CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DEL TXAKOLIGUNE EN BAKIO
CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DEL TXAKOLIGUNE EN BAKIO
XXXXXX DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DEL TXAKOLIGUNE MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y POR EL SISTEMA DE CONCURSO
XXXX SUSTATZAILEA/ ÁREA PROMOTORA: XXXX XXXXX / ÁREA DE OBRAS
KONTRATUAREN XEDEA: TXAKOLIGUNEKO ERAIKUNTZA
OBJETO DEL CONTRATO: CONSTRUCCION DEL TXAKOLIGUNE
ESLEIPEN PROZEDURA: LEHIAKETA IREKIA
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: CONCURSO ABIERTO
XXXX GAUZATZEKO EPEA: 24 HILABETE
PLAZO DE EJECUCIÓN: 24 MESES
AURREKONTUA: 5.500.387,39 EUROS
PRESUPUESTO: 5.500.387,39 EUROS
BEHIN-BEHINEKO XXXXXX
KONTRATUA ESLEITZEKO PREZIOAREN %2
GARANTÍA PROVISIONAL:
2% DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN
BEHIN BETIKO XXXXXX:
KONTRATUA ESLEITZEKO PREZIOAREN %4
GARANTÍA DEFINITIVA:
4% DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN
ESPEDIENTEA JENDE AURREAN JARTZEA: UDAL BULEGOETAN
EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE: DEPENDENCIAS MUNICIPALES
PROPOSAMENAK AURKEZTEKO EPEA:
40 EGUN NATURAL LIZITAZIO IRAGARKIA BIZKAIKO ALDIZKARI OFIZIALEAN ARGITARATZEN DEN EGUNAREN HURRENGOTIK AURRERA KONTATUTA
PLAZO PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: 40 XXXX NATURALES CONTADOS DESDE EL DÍA
SIGUIENTE AL DE PUBLICACIÓN DEL ANUNCIO DE LICITACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
ESLEIPEN IRIZPIDEAK:
A) PROPOSAMEN EKONOMIKOA (40 PUNTU)
B) OBRAREN AZTERLANA (35 PUNTU)
C) OBRA EGIKARITZEKO EPEA (5 PUNTU)
D) ESKAINTZAREN KALITATEA HOBETZEA (20 PUNTU)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
A) PROPUESTA ECONÓMICA ( 40 PUNTOS)
B) ESTUDIO DE LA OBRA ( 35 PUNTOS)
C) PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA ( 5 PUNTOS)
D) MEJORAS DE CALIDAD ( 20 PUNTOS)
CLÁUSULAS
1ª.- RÉGIMEN JURÍDICO:
1.- El presente contrato, considerado como de obras, según lo dispuesto en el artículo 120 del Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas, tendrá carácter administrativo y xx xxxxxx por los principios comunes a la contratación de las Administraciones Públicas y, en cualquier caso, por los del Derecho de las Comunidades Europeas relativos a la contratación administrativa.
Conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el contrato xx xxxxxx:
1º.- Por el presente Xxxxxx de Condiciones Económico-Administrativas.
2º- Por las normas sobre contratación contenidas en las disposiciones legales y reglamentarias, de Régimen Local y de Contratos de las Administraciones Públicas vigentes al celebrarse la licitación y el contrato, y durante el desarrollo xx xxxxx.
En particular serán de aplicación xx Xxx 7/1.985, de 0 xx xxxxx, xxxxxxxxxx xx las Bases de Régimen Local, el R.D. Legislativo 781/1.986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local, del Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas y, como disposiciones reglamentarias, el
R.D. 1.098/2.001, de 12 de octubre, por la que se aprueba el Reglamento de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas.
Asimismo, resultará aplicable al presente contrato, lo dispuesto en el Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado, aprobado por Decreto 3.854/1.970, de 31 de diciembre, siempre que se halle vigente, y no resulte incompatible con lo dispuesto en el presente.
3º.- Por las xxxxx normas de Derecho Administrativo.
2.- Las normas de Derecho Privado serán aplicables como Derecho supletorio para resolver las cuestiones a que puedan xxx xxxxx la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato, que no puedan ser deducidas por las disposiciones citadas en el párrafo anterior; en todo caso, la aplicación de las normas de Derecho Privado no podrá hacerse con olvido de las prerrogativas de la Administración.
3.- Salvo en las materias estrictamente técnicas, el presente Xxxxxx prevalecerá en todas sus disposiciones sobre el resto de las condiciones facultativas en su caso unidas al expediente.
2ª.- OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto directo del contrato que se adjudique mediante concurso en procedimiento abierto es la realización de las obras de CONSTRUCCIÓN DEL TXAKOLIGUNE, con arreglo al Proyecto Técnico aprobado, el cual se considerará parte del presente Xxxxxx.
3ª.- PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución de las obras a que se refiere el presente Xxxxxx será de 24 meses, contados a partir del día de la comprobación del replanteo o, en su defecto, de aquél en que se notifique al contratista la autorización de inicio de las obras.
4ª.- PRESUPUESTO -TIPO DE LICITACIÓN:
El presupuesto del contrato y tipo de la licitación asciende a la cantidad de 5.500.387,39 euros, cantidad que los licitadores podrán mejorar a la baja en sus ofertas, consignando una cantidad concreta y determinada.
En el presupuesto señalado, en las propuestas que formulen los licitadores y en xx xxxxx precisa, concreta y determinada por la que se adjudique la contrata, se entenderán siempre incluidos, a todos los efectos, no sólo los precios de la contrata, sino también las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que xxxxxx a los diversos conceptos y, en especial, el Impuesto sobre el Valor Añadido conforme a su normativa reguladora.
5ª.- XXXXXXXXXX EXPRESA DE LA EXISTENCIA DE CRÉDITO:
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el Ayuntamiento en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
6ª.- FORMA DE PAGO:
El contratista tiene derecho xx xxxxx, con arreglo a los precios convenidos, de la obra que realmente ejecute, mediante certificaciones mensuales que tomando como base las relaciones valoradas, expida el Director de la obra, y se realizará con arreglo a lo establecido en el artículo 99.4 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas.
7ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
1.- El derecho a la percepción del precio se ajustará a lo dispuesto en la cláusula sexta. 2.- Son especiales obligaciones del contratista las siguientes:
a) Ejecutar los trabajos objeto del contrato y llevarlos a cabo personalmente y con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y al proyecto que sirve de base al mismo y a las órdenes del Técnico Municipal competente, no pudiendo ceder, en todo o en parte, el contrato a otra persona sin autorización expresa de la Administración.
b) Llevar a efecto la imposición de la fianza definitiva en el plazo señalado y complementarla cuando fuese procedente.
c) Formalizar el contrato en el plazo igualmente señalado en el acto de adjudicación.
d) Notificar, en el plazo de xxxxxx xxxx, las incapacidades o incompatibilidades que hubieran podido sobrevenir.
e) Pagar todos los gastos que se originen a consecuencia de la licitación y del contrato, entre otros, a título enunciativo, los causados por anuncios en los Boletines Oficiales, en prensa, constitución de fianzas y, en su caso, formalización del contrato en escritura pública con sus copias.
f) Cumplir cuantas disposiciones xx xxxxxx vigentes en materia de Legislación Laboral, Seguridad Social, Convenios Colectivos, y todo lo comprendido en xx Xxx 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y en los Reales Decretos que la desarrollan (especialmente en lo relativo a acciones formativas para el personal y dotación de equipos de protección individual), así como en materia tributaria, quedando la Corporación Municipal y la Dirección de los trabajos totalmente liberada de cualquiera responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de aquéllas.
g) Responsabilizarse de los defectos que en la construcción puedan advertirse durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía.
h) Indemnizar todos los xxxxx que se causen al Ayuntamiento y a terceros como consecuencia de los trabajos, así como los producidos en cumplimiento de sus obligaciones.
8ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN:
1.- La inspección del contrato corresponde al Ayuntamiento a través de su personal técnico, quien podrá dictar las instrucciones necesarias al contratista para su eficaz cumplimiento, con base en las cláusulas contractuales y sin perjuicio de las superiores facultades de dirección e inspección del Alcalde.
