CONDICIONES GENERALES DE VENTA Version 03/2024
CONDICIONES GENERALES DE VENTA Version 03/2024
1.- DEFINICIONES
1.1.- Por “Condiciones Generales” se entiende las Condiciones Generales de Venta de la sociedad SECODI POWER SYSTEMS, S.L., con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, 0, 00000 - Xxxxxx xx Xxxxxxx, y provista de NIF B8749407, en lo sucesivo de nominada SECODI POWER SYSTEMS, que rigen la venta de los Productos y Servicios de la citada sociedad. 1.2.- Por “Proveedor” se entiende la sociedad SECODI POWER SYSTEMS, en lo sucesivo el Proveedor.
1.3.- Por “Cliente” se entiende el Comprador o persona física o jurídica que presenta pedidos al Proveedor, en lo sucesivo
denominado el Cliente.
1.4.- Por “Mercancías” se entiende los productos (incluidos los Programas y aplicaciones informáticas o Documentos tal
y como se definen en la Condición 6) descritos en el formulario titulados “Acuse de Recibo del Pedido”.
1.5.- Por “Servicios” se entiende las prestaciones o servicios descritos en el formulario titulado “Acuse de Recepción del Pedido”.
1.6.- Por “Contrato” se entiende el contrato de venta o el contrato de suministro de Mercancías y/o Prestaciones de Servicio concluido entre el Proveedor y el Cliente, en el que quedan necesariamente integradas las presentes Condiciones Generales de Venta de SECODI POWER SYSTEMS. Por contrato se entenderá cualquier relación jurídica que sea calificada como tal por el derecho español, pero siempre que conste por escrito. Los pactos verbales no vinculan a las partes.
1.7.- Por “Precio Contractual” se entiende el precio o contraprestación que debe satisfacer el Cliente al Proveedor por el conjunto de las Mercancías y/o Servicios que le son suministrados como consecuencia de un pedido o un contrato. 1.8.- Por “Día Laborable” se entiende todos los días de la semana, con excepción de los xxxxxxx, xxxxxxxx y demás días festivos, en los establecimientos afectados por el Contrato o que hayan sido notificados por las partes.
1.9.- Por “Pedido” se entiende la solicitud de Mercancías o Servicios por el Cliente.
1.10.- El “Acuse de Recibo” se materializa mediante un Acuse de Recepción de pedido, por un Albarán de Entrega o un Albarán de Asistencia Técnica.
2.- GENERALIDADES
2.1.- Las presentes Condiciones Generales, así como las eventuales condiciones particulares acordadas entre el Proveedor y el Cliente, serán las únicas aplicables a los todos los documentos de la relación contractual, en particular a los elaborados por el Proveedor (presupuestos, confirmación de pedidos, albaranes de entrega, facturas, etc.), pero también a todos los que rijan la totalidad de la relación jurídica, las entregas y prestaciones realizadas.
2.2.- Quedan por tanto excluidas necesariamente, por falta de consentimiento del Proveedor, la aplicación de otras condiciones generales y particulares redactadas o comunicadas por el Cliente, si el Proveedor no ha prestado su consentimiento explícitamente por escrito a cada una de ellas, con indicación expresa de la Condición de este documento que se vea afectada, sin que quepan remisiones genéricas.
2.3.- El Contrato solo se perfecciona por la aceptación del Pedido por el Proveedor, que se materializará por un “Acuse de Recibo” u otro documento. Si el Proveedor introdujere alteraciones en las condiciones del Pedido del Cliente, de cualquier tipo, o el Proveedor formulará un nuevo presupuesto o el Cliente presentará un nuevo Pedido, que siempre se entenderá sujeto a las presente Condiciones Generales.
2.4.- Las obligaciones del Proveedor sólo pueden nacer de los compromisos contenidos en los Acuses de Recibo de los Pedidos, de las presentes Condiciones Generales o de cualquier otro escrito suscrito por el Proveedor.
2.5.- Ninguna modificación, añadido o supresión de cualquiera de estas Condiciones Generales introducida por el Cliente vinculará al Proveedor, salvo aceptación explícita y por escrito de éste. El Cliente puede consultar las presentes Condiciones Generales en la página web: xxx.xxxxxx.xx.
