CONVENIO DE COEJECUCIÓN VA 011 DE 2021 CELEBRADO ENTRE PATRIMONIO NATURAL FONDO PARA LA BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS Y LA ASOCIACIÓN DE AUTORIDADES INDIGENAS – CAPITANES – DE LAS COMUNIDADES DEL RESGUARDO RIO ATABAPO E INÍRIDA - AIRAI.
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Entre los suscritos, XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.260.400 de Bogotá, en su calidad de director ejecutivo y por lo tanto representante legal de PATRIMONIO NATURAL FONDO PARA LA BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS, con NIT 900.064.749-7,
persona jurídica de utilidad común, regida por las normas del derecho privado, y con plena capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones que desarrollen su objeto social, constituida como una Fundación sin ánimo de lucro, de participación mixta y quien para los efectos del presente Convenio de Coejecución se denominará PATRIMONIO NATURAL y XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.005.106 expedida en Cacahual, quien obra en su condición de Representante Legal de LA ASOCIACIÓN DE AUTORIDADES INDIGENAS – CAPITANES – DE LAS COMUNIDADES DEL RESGUARDO RIO ATABAPO E INÍRIDA - AIRAI, identificada con NIT. 900.211.854 -
3, registrada mediante Resolución 0056 del 12 xx xxxxxx de 2005 de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías del Ministerio del Interior; entidad constituida con el fin de ejercer el derecho de autogobierno de las comunidades que representa de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, el convenio 169 de la OIT y las leyes de la Republica de Colombia y el Derecho Indígena, y quien para los efectos del presente Convenio de Coejecución se denominará AIRAI, y las dos en conjunto “las Partes”; hemos acordado suscribir el presente Convenio de Coejecución, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES
Que PATRIMONIO NATURAL es una fundación sin ánimo de lucro, de utilidad común y de participación mixta, regida por las normas del derecho privado, en especial por los artículos 633 a 652 del Código Civil.
Que PATRIMONIO NATURAL conforme a sus estatutos tiene plena capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones que desarrollen su objeto social y el logro de sus fines.
Que de acuerdo con su objeto social, PATRIMONIO NATURAL contribuye a la conservación, uso y manejo sostenible de la biodiversidad a través del fortalecimiento de la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Colombia –SINAP- y otras estrategias de ordenamiento ambiental del territorio para la conservación, uso y manejo sostenible bajo esquemas de gobernanza pública, privada o comunitaria.
Que según el artículo 8 de sus Estatutos, PATRIMONIO NATURAL desarrolla, entre otras, las siguientes actividades: “1. Buscar, obtener, gestionar, administrar, canalizar y asignar recursos nacionales e internacionales, públicos y privados, complementarios y adicionales a la inversión del Estado en áreas protegidas, dirigidos a la conservación de la diversidad biológica en territorios delimitados y protegidos bajo diferentes categorías de manejo o manejados bajo distintas estrategias de ordenamiento ambiental para la conservación, manejo y uso sostenible de la biodiversidad, que contribuyan al desarrollo del SINAP. (…) 6. Contribuir al fortalecimiento de la capacidad institucional de actores públicos y privados para la puesta en marcha y el desarrollo de iniciativas de conservación in situ y manejo sostenible de la biodiversidad, con arreglo a las responsabilidades y funciones que les corresponda dentro de la estructura y marco organizacional y funcional del SINAP (…)”.
Que PATRIMONIO NATURAL, conforme con su Plan Estratégico, busca contribuir al cambio favorable en los determinantes de la sostenibilidad financiera (institucional, técnico y financiero, solidez y articulación), mediante el desarrollo de instrumentos financieros y económicos y la generación de propuestas de política en función de esa sostenibilidad, reconociendo la necesidad de procurar el mayor valor agregado de la cooperación internacional y nacional al SINAP.
Que el presente Convenio de Coejecución, se suscribe en el marco del Acuerdo por Separado al Contrato de Aporte Financiero del 1 de diciembre de 2015 y a los Contratos de Implementación de la
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Financiación, Cooperación Financiera entre KFW y Colombia – Programa Global XXXX para Early Movers (REM) – Desembolsos por Resultados de Reducción de Emisiones por Deforestación (REDD+).
Que el objetivo del PROGRAMA Global XXXX para Early Movers (REM) – Desembolsos por Resultados de Reducción de Emisiones por Deforestación (REDD+), en adelante “EL PROGRAMA REM”, consiste en la reducción de las emisiones provenientes de la deforestación en la región sub-nacional de la Amazonía Colombiana (Bioma, que también es base para la remisión del Nivel de Referencia de Colombia ante la CMNUCC), en concordancia con las determinaciones de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC-UNFCCC por sus siglas en inglés) y contribuir de esta forma, a través de la protección de los bosques con la protección del clima.
Que el Programa REM Colombia premiará las reducciones de emisiones como resultado de la reducción de la deforestación bruta a un valor de cinco dólares por tonelada de dióxido de carbono equivalente. Los desembolsos en virtud de este acuerdo se basarán en la reducción de emisiones para el período 2013 - 2017. Los fondos se invertirán para contribuir a un desarrollo bajo en la deforestación en la Amazonía durante un periodo de duración entre 2016 y 2021.
Que el esquema de Distribución de Beneficios e Inversiones de “EL PROGRAMA REM” Colombia se basa en cinco pilares de intervención de Visión Amazonía, que apuntan a lograr resultados efectivos en la reducción de la deforestación y desarrollo sostenible para la región:
⮚ Xxxxx 1 - Mejoramiento de la gobernanza forestal: enfocado al fortalecimiento institucional para la gestión del recurso forestal y los instrumentos de planificación de uso del suelo, zonificación, administración y control efectivos.
⮚ Xxxxx 2 – Planificación y desarrollo sectorial sostenible: orientado a la prevención, mitigación y compensación de la deforestación asociada a los cambios planeados y no planeados en el uso del suelo que se derivan de los desarrollos sectoriales, así como al mantenimiento de los bosques que procuran la conectividad entre la Amazonía, los Andes y la Orinoquia y la función de amortiguación de áreas significativas para la conservación, incluidas aquellas que integran el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
⮚ Xxxxx 3 – Agroambiental: atenderá las causas directas de la deforestación incidiendo en los agentes, mediante dos estrategias que incluyen acuerdos xx xxxx deforestación neta con asociaciones campesinas y la oferta de instrumentos para la conservación y adopción de prácticas agroambientales sostenibles.
