CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA ELABORACIÓN DE UN «ESTUDIO DE CONDICIONES DE EXPLOTACIÓN DE LAS VÍAS DE PEAJE DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA»
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL
CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA ELABORACIÓN DE UN «ESTUDIO DE CONDICIONES DE EXPLOTACIÓN DE LAS VÍAS DE PEAJE DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA»
Nº EXP. 017/2012/N3/EXP
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A) Entidad adjudicadora:
INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO AKZESIBILITATEA, S.A.
B) Objeto del contrato:
Servicios para la elaboración de un estudio de condiciones de explotación de las vías de peaje del Territorio Histórico de Bizkaia.
C) Modelo de adjudicación:
Contrato no sujeto a regulación armonizada Procedimiento abierto
D) Presupuesto base de licitación:
Presupuesto de licitación: (60.000,00€) IVA 18%: (10.800,00€)
TOTAL: (70.800,00€)
Valor estimado (IVA excluido): (60.000,00€)
E) Plazo de ejecución:
Tres (3) meses.
F) Garantía Provisional:
Dos por ciento (2%) del presupuesto de licitación.
Dada la finalidad del contrato y debido a los perjuicios que causaría a INTERBIAK la retirada injustificada de las ofertas presentadas, entre ellos retrasos en la adjudicación del contrato, resulta necesario exigir la constitución de la garantía provisional por el importe indicado.
G) Garantía Definitiva:
Cinco por ciento (5%) del importe de adjudicación excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
H) Revisión de precios:
No procede.
I) Clasificación de contratistas:
No se exige.
J) Obtención de documentación: xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx INTERBIAK, S.A.
X/Xxxxx Xxxxxxxx, 00-0x 00000-XXXXXX
Tfno.: 94-405.70.00
K) Presentación de ofertas:
00 xx xxxx xx 0000
XXXXXXXXX, X.X., x/Xxxxx Xxxxxxxx 19. 48015-Bilbao
L) Apertura de las ofertas:
Se comunicará al respecto
M) Plazo de garantía:
Un (1) año.
N) Cobertura de riesgos:
Según lo estipulado en el apartado 9 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
O) Criterios de adjudicación:
A) Oferta económica 50 puntos
B) Calidad de la oferta técnica: 50 puntos
- Memoria técnica 30 puntos
- Programa de trabajos 15 puntos
- Mejoras 5 puntos
INDICE
CAPITULO I – DISPOSICIONES GENERALES 1
1.2 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 1
1.3.1 Necesidad e idoneidad del Contrato 2
1.4 PRESUPUESTO DEL CONTRATO 2
CAPITULO II – CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN 3
2.1 PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 3
2.2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 3
2.3 CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 4
2.3.1 SOBRE A) DOCUMENTACIÓN GENERAL 5
2.3.1.1 UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS 7
2.3.1.2 EMPRESAS EXTRANJERAS 7
2.3.2 SOBRE B) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 8
2.3.3 SOBRE C) OFERTA ECONÓMICA 9
2.5 APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES 11
2.6 PARTICULARIDADES DEL PROCE. Y CRITERIOS DE VALORACIÓN 11
2.7 CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y PROP. DE ADJUDICACIÓN 14
2.8 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTI. DE LA ADJUDICACIÓN 15
2.9 DISPONIBILIDAD DE LA DOCUMEN. TÉCNICA DEL CONCURSO 16
CAPITULO III – FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 16
3.2 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 18
CAPITULO IV – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 19
5 OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES 20
6 OBLIGACIONES EN RELACIÓN CON LA SEGU. Y SALUD LABORAL 21
11 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 24
CAPITULO V – CONCLUSIÓN DEL CONTRATO 25
15 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y XXXX.XX LA GARANTÍA DEFINITIVA 25
ANEXOS:
0 Datos identificativos del licitador a efectos de notificaciones
2 – 3 Modelo de declaración de incompatibilidad, prohibición e incapacidad
4 Modelo de Aval Provisional
5 Modelo de Certificado de Seguro de Caución
6 Modelo de Aval Garantía Definitiva
7 Modelo de declaración Impuesto sobre Actividades Económicas
CAPITULO I – DISPOSICIONES GENERALES
1.1 NATURALEZA DE INTERBIAK
Interbiak Bizkaiko Hegoaldeko Akzesibilitatea, S.A. (en lo sucesivo, “INTERBIAK”) es una Sociedad Pública Unipersonal de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, constituida por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Diputación Xxxxx de Bizkaia de fecha 28 xx xxxx de 2002, mediante escritura autorizada el día 30 xx xxxx de 2002 por el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio xx Xxxxxx D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, número de su protocolo 1.065 y se rige por la Ley de Sociedades Anónimas y cualquier otra disposición que le sea de aplicación.
De acuerdo con su objeto social, INTERBIAK actúa en nombre propio y por cuenta de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, con la finalidad de realizar estudios, proyectar, construir, conservar, mantener, financiar y explotar, por sí misma o por terceros, las infraestructuras viarias que se le encomienden por la Diputación Xxxxx de Bizkaia.
1.2 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El contrato se regirá:
• Por las cláusulas contenidas en este Pliego y por el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas.
• En cuanto a su preparación y adjudicación, por las Instrucciones Internas de Contratación de Interbiak.
• En cuanto se refiere a la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción, el contrato se regirá por las normas de Derecho privado.
Las comunicaciones y solicitudes dirigidas a Interbiak que los licitadores y/o adjudicatarios deban realizar, conforme a lo previsto en este pliego y en la legislación aplicable, solo surtirán efectos desde el momento que las mismas sean remitidas oficialmente para lo que deberán ser presentadas en el registro oficial de Interbiak. La fecha del registro de entrada de Interbiak se considerará a todos los efectos la fecha de la comunicación.