3.- OFERTAS Y PRESUPUESTOS
3.1.- Las ofertas se presentarán sobre la base de las especificaciones suministradas por el Cliente, las cuales deberán integrar toda la información necesaria que permitan ejecutar correctamente las prestaciones de vente de Mercancías y Servicios solicitados por el Cliente. En lo que concierne a proyectos complejos, el Cliente deberá suministrar un pliego de condiciones exhaustivo que hará parte integrante del Contrato. En su defecto, el Proveedor redactará un presupuesto detallado sobre la base de sus conocimientos de la aplicación, sin otro compromiso mayor por su parte. Las ofertas o precio “presupuesto” que se remitirá, en estos casos, al Cliente lo será a título meramente informativo en la espera de elementos técnicos o comerciales definitivos, y sólo tiene un carácter indicativo y no vinculante para el Proveedor.
3.2.- El Proveedor mantendrá su oferta durante el plazo especificado en el presupuesto, o en su defecto durante un mes, esto es treinta (30) días naturales desde el envío de la oferta. Expirado este plazo, cualquier aceptación del Cliente se considerará extemporánea y no vinculará al Proveedor sin su consentimiento expreso, confirmando, en su caso, las condiciones de la oferta, en particular precios y plazos inicialmente ofertados, sin que esté obligado a tal confirmación. 3.3.- Las ofertas comprenderán únicamente los Productos y Servicios que se especifiquen expresamente, quedando excluido todo otro. Los precios ofertados son los precios en vigor durante el plazo de validez de la oferta.
3.4.- Los precios son susceptibles de sufrir variaciones, por lo que, en caso de entrega o suministro posterior al período de validez de las entregas previstas en la oferta, todos los productos serán facturas al precio en vigor durante el nuevo período.
4.- PRECIOS Y ESPECIFICACIONES
4.1. - Salvo indicación en contrario expresamente mencionada en las ofertas, los precios indicados en las ofertas por el Proveedor se entienden en euros, impuestos no incluidos, y unitarios para las cantidades, servicios y plazos indicados. Tratándose de productos los precios son Ex Works, desde la fábrica o almacén del Proveedor. En consecuencia, son de cargo del Cliente, los tributos de toda clase, el embalaje, carga, transporte, montaje, puesta en marcha, accesorios, líquidos y consumibles recomendados por los servicios técnicos del fabricante y el proyecto de instalación o implementación de los distintos equipamientos.
4.2.- Los precios, las especificaciones y las informaciones que aparecen en los catálogos, en folletos, tarificaciones generales o en cualquier otro documento de carácter publicitario no obligan la Proveedor que tendrá total libertad de modificarlos sin previo aviso y se reserva todo derecho a modificar todos los productos, en particular, en lo concerniente, a su disposición, forma, talla o materiales.
4.3.- En lo que concierne a las entregas de urgencia, los precios en vigor podrán ser revisados, en cualquier momento, al alza en función: del sobrecoste generado para el Proveedor por razón de la indicada urgencia, de la disponibilidad de los stocks y de la necesidad de utilizar piezas separadas para garantizar los mejores medios de entrega posibles en los plazos deseados por el Cliente. Tal incremento será siempre indicado y/o detallado en los presupuestos del Proveedor. Si a pesar del compromiso inicial y de los esfuerzos realizados por el Proveedor, éste no puede satisfacer la solicitud del Cliente, el Proveedor informará al Cliente en el menor plazo posible. El Proveedor no será nunca responsable de estos inconvenientes o daños que puedan surgir por la imposibilidad de atender el Pedido.
