CONTRATO DE ADQUISICION DE BIENES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA
Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000 - Xxxxxxxxx
CONTRATO DE ADQUISICION DE BIENES
AMC Nº 0013-2007-MPC
Conste por el presente documento, el Contrato de compra venta de bienes que celebran de una parte la Municipalidad Provincial de Cajabamba, con RUC Nº 20148288853, con domicilio institucional en el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000 xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, debidamente representada por su Alcalde Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, identificado con DNI. Nº 00000000, a quien en adelante se le denominará “MUNICIPALIDAD” y de la otra parte la Empresa Multimotos Xxxxx S.R.L. con RUC N° 20495685412, con domicilio legal en Xxx xx Xxxxxxxxxxx Xxx 000 – Xxxxxxxxx debidamente representado por su Gerente General Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, bajo los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: BASE LEGAL
1.- Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones Estado. D.S Nº 083-2004-PCM
2.- Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. D.S. Nº 084-2004-PCM.
3.- Ley 28927 “Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2007”.
4.- Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General.
5.- Directivas de CONSUCODE.
CLAUSULA SEGUNDA: COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA
La Municipalidad Provincial de Cajabamba, es una persona jurídica de derecho público con autonomía económica administrativa en los asuntos de su competencia. Le son aplicables las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución, regulan las actividades y funcionamientos del Sector Público Nacional.
CLAUSULA TERCERA: CONVOCATORIA:
La Municipalidad Provincial de Cajabamba, convocó al proceso de selección de Menor Cuantía Nº 013-2007-MPC, con la finalidad de contratar a la persona natural o jurídica que provea con dos Motocicletas modelo 200 requeridos en dicho proceso de selección que se indican en las bases y que forman parte del presente contrato.
CLAUSULA CUARTA: ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO
Habiéndose llevado a cabo la Adjudicación Menor Cuantía Nº 013-2007-MPC, sobre adquisición de Dos Motocicletas para uso Institucional de conformidad con el procedimiento establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004-PCM, el Comité Especial, otorgó la Buena Pro al postor Multimotos Xxxxx S.R.L., al haber alcanzado el mayor puntaje total luego de haber satisfecho las características previstas en las bases.
CLAUSULA QUINTA: CONFORMIDAD DE ENTREGA DE GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Municipalidad Provincial de Cajabamba una Carta Fianza o Póliza de Caución, cuando el monto acumulado adjudicado supere el monto establecido para convocar a una Adjudicación de Menor Cuantía, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando hayan sido emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la entrega del bien.
La garantía indicada en esta cláusula no es obligatoria para este contrato por tratarse de una Adjudicación de Menor Cuantía conforme a las disposiciones contempladas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
EL CONTRATISTA, al amparo de lo precisado en el Art. 217º del D.S. Nº 084-2004-PCM, podrá estar exonerado de la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
CLAUSULA SEXTA: OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE EJECUCION
La Municipalidad Provincial de Cajabamba, contrata a EL CONTRATISTA para que provea los bienes indicados en el Ítem Nº 01 de las bases del proceso y según las especificaciones técnicas de los mismos, según el detalle siguiente:
CLAUSULA SETIMA: DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA, declara poseer disponibilidad de los bienes materia del presente contrato, para el cabal cumplimiento del mismo, así mismo declara conocer todas las condiciones que puedan afectar la ejecución del contrato y que las ha tenido en cuenta al formular su oferta. Así mismo declara que no tiene impedimento para contratar con el Estado.
CLAUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA, se compromete a proveer a la Municipalidad Provincial de Cajabamba, la cantidad del los bienes solicitados en perfecto estado, puestos en el Almacén General de la Municipalidad Provincial de Cajabamba en el plazo ofertado en su propuesta técnica, cumpliendo estrictamente las especificaciones técnicas indicadas en las bases del proceso y que forman parte del presente.
EL CONTRATISTA no podrá alterar, modificar, ni sustituir las características de su propuesta, teniendo la responsabilidad total sobre la ejecución y cumplimiento del presente contrato, salvo expresa disposición de la Municipalidad Provincial de Cajabamba.
CLÁUSULA NOVENA: DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO:
El monto total a pagarse al CONTRATISTA por la venta del los bienes a que se hace referencia en la cláusula sexta, será el que se estipule en la Orden de Compra – Guía de Internamiento de acuerdo al ítem y monto adjudicado, incluido el impuesto xx Xxx (IGV), la entrega del los bienes se hará en el Almacén General de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, el pago se hará contra entrega del los respectivos bienes y de acuerdo a la conformidad Técnico Operativa de la Oficina solicitante dentro de los diez (10) días aproximadamente siguientes de recibido el informe de conformidad.
