Contract
CONTRATO DE COMODATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA UNAM", EN SU CARÁCTER DE COMODANTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TESORERA LA LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX, CONJUNTAMENTE CON EL MTRO. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXXXX, DIRECTOR GENERAL DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO, ASISTIDOS POR LA/EL _ _,
EN SU CALIDAD DE ___ _; Y POR LA OTRA PARTE,
_ _, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA/EL COMODATARIA/O”, REPRESENTADA(O) POR EL
_ , EN SU CALIDAD DE _ _; QUIENES ACTUANDO EN FORMA CONJUNTA SE DENOMINARÁN COMO “LAS PARTES”; AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. DECLARA "LA UNAM":
1. Que de conformidad con lo que establece el artículo 1º de su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del estado, dotada de plena capacidad jurídica, que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como a organizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
2. Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae originalmente en su Rector, Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9º de su Ley Oorgánica y 30 de su Estatuto General, quien tiene facultades para delegarla conforme a la fracción I del artículo 34 del propio Estatuto.
3. Que corresponde al H. Patronato la administración del patrimonio universitario, de conformidad con el artículo 10 fracciones I y IV de su Ley Orgánica en vigor, el cual para la realización de actos en los que se afectan bienes pertenecientes a esta Institución, delega dicha función en la Tesorería de la UNAM, cuyo titular la Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, se encuentra plenamente facultada para suscribir el presente Contrato, en términos de lo dispuesto en los artículos 11 y 12 primer párrafo fracciones XX y XXII del Reglamento Interior del Patronato Universitario y, con el Testimonio de la Escritura Pública número 100,739 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, asistida en este acto por el Mtro. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Director General del Patrimonio Universitario, quien se encuentra plenamente facultado para asistir a la Tesorería y suscribir el presente Contrato de Comodato según consta en el Testimonio de la Escritura Pública No. 89,096 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
4. Que dentro de la estructura orgánica de “LA UNAM” se encuentra la
_ ., a cargo de la _ _, quien en su carácter de interviene como asistente en la firma del presente instrumento jurídico.
5. Que dentro del acervo artístico y cultural de , se encuentra el bien descrito en la Cláusula Primera de este Contrato.
6. Que para todos efectos legales derivados del presente Contrato señala como su domicilio el ubicado en el 9º piso de la Xxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.
II. DECLARA "LA/EL COMODATARIA/O":
(* en caso de Persona Moral ):
1. Que es una _, según consta en el Testimonio Notarial número _ , pasado ante la xx xxx Xxxxxxx Público
_ _ de la Ciudad de . Lic. .
2. Que su objeto social consiste en .
3. Que su representante la/el _ _, en su calidad de _ _, cuenta con las facultades legales suficientes para firmar este Contrato, lo cual lo acredita con_ .
4. Que_ llevará a cabo una
exposición titulada: " _", por el período comprendido del _ _de _ al _ de de 20 .
5. Que para efectos legales derivados del cumplimiento del presente Contrato señala como su domicilio el ubicado en .
(** en caso de Persona Física ):
1. Que es una persona física, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y cuenta con las capacidades legales suficientes para suscribir este Contrato.
2. Que se identifica con _ _.
3. Que llevará a cabo una exposición titulada: "_ _", por el período comprendido del _de _ _ al _ de _ _ de 20_ _.
4. Que para efectos legales derivados del cumplimiento del presente instrumento jurídico señala como su domicilio el ubicado en
_ _.
III. DECLARAN LAS PARTES.
ÚNICA: Que leídas las anteriores declaraciones, reconocen mutuamente la personalidad que ostentan y acreditan estar de acuerdo con obligarse, conviniendo en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. "LA UNAM" otorga gratuitamente en comodato a “LA/EL COMODATARIA/O”, durante el período del _ de al _ de
_ de 20_ _, el uso de (NÚMERO) bien(es) artrístico(s) en lo sucesivo: "LA(S) OBRA(S)", cuyo título, características, avalúo y procedencia a continuación se detallan:
TÍTULO: | (IMAGEN DEL BIEN) | |
AUTOR: | ||
AÑO: | ||
TÉCNICA: | ||
MEDIDAS: | ||
AVALÚO: | ||
PROCEDENCIA: |
El préstamo de "LA(S) OBRA(S)" se realiza con el único fin de que "LA/EL COMODATARIA(O)" la(s) exhiba en _ dentro del marco de la exposición temporal denominada "_ ", por el período comprendido del _ de _ al _ de _ _ de 20 _.