2.- La Administración vendrá obligada xx xxxxx de las cantidades establecidas según lo dispuesto en la cláusula sexta.
9ª.- GARANTÍAS:
1.- La garantía provisional que cada uno de los licitadores xxxxxx xxxxxxxxx obligatoriamente en la Caja de la para poder participar en el concurso asciende a un importe equivalente al 2% del presupuesto del contrato.
La devolución de las garantías provisionales se efectuará una vez adjudicado el contrato, tramitándose en las mismas oficinas de la Hacienda municipal a solicitud de los interesados.
2.- El adjudicatario vendrá obligado a constituir en la Caja de la Corporación una garantía definitiva por un importe equivalente al 4% del precio de adjudicación del contrato.
El plazo para su constitución será de 15 xxxx naturales contados desde aquel en que fuese notificado el adjudicatario al efecto, y su devolución será acordada por el órgano competente una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por éste todas sus obligaciones contractuales.
3.- Las garantías podrán constituirse de cualquiera de las formas (metálico, valores públicos o privados, aval o seguro de caución) y en las condiciones permitidas por la legislación vigente.
10ª.- PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN:
El anuncio del presente concurso será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 78 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas y en la página web municipal, xxx.xxxxx.xxx, señalándose en éstos el plazo de presentación de las proposiciones.
11ª.- CAPACIDAD PARA CONCURRIR Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:
1.- Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas que xx xxxxxx en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en ninguno de los casos de prohibición de contratar señalados en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas o en otra disposición aplicable.
2.- Cuando varios empresarios estén interesados en concurrir conjuntamente a la licitación podrán constituir una unión temporal al efecto, sin que sea necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación en su favor. En este caso, los empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
3.- La presentación de ofertas por parte de los licitadores podrá realizarse:
- En ventanilla
- Por correo certificado
A fin de estudiar y preparar debidamente las proposiciones, los Pliegos de Condiciones estarán a disposición de los interesados en la página web municipal (xxx.xxxxx.xxx ).
Asimismo el expediente administrativo podrá examinarse en las dependencias municipales, durante las horas de oficina y desde la publicidad de la convocatoria hasta la fecha de la licitación.
4.- Los licitadores presentarán sus proposiciones en dos sobres cerrados, titulados de la siguiente forma: “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR CONCURSO DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DEL TXAKOLIGUNE”, que acompañarán a
la instancia general para su registro de entrada.
El SOBRE PRIMERO se subtitulará "DOCUMENTACIÓN" y en el mismo se incluirán los siguientes documentos:
1º- D.N.I. de la persona que presente la proposición, ya en nombre propio, ya en representación de otra persona, física o jurídica.
2º- Resguardo justificativo xx xxxxx constituido en la Caja de la Corporación la fianza provisional.
3º- Escritura o documento de constitución o modificación, debidamente inscrita en su caso, en el Registro Mercantil o en el correspondiente Registro Oficial.
4º- Documentación acreditativa del poder con el que actúa el firmante de la oferta, cuando éste concurra en nombre de otra persona (física o jurídica).
5º- Justificante del alta y pago del Impuesto sobre Actividades Económicas.
6º- Certificaciones expedidas por Hacienda y la Seguridad Social, acreditativas, respectivamente, del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, según lo dispuesto en los artículos 13 y siguientes R.D. 1.098/2.001, de 12 de octubre, por la que se aprueba el Reglamento de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas.
Estas certificaciones podrán ser sustituidas en la plica por una declaración expresa responsable otorgada por escrito, de estar al corriente en cuanto al cumplimiento de las citadas obligaciones; pero, en este caso, las empresas deberán presentar las referidas certificaciones en el plazo de cinco xxxx hábiles desde que xxxx requeridas por la Administración (en todo caso antes de la adjudicación del contrato).
7º- Certificado de clasificación expedido por el Ministerio de Economía y Hacienda o por el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco acreditativo de su inscripción como contratista de obras dentro del grupo C, subgrupo 2, categoría E.
grupo C, subgrupo 4, categoría E. grupo C, subgrupo 6, categoría E. grupo K, subgrupo 2, categoría E.
*Todos los documentos anteriores, deberán ser presentados en forma original o de copias auténticas o compulsadas.
**Las empresas inscritas en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma del Xxxx Xxxxx podrán sustituir la documentación requerida en los puntos 3º, 4º, 5º, 6º y 7º por el certificado acreditativo de su inscripción, en el que se acrediten tales extremos, en la forma señalada en el apartado anterior.
***Cuando varias empresas acudan a esta licitación en forma de unión temporal, cada uno de los empresarios xxxxxx acreditar su capacidad conforme se establece en los apartados anteriores. Para que sea eficaz la agrupación frente a la Administración bastará con que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Ayuntamiento
****Las empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad en la forma prevista en el artículo 23 del Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas y arts. 9 y 10 del Real Decreto 1.098/2.001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas.
***** Los licitadores no adjudicatarios podrán solicitar, una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la devolución de la documentación aportada en este sobre 1º. El adjudicatario podrá solicitarla, asimismo, una vez finalizada la ejecución del contrato y devuelta la garantía definitiva.
El SOBRE XXXXXXX xxxxxx subtitulado de la siguiente manera: "OFERTA ECONÓMICA" e incluirá:
1º.- Modelo de Proposición recogido al final del presente Xxxxxx (ANEXO), debidamente cumplimentado.
2º.- Cuantos documentos consideren necesarios para mayor conocimiento de la oferta y todos aquellos que sirvan para valorar la proposición según los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 13ª del presente Xxxxxx.
* No se admitirá ninguna proposición económica que no venga redactada conforme al modelo exigido.
** Estos documentos deberán ir necesariamente firmados por el licitador, de manera que, de no cumplirse este requisito, la Mesa de Contratación procederá de forma automática a la exclusión de la oferta, salvo que hallándose presente el proponente en el momento de su apertura proceda a firmarlos.
12ª.- MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES:
1.- La apertura de las proposiciones recibidas, que tendrá carácter público, se llevará a cabo en la Casa Consistorial del Excmo. Ayuntamiento de Bakio a las 13:00 horas del primer día hábil de la semana siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, constituyéndose la Mesa de Contratación según lo previsto en la Ordenanza Municipal reguladora de los Procedimientos de Contratación.
La Mesa de Contratación estará integrada o constituida del modo siguiente:
Presidente, que lo será el de la Corporación Municipal o miembro en quien delegue. Vocal designado por la Alcaldía.
Gerente del Ayuntamiento o Técnico en quien delegue.
Secretario-Interventor del Ayuntamiento o Técnico en quien delegue.
2.- Con carácter previo a la apertura de las proposiciones la Mesa procederá a la calificación de los documentos presentados en tiempo y forma.
Los licitadores incluirán en el sobre de documentación que presenten, todos los documentos exigidos en la cláusula anterior, no siendo admisible la remisión por los mismos al presentado para concurrir a otra licitación, aún cuando el acto de apertura de las plicas correspondientes a la misma se celebrase de forma simultánea.
Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres xxxx hábiles para que el licitador subsane el error.
Del mismo modo, se podrán solicitar los informes jurídicos o de otra índole que xxxx precisos respecto a la documentación presentada.
3.-Tras la calificación de la documentación se procederá en acto público a la apertura de los sobres relativos a las ofertas contractuales admitidas.
13ª.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO:
El concurso se resolverá de acuerdo a los siguientes criterios:
1.- Como criterios básicos a tener en cuenta para realizar la adjudicación, siempre en el contexto de las correspondientes proposiciones económicas, se valorarán las garantías que, en conjunto, tiendan a asegurar la correcta ejecución de la obra en las condiciones y plazos establecidos.
Se tendrán en cuenta tanto las garantías generales propias de la entidad o historial de la empresa o empresas licitadoras como las garantías específicas que quepa deducir de la documentación específicamente desarrollada para la oferta.
A estos efectos se subraya la importancia del estudio detallado de la obra y del realismo del Programa de Trabajos de coherencia con el personal y medios ofertados.
