DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Documento para la Contratación de Obras por Licitación Pública Nacional (LPN)
PRRCH-30-LPN-O-
Obra de Remodelación de las Instalaciones de Oficinas y Campamento del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Rio Lindo.
Emitido el: 15 de Febrero de 2017
LPN No: PRRCH-30-LPN-O-
Contratante: Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE)
País: Honduras
ii
Índice General
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 1
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) 29
Sección III. Países Elegibles 39
Sección IV. Formularios de la Oferta 42
2. Información sobre la Calificación 44
3. Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades 47
Sección V. Condiciones Generales del Contrato 51
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 83
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 89
Sección VIII. Planos 135
Sección X. Formularios de Garantía 141
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Garantía Bancaria) 142
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Fianza) 144
Declaración de Mantenimiento de la Oferta 146
NO APLICA 146
Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria) 148
Garantía de Cumplimiento (Fianza) 150
NO APLICA 150
Garantía de Calidad 152
Garantía Bancaria por Pago de Anticipo 154
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
Indice de Cláusulas
1. .........Alcance de la licitación 3
3. Prácticas prohibidas [cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN-2349-9] 3
4. ........Oferentes elegibles 9
5. .........Calificaciones del Oferente 10
6. .........Una Oferta por Oferente 13
7. .........Costo de las propuestas 13
8. .........Visita al Sitio de las Obras 14
B. Documentos de Licitación 14
9. .........Contenido de los Documentos de Licitación 14
10. .......Aclaración de los Documentos de Licitación 14
11. .......Enmiendas a los Documentos de Licitación 15
C. Preparación de las Ofertas 15
12. .......Idioma de las Ofertas 15
13. .......Documentos que conforman la Oferta 15
14. .......Precios de la Oferta 16
15. .......Monedas de la Oferta y pago 16
16. .......Validez de las Ofertas 17
17. .......Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta 17
18. .......Ofertas alternativas de los Oferentes 19
19. .......Formato y firma de la Oferta 19
D. Presentación de las Ofertas 20
20. .......Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 20
21. .......Plazo para la presentación de las Ofertas 21
23. .......Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas 21
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 22
24. .......Apertura de las Ofertas 22
25. .......Confidencialidad 23
26. .......Aclaración de las Ofertas 23
27. .......Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 23
28. .......Corrección de errores 24
29. .......Moneda para la evaluación de las Ofertas 25
30. .......Evaluación y comparación de las Ofertas 25
31. .......Preferencia Nacional 26
F. Adjudicación del Contrato 26
32. .......Criterios de Adjudicación 26
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas
34. .......Notificación de Adjudicación y firma del Contrato 26
35. .......Garantía de Cumplimiento 27
36. .......Pago de anticipo y Garantía 28
Instrucciones a los Oferentes (IAO)
A. Disposiciones Generales
1.1 El Contratante, según la definición que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación del Contrato están especificados en los DDL y en las CEC.
1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (s) de las CEC.
1.3 En estos Documentos de Licitación:
(a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico, facsímile, telex) con prueba de recibido;
(b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y
(c) “día” significa día calendario.
2.1 El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar una parte de los fondos xxx xxxxxxxx del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) (en lo adelante denominado el “Banco”) identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el costo del Proyecto identificado en los DDL, a fin de cubrir los gastos elegibles en virtud del Contrato para las Obras. El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario y una vez que el Banco los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones del Contrato xx Xxxxxxxx. Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato. Salvo que el Banco acuerde expresamente lo contrario, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá derecho alguno sobre los fondos xxx xxxxxxxx.
3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios
(incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin
de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de
inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá
tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el
Xxxxx haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco.
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).
4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección III de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no serán elegibles si:
(a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país; o
(b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país
4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán
5. Calificaciones del Oferente
descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos:
(a) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la contratación de obras objeto de estos Documentos de Licitación; o
(b) presentan más de una oferta en este proceso licitatorio, excepto si se trata de ofertas alternativas permitidas bajo la cláusula 18 de las IAO. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una oferta
4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3
4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario.
4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, en los términos de la cláusula 13.1 de las IAO, cuando el Contratante razonablemente la solicite.
5.1 Todos los Oferentes deberán presentar en la Sección IV, “Formularios de la Oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario.
5.2 Si se realizó una precalificación de los posibles Oferentes, sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato. Estos Oferentes precalificados deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada
originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV.
5.3 Si el Contratante no realizó una precalificación de los posibles Oferentes, todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos en la Sección IV, a menos que se establezca lo contrario en los DDL:
(a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente;
(b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas en cada uno de los últimos cinco
(5) años;
(c) experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos;
(d) principales equipos de construcción que el Oferente propone para cumplir con el contrato;
(e) calificaciones y experiencia del personal clave tanto técnico como administrativo propuesto para desempeñarse en el Sitio de las Obras;
(f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años;
(g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros);
(h) autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente;
(i) información relativa a litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en
controversia, y los resultados; y
(j) propuestas para subcontratar componentes de las Obras cuyo monto ascienda a más xxx xxxx (10) por ciento del Precio del Contrato. El límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas está establecido en los DDL.
5.4 Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (en lo sucesivo Consorcio) constituido por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique lo contrario en los DDL:
(a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Subcláusula 5.3 de las IAO para cada miembro del Consorcio;
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros del Consorcio;
(e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Acuerdo de Consorcio firmado por todas las partes.
5.5 Para la adjudicación del Contrato, los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación:
(a) tener una facturación promedio anual por construcción de obras por el período indicado en los DDL de al menos el múltiplo indicado en los DDL.
(b) demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas, adquirida durante el período indicado en los DDL (para cumplir con este requisito, las obras citadas deberán estar terminadas en al
menos un setenta (70) por ciento);
(c) demostrar que puede asegurar la disponibilidad oportuna del equipo esencial listado en los DDL (sea este propio, alquilado o disponible mediante arrendamiento financiero);
(d) contar con un Administrador de Obras con cinco años de experiencia en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas, de los cuales al menos tres años han de ser como Administrador de Obras; y
(e) contar con activos líquidos y/o disponibilidad de crédito libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato, por un monto superior a la suma indicada en los DDL.
(f) Un historial consistente de litigios o laudos arbitrales en contra del Oferente o cualquiera de los integrantes de un Consorcio podría ser causal para su descalificación.
5.6 Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de un Consorcio se sumarán a fin de determinar si el Oferente cumple con los requisitos mínimos de calificación de conformidad con las Subcláusulas 5.5 (a) y (e) de las IAO; sin embargo, para que pueda adjudicarse el Contrato a un Consorcio, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinte y cinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las Subcláusulas 5.5 (a), (b) y (e); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta por ciento (40%) de ellos. De no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por el Consorcio será rechazada. Para determinar la conformidad del Oferente con los criterios de calificación no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique lo contrario en los DDL.
6.1 Cada Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de un Consorcio. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta (a menos que lo haga como subcontratista o en los casos cuando se permite presentar o se solicitan propuestas alternativas) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas.
7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos.
8. Visita al Sitio de las Obras
9. Contenido de los Documentos de Licitación
10. Aclaración de los Documentos de Licitación
8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente.
B. Documentos de Licitación
9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO:
Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles
Sección IV Formularios de la Oferta
Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC)
Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de
Cumplimiento Sección VIII Planos
Sección IX Lista de Cantidades Sección X Formularios de Garantías
10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos 15 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que compraron los Documentos de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen.
10.2 Las respuestas a solicitudes de aclaración se publicarán además en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
10.3 En el caso de que se establezca en los DDL la realización de una reunión de información para posibles aclaraciones, los posibles Oferentes también tendrán la oportunidad de asistir a dicha reunión, que será efectuada en la fecha, hora y dirección
11. Enmiendas a los Documentos de Licitación
13. Documentos que conforman la Oferta
indicada en los DDL. La inasistencia a la reunión de información para posibles aclaraciones no será motivo de descalificación para el Oferente. Las modificaciones a los Documentos de Licitación que resulten necesarias en virtud de esta reunión, se notificarán mediante enmienda a los Documentos de Licitación, conforme a la Cláusula 11 de las IAO.
11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda.
11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante.
11.3 Las enmiendas a Documentos de Licitación se publicarán además en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
11.4 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO.
C. Preparación de las Ofertas
12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma español. En caso de que se presenten documentos cuyo idioma original sea distinto al indicado, deberán ser presentados traducidos al español. En caso de contradicción privará la traducción.
13.1 La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos:
(a) La Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV);
(b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO así se requiere;
(c) La Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la
15. Monedas de la Oferta y pago
Obra) es decir, con indicación de precios;
(d) El formulario y los documentos de Información sobre la Calificación;
(e) Las Ofertas alternativas, de haberse solicitado; y
(f) Cualquier otro documento que se solicite a los Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL.
14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra) presentado por el Oferente.
14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra). El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra). Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente.
14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente.
14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.
15.1 Los precios unitarios deberán ser cotizados por el Oferente enteramente en Xxxxxxxx, salvo que en los DDL se establezca la posibilidad de ofertar en hasta tres monedas extranjeras a elección del Oferente. Los pagos que correspondan conforme al contrato se harán en las mismas cotizadas.
15.2 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras.
15.3 En caso de que los DDL permitan presentar ofertas en
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta
monedas extranjeras, los Oferentes deberán aclarar sus necesidades en monedas extranjeras y sustentar que las cantidades incluidas en los precios, se traten de componentes de costo que deban adquirirse en el mercado internacional, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula
15.1 de las IAO.
16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL.
16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO.
17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL.
17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en la moneda del país del Contratante, o en la moneda de la Oferta, o en cualquier otra moneda de libre convertibilidad, y deberá:
(a) a elección del Oferente, consistir en una carta de crédito o en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza o póliza de caución emitida por una aseguradora o afianzadora;
(b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente en cualquier país. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía;
(c) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con
anterioridad a la presentación de la Oferta;
(d) ser pagadera a la vista con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO;
(e) ser presentada en original (no se aceptarán copias);
(f) permanecer válida por un período que expire 28 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO;
17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que sustancialmente respondan a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento.
17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si:
(a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o
(b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO;
(c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con:
(i) firmar el Contrato; o
(ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada.
17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración
alternativas de los Oferentes
19. Formato y firma de la Oferta
de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros socios de la APCA tal como se denominan en la carta de intención.
18.1 No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las Subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá:
(a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas conjuntamente con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio.
(b) Opción Dos: Un Oferente podrá presentar una Oferta alternativa con o sin una Oferta para el caso básico. Todas las Ofertas recibidas para el caso básico, así como las Ofertas alternativas que cumplan con las Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos.