1.3 OBJETO
El objeto del contrato consiste en la elaboración de un estudio que defina y analice las distintas opciones de gestión y explotación de las autopistas de peaje; en concreto, AP-8 en el tramo que discurre por el Territorio Histórico de Bizkaia, comprendido entre Basauri y el límite con el Territorio Histórico de Gipuzkoa, en Ermua, Variante Sur Metropolitana, fase IA y Túneles de Artxanda, así como, tras un análisis detallado y las valoraciones pertinentes, estudiar las posibles formas de contratación y, finalmente, el alcance del estudio será el necesario para elegir la alternativa más conveniente para la Diputación Xxxxx de Bizkaia, y prestar la asistencia técnica precisa para la redacción de los pliegos técnicos y administrativos que han de servir de base para la licitación, de forma que el trabajo tendrá incidencia en cuestiones relativas a la gestión, explotación y conservación de las autopistas de peaje del Territorio Histórico de Bizkaia; de conformidad con las especificaciones técnicas, que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que será parte integrante de este Pliego a los efectos de su exigibilidad y, en consecuencia, el citado Pliego quedará incorporado al contrato y tendrá obligatoriamente carácter contractual.
1.3.1 Necesidad e idoneidad del Contrato
A los efectos de lo previsto en el artículo 22 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el presente contrato, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, son las señaladas en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
1.4 PRESUPUESTO DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación con arreglo al cual debe ser presentada la oferta asciende a la siguiente cantidad:
Presupuesto de licitación: (60.000,00€)
IVA 18%: (10.800,00€)
TOTAL: (70.800,00€)
Valor estimado – (opción prórroga incluida) - IVA excluido: (60.000,00€)
1.5 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato será de tres (3) meses, a contar desde el día siguiente al de la firma del contrato.
CAPITULO II – CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN
2.1 PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El presente contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 191 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se regirá por las Instrucciones Internas de Contratación de Interbiak.
El plazo máximo para adjudicar el contrato será de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones.
2.2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán dentro del plazo señalado en la publicación, en el registro General de INTERBIAK sito en:
X/ Xxxxx Xxxxxxxx, xx 00 – 0x 00000 Xxxxxx (Xxxxxxx)
No será admitida la proposición si es recibida por INTERBIAK, con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en la citada publicación.
Cuando las proposiciones se envían por correo o por mensajería, el licitador deberá justificar el día y la hora de entrega o envío, debiendo constar en INTERBIAK, con anterioridad a la hora en que finalice el plazo de presentación, y mediante cualquier forma de comunicación fehaciente, preferiblemente fax, justificación de entrega o
El número de fax al que deben dirigirse los anuncios de envío de proposiciones por correo es 94 405 70 01, y la dirección postal la arriba indicada.
Transcurridos, no obstante, diez (10) días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición previamente anunciada, esta, en ningún caso, será admitida.
La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional por parte del licitador del contenido de las cláusulas de este Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de los trabajos.
2.3 CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores presentarán tres sobres (A, B y C), firmados por estos, o por personas que los represente, y cerrados de forma que se garantice el secreto de su contenido, con la siguiente descripción:
Sobre A.- Título: Documentación General Sobre B.- Título: Documentación Técnica Sobre C.- Título: Proposición Económica
En cada uno figurará el nombre del licitador (o licitadores si se trata de Uniones Temporales de Empresas o similares), domicilio social, teléfono y fax y el título del servicio, e incluirá la documentación, debidamente cumplimentada, que a continuación se indica.
INTERBIAK podrá pedir aclaraciones o justificaciones documentales de los datos aportados por el licitador. Por tal motivo, en cada uno de los sobres se adjuntará una hoja donde se indique el nombre, cargo de la/s persona/s suficientemente responsable/s, número de fax o e-mail, con quien deberá tratarse para las posibles gestiones aclaratorias y de estudio que hayan de realizarse.
Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición.
2.3.1 SOBRE A) DOCUMENTACIÓN GENERAL
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de la Diputación Xxxxx de Bizkaia o en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx, podrán presentar en el Sobre “A” únicamente la documentación siguiente:
- Copia de la inscripción en el Registro de Contratistas de la Diputación Xxxxx de Bizkaia o de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Deberá acompañarse una declaración jurada de la vigencia de los datos contenidos de la citada inscripción.
En el caso de que en los datos de la inscripción figure una clasificación que haya perdido su vigencia, el licitador deberá presentar un certificado de clasificación actual con una vigencia, al menos, de seis meses a contar desde la fecha de finalización de la presentación de proposiciones y que, en todo caso, deberá estar vigente en la fecha en que se produzca la adjudicación del contrato.
- Documento justificativo de la constitución de la Garantía Provisional establecida en el apartado 2.4.
- Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición para contratar relacionadas en el Art. 60 del TRLCSP conforme a los Modelos que se acompañan como Anejo 2 y 3 al presente Xxxxxx.
Aquellos que no figuren inscritos en los Registros de Contratistas citados, deberán acompañar en el Sobre “A”, además de los indicados anteriormente, los siguientes documentos:
- Datos generales del licitador o representante, en cuyo caso se incluirá el poder bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre licite.
- Si la empresa es persona jurídica: Escritura de Constitución o Modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y adaptada a la nueva Ley de Sociedades.
- En el caso de persona física, fotocopia de DNI. del licitador, y en el caso de persona jurídica, C.I.F. de la Sociedad y DNI. del representante.
- Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente.
Una vez resuelta la adjudicación del Contrato, el adjudicatario deberá presentar en el plazo de cinco días hábiles las certificaciones positivas de acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A tal efecto, deberán aportarse:
(i) Certificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, en su caso, de la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, en las que se haga constar que la respectiva persona física o jurídica está al corriente de sus obligaciones tributarias.