⮚ Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas: buscará fortalecer las comunidades indígenas en la conservación y aprovechamiento sostenible xxx xxxxxx en sus territorios, mediante el fortalecimiento de su capacidad de gobernanza territorial y de sus tradiciones, saberes y prácticas productivas sostenibles.
⮚ Xxxxx 5 - Condiciones habilitantes: es transversal, tiene el objetivo de desarrollar un conjunto de actividades que faciliten la implementación de los otros cuatro pilares, incluyendo la consolidación del Sistema de Monitoreo de Bosques y Carbono (SMByC), el Inventario Forestal Nacional con énfasis en la región Amazónica, el desarrollo y acceso a información científica para la toma de decisiones, y una estrategia general de comunicaciones para el programa.
Xxxxx 4 – GOBERNANZA AMBIENTAL CON PUEBLOS INDÍGENAS
El programa Visión Amazonía busca promover un modelo diferencial de desarrollo en la región que permita mejorar las condiciones de vida de las poblaciones locales, manteniendo el recurso natural
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que sostiene la inmensa biodiversidad y que sustenta la productividad local y regional. Lo anterior a través de la creación de oportunidades económicas sostenibles que reconocen las limitaciones y coyunturas intrínsecas de la amazonía.
El gobierno de Colombia con el objetivo de enfocar los esfuerzos en la reducción de la deforestación en la región, planteó Visión Amazonía buscando promover un nuevo modelo de desarrollo en la región que permita mejorar las condiciones de vida de las poblaciones locales mantenido la base natural que sostiene la inmensa biodiversidad de la región y que sustenta la productividad de la región. A través de la creación de oportunidades económicas sostenibles adicionales que reconozcan las limitaciones y oportunidades de la región.
El cambio del modelo de desarrollo convencional requiere valorar adecuadamente la regulación climática y otros servicios ecosistémicos proporcionados por los bosques de Colombia, así como la formulación de políticas innovadoras y coherentes en esta línea. Además de la formulación de políticas e inversiones, las contribuciones internacionales para mantener los servicios ambientales proporcionados por los bosques son fundamentales, dados los beneficios climáticos y en biodiversidad generados por los bosques de la Amazonía Colombiana.
Tanto en su concepción como en su perspectiva de implementación, Visión Amazonía reconoce el papel fundamental de los pueblos indígenas en la conservación de los bosques, valorando sus sistemas de conocimiento como herramienta fundamental para la comprensión del territorio y sus dinámicas ecológicas y, por lo tanto, en la construcción, definición e implementación de políticas y acciones concretas que garanticen la conservación de sus valores culturales y ambientales; condición de vital importancia en la Amazonía colombiana, si se tiene en cuenta que en ella perviven unas 63 culturas indígenas distintas, titulares de una compleja diversidad lingüística y de conocimientos, las cuales, en 183 resguardos, son poseedores legales de un área aproximada de 26 millones de hectáreas, lo que representa casi las dos terceras partes de la Amazonía colombiana
Ahora bien, el Estado colombiano, en su diseño constitucional, reconoce y protege la diversidad étnica y cultural como fundamento de la nacionalidad, razón por la cual se han construido instancias y mecanismos específicos que promueven y garantizan la participación de los pueblos indígenas en las decisiones capaces de afectar sus territorios y culturas. En procura de consolidar la participación de los pueblos indígenas amazónicos en el nivel nacional la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana – OPIAC- y el Gobierno Nacional acordaron, en el marco de un proceso de consulta previa efectuado en el año 2004, conformar la Mesa Regional Amazónica – MRA-; instancia que se formalizó mediante el decreto 3012 de 2005,“como un espacio de concertación para recomendar a las distintas instancias del Gobierno la formulación, promulgación y ejecución de las políticas públicas de desarrollo sostenible para los pueblos indígenas asentados en esta región y participar en la evaluación y seguimiento de las mismas, sin perjuicio de las funciones propias del Estado”.
En virtud de ese carácter, el Gobierno Colombiano presentó, en el año 2012, ante la MRA el programa Visión Amazonía, con el fin de concertar el mecanismo para garantizar la efectiva participación de los pueblos indígenas en la construcción e implementación del mismo. Tras valorar las particularidades del Programa, en cuanto se orienta a fortalecer y generar acciones políticas y líneas financieras con impacto local coherentes con un enfoque regional de desarrollo cultural y ambientalmente sostenible, se optó por desarrollar un proceso de construcción participativa, articulando la realización de 13 reuniones en los 6 departamentos, en un diagnostico situacional rápido, con el análisis de los instrumentos de planificación propia disponibles –planes de vida indígena, planes de ordenamiento territorial indígena y planes de salvaguarda específicos, entre otros.
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Es así como por medio de una intervención ambiental en los territorios indígenas en la Amazonía colombiana se busca promover mecanismos que reconozcan las prácticas tradicionales indígenas que garantizan la permanencia de las coberturas naturales y la gran diversidad cultural y ecosistémica existente en sus territorios, representado en 183 resguardos, para un área aproximada de 23.037.477 hectáreas, es decir el 74% del área total de Resguardos Indígenas nacionales.
El Xxxxx se construyó mediante un proceso participativo con los pueblos indígenas de la Amazonía Colombiana y sus organizaciones representativas, a través de 13 talleres regionales que fueron acordados en el marco de la Mesa Regional Amazónica (MRA) bajo el liderazgo de la Organización Nacional de los Pueblos de la Amazonía (OPIAC). El documento final de este proceso fue aprobado por la Mesa Regional Amazónica –MRA- el día 5 xx xxxx del año 2017. En este documento se establecieron los principios, procedimientos y líneas de intervención para el Xxxxx Indígena de Visión Amazonía.
La implementación de las acciones asociadas al xxxxx de gobernanza ambiental con los pueblos indígenas comprende la financiación de políticas asociadas a las prioridades y necesidades identificadas a lo largo del proceso y proyectos de inversión que implicarán una estructuración técnica, la definición de los arreglos de implementación y su monitoreo. Estos proyectos de inversión tendrán diferentes escalas; desde lo local (resguardos, comunidades), lo regional (áreas de influencia de organizaciones o coberturas geográficas regionales) y lo nacional (como por ejemplo incidencia en instrumentos legales o políticas públicas).
Como resultado de esta construcción participativa, cinco componentes de intervención fueron identificados para la implementación xxx Xxxxx de Gobernanza ambiental con los pueblos indígenas:
COMPONENTE DE TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE.