5.- DOCUMENTOS, ESTUDIOS, PLANOS MODELOS Y PROYECTO
5.1.- Como regla general, y salvo indicación en contrario, las informaciones relativas a la oferta, tales como los planos, modelos, diseños, catálogos y/u otros documentos técnicos, se suministran a título indicativo, con el objetivo de dar una visión de conjunto de los equipos que se describen y no son objeto de facturación independiente. Sin embargo, si el estudio presenta un cierto grado de complejidad, el Proveedor podrá proponer un contrato de estudio que determinará las modalidades de facturación y el destino de la propiedad intelectual de los documentos, planos y resultados del estudio. 5.2.- El Proveedor declina toda responsabilidad en caso de inexactitud o de omisión contendida en los documentos; sin embargo, podrá aceptar un pago parcial en función del grado de inexactitud sobre el valor del producto, o aceptar la devolución del producto solo en el caso en que éste no sea conforme con las características certificadas contenidas en la documentación entregada al Cliente. Si la prestación de venta de productos del Proveedor no comprende ningún procedimiento de compatibilización o de ensamblaje, este procedimiento será de cargo exclusivo del Client, quien deberá hacer un estudio previo de compatibilidad y ensamblaje de los elementos en el sitio o lugar de destino, y garantizar la conformidad de éste con toda la normativa legal y reglamentaria aplicable.
5.3.- Los presupuestos y documentos, cualquiera que sea su naturaleza, que sean entregados por el Proveedor, continúan siendo propiedad de este último y deberán serle restituidos, originales y reproducciones -físicas o digitales- por su solo solicitud, sin necesidad de requerimiento formal. A los fines previstos en esta Condición, el Cliente responde de sus trabajadores, colaboradores y asesores, en los mismos términos que él mismo.
5.4.- El Proveedor conserva la propiedad intelectual de todos los proyectos, planos, modelos, invenciones, prototipos, documentos técnicos integrados o enviados al Cliente, así como de los procedimientos creados o desarrollados a este fin, y bajo reserva de lo establecido en el Condición 6, el Proveedor no concede ningún derecho de propiedad intelectual en virtud del presente documento. El Proveedor se reserva igualmente todos los derechos de propiedad intelectual y de ejecución material de los conceptos y los diseños y esquemas suministrados, y prohíbe toda copia o reproducción, total o parcial, física o digital, de los elementos protegidos por su propiedad intelectual para realizar ensamblajes en los que no participe de forma efectiva, salvo previo consentimiento por escrito.
5.5.- El Cliente no podrá en ningún caso hacer responsable al Proveedor de un incumplimiento en la entrega de los documentos técnicos y/o condiciones generales de utilización y funcionamiento de las Mercancías, si el Cliente no los ha solicitado previamente por escrito al Proveedor.
6.- DOCUMENTOS Y PROGRAMAS
6.1.- El Proveedor (o terceros que suministres los Programas y/o Documentos al Proveedor) es el propietario exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los programas y/o microprogramas (en lo sucesivo, los
Programas) integrados en las Mercancías, y sobre los documentos (en lo sucesivo, los Documentos) elaborados por el Proveedor o suministrados con las Mercancías, y no los cede de ningún modo al Cliente en virtud de las presentes Condiciones Generales.
6.2.- Salvo indicación en contrario en el presente documento, al Cliente se le cede una licencia gratuita no exclusiva de uso de los Programas y/o Documentos suministrados con las Mercancías, siempre bajo la reserva de que los Programas y/o Documentos no sean copiados o reproducidos. El Cliente se obliga a mantener la total confidencialidad sobre los Programas y/o Documentos, a no divulgarlos ni dar acceso a terceros a los mismos (a excepción de los manuales estándar de explotación y mantenimiento del Proveedor). El Cliente podrá transferir la citada licencia a un tercero que compre o arriende las Mercancías, bajo condición de que este último acepte previamente y por escrito y respete las condiciones contenidas en la presente Condición 6.
6.3.- Fuera de lo establecido en la Condición 6.2, la utilización de Programas por el Cliente está sujeta necesariamente a la suscripción de un contrato de licencia con el Proveedor o el tercero titular de los derechos.
7.- DOCUMENTOS DE BASE Y CERTIFICADOS
7.1. Los documentos de base sólo serán entregados si se solicitan expresamente por escrito antes de comunicarse el Pedido y podrán ser objeto de facturación a precios diferentes en función del documento solicitado.
7.2. Si el Cliente solicita certificados o documentos específicos o certificados, le Proveedor presentará previamente un presupuesto que indique la viabilidad del proyecto y el sobrecoste potencial que pueda resultar para el Cliente.
