Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023 Acuerdo Especifico No. 2
Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023 Acuerdo Especifico No. 2
CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024
Objetivo: Seleccionar a los PRST ISP para prestar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha a hogares ubicados en predios de estratos 1 y 2, ubicados tanto en la zona urbana como en la zona rural de 17 municipios de los departamentos xx Xxxxxx, Cauca, Xxxxx del Cauca, Chocó, La Guajira y del Urabá Antioqueño.
CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024
BOGOTÁ D.C., SEPTIEMBRE DE 2024
1
TABLA DE CONTENIDO
3 OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024 12
4 ALCANCE DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024 12
5 RECURSOS PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS 13
6 CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS DE LA CONVOCATORIA 14
7 INVITACIÓN A PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA 15
8 PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA 4 16
9 OBSERVACIONES A LAS CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN DE LA CONVOCATORIA 16
10 INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS 16
11 COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA 16
12.1 Documentación requerida para participar 17
13 RECOMENDACIONES PARA LOS PARTICIPANTES 20
14 RESTRICCIONES DE PARTICIPACIÓN 21
16 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN 22
17 CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA 22
17.2 Suspensión de la CONVOCATORIA 24
18 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 24
18.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA 25
18.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA 25
18.2.1 HOGARES PASADOS Y/O CUBIERTOS POR LA RED DEL PROPONENTE, CONECTADOS Y A CONECTAR EN EL MUNICIPIO PARA EL CUAL PRESENTA PROPUESTA 26
18.2.2 INFORMACIÓN DE PROPIEDAD DE LA RED DESPLEGADA EN EL MUNICIPIO Y ACUERDOS DE COMPARTICIÓN DE INFRAESTRUCTURA 26
18.2.3 KMZ CON LA TOPOLOGÍA DE RED DESPLEGADA EN EL MUNICIPIO PARA EL CUAL PRESENTA PROPUESTA 26
18.2.4 OPEX MENSUAL REQUERIDO PARA MANTENIMIENTO DE ACCESOS 27
18.2.5 FICHA TÉCNICA DEL TERMINAL DE USUARIO 27
18.2.6 PLAN DE COMERCIALIZACIÓN Y COMUNICACIÓN 27
19 TÉRMINO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS 29
20 REQUISITOS TÉCNICOS PARA TENER EN CUENTA PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA 29
21 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA 29
22 RETIRO DE LAS PROPUESTAS 30
24 CRITERIOS Y PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS A CONSIDERACIÓN DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO 31
24.1 Verificación de requisitos habilitantes del ISP que presenta propuesta a consideración del Patrimonio Autónomo 31
24.2 Criterios de evaluación técnica de los proyectos presentados a consideración del patrimonio autónomo 32
24.3 Proceso de selección de los proyectos presentados a consideración del patrimonio Autónomo. 33
25 PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN 34
27 GARANTÍAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE FOMENTO 35
29 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ISP SELECCIONADOS 36
29.1 DERECHOS DE LOS ISP SELECCIONADOS 36
29.2 OBLIGACIONES DE LOS SELECCIONADOS 37
31 ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y VERACIDAD 37
32 VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS 38
ÍNDICE DE TABLAS
TABLA 1. HOGARES A CONECTAR EN MUNICIPIOS CONTEMPLADOS EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 003 DE 2024 13
TABLA 2. CRONOGRAMA DE CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 003 DE 2024 23
1 DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica:
• Acceso a Internet: Disponibilidad de medios físicos que incluye todas las funcionalidades y recursos de red nacionales y/o internacionales necesarios para permitir a un usuario interconectarse a la red de Internet y aprovechar sus recursos y servicios. (Resolución CRC 3067 de 2011, artículo 1.8, numeral 1).
• Acuerdos de Niveles de Servicio o SLA: Se refiere a los indicadores que están descritos en el Anexo 2 del Acuerdo Específico No. 2 que, de manera diferencial para cada uno de los municipios, determinan las condiciones y la calidad del servicio que Internexa presta a los ISP Seleccionados.
• Acuerdo o contrato de compartición de infraestructura: Es el Acuerdo suscrito entre el ISP y un Proveedor de redes y/o servicios de telecomunicaciones o un operador de televisión mediante el cual el primero adquiere el derecho al acceso y uso de la infraestructura del segundo. También hacen parte de esta categoría los acuerdos con otro tipo de empresas para el acceso a, y/o a los elementos pertenecientes a las infraestructuras y redes de otros servicios susceptibles de ser compartidas para el despliegue de redes o la prestación de servicios de telecomunicaciones que hayan sido catalogadas como elegibles de conformidad con lo previsto en la Resolución 7120 de 2023 o aquellas que las modifiquen o sustituyan.
• Banda Ancha1: Según definición vigente de la Comisión de Regulación de Comunicaciones a la fecha de elaboración de este documento, para los servicios ofrecidos a partir del 1 de enero de 2019, corresponde a velocidades mínimo de 25 Mbps de bajada y 5 Mbps de subida.
• Conocimiento de partes: Documento que tiene como objetivo conocer la información general de la empresa para el cumplimiento del marco regulatorio en materia de transparencia empresarial.
• Contrato de Fomento: Se refiere al contrato suscrito entre un ISP Seleccionado y la Fiduciaria, como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo, que tiene por objeto regular las condiciones bajo las cuales se utilizará la capacidad y acceso a Internet provisto por Internexa y los ISP Seleccionados prestarán el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha a los hogares ubicados en predios de estratos 1 y 2 y cumplirán con las obligaciones que se determinen en las presentes Condiciones de Participación . El modelo de Contrato de Fomento se encuentra publicado en la página web del Ministerio TIC.
• Día: Se refiere a cualquier día hábil, esto es aquellos comprendidos entre el lunes y el viernes (ambos inclusive), sin considerar los días festivos en la República de Colombia.
1 xxxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxxx/00-xxxxx-xxxxx-xxxxx-xxxxx-xxxxx- definicion-banda- ancha-en-colombia
• Fiduciaria: Se refiere a la sociedad de servicios financieros constituida en Colombia, vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, autorizada para celebrar contratos xx xxxxxxx mercantil, que actúa como vocera del Patrimonio Autónomo.
• Fondo Único de TIC: Corresponde al Fondo único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al que se refiere la Ley 1341 de 2009.
• FO: Fibra óptica
• Gbps: Velocidad de transmisión de información en Gigabit por segundo.
• Ingeniería de Detalle: Corresponde a los estudios de ingeniería de detalle, xx xxxxxxx, socio ambientales y socio demográficos desarrollados por Internexa bajo el Acuerdo Específico No. 1 y no objetados por el Fondo Único de TIC.
• Internexa: Corresponde a Internexa S.A.
• Internet: Conjunto descentralizado de redes de comunicaciones interconectadas, que utilizan la familia de protocolos TCP/IP, lo cual garantiza que las redes físicas heterogéneas que la componen constituyan una red lógica única de alcance mundial.
• IP: Internet Protocol
• ISP: Internet Service Provider por sus siglas en inglés
• ISP Seleccionado: Corresponde a un proveedor de servicios de Internet, registrado en el Registro Único de TIC como PRST, seleccionado bajo esta Convocatoria, que ha celebrado un Contrato de Fomento con la Fiduciaria como vocera del Patrimonio Autónomo.
• Mbps: Velocidad de transmisión de información en Megabit por segundo.
• MinTIC o Ministerio TIC: Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
• Orden de Inicio: Es el documento que suscribirán Internexa y el ISP Seleccionado con el objeto de dejar constancia de las condiciones bajo las cuales Internexa brindará al ISP Seleccionado la capacidad del Red Troncal a nivel mayorista y el acceso a Internet. La Orden de Inicio deberá contener las especificaciones señaladas en el Anexo 2 y no podrá contradecir lo dispuesto en el Contrato de Fomento, en las Condiciones de Participación ni en el Acuerdo Específico No. 2. En la Orden de Inicio se dejará constancia de la fecha en que deba iniciar la provisión de la capacidad de Red Troncal mayorista y acceso a Internet por parte de Internexa.
• Patrimonio Autónomo Conectividad para Cambiar Vidas o Patrimonio Autónomo: Se refiere al Patrimonio Autónomo Conectividad para Cambiar Vidas, constituido por Internexa, de conformidad con lo previsto en
el Convenio Interadministrativo Marco, en el Acuerdo Específico No. 1 y en el Acuerdo Específico No. 2, bajo el contrato xx xxxxxxx mercantil irrevocable de administración y pagos No. 046 de 2023 celebrado entre Internexa y la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. FIDUCOLDEX, con NIT 800.178.148-8.
• Proyecto: Se refiere al conjunto compuesto, entre otras, por todas las actividades, servicios, bienes, obligaciones y derechos necesarios para la ejecución del Acuerdo Específico No. 2.
• PRST: Se refiere a un proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones, registrado como tal ante el Registro Único de TIC del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
• Red Local: Para los efectos del Acuerdo Específico No. 2 se refiere a las redes de telecomunicaciones que conectan los equipos de Internexa con los equipos de los ISP Seleccionados y a éstos últimos equipos con los usuarios finales del servicio de Internet del Proyecto.
• Red Troncal: Para los efectos del Acuerdo Específico No. 2, se refiere a la red de transporte mediante la cual se conectan diferentes municipios y a éstos con los nodos de acceso internacional a Internet.
• Remanentes: Para todos los efectos de la presente Convocatoria, el término remanentes hace referencia a la diferencia entre la meta de hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 a conectar a INTERNET fijo xx xxxxx ancha en las cabeceras municipales contempladas en las Convocatorias 001 de 2023 y 001 y 002 de 2024 y los hogares a conectar efectivamente asignados a los ISP seleccionados en las Convocatorias mencionadas.
• Repositorio de Información: Entendido como espacio centralizado donde se almacena, organiza, mantiene y difunde información digital, al que pueda acceder la persona delegada para el seguimiento por parte del Patrimonio Xxxxxxxx quien deberá tener acceso WEB permanente a la información relacionada con las etapas de planeación, implementación y operación del proyecto, para garantizar un adecuado control y seguimiento del mismo, tanto por parte del ISP como del Patrimonio Autónomo. El acceso WEB al sistema de información podrá ser a través de una plataforma de almacenamiento virtual como Dropbox, Drive, AWS, Wasabi hot cloud storage, Azure, Google Cloud Platform, SHARE POINT entre otros.
• Ubicación: Se refiere a cada uno de los municipios seleccionados para la ejecución del Proyecto a partir de la información derivada de la Ingeniería de Detalle.
2 ANTECEDENTES
La presente convocatoria tiene los siguientes antecedentes básicos:
• Ley 1341 de 2009
Artículo 2, que establece, entre otros, que la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los Derechos Humanos inherentes y la inclusión social.
Artículo 4, que establece que, en desarrollo de los principios de intervención contenidos en la Constitución Política, el Estado intervendrá en el sector las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para lograr los siguientes fines: “(…) 2. Promover el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, teniendo como fin último el servicio universal. (…) 6. Garantizar el despliegue y el uso eficiente de la infraestructura y la igualdad de oportunidades en el acceso a los recursos escasos, se buscará la expansión, y cobertura para zonas de difícil acceso, en especial beneficiando a poblaciones vulnerables. (…) 7. Promover la ampliación de la cobertura del servicio (…)”.
Artículo 17 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 13 de la Ley 1978 de 2019, que establece dentro de los objetivos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otros:
“1. Diseñar, formular, adoptar y promover las políticas, planes, programas y proyectos del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en correspondencia con la Constitución Política y la Ley, con el fin de promover la inversión y el cierre de la brecha digital, contribuir al desarrollo económico, social y político de la Nación, y elevar el bienestar de los colombianos. 2. Promover el uso y apropiación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre los ciudadanos, las empresas, el Gobierno y demás instancias nacionales como soporte del desarrollo social, económico y político de la Nación (…)”
Artículo18, que establece como funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otras: “1. Diseñar, adoptar y promover las políticas, planes, programas y proyectos del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 2. Definir, adoptar y promover las políticas, planes y programas tendientes a incrementar y facilitar el acceso de todos los habitantes del territorio nacional, a las tecnologías de la información y las comunicaciones y a sus beneficios, para lo cual debe: a) Diseñar, formular y proponer políticas, planes y programas que garanticen el acceso y la implantación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de fomentar su uso como soporte del crecimiento y aumento de la competitividad del país en los distintos sectores; b) Formular políticas, planes y programas que garanticen a través del uso de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, el acceso a mercados para el sector productivo, y el acceso equitativo a oportunidades de educación, trabajo, salud, justicia, cultura y recreación, entre otras; (…) 14. Propender por la utilización de las TIC para mejorar la competitividad del país. (…) 31. Las demás que le sean asignadas en la ley.”
Artículo 34, modificado por el artículo 21 de la Ley 1978 de 2019, que establece que el FONDO ÚNICO DE TIC es una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, dotada de personería jurídica y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que tiene por objeto, entre otros,
financiar los planes, programas y proyectos para facilitar prioritariamente el acceso universal y el servicio universal de todos los habitantes del territorio nacional a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la apropiación social y productiva de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como apoyar las actividades del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el mejoramiento de su capacidad administrativa, técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 35, modificado por el artículo 22 de la Ley 1978 de 2019, que establece como funciones del FONDO ÚNICO DE TIC, entre otras, las siguientes: “1. Financiar planes, programas y proyectos para promover prioritariamente el acceso universal a servicios TIC comunitarios en zonas rurales y urbanas, que priorice la población pobre y vulnerable. 2. Financiar planes, programas y proyectos para promover el servicio universal a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, mediante incentivos a la oferta o a la demanda en los segmentos de población pobre y vulnerable, así como zonas rurales y zonas geográficamente aisladas. (…). 6. Financiar y establecer planes, programas y proyectos que permitan masificar la apropiación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el fortalecimiento de las habilidades digitales, con prioridad para la población pobre y vulnerable. (…) 8. Apoyar económicamente las actividades del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la Agencia Nacional de Espectro, en el mejoramiento de su capacidad administrativa, técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones. (…) El Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones asignará los recursos para sus planes, programas y proyectos de manera competitiva y asegurando que se apliquen criterios de costos eficientes, de modo que se cumpla con las metas establecidas en los planes de desarrollo”.
• Ley 1978 de 2019
Artículo 3, que establece como uno de los principios orientadores de la Ley 1341 de 2009 y de la Ley 1978 de 2019, el siguiente: “1. Prioridad al acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El Estado y en general todos los agentes del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberán colaborar, dentro del marco de sus obligaciones, para priorizar el acceso y uso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la producción de bienes y servicios, en condiciones no discriminatorias en la conectividad, la educación, los contenidos y la competitividad. En el cumplimiento de este principio el Estado promoverá prioritariamente el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la población pobre y vulnerable, en zonas rurales y apartadas del país”
• Documento bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”
Este documento estableció lo siguiente: “Se requiere la democratización en acceso, uso y apropiación de las TIC para desarrollar una sociedad del conocimiento y la tecnología, consolidar la red de infraestructura regional y social y sistemas de transporte público urbanos y regionales”. Lo anterior, partiendo de una realidad que se tiene en el país y es que el 40% de los hogares no tienen acceso a Internet, y en las zonas rurales o apartadas esta cifra asciende a 71,2%. En aquellos hogares con menores ingresos el acceso a Internet es de solo el 31,5%. Por ello, propone el Gobierno nacional, una estrategia de conectividad digital que incluye llevar conectividad a las zonas que no tienen el servicio y mejorar la cobertura y calidad en aquellas donde no se cumple con los indicadores de calidad, esto, a través de diferentes tecnologías y compartición de infraestructura,
esquemas de coinversión, mecanismos técnicos y normativos que faciliten el despliegue de redes de telecomunicaciones y el fortalecimiento de ISPs locales.
• Ley 2294 de 2023, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 “Colombia potencia mundial de la vida”
Artículo 1, en el cual se establecieron como objetivos: “(…) sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestro relacionamiento con el ambiente y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza. Este proceso debe desembocar en la paz total, entendida como la búsqueda de una oportunidad para que todos podamos vivir una vida digna, basada en la justicia; es decir, en una cultura de la paz que reconoce el valor excelso de la vida en todas sus formas y que garantiza el cuidado de la casa común.”
Artículo 5, parágrafo 4, en el cual se estableció: “Los proyectos que se desarrollen en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, contribuirán a la implementación de programas estratégicos, que se financiarán bajo el principio de concurrencia xx xxxxxxx y requerirán de la articulación intersectorial y de los diferentes niveles de gobierno. Para ello, las entidades del orden nacional y territorial aunarán esfuerzos para formular y ejecutar proyectos que permitan la implementación de intervenciones públicas integrales xx xxxxxxx y largo plazo”.
Artículo 142, que establece que, “Para efectos de promover la conectividad digital como un generador de oportunidades, riqueza, igualdad y productividad, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones adelantará las siguientes medidas: 1. Llevar conectividad digital a zonas vulnerables y apartadas, y mejorar la cobertura y calidad de los servicios de telecomunicaciones, a través de diferentes tecnologías y compartición de infraestructura. 2. Hacer del Internet y de las tecnologías digitales un instrumento de transformación social. 3. Desplegar infraestructura para mejorar la conectividad digital del país con redes neutras, cables submarinos, fibra óptica, tecnología satelital, entre otras tecnologías, mediante diversos mecanismos, entre ellos la coinversión entre el Estado y los actores privados. 4. Promover la eliminación xx xxxxxxxx por parte de las entidades territoriales y/o nacionales para el despliegue de redes de telecomunicaciones. 5. Adelantar la asignación del espectro a través de esquemas y condiciones que maximicen el bienestar social y la compartición de este recurso, promoviendo su uso eficiente. 6.Fortalecer a los pequeños prestadores de los servicios de telecomunicaciones con el fin de aportar en el cierre de la brecha digital. (…)”.
• Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023 suscrito entre el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones e InterNexa S.A.
Convenio que tiene por objeto “Establecer las condiciones generales con base en las cuales LAS PARTES aunarán esfuerzos y recursos técnicos, jurídicos, físicos, administrativos y financieros para formular, estructurar, ejecutar, diseñar, implementar, articular y/u operar proyectos de iniciativa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a nivel nacional, que brinden soluciones de infraestructura y de servicios de telecomunicaciones, que mejoren la conectividad digital del país, la prestación de servicios de conectividad, el acceso y apropiación de Internet, mediante la coordinación de acciones que logren materializar proyectos en las distintas regiones, departamentos y municipios del país, a través de acuerdos específicos que definan de manera concertada LAS PARTES.”
• Acuerdo Específico No. 2 de 2023 (Contrato interadministrativo 1203 - 2023), del 17 de octubre de 2023, derivado del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023 suscrito entre el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones e InterNexa S.A.
Acuerdo cuyo objeto es: “En desarrollo del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023, constituye el objeto de este Acuerdo Específico No. 2 aunar esfuerzos y recursos técnicos, jurídicos, físicos, administrativos y financieros entre el FONDO ÚNICO DE TIC e INTERNEXA S.A. para la financiación y desarrollo del proyecto para la implementación, articulación, operación y mantenimiento de soluciones de infraestructura y servicios de telecomunicaciones sostenibles en el largo plazo que permitan, a través de los ISP Seleccionados, la conectividad xx xxxxx ancha, para los hogares ubicados en predios de estratos 1 y 2 y Comunidades Organizadas de Conectividad ubicadas en los municipios que se listan en el Anexo 1, con el objeto de mejorar la conectividad digital, la prestación de los servicios de conectividad y el acceso universal.”
NOTA: En caso de presentarse una contradicción o exista una incompatibilidad entre la información contenida en las presentes condiciones de participación, y lo establecido en las disposiciones de la normativa vigente, esta última primará en todo su sentido.
Así mismo, aquello que no se encuentre plasmado en el presente documento y frente a los vacíos que se adviertan en el mismo, serán suplidos de acuerdo con lo establecido en la normativa correspondiente.
• Convocatoria No. 001 del 8 de noviembre de 2023 – Proyectos Tipo 1
Esta convocatoria tuvo como objetivo la selección de proveedores de redes y servicios de Telecomunicaciones (PRST) que prestan el servicio de acceso a internet, para la selección de propuestas Técnicas para la conexión a INTERNET de nuevos hogares de estrato 1 y 2 que ya estén pasados por redes de acceso FTTH, en las cabeceras municipales de 36 municipios ubicados en los departamentos de Cauca, Chocó, La Guajira, Nariño, Xxxxx del Cauca y la región del Urabá Antioqueño.
