Aprueba el Contrato de Préstamo para el “Proyecto Educación Primaria Rural III”
Aprueba el Contrato xx Xxxxxxxx para el “Proyecto Educación Primaria Rural III”
DECRETO NÚMERO 34-2005
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO :
Que en el marco de las negociaciones para la Firma de la Paz, en 1996, el Acuerdo sobre la Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas prevé la realización de una reforma educativa para facilitar el acceso de las comunidades indígenas a la educación, especialmente para aquellas con los menores niveles de cobertura. Esto se lograría por medio de la descentralización y la participación de las comunidades y de las familias en la definición de los currícula y del calendario escolar, así como en el nombramiento y la remoción de los maestros. Estos derechos de los padres de familia también los contempla la Constitución Política de la República de Guatemala de 1985.
CONSIDERANDO:
Que dentro de los compromisos adquiridos en los Acuerdos xx Xxx, específicamente a los contenidos en el Acuerdo sobre "Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria" se establece que el Estado tiene obligaciones indeclinables en la tarea de superación de las inequidades y deficiencias sociales, tanto mediante la orientación del desarrollo como mediante la inversión pública y la prestación de servicios sociales universales. Asimismo, el Estado tiene obligaciones especificas por mandato constitucional de procurar el goce efectivo, sin discriminación alguna, de los derechos al trabajo, a la salud, a la educación, a la vivienda y demás derechos sociales; y, el Acuerdo sobre "Derechos de los Pueblos Indígenas", que establece que el Gobierno se compromete a ampliar e impulsar la educación bilingüe intercultural y valorizar el estudio y conocimiento de los idiomas indígenas en todos los niveles de educación.
CONSIDERANDO:
Que con el objetivo de coadyuvar al aumento de la cobertura y al mejoramiento de los servicios educativos en el área rural, y en consonancia con la Estrategia de Reducción de la Pobreza, impulsada por el actual Gobierno, la cual tiene por objeto reducir la pobreza y la pobreza extrema de la población, el Gobierno ha gestionado por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas la suscripción del Contrato xx
Xxxxxxxx con el Kreditanstalt für Wiederaufbau, Frankfurt am Main (KFW) para el financiamiento parcial del "Proyecto Educación Primaria Rural III" en el marco del Programa Nacional de Autogestión de Desarrollo Educativo -PRONADE-, el cual cuenta con el dictamen favorable número 01-2003 de fecha 06 de febrero del año 2003, Que en forma conjunta fue emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas y la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de la República, y con la opinión favorable de la Junta Monetaria expresada en Resolución JM-75-2003 de fecha 26 xx xxxxx del año 2003.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 incisos a) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
Artículo 1. Aprobación del contrato xx xxxxxxxx. Se aprueba el contrato xx xxxxxxxx por un monto de hasta tres millones quinientos veintisiete mil novecientos trece punto noventa y ocho Euros (EUR.3,527,913.98), entre la República de Guatemala y el Kreditanstalt für Wiederaufbau, Frankfurt am Main (KFW), para el financiamiento parcial del "Proyecto Educación Primaria Rural III" en el marco del Programa Nacional de Autogestión de Desarrollo Educativo -PRONADE-.
Artículo 2. Autorización para negociar préstamo externo. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas concluya la negociación y suscriba el contrato xx xxxxxxxx referido en los términos establecidos en el mismo y básicamente bajo las siguientes condiciones financieras:
MONTO: | Hasta 3,527,913.98 Euros. |
DESTINO: | Mejorar el acceso a la educación primaria y Preprimaria con calidad en áreas rurales marginales del país. |
ORGANISMO EJECUTOR: | Ministerio de Educación a través del Programa Nacional de Autogestión para el Desarrollo Educativo -PRONADE-. |
PLAZO: | Cuarenta años, incluyendo diez años de período xx xxxxxx. |
TASA DE INTERÉS: | 0.75% anual. |
COMISIÓN DE COMPROMISO: | 1/4% anual sobre saldos no desembolsados: |
AMORTIZACIÓN: | Mediante cuotas semestrales, y consecutivas distribuidas así: 13 cuotas de 58,000 Euros, 46 cuotas de 59,000 Euros y una última de 59,913.98 Euros. |
Artículo 3. Cumplimiento de Ias obligaciones derivadas del contrato xx xxxxxxxx. Las amortizaciones del capital, pago de interés y demás gastos derivados del presente empréstito, estarán a cargo del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, el cual deberá prever las asignaciones presupuestarias correspondientes en cada Ejercicio Fiscal, hasta la cancelación total de la deuda.
Artículo 4. Vigencia. El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario de Centro América, órgano oficial del Estado.
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL XXXXXXX DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL XXXXX XX XXXXX DE DOS MIL CINCO.
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX PRESIDENTE
XXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
SECRETARIO XXXXXXXXX XXXXXX XXX XXXXX
SECRETARIO
XXXXXXX NACIONAL: Guatemala, tres xx xxxx del año dos mil cinco.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE XXXXXX XXXXXXX
XXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS
Lic. XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA