Murcia Alta Velocidad, S.A.
V. Otras Disposiciohes y Ahuhcios
Murcia Alta Velocidad, S.A.
6303 Convenio entre la sociedad “Murcia Alta Velocidad, S.A.” y la sociedad “Cartagena Alta Velocidad, S.A.” para la realización conjunta de contrataciones específicas.
Habiendo sido suscrito con fecha 4 de octubre de 2021, previa aprobación por los órganos de administración de las partes, el convenio entre la sociedad Murcia Alta Velocidad, S.A. y la sociedad “Cartagena Alta Velocidad, S.A.” para la realización conjunta de contrataciones específicas, procede su publicación en el “Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx” que figura como anexo.
Murcia, 6 de octubre de 2021.—La Directora Gerente de Murcia Alta Velocidad, S.A., Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx.
Anexo
Convenio entre la sociedad “Murcia Alta Velocidad, S.A.” y “Cartagena alta Velocidad, S.A.” para la realización conjunta de contrataciones específicas
En Murcia, a 4 de octubre de 2021
Reunidos
De una parte, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, actuando en nombre y representación de la Sociedad Murcia Alta Velocidad, S.A. (en adelante “Murcia AV”) con CIF.: X00000000 con domicilio en Xxxxx xx xxx Xxxxxx xx 0 xx Xxxxxx, en calidad de Vicepresidente Primero, facultado al efecto por acuerdo del Consejo de Administración xx Xxxxxx AV, adoptado el 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000.
X xx xxxx xxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, actuando en nombre y representación de la Sociedad Cartagena Alta Velocidad, S.A. (en adelante “Cartagena AV”) con CIF.: X00000000 con domicilio en Xxxxx xx xxx Xxxxxx x.x 0 xx Xxxxxx, en calidad de Vicepresidenta Primera, facultada al efecto por acuerdo del Consejo de Administración xx Xxxxxxxxx AV, adoptado el 24 de septiembre de 2021.
Las partes intervinientes, en la representación en la que actúan, se reconocen con capacidad jurídica y de obrar suficiente para la firma y otorgamiento del presente Convenio, y a tal efecto
Exponen
I. Que con fecha 22 xx xxxxx de 2006 fue suscrito el Protocolo de Colaboración entre el Ministerio de Fomento (actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, el Gobierno de la Región xx Xxxxxx y el Ayuntamiento xx Xxxxxx para la Remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de la ciudad xx Xxxxxx.
De conformidad con el Acuerdo Primero del citado Protocolo de colaboración las Administraciones y Entes públicos firmantes decidieron la creación de la Sociedad, participada por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, el Ayuntamiento xx Xxxxxx y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Que en cumplimiento de lo establecido en el referido Protocolo, el 12 de diciembre de 2006, se constituyó la Sociedad Murcia Alta Velocidad, S.A., cuya participación actual en el capital social se distribuye en 40% Adif Alta Velocidad y 10% Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Gobierno de la Región xx Xxxxxx 25% y el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx 25%; con el fin de facilitar la coordinación de las actuaciones correspondientes al desarrollo de la remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de la ciudad xx Xxxxxx y a la transformación urbanística derivada de estas obras.
II. Que con fecha 22 xx xxxxx de 2006 fue suscrito el Protocolo de Colaboración entre el Ministerio de Fomento (actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, el Gobierno de la Región xx Xxxxxx y el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx para la Remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de la ciudad xx Xxxxxxxxx.
De conformidad con el Acuerdo Primero del citado Protocolo de colaboración las Administraciones y Entes públicos firmantes decidieron la creación de la Sociedad, participada por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, el
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Que en cumplimiento de lo establecido en el referido Protocolo, el 12 de diciembre de 2006, se constituyó la Sociedad Cartagena Alta Velocidad, S.A., cuya participación actual en el capital social se distribuye en 40% Adif Alta Velocidad y 10% Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Gobierno de la Región xx Xxxxxx 25% y el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx 25%; con el fin de facilitar la coordinación de las actuaciones correspondientes al desarrollo de la remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de la ciudad xx Xxxxxxxxx y a la transformación urbanística derivada de estas obras.