(ii) Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones ante ésta.
Por lo que se refiere a la solvencia económica, financiera y técnica o profesional se acreditará acompañando la siguiente documentación e información:
a) Informe de instituciones financieras acreditativo de la solvencia económica y financiera o, en su defecto, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados por la empresa en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o
2.3.1.1 UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Cuando varios licitadores o empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en el apartado anterior.
Para que sea eficaz la unión frente a INTERBIAK bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación porcentual de cada uno de ellos, que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a INTERBIAK y que asuman el compromiso de constituir una unión temporal de empresas en el caso de resultar adjudicatarias del contrato.
Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la unión de empresas deberán éstas acreditar la constitución formal de la misma en escritura pública ante INTERBIAK.
2.3.1.2 EMPRESAS EXTRANJERAS
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP. Asimismo, deberán acreditar su personalidad y su solvencia técnica, económica y financiera conforme a lo dispuesto en el TRLCSP.
La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior se acreditará mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
En estos supuestos deberá acompañarse, además, informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre
Las Empresas extranjeras, presentarán sus documentos constitutivos traducidos al Castellano por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, así como un despacho expedido por la embajada de España en el País respectivo donde se certifique que conforme a su legislación tiene capacidad para contratar y obligarse.
Los empresarios extranjeros deberán presentar una declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante.
2.3.2 SOBRE B) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Se acompañará un sobre “B”, que deberá contener la documentación siguiente:
1.- Memoria técnica descriptiva del sistema de trabajo y metodología, en la que constarán al menos, los siguientes datos:
- Organización del trabajo, una descripción del equipo humano, que asumirá la ejecución del contrato: curriculum vitae de los técnicos asignados al contrato, con especial descripción de su experiencia en estudios similares, organigrama, titulaciones y formación. Asignación de responsabilidades.
- Recursos materiales / técnicos a disposición de la ejecución del contrato.
- Descripción del estudio a presentar, calidad, grado de detalle y adecuación de la propuesta al objeto del contrato.
- Confidencialidad y seguridad de la información. Garantía de aplicación de protección de datos de carácter personal y; garantías para la destrucción de datos posteriores al estudio.
2.- Programa de trabajos:
3.- Mejoras:
En un documento específico, claro y diferenciado, para que pueda ser valorado correctamente, se incorporarán aquellas mejoras sin coste que redunden en una mayor calidad de los servicios contratados. INTERBIAK podrá aceptar total o parcialmente las mejoras propuestas con respecto a aquellos aspectos técnicos relacionados en el Pliego de Prescripciones Técnicas siempre que las considere de interés para la mejor consecución del objeto del contrato, entendiéndose que las mismas se encuentran incluidas en el precio de la oferta. La puntuación otorgada será coherente con la incidencia de su coste en la valoración económica y con el grado de aportación de dicha mejora al valor de la oferta para INTERBIAK.
Y toda aquella documentación que sirva para una mejor comprensión y evaluación de los criterios técnicos de valoración.
2.3.3 SOBRE C) OFERTA ECONÓMICA
El sobre “C” contendrá la proposición económica del licitador formulada con arreglo al modelo de proposición adjunto al presente Xxxxxx como Anexo nº 1 y con arreglo a lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. La proposición económica deberá ir fechada y firmada por persona con poder suficiente para representar y asumir el compromiso derivado de la licitación.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica.
A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica presentada por el licitador, comprende, no sólo el precio del trabajo, sino también el importe de todos los gastos, impuestos y tributos que puedan originarse como consecuencia de las tareas objeto del contrato.
En el caso de Unión Temporal de Empresas o Agrupación de Interés Económico, la oferta deberá estar firmada por los representantes de cada una de las
2.4 GARANTÍA PROVISIONAL
Para tomar parte en el procedimiento será requisito necesario acreditar (Sobre “A”) la constitución previa, a disposición de INTERBIAK, de una garantía provisional, señalada en el apartado correspondiente del Cuadro-Resumen de las Características del Contrato, por un importe equivalente al dos por ciento (2%) del presupuesto de licitación.
Esta garantía habrá de ser constituida, de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 del TRLCSP, por cualquiera de los medios siguientes:
A) En metálico. También podrá constituirse a través de valores públicos o privados, con sujeción en cada caso a las condiciones reglamentariamente establecidas, que habrán de depositarse en la sede de INTERBIAK.
B) Mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España y presentado ante INTERBIAK. Este aval habrá de otorgarse conforme al modelo que se acompaña como Anexo nº 3.
C) Por contrato de Seguro de Caución con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con el modelo que adjunta como Anexo nº 4.
INTERBIAK se reserva el derecho de exigir la legitimación de las firmas de los avales.
La garantía provisional permanecerá vigente hasta la adjudicación del contrato, siendo devuelta a los licitadores no adjudicatarios inmediatamente después. Al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación se le retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la definitiva. Será incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su
En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en este Pliego y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
En todo caso, la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación. Para el que resulte adjudicatario responderá también del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP.
Si por causas imputables al Adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado en la cláusula 3.2 de este Pliego, procederá la incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
2.5 APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES
La apertura de los sobres “A” y “B”, Documentación General y Documentación Técnica respectivamente, se efectuará por la Mesa de Contratación de forma interna para su examen.
Una vez efectuado el análisis de la documentación de los Sobres A y B, se celebrará el acto público de apertura del sobre “C”, presentado por los licitadores, que contiene la proposición económica. Dicho acto tendrá lugar el día y hora que figura en el cuadro resumen de las características del contrato.
