Nº Expediente Tipo de contrato Suministro Clasificación CPV CPV 34144511-3 Procedimiento Abierto Criterios de adjudicación .- Plazo entrega: Máx. 10 puntos .- Precio: Máx. 8 puntos .- Compactador: Máx. 8 puntos .- Chasis: Máx. 12 puntos .- Plazo...
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
Nº Expediente | ||
Tipo de contrato | Suministro | |
Clasificación CPV | CPV 34144511-3 | |
Procedimiento | Abierto | |
Criterios de adjudicación | .- Plazo entrega: Máx. 10 puntos | |
.- Precio: Máx. 8 puntos | ||
.- Compactador: Máx. 8 puntos | ||
.- Chasis: Máx. 12 puntos | ||
.- Plazo garantía: Máx. 4 puntos | ||
Tramitación | Ordinaria | |
Contrato XXXX | SI | NO |
.- Identificación | |
SUMINISTRO DE UN CAMION PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA DE LOS CONTENEDORES INSTALADOS PARA LA RECOGIDA DE ENVASES DE PAPEL-CARTÓN, ENVASES LIGEROS MULTIMATERIALES Y VIDRIO | |
Órgano contratación | Consorcio de Entes Locales Xxxxx del Tiétar Junta de Gobierno, artículo 15.c) Estatutos |
Departamento Administrativo | Secretaría – Xxxxxxxx Xxxxxxxxx |
Mesa de contratación | Pliego Cláusulas Advas. Particulares.- cláusula 13 |
Responsable contrato | Gerente del Consorcio |
Dirección postal | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x; Xxxxx - XX 00000 |
Teléfono | 000 00 00 00 |
Fax | 000 00 00 00 |
Perfil del Contratante |
.- Plazos del contrato | |
Plazo de ejecución | Cinco meses |
Prórroga contractual | Sin prórroga |
Plazo máximo, con prórrogas | --- |
.- Datos económicos del contrato | |
Precio de licitación | 197.014,62 euros (IVA y demás impuestos incluidos) |
Valor estimado del contrato | 197.014,62 euros (IVA y demás impuestos incluidos) |
.- Requisitos específicos del contratista | |
Clasificación | No se exige |
Solvencia económica y financiera | Pliego cláusula 9.B1 (75 TRLCSP) |
Solvencia técnica y profesional | Pliego cláusula 9.B2 (78 TRLCSP) |
.- Elementos del contrato | |
Garantía provisional | No se exige |
Garantía definitiva | Pliego cláusula 15 (5% del importe de adjudicación, IVA excluido) |
Plazo de garantía | Mínima 1 año |
Revisión de precios | No procede |
Xxxxxx exigibles al contratista | Anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 600 euros. Pliego cláusula 23 |
Régimen de penalizaciones | Pliego cláusula 28. Art. 212 TRLCSP |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO DE UN CAMIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA DE LOS CONTENEDORES INSTALADOS PARA LA RECOGIDA DE ENVASES DE PAPEL-CARTÓN, ENVASES LIGEROS MULTIMATERIALES Y VIDRIO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE SELECCIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
CLÁUSULA PRIMERA. Órgano de contratación y responsable del contrato
1.- Actuará como órgano de contratación la Junta de Gobierno y Administración del Consorcio de Entes Locales xxx Xxxxx del Tiétar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 15 apartado c) de los vigentes Estatutos del Organismo Autónomo, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 218, de 12 de noviembre de 2014.
2.- Xxxxxxx como responsable del contrato, con las atribuciones que le confiere el artículo 52.1 del TRLCSP, el Gerente del Consorcio de Entes Locales xxx Xxxxx del Tiétar.
CLÁSULA SEGUNDA.- Objeto del contrato.
1.- Constituye el objeto del contrato el suministro de un camión destinado a la prestación del servicio de recogida selectiva de los contenedores instalados para la recogida de envases de papel-cartón, envases ligeros multimateriales y vidrio, conforme al presente pliego y el de prescripciones técnicas. Ambos pliegos se unirán al contrato, debiendo ser firmados por el adjudicatario en el acto de la formalización del mismo.
2.- El código de clasificación del objeto del contrato según el Reglamento (CE) Nº 213/2008 de la Comisión, de fecha 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) no 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, es el siguiente:
Código CPV 2008.- 34144511-3 Vehículos de recogida de basuras 3.- El número de unidades a suministrar: Una unidad
CLÁSULA TERCERA.- Régimen jurídico del contrato, jurisdicción y recursos
1.- El presente contrato, de naturaleza administrativa, se configura como contrato de suministro, previsto en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y se regirá por el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y por el pliego de prescripciones técnicas. En lo no previsto expresamente en los pliegos, se estará a lo dispuesto en el citado TRLCSP; y en cuanto no se encuentre derogado por éste, en el RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; y en las restantes normas de derecho administrativo.
2.- Revestirán carácter contractual ambos pliegos: de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares, así como el documento de formalización.
3.- El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁSULA CUARTA.- Necesidades a satisfacer por el contrato
1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del TRLCSP, la contratación del suministro se justifica en la necesidad de disponer de un vehículo de las características técnicas especificadas para la eficaz prestación del servicio de recogida selectiva de envases de papel–cartón, envases ligeros multimateriales y vidrio, en sustitución del existente que, por razón de su estado y antigüedad, no permite garantizar la prestación óptima de dicho servicio.
2.- El servicio al que se adscribe el camión se halla comprendido en el artículo 5 de los vigentes Estatutos del Consorcio de Entes Locales Xxxxx del Tiétar, referente a su objeto, fines y competencias.
CLÁSULA QUINTA.- Comunicación y acceso al Perfil del Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, esta Administración cuenta con el Perfil de Contratante, conforme lo dispuesto en el artículo 53.1 TRLCSP, al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan desde la siguiente dirección de Internet: xxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx/
CLÁUSULA SEXTA.- Valor estimado del contrato. Presupuesto base o tipo de licitación
1.- El presupuesto base o tipo de licitación, que coincide con el valor estimado del contrato, es 162.822,00 euros, más 34.192,62 euros de IVA (21%); total 197.014,62 euros IVA incluido.
2.- El contrato se financiará con cargo a la partida presupuestaria 2017-1621-62300 del Presupuesto General del Consorcio.
CLÁSULA SÉPTIMA.- Plazo de entrega
1.- El plazo máximo de entrega del suministro objeto del contrato es de 5 meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato.
La entrega deberá efectuarse conforme las exigencias contenidas en los pliegos y en el documento de formalización del contrato
2.- El incumplimiento de las condiciones de entrega, incluido el plazo, serán penalizadas en los términos que estipula el TRLCSP (art. 212).
3.- La demora en las condiciones de la entrega por el contratista en plazo superior a un mes, facultará al Consorcio a resolver el contrato, con incautación de la garantía definitiva.
II.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
CLÁSULA OCTAVA.- Procedimiento de selección y forma de adjudicación
1.- A los efectos de la justificación exigida en el artículo 109.4 del TRLCSP, sobre elección del procedimiento y criterios de adjudicación, la forma de adjudicación del presente contrato administrativo de suministro será el procedimiento abierto con tramitación ordinaria, al no concurrir circunstancias que justifiquen la tramitación urgente o de emergencia; de manera que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
2.- Para la valoración de las proposiciones, y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, se atenderá a los criterios establecidos en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, con sujeción a lo que dispone el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en su artículo 150 y siguientes.
CLÁSULA NOVENA.- Capacidad y solvencia del contratista
A).- Capacidad para contratar
A1.- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. No podrán contratar con el sector público las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
A2. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) Empresarios que fueren personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) Empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
A3. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado; conforme al artículo 73 del TRLCSP. (Modelo Anexo I)
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
B) solvencia del contratista
B1.- La solvencia económica y financiera
La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará por cualquiera de los siguientes medios descritos en el artículo 75 del TRLCSP:
a) Declaración responsable de tener en cada uno los tres ejercicios anteriores al de la presente licitación, un volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, por importe igual o superior al triple del valor económico estimado (precio tipo de licitación) exigido en los pliegos de licitación.
b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por razón de la ejecución de contratos de la misma naturaleza del que se licita, por importe igual o superior al exigido en los pliegos de licitación.