III. Que, para la consecución de sus fines, tanto individuales como comunes, y en aras de conseguir una mayor eficacia en la gestión, con la consiguiente mejora de los resultados, las sociedades suscribieron en abril de 2008 un Acuerdo de repercusión de costes, en virtud del cual se regulan con plena eficacia jurídica diversos aspectos que afectan a sus relaciones.
IV. Que, el artículo 31 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, prevé que las entidades pertenecientes al sector público puedan cooperar entre sí mediante sistemas de cooperación horizontal, previa celebración de los correspondientes convenios, pudiendo, en todo caso, acordar la realización conjunta de contrataciones específicas.
V. Que es interés de las partes suscribir un convenio para la realización conjunta de contrataciones específicas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
En consecuencia, de conformidad con lo expuesto, las entidades firmantes,
acuerdan formalizar el presente Xxxxxxxx, con sujeción a las siguientes
Cláusulas Primera. Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es establecer las bases y el modo de actuación para la realización conjunta de contrataciones específicas entre Murcia Alta Velocidad, S.A. y Cartagena Alta Velocidad, S.A.
El desarrollo de las licitaciones conjuntas entre ambas entidades estará sujeto a lo dispuesto en el presente Convenio y a las normas de contratación que resulten aplicables en cada caso.
Por razones de eficacia, la licitación y adjudicación los contratos necesarios para las contrataciones específicas serán llevadas a cabo por una sola entidad, la sociedad Murcia AV, cuyo órgano de administración competente actuará como órgano de contratación, y gestionará el correspondiente expediente de contratación, si bien las aportaciones económicas derivadas del desarrollo de las actuaciones objeto de cada contrato será asumido por cada una de las entidades de acuerdo al reparto establecido en el anexo de licitación conjunta.
En cada contrato se definirán, con criterios homogéneos, las respectivas necesidades de cada una de las entidades, los distintos elementos a los que se refiere el objeto del contrato y los porcentajes de los importes correspondientes
del contrato, todo ello a los efectos de diferenciar y delimitar las aportaciones
económicas que debe realizar cada entidad.
Cada una de las partes asumirá las obligaciones de pago y compromisos económicos correspondientes a los costes por los servicios, obras o suministros que les sean prestados por la empresa que resulte adjudicataria del procedimiento de licitación, siendo estos abonados en los términos establecidos al efecto en el correspondiente pliego regulador de cada licitación.
Segunda. Entidad gestora de los expedientes
De acuerdo con lo establecido en la cláusula anterior, con carácter general y por razones de eficacia, la gestión del expediente contractual se realizará por Murcia AV.
Tercera. Tramitación del procedimiento de contratación
La tramitación a realizar por Murcia AV, como gestora del expediente de contratación, comprenderá todos los actos propios de la preparación, adjudicación, formalización, aprobación de incidencias, etc., de aquellas contrataciones que las partes acuerden efectuar de forma conjunta. Con este fin, se hará constar la circunstancia de la licitación conjunta en la correspondiente documentación contractual, incluidos los anuncios de la licitación.
Los detalles concretos de cada una de las licitaciones se recogerán en un anexo para cada expediente de contratación que se tramite, de acuerdo con lo establecido en el modelo que se adjunta como anexo al presente Convenio, y que forma parte integrante del mismo.
En dicho anexo se establecerán los siguientes aspectos:
Entidad que actuará como órgano de contratación y gestora del expediente.
Los datos referentes al objeto del contrato.
Régimen jurídico aplicable. Procedimiento de Contratación. Descripción de la actuación.
Presupuesto de licitación. Plazo de ejecución.
Distribución de las aportaciones económicas de cada una de las entidades.
Forma de abono de las actuaciones financiadas.