18.2 Todas las Ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del Contratante, incluyendo los cálculos de diseño, las especificaciones técnicas, el desglose de los precios, los métodos de construcción propuestos y otros detalles pertinentes.
19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
19.2 El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar
firmadas por la persona o personas debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.3 de las IAO. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.
19.3 La Oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el Contratante o las que sean necesarias para corregir errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.
19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado.
20. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas
D. Presentación de las Ofertas
20.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus Ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar.
20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:
(a) estar dirigidos al Contratante a la dirección
proporcionada en los DDL;
(b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato
indicados en los DDL y CEC; y
(c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL.
20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de
21. Plazo para la presentación de las Ofertas
conformidad con la Cláusula 22 de las IAO.
20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.
21.1 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL.
21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite.
22. Ofertas tardías 22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y
hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir.
sustitución y modificación de las Ofertas
23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO.
23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda.
23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Cláusula 21.1 de los DDL.
23.4 El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecute la Garantía de la
Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO.
23.5 Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original.
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas
24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estará indicados en los DDL.
24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO.
24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitucion o modificacion de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes.
24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.3 de las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron
27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento
ofertas puntualmente.
25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente seleccionado de conformidad con la Subcláusula 34.3 de las IAO. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28 de las IAO.
27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas:
(a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO;
(b) ha sido debidamente firmada;
(c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y
(d) cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión
significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras;
(b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una Oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.
28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera:
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y
(b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta de conformidad con la Subcláusula
17.5 (b) de las IAO.
29. Moneda para la evaluación de las Ofertas
30. Evaluación y comparación de las Ofertas
29.1 Para efectos de evaluación y comparación, el Contratante convertirá todos los precios de las Ofertas expresados en diferentes monedas a Lempiras utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Honduras para transacciones semejantes, vigente 28 días antes de la fecha de apertura de Ofertas.
30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.
30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
(a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO;
(b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra), pero incluyendo los trabajos por día, siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva;
(c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y
(d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO.
30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los Documentos de Licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante.
30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato.
30.5 En caso de que existan varios lotes, de acuerdo con la Subcláusula 30.2 d), el Contratante determinará la aplicación de los descuentos a fin de minimizar el costo combinado de todos
32. Criterios de Adjudicación
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas
34. Notificación de Adjudicación y firma del Contrato
los lotes.
31.1 No se aplicará un márgen de preferencia.
F. Adjudicación del Contrato
32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
33.1 No obstante lo dispuesto en la cláusula 32, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante.
34.1 Antes de la expiración de la validez de la Oferta, el Contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato a todos los Oferentes. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Notificación de la Resolución de Adjudicación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras por parte del Contratista, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo y en el Contrato denominado el “Precio del Contrato”).
34.2 El Contrato incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. Dentro de los 28 días siguientes a la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, el Contratante firmará y enviará el Contrato al Oferente seleccionado. Dentro de los 30 días siguientes después de haber recibido el Contrato, el Oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo al Contratante.
34.3 El Contratante publicará en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx), los
resultados de la licitación, identificando la Oferta y los números de los lotes y la siguiente información: (i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta evaluada; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su Oferta no fue seleccionada.
35.1 Dentro de los 30 días siguientes después de haber recibido la Carta de Aceptación, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma (garantía bancaria o fianza) estipulada en los DDL, denominada en los tipos y proporciones de monedas indicados en la Carta de Aceptación y de conformidad con las CGC.
35.2 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una garantía bancaria, ésta deberá ser emitida, a elección del Oferente, por un banco en el país del Contratante, o por un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en el país del Contratante.
35.3 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una fianza, ésta deberá ser emitida por una compañía afianzadora que el Oferente seleccionado haya verificado que es aceptable para el Contratante.
35.4 El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Subcláusulas 35.1 y 34.3 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Convenio y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35.1 de las IAO, el Contratante comunicará el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de
anticipo y Garantía
Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula
17.4 de las IAO.
36.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía para Pago de Anticipo.
37. Impugnaciones 37.1 El Contratante propone que se designe como Conciliador bajo el
Contrato a la persona nombrada en los DDL, a quien se le pagarán los honorarios por hora estipulados en los DDL, más gastos reembolsables. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con esta propuesta, deberá manifestarlo en su Oferta. Si en la Carta de Aceptación el Contratante no expresa estar de acuerdo con la designación del Conciliador, el Conciliador deberá ser nombrado por la autoridad designada en los DDL y las CEC, a solicitud de cualquiera de las partes.Sin perjuicio de lo establecido en el Apéndice 3 de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por los Bancos sobre trámite de protestas ante el Contratante, los Oferentes podrán presentar impugnaciones según los mecanismos consagrados en la legislación nacional.
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
A. Disposiciones Generales | |
IAO 1.1 | El Contratante es: Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), a través de la Unidad Coordinadora de Programa (UCP-BID-JICA/ENEE). Préstamo BID 3435/BL-HO. Las Obras consisten en: La ejecución total de los trabajos de construcción y remodelación, y comprenden; el suministro de todos los materiales de construcción insumos, accesorios, y construcción total de la obra, la elaboración de planos para construcción, trabajos preliminares, desmontaje, demolición, cimentaciones, estructuras, instalaciones hidráulicas y sanitarias, instalaciones eléctricas, acabados, obras exteriores, planos “as built”, entre otros, detallados en las especificaciones técnicas y planos. El nombre e identificación del contrato es: Primera Etapa: Obra de Remodelación de las Instalaciones de Oficinas y Campamento del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Rio Lindo. No. del Proceso No. PRRCH-30-LPN-O- |
IAO 1.2 | La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es: Ciento Ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de la orden de inicio de las obras. |
IAO 2.1 | El Prestatario es: El Gobierno de la República de Honduras, representado por la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). El nombre del Banco es: Banco Interamericano de Desarrollo. La expresión “Banco” utilizada comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Los requerimientos del Banco y de los fondos administrados son idénticos con excepción de los paises elegibles en donde la membresía es diferente (Ver Sección Países Elegibles). Las referencias en este documento a “préstamos” abarca los instrumentos y metodos de financiamiento, las cooperaciones tecnicas (CT), y los financiamientos de operaciones. Las referencias a los “Contratos xx Xxxxxxxx” o “Contratos de Crédito” comprenden todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizan las operaciones del Banco. El préstamo del Banco es: Número: Préstamo BID 3435/BL-HO El nombre del Proyecto es: Rehabilitación y Repotenciación del Complejo |
Hidroeléctrico Cañaveral Rio Lindo. Fecha de vigencia xxx xxxxxxxx: 00 xx xxxxx xx 0000 | |
XXX 5.3 | La información solicitada a los Oferentes en la Subcláusula 5.3 de las IAO se modifica de la siguiente manera: |
IAO 5.3 (a) | Documentación Legal Fotocopia simple de los siguientes documentos: 1. Fotocopia de la Escritura Pública de Constitución de la Empresa y sus reformas (si las hubiere) debidamente inscrita en el Registro Público Mercantil, del país de constitución de la misma. 2. Poder Legal del Representante de la Empresa, (aplica en caso de que en la Escritura Pública de Constitución de la Empresa, no aparezca dicho poder). 3. Declaración jurada (original) del Oferente y su Representante Legal de no estar comprendido en ninguno de las inhabilidades a los que se refiere la Ley de Contratación del Estado en sus artículos 15 y 16. 4. Permiso de Operación vigente, extendido por la Alcaldía Municipal. Únicamente al Licitante adjudicado, se le solicitará previo a la firma del Contrato copia certificada por Notario los documentos legales solicitados. Además, el Licitante adjudicado presentará posterior a la notificación de adjudicación los siguientes documentos: 1. Copia certificada por notario de la tarjeta de Identidad del Representante Legal de la Sociedad. 2. Copia certificada por notario del número de Registro Tributario Nacional (RTN) de la empresa. 3. Solvencia extendida por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) 4. Solvencia del pago de impuestos extendida por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) 5. Inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas (ONCAE) 6. Constancia de Registro de beneficiarios (SIAFI). En el caso de consorcio o asociación temporal, cada miembro deberá presentar toda la documentación anterior; se debe presentar fotocopia simple de los poderes legales vigentes de los representantes de las empresas que integran la asociación o consorcio y una carta compromiso con la intención de conformar el consorcio, designando el Representante Legal común. No hará falta la presentación de este documento si la designación de este Representante se ha incluido en el Compromiso de Asociación. |
IAO 5.3 (b) | El oferente deberá haber facturado anualmente en los últimos cinco (5) años un monto mínimo de UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL LEMPIRAS (L. 1,680,000.00), lo cual deberá ser respaldado mediante la presentación de los estados |
financieros auditados correspondientes a los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. | |
IAO 5.3 (c) | Presentar experiencia en obras de infraestructura civil (construcción y/o remodelación de edificios) y de igual magnitud al trabajo requerido de por lo menos cinco (5) proyectos en los últimos cinco (5) años, comprendidos en el período de 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015; Dicha experiencia en obras debe estar respaldada por la copia del comprobante de las obras recibidas a entera satisfacción, emitido por el contratante correspondiente. En caso de que las obras se encontraran en ejecución o bajo compromiso contractual, deberá anexar constancia suscrita por el contratante en la cual se haga constar un avance mínimo del 70%. |
IAO 5.3 (e) | El personal clave mínimo deberá cumplir los requisitos que se detallan a continuación: Para el personal clave, se requiere que el Oferente presente Curriculo Vitae acreditando su formación profesional. El Oferente deberá proponer además del personal clave como mínimo que se indica en el cuadro anterior, el personal administrativo y técnico necesario para la ejecución del proyecto, el cual será aprobado por el Gerente de Obra previo al inicio de las obras. |
Cargo | Criterio Mínimo Aceptable |
Este profesional tendrá a su cargo la responsabilidad de coordinar con el personal de construcción de la obra la ejecución de todos los frentes de trabajo, así como el apoyo logístico y de campo del control de calidad de los materiales usados en obra y otras actividades inherentes. | |
Director del Proyecto | Perfil: Ingeniero Civil o Arquitecto, con experiencia mínima de cinco (05) proyectos como administrador o coordinador o director de proyectos de obras de infraestructura civil (construcción y/o remodelación de edificios) y de igual magnitud al trabajo requerido, en los últimos cinco (05) años, comprendidos en el período de 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. |
Este profesional dará el apoyo permanente en obra en todos los frentes de trabajo, en el control de calidad de los materiales usados en obra establecidas por el Director de Proyecto. | |
Ingeniero Residente | Perfil: Ingeniero civil o arquitecto, con experiencia mínima en la ejecución de Tres (03) proyectos como Ingeniero Residente en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas en los últimos Tres (03) años (2013, 2014 y 2015), en proyectos de obras de infraestructura civil (construcción y/o remodelación de edificios). |
IAO 5.3 (f) | Presentar: Balance General y Estado de resultados, y Cuadros Anexos e Informes de Auditoria de los últimos Cinco (5) años cerrados antes de la fecha de presentación de la oferta, con dictamen de un Auditor (2011, 2012, 2013, 2014 y 2015); los Dictámenes deben ser emitidos en original y firmados en todas sus hojas. (Estos deben venir con Certificación de un profesional habilitado que indique que a su xxxx saber no existen modificaciones significativas entre la fecha de cierre de los Estados Contables y la fecha de presentación a la Licitación, y si las hay cuáles son y su incidencia.) |
IAO 5.3 (h) | Autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente y referencias sobre cumplimiento de contratos. El Oferente deberá acompañar un listado de dichas entidades, con su dirección, teléfono, fax y mail. |
IAO 5.3 (j) | El porcentaje máximo de participación de subcontratistas es: Veinte por ciento (20%). No se consideran subcontratistas los proveedores de materiales para las obras |
IAO 5.4 | Los requisitos para la calificación de los Consorcios en la Subcláusula 5.4 de las IAO se modifican de la siguiente manera: “Ninguna” |
IAO 5.5 | Los criterios para la calificación de los Oferentes en la Subcláusula 5.5 de las IAO se modifican de la siguiente manera: |
IAO 5.5(a) | El período es: 5 años, (Comprendidos entre los años: 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015). El múltiplo es: dos |
IAO 5.5 (b) | El número de obras es: Cinco (5) El período es: 5 años, (Comprendidos entre los años: 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015). Experiencia como contratista principal de por lo menos Cinco (05) proyectos de construcción y/o rehabilitación en los últimos cinco (05) años, (Comprendidos entre los años: 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015), los cuales han sido completados satisfactoria y substancialmente y son de naturaleza y complejidad similares a las obras propuestas (se entenderá por similares: Construcción y rehabilitación de oficinas administrativas, edificios, complejos habitacionales, escuelas, centros de salud, centros comerciales). Dicha experiencia en obras debe estar respaldada por la copia del comprobante de las obras recibidas a entera satisfacción, emitido por el contratante correspondiente. En caso de que las obras se encontraran en ejecución o bajo compromiso contractual, deberá anexar constancia suscrita por el contratante en la cual se haga constar un avance mínimo del 70%. Para que una Asociación en participación, Consorcio o Asociación (APCA) estén calificados técnicamente, la combinación de éstos deberá reunir, respecto del componente del Contrato que deba ejecutar, los requisitos mínimos exigidos aquí descritos, aplicando los porcentajes indicados en la cláusula 5.6 de las IAO. El |
socio constructor deberá cumplir con el requisito. Igualmente aplica para un Licitante integrado por una sola entidad. El no cumplimiento en los requisitos técnicos, podrá ser motivo de rechazo de la oferta. | |
IAO 5.5 (c) | El equipo esencial que deberá tener disponible el Oferente seleccionado para ejecutar el Contrato es: En general, el número de unidades de equipo anteriormente descrito deberá aumentarse de acuerdo a la magnitud de la obra o de lo requerido por el Gerente de Obras, debiendo incluir, si fuere necesario, otro equipo no mencionado en el listado. |
IAO 5.5 (d) | El personal clave mínimo deberá cumplir los requisitos que se detallan a continuación: | |||
Cargo | Criterio Mínimo Aceptable | |||
Director del Proyecto | Este profesional tendrá a su cargo la responsabilidad de coordinar con el personal de construcción de la obra la ejecución de todos los frentes de trabajo, así como el apoyo logístico y de campo del control de calidad de los materiales usados en obra y otras actividades inherentes. Perfil: Ingeniero Civil o Arquitecto, con experiencia mínima de cinco (05) proyectos como administrador o coordinador o director de proyectos de obras de infraestructura civil (construcción y/o remodelación de edificios) y de igual magnitud al trabajo requerido, en los últimos cinco (05) años, comprendidos en el período de 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. | |||
Ingeniero Residente | Este profesional dará el apoyo permanente en obra en todos los frentes de trabajo, en el control de calidad de los |
Tipo de Equipo y Características | Cantidad Mínima Exigida |
Concretera de una bolsa | Dos (2) |
Vibrador eléctricos | Dos (2) |
Minicargador | Uno (1) |
Camiones (desalojo o suministro de materiales) | Dos (2) |
Equipo de soldadura. | Dos (2) |
Cortadoras | Dos (2) |
Taladros | Dos (2) |
Bomba achicadora | Uno (1) |
Generador de energía | Uno (1) |
materiales usados en obra establecidas por el Director de Proyecto. Perfil: Ingeniero civil o arquitecto, con experiencia mínima en la ejecución de Tres (03) proyectos como Ingeniero Residente en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas en los últimos Tres (03) años (2013, 2014 y 2015), en proyectos de obras de infraestructura civil (construcción y/o remodelación de edificios). | ||||
Para el personal clave, se requiere que el Oferente presente Curriculo Vitae acreditando su formación profesional. El Oferente deberá proponer además del personal clave como mínimo que se indica en el cuadro anterior, el personal administrativo y técnico necesario para la ejecución del proyecto, el cual será aprobado por el Gerente de Obra previo al inicio de las obras | ||||
IAO 5.5 (e) | El monto mínimo de activos líquidos y/o de acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del Oferente seleccionado deberá ser de: L. 2,100,000.00. Para los oferentes que no necesitan línea de crédito deberán documentar que cuentan con un capital de trabajo igual o mayor a L. 2,100,000.00 y se calculará de la siguiente manera: Capital de Trabajo = Activo Circulante – Pasivo Circulante, este cálculo se tomará de la información del balance general requerido en esta licitación. Para que una Asociación en participación, Consorcio o Asociación (APCA) estén calificados, cada integrante o combinación de éstos deberá reunir, respecto del componente del Contrato que deba ejecutar, los requisitos mínimos exigidos, aquí descritos, aplicando los porcentajes indicados en la cláusula 5.6 de las IAO. Igualmente aplica para un Licitante integrado por una sola entidad. | |||
IAO 5.6 | Se tendrán en cuenta la experiencia y los recursos de los Subcontratistas. Los oferentes que prevean subcontratar cualquiera de las actividades importantes indicadas en las Especificaciones Técnicas, deberán indicar en su oferta las actividades o partes de los trabajos que subcontratarán, e identificar claramente a los subcontratistas especializados propuestos. Deberán de presentar obligatoriamente en su oferta la currícula de cada uno de los subcontratistas propuestos. | |||
IAO 8.1 | Se realizará una visita guiada al sitio de las obras: Se realizará una visita asistida a la zona de las obras (no obligatoria), a fin de que los potenciales licitantes puedan inspeccionar las áreas que ejecutarán los trabajos objeto de esta licitación. |
El lugar, fecha y la hora de la reunión se indica a continuación: Fecha: Miércoles 01 xx Xxxxx de 2017. Hora: 10:00 A.M. Lugar: Central Hidroeléctrica Cañaveral, San Xxxxxxxxx de Yojoa, Departamento xx Xxxxxx. El Licitante no podrá argumentar el desconocimiento del lugar como motivo válido para justificar defectos en su oferta y / o solicitar mayores costos en la ejecución del contrato. Debido al acceso restingido del lugar de las obras, y la disponibilidad del personal de la Central Hidroeléctrica Cañaveral, solamente se hará una visita, por lo cual, se les solicita a los oferentes agendar esta visita guiada que ha sido programada con anticipación. Es importante que el oferente participe en la visita guiada para hacer una oferta que incluya todos los riesgos posibles y presente una oferta competitiva. Cada posible oferente realizará la visita bajo sus propios medios y recursos. | |
B. Documentos de Licitación | |
IAO 10.1 | La dirección del Contratante para solicitar aclaraciones es: Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) Atención: Unidad Coordinadora del Programa (UCP-BID-JICA/ENEE). Dirección: Residencial El Trapiche, Edificio Corporativo ENEE, Trapiche 11, Bloque C-5, Tercer piso. Ciudad: Tegucigalpa, M.D.C., Xxxxxxxxx Xxxxxxx. País: Honduras Teléfono: x000 00000000 |
Todo Oferente podrá solicitar aclaraciones respecto de los documentos de Licitación mediante comunicación por escrito, via correo electrónico xxx@xxxx.xx o mediante carta a la dirección arriba indicada. Los Oferentes deberán presentar sus aclaraciones a más tardar quince (15) días antes de la fecha limite de presentación de ofertas. |
IAO 10.3 | No aplica |
C. Preparación de las Ofertas | |
IAO 13.1 (f) | Los Oferentes deberán presentar los siguientes materiales adicionales con su Oferta: Los Oferentes deberán presentar los siguientes documentos con su Oferta: El Programa de Trabajo en formato MS Project con indicación de la duración, fecha de inicio y fin de cada actividad, predecesoras, recursos y ruta crítica. Para tal efecto se deberá asumir una fecha de inicio del proyecto, dicho programa deberá presentar en medio físico y digital. La descripción de la metodología de todos los trabajos para la ejecución de las obras. Enunciar las instituciones que realizarán las pruebas de suelo y de control de calidad de materiales. Currículum vitae del personal propuesto. Las fichas de costos unitarios de cada actividad que indique claramente todos los gastos en que incurrirá el oferente. Lista de Cantidades en hoja de cálculo Excel y en digital PDF. El contratista no podrá alegar omisiones posteriormente a la presentación de su oferta de las fichas de costos entregadas. Cualquier olvido (insumos, cantidades, precios, otros) que forme parte de las especificaciones de la actividad deberá ser pagada por él. Declaración Jurada, según formato contenido en la Sección IV. Formularios de la Oferta La Unidad Coordinadora del Programa no asume en ningún momento responsabilidad por la no correcta elaboración de las fichas de precios unitarios de parte del Oferente. |