2.6 PARTICULARIDADES DEL PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE VALORACIÓN
INTERBIAK realizará la licitación de los servicios y su adjudicación por el Consejo de Administración (en adelante, “el Órgano de Contratación”) previa propuesta de la Mesa de Contratación de INTERBIAK.
El procedimiento de adjudicación se desarrollará conforme a las previsiones en la materia del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con las siguientes particularidades:
A) Si la Mesa de Contratación apreciara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en el sobre “A”, lo comunicará mediante fax o correo electrónico a los interesados para que, en un plazo no superior a tres días hábiles, los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.
B) Sobre la documentación técnica contenida en el sobre “B”, la Mesa de Contratación podrá solicitar a los licitadores las aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirles para la presentación de otros complementarios, en los términos del artículo 22 RGLCAP.
La Mesa de Contratación recabará los informes técnicos que estime oportunos, que deberán, en su caso, estar suficientemente motivados en la medida necesaria para su análisis y valoración por la Mesa de Contratación, a la que se elevarán junto con toda la documentación de los sobres, pudiendo ésta, o cualquiera de sus miembros, requerir cuantas aclaraciones y/o concreciones estimen convenientes sobre su contenido.
Por la Mesa de Contratación se procederá a la valoración de las proposiciones económicas y técnicas.
A la vista de las proposiciones presentadas, la Mesa de Contratación formulará propuesta de adjudicación del contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa, señalando en todo caso las valoraciones que en aplicación de los criterios objetivos establecidos en el presente pliego se realicen de cada proposición.
Los criterios objetivos que servirán para valorar cuál sea la proposición económicamente más ventajosa en su conjunto para los intereses públicos son los siguientes:
A) Oferta económica 50 puntos
B) Calidad de la oferta técnica 50 puntos
- Memoria técnica 30 puntos
- Programa de trabajos 15 puntos
- Mejoras 5 puntos
2.6.1 Valoración de la calidad de la oferta técnica
Se valorará con un máximo de:
- 1. Memoria técnica (30 puntos)
- En base a la documentación técnica exigida en el sobre B se valorará hasta un máximo de treinta (30) puntos.
Se analizará en este apartado lo relacionado con las características técnicas de las propuestas, el procedimiento y planificación a seguir para la realización de los trabajos a realizar, y su coherencia general.
2.- Programa de trabajos (15 puntos)
Se valorará este criterio hasta un máximo de quince (15) puntos en función del grado de detalle del programa presentado y la racionalidad del plazo ofertado.
- 3-Mejoras (5 puntos)
INTERBIAK podrá aceptar total o parcialmente las mejoras propuestas con respecto a aquellos aspectos técnicos relacionados en el Pliego de Prescripciones Técnicas siempre que las considere de interés para la mejor consecución del objeto del contrato, entendiéndose que las mismas se encuentran incluidas en el precio de la oferta. La puntuación otorgada será coherente con la incidencia de su coste en la valoración económica y con el grado de aportación de dicha mejora al valor de la oferta para INTERBIAK.
- Se considerará técnicamente insuficiente toda proposición que en el criterio de “Oferta técnica” no alcance el 50% de la puntuación asignada al referido criterio.
2.6.2 Valoración de la oferta económica
Para la valoración del importe económico de las ofertas económicas, correspondientes a las proposiciones que han sido admitidas al concurso por el Órgano de Contratación, se procederá de forma que a la oferta económica que fuere la más económica se le asignarían cincuenta (50) puntos. Las restantes
ofertas económicas se evaluarán con la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión:
Puntuación de la Oferta =
50 X Precio de la Oferta más Económica Precio de la Oferta valorada
2.7 CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Una vez hayan sido valoradas las ofertas conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 2.6 de este Pliego, se procederá a realizar una suma aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada uno de los licitadores en los criterios de valoración. La Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación ante el Órgano de Contratación en favor de la oferta económicamente más ventajosa que será la que alcance mayor puntuación en dicha suma.
En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, disponga del mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad en su plantilla.
La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a INTERBIAK, mientras no se haya formalizado el contrato.
Antes de la adjudicación del contrato, el órgano de contratación de INTERBIAK por razones de interés público debidamente justificadas podrá renunciar a celebrar el contrato. También podrá optar por declarar desierta la licitación cuando no se haya presentado ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios de adjudicación que figuran en este pliego.
2.8 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
Una vez hayan sido culminadas las etapas e hitos previstos en las cláusulas anteriores, el órgano de contratación de INTERBIAK requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa en su conjunto, para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
- Constitución de la garantía definitiva conforme a lo previsto en la cláusula 3.1.
- Una certificación positiva de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 64.2 del TRLCSP.
- Escritura pública de constitución de la Unión Temporal de empresarios junto con el C.I.F. de la misma en el caso de que se haya licitado bajo esta forma.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación, en idéntico plazo, al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación de INTERBIAK adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación siempre que ésta fuera totalmente correcta.
El acuerdo de adjudicación será motivado, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante de INTERBIAK, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización.
2.9 DISPONIBILIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEL CONCURSO
Los licitadores no adjudicatarios tendrán a su disposición la documentación técnica que hubieren presentado al concurso durante el plazo de dos meses a partir de la adjudicación del contrato, la cual les será oportunamente comunicada. Conforme a lo que se indicará en la propia comunicación de adjudicación del contrato, si transcurrido dicho plazo no fuere retirada la documentación, o, habiéndose recibido comunicación dentro del citado plazo para su expresa conservación, no hubiere sido retirada en el plazo máximo de un mes más concluido aquél, se procederá a la destrucción de la documentación, conservándose certificación acreditativa de dicha destrucción.
2.10 PLAZOS
Salvo indicación expresa en contra todos los plazos contenidos en el presente pliego se entienden referidos a días naturales.