8.- CONFIDENCIALIDAD
8.1.- El Proveedor seguirá siendo el propietario exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los proyectos, planos, prototipos y documentos técnicos integrados o enviados al Cliente, y de todos los derechos de propiedad industrial sobre las modificaciones realizadas en el producto. El Cliente se compromete a mantenerlos estrictamente confidenciales y a no comunicarlos, distribuirlos, reproducirlos, transferirlos o explotarlos sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.
8.2.- El Proveedor se reserva el derecho, mediante preaviso, de interrumpir la fabricación, entrega, instalación o montaje de sus Mercancías si sospecha de un riesgo grave de violación de la obligación de confidencialidad o transgresión de sus derechos de propiedad intelectual o industrial.
8.3.- Cada parte será responsable respecto de la otra por cualquier daño resultante de una potencial violación de los derechos y obligaciones antes descritos en esta condición.
8.4.- Cada parte se compromete a mantener estrictamente confidencial el desarrollo de cada proyecto y toda información técnica, comercial, financiera o de cualquier otra naturaleza que reciba de la otra parte de forma verbal, escrita o por cualquier otro medio de comunicación en el marco de las negociaciones de un proyecto y/o de la comunicación de un pedido. La obligación de confidencialidad se aplicará durante toda la duración de los intercambios entre las partes sobre el proyecto y/o el pedido y durante toda la duración del Contrato y hasta cinco (5) años después de la finalización del Contrato, o a partir de la cancelación del pedido, o del cese de los intercambios por abandono del proyecto, cualquiera que fuere la causa. Para que esta protección alcance el período de negociación o tratos preliminares, bastará con haberse advertido que las mismos quedan sujetos a las CGV.
8.5.- Si un proyecto es considerado decisivo o sensible por una o ambas partes, su ejecución, así como las relaciones comerciales de las partes en el marco de ese proyecto podrán ser objeto de un contrato de confidencialidad exhaustivo.
9.- EL CONTRATO
9.1.- El Contrato entrará en vigor en la fecha de aceptación del Pedido comunicado por el Cliente mediante la emisión de un Acuse de Recibo suscrito por el Proveedor. A contar desde el Acuse de Recibo del Proveedor, el Pedido realizado por el Cliente adquirirá total firmeza y tendrá carácter definitivo, quedando sujeto el Contrato, sin reserva alguna, a las presentes Condiciones Generales de Venta. En caso de divergencia entre la información de las Mercancías o Servicios descritos en la oferta del Proveedor y la información que aparece en el formulario Acuse de Recibo, las informaciones de este última prevalecerán.
9.2.- Carecerá de validez y efecto cualquier modificación al Contrato que no haya sido acordada previamente por escrito por ambas partes. Sin embargo, el Proveedor se reserva el derecho de efectuar pequeñas modificaciones y/o mejorar las Mercancías o los Servicios antes de su entrega, con la condición de que ello no afecte desfavorablemente las prestaciones relativas a las Mercancías, al Precio Contractual o a la fecha de entrega.
9.3.- El Cliente deberá comunicar sus Pedidos por escrito. Los pedidos realizados por teléfono sólo tendrán validez si son confirmadas inmediatamente por escrito.
9.4.- Todas las modificaciones o anulaciones de Pedidos solicitados por el Cliente para ser efectivas necesitarán el acuerdo por escrito del Proveedor, que libremente podría consentirlas o no en función de la naturaleza del Pedido y las circunstancias, exigiendo en su caso gastos de anulación suplementarios que se determinarán al tiempo de su acuerdo. (A título meramente indicativo, puede solicitarse un 10% del valor total del Pedido).
9.5.- Si el Cliente solicita la conformidad de las Mercancías o de las prestaciones de Servicios a las normas y leyes aplicables, y/o a una auditoría realizada por entidades u organismos de control o inspección, el Pedido o la solicitud de presupuesto del Cliente deberá acompañarse de las especificaciones técnicas y de las condiciones generales de aquéllos que el Proveedor deberá respetar. La confirmación por el Proveedor de las especificaciones técnicas y condiciones generales mencionadas se hará por escrito, haciendo referencia a la oferta propuesta.
9.6.- En el caso de que un anticipo del Precio esté previsto en la oferta, la aceptación del Pedido estará condicionada al previo pago de aquél, perfeccionándose el Contrato cuando los fondos queden acreditados en la cuenta del Proveedor. Todo anticipo satisfecho queda definitivamente adquirido por el Proveedor, salvo incumplimiento de este último.
