CONDICIONES GENERALES
CONDICIONES GENERALES
1.1 La firma del presente contrato dará derecho al Cliente a recibir los Servicios de Telecomunicaciones (en adelante, al Servicio) contratados a “GRANACABLE SL.”, (en adelante GRANACABLE), de acuerdo con lo establecido en la normantiva vigente y en las presentes condiciones generales.
1.2 Dentro de los Servicios ofertados e indicados expresamente en el anverso de este contrato, se incluyen los de, retransmisión de programación a través de cable y acceso a Internet, sin perjuicio de que en un futuro se puedan prestar otros, que se regirán por las presentes condiciones generales; teniendo en el Cliente la posibilidad de elegir y contratar de forma separada o conjunta, una o varias opciones, de conformidad con las tarifas y ofertas de GRANACABLE y que estén vigentes en cada momento respecto de cada uno de los Servicios.
1.3 En el caso de contratación del servicio de acceso a Internet, GRANACABLE pondrá a disposición del Cliente los servicios de conectividad telemática y de información siguientes: Servicio de conexión a Internet; el servicio de correo electrónico que incluye la gestión de los recursos informáticos de GRANACABLE, necesarios para la adecuada utilización de dicho servicio por parte del cliente;.; Sin perjuicio de que en el futuro se puedan prestar otros servicios a través de Internet, que se regirán por las presentes condiciones generales. El Cliente tendrá la posibilidad de elegir y contratar de forma separada o conjunta una o varias opciones del servicio de acceso a Internet ofrecido por GRANACABLE, de conformidad con las tarifas y ofertas de dicho operador y que estén vigentes en cada momento respecto de cada una de dichas opciones.
1.4 GRANACABLE se reserva el derecho a modificar, añadir ó suprimir algunos de los Servicios anteriormente citados, previa comunicación al Cliente.
2. AMBITO TERRITORIAL
GRANACABLE presenta el Servicio en la localidad de Maracena (Granada) de conformidad con lo establecido en su plan de implantación.
3. ABONO AL SERVICIO
3.1 El abono al Servicio es personal; el Cliente no podrá ceder sus derechos a terceros, ni exonerarse de sus responsabilidades frente a GRANACABLE. El cliente utilizará el Servicio, en calidad de usuario final, exclusivamente para el fin para el que ha sido contratado, siendo responsable de extender el cumplimiento de lo establecido en el presente contrato a las personas a su cargo.
3.2GRANACABLE no autoriza la reproducción, distribución y, en general, cualquier acto de comunicación pública por cualquier medio de las transmisiones o retransmisiones de TV, o acceso a información Vía Internet, o de cualquier otro servicio objeto del presente contrato, en locales públicos, para colectividades, comunidades de vecinos, o en general cualquier otro uso no permitido en las presentes condiciones generales. Por tanto, en caso de que el Cliente incumpla lo señalado en la presente cláusula y reproduzca, distribuya ó comunique públicamente por cualquier medio cualquiera de os contenidos audiovisuales transmitidos o retransmitidos por GRANACABLE, el Cliente asumirá, bajo su exclusiva responsabilidad, las consecuencias, daños o acciones que pudieran derivarse de dichos actos frente a terceros, eximiendo a GRANACABLE de cualquier responsabilidad al respecto.
3.3 Si el Cliente fuera propietario o arrendatario de un establecimiento o local público sólo podrá utilizar el servicio de televisión por cable de GRANACABLE, para su uso particular, sin que pueda llevar a cabo ningún acto de comunicación pública de los contenidos ofrecidos a través del citado servicio.
3.4 El cliente estará obligado a comunicar a GRANACABLE cualquier cambio que se produzca en sus datos identificativos y en los de domiciliación bancaria, antes de que sean efectivos.
3.5 GRANACABLE se compromete a adoptar las medidas necesarias para asegurar la permanencia, continuidad y calidad de la prestación de los Servicios contratados. En cualquier caso, GRANACABLE respetará los niveles de calidad establecidos en su titulo habilitante.
3.6 En caso de que, durante un periodo superior 72 horas, el Servicio se vea interrumpido o su prestación sea defectuosa, GRANACABLE, se compromete a resarcir al cliente mediante un descuento en la cuota de abono mensual de la parte proporcional correspondiente al tiempo de la interrupción o de la prestación defectuosa del Servicio, o mediante, una compensación en Servicios equivalente, siempre que lo haya solicitado el Cliente. 3.7Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3.5, GRANACABLE no se responsabilizará de la prestación defectuosa o interrupción de los Servicios en los siguientes supuestos:
a) Xxxxxx imputables a un tercero o fuerza mayor
b) Mala o inadecuada utilización de los equipos por parte del Cliente o de las personas a su cargo.
c) Resoluciones administrativas ó Judiciales.
Esta limitación de responsabilidad se extiende a los casos de averías de la red producidas por catástrofes naturales, o motivadas por situaciones de urgencia extrema, tales como conflictos laborales, guerras, y otras de naturaleza similar.
3.8 Las interrupciones ocasionales realizadas por GRANACABLE con motivo de la mejora en el Servicio, no darán derecho a compensación a favor del Cliente siempre. Dichas interrupciones serán lo más breves posibles y se realizarán preferentemente durante franjas horarias de mínimo consumo del Servicio.
4.RESPONSABILIDAD POR EL ACCESO Y USO DE LOS CONTENIDOS QUE CIRCULAN EN INTERNET.
4.1Todo intento de violación por el Cliente de los niveles de acceso a Internet, manipulación incorrecta de datos, duplicaciones y exportaciones de datos o información ó informaciones protegidas por propiedad intelectual u otros derechos legales, así como cualquier otro supuesto de uso para fines distintos de los servicios de acceso a Internet ofertados por GRANACABLE, conllevará la automática cancelación del citado servicio así como del acceso al mismo por parte de GRANACABLE, sin menoscabo de las reclamaciones económicas y legales a la que hubiere lugar por parte de GRANACABLE.
4.2 GRANACABLE no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta ó subsidiaria, por los productos o servicios prestados, utilizados u ofertados por el Cliente o por terceras personas o entidades por medio de los Servicios de acceso a Internet y prestados por GRANACABLE o bien que se difundan a través de su red. Asimismo, GRANACABLE no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria, por ningún contenido, información, comunicación, opinión o manifestación de cualquier tipo que tengan su origen en el Cliente o en terceras personas o entidades y que se comuniquen, transmitan, vendan o exhiban a través de los servicios de Internet prestados por GRANACABLE o a través de la red de cable de dicho operador.
4.3. El Cliente acepta expresamente dejar exenta a GRANACABLE de cualquier responsabilidad relacionada con la calidad, exactitud, fiabilidad, corrección o moralidad de los datos, programas, informaciones u opiniones, cualquiera que sea el origen, que circulen por su red o por las redes a las que el Cliente pueda acceder a través de la de red de GRANACABLE. El Cliente asume bajo su exclusiva responsabilidad las consecuencias, daños o acciones que pudieran derivarse del acceso a os contenidos anteriormente relacionados, así como de su reproducción o difusión.
4.4. GRANACABLE podrá, a su exclusivo criterio y sin que de lugar a indemnización alguna, suspender de forma inmediata y sin aviso previo, la prestación del servicio de acceso a internet, y en su caso, retirar los contenidos ilegales que circulen por su red, en caso de que tenga conocimiento, por cualquier medio, de que el Cliente está violando los derechos de terceros (derecho a la intimidad, al honor, a la propia imagen, al secreto en las comunicaciones, a la propiedad intelectual e industrial, de protección de datos, etc.); o bien está utilizando el servidor de GRANACABLE ( a modo de ejemplo y sin carácter restrictivo), para (a) la publicación, divulgación anuncio o distribución de cualquier material, asunto o información con contenidos ilegales, obscenos, pornográficos, abusivos, difamatorios, engañosos, en contra de la moral o el orden público; (b) la inclusión o introducción cualquier tipo de virus informático, applets, controles ActiveX, archivos defectuosos, o cualquier otro software o programa informático que pueda provocar daños o alteraciones no autorizadas de los contenidos, programas o sistemas accesibles a través de dichos servicios, (c) o bien alterando o interviniendo por medios fraudulentos, páginas Web personales o correos electrónicos de otros usuarios sin autorización de los mismos, así como enviando correos electrónicos con carácter masivo y/o repetitivo (“spam”) tanto a cualquier tercero, sea este cliente o no de GRANACABLE, como a los propios servidores de GRANACABLE; (d) utilización de forma indebida o inadecuada respecto al normal funcionamiento y finalidad de todos aquellos servicios que en su caso puedan prestarse como Chat-areas, net meetings, grupos de noticias, foros, etc....
5. INSTALACIONES
5.1 Concepto de instalación.
Los servicios se prestan por la operadora a través de la línea xx xxxxx ancha de su propiedad (red troncal y de distribución), sin perjuicio de su interconexión a terceros servidores. Por instalación se entenderá la colocación y puesta a disposición del abonado de las infraestructuras y equipos precisos para la recepción de los servicios contratados en su domicilio. La instalación que sirve para conectar la red troncal y de distribución de la operadora con el domicilio del abonado, y hasta la colocación dentro de éste de un punto terminal de red, se denomina instalación exterior. La instalación colocada dentro del domicilio del abonado y desde el punto terminal de red hasta los aparatos receptores de los servicios se denomina instalación interior. Toda la instalación, tanto exterior como interior, será realizada íntegramente por la operadora en la forma que a continuación se determina.
5.2 Autorización para la instalación.
la Comunidad de Propietarios en que se ubica la finca y la del dueño de ésta, si fuera distinto del abonado, de conformidad con el Real Decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
En todo caso, frente a la operadora responderá el abonado por las reclamaciones que se pudieran producir por aquéllos u otros terceros a consecuencia de la instalación, así como de los perjuicios que se irrogaran a la operadora en el caso de venir luego obligada a su retirada.
5.3 Punto terminal de red.
La operadora instalará en el domicilio del abonado un único punto terminal de red por cada servicio contratado, que será satisfecho como cuota de alta.
El punto terminal de la red se instalará en el lugar del domicilio que la operadora estime más idóneo por su proximidad a la red de distribución
Los trabajos ejecutados dentro del domicilio del abonado desde el punto terminal de red hasta la conexión del aparato receptor, que será asimismo única, se abonarán en función de los efectivamente realizados. No obstante lo anterior, podrá convenirse, inicial o posteriormente, la colocación de puntos o conexiones adicionales, cuyos gastos serán satisfechos por el abonado como instalación adicional de conformidad con las tarifas vigentes en el momento de su ejecución.
5.4 Cumplimiento de la obligación de instalación.
La obligación de la operadora de instalar los servicios contratados se entenderá cumplida cuando, reuniendo los aparatos receptores los requisitos establecidos en las estipulaciones segunda de la condición IV y tercera de la condición V, e instalado el software y hardware de conexión en el equipo informático del abonado si del servicio de Internet se trata, se compruebe y acepte por el abonado su recepción en condiciones de calidad, y siendo desde entonces éste el responsable de su no recepción en los términos establecidos en las presentes. En el supuesto de no reunir los aparatos receptores los citados requisitos o de no instalarse correctamente el software y hardware de conexión por el abonado en el plazo de los siete días naturales siguientes a su entrega, se entenderá en todo caso cumplida la obligación de instalación con la terminación de la interior, y viniendo igualmente obligado desde entonces el abonado al pago de los servicios contratados en la forma determinada en el presente.
5.5. Documento de conformidad a la instalación.
El cliente tendrá derecho a recibir la prestación del Servicio tras la firma del presenta contrato de abono y, una vez realizada la instalación, del correspondiente Documento de Conformidad a la Instalación. Dicho documento será considerado parte integrante de este contrato.
5.6. EQUIPOS
5.6.1. Entregados por GRANACABLE:
5.6.1.1. GRANACABLE entregará al Cliente, en perfectas condiciones de uso, varios materiales, equipos y accesorios (en adelante los “equipos”) necesarios para la prestación del Servicio. El Documento de Conformidad a la Instalación incluirá una relación de los equipos entregados.
5.6.1.2. En caso de contratación del servicio de Acceso a Internet por parte del Cliente, GRANACABLE podrá entrega al Cliente, en perfectas condiciones de uso, varios materiales y equipos accesorios (peje. Cable coaxial, Toma de TV, Latiguillo Coaxial, Cable-Modem, Cable de datos, Tarjeta de Red (Ethernet), software de Internet, etc) para efectuar la conexión del Cliente con el servidor de GRANACABLE.
5.6.1.3. Propiedad de la instalación.
Todas las infraestructuras y equipos puestos a disposición del abonado, excepto respecto de éstos últimos los expresamente adquiridos por él, son propiedad de la operadora respondiendo en todo caso el abonado de su cuidado y uso diligente. En ningún caso las infraestructuras y equipos podrán ser cedidos a terceros, ni usados en diferente lugar ni para distinto fin del establecido en el presente
5.6.1.4. Los equipos facilitados por GRANACABLE lo serán en régimen de alquiler, compra o cualquier otro título. No obstante el régimen de utilización será el de alquiler si las partes no acuerdan expresamente otro; en este caso, el Cliente no adquirirá la propiedad de los equipos entregados, ni podrá cederlos o entregarlos a terceros debiendo mantenerlos en su poder durante la vigencia del presente contrato y utilizarlos exclusivamente en el lugar y para el fin contratado.
5.6.1.5. El Cliente es responsable de los daños producidos por el uso o manipulación inadecuado o no autorizado de los equipos entregados, siendo a su cargo cualquier reclamación que pudiera producirse.
5.6.1.6.Así mismo, el Cliente, será responsable de la configuración y capacidad de sus terminales o cualesquiera equipos informáticos que sean necesarios para la utilización del servicio de acceso a Internet prestados por GRANACABLE, consintiendo expresamente a GRANACABLE, en caso de que sea necesario, a la instalación en la CPU del cliente, de los elementos que sean necesarios para la conexión al ISP de GRANACABLE, exonerando a dicha sociedad de cualquier pérdida de garantía de sus equipos informáticos, así como de cualquier fallo producido en el equipo informático del Cliente y de las consecuencias del mismo por causas ajenas a la actuación de GRANACABLE y que pueda tener lugar como consecuencia de las instalaciones necesarias para poder recibir el servicio de Internet, prestado por dicho operador. En todo caso los equipos del cliente deberán contar con sus correspondientes certificados de homologación y cumplir cuantas especificaciones técnicas sean legalmente requeridas, debiendo en todo caso tener la capacidad de ser suficiente para permitir el correcto uso de los servicios que contrata, y responsabilizándose el cliente de su correcta instalación.
5.6.1.7. El Cliente deberá custodiar y utilizar adecuadamente los equipos que le sean entregados por GRANACABLE y que sean propiedad de dicho operador, por lo que en caso de extravío, robo, hurto, destrucción o deterioro no derivado del uso ordinario, de todo o parte de los equipos propiedad de GRANACABLE, deberá informar del suceso a dicha Sociedad en el plazo máximo de tres días naturales, GRANACABLE podrá exigir una indemnización por los gastos de reparación de los equipos facilitados o en caso de sustitución por la totalidad de su valor.
5.6.1.8. GRANACABLE velará por la continua actualización de los equipos o sistemas que sean de su propiedad y que hubieran sido entregados al Cliente en régimen de xxxxxxxx. En caso de desfase tecnológico de los mismos, esta sociedad podrá sustituirlos, sin cargo para el cliente, por otros de tecnología y prestaciones más avanzadas, siendo de aplicación al nuevo equipo o sistema, desde que finalice su instalación, las tarifas vigentes en dicho momento.
5.2.2. Otros equipos:
5.2.2.1. El Cliente podrá conectar equipos que no sean propiedad de GRANACABLE, siempre que éstos se encuentren homologados por el órgano competente de acuerdo con la normativa vigente y así sea comunicado al operador.
5.2.2.2. El cliente será responsable ante cualquier reclamación derivada de la instalación, funcionamiento y mantenimiento de los equipos que no sean propiedad de GRANACABLE.
5.7 Garantía prestada por el abonado.
A fin de garantizar la responsabilidad por el buen uso y conservación de la instalación el abonado prestará en el momento de la suscripción del presente, un depósito en efectivo no remuneratorio en la cuantía determinada en las condiciones particulares. Extinguido el contrato el depósito será restituido por la operadora al abonado. No obstante lo anterior, la operadora queda expresamente facultada a retener para sí el importe correspondiente a la instalación, cuando del deterioro o perdida de equipos o materiales propiedad de GRANACABLE haya de responder el abonado de conformidad con Lo dispuesto en el presente contrato. Igual facultad tendrá la operadora en el caso de que se le impida o dificulte gravemente la entrada en el domicilio del abonado para la retirada de la instalación, cuando existan pagos pendientes, o cuando hubiere tenido que proceder a esa retirada por reclamaciones de terceros, y sin que ello implique su renuncia a exigir, en su caso, mayor responsabilidad. La operadora podrá exigir en garantía de la instalación y en todo momento, la constitución de depósito o su ampliación cuando con anterioridad no se hubiere prestado o cuando la instalación hubiera sido sustituida, renovada o ampliada.
5.8 Mantenimiento de la instalación.
El mantenimiento de la instalación exterior será de cuenta de la operadora durante toda la vigencia del contrato, y el de la interior durante el primer año de vigencia, excepto, en ambos casos, si el mal estado o funcionamiento es debido a una actuación dolosa o negligente del abonado. El servicio de garantía incluirá siempre los gastos de desplazamiento y mano de obra del personal cualificado, y los de reposición de material, piezas y equipos defectuosos cuando el mal estado, además de no ser imputable al abonado, no se deba tampoco a caso fortuito o fuerza mayor.
El mantenimiento de la instalación interior será de cuenta del abonado, que habrá de satisfacer, de conformidad con las tarifas vigentes en el momento de su prestación, los gastos de reposición, desplazamiento y mano de obra que se originen por causas distintas del uso diligente, incluso por caso fortuito o fuerza mayor, una vez transcurrido el periodo de garantía establecido en la estipulación octava de la presente condición.
5.9 Servicio de mantenimiento de la instalación interior.
El abonado podrá contratar, inicial o posteriormente, el servicio de mantenimiento de la instalación interior para después de transcurrido el período de garantía, que cubrirá los gastos de desplazamiento y mano de obra, siempre que el defecto o pérdida no tenga su causa en una actuación u omisión dolosa o negligente del abonado. La reposición de material, piezas y equipos serán satisfechas por el abonado en la cuantía determinada en las tarifas vigentes cuando su deterioro no sea originado por un uso diligente.
El abonado autoriza a GRANACABLE para la realización de la instalación exterior la instalación de cableado o otros elementos de red en su propiedad, en caso de resolución o extinción del contrato el abonado no podrá obligar a GRANACABLE a la retirada de dichos elementos de su propiedad.
6. CESION DEL CONTRATO.
El abonado no podrá transmitir el presente contrato a un tercero ni subrogarle en su posición salvo el consentimiento de GRANACABLE. No obstante, la operadora queda expresamente autorizada para subrogar en sus derechos y obligaciones, y respecto de todos o algunos de los servicios contratados, a aquéllas personas a las que transmita total o parcialmente su actividad.
En ningún caso la dicha subrogación implicará en sí misma considerada mayor onerosidad en las obligaciones del abonado.
7.INSTALACION MANTENIMIENTOY AVERIAS
7.1La instalación de los equipos se realizará en el domicilio del cliente, en el lugar o lugares que éste indique, siempre que técnicamente sea posible.
7.2Los costes de instalación de los equipos serán asumidos por el cliente. No obstante, GRANACABLE podrá asumir estos costes durante campañas promocionales en las que así se establezca.
7.3En el supuesto de contratar el servicio de Internet, si fuera necesario efectuar algún tipo de instalación en la CPU del equipo informático del cliente, dicha instalación podrá ser efectuada por personal debidamente autorizado por GRANACABLE; en dicho caso el cliente autoriza a llevar a cabo la instalación correspondiente y exonera a GRANACABLE de cualquier pérdida de garantía de sus equipos informáticos; de cualquier daño y/o pérdida producida en el software que el cliente tenga instalado en su CPU, así como de cualquier fallo accidental producido en el equipo informático del cliente y que pueda tener lugar como consecuencia de las instalaciones necesarias para poder recibir el servicio de acceso a Internet.
7.4 GRANACABLE realizará sin coste para el cliente el mantenimiento ordinario de los equipos entregados por GRANACABLE al cliente en régimen de alquiler, durante toda la vigencia del presente contrato. No obstante, serán a cargo del cliente todos los costes y gastos ocasionados por la reparación de los equipos que hayan sido intervenidos, manipulados o modificados por personal no autorizado por GRANACABLE, ó usados para un fin distinto del contratado.
7.5 Las averías que se produzcan en equipos e instalaciones propiedad de GRANACABLE serán reparadas en el plazo más breve posible, desde que esta sociedad tenga conocimiento de las mismas. Cuando la magnitud de la avería o la dificultad de reparación así lo aconsejen o cuando los equipos averiados no pudieran ser reparados en el domicilio del cliente, GRANACABLE podrá proceder a la sustitución de los equipos averiados por otros iguales o de similares características.
7.6En caso de avería imputable a GRANACABLE en alguno de los equipos propiedad de dicho Operador, la comprobación, reparación o sustitución del equipo se efectuará sin cargo alguno para el cliente. Si por el contrario, la avería del equipo fuera imputable al cliente, si se comprobará la no existencia de la misma, ó si esta procediera de un equipo que fuera propiedad del cliente, serán a su cargo los costes que se generen por desplazamiento e intervención de los técnicos autorizados por GRANACABLE siendo a esto efectos de aplicación las tarifas establecidas en dicho momento por dicha Sociedad.
8.ACCESO AL DOMICILIO DEL CLIENTE
El Cliente facilitará el acceso a su domicilio, previa concertación de visita, al personal autorizado por GRANACABLE debidamente identificado para efectuar altas, bajas, modificaciones, inspecciones de la instalación, operaciones de mantenimiento, localización o reparación de averías, y en cualquier caso que sea necesario.
9.DEVOLUCION DE EQUIPOS
Una vez resuelto el presente contrato, el cliente deberá devolver a GRANACABLE la totalidad de los equipos que el hubieran sido entregados; a tal fin, el personal autorizado de GRANACABLE debidamente identificado, recogerá dichos equipos en el domicilio del cliente, sin cargo para éste, salvo que la causa de resolución del contrato sea la falta de pago, en cuyo caso el cliente abonará a GRANACABLE los gastos que se ocasionen. Si el cliente no facilitara la reiterada de los equipos en un plazo máximo de treinta días naturales desde la resolución del contrato, GRANACABLE tendrá derecho a ser indemnizada por una cantidad igual al precio xx xxxxxxx de unos equipos nuevos de iguales o similares características que los equipos retenidos.
10.CAMBIO DE DOMICILIO
En el supuesto de que el cliente tenga intención de trasladar el equipo a un domicilio distinto del determinado contractualmente, el cliente deberá comunicarlo a fin de obtener autorización por parte del Centro de Atención al Cliente de GRANACABLE.
11.TARIFAS
11.1GRANACABLE entrega en este acto al cliente la relación de las tarifas vigentes, que el cliente declara conocer y aceptar.
11.2GRANACABLE facturará al cliente la prestación del Servicio con arreglo a las tarifas vigentes en cada momento. La modificación de dichas tarifas será comunicada al cliente
11. GRANACABLE podrá solicitar la constitución de un depósito de garantía no remunerado, en garantía de los equipos o instalaciones
11.5 El cliente deberá abonar a GRANACABLE la cuota de inscripción establecida en las tarifas vigentes en el momento de la firma del presente contrato; GRANACABLE facturará dicha cuantía una vez se lleve a cabo la firma del Documento de conformidad a la instalación. La cuota de inscripción no será reembolsable y de ninguna forma podrá ser conceptuada como depósito, fianza, préstamo, pago a cuenta, u otra figura de naturaleza semejante.
12.FACTURACION Y FORMA DE PAGO
12.1 GRANACABLE facturará, salvo pacto en contrario, mensualmente al cliente, de conformidad con las tarifas vigentes, repercutiéndose el impuesto Sobre el Valor Añadido u otros aplicables. Las cuotas mensuales se devengarán el día primero de cada mes y los servicios, una vez prestados; a estos efectos GRANACABLE emitirá cada mes las facturas correspondientes a los Servicios contratados en las que se incluirán las cuotas y Servicios devengados durante el periodo de facturación anterior.
No obstante, GRANACABLE podrá emitir facturas con una periodicidad inferior a un mes cuando la cantidad adeudada supere 100.000Pesetas.
12.2Los pagos deberán realizarse mediante domiciliación bancaria en una sucursal sita en territorio español, debiendo mantenerse saldo suficiente en dicha cuenta para atender el pago de las cantidades adecuadas. También podrá realizarse el pago en efectivo en las oficinas centrales de GRANACABLE.
12.3º.- Precio de los servicios.
Los servicios de retransmisión de programación, acceso a Internet, correo electrónico, página web, mantenimiento de la instalación, asistencia técnica y alquiler de equipos, serán satisfechos por el abonado con carácter mensual mediante el pago de una tarifa plana mensual.
La instalación exterior se considerará satisfecha mediante el pago de la cuota fija de alta en el servicio contratado. Los equipos de la instalación podrán ser adquiridos por el precio establecido en las condiciones particulares. El precio del resto de los trabajos realizados por la operadora para la instalación interior y adicional, instalación del software y hardware de conexión, mantenimiento y asistencia técnica de los servicios será establecida en función de los materiales, equipos y prestaciones efectivamente realizadas y de conformidad con las tarifas vigentes en el momento de su ejecución.
12.4 Momento del pago.
La cuota de alta en el servicio contratado así como, en su caso, el precio por la adquisición de equipos, serán satisfechos íntegramente a la firma del presente o a la presentación al cobro del primer recibo bancario a girar contra la cuenta del abonado.
El momento del pago de los demás precios, será el de la presentación al cobro por la operadora del recibo bancario correspondiente, viniendo desde entonces el abonado obligado al pago, aún en el caso de que estuviese disconforme con su importe.
De existir la expresada disconformidad, el abonado la notificará a la operadora, quien, aceptada su reclamación, descontará del siguiente recibo a emitir el importe cobrado en exceso.
12.5 Forma de pago.
Los servicios contratados de suministro de televisión, acceso a Internet, correo electrónico, páginas web, mantenimiento y asistencia técnica, serán satisfechos anticipadamente con carácter mensual y dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante domiciliación bancaria, a cuyo efecto la operadora queda expresamente autorizada a girar el correspondiente recibo contra la cuenta bancaria del abonado especificada en las condiciones particulares.
Todos los trabajos realizados por la operadora de instalación, mantenimiento, y asistencia técnica, la reposición de materiales, piezas y equipos y los desplazamientos, serán satisfechos por el abonado en un solo pago, incluyendo su importe en el recibo bancario inmediatamente siguiente a ejecución y aceptación.
El precio de los equipos de la instalación será abonado según la modalidad contratada por el abonado: si es de adquisición, se abonará mediante un único pago; Si es de alquiler, se satisfará con carácter mensual de conformidad con las tarifas vigentes y en la forma establecida anteriormente respecto de los servicios contratados.
En todo caso el abonado habrá de notificar a la operadora el cambio de cuenta bancaria contra la que se giran los recibos para su cobro, autorizándole al propio tiempo a tal fin, y siendo responsable a todos los efectos de esa falta de notificación.
12.6 Actualización de las tarifas de pago mensual.
Las tarifas se actualizarán anualmente, con efectos al primero de enero de cada año, con arreglo al Indice de Precios al Consumo establecido para la Comunidad Autónoma de Andalucia por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que asuma esa función.
Dicha variación en más o en menos del importe de las tarifas será repercutida al abonado, sin previa notificación personal.
12.7 Revisión de las tarifas.
Las tarifas serán revisadas en función de los costes del servicio contratado, pudiendo además la operadora repercutir el costo de su modificación o la de sus instalaciones, e incluso exigir al abonado el pago de los servicios inicialmente prestados de forma gratuita.
La operadora notificará al abonado la revisión de las tarifas que le afecten con una antelación mínima de treinta días a la fecha de emisión del recibo correspondiente para su cobro, entendiéndose la conformidad del abonado con la revisión propuesta si en los quince días anteriores a dicha fecha no manifiesta su oposición.
El abonado disconforme con la revisión de las tarifas podrá causar baja en el servicio cuyo precio haya sido revisado, notificándolo a la operadora en el expresado plazo de hasta los quince días anteriores a la fecha de emisión del recibo correspondiente. Asimismo la operadora podrá resolver unilateralmente la prestación del servicio cuyo precio haya sido objeto de revisión no aceptada por el abonado; Y manteniéndose en ambos casos, si ello fuera técnicamente posible, vigente el contrato respecto del resto de los servicios contratados. 13.SUSPENSION DEL SERVICIO POR FALTA DE PAGO
13.1GRANACABLE podrá suspender el servicio de retransmisión de programación al cliente en el caso de la demora en el pago por un plazo superior a treinta días naturales desde la fecha de presentación al cobro de la factura impagada por dicho servicio.
13.2GRANACABLE podrá suspender los Servicios distintos a la retransmisión de programación al Cliente, en caso de demora en el pago por un plazo superior a veinte días naturales desde la fecha de presentación al cobro de la factura impagada por dichos servicios
13.3GRANACABLE informará de la suspensión del servicio de y del momento en que será efectiva.
13.4 La suspensión del servicio, no exime al cliente del pago de las cuotas mensuales correspondientes, dichas suspensión no podrá realizarse en día festivo ni en víspera del mismo.
13.5 Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas se realizara con anterioridad a la suspensión del Servicio, GRANACABLE continuara prestando éste sin obligación adicional para el cliente.
13.6 Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas se realizará con anterioridad a la suspensión del Servicio, GRANACABLE restablecerá el servicio al cliente, dentro del día laborable siguiente a la fecha en que tenga conocimiento del pago. A tal efecto, el cliente deberá satisfacer la cuota aplicable según las tarifas vigentes. 13.7Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas se realizara con posterioridad a la suspensión de los servicios de retransmisión de programación y/o acceso a Internet, GRANACABLE restablecerá el servicio al cliente dentro de los dos días laborables siguientes a la fecha en que tenga conocimiento del pago. A tal efecto, el cliente deberá satisfacer la cuota aplicable según las tarifas vigentes.
13.8El impago por el cliente facultará a GRANACABLE previo requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de protección de Datos de carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto. GRANACABLE podrá condicionar en cualquier momento, por conducta morosa, riesgo de impago o falsedad en los datos aportados por el cliente, la prestación de los servicios de retransmisión de programación y acceso a Internet al cumplimiento por parte del cliente de una de las siguientes condiciones, con anterioridad o con posterioridad al inicio de la prestación de aquellos: a la prestación de una fianza con un límite máximo de 250.000Ptas(1.502.53€) por servicio contratado, la asignación de un límite de crédito, la restricción de los citados servicios o el abono por anticipado del importe correspondiente a un determinado periodo de prestación de los servicios de televisión y acceso a Internet. No obstante, GRANACABLE, podrá establecer un importe o una medida distinta a las anteriormente citadas, previa comunicación de las mismas al cliente.
14. SERVICIOS DE PAGO POR UNIDAD DE USO
14.1 GRANACABLE podrá ofrecer el acceso por diferentes medios a servicios de pago por unidad de uso.
14.2 El Cliente tendrá acceso a los Servicios por él seleccionados los cuales eran utilizables dentro del plazo comunicado por GRANACABLE en el momento de la solicitud de los mismos. Una vez solicitado un pedido, el cliente podrá anularlo, diferirlo o modificarlo. Siempre y cuando no se haya iniciado su prestación.
14.3 Se podrá incluir la facturación de los servicios de pago por unidad de uso, una vez prestados, en cualquier factura que se emita por la prestación del servicio. El pago de estos servicios se realizará mediante domiciliación bancaria. No obstante, GRANACABLE podrá admitir el pago por tarjeta de crédito autorizada, comunicándoselo a sus clientes.
14.4 En caso de impago de los servicios por unidad de uso, GRANACABLE, se reserva el derecho a suspender al cliente el acceso a los mismos o de autorizarlo exclusivamente mediante tarjeta de crédito autorizada.
14.5Las partes reconocen expresamente que los registro informáticos de GRANACABLE y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los servicios por unidad de uso solicitados y efectivamente consumidos por el cliente.
15. SERVICIO DE RETRANSMISIÓN DE PROGRAMACION
15.1 El servicio de suministro de televisión consistirá en un conjunto xx xxxxxxx determinados en cada momento por la operadora, que pueden ser modificados unilateralmente por ésta en cuanto a su número y clase, por no estimarse ninguno de ellos parte esencial del mismo.
15.2Requisitos técnicos.
El abonado deberá disponer de un receptor capaz de soportar la señal enviada por GRANACABLE, la inadecuación del aparato receptor, exime de toda responsabilidad a ésta por la inadecuada recepción del servicio.
15.3 Instalación del servicio.
La instalación exterior será satisfecha por el abonado mediante el abono de una cuota fija de alta, y la interior de conformidad con los trabajos efectivamente realizados. La operadora instalará un único punto terminal de red y sintonizará asimismo, un único receptor, no obstante, el abonado podrá contratar, a la firma del presente o posteriormente, la ampliación del servicio a otros televisores, que satisfará con independencia de los anteriores como instalación adicional
15.4 Responsabilidad sobre el contenido de los canales.
La operadora está exenta de toda responsabilidad respecto del contenido de los canales de televisión no editados por ella, si bien su emisión al abonado se hará con respeto de la normativa vigente sobre protección de los menores.
15.5Información de la programación.
La programación contenida en los canales de televisión podrá ser conocida con antelación suficiente a su retransmisión por el abonado en el domicilio de la operadora. No obstante, el orden y número xx xxxxxxx comercializados, así como la programación, podrán ser modificados total o parcialmente por GRANACABLE informados previamente al cliente.
16.SERVICIO DE SUMINISTRO DE INTERNET
16.1Concepto.
Mediante la contratación del servicio de Internet la operadora se obliga a prestar al abonado en la forma contratada en las condiciones particulares todos o algunos de los siguientes suministros: acceso a Internet, correo electrónico.
16.2 Velocidad y límite de descarga contratados.
El servicio se prestará con la velocidad y hasta el límite de descarga mensual especificados en las condiciones particulares.
Caso de que por el abonado se rebase el límite mensual de descarga contratado, la operadora facturará, en el siguiente recibo a emitir, el importe correspondiente al mayor uso de conformidad con las tarifas vigentes aplicables a la velocidad superior.
Si dicha descarga superior al límite estipulado se produjera por dos veces consecutivas o cuatro alternativas, se entenderá automáticamente novado el contrato en cuanto a la velocidad contratada, que pasará a ser la superior, y que será satisfecha por el abonado de conformidad con las tarifas vigentes al tiempo de esa descarga superior.
16.3 Requisitos mínimos del equipo informático del abonado.
Para la prestación del servicio en condiciones de calidad, el equipo informático del abonado habrá de reunir las siguientes características:
- Procesador a velocidad superior a 233 Mhz .
- 32 Mb de memoria RAM.
- Sistema operativo Windows 98/2000/ NT/ XP.
- Navegador.
- Puerto USB o tarjeta de red Ethernet 10/100.
16.4 Cablemódem.
La operadora pondrá a disposición del abonado el software de conexión y el cablemódem en la forma estipulada
16.5 Instalación del servicio.
La instalación exterior será satisfecha por el abonado mediante el pago de una cuota fija de alta, y la interior de conformidad con los trabajos efectivamente realizados dentro del domicilio del abonado.
La operadora instalará un único punto terminal de red y conectará asimismo un único equipo informático.
No obstante, el abonado podrá contratar, a la firma del presente o posteriormente, la ampliación del servicio a otros equipos informáticos, cuya instalación satisfará con independencia de la anterior como instalación adicional.
16.6 Instalación del software y hardware.
Los trabajos de instalación del software y hardware de conexión en el equipo informático del abonado y su configuración están excluidos de la instalación del servicio, salvo que expresamente fueran convenidos en las condiciones particulares. Caso de que la instalación del software y hardware no se realizara por la operadora, se entenderá cumplida la obligación de instalación mediante la comprobación por parte del personal técnico de la empresa, por sus propios medios, del servicio en el punto de instalación.
16.7 Velocidad máxima.
Las velocidades contratadas son las máximas de entrada a la red Internet.
Expresamente el abonado acepta que la velocidad de acceso a Internet dependerá en cada momento de su tráfico, del número de abonados simultáneos y de otros factores técnicos asociados a esa Red y por tanto ajenos a la operadora, que queda consecuentemente exenta de toda responsabilidad por la velocidad efectivamente alcanzada por el abonado.
16.8 Correo electrónico.
Mediante el suministro de correo electrónico el abonado dispondrá del número de cuentas o buzones de correo electrónico contratados y con el espacio de MB especificado en las condiciones particulares, con el dominio que la operadora designe, así como de las herramientas necesarias para su configuración y gestión, que serán siempre por cuenta del abonado.
La operadora se reserva la facultad de eliminar el contenido íntegro o parcial de los buzones de correo cuando permanezcan inactivos durante sesenta días naturales consecutivos o cuando tengan un tamaño superior al contratado. En este último caso el abonado será previamente requerido con una antelación mínima de siete días naturales a fin de que proceda a reducir su tamaño hasta el dicho límite.
16.9 Página web personal.
El abonado podrá alojar las páginas web personales contratadas con la capacidad de espacio virtual especificada en las condiciones particulares, gestionándolas mediante las herramientas facilitadas por la operadora.
Las páginas personales no podrán ser utilizadas como espacio redireccionador hacia otros sitios de Internet.
La operadora se reserva la facultad de desactivar el acceso y/o eliminar total o parcialmente el contenido de las páginas personales que permanezcan inactivas durante sesenta días naturales consecutivos o que tengan un tamaño superior al contratado cuando, en este último caso, requerido previamente a tal efecto el abonado con una antelación mínima de siete días naturales, no proceda a reducir su tamaño hasta dicho límite.
16.10 Claves de acceso.
La operadora podrá exigir al abonado en cualquier momento el empleo de claves de acceso (código cliente y contraseña) para la utilización de los servicios.
Dichas claves, que serán de libre elección por el abonado, le serán asignadas de forma automática, salvo que existiera identidad con otras que lo hayan sido previamente, en cuyo caso habrá de proceder a modificarlas.
No obstante lo anterior, las claves inicialmente asignadas podrán ser modificadas unilateralmente por la operadora a fin de unificar los criterios de selección para la mejor organización de los servicios; efectuada dicha modificación la operadora las notificará al abonado.
El abonado responde xxx xxxxxxx y uso diligente de sus claves de acceso, debiendo comunicar inmediatamente a la operadora su robo o pérdida para su desactivación, y viniendo obligado hasta entonces al cumplimiento del presente.
116.11 Responsabilidad de acceso, recepción y contenidos.
La operadora está exenta de toda responsabilidad respecto de los contenidos a que acceda o reciba el abonado y por los que éste almacene, transmita o difunda a terceros, así como del efectivo acceso, transmisión o difusión de contenidos concretos, no siendo tampoco obligación suya el satisfacer ninguna expectativa del abonado respecto de la utilidad de Internet, ni la de preservar la privacidad y seguridad de los contenidos del abonado.
Tampoco en ningún caso la operadora será responsable de la presencia en los contenidos de virus u otros elementos lesivos que puedan dañar el sistema informático del abonado o de terceros, ni de las alteraciones en los contenidos de cualquier índole que tanto uno como otros efectuaren.
16.12 Retención de datos de tráfico.
Los datos de conexión y tráfico generados por las comunicaciones establecidos durante la prestación de los servicios que sean necesarios para la localización del equipo terminal empleado por el abonado para la transmisión de la información y/o para identificar el origen de los datos alojados y el momento en que se inició la prestación del servicio, serán retenidos y conservados por la operadora por un periodo máximo de doce meses y en la forma y plazos que se determine reglamentariamente.
En ningún caso la expresada retención afectará al secreto de las comunicaciones y su conservación lo será a los solos efectos establecidos en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
17DURACION Y CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
17.1 La duración del presente contrato será indefinida, entrando en vigor ene l momento de la firma por parte del cliente.
17.2 Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 17.1, el cliente podrá resolver el presente contrato mediante escrito enviado a GRANACABLE por correo certificado; la eficacia de la resolución solicitada tendrá efecto dentro de los quince días naturales siguientes al de la recepción de la notificación.
17.3 Cualquiera de las partes podrá resolver el presente contrato de pleno derecho mediante simple comunicación escrita a la otra parte, por las siguientes causas:
a) Cese de actividades por parte de GRANACABLE por pérdida del título habilitante , liquidación, solicitud de declaración judicial de suspensión de pagos, quiebra, resoluciones administrativas o judiciales.
b) Acciones fraudulentas que permitan a personas ajenas a este contrato recibir los Servicios objeto del mismo.
c) Uso del Servicio contrario al presente contrato, a la normativa vigente y, en particular, al respeto e intimidad de las personas.
d) Incumplimiento grave de la otra parte de las obligaciones previstas en el presente contrato.
e) Fuerza mayor.
17.4La eficacia de la resolución del contrato por cualquiera de las causas antes enunciadas tendrá lugar en la fecha en que se produzca la desconexión efectiva del Servicio.
17.5 Sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx, GRANACABLE podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de GRANACABLE, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente.
17.6GRANACABLE podrá resolver el presente contrato en caso xx xxxx en el pago del servicio de retransmisión de programación, transcurridos veinte dias naturales desde que se hubiera iniciado la suspensión del Servicio, previo requerimiento al Cliente por correo certificado concediéndole un plazo adicional xx xxxx días naturales para satisfacer la deuda. La xxxx en el pago del Servicio de retransmisión de programación no será causa de resolución del presente contrato en lo referente al servicio de internet.
17.7GRANACABLE podrá resolver el presente contrato en caso xx xxxx en el pago del servicio de internet por un periodo superior a treinta días, o en caso de que tenga lugar la suspensión temporal de este servicio en tres ocasiones.
17.8En ningún caso, la resolución del presente contrato exonerará al cliente de sus obligaciones hasta el momento en que se produzca la efectiva desconexión del Servicio.
18RECLAMACIONES
18.1 El cliente podrá formular reclamaciones relativas al servicio ante el Centro de Atención al Cliente, en el plazo de un mes a contar desde la fecha en la que hubiera podido tener conocimiento del hecho que las motive. Formulada la reclamación, si el Cliente no hubiera obtenido respuestas satisfactorias en el plazo de un mes, podrá acudir a las Juntas Arbitrales de consumo.
18.2Las reclamaciones, incluso las relativas a facturación, en ningún caso serán justificación para la demora en el pago de las facturas.
19.SOMETIMIENTO AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO
19.1 El cliente y GRANACABLE se someten expresamente al sistemas arbitral de consumo para dirimir cualquier discrepancia o reclamación derivada del presente contrato.
19.2Para todas las cuestiones judiciales que sean presupuesto o consecuencia del procedimiento arbitral, los contratantes se someten expresamente a la Jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
GRANACABLE responderá única y exclusivamente de los servicios que preste por si misma y de los contenidos directamente originados por GRANACABLE e identificados con su copyright. Dicha responsabilidad quedara excluida en los casos en que concurran causas de fuerza mayor o en que la configuración de los equipos del Cliente no sea la adecuada para permitir el correcto uso de los Servicios prestado por GRANACABLE. En concreto, GRANACABLE no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria , por productos o servicios prestados u ofertados por el cliente o por terceras personas o entidades a través de Internet. Asimismo, GRANACABLE no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria, por ningún contenido, información, comunicación, opinión ó manifestación de cualquier tipo que tengan su origen en el Cliente en terceras personas o entidades y que se comuniquen, transmitan, vendan o exhiban a través de Internet.
22ALOJAMIENTO DE PAGINAS WEB
22.1 Para el específico servicio de alojamiento de páginas Web del Cliente en los Servidores de GRANACABLE, será condición esencial para la prestación del mismo que el cliente ostente legítimamente la propiedad o el derecho de uso sobre todos los contenidos de cualquier clase que se inserten en dichas páginas Web, así como que tenga debidamente registrada su titularidad sobre todos los nombres de dominio que utilicen con relación a las páginas web, y asimismo será requisito imprescindible que en dichas páginas web del cliente figuren de forma clara y publica los datos identificativos y la dirección de contacto del titular de dichas páginas web. A estos efectos, en cualquier momento GRANACABLE podrá requerir al cliente para que acredite suficientemente los anteriores extremos y, caso de que el cliente no lo haga, GRANACABLE quedará facultada para proceder a la inmediata resolución del presente contrato sin que de ello se derive ningún derecho de indemnización para el Cliente.
22.2 En ningún caso las páginas web del cliente podrán difundir, comercializar incluir o poner a disposición de terceros para su consulta, contenidos, materiales, productos o enlaces a otras páginas de carácter lícito, delictivo, racista, xenófobo, de apología del terrorismo o violación de derechos humanos, difamatorio, pornográfico, constitutivo de engaño o estafa a sus destinatarios o que de cualquier modo infrinjan leyes o normativas aplicables o resulten atentatorios contra derechos de la propia GRANACABLE o de terceros. Caso de que en la página o páginas Web del cliente incluyan contenidos con alguna de dichas características. GRANACABLE ser reserva en todo caso y su sola discreción el derecho de impedir, sus pender ó restringir el acceso, bloquear, retirar o suprimir en cualquier momento dichos contenidos o la página/s Web entera, sin que de ello se derive ningún derecho de indemnización para el cliente.
23.PROTECCION DE DATOS
23.1Los firmantes reconocen y aceptan de forma expresa, precisa e inequívoca haber sido informados por GRANACABLE de que sus datos de carácter personal serán incluidos en un fichero automático creado por GRANACABLE y manteniendo bajo la responsabilidad de éste, con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión adecuada del servicio contratado, así como las labores de información, formación y comercialización de los servicios ofrecidos por GRANACABLE igualmente reconocen haber sido informados del carácter facultativo de contestar a los datos personales de carácter opcional que figuran en el impreso de alta al servicio. Asimismo reconocen haber sido informados de que su negativa a facilitar los datos necesarios a efectos de identificación y facturación podrá implicar la aplicación por parte de GRANACABLE de lo establecido en el apartado 11.3 de las presentes condiciones.
23.2El cliente autoriza expresamente la cesión de los datos de carácter personal contenidos en el fichero automatizado al que hace referencia el apartado 23.1 a las empresas del grupo de sociedades en que GRANACABLE está integrada, así como el canal de distribuidores ó agentes que colabora con GRANACABLE en la prestación del Servicio. Dicha cesión sólo podrá tener como finalidad la realización de labores de información, formación y comercialización de los servicios ofertados por GRANACABLE y con actividades directamente relacionadas con los mismos. De acuerdo con esta cesión, los distribuidores tendrán acceso simultaneo con GRANACABLE a los datos de carácter personal de los firmantes. No obstante, GRANACABLE será responsable frente a los firmante de cualquier utilización distinta a los fines mencionados que se realice como consecuencia de la cesión de datos objeto del presente apartado. Asimismo el cliente autoriza, de conformidad con la normativa vigente, al tratamiento de sus datos de tráfico y facturación para fines de promociones comerciales propias; Cualquier otra utilización de los datos de carácter personal contenidos en el fichero, requerirá el previo y expreso consentimiento del cliente. Cuando GRANACABLE proceda, a la cesión de los datos de carácter personal, de conformidad con lo anteriormente establecido, esta circunstancia será debidamente advertida a los Clientes, junto con la identificación de la sociedad a la que los ceda, el tipo de actividades a las que se dedica y la finalidad que responde la cesión.
23.3GRANACABLE podrá comprobar la solvencia del cliente mediante el acceso a ficheros automatizados en los que los datos de carácter personal se hayan obtenido de conformidad con lo señalado en el articulo 28 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de Datos de Carácter Personal, así como verificar la exactitud de los datos aportados por el cliente.
23.4 Los clientes tienen reconocidos y podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición, de sus datos incluidos en el fichero automatizado referido en el apartado 23.1 de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre y mediante solicitud escrita dirigida a GRANACABLE SL., calle C/Escultor Xxxxxxx Xxxxxxx, 0, Xxxxxxxx Xxxxxxx, como responsable del tratamiento de los citados datos, indicando su Nombre, Apellidos, número de Cliente, adjuntando fotocopia del D.N.I., y en su caso, los de la persona que le representa y el documento acreditativo de tal representación, petición en que se concreta la solicitud, domicilio a efecto de notificaciones, fecha y firma del solicitante. En el supuesto de que se ejercite el derecho de rectificación además de remitir la solicitud de acuerdo con lo antes expuesto, el solicitante deberá acompañar a la misma la documentación justificativa de la rectificación solicitada, salvo que ésta dependa exclusivamente del consentimiento del interesado.
23.5GRANACABLE ha adoptado los niveles de seguridad de protección de los Datos Personales legalmente requeridos, habiendo sido instalados todos los medios y medidas técnicas a su alcance para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los Datos Personales facilitados a GRANACABLE.
24.PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
24.1La firma del presente contrato no implicará en ningún caso la adquisición por el cliente de los derechos de propiedad intelectual ó industrial relacionados con los Servicios ó con sus contenidos, que en todo caso se regirán por su normativa específica y por lo dispuesto en el presente contrato. El Cliente será el único responsable de las infracciones cometidas por él o por personas a su cargo que afecten a los derechos de otro cliente, de GRANACABLE ó de un tercero, incluyendo los derechos referentes al copyright, marcas, patentes, información confidencial y a cualquier derecho de propiedad intelectual ó industrial.
24.2El cliente reconoce que la información a la cual puede acceder a través del Servicio de Acceso a Internet, puede estar protegida por derechos de propiedad intelectual, industrial ó de otra índole, por lo que salvo acuerdo particular entre el cliente y el titular de los derechos de propiedad intelectual ó industrial, el cliente se compromete a utilizar dicha información exclusivamente para sus propias necesidades así como a no realizar directa o indirectamente una explotación comercial de los servicios a los que tiene acceso ó de los resultados obtenidos gracias a la utilización del Servicio de Internet. El cliente se abstendrá de llevar a cabo cualquier conducta en el uso de los recursos de Internet que atente contra los derechos de propiedad intelectual ó industrial de terceros ó del propio GRANACABLE dejando en todo caso indemne a GRANACABLE frente a cualquier reclamación, judicial ó extrajudicial que se presente frente a ella como consecuencia del uso anteriormente citado.
24.3Particularmente, el cliente se obliga a no usar su página web personal, alojada en el servidor de GRANACABLE, de forma que albergue ó remita a cualquier genero de información ó datos contrarios a GRANACABLE, a las leyes, a la moral ó el orden público ó que inciten a la violencia ó la discriminación por razones sexuales, ideológicas, religiosas ó raciales.
25 MODIFICACION DEL CONTRATO Y NORMATIVA APLICABLE
25. El presente contrato, se regirá por la normativa vigente, pudiendo ser modificado por las partes de mutuo acuerdo, a tal efecto, GRANACABLE comunicará por escrito al Cliente con treinta días de antelación la modificación propuesta. En caso de que tenga lugar dicha modificación, si el Cliente no estuviera conforme con la misma, éste podrá comunicar a GRANACABLE su voluntad de resolver el contrato en un plazo de quince días naturales, desde la recepción de la notificación; Transcurrido el cual sin que GRANACABLE haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones.
25.2 Asimismo GRANACABLE se reserva el derecho de modificar las condiciones de prestación de sus servicios de Internet, así como los sistemas, contenidos y servicios relacionados con los mismos, o de cancelar definitivamente la prestación de dichos servicios, avisando de ello al Cliente con una antelación no inferior a quince días naturales; la continuación por el cliente en el uso de los servicios de Internet prestados por GRANACABLE tras la comunicación de modificaciones por GRANACABLE supondrá la aceptación tácita por el Cliente de tales modificaciones.
25.3El Cliente ostentará todos los derechos reconocidos a los usuarios en la ley 11/1998, de 24 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones así como por las disposiciones que la desarrollen, por la ley 7/1.998, de 13de abril, de Condiciones Generales de la contratación y demás normativa vigente.