2.11 GASTOS DE PUBLICIDAD
No se exigen.
CAPITULO III – FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
3.1 GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario está obligado a constituir y presentar ante INTERBIAK, la garantía definitiva en el plazo previsto en la cláusula 2.8 del presente pliego de un 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido con arreglo al modelo adjunto (Anexo nº 6).
De conformidad con lo establecido en los artículos 96 a 99 del TRLCSP, deberá constituirse la misma, entre otras, en metálico, valores públicos o en valores privados, en la forma que en dicho texto legal se señala, y prevista en el artículo 55, 56 y 57 del RGLCAP, justificando al mismo tiempo, la propiedad de los valores mediante la correspondiente certificación emitida por la entidad bancaria o de ahorro en la que se encuentren depositados los valores, en la que conste el importe, naturaleza y demás características de los títulos pignorados a favor de
INTERBIAK, la obligación que se garantiza, el plazo de duración de la garantía y cuantas otras circunstancias se estimen de interés; pudiendo constituirse también en forma de aval, en los siguientes términos:
El aval será prestado por algún Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca, autorizados para operar en España.
El aval se constituirá con arreglo al modelo adjunto (ANEXO 6).
Una vez constituido se presentará acompañado de los originales de las escrituras de apoderamiento de los representantes de la entidad avalista, así como copias de sus documentos de identidad.
También puede constituirse en forma de certificado de seguro de caución, en los siguientes términos:
El contrato de seguro de caución será celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo del seguro de caución.
El certificado de seguro de caución se constituirá con arreglo al modelo adjunto (ANEXO 4).
Una vez constituido se presentará acompañado de los originales de las escrituras de apoderamiento de los representantes de la entidad aseguradora, así como copias de sus documentos de identidad.
A tal efecto INTERBIAK procederá tanto al bastanteo de los avales y de los contratos de seguro de caución como de los títulos de Deuda Pública, para lo cual y en los dos primeros casos, deberá acreditarse poder suficiente de quienes firmen en nombre de la entidad avalista o aseguradora a través de las correspondientes escrituras de apoderamiento o las que en su caso recojan las facultades de los firmantes del aval o certificado de seguro de caución, mientras que en el tercer caso, se acreditará poder suficiente de quienes firman en nombre de la entidad bancaria o de ahorro la certificación en la que se encuentren los valores, a través de las escrituras de apoderamiento o las que en su caso recojan las facultades de los firmantes o la documentación de la propia entidad que así lo atestigüe.
Cuando la garantía se efectúe en metálico, ésta deberá ingresarse en la cuenta
La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:
• De las penalidades impuestas al Contratista en razón de la ejecución del contrato.
• De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a INTERBIAK por demora del Contratista en el cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato, incluidos los que se deriven de cualquier procedimiento administrativo o judicial, o en el supuesto de incumplimiento del mismo, sin resolución.
• De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el mismo o con carácter general en la normativa aplicable al mismo.
• De cualesquiera daños que se causen a terceros con motivo de la ejecución de las obras incluyendo las responsabilidades que se le impongan por Resolución del titular del Departamento de Obras Públicas de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, en los expedientes de Reclamación de Responsabilidad Patrimonial, cuando dicha resolución devenga firme por no haberse recurrido en vía contencioso-administrativa.
- En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.
3.2 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará con su formalización.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
Simultáneamente a la formalización del contrato, el Adjudicatario firmará la
El contrato se formalizará en documento privado. Se elevará a escritura pública, si así lo solicitara al menos una de las partes, siendo a cargo y por cuenta del solicitante, todos los gastos derivados del otorgamiento de la misma.
CAPITULO IV – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4 ABONOS AL CONTRATISTA
Tras la finalización del trabajo objeto del presente contrato, el adjudicatario lo presentará a la Dirección de Interbiak y dentro de los diez días siguientes a la entrega a conformidad del trabajo emitirá informe valorado de los trabajos realizados. Para la valoración de los trabajos realizados se utilizarán los precios ofertados por el Adjudicatario.
La valoración anterior se revisará por parte de Interbiak dentro de los 5 días siguientes a su recepción y comunicará, en su caso, su conformidad al contratista, que procederá a emitir la correspondiente factura.
El pago de las facturas tendrá lugar dentro de los 60 días a contar desde que la factura se reciba en INTERBIAK.
Para la validez de la cesión o endoso de cualquier certificación será necesaria la previa notificación por escrito a INTERBIAK, y será precisa su autorización para que pueda llevarse a cabo. INTERBIAK podrá negarse a la toma de razón y, consecuentemente, a admitir cesiones o endosos cuando las sumas a ceder o endosar hubieran resultado embargadas, pignoradas, o se encuentren en situación similar de indisponibilidad, o cuando estén sujetas a cualesquiera penalizaciones o eventualidades derivadas del presente contrato.
5 OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES
El adjudicatario respecto al personal que emplee en la realización de los servicios adjudicados, está obligado al exacto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y de Seguridad Social.
Son de cuenta directa del Adjudicatario, todos los devengos de personal, incluidos los Seguros Sociales, impuestos y horas extraordinarias posibles que regulan las disposiciones vigentes en el momento actual o las que se aprueben durante el periodo de vigencia del Contrato.
El personal adscrito por el Contratista a la prestación objeto del Contrato, no tendrá ninguna relación laboral con INTERBIAK, bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente del Contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
En general, el Contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquel, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda recurrir contra INTERBIAK ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle a los Organismos competentes.
El personal de toda clase que preste sus servicios en los trabajos por cuenta del contratista, ejecutará su misión bajo la única y exclusiva responsabilidad de éste.
