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3.- Dirección en el Ecuador
Ciudad |
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Cantón |
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Calle |
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No. |
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Teléfonos |
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Fax |
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Correo electrónico |
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4.- Socios
Nombre |
RUC |
No. de acciones |
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Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 2-A
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
IDENTIFICACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
(Personas naturales y/o jurídicas Asociadas)
1.- Nombre de la firma asociada
___________________________________
2.- Dirección de la Sede
-
País
Ciudad
Calle
No.
Teléfonos
Fax
Correo electrónico
3.- Dirección en el Ecuador
-
Ciudad
Cantón
Calle
No.
Teléfonos
Fax
Correo electrónico
Personas jurídicas:
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 2-B
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
CONFORMACIÓN DE LA ASOCIACIÓN O ACUERDO DE ASOCIACIÓN O
COMPROMISO DE EXTENCIÓN DE VIGENCIA (según corresponda)
Yo, -------------------------- (Nombre del procurador común de la asociación), informo que la oferta se presenta en asociación, la cual esta constituida por:
Persona natural o jurídica |
Número de RUC |
% de Participación |
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TOTAL |
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100,00 |
La asociación está amparada por constitución o extensión del plazo o Acuerdo de Asociación (según corresponda).
Nota:
Adjuntar documentos de respaldo
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 3
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
REFERENCIAS SOBRE LA EXPERIENCIA EN SERVICIOS SIMILARES, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS …………AÑOS
Nº |
Nombre del Proyecto |
Entidad |
Monto |
Ubicación Provincia |
Período de Ejecución |
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Inicio |
Final |
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NOTA:
Si no se adjunta el certificado notariado de los proyectos detallados en la experiencia de servicios similares, no será evaluado el proyecto, tendrá un valor cuantitativo xx xxxx
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 4-A
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
ANEXOS
(Para trabajos ejecutados)
C E R T I F I C A C I Ó N
Certifico que la ______________________________ (nombre del consultor, firma consultora, organismo o asociación), en virtud del contrato celebrado el____ de ________ 200_ ha realizado satisfactoriamente para ______ ______________________________ (nombre de la entidad) __________ ________________________ (objeto del contrato de consultoría), cuyas actividades principales fueron:
a) ______________________
b) ______________________
c) ______________________
La ejecución del contrato se inició el ______ de __________ 200__ y concluyó el _____ de __________ 200______.
Los profesionales que participaron en la ejecución y cargo que desempeñaron en el proyecto fueron:
1.-
2.-
3.-
El valor del contrato alcanzó la suma de _____________________ (valor indicado en letras y números, en la moneda del contrato) equivalente a _________________________ (valor indicado en letras y números) dólares de los Estados Unidos de América, a la fecha del último pago.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 4-B
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
Anexo
(Para trabajos en ejecución)
C E R T I F I C A C I Ó N
Certifico que la ______________________________ (nombre del consultor, firma consultora, organismo o asociación), en virtud del contrato celebrado el____ de ________ 200__ (fecha) se encuentra realizando satisfactoriamente para ____________________________________ (nombre de la entidad) ___________________________________________ (nombre del contrato de consultoría), cuyas actividades principales son:
a) ______________________
b) ______________________
c) ______________________
La ejecución del contrato se inició el ______ de __________ 200__ y su conclusión se prevé para el _____ de __________ 200_______________.