2.- Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación del contrato serán las siguientes:
A) PROPUESTA ECONÓMICA ( 40 PUNTOS ) 2 puntos por cada 1% de baja, hasta un máximo de 40
B) ESTUDIO DE LA OBRA: ( 35 PUNTOS ) Organización y programa de trabajo
C) PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: ( 5 PUNTOS ) 1 punto por cada mes de reducción, hasta un máximo de 5
D) MEJORAS DE CALIDAD A LA OFERTA ( 20 PUNTOS )
14ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO:
1.- La Administración tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en la cláusula anterior, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación.
2.- La adjudicación xxxxxx xxxxx en el xxxxx xxxxxx de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro del plazo señalado en el párrafo precedente los licitadores tendrán derecho a retirar su oferta.
15ª.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN:
Adjudicado el contrato, se notificará al contratista para que, dentro de los 15 xxxx naturales siguientes al de la fecha en que reciba la notificación, efectúe el depósito de la fianza definitiva en la Caja de la Corporación.
El adjudicatario queda obligado a suscribir en la fecha que señale la Corporación el correspondiente documento de formalización del contrato. Será bastante su formalización en documento administrativo. En caso de que el adjudicatario pretenda su formalización en escritura pública, los gastos de la misma xxxxx xx xx cuenta, debiendo entregar a este Ayuntamiento, primera copia, copia autorizada y una copia simple de la escritura, en el plazo de 15 xxxx desde su otorgamiento.
16ª.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
1.- Las obras no podrán comenzar hasta que, una vez que el contratista haya constituido la fianza definitiva, firme el contrato y tenga lugar la comprobación del replanteo o, en su defecto, se le notifique la autorización de inicio de las obras.
2.- El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades previstas en el artículo 95 del Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas.
3.- El contrato se entenderá aceptado por el contratista a su "riesgo y ventura", con arreglo al artículo 98 del Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas.
17ª.- PLAZO DE GARANTÍA:
A los efectos previstos en el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas se establece un plazo de garantía de UN AÑO.
18ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
Serán causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 111 del Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas para los contratos administrativos en general, así como las recogidas en el artículo 149 de la misma Ley para los contratos de obras en particular.
19ª.- REVISIÓN DE PRECIOS:
Este contrato no está sujeto a revisión de precios.
20ª.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA:
Los litigios derivados del contrato se entenderán siempre sometidos a los Tribunales competentes con jurisdicción en el lugar en el que el Ayuntamiento tiene su sede.
ANEXO
Modelo de proposición
“D./Dña. vecino/a de , con domicilio en , teléfono nº. (en su caso, fax nº. ----------------------, y Documento Nacional de Identidad nº , en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ------------------
, con domicilio en , calle –o plaza, etc...- ---------------------------------- y C.I.F/D.N.I. nº ) enterado/a del Xxxxxx x
xxxxx condiciones facultativas que han de regir la contratación por concurso en procedimiento abierto de las obras de CONSTRUCCION DEL TXAKOLIGUNE HACE CONSTAR:
I.- Que conoce el Xxxxxx de Condiciones Económico-Administrativas y xxxxx documentos obrantes en el expediente, que expresamente asume y acata en su totalidad.
II.- Que declara bajo su responsabilidad que la empresa licitadora tiene capacidad jurídica y medios suficientes para cumplir con el objeto del contrato, y no xx xxxxx comprendida en ninguno de los casos de incompatibilidad o prohibición señalados en la legislación vigente.
III.- Que se obliga al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral, tributaria y de Seguridad Social.
IV.- Que, en caso de resultar adjudicatario, realizará las citadas obras con sujeción en todo caso a los requisitos y condiciones dispuestos en el Xxxxxx aprobado, así como xx xxxxx de las condiciones facultativas fijadas en el expediente.
V.- Que se compromete, conforme a todo lo dicho, a ejecutar las obras referenciadas en la cantidad de ........................................... euros, IVA incluido, y en el plazo de...................................
En Bakio, a 27 de Xxxxx de 0000
Xx Xxxxxxxxxx Municipal El Gerente