Contract
Ayuntamiento xx Xxxxxx | ² 33400DSSCTI0FFq2» ² 33400DSSCTI0FFq2» | |||
Negociado SERVICIOS SOCIALES Asunto: CONTRATACION SERVICIO AYUDA A DOMICILIO 2009 | ||||
Documento SSCTI0FF | Expediente AYT/937/2009 | Fecha Documento 16-04-2009 |
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO CON CRITERIOS DE CALIDAD SOCIAL E INSERCIÓN SOCIOLABORAL
AÑOS 2009-2010-2011
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en el municipio xx Xxxxxx incorporando medidas de inserción, conciliación y estabilidad en el empleo.
Se entiende el Servicio de Ayuda a Domicilio como un servicio integral, polivalente y comunitario, orientado a unidades familiares que presentan dificultades para la realización de las actividades elementales de la vida diaria, proporcionándoles atención, mediante intervenciones específicas que favorezcan su permanencia e integración en su entorno habitual, y compensen su restricción de autonomía funcional.
Las personas podrán acceder al servicio:
1. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (SAD Gran Dependencia)
2. De acuerdo con los criterios establecidos a tal fin por el Ayuntamiento xx Xxxxxx. (SAD municipal)
El Servicio lo prestará la entidad adjudicataria a las personas usuarias al servicio según las condiciones que figuran en el presente Pliego de conformidad con las prescripciones técnicas que en el mismo se incluyen.
2.- PLAZO DE VIGENCIA
El plazo de vigencia del presente contrato será de dos años desde el día 1 xx xxxxxx de 2009 al 31 de de julio del 2011 pudiendo prorrogarse mediante prorrogas anuales sucesivas, hasta un máximo de dos.
Si al finalización del contrato y posibles prorrogas del mismo no hubiese finalizado la tramitación de la nueva contratación de los trabajos incluidos en este contrato, la empresa adjudicataria vendrá obligada a continuar en la prestación del mismo hasta que esté resuelta la nueva contratación.
En caso de denuncia, la formulación de la misma se efectuará con cuatro meses de antelación a la fecha de finalización del contrato.
3.- IMPORTE DEL CONTRATO
a)Valor estimado del contrato
El valor máximo anual del contrato asciende a la cantidad de DOS MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y OCHO
CENTIMOS (2.069.158,88 € ) año, siendo el recargo de IVA previsto el 7%, es decir CIENTO
CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON DOCE
CENTIMOS (144.841,12 €) año. De acuerdo con la siguiente distribución:
Precio | IVA | |
SAD Gran Dependencia | 620.747,66 | 43.452,34 |
SAD Municipal | 1.448.411,21 | 101.388,79 |
TOTAL | 2.069.158,88 | 144.841,12 |
El precio total, incluidas las posibles prorrogas que se puedan acordar en su caso asciende a OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y UN CENTIMOS ( 8.276.635,51 €) más QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS
CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (579.364,49€ ) en concepto de IVA con cargo a la partida 171 31310 22706 Bienestar Social. Acción Social. T.R.O.E. Estudios y Trabajos Técnicos de los cuales con la siguiente distribución:
Precio | IVA | |
SAD Gran Dependencia | 2.482.990,65 | 173.809,35 |
SAD Municipal | 5.793.644,86 | 405.555,14 |
TOTAL | 8.276.635,51 | 579.364,49 |
Contrato Inicial
Precio | IVA | |
SAD Gran Dependencia | 1.241.495,33 | 86.904,64 |
SAD Municipal | 2.896.822,43 | 202.777,57 |
TOTAL | 4.138.317,76 | 289.682,24 |
Primera Prorroga
Precio | IVA | |
SAD Gran Dependencia | 620.747,66 | 43.452,34 |
SAD Municipal | 1.448.411,21 | 101.388,79 |
TOTAL | 2.069.158,88 | 144.841,12 |
Segunda Prorroga
Precio | IVA | |
SAD Gran Dependencia | 620.747,66 | 43.452,34 |
SAD Municipal | 1.448.411,21 | 101.388,79 |
TOTAL | 2.069.158,88 | 144.841,12 |
No obstante la distribución inicial de las cantidades antes señaladas (SAD Gran Dependencia/ SAD Municipal) podrá ser objeto de modificación si las necesidades así lo hicieran necesario.
b) Precio máximo del contrato será de:
PRECIO / HORA DIA LABORABLE .- 12,50 € IVA 0,88 € PRECIO / HORA DIA FESTIVO . – 15,00 € IVA 1,05 €
Indistintamente se trate de SAD municipal o SAD gran dependencia
4.- REVISION DEL PRECIO DEL CONTRATO
En caso de prórroga del contrato se actualizará el precio del mismo de acuerdo a lo previsto en el articulo 77 y siguientes de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, el índice de referencia para la actualización será el Índice de Precios al Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística que resulte del periodo comprendido en los doce meses anteriores al 31 xx xxxx del año en que finaliza el contrato inicial o las prórrogas que se acuerden.
5.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
5.1 Horario
El Servicio de Ayuda a domicilio se prestará durante todos los días del año de 7,30 a 22 horas, incluyendo festivos (entendiendo como festivos, los domingos y fiestas nacionales y locales)
aunque de forma muy excepcional los servicios podrán comenzar o terminar antes o después del horario descrito.
Con carácter general:
La prestación máxima será de tres horas día
Las fracciones horarias se establecerán en divisiones no inferiores a 30 minutos
Los fines de semana y días festivos se comenzará a prestar el servicio a partir de las 9 horas a no ser que la persona interesada solicite otro horario.
La franja horaria de 7:30 a 9:30 de lunes a viernes se reservará para las personas que acudan a Centro de Día CAI….u otras situaciones justificadas.
En los servicios de apoyo personal, los técnicos municipales establecerán la franja horaria teniendo en cuenta las necesidades de la persona solicitante.
5.2 Actuaciones o tareas a desarrollar
A. Actuaciones de apoyo personal:
A. 1. Aseo e higiene personal, en el baño o en la cama cuando el usuario/a lo requiera, incluyendo cambio de ropa personal y de cama, xxxxxx xx xxxxxxx y todo lo que concierne a la higiene habitual. Atención especial a encamados y personas incontinentes.
A. 2. Ayuda para levantarse, acostarse e incorporarse del asiento.
A. 3. Ayuda en el vestir y el comer.
A. 4. Control de la alimentación.
A. 5. Control y seguimiento de la medicación oral señalada por el médico.
A. 6. Apoyo en la movilidad dentro del hogar.
B. Actuaciones de tipo doméstico:
B. 1. Las relacionadas con la alimentación de la persona usuaria, tales como:
• Apoyo en preparación de alimentos en el hogar.
• Compra de alimentos.
B. 2. Las relacionadas con el vestido, tales como:
• Apoyo en el lavado de ropa en el domicilio y fuera del mismo.
• Repaso, ordenación y planchado de ropa en el
domicilio.
• Apoyo en la compra de la ropa.
B. 3. Las relacionadas con el mantenimiento de la vivienda, tales como:
• Limpieza y mantenimiento de la vivienda.
• Limpieza de lugares de uso común que se determinen.
• Hacer la cama.
• Limpiezas extraordinarias del hogar.
• Pequeñas reparaciones.
C. Actuaciones de apoyo psico-social:
C. 1. Apoyo y fomento de la autoestima
C. 2. Organización económica y familiar.
C. 3. Planificación de la higiene familiar.
C. 4. Formación en hábitos de convivencia en la familia y el entorno.
C. 5. Apoyo a la integración y socialización.
D. Actuaciones de apoyo sociocomunitario:
D. 1. Acompañamiento fuera del hogar en gestiones de carácter personal: bancarias, de salud, etc.
D. 2. Acompañamiento en traslados fuera del hogar, en el entorno domiciliario: guarderías, centros escolares, transporte, centros de servicios especializados etc.
D. 3. Acompañamiento para participación en actividades.
E. Actuaciones de apoyo a la familia:
E. 1. Apoyo domiciliario temporal para respiro familiar en situaciones de sobrecarga.
E. 2. Formación y asesoramiento a los cuidadores.
E. 3. Formación específica sobre aspectos de los cuidados.
E. 4. Apoyo técnico y de supervisión.
F. Actuaciones excluidas:
No se contemplan como actuaciones propias del Servicio de Ayuda a Domicilio las no comprendidas entre las anteriores, tales como:
− Servicios de compañía y paseos
− Atención directa a miembros de la familia o allegados que habiten en el mismo domicilio y no se consideran personas usuarias del mismo por la valoración de los Servicios Sociales municipales.
− Actuaciones de apoyo doméstico cuya realización favorezca directamente a las demás personas que habiten en el domicilio siempre que estas sean autónomas para el desarrollo de actividades de la vida diaria.
− Actuaciones de carácter sanitario, que precisen formación especializada del personal que lo realiza: poner inyecciones, tomar la tensión, manejo de sondas, tratamientos de úlceras y escaras…
− Realización de arreglos importantes en el hogar: pintar, empapelar, etc.
− Limpiezas no especificadas en el apartado B. 3.
− Todas aquéllas tareas que no estén especificadas en el informe elaborado por los Servicios Sociales Municipales.
5.3 Organización y funcionamiento del servicio
Una vez asignado el servicio al usuario/a, los Servicios Sociales Municipales lo comunicarán a la entidad adjudicataria, por escrito, en el que se determinará:
• Las personas o unidades familiares que serán beneficiarias del servicio con datos de identificación y domicilio.
• Plan de intervención detallado y prestaciones específicas.
• El número de horas y la periodicidad con que ha de prestarse el servicio.
• Las modificaciones que sea preciso introducir en cada caso, en relación al mejor funcionamiento del servicio.
• En caso de atención a beneficiarios/as con características especiales, el/la Trabajador/a Social también comunicará al adjudicatario/a, el perfil humano y profesional deseable para el desarrollo de la prestación.
• El/la trabajador/a social indicará igualmente a la empresa la banda horaria acorde a cada caso, teniendo en cuenta que en casos excepcionales se podrán establecer : horarios cerrados, entendiendo por tal cuando el servicio se presta en horario obligado si así lo determine desde los servicios
sociales, ante situaciones muy justificadas y de forma excepcional.
El plazo de inicio de la prestación del servicio por la empresa adjudicataria no podrá ser superior a 72 horas a partir del recibo de la nota de alta de cada beneficiario. Y dicho inicio será comunicará por escrito a los Servicios Sociales Municipales.
En casos de extrema urgencia, previa valoración los Servicios Sociales, el servicio habrá de iniciarse como máximo dentro de las 24 horas posteriores.
En los casos de concesiones nuevas el adjudicatario comunicará por escrito a los Servicios Sociales, una vez trascurrido el primer mes de prestación, la marcha del mismo y cualquier dato que se considere destacable
Diariamente se comunicará desde la empresa al Programa cualquier tipo de incidencia a través del correo electrónico o si la urgencia del caso lo requiere telefónicamente.
Cuando se produce una suspensión temporal o definitiva, se abonará a la empresa adjudicataria el día en que se comunique la suspensión, salvo en el supuesto de que se le comunique con una antelación mínima de 24 horas.
Las suspensiones temporales del servicio que cada mes se produzcan por periodos igual o inferior a tres días consecutivos motivados por hospitalización o cualquier otra circunstancia imputable a la persona usuaria, serán abonables a la empresa adjudicataria, pudiendo en dichos supuestos Servicios Sociales designar domicilios alternativos, en los que siendo conveniente, necesario y oportuno , presten servicios de apoyo. Cuando dicha designación no se lleve a cabo por parte de los Servicios Sociales Municipales, la empresa estará obligada a prestar a sus trabajadoras al cabo del año al menos un número de horas de formación equivalente a la suma de horas de suspensión temporal acaecidas bajo este supuesto específico contemplado.