La suscripción del referido anexo por las dos sociedades implicará:
• Por un lado, el consentimiento xx Xxxxxxxxx AV para que sea la entidad gestora del expediente Murcia AV (a través de su órgano de administración competente) la que actúe como órgano de contratación, con aplicación de las reglas establecidas en las cláusulas cuarta a séptima del presente Convenio hasta que tenga lugar la liquidación del contrato.
• Por otro lado, la aceptación de las partes (Murcia AV y Cartagena AV) del objeto y de las demás condiciones de la licitación, así como de las bases de los procedimientos, especialmente, de los pliegos administrativos y técnicos de cada contrato.
Murcia AV, como gestora de cada expediente contractual, ejercerá en nombre propio y en nombre y por cuenta xx Xxxxxxxxx AV todas las competencias que la normativa de contratación del sector público otorga al órgano de contratación, respecto de los trámites que abarcan desde el inicio del procedimiento hasta la
liquidación del contrato, incluida la tramitación de cualquier tipo de recurso o
reclamación.
Finalizado el proceso de licitación, y una vez se haya dictado el acuerdo de adjudicación por el órgano de administración competente xx Xxxxxx AV, como entidad gestora del expediente y como órgano de contratación, ésta realizará la tramitación necesaria para la formalización del contrato y será responsable de la resolución de cuantas incidencias pudieran surgir durante el período de vigencia del mismo.
Los gastos derivados de la tramitación y licitación de cada expediente de contratación y de las incidencias que surjan durante su ejecución, incluida la posible impugnación y sus efectos, se asumirán en función del porcentaje que corresponda para cada entidad del total del presupuesto de licitación del correspondiente contrato.
De conformidad con el primer párrafo del apartado 3 del artículo 31 de la ley de contratos del sector público, cuando un procedimiento de contratación se desarrolle en su totalidad de forma conjunta en nombre y por cuenta de varias entidades, estas tendrán la responsabilidad conjunta del cumplimiento de sus obligaciones, siendo de aplicación en aquellos supuestos en los que una sola entidad administre el procedimiento, por cuenta propia y por cuenta de las demás entidades interesadas.
Cuarta. Distribución de las aportaciones económicas
Murcia AV y Cartagena AV contribuirán a la financiación de las actuaciones conforme a la distribución que se haga constar en el anexo de cada una de las correspondientes licitaciones.
Asimismo, cada entidad se obliga a la aportación de las cantidades correspondientes a las posibles modificaciones de los contratos, liquidación de los contratos, etc., en función de que estas correspondan al porcentaje asumido del contrato.
Si, como consecuencia del desarrollo de los referidos contratos, se modifican los importes recogidos en los mismos, la variación se repercutirá a cada una de las entidades firmantes en función del porcentaje que cada una de ellas tiene asignado.
Además, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, cada una de las entidades confirmará, a través del correspondiente certificado de crédito, la capacidad para asumir las obligaciones que se derivan de cada contrato; incorporando dichos certificados al expediente del contrato.
Quinta. Forma de abono de las actuaciones financiadas
Tal y como deberá recogerse en los pliegos reguladores de cada licitación, por cada certificación o documento acreditativo de la ejecución de los servicios, la empresa adjudicataria emitirá las correspondientes facturas a nombre de cada una de las entidades, por el importe que resulte de los trabajos contratados, dado que en el presupuesto de adjudicación se encontrarán desglosadas las unidades correspondientes a cada una de las sociedades.
Los pagos y la distribución anualidades podrán modificarse para adaptarse al
ritmo de ejecución de los trabajos objeto del contrato.
Sexta. Incidencias de los contratos
Con carácter previo a la aprobación por el órgano de contratación de la sociedad Murcia AV, será necesaria la conformidad xx Xxxxxxxxx AV del expediente y gasto que proceda como consecuencia de modificados, adicionales por revisión de precios, liquidaciones, etc.
En caso de que dichas incidencias supongan un incremento del 10% sobre el presupuesto de licitación, será necesario recabar la aprobación del órgano competente de cada una de las sociedades; debiendo concretarse las condiciones de las aportaciones económicas a realizar, en función del importe adicional que corresponda.