En esta Convocatoria las propuestas técnicas presentadas no alcanzaron las metas de hogares a conectar vía los proyectos Tipo 1 en algunos de los municipios, es decir, quedaron unos remanentes por asignar con el objetivo de cumplir con la meta de hogares a conectar en cada uno de los 36 municipios objeto de la citada Convocatoria.
• Convocatoria No. 001 de 2024
La convocatoria No. 001 de 2024, que tuvo como alcance conectar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha, con velocidades mínimas de bajada de 25 Mbps y de subida de 5 Mbps, a hogares de estratos 1 y 2 ubicados en la cabecera municipal de 8 municipios ubicados en los departamentos de Cauca, La Guajira, Nariño y Xxxxx del Cauca, hogares que a la fecha y en los últimos seis (6) meses no hayan contado con el servicio de Internet fijo en su domicilio, con el fin de avanzar en el cumplimiento de la meta del actual gobierno, de conectar a Internet el 85% de los hogares de estratos 1 y 2.
• Convocatoria No. 002 de 2024
La convocatoria No. 002 de 2024, que tuvo como alcance conectar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha, con velocidades mínimas de bajada de 25 Mbps y de subida de 5 Mbps, a hogares de estratos 1 y 2 ubicados en la cabecera municipal de 22 municipios ubicados en los departamentos de Cauca, Chocó, La Guajira, Nariño y Xxxxx del Cauca, hogares que a la fecha y en los últimos seis (6) meses no hayan contado con el servicio de Internet fijo en su domicilio, con el fin de avanzar en el cumplimiento de la meta del actual gobierno, de conectar a Internet el 85% de los hogares de estratos 1 y 2.
3 OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024
Seleccionar a PRST Prestadores de Servicios de Valor agregado ISP para recibir a través de Internexa, la capacidad de Red Troncal y acceso a Internet a nivel mayorista y conectar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha, con velocidades mínimas de bajada de 25 Mbps y de subida de 5 Mbps, a hogares remanentes ubicados en predios de estratos 1 y 2, ubicados tanto en la zona urbana como en la zona rural de 17 municipios de los departamentos xx Xxxxxx, Cauca, Xxxxx del Cauca, Chocó, La Guajira y del Urabá Antioqueño, que a la fecha y en los últimos 6 meses no hayan contado con el servicio de Internet fijo en su domicilio, con el fin de avanzar en el cumplimiento de la meta del actual gobierno, de conectar a Internet el 85% de los hogares de estratos 1 y 2.
4 ALCANCE DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024
Específicamente esta convocatoria tiene como alcance conectar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha, con velocidades mínimas de bajada de 25 Mbps y de subida de 5 Mbps, a hogares ubicados en predios de estratos 1 y 2 ubicados tanto en la zona urbana como en la zona rural de 17 municipios de los departamentos xx Xxxxxx, Cauca, Xxxxx del Cauca , Chocó, La Guajira y del Urabá Antioqueño, hogares que a la fecha y en los últimos 6 meses no hayan contado con el servicio de Internet fijo en su domicilio, con el fin de avanzar en el cumplimiento de la meta del actual gobierno, de conectar a Internet el 85% de los hogares de estratos 1 y 2.
Para ello, la Fiduciaria, como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo celebrará con los ISP Seleccionados un Contrato de Fomento, de acuerdo con el modelo contenido en la página web del Ministerio TIC, para esta Convocatoria.
En la siguiente tabla se muestra la cantidad de hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2, nuevos a conectar por municipio para lograr el cumplimiento de la meta del 85% de hogares conectados con internet fijo. Estas cantidades corresponden a los remanentes de la Convocatoria No. 001 del 8 de noviembre de 2023 y de las Convocatorias 001 y 002 de 2024
Departamento (Hogares a conectar) | Municipio | HOGARES A CONECTAR |
Antioquia | Turbo | 2.351 |
Cauca | Piendamó - Tunía | 2.318 |
Xxxxxxx | 542 | |
Xxxxx del Cauca | Xxxxxxxxxxxx | 14.139 |
Chocó | Quibdó | 6.265 |
El Xxxxxx de Atrato | 571 | |
La Guajira | Urumita | 2.150 |
La Jagua xxx Xxxxx | 560 | |
Maicao | 893 | |
Nariño | Albán | 340 |
Xxxxx | 693 | |
Colón | 109 | |
El Tablón xx Xxxxx | 62 | |
El Tambo | 276 | |
San Xxxxxxxx | 279 | |
San Xxxxx | 519 | |
Yacuanquer | 428 | |
TOTAL | 32.495 |
Tabla 1. HOGARES A CONECTAR EN MUNICIPIOS CONTEMPLADOS EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 003 DE 2024
5 RECURSOS PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS
Los recursos para la financiación de los proyectos de esta Convocatoria se encuentran respaldados por la ficha BPIN No. 2018011000601 AMPLIACIÓN PROGRAMA DE TELECOMUNICACIONES SOCIALES NACIONAL
del FONDO ÚNICO DE TIC, con el CDP No. 173123 del 12 de octubre de 2023, expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Presupuesto del Ministerio.
Nota: Los recursos aquí señalados se encuentran en el Patrimonio Autónomo Conectividad para cambiar Vidas, los cuales están administrados por la Fiduciaria, de acuerdo con el CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL IRREVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN Y PAGOS No. 046 de 2023 CELEBRADO ENTRE LA FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. FIDUCOLDEX E INTERNEXA S.A.
6 CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS DE LA CONVOCATORIA
Los PRST ISP, que deseen participar en la presente Convocatoria, deberán presentar Propuestas Técnicas para el desarrollo de proyectos en los que se reciba a través de Internexa, la capacidad de Red Troncal y acceso a Internet a nivel mayorista y se provea conexión a INTERNET de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 que ya estén pasados y/o cubiertos por redes de acceso, proyectos que tienen las siguientes características:
⮚ Cobertura de redes de acceso, con hogares pasados y/o cubiertos por redes de acceso, sin conectar, en las cuales se busca aumentar la cantidad de nuevos hogares conectados ubicados en predios de estrato 1 y 2, tanto en la zona urbana como rural de los municipios contemplados en la convocatoria.
⮚ La capacidad de transporte en la red troncal y la conectividad IP será suministrada por el Patrimonio Autónomo a una tarifa social de Cop$0 pesos; dicha conectividad IP será provista por InterNexa.
⮚ La capacidad de transporte en la red troncal y la conectividad IP suministrada por el Patrimonio Autónomo a una tarifa social de Cop$0 pesos, provista por InterNexa, sólo podrá ser utilizada por el ISP Seleccionado, para la entrega de servicios de internet a nuevos hogares ubicados en predios de estratos 1 y 2, tanto en la zona urbana como rural de los municipios contemplados en la convocatoria, por un tiempo de hasta 20 meses, en todo caso no podrá superar el 31 de julio de 2026
⮚ El Patrimonio Autónomo suministrará al ISP Seleccionado el CAPEX requerido para conectar la cantidad de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2, a su red, tanto en la zona urbana como rural de los municipios objeto de esta convocatoria, por un valor máximo de $150.000 por equipo de cliente (CPE), incluido IVA. Se aclara que el ISP podrá utilizar un CPE de características iguales o superiores a las mínimas exigidas en esta convocatoria, con mayores prestaciones y de mayor costo, pero el Patrimonio Autónomo solo reconocerá la suma ya mencionada por CPE. El Patrimonio Autónomo reconocerá al ISP el valor de los CPE conectados mes a mes.
⮚ El Patrimonio Autónomo suministrará al ISP Seleccionado el CAPEX y el OPEX requerido para la instalación de la cantidad de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2, tanto en la zona urbana como rural de los municipios objeto de esta convocatoria, por un valor de $200.000, incluido IVA, por una única vez y por cada hogar instalado y puesto en servicio. El Patrimonio Autónomo reconocerá al ISP este valor de instalación y puesta en servicio con cortes mensuales, este valor se pagará al ISP conjuntamente con el valor reconocido por el CPE.
⮚ El Patrimonio Xxxxxxxx suministrará al ISP Seleccionado el OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 en los municipios objeto de esta convocatoria, hasta por 20 meses,sin que se supere el plazo de 31 de julio de 2026,por un valor que puede oscilar entre COP$1.900 y COP$3.069 incluido IVA, el cual dependerá de lo que se incluya en la propuesta presentada por el ISP Seleccionado, por mes por cada hogar en servicio, durante el tiempo que el hogar se encuentre en servicio. El Patrimonio Autónomo reconocerá al ISP Seleccionado este valor de mantenimiento con cortes mensuales.
El valor que finalmente se reconozca por este concepto a los ISP Seleccionados, en cada municipio, será el que hayan consignado en su propuesta, tomando en consideración que el Patrimonio Autónomo de acuerdo con el proceso de selección establecido en el numeral 23.3 de estas condiciones, seleccionará al ISP que requiera el reconocimiento de un menor valor por OPEX para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2.
Nota: Este valor estará vigente para el año 2024 y se incrementará a partir de 2025, en enero de cada año, con el IPC determinado para el año anterior.
⮚ El ISP sólo podrá facturar a los nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 tanto en la zona urbana como en la zona rural de los municipios objeto de esta convocatoria, que se beneficien del proyecto, durante el período de ejecución del mismo, una tarifa social máxima por mes de COP$ 26.400, sin importar si se trata de un hogar ubicado en predios de estrato 1 o estrato 2.
Esta tarifa estará vigente hasta diciembre de 2024 y se incrementará posteriormente a partir de enero del 2025, en enero de cada año, con el IPC determinado para el año anterior.
⮚ El ISP Seleccionado se obliga a garantizar que los anteriores beneficios sólo se brindarán a nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 tanto en la zona urbana como en la zona rural de los municipios objeto de esta convocatoria.
Las acciones que se desarrollen a través de la presente Convocatoria están orientadas a:
a) Promover el acceso a Internet como un servicio público de telecomunicaciones de carácter esencial, con el fin de propender por la universalidad para garantizar y asegurar la prestación del servicio de manera eficiente y continua, permitiendo la conectividad de todos los habitantes del territorio nacional, en especial de la población que, en razón a su condición social, étnica o geográfica, se encuentren en situación de vulnerabilidad en zonas urbanas, rurales y apartadas.
b) Incrementar la penetración del servicio de Internet fijo en hogares que atiendan a la focalización requerida por MINTIC, en las regiones que integran la convocatoria, mediante estímulos orientados a superar barreras de acceso y asequibilidad.
c) Promover el fortalecimiento de los Proveedores de Servicios de Internet (ISP) en la industria TIC nacional, en zonas priorizadas dentro del marco estratégico del MINTIC.
7 INVITACIÓN A PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA
El Patrimonio Xxxxxxxx invita a los proveedores de redes y servicios de Telecomunicaciones (PRST), que prestan el servicio de acceso a Internet, a participar en la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024, presentando Propuestas Técnicas, costo eficientes, tendientes a ampliar el acceso a internet fijo xx xxxxx ancha en zonas con alta brecha digital, dirigidas específicamente a hogares ubicados en predios de estratos 1 y 2 tanto en la zona urbana como en la zona rural de los municipios objeto de esta convocatoria, que ya estén pasados y/o cubiertos por redes de acceso de cualquier tecnología y que a la fecha y en los últimos 6 meses no hayan contado con servicio de internet, ubicados en los municipios objeto de esta convocatoria de los departamentos xx Xxxxxx, Cauca, Xxxxx del Cauca , Chocó, La Guajira y del Urabá Antioqueño y en las cantidades que se muestran en la Tabla No.1 del presente documento.
8 PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA
La Convocatoria y todos los documentos anexos establecidos en el presente documento que conforman las Condiciones de Participación, así como los demás que hagan parte integral de la misma, serán publicados en la página web de MINTIC de acuerdo con el cronograma establecido en el presente documento. Los participantes y demás interesados tienen la responsabilidad de verificar en la página web de MINTIC y en el enlace xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxx.xxxx, la publicación de los diferentes documentos que hagan parte integral de la Convocatoria.
9 OBSERVACIONES A LAS CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Todas las peticiones, consultas, observaciones y/o aclaraciones por parte de los interesados o participantes deberán presentarse por escrito y enviarse únicamente al correo electrónico dispuesto, esto es, xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx como canal de comunicación destinado exclusivamente al presente proceso.
El Patrimonio Autónomo atenderá las consultas que se presenten por escrito y en los términos señalados en el presente documento y dará respuesta por escrito al peticionario, de acuerdo con la información de notificaciones proporcionada por el mismo en su propuesta y en el término dispuesto en la ley.
10 INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
El Patrimonio Autónomo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 850 de 2003, invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social sobre la convocatoria, a que presenten las recomendaciones que consideren, y a que consulten los documentos en la página web de MINTIC xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxxxxxxxx-000000.xxxx.
11 COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA
Los costos y gastos en que incurran los interesados con ocasión del análisis de los documentos de la convocatoria, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las propuestas, y cualquier otro costo o gasto relacionado con su participación, estarán exclusivamente a cargo de los interesados y/o participantes.
12 REQUISITOS HABILITANTES
Los PRST Prestador de Servicios de Valor agregado ISP que deseen participar en la presente convocatoria, deberán cumplir la totalidad de los siguientes requisitos habilitantes, a la fecha de la apertura de la presente convocatoria:
A. Estar registrado en MINTIC (RTIC vigente) como un PRST Prestador de Servicios de Valor agregado ISP.
B. Dentro del objeto social tener contemplada la actividad de prestación de servicios de telecomunicaciones.
C. Encontrarse al día con sus obligaciones para con el Fondo Único de TIC / MinTIC, de acuerdo con las normas aplicables.
D. Tener registro mercantil vigente en la Cámara de Comercio.
E. El Representante legal debe estar debidamente facultado para presentar la propuesta, así como firmar el contrato que eventualmente resulte de la convocatoria.
F. Cumplimiento de las normas generales y particulares aplicables a la prevención xxx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo (Consulta SARLAFT)
G. No estar incurso en causales de inhabilidad o incompatibilidad
12.1 Documentación requerida para participar
• Carta de presentación de la solicitud de participación (Anexo No. 1). La carta de presentación de solicitud de participación deberá estar suscrita por el representante legal del PRST proponente.
En esta carta se deben relacionar los documentos que se anexan, señalar el domicilio principal (dirección física del proponente) y del correo electrónico para el cual autorizan expresamente cualquier notificación y/o comunicación, la manifestación de aceptación y cumplimiento de todas las especificaciones y condiciones técnicas y las demás consignadas en el presente documento, sin condicionamiento alguno, y la manifestación expresa de no encontrarse incurso en prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y la Ley.
En el evento en que el representante legal tenga alguna limitación, deberá adjuntar copia del acta o documento en el que conste la autorización del órgano societario competente para participar de la convocatoria.
• Acreditar su existencia y representación legal a través del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con fecha de expedición no superior a 90 días, contados a partir de la publicación del borrador de las condiciones de la presente convocatoria, en el cual deberá constar su existencia, objeto, duración y nombre de su representante legal o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades. El Comité verificará dicha información.
En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio se haga la remisión a los estatutos de la persona jurídica para establecer alguna de las limitaciones a las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de dichos estatutos.
Acreditar que el término de duración de la persona jurídica no es inferior al plazo de ejecución del contrato de fomento y un (1) año más. En el caso que el proponente haya tomado, parcial o totalmente, en arriendo la red con la cual presta el servicio de conectividad a Internet deberá acreditar que la duración del contrato de arrendamiento no es inferior al plazo de ejecución del contrato de fomento y un año más.
Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la suscripción del contrato de fomento.
• Acreditar que su objeto social se encuentra directamente relacionado con el objeto de la presente Convocatoria (mencionado anteriormente), de manera que le permita a la persona jurídica celebrar y ejecutar el contrato de fomento, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
• Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal o representantes legales, cuando corresponda.
• Conocimiento de partes, Documento tiene como objetivo conocer la información general de la empresa para el cumplimiento del marco regulatorio en materia de transparencia empresarial.
• Identificación tributaria – Registro Único Tributario – RUT de la persona jurídica participante.
• Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación, el cual contiene las anotaciones e inhabilidades generadas por sanciones penales, disciplinarias, inhabilidades que se deriven de las relaciones contractuales con el Estado, de los fallos con responsabilidad fiscal, de las decisiones de pérdida de investidura y de las condenas proferidas contra servidores, ex servidores públicos y particulares que desempeñen funciones públicas en ejercicio de la acción de repetición o llamamiento en garantía. El participante deberá adjuntar el certificado de la persona natural representante legal o representantes legales y de la persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendario anteriores a la fecha de publicación del aviso de apertura de la convocatoria; de encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta.
• Certificado de antecedentes judiciales del representante legal (o representantes legales) De encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta de conformidad con lo dispuesto en las causales de rechazo
• El participante deberá adjuntar el certificado Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República de la persona natural representante legal (o representantes legales) y de la persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendario anteriores la fecha de publicación del aviso de apertura de la convocatoria. De encontrarse reportados se procederá al rechazo de la propuesta de conformidad con lo dispuesto en las causales de rechazo. Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República. El participante deberá adjuntar el certificado de la persona natural representante legal o representantes legales y de la persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendario anteriores a la fecha de publicación del aviso de apertura de la convocatoria; de encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la
propuesta.Certificado de antecedentes judiciales del representante legal (o representantes legales) De encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta de conformidad con lo dispuesto en las causales de rechazo.
• Certificado de antecedentes judiciales del o los representantes legales
• Consulta en el Registro Nacional de Medidas Correctivas del representante legal (o representantes legales) De encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta de conformidad con lo dispuesto en las causales de rechazo.
• Compromiso Anticorrupción debidamente diligenciado y firmado por el representante legal o apoderado debidamente acreditado y facultado (Anexo No. 3). Autorización expresa de recolección y tratamientos de datos personales. (Anexo 2)
• Garantía de seriedad de la propuesta.
• Copia del reporte de información del II trimestre de 2024, presentado a la CRC y a MINTIC, de acuerdo con el Formato T.1.3 de la Resolución 6333 del 15 de Julio de 2021, en el cual se evidencie la cantidad de líneas o accesos (hogares conectados). La información reportada será verificada con la información efectivamente registrada en la Plataforma HECCA de COLOMBIATIC correspondiente al II Trimestre de 2024, antes de la apertura de la presente Convocatoria.
• En caso de que la red mediante la cual el ISP presta el servicio de acceso a INTERNET sea de propiedad del ISP que presenta la propuesta a esta Convocatoria, se debe presentar acuerdo o contrato para la utilización de la ductería y/o posteria de la empresa de energía o de telecomunicaciones o de cualquiera otra empresa o entidad con la cual tiene acuerdo o contrato para la utilización de la infraestructura (postes, ductos, etc.), como soporte a la red desplegada tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio objeto de la propuesta, acompañado de las facturas por el uso de la infraestructura pagadas hasta la fecha de apertura de esta convocatoria.
• En caso de que la red mediante la cual el ISP presta el servicio de acceso a INTERNET sea de propiedad de terceros, se debe anexar el acuerdo o contrato para el uso de la red, suscrito con anterioridad a la apertura de esta convocatoria y deberá acreditar que la duración del contrato de arrendamiento no es inferior al plazo de ejecución del contrato de fomento y un año más. Adicionalmente, se debe presentar acuerdo o contrato para la utilización de la ductería y/o posteria de la empresa de energía o de telecomunicaciones o de cualquiera otra empresa o entidad con la cual tiene acuerdo o contrato para la utilización de la infraestructura (postes, ductos, etc.) , como soporte a la red desplegada tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio objeto de la propuesta, acompañado de las facturas por el uso de la infraestructura pagadas hasta la fecha de apertura de esta convocatoria.
• En caso de que el proponente sea un proponente plural, se debe presentar el Documento de conformación de Proponentes Plurales. Todos los integrantes del Proponente Plural deberán ser PSRT
Prestador de Servicios de Valor agregado ISP y cumplir con los requisitos previstos en estas Condiciones de Participación.