Será preceptivo que entre los usuarios de una misma trabajadora familiar medie al menos 10 minutos para el desplazamiento entre los correspondientes domicilios computado como trabajo efectivo, si bien desde el Ayuntamiento solo abonará el tiempo prestado al usuario.
5.4 Control y coordinación
Los Técnicos Municipales comprobarán la materialización y calidad de los servicios prestados. Podrán concretar reuniones con la Entidad Adjudicataria de coordinación y seguimiento, a fin de recabar información sobre la persona usuaria y sobre el desarrollo general del servicio y para ello dicha entidad deberá designar una persona como responsable, que mantendrá constantemente informados a los Servicios Sociales Municipales de todo lo referente a la atención de cada persona usuaria y a la gestión del Servicio
6.- SOLVENCIA TECNICA DE LA EMPRESA
7.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del contrato son los siguientes:
A.- La organización del Servicio a prestar por la Entidad adjudicataria. Máximo 35 puntos
En este apartado se valorará en concreto lo siguiente:
Tiempo de inicio de los servicios desde la fecha de comunicación por parte de Servicios Sociales a la empresa adjudicataria para que comience a prestarlos | Hasta 6 puntos |
Tiempo de inicio de los servicios desde la fecha de comunicación por parte de servicios sociales a la empresa adjudicataria para que comience el servicio en los casos de urgencia, | Hasta 7 puntos |
Tiempo utilizado en el cambio de la trabajadora familiar asignada siempre que tras la valoración técnica municipal así se solicite para el buen funcionamiento del servicio | Hasta 5 puntos |
Tiempo utilizado en llevar a cabo las modificaciones remitidas por Servicios Sociales a la empresa en cuanto a franja horaria, intensidad, tareas… | Hasta 5 puntos |
Tiempo de reanudación ante las suspensiones temporales del servicio | Hasta 5 puntos |
Tiempo de respuesta y resolución ante las quejas emitidas por las personas usuarias del SAD y trasladadas a la empresa adjudicataria por parte de los Servicios Sociales Municipales | Hasta 7 puntos |
Cálculo de la puntuación. La mejor propuesta en cada apartado se puntuará con el máximo establecido para ese apartado. Las demás propuestas se puntuaran con la diferencia respecto a aquella mediante la aplicación de la siguiente fórmula: mejor propuesta (en horas) multiplicada por el número máximo de puntos del apartado y dividida entre la propuesta a valorar (en horas).
B.- Precio ofertado. Máximo 30 puntos
Se valorará hasta un máximo de 30 puntos, considerándose que la máxima valoración corresponderá a la oferta económica de más baja licitación. Las demás ofertas se puntuaran por la diferencia respecto a aquella, mediante la aplicación de la siguiente fórmula: oferta mas económica (en euros) multiplicada por 30 y dividida entre las oferta a valorar (en euros)
C.- Sugerencias para la mejor realización del servicio. Máximo 15 puntos
Medios técnicos que ayuden a la prestación del servicio | Hasta 5 puntos |
Mecanismos que coadyuven a intensificar la coordinación de la empresa adjudicataria con los Servicios Sociales Municipales | Hasta 5 puntos |
Servicios de peluquería y podología a domicilio así como actividades de relación y ocio | Hasta 5 puntos |
D.- Mejoras sociales. Máximo de 20 puntos
Medidas de igualdad entre mujeres y hombres y de conciliación de la vida familiar y laboral
Se valorará hasta un máximo de 4 puntos el compromiso de adoptar para la ejecución del contrato medidas que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres, y específicamene la conciliación entre la vida familiar y laboral. Para ello se valorarán las siguientes cuestiones:
• La integración general de la perspectiva de género en la oferta y proyecto presentada.
• El compromiso de contratar para la ejecución del contrato a un mayor número de mujeres en puestos directivos y de responsabilidad.
• Las medidas concretas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar, y de fomento de la corresponsabilidad entre mujeres y hombres que el licitador se compromete a aplicar para la plantilla que ejecute el contrato, y que mejoren los mínimos establecidos en la Ley 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres. La empresa licitadora deberá presentar una propuesta técnica con indicación concreta de medidas como cheque servicio o acceso a recursos sociocomunitarios que faciliten la atención de menores o personas dependientes; mejoras sobre la reducción de jornada, excedencias, licencias o permisos de paternidad o maternidad; la flexibilización, adaptación o reasignación de servicios y horarios en función de las necesidades de conciliación; u otras similares. Para su valoración la empresa licitadora deberá especificar en su propuesta técnica de forma detallada las medidas de conciliación prevista, el calendario de aplicación y las medidas de seguimiento y evaluación.
Medidas de inserción:
Se valorará hasta con un máximo de 2 puntos a aquellas empresas que mejoren la obligación descrita en el apartado 10.H) de las obligaciones “en relación con el personal que presta el servicio”, del presente pliego y se comprometan a integrar en la plantilla que ejecutará el contrato
a un porcentaje superior al 5% de personas con discapacidad igual o superior al 33%. La discapacidad deberá ser compatible con las funciones de auxiliar de ayuda a domicilio.
La forma de valoración será la siguiente:
Se otorgarán dos puntos a la empresa que se compromete a integrar en la plantilla que ejecutará el contrato con un mayor porcentaje de personas con discapacidad siempre que supere el citado 5% y a partir de ella de forma directamente proporcional .
Se valorará con un máximo de 10 puntos a aquellas empresas que para la ejecución del contrato se comprometan a emplear laboralmente en el caso de las nuevas contrataciones, bajas y sustituciones que precise el contrato a un porcentaje superior al 40% de personas desfavorecidas xxx xxxxxxx laboral. La selección del personal la llevará a cabo la empresa entre las personas que participen en los programas de incorporación y acompañamiento laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
La forma de valoración será la siguiente:
Se otorgarán diez puntos a la empresa que se comprometa a emplear para las nuevas contrataciones, bajas y sustituciones un mayor porcentaje de personas desfavorecidas xxx xxxxxxx laboral, siempre que supere el citado 40% y a partir de ella de forma directamente proporcional. Complementariamente se establece para el cálculo de la puntuación que cada tanto por ciento de personas por encima del 40% podrá otorgar hasta un máximo de un punto.
Medidas de estabilidad y fomento en el empleo
Se valorará hasta un máximo de 4 puntos las empresas que se comprometan a ejecutar el contrato con personal que cuente con contrato indefinido en un porcentaje superior al 60% del total de la plantilla.
La forma de valoración será la siguiente:
Se otorgarán 4 puntos a la empresa que mayor tanto por ciento de contratos indefinidos tenga y a partir de ella de forma directamente proporcional se otorgará el resto de la puntuación.
8.- SUPUESTOS DE EMPATE
En los supuestos de empate la preferencia en la adjudicación será respecto a empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social y con entidades sin Animo de lucro (Disposición Adicional Sexta de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público).
Solo será aplicable en el caso que resulte un empate a puntos en cuanto a la proposición más ventajosa, en aplicación de los criterios de adjudicación.
9.- DOCUMENTACION
Además de la documentación señalada en otros apartados de este pliego y en el pliego de cláusulas administrativas, los licitadores han de presentar la siguiente documentación acreditativa relacionada con los criterios de adjudicación:
1.- Proyecto de organización del Servicio objeto de contrato, con un máximo de 15 folios.
2.- Sugerencias para la mejor realización del Servicio, con un máximo de 2 folios. 3.- Mejoras sociales que contemplan con un máximo de 3 folios.
10.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA
Serán obligaciones de la empresa adjudicataria, además de las contenidas en otras cláusulas de este pliego, las siguientes:
En relación con la organización del servicio
A. Prestar el Servicio de la forma que, sin apartarse del contenido del presente pliego de Condiciones le sea ordenado por el Ayuntamiento.
B. Contar con un programa informático compatible con el utilizado por los Servicios Sociales Municipales, pudiendo exigirse por estos la presentación de las comunicaciones en formato electrónico compatible o la introducción de los datos en la herramienta informática que se determinará por los Servicios Sociales.
C. Disponer de una oficina abierta y organización administrativa, técnica y funcional en el municipio xx Xxxxxx, en la fecha de comienzo del contrato y en la misma ha de disponer de teléfono, fax y correo electrónico. Igualmente ha de disponer de teléfono móvil el personal responsable de la misma para localización inmediata. Este teléfono deberá estar activo las 24 horas.
D. En los casos de concesiones nuevas, y una vez trascurrido el primer mes de prestación, comunicar a los Servicios Sociales Municipales de forma escrita la marcha del Servicio.
E. Comunicar desde la empresa adjudicataria a los Servicios Sociales Municipales si detecta por parte del profesional que presta el servicio cambio en las circunstancias personales, familiares, económicas y sociales del usuario que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación del servicio, estas comunicaciones se han de realizar de forma escrita.
F. Aplicar las directrices que le sean dadas desde los Servicios Sociales Municipales en lo que se refiere al servicio de cada beneficiario, así como permitir que éstos realicen un análisis de la prestación y comprobar si se ajusta a la finalidad del mismo.
X. Xxxxxx a las reuniones que se les convoque por parte del Ayuntamiento, a fin de coordinar actuaciones, exponer planteamientos, etc.
H. Remitir a los Servicios Sociales memoria anual de la marcha y desarrollo del servicio.
I. Aunque la prestación del servicio de Ayuda a Domicilio deberá realizarse en el término municipal xx Xxxxxx, esto no excluye que en situaciones determinadas, las trabajadoras familiares deban desplazarse fuera del Municipio, para resolver algún aspecto de la atención del beneficiario.
J. La Entidad adjudicataria remitirá a los Servicios Sociales Municipales, dentro de los dos
primeros días hábiles del mes siguiente a la realización del Servicio, la relación detallada de usuarios con el número de las horas realizadas. Además, presentarán también listado de los usuarios que abonan precio público con el detalle de las horas realizadas.
K. Cubrir la atención a los beneficiarios independientemente a la organización de su personal a efectos de vacaciones, bajas, etc., para ello la empresa dispondrá de personal para sustituir de inmediato cualquier trabajador-a que por distintas causas tenga que faltar a un servicio, sin que la persona usuaria deje de percibirlo en ningún momento, respetando el horario establecido con anterioridad
En relación con el personal que presta el servicio
A. Contar con los medios materiales y personales suficientes en número y cualificación acreditada para atender el servicio objeto de este contrato y asumir todos los costes derivados de la relación de dependencia del personal, así como todas las responsabilidades tanto de los hechos susceptibles de producirlas, como de las relaciones laborales con dicho personal, que en ningún caso se considerará personal municipal. En cualquier caso se acreditará el cumplimiento de la legislación y convenio colectivo laboral de aplicación al servicio, vigente en cada momento.
B. Realizar los cursos de formación anualmente destinados al personal, consensuando los contenidos de los mismos con los técnicos municipales.
C. Subrogación de los contratos del personal que actualmente presta el servicio en el Municipio xx Xxxxxx (Se adjunta relación ANEXO 1)
D. Facilitar a los/as trabajadores/as la ropa y el calzado necesario para el desarrollo de sus funciones. Informará a los mismos de las recomendaciones necesarias para protegerse de enfermedades infecto-contagiosas y pondrá las medidas necesarias (guantes, mascarillas, bata etc.)
X. Xxxxxxxxxx que el personal destinado a cada domicilio tenga la mayor permanencia posible para evitar sustituciones innecesarias que interfieran la buena atención del usuario. Dicha sustitución no podrá efectuarse, salvo casos de probada necesidad sin la autorización expresa de los técnicos responsables de los Servicios Sociales Municipales, sin menoscabo de su derecho a vacaciones, bajas por enfermedad, etc… Asimismo los técnicos municipales, previa fundamentación podrán exigir el cambio de personal adscrito a la persona usuaria si se considera necesario para el desarrollo del mismo.
F. Igualdad entre hombres y mujeres. El adjudicatario estará obligado a establecer medidas de favorecimiento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas adscritas a la ejecución del contrato conforme establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores/as deberán además acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres.