Los profesionales que participan en la ejecución del proyecto son:
No. de orden: |
1) Titulo y nombre del profesional |
2) Posición en la firma |
3) Actividad en el proyecto |
4) Tiempo h/mes |
1.- |
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2.- |
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El valor estimado del contrato es de _____________________ (valor indicado en letras y números, en la moneda del contrato) equivalente a _________________________ (valor indicado en letras y números) dólares de los Estados Unidos de América, a esta fecha.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 5
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
LISTA DEL PERSONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre Completo |
Título Profesional |
Nacionalidad |
Cargo |
Tiempo Participación (meses) |
Porcentaje Participación sobre total |
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Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 6
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
1. Nombres completos:
_____________________________________________________________
2. Lugar y fecha de nacimiento:
_____________________________________________________________
3. Nacionalidad: _____________________________________________________________
4. Título profesional y post-grados:
Institución |
País |
Fecha de Graduación |
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5. Cursos de especialización en aspectos similares o relacionados con la actividad que desarrollará en relación al proyecto
Nombre evento |
País |
Desde Día/mes/año |
Hasta Día/mes/año |
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6. Participación en la compañía consultora:
Años de Actividad |
Posición Actual |
Actividad Asignada en El Proyecto |
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7. Experiencia profesional:
Empresa/Institución |
Desde Día/mes/año |
Hasta Día/mes/año |
Ciudad |
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Teléfono |
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Cargo |
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Actividades Relevantes |
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(Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado)
8. Otras actividades profesionales en Entidades Públicas o Privadas
Nombre de la Entidad |
Cargo y Funciones |
Fechas ingreso/salida |
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Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Profesional Asignado al Proyecto)
Formulario Nº 7
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
CARTA DE COMPROMISO DEL PROFESIONAL
ASIGNADO AL PROYECTO
Yo, _____________________________________, me comprometo con ___________________________________________ (nombre del oferente)
a prestar mis servicios en calidad de ___________________ (título profesional), para la _______________(cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma, Nombre y Número CC)
(Profesional Asignado al Proyecto)
NOTA:
Si este formulario no esta firmado por el profesional y no presenta la documentación de respaldo, no será evaluado su hoja de vida, tendrá un valor cuantitativo xx xxxx
Formulario Nº 8
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
PLAN DE TRABAJO
ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA DE TRABAJO
Contendrá, entre otros lo siguiente:
Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;
Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de Consultoría;
Organigrama estructural del servicio propuesto; y,
Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y asignación de tiempo.
NOTA:
El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 9
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
RECURSOS, INSTRUMENTOS Y EQUIPOS
-
Recurso/Instrumento/Equipo
Detalle
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 10
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
OFERTA ECONÓMICA
-
COSTO TOTAL
MONTO DE PAGO
USD dólares
COSTOS DIRECTOS
COSTOS INDIRECTOS
TOTAL
TOTAL: ---------------------------------------- (detallar el total en letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA.
Adjuntar detalle de costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento General de la LOSNCP.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario. No. 11
NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………...
(CÓDIGO DEL PROCESO)
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN INCOP No.037-09
(sustitutiva de la Resolución INCOP No. 028-09)
FORMULARIO PARA IDENTIFICACION DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica)
NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………...
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:……………………………………………………
CÓDIGO DEL PROCESO: ………………………………………………………………
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad
ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente
De mi consideración:
El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
1.- Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación;
2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-; Descalifique a mi representada como oferente; o,
Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
4.- Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.
5.- Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.
Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.
T IPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima
Compañía de Responsabilidad Limitada
Compañía Mixta
Compañía en Nombre Colectivo
Compañía en Comandita Simple
Sociedad Civil
Corporación
Fundación
Asociación o consorcio
Otra
NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) |
NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO |
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA |
DOMICILIO FISCAL |
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NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:
-
NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)
NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
DOMICILIO
FISCAL
Atentamente,
------------------------------------------------------
FIRMA EL REPRESENTANTE LEGAL
DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta técnica)
NOMBRE DEL OFERENTE: ..........................................................................
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ............................................................
CÓDIGO DEL PROCESO: ….......……………………….............................
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad Entidad Contratante)
Presente
De mi consideración:
El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores:
Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta declaración, y autorizo a la entidad contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.
Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:
Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
Descalifique a mi representada como oferente; o,
Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Atentamente,
……………………………………
FIRMA DEL REPRESENTENTA LEGAL
1 Esta disposición obedece a la política pública determinada mediante oficio T.1056 SNJ-09-2736, de 24 de diciembre de 2009, emitida por la Secretaría Nacional Jurídica de la Presidencia de la República.
2 La disposición sobre el valor máximo por concepto de anticipo, se incluye en virtud del oficio No. T.1056 SGJ-09-1552 de 18 xx xxxxx de 2009, emitido por la Subsecretaría General Jurídica de la Presidencia de la República.
3 De acuerdo con los artículos 41 de la LOSNCP y 32 del Reglamento General de la LOSNCP, en procesos de selección de consultoría, toda entidad contratante debe determinar la naturaleza de los participantes (consultores individuales, firmas consultoras u organismos que estén facultados para ofrecer consultoría) con la finalidad de que se realice entre consultores de igual naturaleza.
4 Esta disposición obedece a la política pública determinada mediante oficio T.1056 SNJ-09-2736, de 24 de diciembre de 2009, emitida por la Secretaría Nacional Jurídica de la Presidencia de la República.
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