Séptima. Plazo de ejecución de las actuaciones
La realización de las actuaciones se llevará a cabo según lo previsto en cada contrato, o, en su caso, en el plazo resultante de la, o de las, ampliaciones de estos, que sean debidamente aprobadas.
Octava.- Seguimiento y gestión del convenio
A efectos de seguimiento, coordinación, control, evaluación, interpretación y resolución de posibles controversias que pudieran plantearse, se creará una Comisión Mixta de Seguimiento que se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre órganos colegiados.
Dicha Comisión estará compuesta por seis miembros, tres a propuesta xx Xxxxxx AV y tres a propuesta xx Xxxxxxxxx AV, debiendo formar parte de dicha Comisión la Directora Gerente de cada una de las sociedades. Presidirá las reuniones de dicha Comisión uno de los miembros designados por Murcia AV y se reunirá tantas veces como lo soliciten al menos cuatro de sus miembros. La misma adoptará sus decisiones por mayoría simple de los miembros presentes y en caso de empate decidirá el voto de calidad de Presidente/a.
A dicha Comisión se podrán incorporar, por acuerdo de las partes, técnicos de las sociedades, cuya presencia se considere conveniente para el cumplimiento de las funciones que la Comisión tiene encomendadas.
Las copias de las actas de las reuniones de esta comisión o informes que se emiten en el desarrollo y ejecución de las funciones asignadas a la Comisión serán remitidas a la Secretaría del Consejo de Administración de cada una de las partes.
Novena.- Modificación del Convenio
La modificación de los términos del presente Convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda modificativa.
Décima.- Causas de extinción
El presente Xxxxxxxx se extinguirá por alguna de las siguientes causas de
resolución:
- Por el transcurso del plazo de vigencia del presente Convenio sin haberse acordado la prórroga de este.
- Por mutuo acuerdo de las partes, del que quede la debida constancia en
documento elaborado al efecto.
- Por incumplimiento de cualquiera de los firmantes de las concretas obligaciones establecidas en este Convenio, previamente puesto de manifiesto
mediante comunicación escrita fehaciente, y con un plazo de antelación de, al menos, un mes, por la parte a quien le perjudique. A tal efecto, se fija como criterio para determinar las posibles indemnizaciones, los costes en los que hubiera incurrido la parte perjudicada en el momento en que se produzca el eventual incumplimiento.
- Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del presente Convenio.
- Cambios en la legislación que contravengan el contenido del presente
Convenio.
- La fuerza mayor que impida el cumplimiento de su objeto.
En caso de extinción por causa distinta a las consignadas en el presente Convenio, la parte que proponga su extinción deberá comunicar esa decisión a las otras partes mediante comunicación escrita fehaciente, así como los motivos a los que obedece dicha decisión.
Sea cual sea la causa de extinción, la Comisión de Seguimiento propondrá las condiciones para continuación y finalización de las actuaciones en curso que se consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Resuelto el Convenio, todos los derechos y obligaciones nacidos con anterioridad a la extinción del mismo serán liquidados y cumplidos por todas las partes, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que resulten de dicha extinción para las mismas, conforme a la Ley, o a lo dispuesto en el presente Convenio.
Decimoprimera.- Confidencialidad y protección de datos personales
Las partes se comprometerán a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados por las sociedades y que sean concernientes al objeto del Convenio, debiendo las Partes mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del Convenio, tanto durante el plazo de vigencia, como después de su expiración, comprometiéndose a adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de esta obligación por sus respectivos empleados y/o colaboradores.
Las partes deberán previamente dar su autorización a la hora de su divulgación, notas de prensa, etc.
Los datos personales tratados en el presente convenio serán tratados por cada una de las partes conforme a las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos (UE 679/2016) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. Cada una de las partes será responsable del tratamiento de los datos personales recabados de las otras partes.
Todo ello, sin perjuicio de las reglas y condiciones establecidas por la legislación aplicable en materia de transparencia y acceso a la información.
Decimosegunda.- Eficacia, vigencia y duración
El presente Xxxxxxxx se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo el mismo plena validez y eficacia desde el momento de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx», y tendrá una vigencia máxima de 4 años.
No obstante lo anterior, y en el caso de que se considere oportuno, ambas partes se comprometen a tramitar, con suficiente antelación al fin de dicha vigencia, la prórroga del presente Convenio, de conformidad con lo previsto en el apartado 2.º del artículo 49.h) de dicha Ley, observándose para ello el mismo procedimiento seguido para su autorización.
Decimotercera.- Régimen jurídico y jurisdicción.
El presente Convenio tiene carácter administrativo y estará sujeto a la normativa administrativa en vigor, siendo de aplicación, en todo lo no previsto en el mismo, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o legislación que en adelante le sustituya.
Ambas partes acuerdan que las cuestiones que puedan surgir en la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio serán dirimidas en el seno de la Comisión de Seguimiento.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación o en el cumplimiento del presente Convenio se residenciarán en el en el orden jurisdiccional contencioso- administrativo.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por duplicado
ejemplar, en el lugar y fecha del encabezamiento.
Por Murcia Alta Velocidad, S.A., el Vicepresidente Primero, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.—Por Cartagena Alta Velocidad S.A., la Vicepresidenta Primera, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
Modelo de anexo para la licitación conjunta entre Murcia Alta Velocidad, S.A. y Cartagena Alta Velocidad, S.A. del contrato de
DATOS GENERALES
1 | REFERENCIA | FECHA (dd/mm/aaaa) |
2 | TÍTULO DEL CONTRATO | 3 | RÉGIMEN JURÍDICO |
Incluir el régimen jurídico que resulte de aplicación al contrato, y referencia al Convenio entre Murcia AV y Cartagena AV, para la realización conjunta de contrataciones específicas. |
4 | Entidad que actuará como órgano de contratación y gestora del expediente |
Murcia Alta Velocidad, S.A. |
5 | OBJETO DEL CONTRATO |
6 | DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN |
……..............………… (Incluir breve resumen del alcance del contrato/contratos correspondientes) Así pues, Murcia AV licitará y adjudicará el contrato de ……… (incluir denominación/objeto del contrato) … que recoge las siguientes necesidades: ……………. La licitación se compone de … (en caso de que el contrato se divida en lotes...) XXX lotes de adjudicación que generarán XX contratos a los que se ofertará por separado: Lote 1. …………….. Lote 2. ……………………. Lote … |
DATOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO
7 | PRESUPUESTO DE LICITACIÓN | BASE IMPONIBLE (€) | IMPORTE IVA (€) | TOTAL CON IVA (€) |
... % | ||||
VALOR ESTIMADO DE: | Prórrogas ............ | € (sin IVA) | ||
Servicios ............. | € (sin IVA) | |||
Otros conceptos … | € (sin IVA) |
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | € (sin IVA) |
8 | TIPO DE CONTRATO | PRESTACIÓN | PRESUPUESTO DE LICITACIÓN |
☐ SERVICIOS | ……….. € (sin IVA) | ||
☐ SUMINISTROS | ……….. € (sin IVA) |
9 | PLAZO DE EJECUCIÓN |
....... y....... |
10 | NATURALEZA DE LA PRESTACIÓN | |
☐ SERVICIOS | ................ | |
☐ SUMINISTROS | ................ |
11 | DISTRIBUCIÓN APORTACIONES ECONÓMICAS | IMPORTE | € |
Aportación sobre el total del presupuesto de licitación | % | Importe (€) |
MURCIA AV | ‐‐ | |
CARTAGENA AV | ‐‐ |
NPE: A-191021-6303
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474
AUTORIZACIONES
Anexo para la licitación conjunta entre Murcia Alta Velocidad, S.A. y Cartagena Alta Velocidad, S.A.
IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO
RELACIÓN DE CARGOS FIRMANTES | |
Firma: | cargo: |
Firma: | cargo: |
SESIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN | Fecha: |