ORIGEN DE FONDOS: GOES
CONTRATO No. 23/2020
“SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES: INTERNET, RED DE DATOS, TV SATELITAL, TELEFONÍA FIJA Y CELULAR, PARA EL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER”
ORIGEN DE FONDOS: GOES
PERÍODO: 01 XX XXXXXX AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 CONTRATISTA: CTE TELECOM PERSONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que puede abreviarse CTE TELECOM PERSONAL, S.A. DE C.V.
NOSOTRAS, XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, de
, departamento de
, del domicilio de con Documento Único de Identidad Número
años de edad,
,
con fecha de vencimiento el ocho de febrero de dos mil veinticinco, con Número de Identificación Tributaria
, actuando en nombre y representación del INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER (ISDEMU) Institución Oficial
Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria , en
calidad de Directora Ejecutiva, según consta en: a) Acuerdo de Junta Directiva número CINCO numeral DOS, de fecha diecisiete de enero del año dos mil veinte, Acta número UNO, de la PRIMERA sesión ordinaria de Junta Directiva, por medio del cual, la señora
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx en su calidad de presidenta de Junta Directiva y con el aval unánime de esta, me nombra como Directora Ejecutiva, por el período comprendido del diecisiete de enero al dieciséis xx xxxxx del año dos mil veinte; y b) Acuerdo número SEIS numeral cinco, de fecha diecisiete de enero del año dos mil veinte, del Acta número UNO, de la PRIMERA sesión ordinaria de Junta Directiva, mediante el cual se acuerda designar a la suscrita a partir de dicha fecha, para firmar de autorizado las Órdenes de
Compra y Contratos que se generen en los procesos de Libre Gestión; por montos superiores a cinco mil 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$5,000.00), provenientes del Presupuesto General de la Nación, y de cualquier fuente de financiamiento, así mismo firmar prorrogas o modificaciones de Órdenes de Compra o de Contratos y autorización de continuidad de la referida delegación realizada en el Acuerdo Romano I, del Punto número SEIS del Acta número SEIS de la SEXTA Sesión Ordinaria de Junta Directiva; y quien en nombre del ISDEMU, en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), está facultada para celebrar actos como el presente, y quien en el curso de este instrumento me denominaré EL CONTRATANTE por una parte; y por la otra parte el señor XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, de años de edad,
, departamento de
del domicilio de con Documento Único de Identidad
con fecha de vencimiento cuatro xx xxxxx de dos mil veintitrés, y Identificación Tributaria
,
,
con Número de
, actuando en nombre y representación en mi calidad de APODERADO
ESPECIAL de la Sociedad CTE TELECOM PERSONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse CTE TELECOM PERSONAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad , de naturaleza anónima, sujeta al régimen de capital variable, de plazo indefinido, y de domicilio, con Número de Identificación
Tributaria: ,, y
que en el curso de este instrumento me denominaré “LA CONTRATISTA”, calidad que compruebo mediante: a) Testimonio de Escritura Pública de Modificación al Pacto Social de la sociedad CTE TELECOM PERSONAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse CTE TELECOM PERSONAL, S.A. DE C.V., otorgada en esta ciudad, a las ocho horas y quince minutos del día primero xx xxxxx de dos mil
quince, ante los oficios notariales de Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, inscrita en el Registro de Comercio bajo el número SESENTA Y CUATRO del libro tres mil cuatrocientos cuarenta y dos del Registro de Sociedades, de folio doscientos veintiuno al folio doscientos cuarenta y cuatro, el día veintinueve xx xxxxx de dos mil quince; en la cual consta que su naturaleza, denominación, nacionalidad, domicilio y plazo, es como se ha dicho, y que dentro de sus finalidades se encuentran la de otorgar actos como el presente; que la representación judicial, extrajudicial y el uso de la firma social corresponde de forma conjunta o separada al Director Presidente y/o al Gerente General, quienes durarán en sus funciones tres años, y podrán continuar desempeñándose aun cuando haya concluido el plazo para el que fueron elegidos, mientras la Junta General Ordinaria no elija a los sustitutos; b) Credencial de Xxxxxxxxxxxxxxxx de la Junta Directiva de la Sociedad, inscrita en el Registro de Comercio al número DIECISEIS, del Libro tres mil novecientos sesenta y dos, del folio cien al folio ciento dos del Registro de Sociedades, el día veintiocho de septiembre de dos mil dieciocho, de la que consta que en sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas de la sociedad, celebrada el catorce de septiembre de dos mil dieciocho, en su punto uno, se acordó la reestructuración de la Junta Directiva de la sociedad, incorporando como Director Presidente al señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, para un período comprendido desde el veintiocho de septiembre de dos mil dieciocho hasta el xxxxx xx xxxxx de dos mil veintiuno; d) Credencial de Elección del Gerente General, inscrita en el Registro de Comercio al número CATORCE, del Libro tres mil novecientos siete, del folio treinta y siete al folio treinta y ocho del Registro de Sociedades, el día dieciocho xx xxxxx de dos mil dieciocho, en la que consta que en libro de Actas de Junta Directiva que lleva la sociedad se encuentra asentada el Acta número cuarenta y siete celebrada a las diez horas del día xxxxx xx xxxxx de dos mil dieciocho, de la que consta que en su punto uno, se procedió a la elección del Gerente General de la sociedad, resultando electo por unanimidad de votos el señor Xxxxxx
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, para un período comprendido desde el dieciocho xx xxxxx de dos mil dieciocho hasta el xxxxx xx xxxxx de dos mil veintiuno, por lo que se encuentra vigente su nombramiento; e) Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial, otorgado a mi favor, por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la sociedad, en esta ciudad, a las quince horas del día diecinueve xx xxxxx de dos mil dieciocho, ante los oficios notariales de Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, inscrito en el Registro de Comercio bajo el número DOS del libro un mil ochocientos ochenta y uno del Registro de Otros Contratos Mercantiles, de folio catorce al folio diecinueve, el día veintiuno xx xxxxx de dos mil dieciocho, en dicho poder la Notario autorizante dio fe de la existencia legal de la sociedad y de la personería con la que actúa el otorgante; y en el cual consta que me encuentro facultado para otorgar actos como el presente; y en las calidades antes expresadas. La documentación que acredita la personería antes relacionada consta en los registros de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del ISDEMU. MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar y en efecto otorgamos el presente contrato de SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES: INTERNET, RED DE DATOS, TV SATELITAL, TELEFONÍA FIJA Y CELULAR, PARA EL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA
MUJER, promovido mediante la LIBRE GESTION número CIENTO DOS/ DOS MIL
VEINTE, “SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES: INTERNET, RED DE DATOS, TV SATELITAL, TELEFONÍA FIJA Y CELULAR, PARA EL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA
EL DESARROLLO DE LA MUJER”; el presente contrato de Servicio de Telecomunicaciones, de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP, su Reglamento que en adelante se denominará RELACAP y a las cláusulas que se detallan a continuación: I) OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de telecomunicaciones: Internet principal 45 Mbps, Seis Internet móvil por medio de
modem de al menos DIEZ GB, dieciocho enlaces que corresponden a: interconexión de red privada entre ISDEMU oficina central e ISDEMU oficinas departamentales y otros, interconexión de red privada ISDEMU con Ministerio de Hacienda, cincuenta y cinco líneas análogas y DOS líneas E1 con un xxxxxx de 5,000 minutos entre ambas líneas, noventa y cuatro líneas celulares con un xxxxxx de 15,000 minutos para todas las líneas celulares, dos puntos de servicio de TV satelital; tales servicios serán prestados durante el plazo y la forma establecida en el presente contrato. A efectos de garantizar el cumplimiento del Servicio objeto del presente contrato, la contratante podrá realizar todas las gestiones de control, en los aspectos técnicos, financieros, legales y contables, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que se persiguen. II) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del contrato los siguientes documentos: Requisiciones de Adquisición de Obras, Bienes y/o Servicios, números CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO de fecha SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO de fecha TREINTA DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS de
fecha VEINTINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, respectivamente,
Documento Base LG CIENTO DOS/ DOS MIL VEINTE, Oferta con fecha de recepción veintidós veintiuno de julio de dos mil veinte, Garantía de Cumplimiento de Contrato y otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, en caso de discrepancia entre alguno de los documentos contractuales y este contrato, prevalecerá el contrato. III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio por el servicio, objeto del presente Contrato asciende a la suma de TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 50/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
(US$ $37,644.50), que incluye la Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia (CESC) y el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación
de Servicios (IVA), pagaderos en CINCO cuotas mensuales: distribuidas de la siguiente manera: PRIMER PAGO por un monto de SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE 74/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$7,599.74) y CUATRO PAGOS MENSUALES por un monto de SIETE MIL QUINIENTOS ONCE CON DIECINUEVE CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$7,511.19), El
trámite de pago del Servicio se realizará en las oficinas centrales del Instituto, ubicadas en la novena Avenida Norte, número ciento veinte, San Xxxxxxxx; la Contratista presentará su factura de consumidor final a nombre del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, previa presentación del acta de recepción firmada y sellada por la administradora de contrato; para que tramite el respectivo quedan, el cual será efectivo en un plazo de sesenta (60) días hábiles posteriores. Todos los precios unitarios ofertados por la Contratista incluyen el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). A la suma total del servicio prestado se le deducirá la Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia (CESC); a la cantidad neta resultante se le efectuará una retención directa del uno por ciento (1%), conforme al artículo ciento sesenta y dos del Código Tributario. La contratante hace constar que el importe del presente contrato se hará con ejecución presupuestaria del año dos mil veinte. IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA: La Contratista se obliga a brindar el Servicio objeto del presente contrato, durante el plazo de CIENTO CINCUENTA Y TRES DIAS (153), período comprendido del uno xx xxxxxx al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, pudiendo prorrogarse tal plazo de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, y a este Contrato. V) OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: Serán obligaciones de la Contratista, tanto las plasmadas en su oferta como las solicitadas en el documento base de Libre Gestión, brindando el servicio objeto de este contrato de acuerdo a las indicaciones del Instituto, manteniendo las condiciones
y precios unitarios ofertados, así como precios competitivos en el caso que surgieren nuevas necesidades, de conformidad al siguiente detalle:
ITEM | Cantidad | Servicio | Costo unitario | Costo por servicio | Meses | Total |
1 | 1 | INTERNET PRINCIPAL 45 Mbps y 18 ENLACES | $3,656.82 | $3,656.82 | 5 | $18,284.10 |
2 | 6 | INTERNET MOVIL 10G | $ 18.80 | $112.80 | 5 | $564.00 |
3 | 6 | CESCS PAGO UNICO EQUIPOS INTERNET MOVIL | $ 2.01 | $12.06 | 1 | $12.06 |
2 | LÍNEAS E1 CON XXXXXX 5,000 MINUTOS | $194.70 | $ 194.70 | 5 | $ 973.50 | |
55 | LÍNEAS FIJAS | $ 10.62 | $584.10 | 5 | $ 2,920.50 | |
1 | XXXXXX 15,0000 MINUTOS PARA 94 LINEAS MOVILES | $826.00 | $826.00 | 5 | $4,130.00 | |
1 | PLAN 10G (66 LINEAS) | $ 1,584.66 | $1,584.66 | 5 | $7,923.30 | |
1 | PLAN 5G (17 LINEAS) | $ 354.79 | $354.79 | 5 | $1,773.95 | |
1 | SEGURO 17 LINEAS | $ 51.00 | $51.00 | 5 | $255.00 | |
1 | CESCS PAGO UNICO 17 EQUIPOS | $ 76.49 | $76.49 | 1 | $76.49 | |
1 | ADMINISTRADOR VIRTUAL | $110.92 | $110.92 | 5 | $554.60 | |
4 | 2 | TV SATELITAL | $17.70 | $ 35.40 | 5 | $177.00 |
TOTAL DEL CONTRATO | $ 37,644.50 |
DESGLOSE ITEM 1 INTERNET Y ENLACES:
CANTIDAD | INTERNET Y ENLACES | UNITARIO | MONTO | |
1 | INTERNET PRINCIPAL 45 Mbps | $ 1,062.00 | $ 1,062.00 | |
1 | Interconexión de red privada ISDEMU con Ministerio de Hacienda 1 Mbps | $ 116.82 | $ 116.82 | |
13 | Oficinas Departamentales 2 Mbps | $ 147.50 | $ 1,917.50 | |
1 | UGDA/Bodega San Xxxxxxx 3 Mbps | $ 147.50 | $ 147.50 | |
1 | Oficina Externa, Municipio Panchimalco 4 Mbps | de | $ 118.00 | $ 118.00 |
1 | Programa Integral para una Vida Libre de Violencia contra las Mujeres 5 Mbps | $ 147.50 | $ 147.50 | |
1 | Escuela de Formación para Igualdad Sustantiva 10 Mbps | la | $ 147.50 | $ 147.50 |
$ 3,656.82 |
Para el ítem 3 serán aplicadas las tarifas siguientes:
Tarifas Servicios Fijos y Móviles
Tabla 1 | |
Tráfico fuera de Red Institucional Fijo - Celular y Fijo – Fijo Precios Incluyen IVA y CESC | |
Fijo – Celular | |
Telefónica | $0.0914 |
Telecom | $0.0796 |
Telemóvil | $0.0914 |
Digicel | $0.0914 |
Red | $0.0914 |
Fijo – Fijo | |
Locales | $0.0194 |
Nacionales | $0.0194 |
Tabla 2 | |
Tráfico fuera de Red Institucional Celular - Celular y Celular – Fijo. Precios Incluyen IVA y CESC | |
Celular – Celular | |
Telefónica | $0.05316 |
Telecom | $0.05316 |
Telemóvil | $0.05316 |
Digicel | $0.05316 |
Red | $0.05316 |
Celular – Fijo | |
Locales | $0.05316 |
Nacionales | $0.05316 |
Para las líneas fijas y celulares, el consumo o tráfico es adicional a las cuotas fijas anteriores en base a estas tarifas:
TARIFAS ROAMING POSPAGO ( IVA + CESC Incluido) | ||||||||
TIPO DE LLAMADA | CENAM | USA | AMÉRICA 1 | AMÉRICA 2 | EUROPA 1 | EUROPA 2 | RESTO DEL MUNDO | |
DESTINO | ENTRANTES | LOCAL | $1.48 | $1.77 | $2.36 | $1.77 | $2.36 | $2.95 |
SALIENTES LOCALES | ||||||||
SALIENTES A PAIS ORIGEN | ||||||||
SALIENTES INTERNACIONALES | ||||||||
AMX CENTROAMERICA | LOCAL | $1.78 | $2.07 | $3.54 | $2.95 | $4.72 | $4.72 | |
RESTO DEL MUNDO | $1.48 | |||||||
SMS MO | LOCAL | $0.12 | $0.12 | $0.59 | $0.36 | $0.59 | $0.59 | |
SMS MT | $0.00 | $0.00 | $0.00 | $0.00 | $0.00 | $0.00 | $0.00 | |
ZONAS: | ||||||||
CENAM | GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA Y XXXXX RICA | |||||||
AMÉRICA 1 | MEXICO, PANAMÁ, COLOMBIA, ECUADOR, PERÚ, BRASIL, ARGENTINA, PARAGUAY, URUGUAY, REPUBLICA DOMINICANA, CHILE Y PUERTO RICO | |||||||
AMÉRICA 2 | BELICE, CARIBE, CANADÁ, BOLIVIA Y VENEZUELA | |||||||
EUROPA 1 | ESPAÑA, XXXXXXXX, XXXXXXX, ITALIA, XXXXX UNIDO | |||||||
EUROPA 2 | RESTO DE EUROPA |
Tarifas Internacionales | Tarifa |
Estados Unidos y Canadá | $ 0.09 |
Alaska, Hawái, Puerto Rico | $ 0.10 |
México | $ 0.254 |
Panamá | $ 0.13 |
Guatemala, Honduras y Xxxxx Rica | $ 0.09 |
Xxxxxx | $ 0.20 |
Islas del Caribe y Sudamérica | $ 0.31 |
Tarifas Internacionales | Tarifa |
Europa | $ 0.378 |
Asia, África y Oceanía | $ 0.52 |
VI) GARANTÍAS: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, la contratista otorgará a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en el ramo del INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER, Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad al artículo treinta y cinco de la LACAP, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor contratado; la cual deberá presentar la vigencia de sesenta días a partir del plazo del presente contrato, y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, dentro de los diez (10) días hábiles, posteriores a la recepción de un ejemplar del presente contrato debidamente legalizado. VII) ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El Instituto designa representante ante “la Contratista” para los efectos del presente contrato, quien ejercerá la administración del mismo. Sus funciones serán las establecidas en el artículo ochenta y dos Bis de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. Para efectos del presente contrato, la persona Administradora del Contrato responsable del monitoreo y seguimiento de la ejecución del mismo para Internet principal, enlaces e internet móvil: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Técnico de la Unidad de Tecnología e Informática; Telefonía fijas y móviles: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Asistente de Gerencia Administrativa y Financiera; Televisión satelital: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Técnica de la Unidad de Comunicaciones. VIII) ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá a los Administradores del Contrato, en coordinación con la contratista, la elaboración y firma de las actas de recepción, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete del RELACAP. IX) MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en sus plazos y vigencia antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B de la LACAP, debiendo
emitir la Contratante la correspondiente resolución, modificativa, debiendo la Contratista en caso de ser necesario modificar o ampliar los plazos y montos de las Garantías de Cumplimiento de Contrato, según lo indique la contratante y formará parte integral de este contrato. X) PRÓRROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso, se deberá modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato; debiendo emitir la contratante la correspondiente resolución de prórroga. XI) CESIÓN: Salvo autorización expresa del INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER, la contratista no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida, dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. XII) CONFIDENCIALIDAD: La Contratista se compromete a llevar a cabo las tareas asignadas, de acuerdo con los más altos estándares de competencia, ética e integridad, teniendo la debida consideración a la naturaleza y propósito de los servicios asignados. Toda información a la que la Contratista tuviere acceso, con ocasión de la ejecución del presente contrato, sea como insumo del mismo o la contenida en los productos a entregar, deberá mantenerse bajo la más estricta confidencialidad, obligándose la contratista a no divulgarla directamente o por terceras personas. Ni hacer uso de estos por lo menos durante un período de cuatro (4) años. La Contratista no podrá hacer uso de ninguna información no publicada o confidencial de la cual haya tenido conocimiento durante el curso del trabajo bajo los términos de la contratación, excepto con la autorización del Instituto. XIII) SANCIONES: En caso de incumplimiento la contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP, ya sea imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las que serán impuestas siguiendo el debido
proceso la Contratante, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición.
XIV) TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a la contratista y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda al servicio parcialmente ejecutado. XV) SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: En caso de conflicto, ambas partes se someten a sede judicial, señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de cuyos tribunales se someten; en caso de embargo a la contratista, la Contratante nombrará al depositario de los bienes que se le embargaren a la Contratista, quien releva al Contratante de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose la Contratista a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. XVI) INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: El Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer.
XVII) MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este contrato. XVIII) NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES: La Contratante señala como lugar para recibir notificaciones en oficinas centrales ubicadas en novena Avenida Norte, Número ciento veinte, San
Xxxxxxxx; correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx; x.xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx; telefax: dos cinco uno cero – cuatro uno uno cuatro; y la contratista
,. Teléfono:
correo electrónico: Todas las comunicaciones o notificaciones referentes a la ejecución de este contrato serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito en las direcciones que las partes han señalado. En fe de lo cual suscribimos el presente contrato, en la ciudad de San Xxxxxxxx departamento de San Xxxxxxxx, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil veinte.
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx EL CONTRATANTE LA CONTRATISTA