IAO 15.1 | Los Oferentes “no podrán” ofertar en monedas extranjeras. |
IAO 16.1 | El período de validez de las Ofertas será de ciento veinte (120) días. |
IAO 17.1 | La Oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento emitida por un banco o una aseguradora utilizando el formulario para garantía de la Oferta (garantía bancaria o fianza) incluido en la Sección X “Formularios de Garantía”. La Garantía deberá permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAO, o sea por un total de 148 días. En caso que la Garantía sea emitida por un banco o aseguradora de un país extranjero, éste deberá tener corresponsalía con un banco o aseguradora del país del Contratante. |
IAO 17.2 | El monto de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser de CIENTO VEINTISEIS MIL LEMPIRAS (L. 126,000.00), a nombre de la Empresa Nacional de Energía Electrica (ENEE). |
IAO 18.1 | “No se considerarán” Ofertas alternativas. |
IAO 19.1 | El número de copias de la Oferta que los Oferentes deberán presentar es tres (3) copias y una (1) copia digital. En la copia digital se deberán presentar el o los, según sea el caso, la lista de cantidades y las fichas de costo en archivo digital en formato de hoja electrónica, Excel, asegurando que sea compatible. Las ofertas estarán debidamente foliadas e inicializadas/ firmadas en forma coincidente. |
D. Presentación de las Ofertas | |
IAO 20.1 | Los Oferentes no podrán presentar Ofertas electrónicamente. |
IAO 20.2 (a) | Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del Comprador es: Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). Atención: Unidad Coordinadora del Programa (UCP-BID-JICA/ENEE). Dirección: Edificio Corporativo, 3er. Piso Trapiche 11 Residencial El Trapiche, Tercera Etapa, Bloque C-5. Ciudad: Tegucigalpa, M.D.C. País: Honduras, C.A |
IAO 20.2 (b) | Nombre y número de identificación del contrato tal como se indicó en la IAO 1.1. Primera Etapa: Obra de Remodelación de las Instalaciones de Oficinas y Campamento del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Rio Lindo |
IAO 20.2 (c) | La nota de advertencia deberá leer “NO ABRIR ANTES DE: Fecha: 21 xx xxxxx del año 2017 Hora: hasta las 2:30 p.m. (Hora Local de la República de Honduras) |
IAO 21.1 | La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas serán: Fecha: 21 xx xxxxx del año 2017 Hora: 2:00 p.m. hora oficial de la República de Honduras. |
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas | |
IAO 24.1 | La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). Dirección: Salón de Reuniones de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP- BID-JICA/ENEE), Edificio Corporativo, 3er. Piso Trapiche 11, Residencial El Trapiche, Tercera Etapa, Bloque C-5 Ciudad: Tegucigalpa, M.D.C. Fecha: 21 xx xxxxx del año 2017 Hora: 2.30 p.m. hora oficial de la Republica de Honduras. |
F. Adjudicación del Contrato | |
IAO 35.1 | La forma estandar de la Garantía de Cumplimiento aceptable por el Contratante deberá ser: “una Garantía Bancaria” 1. Garantía Bancaria incondicional pagadera a la vista, sin derecho de excusión y de realización automática, a favor del Contratante, por un valor equivalente al Quince por ciento (15%) del monto total del Contrato (en la moneda de la oferta). La Garantia Bancaria estará vigente tres (3) meses después del plazo previsto para la ejecución de la obra. Para que sea aceptada una garantía deberá cumplir con los siguientes requisitos: (i) ser incondicional y pagadera a la vista, es decir que no puedan ser invalidadas posteriormente por el tomador; (ii) a primera demanda, es decir que el Contratante no deba sustanciar ni probar el incumplimiento; (iii) incondicionales, es decir que no haya criterios ni eventos necesarios para su ejecución distintos de la demanda pura y simple del Contratante (iv) otorgada por un banco establecido legalmente en Honduras o por un Banco Extranjero a través de un Banco corresponsal en Honduras confirmando la Garantía, bajo supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros, según modelo de la Sección X Formularios de Garantía. No se aceptará dinero en efectivo como garantía de cumplimiento de Contrato. |
IAO 36.1 | El pago de anticipo será por un monto máximo del veinte por ciento (20%) del Precio del Contrato y el mismo se respaldará, con una garantía bancaria equivalente al cien por ciento (100%) de su monto. |
IAO 37.1 | La Autoridad Nominadora del Conciliador es: No Aplica. |
Sección III. Países Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
Nota: Las referencias en estos documentos al Banco incluyen tanto al BID, como a cualquier fondo administrado por el Banco.
A continuación se presentan 2 opciones de número 1) para que el Usuario elija la que corresponda dependiendo de donde proviene el Financiamiento. Este puede provenir del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), del Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN) u, ocasionalmente, los contratos pueden ser financiados por fondos especiales que restringen aún mas los criterios para la elegibilidad a un grupo particular de países miembros, caso en el cual se deben determinar estos utilizando la última opción:
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
a) Países Prestatarios:
(i) Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Ecuador, El Xxxxxxxx, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
b) Países no Prestatarios:
(i) Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Xxxxxxx, Xxxxxx, Italia, Japón, Noruega, Países Bajos, Portugal, Xxxxx Unido, Republica xx Xxxxx, República Popular de China, Suecia y Suiza.
1) Lista de Países de conformidad con el Acuerdo del Fondo Administrado:
(Incluir la lista de países)]
---------------------------------------
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de un Consorcio con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
Sección IV. Formularios de la Oferta
[El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta. Si el Oferente objeta al Conciliador propuesto por el Contratante en los Documentos de Licitación, deberá manifestarlo en su Oferta y presentar otro candidato opcional, junto con los honorarios diarios y los datos personales del candidato, de conformidad con la Cláusula 37 de las IAO.]
[fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: [indique el número de identificación y título del Contrato]
A: [nombre y dirección del Contratante]
Después de haber examinado los Documentos de Licitación, incluyendo la(s) enmienda(s) [liste], ofrecemos ejecutar el [nombre y número de identificación del Contrato] de conformidad con las CGC que acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de [indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda].
El Contrato deberá ser pagado en las siguientes monedas:
Moneda | Monto pagadero en la moneda | Tasa de cambio: [indique el número de unidades de moneda nacional que equivalen a una unidad de moneda extranjera] | Insumos para los que se requieren monedas extranjeras |
(a) (b) (c) (d) |
El pago de anticipo solicitado es:
Monto | Moneda |
(a) (b) (c) (d) |
Aceptamos la designación de [indicar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación] como Conciliador.
[o]
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta exigidos en los Documentos de Licitación y especificados en los DDL.
Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO. En caso que el contrato de obras incluya el suministro de bienes y servicios conexos, nos comprometemos a que estos bienes y servicios conexos sean originarios de países miembros del Banco.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el Banco, bajo las leyes o normativas oficiales del País del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO.
No tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI).
Usaremos nuestros mejores esfuerzos para asistir al Banco en investigaciones.
Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la ejecución) del contrato, a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en el país del cliente.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
Nombre y dirección del Agente
Monto y Moneda Propósito de la Comisión
o Gratificación
(Si no hay comisiones o gratificaciones indicar “ninguna”)
Firma Autorizada:
Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre del Oferente:
Dirección:
2. Información sobre la Calificación
1.5 Las calificaciones y experiencia del personal clave se adjuntan. [Adjunte información biográfica, de acuerdo con la Subcláusula 5.3 (e) de las IAO [Véase también la Cláusula 9.1 de las CGC y en las CEC].
1.4 Los principales equipos de construcción que propone el Contratista son: [Proporcione toda la información solicitada a continuación, de acuerdo con la Subcláusula 5.3 (d) de las IAO.]
La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. Esta información no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español.
1.1 Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente
[adjunte copia de documento o carta de intención] Lugar de constitución o incorporación: [indique] Sede principal de actividades: [indique]
Poder del firmante de la Oferta [adjunte]
1.2 Los montos anuales facturados son: [indicar montos equivalentes en moneda nacional y año a que corresponden de conformidad con la Subcláusula 5.3(b) de los DDL]
1.3 La experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud es en [indique el número de obras e informacion que se especifica en la Subcláusula 5.3 (c) de las IAO] [En el cuadro siguiente, los montos deberán expresarse en la misma moneda utilizada para el rubro 1.2 anterior. También detalle las obras en construcción o con compromiso de ejecución, incluyendo las fechas estimadas de terminación. ]
1. Firmas o miembros de Consorcios
Nombre del Proyecto y País | Nombre del Contratante y Persona a quien contactar | Tipo de obras y año de terminación | Valor del Contrato (equivalente en moneda nacional) |
(a) (b) |
Equipo | Descripción, marca y antigüedad (años) | Condición, (nuevo, buen estado, mal estado) y cantidad de unidades disponibles | Propio, alquilado mediante arrendamiento financiero (nombre de la arrendadora), o por comprar (nombre del vendedor) |
(a) (b) |
Cargo | Nombre | Años de Experiencia (general) | Años de experiencia en el cargo propuesto |
(a) (b) |
Cargo | Nombre | Años de Experiencia (general) | Años de experiencia en el cargo propuesto |
(a) (b) |
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) | Causa de la Controversia | Monto en cuestión |
(a) (b) |
Secciones de las Obras | Valor del Subcontrato | SubContratista (nombre y dirección) | Experiencia en obras similares |
(a) (b) |
1.11 Programa propuesto (metodología y programa de trabajo), y descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los Documentos de Licitación. [Adjunte.]
1.10 Los Contratistas propuestos y firmas participantes, de conformidad con la subcláusula 5.3 (j) son [indique la información en la tabla siguiente. Véase la Cláusula 7 de las CGC y 7 de las CEC].
1.6 Los informes financieros de los últimos [indique el número; generalmente 5] años: balances, estados de pérdidas y ganancias, informes de auditoría, etc., que se adjuntan, en conformidad con la subcláusula IAO 5.3 (f) son: [lístelos a continuación y adjunte las copias.]
1.7 La evidencia de acceso a recursos financieros de acuerdo co las subcláusula 5.3 (g) de las IAO es: [liste a continuación y adjunte copias de los documentos que corroboren lo anterior.]
1.8 Adjuntar autorización con Nombre, dirección, y números de teléfono, télex y facsímile para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Subcláusula 5.3(h) de las IAO [Adjunte la autorización]
1.9 La información sobre litigios pendientes en que el Oferente esté involucrado se incluye, en conformidad con la subcláusula 5.3(i) de las IAO.[Incluya la información en la tabla siguiente]
Incluya la lista de dicho personal en la tabla siguiente.