SEGUNDA. El cumplimiento de la obligación establecida en la Cláusula que antecede a cargo de "LA UNAM", queda sujeta a que "LA/EL COMODATARIA(O)" entregue la póliza correspondiente al seguro que se menciona en la Cláusula Sexta de este Contrato, sin lo cual no se hará entrega de "LA(S) OBRA(S)".
TERCERA. Con relación a lo estipulado en la cláusula anterior, "LA/EL COMODATARIA(O)" se obliga a lo siguiente:
1. Adoptar las medidas de seguridad conforme a los lineamientos que "LA UNAM" establezca para la adecuada protección de "LA(S) OBRA(S)", durante todo el tiempo que dure el préstamo.
2. Acreditar por escrito ante "LA UNAM", por lo menos con veinticuatro horas de anticipación, a la persona o personas que en su nombre reciban "LA(S) OBRA(S)".
3. Mediante personal especializado, empacar y embalar adecuadamente "LA(S) OBRA(S)", previo a su traslado tanto al sitio en que deberá ser exhibida(s) como aquel en que deberá(n) ser devuelta(s), a efecto de que no sufra(n) daño alguno. Además se obliga a permitir que personal autorizado por "LA UNAM" supervise el proceso de empaque.
Para el cumplimiento del punto anterior, “LA/EL COMODATARIA(O)" se obliga a dar a "LA UNAM" los avisos de traslado y devolución, por lo
menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha de que se trate, a fin de que esté en posibilidad de designar y enviar con oportunidad al personal que autorice.
4. Obtener las licencias y/o permisos que, en su caso, requiera la transportación y exhibición de "LA(S) OBRA(S)".
5. Cubrir los gastos que ocasione la transportación, conservación, vigilancia, mantenimiento, restauración, empaque y cualesquiera otros gastos que se deriven con motivo del presente Contrato.
6. Recibir "LA(S) OBRA(S)" materia de este instrumento jurídico en el lugar, fecha y hora que le indique "LA UNAM".
"LA(S) OBRA(S)" queda bajo la exclusiva responsabilidad de "LA/EL COMODATARIA(O)" desde el momento en que la reciba.
7. El traslado de "LA(S) OBRA(S)", del domicilio en que actualmente se encuentra(n) hasta el lugar en que deberá(n) ser exhibida(s), así como el retorno a su lugar de origen será a cargo de "LA/EL COMODATARIA(O)".
8. Conservar "LA(S) OBRA(S)" en el estado en que la(s) reciba, con la máxima diligencia.
9. Sujetarse a las instrucciones que por escrito le dé "LA UNAM" por conducto de las personas autorizadas para ello, sobre cualquier hecho o circunstancia que en lo general o particular sea relevante para el mejor cuidado de "LA(S) OBRA(S)".
10. Dar aviso de inmediato a "LA UNAM" de los trabajos de mantenimiento, conservación y restauración que pudiera(n) requerir "LA(S) OBRA(S)".
11. Todas las mejoras, modificaciones o labores de mantenimiento que realice "LA/EL COMODATARIA(O)" quedarán a beneficio de "LA UNAM", sin obligación de ésta a rembolsar o pagar cantidad alguna, debiendo contar con autorización previa y por escrito para llevarlas a cabo.
12. Usar "LA(S) OBRA(S)" únicamente para su exhibición al público, en el lugar y período mencionado en la Cláusula Primera de este Contrato.
13. No alterar en forma alguna "LA(S) OBRA(S)" y exhibirla(s) de tal manera que quede(n) debidamente protegida(s), conforme a las normas y procedimientos que le indique "LA UNAM".
14. Notificar inmediatamente y por escrito a "LA UNAM" de cualquier cambio visible en las condiciones de "LA(S) OBRA(S)", que pudiera(n) afectar a la(s) misma(s), durante la vigencia del presente Contrato, en caso contrario "LA/EL COMODATARIA(O)" será responsable de los daños y perjuicios que pudiera ocasionarse por ese motivo.
15. No permitir sin el consentimiento previo de "LA UNAM" la reproducción de
"LA(S) OBRA(S)" en ninguna forma, incluso la fotografía o filmación.
En caso de que se trate de constatar el estado de conservación de "LA(S) OBRA(S)" o para la elaboración de catálogos o de publicidad para la
exposición pública respectiva, también se requerirá la autorización previa y por escrito de "LA UNAM".
16. Elaborar y editar por su cuenta y cargo catálogos alusivos a la exposición materia de este instrumento jurídico, conforme a las características y especificaciones que convengan, debiendo proporcionarle de forma gratuita a "LA UNAM" cuatro ejemplares.
17. Otorgar (en los catálogos alusivos a la exposición, cédulas, publicaciones, etc.) créditos a la Universidad Nacional Autónoma de México, a la Dirección General del Patrimonio Universitario y (ENTIDAD O DEPENDENCIA QUE REALIZA EL PRÉSTAMO).
18. Restituir individualmente "LA/LAS OBRA(S)” a "LA UNAM" en el domicilio en que fue(xxx) recibida(s), en horario hábil comprendido de las nueve a las quince horas, el día previamente establecido, el cual no podrá ser posterior a la vigencia establecida en la Cláusula Cuarta de este instrumento legal.
19. Evitar la exposición prolongada de "LA(S) OBRA(S)" x xxxxxxx luminosas de alto contenido de radiación ultravioleta o infrarroja, luz solar directa u otras similares.
20. Evitar iluminación con lámparas incandescentes a menos de tres metros de distancia de "LA(S) OBRA(S)".
21. No ceder a ningún tercero parcial o totalmente, los derechos derivados de este Contrato.
22. Hacer del conocimiento de "LA UNAM" en forma oportuna, cualquier hecho o circunstancia que pudiera traducirse en beneficio, daño o perjuicio de sus intereses.
23. No autorizar ningún movimiento de "LA(S) OBRA(S)", ni de vitrinas o bases en que sea(n) exhibida(s), que ponga en peligro la conservación y mantenimiento de la(s) misma(s).
CUARTA. La vigencia del presente Contrato será a partir del
_ _ al _ _.
QUINTA. Bajo ningún supuesto, "LA/EL COMODATARIA(O)" podrá intervenir
"LA(S) OBRA(S)".
"LA/EL COMODATARIA(O)" reconoce que "LA(S) OBRA(S)" es patrimonio de la Universidad Nacional Autónoma de México, bajo la custodia de (ENTIDAD O DEPENDENCIA QUE REALIZA EL PRÉSTAMO).
SEXTA. "LA/EL COMODATARIA(O)" responderá en todos los casos de cualquier pérdida, daño o deterioro que pueda(n) sufrir "LA(S) OBRA(S)" mientras la(s) misma(s) no haya(n) sido devuelta(s) a "LA UNAM".
Además, "LA/EL COMODATARIA(O)" contratará a su cargo y a entera satisfacción de "LA UNAM" un seguro bajo el concepto “clavo a clavo”, contra cualquier daño o pérdida total y/o parcial que pueda(n) sufrir "LA(S) OBRA(S)", por el equivalente del avalúo total previsto en este instrumento legal.
Dicho Seguro deberá contener como mínimo las siguientes condiciones:
1. La vigencia comenzará desde el momento en que "LA(S) OBRA(S)" sea(n) objeto del primer movimiento físico para su empaque y concluirá una vez que se haya verificado su devolución.
2. En la póliza se deberá designar a "LA UNAM" como beneficiario y coasegurado del mismo.
A este respecto, “LA/EL COMODATARIA/O”, en caso de siniestro, se obliga a pagar el importe del deducible correspondiente, así como a realizar las gestiones necesarias para obtener el pago de la indemnización de que se trate.
No obstante, "LA UNAM" podrá realizar las gestiones que juzgue convenientes para obtener la indemnización y/o la devolución de "LA(S) OBRA(S)" en el estado en que se encuentre(n), gestiones cuyo costo será a cargo de "LA/EL COMODATARIA(O)".
Con relación a lo estipulado en el párrafo anterior, "LA/EL COMODATARIA(O)"
asume las siguientes obligaciones:
a) Incluir en los términos y condiciones de la póliza del seguro contratado, el hecho de que "LA(S) OBRA(S)" es(son) propiedad de "LA UNAM", la(s) cual(es) presenta(n) las características de ser inalienable(s), imprescriptible(s) y no sujeta(s) a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, por lo que por ningún concepto podrá(n) ser retenida(s), independientemente de que se cubra la indemnización correspondiente, realizando las gestiones que sean necesarias para su devolución en el estado en que se encuentre(n).
b) Que la aseguradora acepta que para determinar el importe del valor de los daños y pérdidas totales y/o parciales que pudiera(n) sufrir "LA(S) OBRA(S)" -el cual a título de indemnización deberá ser cubierto por la compañía aseguradora correspondiente- sean "LA UNAM" y la aseguradora quienes dentro del término de sesenta días naturales posteriores al siniestro, designen cada una un perito especializado.
Estableciéndose que en caso de divergencia entre los dos dictámenes emitidos, se nombrará un perito tercero en discordia, que deberá ser mexicano, con residencia en la República Mexicana, restaurador con título profesional, expedido por institución educativa autorizada conforme a las leyes y reglamentos de la nación mexicana.
"LA UNAM" se reserva el derecho de revisar la póliza de seguro, a efecto de verificar que las condiciones anteriormente referidas se contengan en la misma, de no ser así, podrá rechazarla hasta que sea expedida a su entera satisfacción.
En caso de siniestro, independientemente de la aplicación que se haga del seguro contratado, "LA/EL COMODATARIA(O)" responderá de los daños y perjuicios que se causen a "LA UNAM" por la pérdida o deterioro total y/o parcial de "LA(S) OBRA(S)".
"LA(S) OBRA(S)" no será(n) entregada(s) a "LA/EL COMODATARIA(O)" sin la previa exhibición de la copia de este Contrato, debidamente firmado por las partes, así como de la póliza de seguro a que se hace referencia en la presente cláusula, con los contenidos específicos que previamente se han detallado.
SÉPTIMA. "LA/EL COMODATARIA(O)" permitirá al personal autorizado por "LA UNAM", verifique la adecuada conservación y vigilancia de "LA(S) OBRA(S)".
OCTAVA. La entrega-recepción de "LA(S) OBRA(S)" a "LA/EL COMODATARIA(O)" así como la devolución que éste haga de la(s) misma(s) a "LA UNAM", se documentará en las correspondientes actas suscritas por cada una de las Partes, detallando su estado de conservación.
NOVENA. "LA/EL COMODATARIA(O)" y "LA UNAM" acuerdan que el presente instrumento jurídico puede terminar sus efectos en forma anticipada en caso de que se presente alguna de las siguientes causas:
1. Cuando exista peligro de que perezca(n) "LA(S) OBRA(S)" en poder de
"LA/EL COMODATARIA(O)".
2. Cuando "LA/EL COMODATARIA(O)" cambie el destino y dé un uso distinto del pactado a "LA(S) OBRA(S)" sin autorización previa y por escrito de "LA UNAM".
3. Por deteriorarse "LA(S) OBRA(S)" por culpa o negligencia en su custodia.
DÉCIMA. Independientemente de lo previsto en la cláusula que antecede, el incumplimiento de las obligaciones que por virtud de este Contrato asume “LA/EL COMODATARIA/O”, dará lugar a su rescisión administrativa, sin responsabilidad para "LA UNAM" y sin necesidad de declaración judicial, bastando que por escrito se lo notifique a la otra parte.
DÉCIMA PRIMERA. Para la interpretación y cumplimiento de este instrumento legal, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente a aquella que en razón de sus domicilios, presentes o futuros, o por cualquier otra causa pudiera corresponderles.
Las partes convienen que para la interpretación y cumplimiento del presente instrumento jurídico, prevalecerá el idioma español.
Leído que fue por las partes el presente Contrato de Comodato y enteradas de su contenido y alcance legal, lo firman por cuadruplicado y ratifican de común acuerdo en la Ciudad de México, a los _ _ días del mes de _ del año dos mil _ .