El documento de conformación de proponentes plurales debe estar firmado por el representante legal o apoderado de cada uno de los integrantes y debe:
A. Acreditar la existencia del proponente plural y clasificarlo en Unión Temporal o en Consorcio.
B. En este documento los integrantes deben expresar su intención de conformar el proponente plural y precisar al menos (i) integrantes y porcentaje de participación; (ii) denominación; (ii) tipo de proponente plural; (iii) objeto; (iv) duración; (v) representante y facultades; (vi) aceptación del representante; (vii) domicilio y (viii) datos de contacto.
C. Acreditar el nombramiento de un representante cuya designación deberá quedar definida en el acuerdo de conformación de proponente plural, de los PRST ISP asociados. Estos tendrán facultades suficientes para la representación sin limitaciones de los integrantes, en todos los aspectos que se requieran para presentar la oferta, suscribir y ejecutar el contrato.
D. Aportar copia del documento de identificación del representante del proponente plural.
E. Acreditar que la vigencia del proponente plural no sea inferior a la del plazo del Contrato de Fomento y un año adicional.
F. El proponente plural debe señalar expresamente cuál es el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes. La sumatoria de este porcentaje no podrá ser diferente al 100
%.
G. Después de presentada la oferta no podrán modificarse los porcentajes de participación sin el consentimiento previo del Patrimonio Autónomo.
13 RECOMENDACIONES PARA LOS PARTICIPANTES
Previo a presentar su propuesta en la Convocatoria, los PRST Prestador de Servicios de Valor agregado ISP deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
⮚ Xxxx cuidadosamente los términos de la convocatoria.
⮚ Verificar que el participante cumple las condiciones y reúne los requisitos señalados en el presente documento.
⮚ Diligenciar cada uno de los anexos, aportando la documentación que sea requerida, según el caso, los demás documentos aportados que no correspondan a los requeridos por las condiciones de participación no serán tenidos en cuenta en el proceso. (No modifique los anexos, no adicione logos y no incluya imágenes).
⮚ Verificar que no esté incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para presentar la propuesta de acuerdo con aquellas establecidas en la Constitución Política y la ley.
⮚ La presentación de la propuesta indica igualmente que el interesado está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto del presente proceso de selección y que ha tenido en cuenta todo lo anterior, para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
⮚ Tener en cuenta los plazos establecidos en el cronograma para el desarrollo de la convocatoria. Esta información estará disponible en la página web del MinTIC en el siguiente enlace xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxx.xxxx
El Patrimonio Autónomo se reserva la facultad de enviar la correspondencia y/o requerimientos que considere necesarios al correo electrónico autorizado por el participante en la convocatoria y gestionará lo pertinente a la presente convocatoria a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
14 RESTRICCIONES DE PARTICIPACIÓN
La convocatoria está dirigida exclusivamente a PRST Prestador de Servicios de Valor agregado ISP, y, por tanto, solo podrán presentarse quienes tengan tal condición.
No podrán participar en las convocatorias:
• Las personas jurídicas, y/o sus representantes legales que se encuentren inhabilitados o presenten algún impedimento conforme con las causales contenidas en la Constitución Política y la ley.
• Las personas jurídicas que no se encuentren al día en sus obligaciones con el Fondo Único de TIC / MinTIC
• Compañías, empresas u organizaciones extranjeras.
• Establecimientos de comercio.
• Cuando la solicitud de participación sea presentada por una persona natural a título personal y/o no acredite su condición de actuar como representante legal de alguno de los participantes.
• Los PRST ISP que hayan sido seleccionados en cualquiera de las Convocatorias realizadas previamente por el Patrimonio Autónomo y no hayan suscrito el Contrato de Fomento o no hayan presentado las garantías para amparar la ejecución del Contrato de Fomento.
15 PROTECCIÓN DE DATOS
Diligenciando el ANEXO No. 2 Autorización de recolección, tratamiento y protección de datos los participantes autorizan al Patrimonio Autónomo de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca para realizar la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, intercambio y, en general, el tratamiento de la información contenida en la propuesta presentada y de los datos personales. Esta información es y será utilizada únicamente en el desarrollo de las funciones propias del Patrimonio autónomo y no será utilizada en beneficio de personas naturales o de terceros, siempre y cuando el participante lo autorice de manera expresa.
No obstante, los participantes deberán tener en cuenta que los datos personales que se encuentren en fuentes de acceso público, con independencia del medio por el cual se tenga acceso, entendiéndose por tales aquellos datos o bases de datos que se encuentren a disposición del público, pueden ser tratados por cualquier persona siempre y cuando, por su naturaleza, sean datos públicos, por tanto, la autorización no será necesaria.
16 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
En todas las actuaciones descritas en el presente documento, los participantes deberán obrar con la transparencia y la moralidad consagradas en la Constitución Política y la ley.
Para el efecto, cada participante deberá, cada uno de ellos, suscribir y presentar, junto con la solicitud de
participación, el Anexo denominado “COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN”.
En el caso que el Patrimonio autónomo advierta hechos constitutivos de corrupción de un participante de acuerdo con la legislación vigente, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
Cualquier irregularidad de la que tenga conocimiento el Patrimonio Autónomo, dentro de las actuaciones realizadas por los funcionarios públicos del MinTIC y de Internexa, con ocasión del trámite de la convocatoria, deberá ser informada de inmediato al Grupo de Control Interno Disciplinario del MinTIC e Internexa para lo de su competencia. En el evento de conocerse casos especiales que pudieran constituir actos de corrupción, el Grupo de Control Interno Disciplinario del MinTIC y de Internexa o el colaborador que tenga conocimiento del asunto, deberá reportar el hecho del cual tenga conocimiento a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, la línea gratis de atención desde cualquier lugar del país: 01 8000 913 040, a la Fiscalía General de la Nación y a cualquier entidad competente, según sea el caso.
17 CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA
El cronograma establecido para la presente CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024 se presenta a continuación:
CRONOGRAMA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024 | ||
Actividad | Fecha | Lugar |
Publicación borrador condiciones de participación | 18 de septiembre de 2024 | Micrositio página Web MINTIC: xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx- para-cambiar-vidas/835/w3-channel.html |
Presentación de observaciones al borrador de condiciones de participación | Del 19 de septiembre de 2024 hasta las 11:59 PM del 25 de septiembre |
CRONOGRAMA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024 | ||
Actividad | Fecha | Lugar |
Publicación respuestas a observaciones | 4 de octubre de 2024 | Micrositio página Web MINTIC: xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx- para-cambiar-vidas/835/w3-channel.html |
Apertura de la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024 y publicación de las condiciones definitivas de participación | 4 de octubre de 2024 | Micrositio página Web MINTIC: xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx- para-cambiar-vidas/835/w3-channel.html |
Publicación de adendas al documento definitivo de condiciones de participación (Sin perjuicio de poder modificar el cronograma) | Hasta el 10 de octubre de 2024 | Micrositio página Web MINTIC: xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx- para-cambiar-vidas/835/w3-channel.html |
Presentación de propuestas | Desde el 11 de octubre de 2024 hasta las 11:59 PM del 18 de octubre de 2024 | |
Proceso de evaluación de propuestas presentadas en tiempo | Del 21 de octubre de 2024 hasta el 30 de octubre | |
Publicación del informe de evaluación preliminar de las propuestas presentadas en tiempo | 30 de octubre de 2024 | Micrositio página Web MINTIC: xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx- para-cambiar-vidas/835/w3-channel.html |
Presentación de observaciones al informe preliminar de evaluación y atención de requerimientos de aclaración y subsanación. | Del 31de octubre de 2024 hasta las 11:59 PM del 8 de noviembre de 2024 | |
Publicación respuesta a observaciones al informe de evaluación preliminar y publicación del informe final de evaluación | 18 de noviembre de 2024 | Micrositio página Web MINTIC: xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx- para-cambiar-vidas/835/w3-channel.html |
Publicación listado definitivo de los ISP - propuestas seleccionadas | 18 de noviembre de 2024 | Micrositio página Web MINTIC: xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx- para-cambiar-vidas/835/w3-channel.html |
TABLA 2. CRONOGRAMA DE CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 003 DE 2024
17.1 Modificaciones
El presente documento y su cronograma podrán ser modificados a través de adendas, en términos de necesidad y conveniencia para el desarrollo adecuado de la convocatoria, las cuales serán publicadas en la página web del Ministerio TIC, en los siguientes enlaces:
xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxx.xxxx
17.2 Suspensión de la Convocatoria
El Patrimonio Xxxxxxxx podrá en cualquier momento suspender la presente CONVOCATORIA en el evento en que su desarrollo se vea afectado o impedido por circunstancias ajenas al Ministerio TIC, Internexa o, al Patrimonio Autónomo, por hechos por fuerza mayor, caso fortuito o por razones de conveniencia e interés público.
El Patrimonio Xxxxxxxx no aceptará solicitudes de revisión previa a la presentación de las propuestas, con el fin de verificar el cumplimiento de requisitos generales o específicos de participación.
18 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Los PRST ISP interesados en participar en la presente Convocatoria deberán enviar su propuesta de forma digital al correo: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx con copia a xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx,dispuesto por el Patrimonio Autónomo. Cada participante deberá seguir las indicaciones previstas en el anexo técnico y en las condiciones de participación.
Una vez recibida la propuesta se le asignará un número de radicado.
Al día siguiente de vencerse el plazo para presentar las propuestas, el Patrimonio Autónomo dará a conocer al público un acta con la relación de las propuestas presentadas, a través del micrositio dispuesto para el efecto en la página web del Ministerio.
Las propuestas que se presenten después del plazo establecido para su recepción serán consideradas como extemporáneas, las cuales no se tendrán en cuenta y serán objeto de rechazo.
El participante debe validar y verificar los archivos antes de enviarlos. Si un archivo no se puede abrir o no es legible, se dejará constancia y el Patrimonio autónomo procederá a requerirlo inmediatamente para que lo xxxxxxx antes del vencimiento del plazo para la presentación de la propuesta, a través del correo electrónico ingresado en su propuesta o mediante aviso en el micrositio de la convocatoria.
Si el interesado no remite el archivo legible o no es posible acceder a su contenido, antes del vencimiento del plazo para la presentación de la propuesta, se entenderá como no presentado.
La carta de presentación debe ser firmada por el representante legal del participante. En la carta de presentación de la propuesta se relacionarán los documentos que se anexan, se señalará la dirección de correo electrónico donde recibirá cualquier comunicación, el municipio donde se prestará el servicio, la manifestación de aceptación de las condiciones consignadas en las presentes Condiciones de Participación sin condicionamiento alguno y su voluntad de cumplir con las demás especificaciones y condiciones técnicas para ser seleccionado así como la manifestación expresa de no encontrarse incurso en prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para la prestación del servicio.
De igual manera, el participante deberá manifestar que, en todas las actuaciones derivadas de los términos de la presente convocatoria, obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
La propuesta del PRST ISP debe presentarse así:
1. Carta de presentación de la propuesta y documentación requerida del ISP, y garantía de seriedad de la propuesta.
2. Propuesta técnica.
18.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
El PRST ISP que desee participar en la presente CONVOCATORIA, deberá presentar un archivo, marcado como Carta de presentación y documentación requerida del ISP, con la totalidad de la documentación requerida en el numeral 12.1 de este documento, siguiendo el orden estricto de este numeral, con el fin de facilitar su verificación. Adicionalmente se recomienda tomar en cuenta las recomendaciones del numeral 13 de este documento.
18.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Aunque el PRST ISP podrá presentar proyectos para más de un municipio, el PRST ISP deberá presentar por separado una Propuesta Técnica para cada municipio en el que desee participar, según el Anexo No 6 Propuesta Técnica.
La Propuesta Técnica por municipio presentada a consideración del Patrimonio Autónomo deberá incluir el planteamiento y desarrollo de la totalidad de los siguientes aspectos, numeral por numeral, respetando el orden previsto, así:
18.2.1 HOGARES PASADOS Y/O CUBIERTOS POR LA RED DEL PROPONENTE, CONECTADOS Y A CONECTAR EN EL MUNICIPIO PARA EL CUAL PRESENTA PROPUESTA
En este numeral el ISP debe diligenciar la Tabla No. 1 del Anexo 6 Propuesta Técnica, con la siguiente información:
• Hogares pasados y/o cubiertos y el tipo de tecnología; ubicados tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio, discriminando hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2
• Cantidad de Hogares actualmente conectados por el proponente y tipo de tecnología, tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio, discriminando hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2
• Cantidad de Hogares que el ISP propone conectar al servicio de internet fijo xx xxxxx ancha, con una velocidad de bajada de 25 Mbps y una velocidad de subida de 5 Mbps y tipo de tecnología tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio, discriminando hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2.
18.2.2 INFORMACIÓN DE PROPIEDAD DE LA RED DESPLEGADA EN EL MUNICIPIO Y ACUERDOS DE COMPARTICIÓN DE INFRAESTRUCTURA
En este numeral, el ISP debe informar en el Anexo 6 Propuesta Técnica, de que empresa es la propiedad de la red que se encuentra desplegada, mediante la cual presta el servicio de acceso a INTERNET, y mediante la cual propone conectar nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 y el nombre de la empresa de energía o de telecomunicaciones con la cual tiene acuerdo o contrato para la utilización de la infraestructura (postes, ductos, etc.) como soporte a la red desplegada.
Se debe anexar al Anexo 6 Propuesta Técnica, en caso de que la red sea de propiedad de terceros, el acuerdo o contrato para el uso de la red, suscrito con anterioridad a la apertura de esta convocatoria y deberá acreditar que la duración del contrato de arrendamiento no es inferior al plazo de ejecución del contrato de fomento y un año más. Adicionalmente, se debe presentar acuerdo o contrato para la utilización de la ductería y/o posteria del sector eléctrico o de telecomunicaciones, como soporte a la red desplegada tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio objeto de la propuesta, acompañado de las facturas por el uso de la infraestructura pagadas hasta la fecha de apertura de esta convocatoria.
18.2.3 KMZ CON LA TOPOLOGÍA DE RED DESPLEGADA EN EL MUNICIPIO PARA EL CUAL PRESENTA PROPUESTA
En este numeral del Anexo 6 – Propuesta Técnica, el ISP debe anexar el KMZ de la red desplegada en el municipio para el cual presenta propuesta, el cual debe contener mínimo las siguientes capas:
A. Capa de trazado de la red primaria, con la información en kilómetros y/o área de cobertura (km2) en el caso de redes inalámbricas. En esta capa se deben diferenciar las tecnologías utilizadas.
B. Capa de trazado de la red secundaria o ramales, con la información en kilómetros o del área de cobertura en el caso de redes inalámbricas y la ubicación de las cajas NAP en caso de redes FTTH, nodos zonales en caso de redes hibridas, nodos de transmisión en caso de redes inalámbricas, según tecnología de red utilizada. En esta capa o subcapas se deben:
▪ Identificar claramente las manzanas y/o veredas con los predios pasados y/o cubiertos por la red, diferenciando tecnología de red utilizada.
▪ Identificar claramente los hogares ubicados en predios conectados con la red, diferenciando los hogares ubicados en predios de estrato 1 y estrato 2, diferenciando tecnología de red utilizada
▪ Identificar claramente los hogares que propone conectar diferenciando los hogares ubicados en predios de estrato 1 y estrato 2 según tecnología de red utilizada.
NOTA: Por favor utilizar diferentes convenciones y/o colores para diferenciar las diferentes capas
18.2.4 OPEX MENSUAL REQUERIDO PARA MANTENIMIENTO DE ACCESOS
En este numeral el ISP debe Indicar el OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio, hasta por 20 meses, por un valor que puede oscilar entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA, por mes por cada hogar en servicio, durante el tiempo que el hogar se encuentre en servicio, en todo caso no podrá superar el 31 de julio de 2026,
Se debe indicar un único valor entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA. Utilice las cuatro casillas previstas en el numeral 4 del Anexo 6 – Propuesta Técnica.
18.2.5 FICHA TÉCNICA DEL TERMINAL DE USUARIO
En este numeral del Anexo 6 – Propuesta Técnica, el ISP debe Anexar la ficha técnica del terminal de usuario CPE que propone utilizar en el proyecto, en la cual se distinga claramente la marca y las características técnicas mínimas exigidas en esta convocatoria para los terminales de usuario CPE, contra la cual se verificará el cumplimiento de las características mínimas exigidas.
18.2.6 PLAN DE COMERCIALIZACIÓN Y COMUNICACIÓN
En este numeral del Anexo 6 – Propuesta Técnica, el ISP debe Incluir la propuesta de un Plan de comercialización, donde se indique la estrategia comercial, la Metodología de divulgación y promoción de este proyecto que llevará la conectividad a nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2, en el cual se incluya la estrategia de comunicación tendiente a la retención de Hogares suscriptores (Actuales) y a evitar la migración hacia este proyecto que claramente está dirigido a nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2.
Desarrolle los literales A, B y C, previstos en el numeral 6 del Anexo 6 – Propuesta Técnica, utilizando tanto espacio como requiera.
A. Estrategia comercial en donde indiquen la metodología de divulgación y promoción y canales de distribución
B. Estrategia de retención de suscriptores
C. Mecanismos que se propone el ISP implementar para garantizar que el beneficio de este proyecto solo llegue a nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2.
18.2.7 PLAN DE INSTALACIÓN
En el numeral 7 del Anexo 6 – Propuesta Técnica, el ISP debe incluir la propuesta de Plan de instalación y puesta en servicio de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2, cronograma semana a semana, en el que se determine la cantidad de hogares a conectar hasta completar el número de hogares propuestos y aprobados por el Patrimonio Autónomo.
Se aclara que INTERNEXA suscribirá la orden de servicio con el ISP, en los siguientes tres (3) días hábiles siguientes a la aprobación de las garantías exigidas por el Patrimonio Autónomo.
A partir de la fecha de suscripción de la orden de servicio, se iniciará un período de comercialización de dos (2) semanas.
Después de las dos semanas de comercialización y una vez el ISP esté conectado al nodo de INTERNEXA, según fecha establecida en la orden de servicio y se inicie efectivamente la provisión de la capacidad de la red troncal, el ISP deberá comenzar la instalación de nuevos hogares, según el Plan de Instalación presentado.
Se puntualiza que los nodos de INTERNEXA en todos los municipios, mediante los cuales se suministran la capacidad IP al ISP, se encuentran en operación.
La prestación del servicio finalizara cuando se haya cumplido el periodo de 20 meses de conectividad a la totalidad de los hogares. En todo caso, la ejecución del proyecto no podrá superar el 31 de julio de 2026. En ningún evento se concederá ampliación del plazo para la ejecución de los proyectos.
La ejecución de los proyectos deberá corresponder al cumplimiento de cada uno de los componentes, especificaciones técnicas de la propuesta seleccionada en la Convocatoria, a las condiciones de participación y lineamientos del contrato de fomento.
El plan de instalación debe indicar la distribución de la meta de hogares a conectar semana a semana, a partir del día de inicio de la ejecución del Plan de Instalación como se mencionó anteriormente, hasta alcanzar el total de hogares a conectar propuesto.
La Tabla a continuación, indica el número máximo de semanas de instalación, de acuerdo con el número de hogares a conectar.
El plan de instalación presentado con el proyecto podrá ser revisado y ajustado conjuntamente con el Patrimonio Autónomo, de acuerdo con las condiciones específicas xxx xxxxxxx del municipio donde se desarrollará el proyecto seleccionado.
La suma de hogares establecidos en el PLAN DE INSTALACIÓN debe coincidir con la cantidad total de hogares que se propone conectar determinada en la Tabla No. 1 del numeral 1 del Anexo 6 – Propuesta Técnica.
Semanas de instalación de acuerdo con el número de hogares ofrecido
HOGARES A CONECTAR | NÚMER MÁXIMO DE SEMANAS DE DURACIÓN DEL PLAN DE INSTALACIÓN |
Hasta 500 hogares | 16 |
de 501 a 1000 hogares | 20 |
de 1001 a 15000 hogares | 30 |
19 TÉRMINO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS
La ejecución de los proyectos objeto de las propuestas deberán ejecutarse a partir de la fecha prevista en la orden de inicio que se emita de acuerdo con el Contrato de Fomento, mediante la cual INTERNEXA se obliga a suministrar la capacidad IP a cero pesos al ISP, previa aprobación de la garantía exigida por parte de Patrimonio autónomo. Se puntualiza que los nodos de INTERNEXA en todos los municipios, mediante los cuales se suministran la capacidad IP al ISP, se encuentran en operación.
La prestación del servicio finalizara cuando se haya cumplido el periodo de 20 meses de conectividad a la totalidad de los hogares. En todo caso, la ejecución del proyecto no podrá superar el 31 de julio de 2026. En ningún evento se concederá ampliación del plazo para la ejecución de los proyectos.
La ejecución de los proyectos deberá corresponder al cumplimiento de cada uno de los componentes, especificaciones técnicas de la propuesta seleccionada en la Convocatoria, a las condiciones de participación y lineamientos del contrato de fomento.
20 REQUISITOS TÉCNICOS PARA TENER EN CUENTA PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
21 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Los PRST ISP deberán presentar con su propuesta una póliza que garantice la seriedad de la oferta a favor del Patrimonio Autónomo y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con NIT No. 800.131.648-6, por una cuantía equivalente al 10% del valor de su propuesta. La garantía deberá estar vigente por 120 días calendario contados desde la fecha de presentación de la Oferta.
La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:
1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato de fomento es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del ISP Seleccionado.
4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato de fomento
Igualmente se debe anexar el recibo original de pago correspondiente a la prima de la respectiva póliza.
Solo se recibirán pólizas de seguros provenientes de aseguradoras que cuenten con la debida autorización para operar por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia y que cuenten con calificación de riesgo expedida por una entidad facultada para estos efectos por la Superintendencia Financiera de Colombia.
En el evento de prórroga de alguno de los plazos de los términos, el Proponente deberá ampliar la duración de la póliza en igual término y hasta tanto no se hayan perfeccionado y cumplido los requisitos de ejecución del respectivo contrato.
El incumplimiento del Proponente de las condiciones y obligaciones establecidas en las presentes Condiciones de Participación dará lugar a que la garantía de seriedad de la propuesta se haga efectiva.
La Fiduciaria devolverá la garantía de seriedad de la propuesta a los Proponente no favorecidos con la adjudicación que así lo soliciten, una vez celebrados y perfeccionados los contratos de fomentos resultantes de este proceso.
22 RETIRO DE LAS PROPUESTAS
Una vez las propuestas hayan sido presentadas formalmente, no se permitirá el retiro total de los documentos que las componen, hasta tanto no finalice el proceso de selección, ni se aceptará ninguna información complementaria ni aclaratoria, cualquiera que sea el motivo argumentado, a menos que el Patrimonio autónomo lo solicite por escrito, bajo las condiciones establecidas en las presentes Condiciones de Participación.
23 CAUSALES DE RECHAZO
⮚ Cuando la propuesta sea presentada por quien no tenga la calidad de PRST ISP
⮚ Cuando tenga lugar alguna de las restricciones de participación descritas en el numeral 14 de este documento.
⮚ Cuando las propuestas se presenten fuera del plazo previsto en el cronograma de la Convocatoria.
⮚ Cuando el representante legal de la sociedad participante se encuentre reportado en el Boletín de responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, o cuando presente antecedentes disciplinarios y judiciales.
⮚ Cuando la propuesta se presente en forma de condicionamientos para la selección por parte del Comité.
⮚ Cuando la persona jurídica participante no tenga registrado su domicilio en Colombia.
⮚ Cuando el participante no se encuentre al día con sus obligaciones para con el Fondo Único de TIC / MinTIC, de ser el caso.
⮚ Cuando al participante se le haya declarado el incumplimiento de sus obligaciones en contratos previos con el Patrimonio Autónomo.
⮚ Cuando no se presente la garantía de seriedad de la propuesta.
⮚ Cuando el participante no realice las correcciones o aclaraciones o no xxxxxxx los documentos requeridos por el Patrimonio autónomo dentro del plazo establecido en el cronograma y/o cuando estas no se ajusten al requerimiento efectuado por el Patrimonio autónomo en el informe preliminar de verificación.
⮚ Cuando existan inconsistencias, información errónea o inexacta, verificada por el Patrimonio Autónomo, respecto de la información contenida en los documentos que constituyen la solicitud de participación, luego de agotarse el respectivo requerimiento realizado por el Patrimonio Autónomo según corresponda.
⮚ Cuando la propuesta no es legible y/o no permite su visualización y verificación en diferentes sistemas operativos de diferentes terminales de computo
⮚ Cuando el valor de OPEX, requerido por el ISP en su propuesta, para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio para el cual presenta propuesta, hasta por 20 meses, no se encuentre en el rango entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA, por mes por cada hogar en servicio, o cuando presente más de un valor, en todo caso no podrá superar el 31 de julio de 2026
⮚ Cuando el cronograma de instalación presentado junto con la propuesta supera el plazo máximo de ejecución establecido en el Anexo Técnico, en función de los hogares que ofrece conectar.
⮚ Cuando el participante o su(s) representante(s) legal(es) presentan antecedentes vigentes y/o estén reportados con las entidades de control, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Policía Nacional de Colombia y/o reportado en el Sistema de Registro Nacional de medidas correctivas al momento de allegar la solicitud de participación.
⮚ Cuando se configure cualquier inhabilidad o impedimento contenida en la Constitución Política y la ley, en cabeza de representantes y de las personas jurídicas participantes debidamente corroborada por parte del Patrimonio Autónomo.
24 CRITERIOS Y PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS A CONSIDERACIÓN DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO
24.1 Verificación de requisitos habilitantes del ISP que presenta propuesta a consideración del Patrimonio Autónomo
El Patrimonio Autónomo verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes establecidos en el numeral 12 de este documento, así como la totalidad de los documentos exigidos en el numeral 12.1.
El Patrimonio Autónomo verificará la presentación de la garantía de seriedad de la oferta y el cumplimiento de los requisitos que para ésta prevé el presente documento.
Los ISP que cumplan con la verificación de los requisitos habilitantes y con la totalidad de la documentación requerida, serán HABILITADOS y se le evaluarán las propuestas técnicas presentadas, de lo contrario estas NO serán consideradas por el Patrimonio Autónomo.
24.2 Criterios de evaluación técnica de los proyectos presentados a consideración del patrimonio autónomo
A los ISP que hayan sido HABILITADOS según el numeral 23.1 de este documento, se verificará las propuestas técnicas de proyectos presentadas, con base en los siguientes criterios:
1. Cumplimiento de la totalidad de las especificaciones técnicas contempladas en el Anexo Técnico de la Convocatoria
2. Entrega de la totalidad de la información y documentación exigida en el Anexo Técnico de la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 003 DE 2024
3. La cantidad de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 propuestos para conectar tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio para el cual presenta propuesta, no debe superar la cantidad definida en la tabla 1 para cada municipio.
4. El equipo de usuario CPE a conectar debe cumplir con las características mínimas especificadas en el anexo técnico de esta convocatoria.
5. Que la información suministrada por el ISP en su propuesta sea verídica y coherente con la información suministrada en el reporte de información del II trimestre de 2024, presentado a la CRC y a MINTIC, de acuerdo con el Formato T.1.3 de la Resolución 6333 del 15 de Julio de 2021, con relación a la cantidad de líneas o accesos (hogares conectados) y con la información efectivamente registrada en la Plataforma HECCA de COLOMBIATIC correspondiente al II Trimestre de 2024. La información reportada será verificada con la información efectivamente registrada en la Plataforma HECCA de COLOMBIATIC correspondiente al II Trimestre de 2024, antes de la apertura de la presente Convocatoria.
6. Que la información del KMZ, así como la demás información suministrada en la propuesta técnica, guarde coherencia con los acuerdos de compartición de infraestructura y la infraestructura efectivamente utilizada y pagada.
A los proyectos presentados por los PRST se les verificará el cumplimiento de los criterios anotados, y a los proyectos que hayan cumplido satisfactoriamente con la totalidad de los criterios, las especificaciones técnicas descritas en el Anexo Técnico, y que hayan suministrado la información técnica solicitada por el Patrimonio autónomo para soportar sus especificaciones técnicas, se evaluarán de acuerdo con el procedimiento que se explica a continuación.
NOTA: El Patrimonio Autónomo en cualquier momento podrá verificar por cualquier medio legalmente válido, que la información suministrada por el ISP en su propuesta sea verídica y coherente.
24.3 Proceso de selección de los proyectos presentados a consideración del patrimonio Autónomo.
El primer paso del proceso de selección consistirá en listar de menor a mayor las propuestas presentadas para un mismo municipio, según el valor del OPEX requerido por el ISP, en su propuesta, para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 tanto en la zona urbana como rural del municipio para el cual presenta propuesta, el cual puede oscilar entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA, por mes por cada hogar en servicio, durante el tiempo que el hogar se encuentre en servicio.
Con base en la anterior lista, para cada municipio contemplado en esta convocatoria, se procederá de la siguiente manera:
A. Se rechazarán y no se tomarán en cuenta las propuestas de los ISP, cuyo valor de OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2, tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio para el cual presenta propuesta, se encuentre por fuera del rango entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA.
B. A las propuestas que se encuentren dentro del rango de valor de OPEX, es decir entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA, y cuyas propuestas para conectar nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2, tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio para el cual presenta propuesta, no superen la cantidad definida en la tabla 1 para cada municipio, se les asignará un número de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2 a conectar, así:
1. Al ISP que haya incluido en su propuesta el menor valor del OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares ubicados en predios de estrato 1 y 2, tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio para el cual presenta propuesta, se le asignará el 100% de los hogares de su propuesta, sin que esta supere la cantidad prevista en el municipio.
2. Si después de asignar los hogares a conectar al ISP que requirió el menor valor del OPEX, queda un remanente de hogares a conectar en el municipio, se asignará la cantidad de los hogares remanentes al ISP que haya requerido el segundo menor valor de OPEX considerando el número de hogares de su propuesta, sin que se supere la cantidad prevista en el municipio.
3. Si después de asignar los hogares a conectar al ISP que requirió el segundo menor valor del OPEX, queda un remanente de hogares a conectar en el municipio, se asignará la cantidad de los hogares remanentes al ISP que haya requerido el tercer menor valor de OPEX considerando el número de hogares de su propuesta, sin que se supere la cantidad prevista en el municipio.
4. En el caso de que aún queden hogares remanentes por conectar en el municipio, se procederá de la misma manera como se describió en los numerales 1,2 y 3 de este literal.
C. En el caso de existir empate en el valor del OPEX requerido por dos o más ISP, en cualquiera de las instancias previstas en el literal B, se asignarán los hogares a los ISP proporcionalmente al número de hogares presentados en sus propuestas, así:
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Donde:
HAP = Hogares asignados a cada propuesta que presenta empate en el valor del OPEX requerido MHM = Meta de hogares a asignar en cada una de las instancias del proceso (1 a 4 del literal B)
HPP = Hogares presentados en la propuesta de cada ISP, que están en situación de empate, para el municipio siendo considerado
NTI = Número total de ISP que se encuentran en situación de empate en el valor del OPEX requerido.
25 PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN
Como resultado de la evaluación, el Patrimonio Autónomo generará la lista de las propuestas evaluadas para cada uno de los municipios objeto de la convocatoria para llevar a cabo el proyecto presentado.
El Patrimonio autónomo podrá desestimar por inconveniente la(s) propuesta(s) o cancelar en cualquier momento el proceso de selección y, en ningún caso, serán reconocidos los costos que se causen por la preparación de la(s) propuesta(s), puesto que éstos serán de cargo exclusivo de los oferentes. Tendrá también la potestad de seleccionar en todo o en parte la propuesta o proyecto, sin necesidad de justificar los motivos y sin que surja obligación alguna a su cargo.
El Patrimonio Xxxxxxxx informará a los proponentes, desde el correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx el resultado del proceso de evaluación de las propuestas e igualmente será publicado en el sitio web xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0- propertyvalue-573348.html de acuerdo con el cronograma establecido en el presente documento.
Para los municipios que queden remanentes por falta de propuestas, el Patrimonio Xxxxxxxx podrá decidir realizar una nueva convocatoria, una invitación cerrada o una contratación directa, de acuerdo con las necesidades del proyecto.
26 CONTRATO DE FOMENTO.
Cumplida la evaluación por parte de los miembros del comité asesor, obtenido el puntaje final y conformada la lista de elegibles, el Patrimonio Xxxxxxxx procederá a publicar la lista que acredita las propuestas seleccionadas, teniendo en cuenta el presupuesto disponible.
Así mismo, la Fiduciaria, como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo procederá a suscribir el CONTRATO DE FOMENTO con el ISP SELECCIONADO, que tiene por objeto regular las condiciones bajo las cuales se utilizará la capacidad y acceso a Internet provisto por Internexa y los ISP SELECCIONADOS prestarán el servicio de Internet a los hogares ubicados en los predios de estrato 1 y 2, tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio para el cual presentó propuesta y cumplirán con las obligaciones correspondientes, de acuerdo con el modelo de contrato de fomento publicado en la página web del MINTIC para esta Convocatoria.
Si el ISP Seleccionado no suscribe el contrato de fomento en los plazos previstos por el Patrimonio Autónomo, se ejecutará la garantía de seriedad de la oferta, y se podrá seleccionar al ISP ubicado en segundo lugar y así sucesivamente.
NOTA: Sin perjuicio de la facultad del Patrimonio Autónomo de suspender o cancelar la Convocatoria, éste podrá desistir de la suscripción del contrato de fomento, en cualquiera de los siguientes eventos:
a) Se compruebe que el ISP cuya propuesta fue seleccionada luego de agotarse el respectivo requerimiento realizado por el Patrimonio Autónomo según corresponda, haya ocultado dolosamente algún hecho o circunstancia que configure una inhabilidad o incompatibilidad al momento de la presentación de la propuesta, bien sea por haberse abstenido de suministrar oportunamente información pertinente para el Patrimonio Autónomo o, por haberle entregado información o documentos inexistentes, inexactos o incompletos.
b) Cuando existan inconsistencias verificadas por el Patrimonio Autónomo, respecto de la información contenida en los documentos que constituyen la solicitud de participación / propuesta, luego de agotarse el respectivo requerimiento realizado por el Patrimonio Autónomo según corresponda.
En ningún caso, serán reconocidos los costos que se causen por la preparación de la(s) propuesta(s), puesto que éstos serán de cargo exclusivo de los postulantes.
En el caso en que el Patrimonio Xxxxxxxx decida desistir de la firma del contrato de fomento en los supuestos señalados en este numeral; o cuando el PRST ISP Seleccionado no firme el contrato de fomento en el tiempo establecido por el Patrimonio Autónomo o cuando el PRST ISP Seleccionado no presente las garantías que amparen la ejecución del contrato de fomento en los plazos previstos, el Patrimonio Autónomo podrá contratar con el proponte ubicado en segundo lugar y así sucesivamente.
De no existir proponentes en el caso anterior, el Patrimonio Xxxxxxxx podrá proceder a realizar una nueva convocatoria, una invitación cerrada o una contratación directa, de acuerdo con las necesidades del proyecto.
27 GARANTÍAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE FOMENTO
Los ISP SELECCIONADOS se obligan a constituir a favor del Patrimonio Autónomo y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con NIT No. 800.131.648-6, una garantía que ampare los perjuicios e incumplimiento, total o parcial, de las obligaciones contenidas en los contratos de fomento.
Firma del Contrato de Fomento | Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la adjudicación | De manera física en las de MINTIC |
Entrega de Garantías | Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato | De manera física en las instalaciones de MINTIC |
Aprobación de garantías | Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrega de garantías | Micrositio que se destine para tal fin |
Si el ISP Seleccionado no presenta las garantías de ejecución del contrato de fomento en los plazos previstos, el Patrimonio Autónomo dará por terminado el Contrato de Fomento y ejecutará la póliza de seriedad de la propuesta.
28 INDEMNIDAD
La ejecución de la propuesta estará a cargo del ISP seleccionado, bajo su total autonomía y responsabilidad. En ningún caso podrán contratar o vincular a un tercero para la ejecución del Contrato de Fomento.
El Patrimonio autónomo, MinTIC, Internexa y el Fondo Único de TIC, en ningún caso serán responsables por los actos, incumplimientos, omisiones o hechos ocasionados por el ISP SELECCIONADO, como tampoco de los actos, incumplimientos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que dependan de los mismos.
La relación del Patrimonio Xxxxxxxx será única y exclusivamente con el ISP Seleccionado y las fuentes de sus obligaciones serán las que se originen en la ley, el contrato, en el documento de condiciones de participación y los demás documentos que integren la propuesta técnica.
29 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ISP SELECCIONADOS
Los seleccionados en la convocatoria quedarán sujetos al marco general de derechos y obligaciones de la normativa vigente y sin perjuicio de lo anterior, deberán cumplir, entre otras, las siguientes obligaciones específicas, que se precisan a continuación y las contenidas en su propuesta, en este documento, en el anexo técnico y el Contrato de Fomento:
29.1 DERECHOS DE LOS ISP SELECCIONADOS
Son derechos de los IPS seleccionados que celebren el Contrato de Fomento y presenten las garantías para su ejecución, siempre y cuando estas sean aprobadas según los requisitos exigidos, los siguientes:
1) Los ISP podrán facturar al hogar ubicado en predios de estrato 1 y 2, tanto en la zona urbana como en la zona rural del municipio para el cual presentó propuesta, que se beneficie del proyecto una tarifa social máxima por mes en las condiciones establecidas en el literal d) del numeral 8.2.2 Instalación y Puesta en Servicio del anexo técnico y en el contrato de fomento.
2) Aquellos previstos en el Contrato de Fomento.
29.2 OBLIGACIONES DE LOS SELECCIONADOS
Son obligaciones de los seleccionados las siguientes:
1) Aportar oportunamente los documentos que requiera el Patrimonio autónomo para la suscripción del contrato de fomento, en las condiciones establecidas en el presente documento.
2) Celebrar el contrato de fomento.
3) Constituir la póliza que ampare el cumplimiento del contrato de fomento, en los plazos y términos descritos en el presente documento.
4) Ejecutar en todas sus características y atributos de cantidad, calidad y oportunidad la propuesta presentada y seleccionada, y con base en ella se desarrollará la supervisión, seguimiento y entrega de los resultados del proyecto, parte integral del presente documento.
5) Las contenidas en el Anexo Técnico
6) Acreditar mediante certificación, el pago de los aportes a la seguridad social y aportes parafiscales.
7) Entregar informes en los periodos establecidos en el contrato de fomento
8) Las demás establecidas en el contrato de fomento.
30 SEGUIMIENTO
El seguimiento a la ejecución y cumplimiento del contrato de fomento que eventualmente resultare de esta convocatoria estarán a cargo de la supervisión o interventoría que determine el comité asesor del patrimonio autónomo, de acuerdo con lo estipulado en el Anexo Técnico.
31 ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y VERACIDAD
Con la postulación a la presente convocatoria, los interesados aceptan haber leído cuidadosamente las presentes Condiciones de Participación y los demás documentos relacionados con esta convocatoria, y aceptan explícitamente las características, requisitos y condiciones establecidos en estas Condiciones de Participación
Asimismo, el representante legal del interesado declara bajo la gravedad de juramento que la información suministrada en su propuesta es veraz y corresponde a la realidad.
Nota: Las interpretaciones, conclusiones y análisis que realicen los interesados en la postulación a esta CONVOCATORIA son de su exclusivo cargo y responsabilidad y no comprometen ni vinculan en modo alguno a MinTIC / Funtic / Internexa
32 VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas presentadas tendrán validez por un término de 90 días calendario contados a partir de la fecha de su presentación al patrimonio autónomo. Sin embargo, el participante podrá ampliar dicho término de validez mediante comunicación enviada como mensaje de datos.
33 ANEXOS
⮚ Anexo 1. Carta presentación de la oferta.
⮚ Anexo 2. Autorización de recolección, tratamiento y protección de datos.
⮚ Anexo 3. Compromiso anticorrupción.
⮚ Anexo 4. Conocimiento de partes.
⮚ Anexo 5. Anexo técnico.
⮚ Anexo 6. Formato Propuesta técnica.