G. La empresa adjudicataria se compromete en la fase de ejecución del contrato a emplear laboralmente para las nuevas contrataciones, bajas y sustituciones que se requieran para la prestación del servicio a un mínimo del 40% de personas con dificultades de inserción en el mercado laboral que participen en los programas de incorporación y acompañamiento laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx. El porcentaje citado se considerará sobre las nuevas contrataciones de la plantilla a partir del inicio de la prestación, y se tomará como referencia el número de jornadas laborales anuales de este nuevo personal, de forma que el número de contrataciones sea proporcional al número de horas prestadas y no recaiga dicho porcentaje sobre el personal con jornadas reducidas o encargado de bajas y xxxxxxxxxxxxx.Xx selección la llevará a cabo la empresa entre las personas que participen en los programas de incorporación y acompañamiento laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
X. Xx contratista se compromete a emplear en la plantilla que ejecutará el contrato al menos a un 5% de personas con discapacidad igual o superior al 33%, siempre que dicha discapacidad sea compatible con las funciones de auxiliar a domicilio. Si debido a la obligación de subrogar al personal en el momento de iniciarse la prestación no se pudiese cumplir dicho porcentaje, la empresa se compromete a llegar al referido 5% con las nuevas contrataciones, bajas y sustituiciones que se precisen para la prestación del servicio.
I. El contratista estará obligado a comunicar al Ayuntamiento relación de trabajadores en los que conste: nombre y apellidos, nº de documento nacional de identidad y de afiliación a la Seguridad Social y nombre del beneficiario del servicio al que esta adscrito.
J. En ningún caso, el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre contratistas y personal de la entidad adjudicataria, ya sea por extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos o cualquier otra causa similar.
K. El personal que preste su servicio en las funciones que le son propias, deberá estar en todo momento sujeto a las normas de conducta, decoro y comportamiento genéricas para el personal municipal, independientemente de las normas que a este respecto deba cumplir por pertenecer a la empresa adjudicataria.
L. La liquidación y el pago xxx xxxxxxx se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos, debiendo el adjudicatario cumplir las cláusulas establecidas en el Convenio de referencia del sector.
Otras obligaciones
A. Colaborar con los curso de formación bien organizados directamente o que cuenten con subvención municipal, facilitando el que personas procedentes de estos cursos puedan realizar las practicas en la empresa adjudicataria del servicio.
B. Aplicar las mejora que haya podido proponer en su oferta
C. La administración podrá en cualquier momento modificar en más o menos el número de beneficiarios de las prestaciones objeto de este contrato, siendo estas modificaciones
obligatorias para la empresa adjudicataria, sin derecho a indemnización alguna.
D. El contratista es responsable del exacto cumplimiento de la totalidad de los servicios contratados. Tomará todas las precauciones necesarias para evitar accidentes y perjuicios de todo orden, siendo responsable de ellos y atendiendo en esta materia a la legislación general del Estado y a la específica de la Comunidad Autónoma. Asimismo atenderá las correcciones e indicaciones de los responsables municipales para la buena marcha de los trabajos.
E. Tratar los datos de carácter personal a los que hayan de tener acceso para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio conforme a las instrucciones de los servicios sociales municipales, no los aplicará o utilizará con fin distinto a la que figura en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación a otras personas. El encargado del tratamiento, además, deberá, adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias que garanticen la seguridad e los datos de carácter personal y eviten su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado,. Unas vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en los que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento.
F. Cumplir las disposiciones de la normativa general y autonómica en materia de prevención de riesgos laborales.
Estas son obligaciones esenciales, cuyo incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato por causa imputable al contratista, con las consecuencias legalmente previstas
11.- FORMA DE PAGO
El pago se realizará previa presentación de factura mensual, en función de las horas realizadas.
En Avilés, a 16 xx xxxxx de 2009
La Responsable del Programa de Atención a la Dependencia
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Vº Bº La Jefa de Servicio de Servicios Sociales
Fdo.: Xxx Xx Xxxxxxx Xxx