B2.- La solvencia técnica o profesional
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad en relación con el objeto del contrato, pudiendo acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Relación de los principales suministros, de las mismas o similares características, efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.
e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.
f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
B3.- Atendiendo a los elementos y características del contrato, para contratar no será requisito indispensable que el empresario disponga de clasificación, conforme el artículo 65.1 c) TRLCSP.
CLÁUSULA DÉCIMA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
1.- Las ofertas se presentarán en el Registro General del Consorcio, X/ Xxxxxxxx x/x, 00000 - Xxxxx, en horario de 9 a 14 horas, dentro del plazo de quince días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
2.- Las proposiciones podrán presentarse, por correo, fax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.- Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. No será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
4.- Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
5.- Cada licitador no podrá presentar más de una proposición [sin perjuicio de lo establecido en los artículos 147 y 148 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre]. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
6.- La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
7.- Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados. La denominación de los sobres será la siguiente:
.- Sobre A: Documentación administrativa.
.- Sobre B: Proposición económica y documentación técnica.
8.- Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
Sobre A: documentación administrativa
En el exterior del sobre A, en forma bien visible y sin que sea necesaria su apertura, se consignará lo siguiente:
Sobre A: documentación administrativa
Título del contrato: SUMINISTRO DE UN CAMIÓN DESTINADO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA DE LOS CONTENEDORES INSTALADOS PARA LA RECOGIDA DE ENVASES DE PAPEL-CARTÓN, ENVASES LIGEROS MULTIMATERIALES Y VIDRIO.
Licitador: Nombre y apellidos o, si es el caso, denominación social y NIF Número de fax, teléfono y dirección postal.
Dirección de correo electrónico (obligatorio)
Fecha y firma del licitador o, si es el caso, del representante legal Destinatario: Consorcio de Entes Locales Xxxxx del Tiétar
El sobre A deberá contener lo siguiente:
a) Documento Nacional de Identidad del licitador, pasaporte o documento que lo sustituya, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales.
b) Escritura de constitución de la Sociedad mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica, debidamente inscrita en el registro mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
c) Poder notarial, debidamente bastanteado, cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica. La diligencia de bastanteo podrá realizarse de oficio por funcionario competente de la Corporación.
d) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
En caso de concurrir a la licitación varias empresas de un mismo grupo, cada una de ellas deberá presentar declaración sobre la concurrencia o no de los supuestos a que se refiere el artículo 42.1 del Código de Comercio.
e) Declaración responsable de que la empresa interesada no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la adjudicación definitiva a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato. (modelo Anexo X xxx Xxxxxx)
f) Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera y la solvencia técnica, conforme lo dispuesto en el presente Xxxxxx.
g) Los licitadores extranjeros, a mayores de lo establecido en este apartado, deberán tener en cuenta lo siguiente:
.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo probarán su capacidad de obrar mediante la inscripción en los registros o las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función del contrato.
.- Los empresarios de Estados no miembros de la Unión Europea y de los no firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo probarán su capacidad de obrar mediante la presentación de los siguientes informes:
.- Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España en el
lugar de domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa demostración por la empresa, que figura inscrita en el registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local, en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
.- Informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General del Comercio Exterior del Ministerio de Economía, a medio del cual se acredite que el Estado de origen de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la administración, entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los señalados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
.- En todo caso, deberán adjuntar declaración responsable de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para la resolución de las incidencias que pudiesen surgir en la formalización y ejecución del contrato, con renuncia expresa, en su caso, al foro jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Sobre B: Proposición económica y documentación técnica
En el exterior del sobre B, en forma bien visible y sin que sea necesaria su apertura, se consignará lo siguiente:
Sobre B: Proposición económica
Título del contrato: SUMINISTRO DE UN CAMIÓN DESTINADO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA DE LOS CONTENEDORES INSTALADOS PARA LA RECOGIDA DE ENVASES DE PAPEL-CARTÓN, ENVASES LIGEROS MULTIMATERIALES Y VIDRIO.
Licitador: Nombre y apellidos o, si es el caso, denominación social y NIF Número de fax, teléfono y dirección postal.