2. Consorcio | 2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 a 1.10 anteriores debe ser proporcionada por cada socio del Consorcio. 2.2 La información solicitada en el párrafo 1.11 anterior debe ser proporcionada por el Consorcio. [proporcione la información]. 2.3 Deberá entregase el Poder otorgado al (a los) firmante(s) de la Oferta para firmar la Oferta en nombre del Consorcio 2.4 Deberá entregarse el Contrato celebrado entre todos los integrantes del Consorcio (legalmente compromete a todos los integrantes) en el que consta que: (a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (b) se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes del Consorcio; y (c) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluida la relación de los pagos, se manejará exclusivamente con el integrante designado como representante. | |||||
3. Requisitos adicionales | 3.1 | Los Oferentes deberán requerida en los DDL. | entregar | toda | información | adicional |
3. Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades
Yo , mayor de edad, de estado civil _ , de nacionalidad , con domicilio en
y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No.
actuando en mi condición de representante legal de (Indicar el
Nombre de la Empresa Oferente / En caso de Consorcio indicar al Consorcio y a las empresas que lo integran) , por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que ni mi persona ni mi representada se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.
ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de , Departamento de
, a los días de mes de de . Firma:
Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).
Este Contrato se celebra el [indique el día] de [indique el mes], de [indique el año] entre [indique el nombre y dirección del Contratante] (en adelante denominado “el Contratante”) por una parte, y [indique el nombre y dirección del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) por la otra parte;
Por cuanto el Contratante desea que el Contratista ejecute [indique el nombre y el número de identificación del contrato] (en adelante denominado “las Obras”) y el Contratante ha aceptado la Oferta para la ejecución y terminación de dichas Obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas;
En consecuencia, este Contrato atestigua lo siguiente:
1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que respectivamente se les ha asignado en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante, y las mismas se considerarán parte de este Contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
2. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Contratista como en lo sucesivo se menciona, el Contratista por este medio se compromete con el Contratante a ejecutar y completar las Obras y a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
3. El Contratante por este medio se compromete a pagar al Contratista como retribución por la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del Contrato en el plazo y en la forma establecidas en éste.
En testimonio de lo cual las partes firman el presente Contrato, en dos (2) originales, en el día, mes y año antes indicados.
El Sello Oficial de [Nombre de la Entidad que atestigua]
fue estampado en el presente documento en presencia de:
Firmado, Sellado y Expedido por en presencia de:
Firma que compromete al Contratante [firma del representante autorizado del Contratante]
Firma que compromete al Contratista [firma del representante autorizado del Contratista]
Sección V. Condiciones Generales del Contrato
Indice de Cláusulas
3. .........Idioma y Ley Aplicables 57
4. .........Decisiones del Gerente de Obras 57
5. .........Delegación de funciones 57
8. .........Otros Contratistas 58
10. .......Riesgos del Contratante y del Contratista 58
11. .......Riesgos del Contratante 58
12. .......Riesgos del Contratista 00
00. .......Informes de investigación del Sitio de las Obras 60
15. .......Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 60
16. .......Construcción de las Obras por el Contratista 60
17. .......Terminación de las Obras en la fecha prevista 60
18. .......Aprobación por el Gerente de Obras 60
21. .......Toma de posesión del Sitio de las Obras 61
22. .......Acceso al Sitio de las Obras 61
23. .......Instrucciones, Inspecciones y Auditorías 61
25. .......Procedimientos para la solución de controversias 61
26. .......Reemplazo del Conciliador 62
28. .......Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 63
29. .......Aceleración de las Obras 63
30. .......Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras 63
31. .......Reuniones administrativas 63
32. .......Advertencia Anticipada 64
33. .......Identificación de Defectos 64
35. .......Corrección de Defectos 64
36. .......Defectos no corregidos 65
37. .......Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) 65
38. .......Desglose de Costos 65
40. .......Pagos de las Variaciones 65
41. .......Proyecciones de Flujo de Efectivos 66
42. .......Estimaciones de Obra 66
44. .......Eventos Compensables 67
47. .......Ajustes de Precios 69
48. .......Xxxxxx por retraso en la entrega de la Obra 69
50. .......Pago de anticipo 70
52. .......Trabajos por día 70
53. .......Costo de reparaciones 71
E. Finalización del Contrato 71
54. .......Terminación de las Obras 71
55. .......Recepción de las Obras 71
56. .......Liquidación final 72
57. .......Manuales de Operación y de Mantenimiento 72
58. .......Terminación del Contrato 73
59. .......Prácticas Prohibidas 74
60. .......Pagos posteriores a la terminación del Contrato 80
61. .......Derechos de propiedad 80
62. .......Liberación de cumplimiento 80
63. .......Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco 81
Condiciones Generales del Contrato
1. Definiciones 1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas
(a) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC,
(b) La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta.
(c) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC
(d) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Gerente de Obrasde acuerdo con la Subcláusula 54.1 de estas CGC.
(e) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC.
(f) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante.
(g) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante.
(h) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato.
(i) Días significa días calendario;
(j) Meses significa meses calendario.
(k) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos
del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos.
(l) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato.
(m) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Gerente de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos.
(n) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación.
(o) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente de Obras para la ejecución del Contrato.
(p) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC.
(q) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.
(r) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Notificación de la Resolución de Adjudicación del Contratante.
(s) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Contratante mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
(t) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes consumibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
(u) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
(v) El Gerente de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras.
(w) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato.
(x) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC.
(y) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los Documentos de Licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras.
(z) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Contratante.
(aa) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras.
(bb) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras.
(cc) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras.
(dd) Una Variación es una instrucción impartida por el Contratante que modifica las Obras.
(ee) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC.
2. Interpretación 2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere,
el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC.
2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras).
4. Decisiones del Gerente de Obras
2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad:
(a) Contrato,
(b) Notificación de la Resolución de Adjudicación,
(c) Oferta,
(d) Condiciones Especiales del Contrato,
(e) Condiciones Generales del Contrato,
(f) Especificaciones,
(g) Planos,
(h) Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra), y
(i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique
que forma parte integral del Contrato.
3.1 El idioma del Contrato será el español y la ley que lo regirá será la hondureña.
4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, podrá dirigir órdenes e instrucciones al Contratista para la correcta ejecución del contrato, de acuerdo con los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento
5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista.
6. Comunicaciones 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace
referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.
7. Subcontratos 7.1 El Contratista sólo podrá subcontratar trabajos si cuenta con la
aprobación del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista.
7.2 La aprobación de la subcontratación deberá ser expresa, por escrito, con indicación de su objeto y de las condiciones económicas. Los trabajos que se subcontraten con terceros, no excedan del cuarenta por Ciento (40%) del monto del Contrato.
7.2 Tampoco podrá el Contratista ceder el Contrato sin la aprobación
Contratistas
por escrito del Contratante.
8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista.
9. Personal 9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la
Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista.
9.2 Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato.
10. Riesgos del Contratante y del Contratista
10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista.
11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante:
(a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de:
(i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o
(ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista.
(b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país
donde se han de realizar las Obras.
11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de:
(a) un defecto que existía en la Fecha de Terminación;
(b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o
(c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación.
12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista
13. Seguros 13.1 El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre
conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista:
(a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales;
(b) pérdida o daños a -- los Equipos;
(c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras,
Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y
(d) lesiones personales o muerte.
13.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados.
13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada,
14. Informes de investigación del Sitio de las Obras
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato
16. Construcción de las Obras por el Contratista
17. Terminación de las Obras en la fecha prevista
18. Aprobación por el Gerente de Obras
considerarlas una deuda del Contratista.
13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras.
13.5 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro.
14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente.
15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.
16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos.
17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Contratante hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación.
18.1 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales.
18.2 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias.
18.3 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización.
19. Seguridad 19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras.
19.2 El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomará las medidas necesarias para mantener en sus campamentos y en la obra, la higiene y seguridad en el trabajo, según las disposiciones sobre la materia.
20. Descubrimientos 20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de
gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las
21. Toma de posesión del Sitio de las Obras
22. Acceso al Sitio de las Obras
23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías
instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder.
21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable.
22.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato.
23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Obras que se ajusten a los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
23.2 El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista debera (i) conservar todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco, por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; (ii) entregar cualquier documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y
(iii) ordenará a los empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado. Si el Contratista se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el Contratista.
24. Controversias 24.1 Si el Contratista considera que el Gerente de Obras ha tomado una
decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del Conciliador dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Gerente de Obras.
25. Procedimientos para la solución de controversias
25.1 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia.
25.2 El Conciliador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a arbitraje dentro de los 28 días siguientes a la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de 28 días mencionado, la decisión del Conciliador será definitiva y obligatoria.
25.3 El arbitraje deberá realizarse de acuerdo al procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC.
26.1 En caso de renuncia o muerte del Conciliador, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Conciliador no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Conciliador. Si al cabo de 30 días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Conciliador será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la petición.
27. Programa 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de
la Notificación de la Resolución de Adjudicación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su opinión y posterior aprobación por el Contratante, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras.
27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades.
27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su opinión y posterior aprobación por el Contratante, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC de la próxima estimación de obra y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la
28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación
30. Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras
fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado.
27.4 La aprobación del Programa no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables.
28.1 El Contratante deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales.
28.2 El Contratante determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Contratante una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.
29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Contratante deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista.
29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato.
30.1 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras.
31.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada
33. Identificación de Defectos
descrito en la Cláusula 32.
31.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse.
32.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible.
32.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras.
C. Control de Calidad
33.1 El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto.
34. Pruebas 34.1 Si el Gerente de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba
que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable.
35.1 El Gerente de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir.
Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra)
35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras.
36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto.
D. Control de Costos
37.1 La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) deberá contener los rubros correspondientes a la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista.
37.2 La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra).
38.1 Si el Contratante o el Gerente de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra).
39. Variaciones 39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas
actualizados que presente el Contratista y deberán ser autorizadas por escrito por el Contratante.
39.2 Cuando las variaciones acumuladas superen el 10% del Precio Inicial del Contrato se formalizarán mediante modificación del Contrato.
40.1 Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de opinar sobre la Variación.
40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio
41. Proyecciones de Flujo de Efectivos
indicado en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidiera con los rubros de la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra), el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos.
40.3 Si el Contratante no considerase la cotización del Contratista razonable, el Contratante podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista.
40.4 Si el Contratante decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable.
40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente.
41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.
42.1 El Contratista presentará al Gerente de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Gerente de Obras de conformidad con la Subcláusula 42.2.
42.2 El Gerente de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele.
42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Obras.
42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las cantidades terminadas de los rubros incluidos en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra).
42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables.
42.6 El Gerente de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en una estimación anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera aprobado anteriormente en consideración de
información más reciente.
43. Pagos 43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y
las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos de la estimación de obras aprobada por el Gerente de Obras dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés promedio para operaciones activas vigente en el sistema bancario nacional determinada mensualmente para la respectiva moneda por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones, en consulta con el Banco Central de Honduras.
43.2 Si el monto aprobado es incrementado en una estimación posterior o como resultado de una decisión del Conciliador, Arbitro o Juez, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber aprobado dicho incremento si no hubiera habido controversia.
43.3 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato.
43.4 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato.
Compensables
44.1 Se considerarán eventos compensables los siguientes:
(a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC.
(b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato.
(c) El Gerente de Obras ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras.
(d) El Gerente de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos
no presentaban Defectos.
(e) El Gerente de Obras sin justificación desaprueba una subcontratación.
(f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras.
(g) El Gerente de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos.
(h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista.
(i) El anticipo se paga atrasado.
(j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante.
(k) El Gerente de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación.
44.2 Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida.
44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Gerente de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, el Gerente de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Gerente de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento.
44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Obras.
45. Impuestos 45.1 El Gerente de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los
impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea 28 días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del Acta de Recepción Definitiva. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC.
46. Monedas 46.1 La moneda o monedas en que se le pagará al Proveedor en virtud
de este Contrato se especifican en las CEC.
47. Ajustes de Precios 47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del
costo de los insumos, en la forma estipulada en las CEC.
48. Multas por retraso en la entrega de la Obra
48.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista.
48.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá corregir en la siguiente estimación de obra los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC.
49. Bonificaciones 49.1 En los casos en que ello se estipule en las CEC, se pagará al
Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras, si fuere el caso) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula
54.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera
vencido.
50. Pago de anticipo 50.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto
estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptables para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos
reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. | ||
50.2 | El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales, servicios y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Gerente de Obras. | |
50.3 | El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios. | |
51.1 | El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento. | |
51.2 | Una vez efectuada la recepción final de las obras y realizada la liquidación del contrato, el Contratista sustituirá la garantía de cumplimiento del contrato por una garantía de calidad de la obra, con vigencia por el tiempo estipulado en las CEC y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la obra ejecutada. | |
52.1 | Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de |
trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera.
52.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito.
52.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 52.2 de las CGC.
53.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones.
E. Finalización del Contrato
54.1 Terminada sustancialmente las Obras, se efectuará en forma inmediata una inspección preliminar, que acredite que las Obras se encuentran en estado de ser recibidas, todo lo cual se consignará en Acta de Recepción Provisional suscrita por un representante del órgano responsable de la contratación por el Contratante, el Gerente de Obras designado y el representante designado por el Contratista.
54.2 Entiéndese por terminación sustancial la conclusión de la obra de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales, de manera que, luego de las comprobaciones que procedan, pueda ser recibida definitivamente y puesta en servicio, atendiendo a su finalidad.
55.1 Acreditado mediante la inspección preliminar, que las obras se encuentran en estado de ser recibidas, y dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Contratista efectúe su requerimiento, el Contratante procederá a su recepción provisional, previo informe del Gerente de Obras.
55.2 Si de la inspección preliminar resultare necesario efectuar correcciones por defectos o detalles pendientes, se darán instrucciones precisas al contratista para que a su costo proceda dentro del plazo que se señale a la reparación o terminación de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos
contractuales.
55.3 Cuando las obras se encuentren en estado de ser recibidas en forma definitiva, se procederá a efectuar las comprobaciones y revisiones finales. Si así procediere, previo dictamen del Gerente de Obras, se efectuará la recepción definitiva de la obra mediante acta suscrita de manera similar a como dispone el artículo anterior.
55.4 Cuando conforme a las CEC proceda la recepción parcial por tramos o partes de la obra un proyecto, la recepción provisional y definitiva de cada uno de ellos se ajustará a lo dispuesto en los artículos anteriores. Cuando así ocurra, el plazo de la garantía de calidad correspondiente a cada entrega a que estuviere obligado el Contratista se contará a partir de la recepción definitiva de cada tramo.
55.5 Hasta que se produzca la recepción definitiva de las obras, su custodia y vigilancia será de cuenta del Contratista, teniendo en cuenta la naturaleza de las mismas y de acuerdo con lo que para tal efecto disponga el contrato.
56. Liquidación final 56.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado
de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 28días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago.
56.2 El órgano responsable de la contratación deberá aprobar la liquidación y ordenar el pago, en su caso, del saldo resultante, debiendo las partes otorgarse los finiquitos respectivos.
57. Manuales de Operación y de Mantenimiento
57.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC.
57.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en
las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.
58.1 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato.
58.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes:
(a) Si el Contratista suspende los trabajos por 28 días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Gerente de Obras;
(b) La suspensión temporal de las obras por un plazo superior a dos (2) meses sin que medien fuerza mayor o caso fortuito, acordada por la Administración; Gerente de Obras;
(c) La disolución de la sociedad mercantil contratista, salvo en los casos de fusión de sociedades y siempre que solicite de manera expresa al Contratante su autorización para la continuación de la ejecución del contrato, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que tal fusión ocurra. El Contratante podrá aceptar o denegar dicha solicitud, sin que, en este último caso, haya derecho a indemnización alguna;
(d) La declaración de quiebra o de suspensión de pagos del contratista, o su comprobada incapacidad financiera;
(e) El incumplimiento de las obligaciones de pago más allá del plazo de cuatro (4) meses si no se establece en las CEC un plazo menor;
(f) Si el Gerente de Obras le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Gerente de Obras en la notificación;
(g) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato o de las demás garantías a cargo del contratista dentro de los plazos correspondientes;
(h) Si el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato;
(i) Si el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto
máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo
estipulado en las CEC.
(j) Si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido la Cláusula 59 de estas CGC.
(k) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas;
(l) La falta de corrección de defectos de diseño cuando éstos sean técnicamente inejecutables;
58.3 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato también en los siguientes casos:
(a) La suspensión definitiva de las obras o la suspensión temporal de las mismas por un plazo superior a seis (6) meses, en caso de fuerza mayor o caso fortuito;
(b) La muerte del contratista individual, salvo que los herederos ofrezcan concluir con el mismo con sujeción a todas sus estipulaciones; la aceptación de esta circunstancia será potestativa del Contratante sin que los herederos tengan derecho a indemnización alguna en caso contrario.
58.4 No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato en cualquier momento por motivos de interés público o las circunstancias imprevistas calificadas como caso fortuito o fuerza mayor, sobrevinientes a la celebración del contrato, que imposibiliten o agraven desproporcionadamente su ejecución.
58.5 El contrato también podrá ser terminado por el mutuo acuerdo de las partes.
58.6 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible.
59.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios
(incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del
Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 59.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo,
para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 59.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el xxxxxxx 00 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus
representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
59.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al
60. Pagos posteriores a la terminación del Contrato
62. Liberación de cumplimiento
reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 59.1 (b).
60.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado, y menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante.
60.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado.
61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras incluidas en estimaciones aprobadas o las indicadas a tales efectos en la Liquidación, se considerarán de propiedad del Contratante.
62.1 Si se hace imposible el cumplimiento del Contrato por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Obras deberá certificar la imposibilidad de cumplimiento del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad
63. Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco
necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de imposibilidad de cumplimiento, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos.
63.1 En caso de que el Banco suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista:
(a) El Contratante esta obligado a notificar al Contratista sobre dicha suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de la recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco
(b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de 28 días para efectuar los pagos, establecido en la Subcláusula 43.1, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 14 días.
64. Elegibilidad 64.1 El Contratista y sus Subcontratistas deberán ser originarios de
países miembros del Banco. Se considera que un Contratista o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos:
(a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
i. es ciudadano de un país miembro; o
ii. ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
(b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
i. esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
64.2 Todos los socios de un Consorcio con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
64.3 En caso de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que xxxx
financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato
A. Disposiciones Generales | |
CGC 1.1 (a) | No se prevé Conciliador |
CGC 1.1 (h) | El Precio del Contrato es el precio establecido en la Resolución de Adjudicación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato, el cual asciende a: Lempiras (L. ). |
CGC 1.1 (k) | No Aplica |
CGC 1.1 (p) | El Contratante es: Empresa Nacional de Energía Elétrica Edificio Corporativo, 3er. Piso Trapiche II Residencial El Trapiche, Tercera Etapa, Bloque C-5, Tegucigalpa, M.D.C., Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Honduras. Teléfono: x000 0000 00000 Dirección electrónica: xxx@xxxx.xx Representante Autorizado: Ing. Xxxxx Xxxxx Gerente General ENEE |
CGC 1.1 (s) | La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es: Ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de la orden de inicio que para este efecto emita el contratante. |
CGC 1.1 (v) | El Gerente de Obras es: El Contratante designa al Jefe de la Central Hidroelectrica Cañaveral-Rio Lindo, para que actue en representación del Contratante como Gerente de Obras. Dirección: Central Hidroeléctrica Cañaveral, Municipio de San Xxxxxxxxx de Yojoa, Departamento xx Xxxxxx. |
CGC 1.1 (x) | El Sitio de las Obras está ubicada en: Central Hidroeléctrica Cañaveral, Municipio de San Xxxxxxxxx de Yojoa, Departamento xx Xxxxxx. |
CGC 1.1 (aa) | La Fecha de Inicio es: la fecha indicada en la Orden de Inicio, que para éste efecto emita el contratante. |
CGC 1.1 (ee) | Las Obras consisten en la ejecución total de los trabajos de construcción y remodelación, y comprenden elaboración de planos para construcción, |
trabajos preliminares, desmontaje, demolición, cimentaciones, estructuras, instalaciones hidráulicas y sanitarias, instalaciones eléctricas, acabados, obras exteriores, planos “as built”, entre otros, detallados en las especificaciones técnicas y planos. El nombre e identificación del contrato es: Primera Etapa: Obra de Remodelación de las Instalaciones de Oficinas y Campamento del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Rio Lindo. No. del Proceso: PRRCH-30-LPN-O- | |
CGC 2.2 | Las secciones de las Obras con fechas de terminación distintas a las de la totalidad de las Obras son: No Aplica |
CGC 2.3 (i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: (a) Contrato, (b) Notificación de la Resolución de Adjudicación, (c) Oferta, (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones técnicas y ambientales junco con la Licencia Ambiental y Respectivas resoluciones. (g) Planos, (h) Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra), y (i) Documento de Licitación con sus Enmiendas y Notas Aclaratorias (j) Fichas de Xxxxx (k) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. |
CGC 8.1 | Lista de Otros Contratistas No Aplica |
CGC 9.1 | Personal Clave: -Director del Proyecto -Ingeniero Residente |
CGC 13.1 | Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán: (a) para pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales: cinco por ciento (5%) del valor del contrato. |
(b) para pérdida o daño de equipo: tres porciento (3%) del valor del contrato. (c) para pérdida o daño a la propiedad (excepto a las Obras, Planta, Materiales y Equipos) en conexión con el Contrato: tres por ciento (3%) del valor del contrato. (d) para lesiones personales o muerte: (i) de los empleados del Contratante: Según Planillas IHSS o certificado de inscripción. (ii) de otras personas: tres por ciento (3%) del valor del Contrato. | |
CGC 14.1 | Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: - Planos Generales contenidos en la Sección VIII. Planos - Especificaciones Técnicas contenidas en la Sección VII |
CGC 18 | Además de las aprobaciones indicadas en la cláusula CGC 18, el Contratista deberá preparar y presentar al Gerente de Obra los siguientes documentos: a. Para aprobación i. Solicitudes de aprobación de materiales y equipos ii. Subcontratistas iii. Personal Administrativo y Técnico (Personal no clave) iv. Informes v. Estimaciones de obra para pago, respaldadas por la siguiente documentación soporte: Copia de la Tarjeta de identidad del representante Legal, Copia de Registro Tributario Nacional del Representante Legal y de la Empresa, Copia de la Solvencia emitida por la Dirección Ejecutiva de Ingresos, Copia de Registro de Beneficiario de SIAFI y Factura de acuerdo al Régimen de Facturación de la Dirección Ejecutiva de Ingresos. vi. Recepción de obras vii. Cualquier otro documento, aspecto o actividad necesaria para la ejecución de la obra y/o establecida en el Contrato. |
CGC 21.1 | La fecha de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será cinco (5) días después de la orden de inicio, en el lugar en que se ejecutará la obra. |
CGC 25.2 | Los honorarios y gastos reembolsables pagaderos al Conciliador serán: No Aplica |
CGC 25.3 | Los procedimientos de arbitraje serán: Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa. Los procedimientos serán los establecidos en la legislación nacional. |
CGC 26.1 | La Autoridad Nominadora del Conciliador es: |
No Aplica | |
B. Control de Plazos | |
CGC 27.1 | El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la recepción de la Orden de Inicio; |
CGC 27.3 | Los plazos entre cada actualización del Programa serán de treinta (30) días. El monto que será retenido por la presentación retrasada del Programa actualizado será de 1% del certificado de pago por día de atraso. |
C. Control de la Calidad | |
CGC 35.1 | El Período de Responsabilidad por Defectos es: 12 meses. |
D. Control de Costos | |
CGC 46.1 | La moneda del País del Contratante es: Lempiras. |
CGC 47.1 | No Aplica |
CGC 48.1 | El monto de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del 0.18% del Precio final del Contrato por día. El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del 10% del precio final del Contrato. |
CGC 49.1 | No Aplica |
CGC 50.1 | El pago anticipo será hasta por un monto de 20% del precio del contrato y se pagará al Contratista, contra la entrega del plan de inversión del anticipo y aprobación de la garantía de anticipo por el 100% de su valor, consistente en garantía bancaria incondicional, a más tardar dentro de los diez días siguientes de la firma del contrato y permanecerá vigente hasta la deducción total del monto anticipado. El anticipo será amortizado en cada estimación presentada a cobro, conforme al porcentaje otorgado en calidad de anticipo. |
CGC 51.1 | El monto de la Garantía de Cumplimiento es Lempiras (L ). La garantía de cumplimiento será por cualesquiera de los siguientes tipos y |
montos mínimos, que corresponden a un porcentaje del precio del Contrato: (a) Garantía Bancaria incondicional: 15% del valor de contrato Los formularios estándar de garantía de cumplimiento aceptable para el Contratante serán de las incluidas en la Sección X. Formularios de Garantías de los documentos de licitación. | |
CGC 51.2 | El Contratista debe presentar una Garantía de Calidad de tipo Bancario equivalente al 5% del valor del Contrato, por un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha de emisión del Acta de Recepción Definitiva de la obra |
E. Finalización del Contrato | |
CGC 57.1 | Los planos actualizados finales (“as built”) deberán presentarse a más tardar quince (15) días después de finalizada la obra y serán requisito para el pago final. |
CGC 57.2 | La suma que se retendrá por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales en la fecha establecida en las CGC 57.1 es xx Xxxx Mil Lempiras con 00/100 (L. 10,000.00). |
CGC 58.2 (e) | El plazo es: El plazo se mantiene según las CGC. |
CGC 58.2 (i) | El número máximo de días es: Cincuenta y Seis (56) días. |
CGC 60.1 | El porcentaje que se aplicará al valor de las Obras no terminadas es: Veinte Por Ciento (20%) |
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento
“Equivalencia de normas y códigos”
Cuando en el Contrato se haga referencia a las normas y códigos específicos con cuyos requisitos deban cumplir los bienes y materiales a ser suministrados y los trabajos a ser ejecutados o las pruebas a que deban ser sometidos, se aplicarán las disposiciones de la última edición o revisión de las normas y códigos pertinentes en vigencia, salvo que expresamente se estipule otra cosa en el Contrato. Cuando dichas normas y códigos sean nacionales, o estén relacionados con un país o región determinados, se aceptarán otras normas reconocidas que aseguren una calidad sustancialmente igual o superior a la de las normas y códigos especificados supeditados al examen y consentimiento previos por escrito del Gerente de Obras. El Contratista deberá describir detalladamente por escrito las diferencias que existan entre las normas especificadas y las que propone como alternativa, y presentarlas al Gerente de Obras por lo menos 28 días antes de la fecha en que desee contar con su consentimiento, Si el Gerente de Obras determinara que las desviaciones propuestas no garantizan una calidad en igual o superior, el Contratista deberá cumplir con las normas especificadas en los documentos.”
Especificaciones Técnicas
Primera Etapa:
Obra de Remodelación de las Instalaciones de Oficinas y Campamento del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Rio Lindo.
1. OBJETO
Esta sección describe las obras civiles a ser realizadas por el contratista con respecto a la primera etapa de la Obra de Remodelación de las Instalaciones de Oficinas y Campamento del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Rio Lindo.
2. ALCANCE
El alcance de los trabajos la remodelación de oficinas del Complejo de Cañaveral y Rio Lindo en esta primera etapa comprende la Construcción de un Segundo nivel de las oficinas ya existentes (según el plano detalle) y trabajo de acondicionamiento menor en la estructura existente de la primera planta (pintura, paredes de tabla yeso, remodelación de servicios sanitarios, etc).
El proyecto, contempla el suministro de todos los materiales de construcción insumos y accesorios y construcción de la obra, la elaboración de los planos para construcción, las labores de Obra Civil como ser: desmontaje y/o demolición de la cubierta de techo existente, obras de consolidación para la preparación de la cimentación para la nueva estructura metálica y cubierta del 2º.nivel, armado y construcción xx xxxxxxx del 2º nivel, y las obras de acabado de las zonas deterioradas del 1er nivel y las de ampliación, como el suministro e instalación de piso, divisiones de tabla yeso, cielo falso de tabla yeso, reparaciones de losetas de cielo falso, puertas, zócalos, pasamanos, ventanería xx xxxxxx fijo, mobiliario de atención. Y acondicionamiento de instalaciones hidrosanitarias y eléctricas de las zonas deterioradas del 1er. nivel y las de ampliación, con las subsiguientes conexiones a sistema existente, suministro e instalación de lavamanos, inodoros, urinarios y accesorios para baños y Eléctricas/Voz y Datos como: canalizaciones, conexiones con tableros eléctricos existentes, interruptores, tomacorrientes, luminarias, puntos de red para telefonía e internet.
El plazo para el desarrollo de las obras antes mencionadas corresponde a CIENTO OCHENTA
(180) días calendario.
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 91
3. UBICACIÓN DE LAS OBRAS
La dirección del proyecto es: Central Hidroeléctrica Cañaveral, Municipio de San Xxxxxxxxx de Yojoa, Departamento xx Xxxxxx, según las coordenadas descritas en la siguiente imagen.
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4. OBRA CIVIL
La obra civil a construir en esta remodelación de oficinas debe comprender la totalidad de las obras descritas en los planos generales correspondientes a la primera etapa, pero sin limitarse a lo siguiente:
Elaboración de planos para construcción y sus especificaciones; adquisición y suministro de materiales y equipos.
Investigación de Suelo
Construcción bodega para almacenaje de materiales.
Desmontaje y demolición de estructura existente.
Construcción de cimentaciones, estructuras métalicas, paredes y pisos, estructura de techo (losa), gradas, remodelación de servicios sanitarios, instalaciones sanitarias, instalaciones Eléctricas, Pintura, Acabados, Puertas y Ventanas e suministro e instalación completa de aire acondicionado.
Limpieza final del sitio, incluyendo el desmantelamiento de las instalaciones temporales.
Remodelación completa de servicios sanitarios existentes.
5. PLANOS DE REFERENCIA
En la sección de planos, se incluyen planos correspondientes a las obras en general del proyecto, los detalles y planos incluidos en esta sección de planos son ilustrativos o representativos, no para construcción, el oferente ganador deberá elaborar sus propios planos para construcción, acompañados con sus memorias de cálculos respectivas, lo anterior debe estar incluido en el costo global de la oferta.
6. CONSIDERACIONES GENERALES
Las especificaciones están detalladas, sin embargo deben cumplirse durante toda la construcción las siguientes buenas prácticas de manejo socio ambiental:
Antes de iniciar la construcción se debe identificar un sitio óptimo para el establecimiento de las bodegas para el almacenaje de los materiales. La bodega debe contar con un lugar específico para el almacenamiento de las herramientas, y el acceso a este sólo debe ser permitido a los empleados de la obra.
Durante la construcción debe procurarse la reutilización o el reciclaje de materiales.
El transporte de materiales (arena, piedra, grava) deben hacerse en vehículos cubiertos por toldos.
Si se está generando agua con sedimentos, debe procurarse la eliminación de los mismos antes de drenarlas hacia las fuentes de agua.
La construcción de las obras de infraestructura debe realizarse en tiempo seco para evitar el arrastre de los materiales por la fuerza de la escorrentía. Además, esto evita que el zanjeado de las obras se convierta en cárcavas provocando erosión acelerada.