Este componente busca el fortalecimiento del Ordenamiento Territorial Indígena a través del fortalecimiento o recuperación de prácticas tradicionales del manejo del territorio y sus recursos.
La elaboración e implementación de planes de manejo territorial, construcción de agendas ambientales, articulación a los POT y POMCA y otros mecanismos de control y vigilancia. En cuanto a los aspectos legales del territorio sobresale la necesidad de delimitación, amojonamiento y constitución de resguardos a comunidades con necesidades o problemas territoriales. El PIVA definirá el alcance y escala de intervención en esta línea de acuerdo a una priorización y buscará generar alianzas institucionales con las entidades competentes en los temas territoriales. Para la solución de conflictos locales, también se deben aclarar las jurisdicciones que se superponen con los resguardos, lo que incluye la respectiva delimitación, la constitución de mecanismos de concertación interinstitucional y el respeto del territorio indígena como fundamento de estos mecanismos.
COMPONENTE DE GOBIERNO PROPIO
Busca el fortalecimiento de la autonomía, justicia y jurisdicción propia en los territorios indígenas. Se propone asegurar el funcionamiento de las instancias de toma de decisiones, mediante la capacitación de los líderes en lo político-administrativo y el conocimiento propio, la capacitación de las comunidades para poder apoyar sus representantes, sean ellos las autoridades tradicionales o representativas/asociaciones/zonales u otras y la difusión, construcción e implementación de los reglamentos internos. Uno de los lineamientos centrales es la elaboración, actualización de los Planes de Vida y el apoyo a la implementación de los Planes de Salvaguarda en los componentes de territorio y Ambiente.
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN
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Busca fortalecer, recuperar y potencializar la seguridad y soberanía alimentaria a través de las prácticas tradicionales y la recuperación de la alimentación propia con base en semillas propias y tradicionales, huertas familiares, escolares y/o chagras comunitarias que promocionen la cultura propia y aseguren la pervivencia y salud de las comunidades.
Para la generación de ingresos, seguridad y autonomía económica y alimentaria, se proponen la capacitación e implementación en proyectos productivos sostenibles, cría de animales, actividades de agricultura, programas agroforestales, la creación de empresas, y/o el desarrollo de capacidades empresariales, productivas y comerciales necesarias para estos fines. Complementario a estos ingresos se plantea el acceso a mercados justos, programas de pagos por servicios ambientales, REDD+.
MUJER Y FAMILIA
El Xxxxx Indígena propenderá por fortalecer el papel de la mujer desde sus propios espacios como generadoras y transmisoras de la vida cultural y por ende de permanencia de los ecosistemas. Se busca entro otros objetivos:
• Empoderar a las mujeres indígenas y promover su liderazgo en la toma de decisiones, resaltando y promoviendo sus derechos al interior de las comunidades como agentes de cambio en pro del mejoramiento de la calidad de vida.
• Promover el reconocimiento de los derechos de la mujer en la mitigación y adaptación al cambio climático, incluido su derecho a la información, conocimientos, capacidades, acceso a los recursos y a la participación en la toma de decisiones.
COMPONENTE TEMAS TRANSVERSALES
Comprende el fortalecimiento, la recuperación, la investigación y la socialización de conocimientos y prácticas tradicionales/ancestrales indígenas.
También comprende los procesos de diálogo, concertación y negociación entre las comunidades indígenas y sus órganos representativos con las entidades, instituciones y organizaciones del Estado, del sector no-gubernamental y otros actores de organización político-administrativa, económica y cultural.
Finalmente incluye el fortalecimiento de las capacidades administrativas, legales, políticas y económicas de las comunidades indígenas y sus líderes, de las entidades públicas y sus funcionarios.
La inversión xxx Xxxxx Indígena se realiza a partir de la presentación autónoma de iniciativas por parte de las organizaciones indígenas y los pueblos a quienes ellas representan, a través de convocatorias que ha organizado el Programa, de acuerdo a un calendario anual. La tercera convocatoria, con recursos del PID IV, se abrió el 15 de enero de 2020 hasta el 16 xx xxxxx de 2020. A partir de allí, la Plataforma de Acompañamiento y Seguimiento -PAS-, instancia creada por el documento aprobado en la MRA, en la cual participan representantes de la Mesa Indígena Amazónica de Cambio Climático MIAACC, el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, Visión Amazonia, con el acompañamiento del Ministerio del Interior y el Fondo Patrimonio Natural, procedió a la selección de las iniciativas de la tercera convocatoria.
Las decisiones de la PAS, tomadas por consenso, definieron los proyectos seleccionados para la tercera convocatoria, como consta en las actas de las sesiones realizadas. La propuesta Construcción de estufas ecoeficientes fijas para las comunidades de Xxxxxxxx, Cacahual y Merey del resguardo xxxx de Atabapo e Inírida presentada por la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas - Capitanes
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de las comunidades del resguardo del rio Atabapo e Inírida (en adelante AIRAI), fue seleccionada para ser financiada en la tercera convocatoria con recursos del PID IV.
A principios del año 2020, la Asociación AIRAI realizó reuniones comunitarias para priorizar necesidades y presentar su propuesta al programa Visión Amazonia. Así, las comunidades Baniva y Curripaco de los xxxx Atabapo e Inírida acordaron construir estufas ecoeficientes en sus viviendas con el fin de disminuir la presión sobre sus bosques que ya cuentan con fenómenos de deforestación, debido principalmente a colonos que extraen madera de manera ilegal dentro del resguardo. Así mismo, el proyecto se formuló contemplando la creación de bancos dendroenergéticos o bosques de Yopo que buscan suplir de manera sustentable y más eficiente la necesidad xx xxxxxx para combustible en los hogares indígenas. Así mismo, la Asociación AIRAI analizó los beneficios de las estufas ecoeficientes en términos de salubridad – especialmente de las mujeres- ya que los gases producto de la combustión, son conducidos hacia el exterior de las viviendas.
Teniendo en cuenta que AIRAI es la asociación que representa a las comunidades beneficiarias del proyecto; que en reuniones comunitarias participativas se analizó la situación de deforestación de los territorios, así como de la salubridad de las familias y así mismo se priorizó como alternativa la implementación de estufas ecoeficientes y bancos dendroenergéticos, se considera a AIRAI como una entidad implementadora idónea para el desarrollo del proyecto. Cabe anotar que XXXXX ya ejecutó en su totalidad un proyecto de la primera convocatoria xxx Xxxxx 4 - Visión Amazonía, convenio que se encuentra liquidado, según consta en el acta 02 de 2020 de la PAS.
Por lo anterior, se acuerdan las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO: Establecer el uso eficiente de los recursos forestales para combustible vegetal en las familias y habitantes de las comunidades xx Xxxxx, Cacahual y Xxxxxxxx del resguardo xxxx de Atabapo e Inírida.
SEGUNDA. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Para el desarrollo del objeto del presente Convenio de Coejecución, AIRAI deberá cumplir los siguientes objetivos específicos:
Objetivo 1: Implementar sistemas ecoeficientes con estufas fijas de energias sostenibles, que respondan a las necesidades del consumo humano.
Objetivo 2: Establecer acciones para el uso controlado y responsable de bosques y extracción de leña para el consumo humano.
TERCERA. COMPROMISOS DE LAS PARTES: Las partes tendrán las siguientes obligaciones: Por parte de PATRIMONIO NATURAL:
1. Desembolsar y ejecutar los recursos de acuerdo a las condiciones establecidas para tal fin en las cláusulas de Aportes y Desembolsos del convenio de coejecución.
2. Realizar seguimiento periódico al cumplimiento del Plan de Trabajo y al cronograma de actividades, con el fin de emitir alertas tempranas, si estas fueran necesarias, para promover el cumplimiento de las metas asociadas al Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas del PROGRAMA VISIÓN AMAZONÍA / REM COLOMBIA.
3. Desarrollar las actividades del Plan de Inversión por Xxxxxxxxxx (PID) y del Plan de Adquisiciones por Desembolso (PAD) conforme a las categorías y métodos allí establecidos, sin que se supere el presupuesto asignado a cada actividad.
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4. Conformar el Comité técnico de seguimiento a través del líder xxx Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas.
5. Participar en el Comité de Seguimiento del presente convenio de coejecución.
Por parte de AIRAI:
1. Desarrollar las actividades del Plan de Inversión por Xxxxxxxxxx (PID) y del Plan de Adquisiciones por Desembolso (PAD) conforme a las categorías y métodos allí establecidos, sin que se supere el presupuesto asignado a cada actividad.
2. Destinar los recursos transferidos por PATRIMONIO NATURAL para la implementación del Plan de Inversión por Desembolso y el Plan de Adquisiciones correspondiente.
3. Aportar los recursos de contrapartida, de acuerdo a las condiciones establecidas para tal fin, en la cláusula de aportes y desembolsos.
4. Abrir una cuenta corriente exclusiva para el manejo de los recursos de conformidad con los requerimientos del Anexo Financiero del Acuerdo por Separado.
5. Crear un centro de costos independiente para el manejo de los recursos relacionados en el convenio de coejecución.
6. Elaborar un Plan de Adquisiciones basado en los métodos descritos en el Manual Operativo de “EL PROGRAMA REM”.
7. Conformar y disponer en forma permanente de un equipo profesional y técnico idóneo y suficiente, que atienda el cumplimiento de los compromisos del convenio de coejecución.
8. Permitir que PATRIMONIO NATURAL, MADS y KFW verifiquen el cumplimiento, funcionamiento, los registros y documentos pertinentes relacionados con la ejecución de las actividades xxx Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas.
9. Mantener políticas y procedimientos adecuados para que PATRIMONIO NATURAL, KFW y MADS puedan, conforme a los indicadores definidos, monitorear y evaluar el avance en las actividades y el logro de los objetivos Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas.
10. Mantener un sistema financiero y preparar los estados financieros de acuerdo con las normas de contabilidad aplicadas consistentemente y aceptables para reflejar las operaciones, recursos y gastos relacionados con el convenio de coejecución.
11. Preparar y presentar a PATRIMONIO NATURAL toda la información relacionada con la ejecución de las actividades realizadas en el presente convenio de coejecución en los formatos establecidos por PATRIMONIO NATURAL, y con la frecuencia establecida en el xxxxx xxx Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas de “EL PROGRAMA REM”.
12. Mantener todos los soportes disponibles y facilitar el acceso al equipo de la firma auditora externa de “EL PROGRAMA REM” para realizar las revisiones financieras y de adquisiciones que se consideren pertinentes.
13. Realizar el seguimiento, supervisar, controlar, las actividades y productos resultantes de los contratos que se celebren en virtud del presente convenio de coejecución.
14. Garantizar la calidad técnica de los productos.
15. Participar y cumplir con los requerimientos en el marco de las evaluaciones de medio término y final.
16. Conocer y regirse por los procedimientos contenidos en el MOP (Manual Operativo).
17. Conocer lo establecido en el Plan General de Trabajo (PTG) y en el PID.
18. Participar en el Comité de Seguimiento del presente Convenio de Coejecución
CUARTA. ACTIVIDADES Y PRODUCTOS DEL CONVENIO DE COEJECUCIÓN: En desarrollo del objeto del
presente Convenio de Coejecución, se obtendrán los siguientes productos y se realizarán las siguientes:
ACTIVIDADES:
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1. Objetivo específico 1: Implementar sistemas ecoeficientes con estufas fijas de energías sostenibles, que respondan a las necesidades del consumo humano.
1.1 Realizar socializaciones con autoridades locales y sociedad civil para la presentación del proyecto de cocinas ecoeficientes fijas.
1.2 Realizar tres (03) capacitaciones acerca del diseño constructivo y las especificaciones técnicas de las estufas ecoeficientes fijas, esta actividad se realizará con maestros y auxiliares de construcción.
1.3 Construir y entregar estufas ecoeficientes fijas a las familias seleccionadas
1.4 Capacitar a las familias sobre los cuidados y mantenimiento que se deben tener con las estufas fijas.
1.5 Caracterización de las familias beneficiadas, mediante un formato o encuesta debidamente diseñado por la Asociación.
2. Objetivo específico 2: Establecer acciones para el uso controlado y responsable de bosques y extracción de leña para el consumo humano
2.1 Realizar la verificación del área requerida para el establecimiento de los bancos dendroenergéticos (Yopo)
2.2 Establecer y entregar bancos dendroenergéticos a las familias seleccionadas.
2.3 Realizar el aislamiento protector para cada banco dendroenergético; éste se hará con cercas en postes ecológicos y con 4 tiras de alambre de púas
2.4 Capacitar a las familias para el mantenimiento y uso de los bancos dendroenergéticos
2.5 Realizar monitoreo y seguimiento a la ejecución del proyecto
PRODUCTOS:
• Objetivo específico 1: Implementar sistemas ecoeficientes con estufas fijas de energías sostenibles, que respondan a las necesidades del consumo humano.
1.1. Realizar socializaciones con autoridades locales y sociedad civil para la presentación del proyecto de cocinas ecoeficientes fijas.
P1. Un (1) documento de memorias de las 3 socializaciones con listas de asistencia y registro fotográfico.
1.2. Realizar tres (03) capacitaciones acerca del diseño constructivo y las especificaciones técnicas de las estufas ecoeficientes fijas, esta actividad se realizará con maestros y auxiliares de construcción.
P2. Un (1) documento de memorias de las 3 capacitaciones con listas de asistencia y registro fotográfico.
P3. 150 folletos (capacitaciones diseño constructivo)
1.3. Construir y entregar estufas ecoeficientes fijas a las familias seleccionadas
P4. Tres (3) actas de entrega de las estufas ecoeficientes fijas, una por comunidad
P5. Tres (3) Registros fotográficos de las estufas y la entrega
1.4. Capacitar a las familias sobre los cuidados y mantenimiento que se deben tener con las estufas fijas.
P6. Tres (3) Listas de Asistencia con registros fotográficos por comunidad
P7. Una (1) Cartilla sobre el cuidado y mantenimiento de las estufas fijas
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1.5. Caracterización de las familias beneficiadas, mediante un formato o encuesta debidamente diseñado por la Asociación.
P8. Un (1) documento de caracterización con los análisis y resultados de las encuestas. Como anexos se incluirán las encuestas diligenciadas y tabuladas y registro fotográfico.
• Objetivo específico 2: Establecer acciones para el uso controlado y responsable de bosques y extracción de leña para el consumo humano
2.1. Realizar la verificación del área requerida para el establecimiento de los bancos dendroenergéticos (Yopo)
P9. Tres (3) Listas de Asistencia y registros fotográficos (una por comunidad) de la verificación del área requerida para los bancos dendroenergéticos
P10. Tres (3) mapas de bancos dendroenergéticos (uno por comunidad) con su respectiva georreferenciación
2.2. Establecer y entregar bancos dendroenergéticos a las familias seleccionadas.
P11. Tres (3) Actas de entrega de bancos dendroenergéticos con registros fotográficos (1 por comunidad).
2.3. Realizar el aislamiento protector para cada banco dendroenergético; éste se hará con cercas en postes ecológicos y con 4 tiras de alambre de púas
P12. Tres (3) registros fotográficos (uno por comunidad) del aislamiento protector
2.4. Capacitar a las familias para el mantenimiento y uso de los bancos dendroenergéticos P13. Tres (3) Listas de Asistencia con registro fotográfico (una por comunidad) de las capacitaciones a las familias para el mantenimiento y uso de los bancos dendroenergéticos
P14. Un (1) Folleto resumen de la capacitación a las familias para el mantenimiento y uso de los bancos dendroenergéticos
P15. Tres (3) Afiches Banner grandes (uno por comunidad) - capacitación a las familias para el mantenimiento y uso de los bancos dendroenergéticos (Afiches se entregarán a las comunidades. A FPN se le entregará el diseño final en PDF)
2.5. Realizar monitoreo y seguimiento a la ejecución del proyecto
P16. Seis (6) informes de monitoreo y seguimiento con registro fotográfico de los recorridos para las visitas de monitoreo.
QUINTA. APORTES: El valor total del convenio de coejecución asciende a la suma de SETECIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($770.000.000), los cuales están representados en los siguientes aportes:
1. AIRAI aportará como contrapartida lo correspondiente a la suma de SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($70.000.000) en especie, según certificado de contrapartida que hace parte integral del convenio de coejecución.
2. PATRIMONIO NATURAL aportará la suma de SETECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($700.000.000), provenientes del acuerdo del programa REM, de la actividad 4.4.1 del PID IV; los cuales se ejecutarán por las partes de la siguiente manera:
a) PATRIMONIO NATURAL ejecutará la suma de CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($196.200.000)
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b) AIRAI ejecutará la suma de QUINIENTOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($503.800.000).
PARÁGRAFO 1. La adición de recursos al presente Convenio de Coejecución se realizará por escrito previa solicitud por parte del Supervisor del Convenio de Coejecución, conforme a los recursos destinados en el PID correspondiente.
PARÁGRAFO 2. Los aportes en efectivo de este Convenio de Coejecución, tienen exención tributaria de conformidad con lo dispuesto en la Ley 788 de 2002 y su Decreto Reglamentario 540 de 2004.
PARÁGRAFO 3. XXXXX entiende y acepta que los recursos aportados por PATRIMONIO NATURAL, provenientes del acuerdo del programa REM, transferidos por KfW, así como los percibidos por los contratistas vinculados en el marco de la ejecución del presente Convenio de Coejecución; bajo ninguna circunstancia podrán ser objeto de aportes voluntarios o donaciones dirigidas al sostenimiento o fortalecimiento institucional de la Entidad Implementadora, ya que según las directrices de KfW estaría ante una práctica sancionable y los mismos serían considerados como gastos no elegibles para quien haga el aporte. También, se considera una práctica sancionable el hecho de que AIRAI no informe a PATRIMONIO NATURAL y en consecuencia al Cooperante en el momento en que tuvieran conocimiento de tales prácticas, durante el proceso de adquisición o la ejecución del Convenio de Coejecución, sin que la Entidad Implementadora haya adoptado las medidas oportunas a su debido tiempo y a satisfacción del KFW, para remediar tal situación.
SEXTA. DESEMBOLSOS: PATRIMONIO NATURAL desembolsará los recursos a AIRAI mediante pagos anticipados por etapas, teniendo en cuenta los productos entregados para el desembolso de cada una, de la siguiente forma:
PRODUCTOS | MONTO ($) | % |
Plan trabajo, Plan de adquisiciones aprobado, debidamente firmado en su versión final 001 y cronograma de actividades, perfeccionamiento del convenio de coejecución, póliza de seguro y certificación bancaria | $ 27.205.000 | 5,40 |
P1. Un (1) documento de memorias de las 3 socializaciones con listas de asistencia y registro fotográfico. P2. Un (1) documento de memorias de las 3 capacitaciones con listas de asistencia y registro fotográfico. P3. 150 folletos (capacitaciones diseño constructivo) P8. Un (1) documento de caracterización con los análisis y resultados de las encuestas. Como anexos se incluirán las encuestas diligenciadas y tabuladas y registro fotográfico P9. Tres (3) Listas de Asistencia y registros fotográficos (una por comunidad) de la verificación del área requerida para los bancos dendroenergéticos P10. Tres (3) mapas de bancos dendroenergéticos (uno por comunidad) con su respectiva georreferenciación P16. Primer informe | $ 268.000.000 | 53,20 |
P4. Tres (3) actas de entrega de las estufas ecoeficientes fijas, una por comunidad P5. Tres (3) Registros fotográficos de las estufas y la entrega P16. Segundo y tercer informe | $ 186.026.000 | 36,95 |
P6. Tres (3) Listas de Asistencia con registros fotográficos por comunidad P7. Una (1) Cartilla sobre el cuidado y mantenimiento de las estufas fijas P11. Tres (3) Actas de entrega de bancos dendroenergéticos con registros fotográficos (1 por comunidad P16. Cuarto informe | $21.929.000 | 4,32 |
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P12. Tres (3) registros fotográficos (uno por comunidad) del aislamiento protector P13. Tres (3) Listas de Asistencia con registro fotográfico (una por comunidad) de las capacitaciones a las familias para el mantenimiento y uso de los bancos dendroenergéticos P14. Un (1) Folleto resumen de la capacitación a las familias para el mantenimiento y uso de los bancos dendroenergéticos P15. Tres (3) Afiches Banner grandes (uno por comunidad) - capacitación a las familias para el mantenimiento y uso de los bancos dendroenergéticos (Afiches se entregarán a las comunidades. A FPN se le entregará el diseño final en PDF) P16. Xxxxxx y sexto informe. | $ 640.000 | 0,13 |
PARÁGRAFO 1: A partir del segundo desembolso, cada desembolso se realizará según lo acordado y con la condición de haber ejecutado y legalizado como mínimo el 70% del total de los recursos desembolsados con anterioridad. Dicha legalización deberá contar con la aprobación del líder xxx Xxxxx 4 y AIRAI solicitará el desembolso y reportará los gastos elegibles pagados, los cuales están definidos en el Manual Operativo y contemplados en el Presupuesto.
PATRIMONIO NATURAL realizará los desembolsos conforme al cronograma, previa revisión y aprobación de los informes y soportes descritos en la cláusula octava y siempre y cuando KFW haya realizado los correspondientes desembolsos de recursos a PATRIMONIO NATURAL.
PARÁGRAFO 2: Las condiciones de desembolso de las adiciones que se llegaren a suscribir, se determinarán en el documento correspondiente con base en el PID y PAD de cada una de las vigencias correspondientes.
PARÁGRAFO 3: La documentación soporte de las declaraciones de gastos deberá estar disponible para la revisión de los auditores externos, del equipo de PATRIMONIO NATURAL MADS, y de KFW durante todo el tiempo de vigencia del presente Convenio de Coejecución y, por lo menos hasta que se cumpla: (a) un (1) año después de que KFW reciba los Estados Financieros Auditados cubriendo el periodo desde el último retiro de la cuenta especial; y (b) Cinco (5) años después de la fecha de cierre. AIRAI asegurará el acceso a los representantes de KFW para revisar todos los registros.
PARÁGRAFO 4: En AIRAI reposarán los soportes o pruebas de cumplimiento de las condiciones de desembolso, los registros que evidencien gastos elegibles, como copias de recibos, facturas de contratistas y proveedores, para las solicitudes de desembolso.
PARÁGRAFO 5: Los aportes de este Convenio de Coejecución tienen exención tributaria de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 788 de 2002 y su Decreto Reglamentario 540 de 2004. Por lo tanto, los gastos ejecutados con cargo al presente Convenio de Coejecución no incorporaran impuestos, tasas o contribuciones fiscales de ningún tipo so pena de considerarse gastos no elegibles en el monto estimado del impuesto incorporado.
PARAGRAFO 6: Para proceder al pago, AIRAI deberá anexar factura o solicitud de desembolso debidamente diligenciada y los demás documentos requeridos por PATRIMONIO NATURAL en el momento de presentación de las cuentas.
SÉPTIMA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del Convenio de Coejecución será de doce (12) meses contados a partir de la aprobación por parte de PATRIMONIO NATURAL de las garantías establecidas en la cláusula novena del presente Convenio de Coejecución. En todo caso la vigencia no podrá exceder la duración del programa REM.
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PARÁGRAFO: En caso de que no se cumplan con los resultados previstos en el presente Convenio de Coejecución, se fijará una fecha anticipada de cierre del mismo a través de un acta y se liquidará.
OCTAVA. INFORMES: Los informes de seguimiento, tanto intermedios como finales, deberán ser entregados por parte del implementador a PATRIMONIO NATURAL, de acuerdo a los formatos previamente definidos, en las siguientes fechas:
Informe | Periodicidad | Fecha |
Informe de seguimiento de hitos | Mensual | A más tardar el 5 día hábil después de finalizar el mes. |
Informe Financiero y de adquisiciones | Mensual | A más tardar el 5 día hábil después de finalizar el mes. |
Informe técnico de seguimiento | Con la solicitud de desembolso | A partir de la solicitud del segundo desembolso, conforme al Plan de desembolsos aprobado. |
Informe Final Técnico y Financiero | Final | Una vez se haya cumplido el plazo de ejecución y dentro del plazo establecido para la liquidación. |
Los documentos y soportes físicos originales que sustentan los informes reposarán en las instalaciones de la Entidad Implementadora.
Los documentos soportes serán:
1. Los informes de seguimiento de hitos deberán ser firmados por el representante legal, el contador (o quien haga sus veces) y el coordinador técnico de cada una de las partes del convenio de Coejecución.
2. Los informes financieros deberán ser firmados por el contador (o quien haga sus veces) y el coordinador técnico del Convenio de Coejecución.
3. Evidencia de cumplimiento de hitos de acuerdo a lo definido en el informe de seguimiento de hitos.
4. Facturas o documentos soporte que llene los requisitos xx xxx.
5. Copia de los Comprobantes de Causación y Comprobantes de Egreso.
6. Soporte de pago.
7. Contrato.
Los Informes técnicos periódicos contendrán los diferentes avances de los diferentes productos establecidos.
NOVENA. GARANTÍAS: Con el fin de avalar el cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión al Convenio de Coejecución que se suscribirá, y dependiendo del resultado del punto anterior, AIRAI, se comprometen a constituir a su propia xxxxx dentro de los cinco (5) días siguientes a la firma del convenio de Coejecución, una garantía consistente en póliza expedida por Compañía de Seguros legalmente constituida y autorizada para funcionar en Colombia, la cual podrá cubrir alguno(s) de los siguientes riesgos:
a. De pago Anticipado, este amparo cubre al asegurado por los perjuicios derivados por el no reintegro a éste, por parte del tomador/garantizado, del dinero entregado a título de pago anticipado, no ejecutado en el desarrollo del objeto contractual, en cuantía equivalente al cuarenta (40%) del valor total del Convenio de Coejecución y deberá extenderse por el término de ejecución previsto para la realización de las actividades en él contempladas
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b. De cumplimiento, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total a ejecutar dentro del convenio de Coejecución, y deberá extenderse por el término de ejecución previsto para la realización de las actividades en él contempladas y seis (6) meses más.
c. De pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones al personal, en cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total a ejecutar dentro del convenio de Coejecución, con una vigencia igual al plazo de ejecución de las actividades en él contempladas y tres (3) años más, si tienen personal con cargo.
DÉCIMA. PRÓRROGAS Y MODIFICACIONES: En caso de ser necesario prorrogar el plazo de ejecución o realizar cualquier modificación al Convenio de Coejecución, se hará mediante un documento escrito firmado por las partes.
DÉCIMA PRIMERA. SUPERVISIÓN DEL CONVENIO DE COEJECUCIÓN: La supervisión del convenio de coejecución estará a cargo de del Líder xxx Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas del PROGRAMA REM, teniendo en cuenta lo indicado en el PID aprobado para las actividades del año 2021 - 2022 para el programa Visión Amazonía; quien deberá en el ejercicio de sus funciones observar lo dispuesto en el área técnica y lo indicado en el Manual Operativo del proyecto para el presente convenio específico.
El supervisor no podrá adoptar decisiones que impliquen la modificación de los términos y condiciones previstas en el convenio de Coejecución, las cuales únicamente podrán ser adoptadas por el coordinador del programa Visión Amazonía REM Colombia y la entidad, mediante la suscripción de las correspondientes modificaciones al Convenio de Coejecución.
DÉCIMA SEGUNDA. COMITÉ DE SEGUIMIENTO: Se conformará un Comité de Seguimiento integrado por el Líder xxx Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas o quien este delegue, delegado(s) del equipo de PATRIMONIO NATURAL y un delegado de la AIRAI, quienes tendrán las siguientes obligaciones: a) verificar la ejecución del Plan de Inversión por Desembolso, del Plan de Adquisiciones y del Cronograma de Actividades, b) evaluar el desarrollo del Plan de Inversión por Xxxxxxxxxx y proponer recomendaciones sobre medidas que aseguren la ejecución eficiente del mismo y el logro de sus respectivos objetivos. c) Evaluar y resolver dificultades que afecten el cumplimiento del convenio de coejecución. Según el esquema de monitoreo se propone que este comité se reúna de manera presencial o virtual cada Tres (3) meses.
Dicho Comité será presidido por el líder xxx Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas, quien dará los lineamientos y recomendaciones al presente convenio de Coejecución para el cumplimiento de los objetivos xxx xxxxx 4.
A dichos Comités de Seguimiento podrá invitarse según se requiera a cualquier otra Institución que se considere relevante durante el proceso de seguimiento.
PARÁGRAFO 1. Dicho Comité será presidido por Visión Amazonía representado por el Líder xxx Xxxxx 4.
PARÁGRAFO 2. El equipo clave de Patrimonio Natural tendrá un voto en el Comité de Seguimiento y estará conformado por el Coordinador Administrativo y Financiero de “EL PROGRAMA REM”, el Contador, el Especialista Financiero y 2 Especialistas en Gestión y Monitoreo, o sus delegados.
PARÁGRAFO 3. A dichos Comités de Seguimiento podrá invitarse según se requiera a cualquier persona natural o jurídica cuyo apoyo considere necesario para el adecuado desarrollo y divulgación de las actividades de este Convenio de Coejecución.
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DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDADES: No existirá régimen de solidaridad entre las partes participantes en este Convenio de Coejecución, en consecuencia, cada una responderá por las obligaciones que expresa y específicamente asume en el mismo.
DÉCIMA CUARTA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: Las Partes manifiestan que entre estas no existe ningún vínculo de tipo laboral y por tanto ninguna de ellas tendrá relación de trabajo alguna con el personal que la otra parte firmante del Convenio de Coejecución asigne para el cumplimiento y ejecución de sus compromisos. Por lo anterior, le compete de manera exclusiva a cada parte, la responsabilidad del personal que vincule para la ejecución del presente Convenio de coejecución.
DÉCIMA QUINTA. CESIÓN: Este Convenio de Coejecución se ha celebrado en consideración a la calidad de las partes, por lo que no podrá cederse ni en todo, ni en parte.
DÉCIMA SEXTA. CAUSALES DE TERMINACIÓN: El presente Convenio de Coejecución se terminará por las siguientes causales: a) Por vencimiento del plazo estipulado para su ejecución o el de una de sus prórrogas si las hubiera; b) Por fuerza mayor o caso fortuito, c) De común acuerdo entre las partes, de lo cual deberá dejarse constancia escrita, y d) Por agotamiento de su objeto. e) Por el incumplimiento injustificado de las obligaciones pactadas por las partes del presente convenio de coejecución.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN: PATRIMONIO NATURAL podrá dar por terminado de manera unilateral el Convenio de Coejecución, en cualquiera de los siguientes eventos:
a) Cuando XXXXX no inicie las actividades encaminadas a dar cumplimiento al objeto de este Convenio de Coejecución en la fecha definida y de conformidad con lo establecido en el Cronograma del Convenio, siempre y cuando ya se haya realizado el primer desembolso por parte de PATRIMONIO NATURAL, a menos que exista causal que lo justifique o fundamente
b) En general por incumplimiento no justificado por parte de AIRAI a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente Convenio de Coejecución.
c) Por el incumplimiento injustificado de las obligaciones pactadas por las partes del presente Convenio de Coejecución.
DÉCIMA OCTAVA. INDEMNIDAD: AIRAI y PATRIMONIO NATURAL se mantendrán de manera mutua, libres de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las actuaciones de sus subcontratistas o dependientes.
DÉCIMA NOVENA. INFORMACIÓN: La titularidad sobre cualquier material desarrollado por medio de los fondos del presente convenio, corresponde AIRAI, aunque PATRIMONIO NATURAL – “EL PROGRAMA REM” podrán usar, publicar o distribuir los productos resultantes del presente Convenio de Coejecución, previo acuerdo de las partes, dando los créditos debidos a la contraparte cada vez que se difundan, garantizando en todo momento la visibilidad del KfW, de acuerdo con las competencias en la materia de los asociados. Esta cláusula será limitada de acuerdo a las reglas aplicables que regulan los derechos indígenas, las cuales prevalecerán a cualquier disposición acá descrita. Las partes se comprometen a respetar dichas reglas.
VIGÉSIMA. VISIBILIDAD: Las partes deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar la visibilidad del apoyo económico para el desarrollo de todas las actividades, comunicaciones públicas y artículos desarrollados en el marco del convenio de coejecución. En ese sentido, en la portada de las publicaciones, comunicaciones, informes, etc., se debe hacer visible lo siguiente “Programa XXXX para Early Movers/Colombia, cofinanciado por el Xxxxx de Noruega, el Xxxxx Unido de Gran Bretaña y la República Federal de Alemania a través de KFW” y enmarcarse en lo que determine el MADS en las estrategias de comunicaciones del programa Visión Amazonía.
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VIGÉSIMA PRIMERA. INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE INFORMES: El incumplimiento no justificado en la entrega de los informes referidos en la cláusula novena, así como la desaprobación escrita y motivada de estos durante la revisión será motivo suficiente para suspender los desembolsos de recursos y exigir la resolución del presente Convenio de Coejecución, previa autorización del MADS y KFW. AIRAI se obliga a devolver a PATRIMONIO NATURAL los recursos amparados en el presente Convenio de Coejecución que no hayan utilizado a la fecha de expiración o en caso de terminación anticipada del mismo.
VIGÉSIMA SEGUNDA. NORMAS ÉTICAS: Las Partes mantendrán las más elevadas normas éticas durante los procesos de contrataciones y la ejecución del proyecto financiado por KFW, las mismas que se definen en los lineamientos del Convenio de la OCDE de lucha contra la corrupción de Agentes Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales internacionales (lineamientos públicos y de libre acceso para las partes).
VIGÉSIMA TERCERA. PÉRDIDAS Y DAÑOS: Las Partes convienen y aceptan que PATRIMONIO NATURAL no se responsabiliza por pérdidas, daños u obligaciones que sean asumidas por AIRAI como resultado, o en conexión con las actividades de esta última para la consecución de los fines y objetivos, materia del presente Convenio de Coejecución.
VIGÉSIMA CUARTA. SUSPENSIÓN: Las Partes de común acuerdo, previa aprobación del Líder xxx Xxxxx 4 y de PATRIMONIO NATURAL, podrán suspender el Convenio de Coejecución cuando se presenten circunstancias constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor, o circunstancias debidamente justificadas, que demoren, interrumpan o perjudiquen la ejecución del mismo. Para este efecto, se suscribirá un acta en la cual se indicarán las razones de suspensión y el término de duración de la misma.
VIGÉSIMA QUINTA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las controversias o diferencias que surjan entre las Partes, serán dirimidas mediante la utilización de los mecanismos de solución ágil de conflictos previstos en la ley, tales como arreglo directo, amigable composición, conciliación y transacción, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes. En este trámite deberá participar la supervisión, y un delegado de AIRAI y de PATRIMONIO NATURAL.
VIGÉSIMA SEXTA. PREVALENCIA: Las obligaciones asumidas por PATRIMONIO NATURAL y AIRAI, en nada alteran ni modifican las contenidas en el acuerdo por separado celebrado entre PATRIMONIO NATURAL y el MADS. Si ocurriera alguna contradicción entre lo estipulado en el presente Convenio de Coejecución y el acuerdo por separado, el último prevalecerá.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. FRAUDE Y CORRUPCIÓN: Si PATRIMONIO NATURAL prueba razonablemente que AIRAI, ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas en desarrollo o ejecución del presente Convenio de Coejecución, podrá unilateralmente suspender la ejecución y en consecuencia los desembolsos del mismo. Las partes evaluarán la pertinencia de terminar el Convenio de Coejecución por mutuo arreglo en un término inferior a treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha de suspensión del mismo.
VIGÉSIMA OCTAVA. FINALIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN: El presente Convenio de Coejecución se dará por terminado una vez finalice el plazo de ejecución, para su liquidación contará con cuatro (4) meses luego de terminado. Una vez vencido este término, PATRIMONIO NATURAL podrá proceder a la liquidación unilateral.
VIGÉSIMA NOVENA. DOMICILIO: Para todos los efectos legales y fiscales a que haya lugar, las partes acuerdan fijar como domicilio la ciudad de Bogotá D.C.
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TRIGÉSIMA. NOTIFICACIONES. Cualquier notificación o comunicación dirigida a cualquiera de las partes que se requiera en desarrollo de este Convenio de Coejecución, deberá hacerse por escrito y dirigirse a las siguientes direcciones:
a. AIRAI: Representante Legal: Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx - Xxxxxxxx: 0000000000, Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx
b. PATRIMONIO NATURAL: Líder xxx Xxxxx 4 – Gobernanza ambiental con pueblos indígenas a los correos electrónicos, xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx o xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
La notificación se entenderá realizada una vez haya sido recibida por la otra Parte y exista constancia del recibo. En caso de cambio de dirección de notificación, la parte deberá notificar a la otra por escrito dicho cambio, a fin de que a partir de ese momento las comunicaciones puedan ser remitidas a la nueva dirección. En el evento de que no lo hicieren, las notificaciones se surtirán y tendrán plena validez cuando se hagan al lugar señalado en esta cláusula.
TRIGÉSIMA PRIMERA. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN: El presente
Convenio de Coejecución se perfecciona con la firma de las partes, se legaliza e inicia su ejecución con la aprobación de las garantías por parte de PATRIMONIO NATURAL exigidas en la cláusula novena a AIRAI.
Para constancia se firma en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de dos mil veintiuno (2021).
Por PATRIMONIO NATURAL XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX Director Ejecutivo | Por AIRAI XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX Representante Legal |
Elaboró: Xxxxxxx Xxxxxxxx
Revisó: Coordinadora Área Jurídica Patrimonio Natural