Dirección de correo electrónico (en el caso de su disponibilidad) Fecha y firma del licitador o, si es el caso, del representante legal Destinatario: Consorcio de Entes Locales Xxxxx del Tiétar
El sobre B deberá contener lo siguiente:
.- Proposición económica
Se presentará conforme al modelo que se establece en el Anexo II xxx Xxxxxx.
.- Memoria que acredite las determinaciones técnicas exigidas para su valoración automática.
9.- Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición, no admitiéndose variantes, y quedando rechazadas aquellas ofertas que superen el tipo de licitación.
10.- Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación:
a) Toda la documentación que se presente deberá ser en lengua castellana o traducida de forma oficial a esta lengua.
b) Los documentos que se acompañen a las proposiciones habrán de ser originales o copias compulsadas por Notario Público o funcionario competente.
c) Transcurrido el plazo de tres meses desde la formalización del correspondiente contrato sin que se haya procedido a su retirada por los licitadores que no resultaron adjudicatarios del contrato, la Administración podrá disponer sobre su destrucción
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Garantía provisional
Se excluye la exigencia a los licitadores de constituir una garantía provisional.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Criterios de adjudicación
1.- Criterios objetivos para la valoración de las ofertas
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá a los siguientes criterios vinculados al objeto del contrato:
1º.- PLAZO DE ENTREGA: (10 puntos máximo)
Reducción del plazo de entrega de los vehículos hasta 10 puntos. Se valorará con 2,5 puntos por cada 15 días de reducción del plazo de entrega respecto al plazo tipo indicado en el presente pliego (150 días)
2º.- OFERTA ECONÓMICA: (8 puntos máximo)
La oferta económica al vehículo montado con el equipo xx xxxx, gancho y compactador, incluyendo todos los elementos especificados y entregados en el lugar indicados en el pliego de prescripciones técnicas.
El presupuesto base de licitación será:
-Base imponible: 162.822,00 € sin IVA -I.V.A. (21%): 34.192,62 € -Total: 197.014,62 €
La empresa que oferte el precio más bajo obtendrá una puntuación de 8 puntos, evaluándose el resto según la siguiente fórmula:
Puntos= Px(PL-OF)/C donde:
P = puntos máximos de valoración, 8 puntos; PL = importe de licitación OF = oferta licitadora; C = diferencia entre el importe de licitación y la oferta más baja
3º.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL COMPACTADOR: (8 puntos máximo)
Compactador 20 m3: 4 puntos por cada m3 de capacidad a mayores de lo exigido en pliego (cumpliendo las dimensiones especificadas en el pliego) hasta un máximo de 8 puntos
4º.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL CHASIS: (12 puntos máximo)
Se obtendrá un total de 12 puntos distribuidos de la siguiente forma:
1.- Potencia del motor: se puntuará la ampliación de la potencia hasta 400 CV con un máximo de 5 puntos, aplicando 1 punto por cada 10 CV a mayores de los 350 CV exigidos en pliego.
2.- Sistema de frenado retardador (en vez de freno motor): 4 puntos. 3.- Climatización automática (en vez de aire acondicionado): 1 punto. 4.- Manos libres incorporado: 1 punto
5.- Retrovisores eléctricos calefactados: 0,5 puntos. 6.- Luces Led en rotativo luminoso: 0,5 puntos.
5º.- MEJORA EN EL PERIODO DE GARANTÍA (4 puntos máximo)
Las empresas que mediante declaración responsable firmada por el licitador aumenten el plazo de garantía obligatorio (1 año), obtendrán 2 puntos por cada año de ampliación de garantía en piezas y mano de obra a mayores del año obligatorio, hasta un máximo de 4 puntos.
El orden de los criterios de selección en el pliego determina su prelación, en caso de empate, sin perjuicio de la preferencia que a tal propósito tiene reconocido el criterio dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP.
2.- Cuando se identifique alguna proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la presentase para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. Analizada la justificación efectuada por el licitador y emitidos los informes que fuesen precisos, si se estimase que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en ella de valores anormales o desproporcionados y declarada la oferta en ese sentido, la proposición de dicho licitador quedará excluida de la clasificación de ofertas y del procedimiento de adjudicación; asimismo, resultará excluido de la citada clasificación y de dicho procedimiento si el licitador no contestara dentro de plazo al requerimiento de la información justificativa solicitada.
3.- La consideración de una oferta como desproporcionada o anormal se ajustará a criterios establecido por el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Mesa de Contratación
1.- La Mesa de Contratación quedará conformada de acuerdo con lo establecido en el artículo 320 y en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx:
Presidente: El del Consorcio o quien legalmente le sustituya.
Vocales (6): Tres miembros de la Junta de Gobierno a designar por ésta, quien nombrará también a sus sustitutos.
El Secretario, el Interventor del Consorcio y el Gerente del Consorcio.
Secretario: Empleado/a del Consorcio.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Apertura de proposiciones y adjudicación
A) Apertura de proposiciones
1.- La Mesa de Contratación, en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización de del plazo para presentar ofertas y previa publicación de la convocatoria en el perfil del contratante, conforme determina el artículo 160 del TRLCSP, calificará previamente los documentos presentados (incluidos en el sobre «A»), una vez concluido el plazo de presentación de las proposiciones.
2.- Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles para que los corrijan o subsanen, antes de proceder a la apertura de las proposiciones económicas.
La Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la determinación en su caso del cumplimiento de los requisitos exigidos respecto a capacidad, solvencia, etc.
3.- El requerimiento de subsanación se realizará mediante correo electrónico o fax y el plazo de tres días hábiles será de caducidad, sin que pueda interrumpirse por no haberse recibido por el licitador, siempre que la Administración acredite su intento de notificación por alguno de los referidos medios.
4.- Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se declarará no admitida a trámite la oferta presentada
5.- Al objeto de dotar al procedimiento de la mayor agilidad y eficacia, todas las comunicaciones que el del procedimiento se cursarán a los licitadores por correo electrónico a la dirección que hayan facilitado en el Sobre A, debiendo los licitadores acusar recibo expreso de la recepción de dicha convocatoria. Todo ello sin perjuicio de las exigencias que en materia de notificaciones, para garantía del procedimiento, establezca la Ley.
B) Adjudicación
1.- Reunida de nuevo si fuere necesario, o en el mismo acto, si no fuera preciso plazo de subsanación alguno, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres «B». En todo caso, la fecha de apertura en acto público de las proposiciones económicas deberá haber sido comunicada a los licitadores comunicará mediante anuncio en el Perfil del Contratante.
2.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 del TRLCSP, el órgano de contratación clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas según los criterios de adjudicación señalados en el pliego.
3.- A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
4.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (si la aportación inicial de dicha documentación se sustituyó por una declaración responsable del licitador), así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
5.- Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada en el plazo señalado en el artículo
151.3 del TRLCSP y se notificará a los licitadores y publicará conforme a lo establecido en los artículos 53 y 151.4 del TRLCSP.
6.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
7.- En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
8.- La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación de la adjudicación se ajustará a las determinaciones establecidas en el artículo 151.4 del TRLCSP, aplicándose la excepción de confidencialidad prevista en el artículo 153.
9.- Cuando el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, deberá aportar además cualquiera de estos documentos:
- Los que acrediten que al tiempo de presentar su proposición tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100.
- Los que acrediten que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación regulado en la referida Disposición Adicional.
Lo indicado en los dos párrafos anteriores deberá ser acreditado por las empresas al presentar la oferta, en el sobre «A».
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Garantía definitiva
1.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta garantía podrá prestarse en cualquiera de las formas que contempla el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y responderá de los conceptos incluidos en su artículo 100.
2.- No se contempla la posibilidad de que la garantía se constituya mediante retención en el precio.
3.- La devolución o cancelación de la garantía definitiva se ajustará a lo regulado en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4.- En caso de garantía constituida mediante aval o mediante seguro de caución, habrá de tenerse en cuenta su formulación en los modelos de aval o certificado de seguro de caución dispuestos al efecto en el RD 1098/2001, de 12 de octubre (anexos V y VI, respectivamente).
5.- La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del requerimiento llevado a cabo previamente a la adjudicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 151.2 TRLCSP. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al licitador requerido, dará lugar a que se entienda que el licitador retira su oferta y no se efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el citado precepto. En todo caso, en cuanto a la constitución, reajuste y devolución de la garantía definitiva se estará a lo dispuesto en los artículos 99 y 102 del TRLCSP
III. FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Formalización del contrato
1.- No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin la previa formalización del mismo.
2.- El perfeccionamiento del contrato tendrá lugar por la adjudicación definitiva, de tal manera que la falta del requisito de formalización no afectará a la validez de la obligación.
3.- La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
4.- El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Ejecución del contrato
1.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, quien ejecutará el suministro con estricta sujeción a las estipulaciones del contrato y a las contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve de base al mismo, así como de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
2.- La entrega del vehículo se hará constar en acta correspondiente, acompañando la factura.
3.- Cuando el bien objeto del suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se darán instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución, antes de extinguirse el Contrato, el bien suministrado quedará de cuenta del contratista y el Consorcio quedará exento de la obligación de pago.
4.- Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia e vicios o defectos en bien suministrado, el Consorcio tendrá derecho a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
5.- El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que el Consorcio hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Plazo de garantía
El periodo de garantía será el que quede determinado en la oferta del contratista adjudicatario del suministro. Una vez finalizado dicho periodo, y emitido el informe técnico correspondiente, se procederá a la devolución de la fianza definitiva tal y como se establece en el TRLCSP.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Resolución del contrato
1.- La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
2.- Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
4.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Prerrogativas de la administración
1.- El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
2.- En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA VIGESIMO PRIMERA. Seguimiento y control
1.- La supervisión del suministro será realizada por el Consorcio, a través de la Gerencia del mismo. El Gerente del Consorcio será designado responsable del contrato, y verificará la ejecución del contrato y su cumplimiento en todos sus términos.
2.- El adjudicatario deberá designar en su oferta o en un momento posterior, previo a la formalización del contrato, la persona responsable en la atención y resolución de cuantas incidencias pudieran producirse en ejecución del contrato. En defecto de designación expresa, esa persona será quien legalmente haya representado al adjudicatario en la licitación.
3.- La persona responsable designada por la empresa, deberá estar localizable y velará por el estricto cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato y será quien reciba las instrucciones y sugerencias del responsable del Consorcio o de la Presidencia del Consorcio.
CLÁUSULA VIGESIMO SEGUNDA. Obligaciones del adjudicatario
1.- El adjudicatario está obligado al estricto cumplimento de las obligaciones contenidas en los Pliegos de licitación, así como a aquéllas otras obligaciones vinculadas a la oferta presentada y las derivadas de su ejecución.
2.- El camión será entregado en instalaciones del Centro de Tratamiento de Residuos situadas en el Paraje de la Xxxxxxxx xx Xxxxxx de San Xxxxx (Xxxxx).
3.- La entrega del vehículo deberá hacerse matriculado a nombre del Consorcio. En el momento de la entrega deberá acompañarse a la misma la de todos los permisos, licencias y documentos relativos al vehículo, cualesquiera que sean, necesarios para que resulte posible su circulación, dadas sus características; en particular, los documentos que acrediten su adecuación, homologación e inspección técnica, así como de cuantas autorizaciones y permisos administrativos y técnicos requiera, con arreglo a la normativa vigente, que resulten exigibles a este tipo de vehículos por razón de las tareas a las que se destina.
4.- El vehículo se entregará nuevo, con el montaje y equipamiento exigido en el presente pliego y el que el adjudicatario haya incluido en su oferta, en perfectas condiciones de funcionamiento.
5.- El adjudicatario asumirá los costes del transporte para hacer efectiva la entrega en las condiciones fijadas por los pliegos y el contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA. Gastos a cargo del adjudicatario
Serán de cuenta del adjudicatario, los gastos que genere el procedimiento de adjudicación y los de preparación y formalización del contrato, particularmente los de publicación de anuncios de licitación en diarios oficiales, siendo el importe máximo de éstos el de 600 euros.
CLÁUSULA VIGESIMO CUARTA. Pago del precio
1.- El pago del precio se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 216 del TRLCSP, una vez realizada la recepción formal del suministro y previa declaración de conformidad, con arreglo a las condiciones establecidas en los pliegos y el contrato.
2.- La factura deberá cumplir lo dispuesto en el RD 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales.
CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA. Revisión de precios
Atendiendo a la duración del contrato, y a tenor de la regulación contenida en el artículo 89 del TRLCSP, el precio no podrá ser objeto de revisión.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA. Cesión de contrato y subcontratación
En cuando a la cesión del contrato y subcontratación se estará a lo dispuesto en los artículos 226 y 227 del TRLCSP. En el supuesto de la subcontratación, el licitador deberá indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, del subcontratista al que vaya a encomendar su realización.
CLÁSULA VIGÉSIMO SÉPTIMA.- Modificaciones del contrato
El contrato sólo podrá ser modificado en los términos previstos en el art. 219 del TRLCSP por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211. En estos casos, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista.
Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 TRLCSP.
CLÁUSULA VIGÉSIMO OCTAVA. Penalidades por incumplimiento
En el supuesto de que el contratista incurra en xxxx, cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, la Administración contratante podrá optar indistintamente entre: la resolución del contrato o la imposición de penalidades con arreglo a lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP
CLÁUSULA VIGÉSIMO NOVENA. Jurisdicción Competente y efectos del contrato
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltos por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, con el régimen de recursos que recoge la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para conocer de cuantas cuestiones pudieran surgir, como consecuencia del contrato que se formalice, serán competentes los Juzgados xx Xxxxx y el tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, del orden jurisdiccional contencioso administrativo, a cuyas jurisdicciones queda sujeto el adjudicatario con renuncia a cualquier otra y a su fuero propio.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx _ _ |
Mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad núm. _ |
y domicilio en _ |
Actuando en su propio nombre y derecho
*Marcar lo que proceda
Actuando en representación de _ Con NIF/CIF _ y domicilio en
Designando los siguientes datos a efectos de comunicaciones y notificaciones del procedimiento:
Teléfono móvil _ _ |
Fax _ |
Correo electrónico (obligatorio) _ _ |
En calidad de
Tomando conocimiento de los pliegos de licitación del contrato, condiciones y requisitos, exigidos para la adjudicación del contrato de suministro de un camión destinado a la prestación del servicio de recogida selectiva de los contenedores instalados para la recogida de envases de papel-cartón, envases ligeros multimateriales y vidrio; y con las formalidades exigidas por el artículo 73 del TRLCSP (ante autoridad administrativa / notario público --- circunstancia que debe acreditarse documentalmente)
DECLARO RESPONSABLEMENTE
Que el licitador se halla al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que no está incurso en prohibición para contratar con el sector público de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
En …………., a ……….. de …………………………….………de …………………..
Fdo: (Firma)
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Xx _ _ |
Mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad núm. _ |
y domicilio en _ |
Actuando en su propio nombre y derecho
*Marcar lo que proceda
Actuando en representación de _ Con NIF/CIF _ y domicilio en
Designando los siguientes datos a efectos de comunicaciones y notificaciones del procedimiento:
Teléfono móvil _ _ |
Fax _ |
Correo electrónico (obligatorio) _ _ |
Tomando conocimiento de los pliegos de licitación del contrato, condiciones y requisitos, exigidos para la adjudicación del contrato de suministro de un camión destinado a la prestación del servicio de recogida selectiva de los contenedores instalados para la recogida de envases de papel-cartón, envases ligeros multimateriales y vidrio; manifiesta que los acepta íntegramente y se compromete a la ejecución en su totalidad del suministro que constituye su objeto, con estricta sujeción a aquéllos, presentado la siguiente OFERTA:
Unidad a entregar, según modelo y características técnicas que constan en la documentación de la proposición, con sujeción a los pliegos del contrato:
*PRECIO euros
*I.V.A. (21%) euros
*TOTAL euros
(*Cifras en letra)
2. Se acompaña Memoria acreditativa de las determinaciones técnicas exigidas para su valoración automática, con arreglo a los criterios establecidos en la cláusula duodécima xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
En ............................., a .......... de ............................... de .....
Fdo: (Firma)