En cualquier caso, el Contratista indemnizará a INTERBIAK de toda cantidad que se viera obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
En la ejecución del contrato, la empresa contratista o subcontratista garantizará la igualdad entre mujeres y hombres en el trato, en el acceso al empleo, clasificación profesional, promoción, permanencia, formación, extinción, retribuciones, calidad y estabilidad laboral, duración y ordenación de la jornada laboral.
6 OBLIGACIONES EN RELACIÓN CON LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Será de aplicación la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 1627/1.997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras.
En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, y de la Normativa vigente de Seguridad y Salud, los contratistas y subcontratistas deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a las que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos en la empresa, haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas necesarias en evitación de los riesgos típicos de sus actividades propias.
El contratista y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las órdenes e indicaciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud.
El contratista quedará obligado con respecto al personal que emplee en los trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAK.
Los gastos ocasionados por el cumplimiento de las medidas preventivas y de seguridad derivados por los trabajos a realizar por el contratista deberán tenerse en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los trabajos, dentro de los gastos generales de su empresa.
7 OBLIGACIÓN DE SIGILO
La información, documentación, archivos o especificaciones en cualquier soporte facilitadas por INTERBIAK al contratista para la ejecución del contrato deberán ser consideradas por éste como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, difusión, utilización para finalidad distinta de la ejecución del contrato, comunicación o cesión a terceros.
El contratista se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, en lo referente a los datos a los que pueda acceder en virtud de la prestación de servicios objeto de este contrato, estableciendo las necesarias medidas de seguridad al respecto. Una vez finalizada la prestación el contratista se compromete a destruir o a devolver a INTERBIAK los datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso.
Las obligaciones antes descritas se mantendrán tanto durante el período de vigencia del contrato como con posterioridad a su conclusión.
El contratista asume la obligación de informar al personal de su servicio, de los deberes de reserva y sigilo que adquiere por el presente contrato.
En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta cláusula pudiera derivarse para INTERBIAK o para terceras personas.
El incumplimiento de las obligaciones anteriores reseñadas se establece expresamente como causa de resolución del contrato.
8 REVISIÓN DE PRECIOS
El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx para el contratista, excluyéndose en consecuencia la revisión de precios.
En consecuencia, el adjudicatario renuncia expresa y absolutamente y sin reserva alguna, a cualquier pretensión sobre la materia.
9 SEGUROS
Sin perjuicio de lo previsto específicamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el adjudicatario vendrá obligado a suscribir con carácter general para los servicios, un seguro de responsabilidad civil, en sus vertientes general,
Si en el Cuadro de características del presente Xxxxxx no se hace mención de cantidad, el seguro será suscrito por un importe suficiente que asegure la ejecución del trabajo.
La cuantía mencionada, se entenderá desde luego como mínima y no divisible, pero extendida, con idénticos efectos a las incidencias que pudieran surgir ante terceros para la totalidad del servicio, en la medida que, con arreglo a la reglamentación vigente y mediante las actuaciones que en su caso o en derecho procedan, sean efectivamente exigibles a la responsabilidad del consultor.
El seguro que el adjudicatario contrate o mantenga en vigor con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones precedentes no limitará sus obligaciones y responsabilidades que le correspondan en virtud del presente Concurso, respondiendo de cuantas pérdidas o responsabilidades le fueran imputadas en exceso o en defecto de los límites y garantías solicitadas, así como en la cuantía de las franquicias del seguro.
INTERBIAK podrá solicitar, en todo momento, que el adjudicatario le acredite documentalmente la contratación, el pago, el contenido y vigencia del seguro exigido.
10 PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía será de un (1) año, y comenzará a partir de la fecha de recepción de los trabajos.
Durante el plazo de garantía el consultor será responsable por los defectos o
vicios que puedan manifestarse en los trabajos o prestaciones realizadas.
Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de INTERBIAK quedará extinguida la responsabilidad del consultor.
11 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, INTERBIAK sólo podrá introducir modificaciones en los elementos que lo integran por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, debidamente justificadas. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
El Adjudicatario estará obligado a asumir aquellas modificaciones que INTERBIAK estime pertinentes, ajustándose a los precios establecidos y, en su defecto, a las tarifas que con carácter orientativo estén establecidas en los correspondientes colegios oficiales, con la única limitación de que el precio total pactado no resulte alterado, como consecuencia de tales modificaciones, en más o en menos de un diez por ciento (10%), con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Las modificaciones no darán derecho al adjudicatario a percibir indemnización alguna.
12 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
INTERBIAK podrá acordar la suspensión total o parcial del contrato, en cuyo caso se levantará un acta dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en la que se tome la decisión en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado, la parte de los servicios afectada por aquélla y la situación de hecho de los mismos.
Si INTERBIAK suspendiese el contrato por causas no imputables al adjudicatario, le abonará, en concepto de indemnización, los gastos que el Adjudicatario acredite debidamente, con el límite máximo del 3% del precio acordado para el trabajo o servicio suspendido.
Si la suspensión o paralización fuera definitiva o excediera de un año el adjudicatario podrá instar la resolución total o parcial del contrato.
13 CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos a un tercero debido a que las cualidades técnicas y personales del adjudicatario son razón determinante de la adjudicación del contrato.
14 SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá subcontratar con terceros, total o parcialmente, los servicios objeto del presente contrato sin el previo consentimiento de INTERBIAK.
El incumplimiento de esta obligación facultará a INTERBIAK para resolver el contrato.
CAPITULO V – CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
15 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
Son causas de resolución del contrato a instancia de INTERBIAK, sin perjuicio de su derecho a exigir su cumplimiento, las siguientes:
a) La suspensión del inicio del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el mismo por causa imputable a INTERBIAK.
b) El desistimiento o la suspensión del contrato unilateral de INTERBIAK, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1594 del Código Civil, sin necesidad de justa causa.
c) El mutuo acuerdo entre INTERBIAK y el Consultor.
d) Las modificaciones en el contrato aunque fueren sucesivas, que impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato en el momento de aprobar la respectiva modificación, en cuantía superior, en más o en menos, al 10% del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), o representen una alteración sustancial del mismo.
e) La muerte o incapacidad sobrevenida del adjudicatario individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
f) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
g) El incumplimiento por el Consultor de las órdenes de la Dirección del Contrato.
h) Aquellas que se establezcan expresamente en el contrato.
En caso de resolución, INTERBIAK podrá continuar, por sí misma o a través de un tercero, la ejecución del contrato.
La garantía definitiva será devuelta una vez se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato a juicio del director del mismo. En caso de que se resuelva el contrato por causa imputable al Consultor se incautará la garantía definitiva depositada.
16 JURISDICCIÓN COMPETENTE
Con objeto de resolver los litigios derivados de la interpretación o ejecución del presente Contrato, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad xx Xxxxxx, con renuncia a cualquier otro fuero.
En ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el Contratista suspender ni retrasar la asistencia, ni tampoco el abandono de ésta en los supuestos de resolución y/o rescisión del presente contrato, bajo el fundamento o la alegación de tener pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad, ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar o no a procedimientos arbítrales, judiciales o contenciosos de cualquier clase.
Bilbao, 24 xx xxxxx de 2012
ANEXO Nº 0
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
D./D.ª [ ] con domicilio a estos efectos en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ] piso [ ] y provisto del DNI [ ] actuando en su propio nombre y derecho/en representación de “[ ]” con domicilio en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ], piso [ ], Teléfono [ ] y NIF [
], lo que acredito en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, manifiesta que los datos para practicar en esta licitación toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos establecidos por la ley son los siguientes:
Domicilio (calle, número, piso, código postal, población y provincia)
...............................................................................................................................................
Persona de contacto………………………………………………………………………
Teléfono…………………………………………………………………………………….
Fax………………………………………………………………………………………….
Dirección de correo electrónico………………………………………………………….
Nota: téngase en cuenta que los requerimientos, comunicaciones, notificaciones, se efectuarán preferentemente a la dirección de correo electrónico por Ud. indicada.
Fecha y firma
En [ ], a [ ] de 2012 [ ].
P.p.
D[ ]
A N E X O 1
D.................................................................................., vecino de........................, con
domicilio en ..........................................., xxxxx , y provisto de D.N.I.
Nº ..........................., .en nombre propio y/o en representación de la empresa
........................................................., con domicilio en ........................, calle
............................................, Tfno.: ............................. y C.I.F. Nº ...................., lo que
acredito en la forma prevista en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, manifiesta lo siguiente:
1. Que está enterado de los anuncios publicados por INTERBIAK, S.A., por los que se convoca PROCEDIMIENTO ABIERTO, para la adjudicación del contrato de (póngase el nombre completo del objeto del contrato tal como aparece en la Cláusula Primera);
2. Que ha examinado y conoce los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas Particulares;
3. Que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios a que se refiere la cláusula primera de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares;
4. Que encuentra de conformidad, se somete voluntariamente y acepta íntegramente y sin variación todos los documentos y los textos legales y reglamentarios a los que se refieren respectivamente los apartados anteriores; y en concreto, la referida a la cláusula relativa a la autorización a la Administración Tributaria pertinente para la cesión de información sobre sus datos a la Administración contratante.
5. Que se compromete a llevar a cabo el trabajo citado (señálese el título del mismo), en la cantidad total y máxima de (indíquese la cantidad en letra y número) (1), IVA excluido:
IMPORTE – IVA EXCLUIDO | € (1) |
I.V.A (18%) | € (1) |
IMPORTE TOTAL OFERTADO (IVA incluido) | € (1) |
* La cantidad ofertada no podrá superar la cantidad de: 60.000 €, IVA excluido
En [ ], a [ ] de 2012 [ ].
P.p.
D[ ]
(1) Máximo 2 decimales.
A N E X O 2
(ART 60 TRLCSP Y DECLARACIÓN RESPONSABLE)
(Fecha)
DON ......................................................................... CON DNI. Nº ..........................
EN SU CALIDAD DE .............................. DE LA EMPRESA
.....................................
CON OFICINAS EN
....................................................................................................
(dirección)
Certifica que ni él mismo, ni la Sociedad Mercantil que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración enumeradas en el Art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, hace constar que, dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Y para que así conste a efectos de la documentación a presentar por los licitadores, para contratar con la Administración expide esta Certificación en:
BILBAO, a ......... de ........................... de 2012 FIRMADO:
A N E X O 3
(ART 60 TRLCSP Y DECLARACIÓN RESPONSABLE)
(Fecha)
DON ......................................................................... CON D.N.I. Nº
..........................
CON OFICINAS EN
....................................................................................................
(dirección)
Certifica que ni él mismo, ni la Sociedad Mercantil que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración enumeradas en el Art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, hace constar que, dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Y para que así conste a efectos de la documentación a presentar por los licitadores, para contratar con la Administración expide esta Certificación en:
BILBAO, a ......... de de 2012
FIRMADO:
A N E X O 4
MODELO DE GARANTÍA PROVISIONAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
..........................................................................., N.I.F. ............... con domicilio (a efectos de
notificaciones) en ................................. en la calle C.P.
.................... y en su nombre (nombre y apellidos del / los Apoderados)
..................................................................................................................................................con poderes
suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado al dorso del presente documento.