Notificar a las poblaciones locales el inicio de las obras de construcción: dado que la naturaleza de las obras no requiere de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y que no se desarrollará en un área sensitiva al ambiente, según lo dictaminado en Licencia Ambiental NO. 297-2012 Categoría 1 (Bajo Impacto Ambiental) emitida por MIAMBIENTE, no es necesario el desarrollo de un proceso de xxxxxxxx.Xx Licencia Ambiental No. 297-2012 del Proyecto “Mantenimiento Mayor de las Centrales Hidroeléctricas Cañaveral y Río Lindo” cuenta con 2 Resoluciones: (i) Resolución No. 1200-2012 y (ii) Resolución No.0822-2015, donde en la Primera se viabiliza las actividades a ejecutarse dentro de las Casas de Máquinas y la Segunda viabiliza las actividades que se llevaran a cabo en las subestaciónes, ambas Resoluciones consideran las instalaciones e infraestructura presente en todo el Complejo Hidroeléctrico, como ser: 1.Estructura de Alimentación, 2. Boca Toma, 3. Final de la Línea, 4. Subestaciones,
5. Canal de Desfogue, 6.Caudal Ecológico, 7. Campamento, y 8. Casa de Maquinas. (Ver. Resolución No. 1200 -2012 y Resolución 0822-2015).
Las obras objeto de esta licitación, se encuentran implícitas dentro del área denominada como “Campamento”, de la resolución 1200-2012, por lo que dichas actividades se encuentran amparadas dentro de la Licencia Ambiental en mención.
En vista de lo anterior, la Resolución No. 1200 – 2012 antes citada, establece medidas de control ambiental aplicables para la regulación ambiental al momento de la ejecución de las actividades concernientes a la Remodelación de las Instalaciones de Oficinas dentro del área de Campamento de la Central.
Durante la construcción:
1. Limpiar el sitio, eliminación de cualquier material que pudiera significar tropiezos, deslizamientos, heridas en el personal o transeúntes.
2. Verificar la estabilidad del suelo en donde se construirá.
3. El material extraído en el sitio de la construcción debe colocarse a una distancia prudente (1.5 a 2 m) de la excavación, a fin que esto no signifique riesgo de soterramiento de los empleados.
4. El material excedente de las excavaciones que no será empleado en la obra debe ser trasladado a los sitios de depósito inmediatamente después de extraído.
5. Las herramientas de mano deberán usarse, inspeccionarse y mantenerse de acuerdo con las instrucciones y recomendaciones del fabricante y deberán usarse únicamente para los propósitos para los cuales han sido diseñadas.
6. En las actividades de extracción o remoción de material, los empleados deben usar el equipo de protección.
Higiene y servicio personal
1. La construcción deben contar con letrinas para los empleados, estas bien pueden ser alquiladas o construidas por el contratista siempre y cuando respeten las normas de construcciones rurales. Debe establecerse al menos un sanitario por cada 10 personas, por sexo, más un lavamanos.
2. El empleador debe garantizar la disponibilidad de agua potable y energía eléctrica para los empleados.
Permisos, aprobaciones y licencias
Será responsabilidad del Contratista tramitar todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarias, para la ejecución de la obra, así como el pago de todos los costos, honorarios, tasas, impuestos y derechos que impliquen esos trámites.
Vicios Ocultos
La responsabilidad del Contratista por vicios ocultos de la obra, prescribe en cinco (5) años, contados a partir de la Recepción Definitiva de la Obra. Si se comprobare vicios ocultos, el contratista deberá corregirlos ante solicitud del contratante, de lo contrario el Contratante podrá ejercer las acciones legales correspondientes para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados.
Bitácora
Apertura y firma de la Bitácora, estando presentes El Contratista y el Gerente de Obras, la cual facilitará la comunicación técnica entre las partes, quienes serán los únicos autorizados para hacer uso de ésta. Esta Bitácora deberá ser sellada y firmada por las partes al inicio del proyecto, será adquirida por El Contratista en el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH) y estará bajo la custodia del Gerente de Obras, a quien le corresponderá hacer el cierre de la misma cuando finalice el Proyecto y hará entrega del original a El Contratante.
La Bitácora deberá contener, al menos, la siguiente información: o Estado del tiempo;
o Reporte de Equipo en mal estado, o retirado del proyecto;
o Equipo faltante en relación con el equipo mínimo;
o Tiempo trabajado;
o Instrucciones al Contratista;
o Atrasos y justificaciones;
o Visitas al proyecto;
o Cualquier suceso importante que esté relacionado con la ejecución del proyecto, que pueda representar un atraso o una demora en la construcción de las obras.
Otras Responsabilidades del Contratista
Durante la ejecución del Contrato, el contratista será responsable de dar cumplimiento a las actividades y condiciones siguientes:
El Contratista deberá cumplir con las mejores prácticas de la Ingeniería
considerando dentro de su oferta las normas y códigos nacionales e internacionales que garantizan una igual o mayor calidad que la solicitada en las especificaciones técnicas.
Presentar y acreditar ante el Contratante e incorporar al proyecto, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a la Orden de Inicio, al personal profesional clave propuesto en la oferta;
Preparar y presentar al contratante, el programa de ejecución de obra, dentro de los diez
(10) días calendario siguientes a la recepción de la Orden de Inicio ;
Preparar y presentar al contratante, el flujo de caja mensual, acorde con el programa de ejecución de obra, dentro de los diez quince (15) días calendario siguientes a la recepción de la Orden de Inicio;
Elaborar y presentar al contratante, el programa de inversión del anticipo, dentro de los cinco días (5) calendarios siguientes a la orden de inicio.
Iniciar los trámites, permisos y aprobaciones xx xxx, ante los organismos y/o instituciones correspondientes; inmediantamente después de otorgada la Orden de Inicio de las obras;
Presentar al contratante los certificados de calidad de materiales y/o equipos a suministrar en la obra,
Construcción de rótulos, y otros elementos de protección a las obras de construcción incluyendo accesos provisionales, previo al inicio de los procesos constructivos; a más tardar en la fecha prevista en el programa de ejecución de la obra física;
Construir las obras preliminares, tales como oficinas de obra, bodega para materiales de la construcción, servicios sanitarios para personal de campo, recintos para toma de alimentos de los trabajadores de la obra, etc.; según lo establecido en Programa de Obra aprobado;
Iniciar oportunamente las pruebas y ensayos de campo para verificar la calidad del suelo y materiales empleados en la obra en donde corresponda, en el momento de su ejecución conforme el programa de trabajo, proporcionando al Gerente de Obra el reporte conteniendo los resultados, con las respectivas conclusiones y recomendaciones; elaborado por experto en la materia;
Elaboración y presentación de reportes mensuales al contratante, diez (10) días calendario siguientes al último día de cada mes, conteniendo como mínimo avance físico y financiero de los trabajos, variaciones con el programa de ejecución de la obra aprobado, situación de inventarios de materiales; recurso humano y equipo de construcción, en la obra, copia de la bitácora del periodo que se reporta, registro fotográfico, en formato digital Word y en físico debidamente validado por el Director de Proyecto y el Ingeniero Residente. El formato del Informe debe ser aprobado por el Gerente de Obra.
Ejecutar las medidas socio-ambientales y de seguridad industrial establecidas en la Resolución 1200-2012 de la Licencia Ambiental No. 297-2012 y que sean aplicables durante la ejecución de los trabajos.
Mantener sin perjuicio los servicios, instalaciones existentes de energía eléctrica, agua potable, aguas lluvias, aguas negras, telefonía, accesos vehiculares y peatonales, etc.
Cumplir las regulaciones laborales, el régimen de seguridad social, y otras vinculantes conforme a la ley nacional, y presentar comprobantes al contratante, juntamente con la presentación de cada estimación mensual de obra presentada a cobro;
Cumplir con cualquier actividad y condición no mencionada en los párrafos anteriores pero establecidos en los documentos contractuales.
7. NOTAS GENERALES ESTRUCTURALES
1. La cimentación deberá colocarse sobre terreno firme, no debe situarse sobre rellenos ni sobre material orgánico.
2. La capacidad soportante del terreno supuesta en el diseño es de 20 toneladas por metro cuadrado.
3. El recubrimiento xxx xxxxx en elementos bajo tierra será de 3 centímetros cuando se utilice encofrado y de 7 centímetros cuando no se use encofrado.
4. El xxxxx xx xxxxxxxx deberá tener un límite de fluencia de fy= 2800 kg/cm² para acero superior hasta de ⅜” y límite de fluencia de fy= 4,200 kg/cm² para acero
superior a ⅜”. Todos el acero deberá tener certificado de garantía.
5. El acero estructural será del tipo A-36 según norma ASTM.
6. Las canaletas serán formadas en frío galvanizadas, certificada bajo norma ASTM A- 653.
7. Las soldaduras serán hechas con eléctrodos E-70xx, estos deberán tener certificado de garantía.
8. El concreto de las columnas y vigas será de 4,000 PSI o 280 kg/cm², el resto de elementos estructurales tales como cimientos, losas, castillos, soleras y demás será de 3,000 PSI o 210 kg/cm².
9. El recubrimiento mínimo de elementos expuestos al aire será de 2.5cm o el diámetro de la máxima varilla del elemento, usando el mayor de los dos.
10. Todo lo no expresado en las presentes notas será regido por las normas internacionales y reglamentos de ACI 318-93, AWS, AISC y normas ASTM así como el CHOC 2008.
11. Todas las paredes serán levantadas sobre soleras de 15cmx15cm armados con 4 varillas #3 xx xxxxx principal y anillos #2@20cm. Estos elementos pueden ser sustituidos por elementos prefabricados electrosoldados.
12. A las paredes de bloque armado se colocará acero vertical #3@40cm y refuerzo horizontal #3@3 hiladas de bloque.
13. Los pedestales serán de la dimensión especificada y los armados serán igual a la columna especificada para cada caso. Los pedestales son de sección mayor al de cada columna.
8. NOTAS GENERALES HIDROSANITARIAS
1. El trazo de las tuberías mostrado en los planos es simbólico e indican la localización aproximada, tipo y diámetro.
2. Las tuberías enterradas se colocaran sobre suelo compactado, se colocará un empaque material selecto tamizado con un espesor no menor a 15 centímetros.
3. En toda unión roscada deberá usarse teflón.
4. Las tuberías y accesorios deberán limpiarse cuidadosamente antes de ser colocadas.
5. Al final de cada día de trabajo se deberán dejar cubiertas todas las tuberías colocadas en los zanjos y colocar tapones en todo extremo expuesto.
6. Los sistemas se probarán aplicando una presión durante un período de tiempo determinado así: