PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE SIRVEN DE BASE AL CONCURSO PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO Y LA INSTALACIÓN DE UNA CABINA-ASEO AUTOLAVABLE EN LA LOCALIDAD DE ZUMAIA
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE SIRVEN DE BASE AL CONCURSO PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO Y LA INSTALACIÓN DE UNA CABINA-ASEO AUTOLAVABLE EN LA LOCALIDAD DE ZUMAIA
OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto de la presente licitación la contratación mediante concurso, y a través de un procedimiento abierto, del suministro e instalación de los servicios públicos a ubicar en la localidad de ZUMAIA, requerimiento para ello:
Una cabina-aseo autolavable utilización mixta y minusválidos con urinario exterior con lavado automático.
CARACTERISTICAS TÉCNICAS
Los materiales empleados serán de primera calidad, impermeables, no absorventes, antivandálicos, resistentes al desgaste, sólidos e inalterables por agentes externos (inclusive ácidos y álcalis utilizados habitualmente en la limpieza y desinfección) y atmosféricos y totalmente homologados alcanzando en conjunto un peso total no inferior a las 6 Tn, debiendo cumplir las normas específicas. Las estructuras no deberán presentar salientes, aristas x xxxxxx vivos que puedan representar un peligro para el/la usuario/a o viandante.
El aseo cumplirá la normativa vigente 20/1997 en materias de accesibilidad.
El grado de seguridad y resistencia serán fundamentalmente relevantes, teniendo en cuenta, especialmente, aspectos tales como la resistencia al impacto, a la corrosión y al gradiente térmico.
El Ayuntamiento se reserva el derecho a analizar o encargar en laboratorios oficiales las muestras que se presenten, considerando como mínima la calidad aprobada a la vista de las ofertas. A tal efecto, el licitador estará obligado a utilizar las clases y tamaños de embalajes, señalizaciones y rotulaciones que la Administración Municipal pudiera exigir.
Los acabados y definiciones serán acordes con el tipo o modelo y, en cualquier caso, de una inmejorable presentación y conservación.
Los espacios del evacuatorio destinados al público y a los elementos o estructuras, deberán estar separados de manera eficaz, de modo que a este último sólo tenga acceso el personal autorizado.
El espacio destinado al público deberá contar, con los elementos siguientes entre otros: revestimientos, luz, secador, extracción, papeleras, espejo, aseo autolimpiable, grifo, barras de apoyo para minusválidos, indicador exterior de libre, puertas, ocupado y fuera de servicio, urinario exterior autolavable con mampara protectora.....
La configuración de este espacio deberá contar con un diseño y materiales tales que faciliten al máximo su adecuada conservación y limpieza, manteniendo los niveles exigidos de seguridad.
La puerta de acceso deberá ser blindada, con aislamiento térmico y acústico.
La instalación deberá contar con un sistema de seguridad que impida el accionamiento del mecanismo de limpieza mientras los usuarios se encuentran en el interior.
Se dotará de iluminación de localización del evacuatorio en horas de poca luz.
Dispositivos de cierre y seguridad tales como: reloj programable para apertura y cierre, sistema de seguridad que permita el rescate de personas atrapadas en el interior de la cabina, cierre automático en caso de falta de presión de agua, .....
Todas las indicaciones de información destinadas al público que utilicen el lenguaje escrito, deberán expresarse en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma, mediante traducción que a tal efecto autorice el Departamento Municipal. Las cabinas deberán contar además, en el exterior con placa del Ayuntamiento con escudo oficial, conforme al diseño que a propuesta del adjudicatario autorice la Administración.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO
El presupuesto base de licitación es de 55.000 euros IVA incluido, transporte, gastos de instalación y puesta en marcha, gastos generales, beneficio industrial y demás tributos de la distintas esferas fiscales, y en general cualesquiera gastos que supongan la realización del contrato.
Asímismo, quedan excluidos los costes de descarga del aseo a cargo del Ayuntamiento.
Las ofertas que presenten los licitadores serán a la baja y en ellas se entenderán incluídos todos los conceptos antes específicados.
PLAZO
El plazo de suministro e instalación será como máximo de un mes, a contar desde la fecha de notificación del acuerdo de adjudicación.
FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación se efectuará a la proposición más ventajosa sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, y sin perjuicio del derecho de la Administración a declarar desierto el concurso, en cuyo caso no procederá derecho a indemnización alguna a favor de los licitadores. Los concursantes podrán formular distintas alternativas respecto del objeto del contrato, que en su caso, deberán valorarse económicamente.
Entre otras, serán circunstancias a valorar conjuntamente por la Corporación para la resolución del concurso, señaladas por orden decreciente de importancia y que se ponderarán atendiendo a la prelación de los licitadores respecto de cada una de ellas, las siguientes:
Oferta económica: hasta 30 puntos.
Plazo de entrega: hasta 25 puntos. La puntuación máxima se adjudicará a la oferta que realice las obras en el menor plazo de tiempo posible, siempre y cuando la reducción del plazo esté debidamente justificado y reflejado en el programa de trabajos que presentará el licitador. La puntuación irá descendiendo de forma progresiva a medida que aumenten los plazos de ejecución ofertados.
Calidad técnica de la oferta: hasta 15 puntos.
Plazo de garantía y servicio post-venta: hasta 10 puntos
Experiencia en suministros similares: hasta 10 puntos. Se valorarán los trabajos y suministros similares realizadas por los licitadores, siempre y cuando las justifiquen presentando los correspondientes certificados. La puntuación será proporcional al número de certificados presentados.
Cualesquiera otras mejoras técnicas presentadas por los licitadores: hasta 10 puntos.
PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones para licitar se presentarán en mano en sobre cerrado y firmado por el licitador o persona que lo represente en la Unidad de Contratación del Excmo. Ayuntamiento de Zumaia, en horario de oficina hasta el décimoquinto día natural a contar desde el siguiente al que aparezca publicado el anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, sobre que deberá ser lacrado o precintado, figurando la inscripción general siguiente en su anverso: PROPOSICIÓN PARA OPTAR AL CONCURSO CONVOCADO POR AL AYUNTAMIENTO DE ZUMAIA PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO Y LA INSTALACIÓN DE UNA CABINA AUTOLIMPIABLE EN ZUMAIA. Si dicho décimoquinto día coincidiera en sábado o festivo, el plazo de presentación de las proposiciones se prorrogará hasta el siguiente hábil.
Si las proposiciones se envían por correo, el empresario deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex o telegrama en el mismo día, todo ello con objeto de verificar el cumplimiento del plazo. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
Entregada y admitida la proposición no podrá ser retirada por el licitador, ni éste podrá presentar ninguna otra, ya sea individualmente o en unión temporal con otras empresas, o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo anterior dará lugar a la desestimación de todas las proposiciones presentadas por el mismo.
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación expresa de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones para contratar.
El primer día hábil siguiente a la terminación del plazo de presentación de proposiciones, a las 12 horas, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, ante el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente o Corporativo en quien delegue, asistido por el Secretario General o Funcionario Letrado que le sustituya, se procederá en acto público a la apertura de las ofertas económicas, dando cuenta del resultado de la calificación previa de la documentación general.
En este acto de fiscalización previa de la documentación, se procederá a desechar las ofertas que puedan producir duda racional sobre la persona del licitador, compromiso que contrajese o adolecieren de deficiencias sustanciales (falta de Escritura o Constitución, Poder y fianza). La falta absoluta de esta documentación no será subsanable, así como la insuficiencia de la garantía provisional. Si se observaren defectos materiales en la documentación presentada, o cuando el documento exigido haya sido presentado y no obstante adolezca de error o defecto, o si algún documento exigido no hubiera sido presentado, y no obstante del resto de la documentación se dedujera su existencia, se considerará subsanable su omisión, procediéndose a conceder un plazo de tres días hábiles para la subsanación de errores.
CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
SOBRE A: Documentos acreditativos de la personalidad del licitador
1) Si el licitador es persona jurídica, se requerirá la presentación de Escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita en su caso en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforma a la Legislación Mercantil que le sea aplica
2) Para los licitadores personas físicas será obligatoria la presentación del D.N.I. o fotocopia compulsada o autenticada.
3) En todo caso se exigirá D.N.I. o fotocopia compulsada o autenticada del firmante de la proposición.
4) Poder que acredite la representación de la persona jurídica.
5) Si varias empresas acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen, deberán aportar los documentos acreditativos de su personalidad y capacidad de obrar y demás exigidos en el presente Xxxxxx. En el escrito de proposición indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos en la unión, y la persona o entidad que durante la vigencia del conntrato ha de ostentar la representación de todos ellos frente a la Administración; si la unión se compone de empresas españolas y extranjeras ésta ha de ser española.
Si el contrato se adjudicara a la unión temporal deberá acreditar la constitución de la misma, en Escritura pública, en el plazo máximo de un mes a contar desde la notificación del acuerdo de adjudicación. Dichos empresarios quedarán solidariamente obligados ante la Administración. La falta de documentación completa de cualquiera de las empresas agrupadas o de algunos de los restantes requisitos dará lugar a la desestimación de la agrupación y de los miembros que la integran como licitadores.
6) Acreditación de que el licitador cumple con las condiciones de capacidad para contratar con la Administración enumeradas en los artículos 15 a 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Dicha acreditación se podrá realizar por cualquier medio acreditativo de la solvencia económica, financiera y técnica. En concreto:
6.1 La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Tratándose de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas, en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados en donde aquellas se encuentren establecidas.
Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras, suministros, servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier documentación considerada como suficiente por la administración.
La justificación de la solvencia técnica de los empresarios se acreditará necesariamente por los siguientes medios:
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficios públicos y privados de los mismos.
Una declaración que indique el promedio anual de personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres años.
Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga el empresario para la realización del contrato.
d)Una declaración de las medidas adoptadas por los empresarios para controlar la calidad, así como de los medios de estudio y de investigación de que dispongan.
7) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, acompañando en todo caso Certificados acreditativos de estos extremos expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Estatal de Administración Tributaria. , Adjuntando, asimismo, el último recibo del Impuesto de Actividades Económicas.
8) Declaración responsable de no hallarse comprendido en ninguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad para contratar con la Administración.
Toda esta documentación se acompañará en originales o en fotocopias a compulsar con éstos por el Ayuntamiento o autenticadas por Notario. El poder deberá ser bastoneado x xxxxx del licitador por el Sr. Secretario General de la Corporación o Funcionario Letrado que le sustituya.
SOBRE B: Propuesta técnica, que acompañará la siguiente documentación:
I.- Memoria en la que se relacionen la calidad y características del suministro, periodo de garantía y servicio posventa, así como el plazo de entrega que comprometa el licitador, junto con cualquier documentación que contribuya a facilitar un mejor conocimiento de la oferta.
Relación de los principales suministros análogos efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporaran los documentos acreditativos de haber efectuado estos suministros.
b) Descripciones o fotografías de los productos a suministrar:
Memoria en la que se relacionen cualesquiera mejoras que comprometa el licitador.
SOBRE C: Oferta económica.
En todo caso, se entenderá incluidas en la misma, todos los impuestos que graven los distintos conceptos (incluido I.V.A.)
La proposición se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas que contengan errores, omisiones o tachaduras, que puedan alterar o establecer dudas sobre su importe o contenido del compromiso que oferte el licitador.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato de suministro se formalizará en documento administrativo, a petición de una de las partes, en Escritura Pública.
Los costes de la formalización del contrato, en su caso, en escritura pública, serán x xxxxx del adjudicatario. Si el adjudicatario del contrato no atendiera a los requerimientos de constitución de la garantía definitiva, no cumpliere los requisitos para la celebraci6n del contrato o impidiere se formalice, la adjudicación quedará nula de pleno derecho con las consecuencias previstas en la legislaci6n aplicable.
FIANZA DEFINITIVA
El adjudicatario del contrato estará obligado a constituir una fianza definitiva por el importe del 4% del presupuesto del contrato.
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato experimente variación el valor del total del mismo, se reajustará la fianza constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la fianza y el presupuesto del contrato.
La fianza definitiva será devuelta transcurrido el periodo de garantía comprometido por el adjudicatario, que en ningún caso podrá ser inferior a un año a contar desde la entrega de los bienes suministrados.
RÉGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato de suministro a que se refiere el presente Xxxxxx tiene carácter administrativo sometiéndose las partes para todas las cuestiones litigiosas derivadas de la interpretación y aplicación del contrato a la jurisdicción del domicilio del Ayuntamiento de Zumaia con expresa renuncia a otro Fuero.
El contrato se regirá por las cláusulas del presente Pliego de Condiciones y demás disposiciones de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprobó el Texto Refundido sobre las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local ya sus disposiciones reglamentarias; Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Admiistraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, supletoriamente se aplicarán las restantes normas del Derecho Administrativo y en su defecto. las normas de Derecho.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá efectuar el suministro dentro del plazo comprometido.
El adjudicatario deberá garantizar por un año tanto las piezas de repuesto como la mano de obra.
Son asimismo de cuenta del contratista el pago del importe de los anuncios y de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios o de formalización del contrato, pago de tributos, etc. y cualquier otro que se produzca incluso en los casos en que esté reconocido su derecho a la repercusión.
Los gastos de entrega, transporte, instalación y puesta en marcha de los bienes objeto del suministro serán de cuenta del contratista. El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración.
El contratista será responsable de la calidad de los suministros, así como de las consecuencias que se deduzca para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El adjudicatario no podrá introducir o ejecutar modificaciones en el suministro comprendido en el contrato, sin la debida aprobaci6n de dicha modificación y el presupuesto resultante por la Administración. En otro caso no podrá el contratista efectuar ningún tipo de suministro que supere por su cuantía el presupuesto fijado, no habiendo lugar a indemnización alguna, ni se abonará el exceso al adjudicatario, delimitándose las responsabilidades a que hubiere lugar de conformidad con la legislación vigente.
f) El contratista viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por la legislaci6n vigente respecto de los salarios mínimos, previsión y Seguridad Social y demás Leyes especiales.
En todo caso, la dirección y la inspección de los trabajos corresponde al Ayuntamiento a través del personal que designare, que dictará las instrucciones necesarias al contratista para la normal y eficaz realización del objeto del contrato.
El contrato objeto del concurso se entenderá realizado a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios, sino en los casos de fuerza mayor.
i) La celebración de subcontratos de ajustará a lo prevenido en el art 2 116 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
j) Los licitadores deberán recoger la documentación presentada en el plazo máximo de tres meses a contar desde la recepción del acuerdo de adjudicación, en caso contrario, la devolución de la misma se efectuará por el Ayuntamiento a su xxxxx.
CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
Las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones di- manantes del contrato, son las previstas en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Asimismo, el órgano de contratación está facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad con imposición de nuevas penalidades en el caso de incumplimiento.
Concretamente, mediante expediente sumario, con audiencia del interesado y sin perjuicio de optar por la resolución citada, el Ayuntamiento podrá imponer al contratista sanciones y exigirle el resarcimiento de daños y perjuicios de un modo inmediatamente ejecutivo, no obstante los recursos legales que procedan. Sanciones por incumplimiento, tales como:
a) Xxxxxx en la prestación del suministro, salvo fuerza mayor o causa no imputable al contratista, multa diaria en la cuantía establecida en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, computándose al efecto los días que excedan del plazo comprometido para efectuar el suministro.
b) Por deficiencias en la calidad de los suministros, multa de hasta el cuádruple del valor defraudado, entendiéndose por tal la diferencia entre el valor del suministro efectuado y el del prestado indebidamente, o en su caso, los gastos de sustitución o reposición del material defectuoso.
La incoación de expediente sancionador al contratista facultará la suspensión del pago pudiendo hacerse efectivo el importe de las multas impuestas y de los daños y perjuicios evaluados con cargo a las cantidades adeudadas o con cargo a la fianza viniendo obligado el adjudicatario a reponer la fianza en la parte disminuida por la incautación, dentro de los quince días hábiles siguientes al que sea requerido formalmente para ello.
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