CLÁUSULA DECIMA: PROHIBICION DE CESION
EL CONTRATISTA queda prohibido de ceder o contratar en forma total o parcial la ejecución del presente contrato a favor de terceros.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA: RETRASO INJUSTIFICADO
En caso de retraso injustificado en la ejecución de la prestación por parte del CONTRATISTA, La Municipalidad, le aplicará una penalidad por cada día de atraso. Para la aplicación de la penalidad se tendrá en cuenta estrictamente lo señalado en el artículo 222º del D.S. Nº 084-2004-PCM.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:
EL CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes ofertados, contado a partir de la conformidad otorgada por el Jefe xxx Xxxxxxx de la entidad adquiriente, debiendo el proveedor reemplazar los bienes observados, fallados o malogrados en un plazo no mayor de 72 horas, pudiendo la Municipalidad Provincial de Cajabamba, tomar las medidas correctivas que sean necesarias por cuenta y riesgo del proveedor, caso contrario se resolverá el contrato, además, la Municipalidad, en salvaguarda de sus intereses implantará las acciones legales pertinentes.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: DEL HECHO FORTUITO O FUERZA MAYOR
En caso de hecho fortuito o fuerza mayor, la Municipalidad, podrá modificar el
cronograma de entrega, previa comunicación escrita a EL CONTRATISTA y detallada en la Orden de Compra.
CLAUSULA DECIMA CUARTA: DECLARACION JURADA
El CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado, en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DECIMA QUINTA: RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes o ambas pueden poner fin al contrato sobre un hecho sobreviniente a la suscripción del mismo. Por igual motivo se puede resolver el contrato en forma parcial.
Las causales de resolución son las que se encuentran tipificadas en el artículo 225º del D.S. Nº 084-2004-PCM, siguiendo el procedimiento indicado en el artículo 226º del dispositivo legal antes indicado.
CLAUSULA DECIMA SEXTA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante arbitraje, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE y de acuerdo con su Reglamento
CLAUSULA DECIMA SETIMA: CONTENIDO DEL CONTRATO
Forman parte integrante del presente Contrato, las Bases Administrativas del proceso de selección Adjudicación Menor Cuantía Nº 013-2007-MPC, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del proceso que establezcan obligaciones para las partes. Son de aplicación supletoria las normas del Código Civil.
DETALLE TECNICO DE 02 MOTOCICLETAS MODELO 200
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Tipo de carrocería
Motocicleta
Tipo de combustible
Gasolina
Número de cilindros
Uno
Motor tipo
OHC, 4 tiempos, enfriado por aire
Cilindrada
196.9 cc
Relación de Compresión
9.0 : 1
Potencia máxima
16.9 HP a 8000 rpm
Sistema de arranque
Eléctrico
Encendido
CDI
Batería
12 V - 7 AH
Transmisión
5 velocidades
Capacidad de tanque de combustible
8.5 litros
Reserva de tanque de combustible
0.8 litros
Suspensión delantera
Telescópica
Suspensión posterior
Pro-Link
Freno delantero
Disco – Pastilla
Freno posterior
Tambor – Xxxxxx
Dimensión Llanta Delantera
2.75 - 21 - 45R
Dimensión Xxxxxx Xxxxxxxxx
0.00 - 00 - 00X
Xxxxx
2,093 m
Ancho
0,830 m
Alto
1,143 m
Distancia entre ejes
1,389 m
Peso
122.9 Kg
Carga útil
153 Kg.
Peso bruto
262.9 Kg.
CLAUSULA DECIMA NOVENA: NOTIFICACIONES
Toda comunicación a cualquiera de las partes se hará por escrito y se entenderá bien realizada, si es notificada a la otra parte en los domicilios señalados en el presente Contrato.
CLAUSULA VIGESIMA: LEY APLICABLE
Las partes convienen expresamente que el presente Contrato, su interpretación, ejecución y consecuencias se regulan por el Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004-PCM, los cuales prevalecerán sobre las Normas Generales de Procedimientos Administrativos y sobre aquellas de derecho común que fueren aplicables.
Las partes en señal de absoluta conformidad proceden a suscribir el presente contrato en tres (03) ejemplares de igual tenor y valor a los 10 días del mes de Julio del año Dos Mil Siete.
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