A V A L A
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado). ,
N.I.F............................. en virtud de lo dispuesto en el artículo 104 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)
............................................................ ante INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO
AKZESIBILITATEA, S.A., por importe de: (en letra) euros (en cifra
y con dos decimales como máximo) euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento INTERBIAK, S.A., con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que INTERBIAK, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
(Lugar y fecha )..................................................................................
(razón social de la entidad aseguradora).........................................
(firma del / los apoderados)..................................................
(NOTA: Para el caso de garantías provisionales, y siempre que la entidad a avalar sea una Unión de Empresarios, no se admitirán garantías que únicamente garanticen sólo a una de las empresas que las constituya, sino que la misma ha de garantizar al resto de las empresas que forman la unión temporal, recogiéndose expresamente que la responsabilidad es conjunta y solidaria respecto de las demás integrantes de la U.T.E.)
A N E X O 5
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número (razón social de la entidad aseguradora), en
adelante, asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones) en la calle
.............................................................., y N.I.F. debidamente
representado por xxx (nombre y apellidos del / los Apoderado/s)
...............................................................................................................................................
.............., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo que se reseña al dorso del presente documento.
A S E G U R A
a: (nombre y apellidos o razón social del asegurado)
............................................................... N.I.F. en concepto de tomador del
seguro, ante INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO AKZESIBILITATEA, S.A., adelante
asegurado, hasta el importe de: (en letra) euros (en cifra y con dos
(2) decimales como máximo).......................... euros, en los términos y condiciones establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el tomador del seguro) ...............
en concepto de garantía (expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.). , para responder de las obligaciones, penalidades y demás
gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de INTERBIAK, S.A. con sujeción a los términos previstos en los textos legales anteriormente citados.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO AKZESIBILITATEA, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
(Lugar y fecha )..................................................................................
(razón social de la entidad aseguradora).........................................
(firma del / los apoderados)..................................................
(NOTA: Para el caso de garantías provisionales, y siempre que la entidad a asegurar sea una Unión de Empresarios, no se admitirán garantías que únicamente garanticen sólo a una de las empresas que las constituya, sino que la misma ha de garantizar al resto de las empresas que forman la unión temporal, recogiéndose expresamente que la responsabilidad es conjunta y solidaria respecto de las demás integrantes de la U.T.E.)
ANEXO Nº 6
MODELO DE AVAL GARANTÍA DEFINITIVA
El banco con domicilio a efectos de notificaciones y
requerimientos en la calle/plaza/avenida y en su nombre y representación , con poderes suficientes para obligarse en este acto, otorgados a su favor con fecha de
de ante el notario de D.
bajo el número de su protocolo y que asegura que no han sido revocados ni modificados
AVALA
Solidariamente a la sociedad , con domicilio en
, calle , frente a la sociedad INTERBIAK, S.A., con C.I.F. [ ] y domicilio en Bilbao, [ ], renunciando a los beneficios de excusión, división y orden por la cantidad de Euros.
Este Aval se presta en concepto de Garantía Definitiva de las obligaciones derivadas de la ejecución contrato servicios para la elaboración de un estudio de condiciones de explotación de las vías de peaje del territorio Histórico de Bizkaia” suscrito entre ambas sociedades con fecha
de de .
La sociedad INTERBIAK, S.A., podrá hacer efectiva la presente garantía, hasta la cantidad de Euros, en una o varias veces, siempre que en su conjunto no supere la citada cantidad, sin más requisito que efectuar por escrito requerimiento de pago al Banco conforme al modelo que se une como Apéndice 1.
El Banco procederá al pago a INTERBIAK, S.A. del importe a que se refiera el requerimiento en el plazo máximo de cinco días.
La garantía que consta en el presente documento es irrevocable, abstracta e independiente de la obligación causal garantizada y tendrá una vigencia hasta que transcurra el período de garantía previsto en el contrato. A los efectos del presente aval, el período de garantía no se entenderá cumplido hasta que INTERBIAK se lo comunique por escrito al Banco
(lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
Este Aval queda inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº , el día
..de. de 2012
APÉNDICE 1 AL MODELO DE GARANTÍA BANCARIA DEFINITIVA
(Encabezamiento de carta del Beneficiario) (Dirección del Garante)
(Lugar y Fecha)
Contrato ( ) Garantía Bancaria Definitiva- Su número de Garantía ( ) Muy Sres. nuestros,
Hacemos referencia a la Garantía Bancaria Definitiva número ( ) emitida por el Banco ( ) el día ( ) con objeto de comunicarles que (el Contratista) no ha cumplido sus obligaciones establecidas en el Contrato de (fecha) identificado en su garantía bancaria.
En consecuencia, por la presente les demandamos el pago, de acuerdo con la Garantía Bancaria Definitiva, a nosotros (o en nuestro nombre), de la cantidad de ( ) euros en la cuenta corriente bancaria número ( ) mantenida en (nombre del banco) en (dirección de la sucursal) en (nuestro nombre/en nombre de ( )) en el plazo máximo de cinco (5) días a contar desde la recepción de la presente notificación.
(Solamente para demandas de pagos parciales: De acuerdo con la Garantía Bancaria Definitiva, el pago de la cantidad demandada en el párrafo precedente no limitará nuestro derecho a demandar el pago, en otras futuras demandas, de cualesquiera otras cantidades hasta el límite de la Garantía Bancaria Definitiva)
Atentamente, (El Beneficiario)
A N E X O 7
MODELO DE DECLARACIÓN IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Don / doña: .................................................................................
Con D.N.I. Nº ..........................
En representación de la empresa:
.....................................................................................................
Con el N.I.F.: .......................................
Declara, bajo su responsabilidad:
Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligado a prestar declaración de alta en la matrícula de este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha:
............................
............................
............................
En Bilbao, a ......... de de 2012
Firma