10.- PLAZOS DE ENTREGA
10.1.- Salvo indicación en contrario en la oferta del Proveedor, todos los plazos de entrega o de finalización establecidos comenzarán a correr a partir de la fecha de efectos del Contrato, y serán considerados como una simple estimación que no conllevan ninguna obligación contractual respecto del Proveedor. Los retrasos en la entrega no darán derecho a ninguna indemnización o petición de penalidades a favor del cliente por los daños que ello le hubiera podido acarrear. 10.2.- Si el Proveedor presenta un retraso en la entrega o resulta impedido de ejecutar sus obligaciones nacidas del Contrato por causa de actos u omisiones del Cliente, de sus representantes, mandatarios o empleados, (incluyendo, y sin limitación alguna, el hecho de no suministrar las especificaciones y/o los planos correctamente dimensionados y/o cualquier otra información que pueda ser razonablemente solicitada por el Proveedor para ejecutar sus obligaciones nacidas del Contrato con diligencia), el plazo de entrega o de terminación de los Servicios, así como el Precio Contractual serán revisados en consecuencia.
10.3.- En el caso de que el retraso en la entrega sea debido a un acto u omisión del Cliente o que resulte de una petición de este último, o si después de haber sido notificado de la entrega inminente de las Mercancías del Cliente rechazase la entrega o no comunicase las instrucciones necesarias para la misma, el Proveedor queda autorizado por el Cliente a transportar las Mercancías y a depositarlas en un almacén o depósito adecuados por cuenta y cargo del Cliente, debiendo este último satisfacer su coste al Proveedor.
Pedidos relacionados con motores: Cuando el Proveedor informe al Cliente que el pedido o las Mercancías están preparadas para se expedición, el Cliente dispone de siete (7) días naturales para organizar el transporte. Si, al cabo de los siete (7) días naturales, el Cliente no hubiere recogido las Mercancías, el Proveedor facturará las mismas al Cliente en condiciones “Ex Works” y los depositará en sus propios locales. El almacenamiento de estas Mercancías será facturado al Cliente según precios xx xxxxxxx para el arrendamiento de una superficie equivalente. Si al cabo de treinta
(30) días naturales, el Cliente no ha recogido las Mercancías, el Proveedor podrá resolver de pleno derecho y con carácter inmediato el Contrato, dejando sin efecto el pedido y enviando el correspondiente abono al Cliente, (del que se deducirán los gastos de resolución que alcanzarán a un mínimo de un 10% del valor total del pedido de motores).
10.4.- El Proveedor indicará en sus presupuestos el plazo de entrega de las Mercancías para cada lote o para el conjunto del Servicio o de la prestación. El plazo no podrá ser considerado, en ningún caso, en el Contrato como un acuerdo firme, si no se ha establecido como tal en el presupuesto. A la recepción de la confirmación escrita del pedido y de sus eventuales complementos, el Proveedor confirmará el plazo de la entrega o fijará uno nuevo. La falta de inmediata comunicación por el Cliente sobre este plazo, se estima aceptado tácitamente con el alcance establecido en la Condición 10.1.
10.5.- El Proveedor se reserva la posibilidad de rechazar un pedido si las Mercancías no están disponibles o en almacén. En este caso informará al Cliente en el más breve plazo posible.
10.6.- El Proveedor no responderá en caso de retraso en la entrega de todo o parte de las Mercancías que sea consecuencia de fuerza mayor, tales como catástrofes naturales, restricciones legales, huelgas, problemas de disponibilidad de suministros por epidemias o restricciones generalizadas de mercados, acontecimientos climáticos, etc., o cualquier otro acontecimiento independiente de su voluntad. En estos casos, el plazo de entrega se prorrogará por un período igual al de los efectos del acontecimiento de fuerza mayor en cuestión. En todo caso, si la duración de tales efectos superase los seis (6) meses, el Proveedor podrá dejar sin efecto el Contrato en cuanto a los lotes no expedidos, notificándolo previamente al Cliente. Esta norma rige en todo caso, incluso cuando los plazos tengan mero carácter orientativo.
10.7.- En caso de Servicios o de Mercancías fabricadas por el Proveedor, el presupuesto o la confirmación del pedido que fije el plazo podrán siempre mencionar el hecho de que la totalidad de los productos integrados deberán ser suministrados por terceros en las fechas inicialmente previstas para permitir su fabricación. El Proveedor se reserva el derecho de modificar el Precio Contractual si para respetar el plazo de entrega inicialmente previstos, y con acuerdo del Cliente, es necesario sustituir un producto por otro de las mismas características, pero más costoso.
11.- ENTREGA, PROPIEDAD Y RIESGOS
11.1.- Salvo estipulación expresa en contrario en el Contrato, las Mercancías se entregan Ex Works, almacén del Proveedor. Los gastos de transporte y los eventuales gastos de aduanas, el acondicionamiento para el transporte y cualquier otro gasto asociado, como el seguro, son siempre a cargo del Cliente. Los riegos de los Productos vendidos se transfieren al Cliente de conformidad con la cláusula Ex Works. Corresponderá siempre al Cliente la contratación de la correspondiente póliza de seguro, aunque el Proveedor gestione el transporte por cuenta, cargo e interés del Cliente, lo que esto último podrá hacer con aplicación de sus tarifas. En su defecto, si el Contrato exige expresamente que el Proveedor suscriba el seguro por las Mercancías después de su entrega Ex Works por cuenta del Cliente, éste deberá satisfacer su coste según las tarifas del Proveedor. El término Ex Works o cualquier otro término relacionado con la entrega, transporte, riesgos y seguros, se entenderá según la versión más reciente de los INCOTERMS, publicada por la Cámara Internacional de Comercio, (ICC), salvo las modificaciones expresamente introducidas en estas Condiciones Generales o en la documentación del Contrato.
11.2.- El Proveedor podrá acordar una entrega escalonada en sucesivos plazos, en cuyo caso cada entrega será considerada como un Contrato distinto y, en consecuencia, el Cliente no podrá resolver la totalidad de los Contratos referidos a todas las entregas, en caso de incumplimiento en las entregas respecto de uno o varios de los plazos de entrega previstos.
11.3.- El plazo máximo para presentar una reclamación en caso de error sobre la cantidad de la entrega o condiciones de la entrega será de catorce (14) días laborables desde la misma, siempre que se trate de cuestiones imputables al Proveedor y no al transportista con quien deberán aplicar lo convenido en sus contratos. Los vicios aparentes o iniciales deberán ser comunicados dentro de los diez (10) días siguientes a la entrega. El ejercicio de la garantía se regula en la Condición 19.
12.- CLÁUSULA DE RESERVA DE PROPIEDAD
12.1.- Con efectos inter partes, la propiedad sobre las mercancías vendidas en un Contrato sólo se transferirá al Cliente cuando hubiera éste satisfecho totalmente el Precio Contractual pactado, tanto por el importe principal como por cualquier accesorio o elemento complementario acordado.
12.2.- Los riesgos sobre las Mercancías vendidas corresponden al Cliente, desde su puesta a disposición Ex Works y desde entonces deberán estar totalmente cubiertas por un seguro de daños contratado por el Cliente, que cubra cualquier riesgo, ya se encuentren aquéllas en tránsito, almacenadas o instaladas en las naves del Cliente o de un tercero. La presente reserva de propiedad en nada altera lo anterior.
12.3.- Por la presente cláusula de reserva de propiedad, las partes pactan expresamente, para el caso de incumplimiento por el Cliente de su obligación del pago del Precio Contractual, y una vez transcurridos diez (10) días hábiles desde el requerimiento formal para su pago que comunique al efecto el Proveedor, que el Cliente extrae de su poder y posesión las Mercancías vendidas, transfiriendo desde ese momento esta posesión legal al Proveedor, facultando a éste para tomarlas la Mercancías por sí solo y constituyéndose el Cliente, en el ínterin, poseedor en nombre del Proveedor. La autorización al Proveedor para entrar y recuperar las Mercancías de su propiedad en los inmuebles utilizados por el Cliente tiene carácter irrevocable.
12.4.- El Cliente no podrá transferir la posesión ni la propiedad de las Mercancías que siguen en siendo propiedad del Proveedor, y si lo hiciere haciendo la posición del tercer adquirente irreivindicable, el Cliente y sus representes manifiestan desde este momento que conocen que podrán ser perseguidos por supuestos delitos de apropiación indebida, estafa, administración desleal u otro, según proceda.
12.5.- En caso de ejecución de embargos o de otras resoluciones administrativas o judiciales, que tengan lugar sobre bienes de propiedad del Cliente, así como en los casos de declaración de concurso de acreedores, el Cliente deberá manifestar y acreditar, con carácter inmediato y antes de que cualquier actuación se realice sobre las Mercancías propiedad del Proveedor, al funcionario público, agente judicial o administrador concursal, que la titularidad de las citadas Mercancías, sobre las que existe un derecho de reserva de propiedad, corresponde exclusivamente al Proveedor. A tal fin, el Cliente se obliga a tener debida y suficientemente identificadas las Mercancías que siguen siendo propiedad del Proveedor.
12.6.- La reserva de propiedad regulada en esta Condición no altera ni limita cualesquiera otros derechos del Proveedor a exigir el cumplimiento del Contrato o la resolución del mismo por incumplimiento del Cliente, conservando plenamente todas sus acciones que por Ley o Contrato le corresponden para la defensa de sus derechos e intereses.
13.- PEDIDOS ESPECIALES
13.1.- Todo pedido del Cliente relativo a un producto específico, petición de producto de fabricación especial o producto que habitualmente no se encuentre en almacén o esté agotado será objeto de un Contrato particular entre el Cliente y el Proveedor, en el que se regularán los términos de la transacción. Salvo acuerdo en contrario, estas transacciones quedarán condicionadas a un pago a cuenta del 30% de importe total de la misma (IVA incluido), que el Proveedor podrá retener en concepto de indemnización mínima en caso de resolución por el Cliente, sin perjuicio de las acciones que las partes pudieran ejercer conforme a la Ley el Contrato.
14.- CONTROLES, PRUEBAS, AJUSTES Y EVALUACIONES
14.1.- Las Mercancías serán revisadas por el Proveedor, y en la medida de lo posible o de ser necesario sometidos a pruebas estandarizadas antes de ser enviados. El Cliente indicará por escrito en el pedido cualquier solicitud de realización de pruebas o controles adicionales (incluidos los controles y/o ajustes realizados por el Cliente o su representante) o cualquier solicitud de certificados de prueba y/o resultados de pruebas detalladas, las cuales estarán sujetas a la previa aceptación por escrito del Proveedor quien se reserva el derecho de facturarlos; si el Cliente o su representante no asiste a las pruebas, verificaciones y/o ajustes realizados dentro de los siete (7) días siguientes a haber sido informado de la disponibilidad de las Mercancías para estos procedimientos, se considerará que las pruebas, verificaciones y/o ajustes y se realizaron en presencia del Cliente o de su representante, y la declaración de prueba y/o control y/o regulación de los Bienes emanada del Proveedor será definitiva.
14.2.- Los prototipos de Mercancías diseñadas o adaptadas especialmente para el Cliente deberán ser aprobados y evaluados por escrito por éste antes de su fabricación, con el fin de garantizar que son compatibles con los demás productos integrados en sus equipos y que son adecuados para el uso previsto. En su aprobación por escrito, el Cliente deberá confirmar tanto su aceptación del prototipo como su conformidad con las especificaciones técnicas que había proporcionado. En este sentido, el Cliente y el Proveedor firmarán un acuerdo en dos ejemplares, uno para cada parte. 14.3.- En caso de que el Cliente solicite la entrega sin haber evaluado y aprobado previamente las Mercancías, éstas le serán entregadas tal cual y se considerará que las ha aprobado expresamente como prototipos; además, el Proveedor no proporcionará ninguna declaración ni garantía expresa o implícita con respecto a dichos prototipos.
14.4.- El Cliente será el único responsable del uso de las Mercancías o de su entrega a sus propios clientes. Sin embargo, el Proveedor podrá, si fuere el caso, entregar únicamente Mercancías previamente aprobados por el Cliente.
15.- REPARACIÓN EN LOS TALLERES DEL PROVEEDOR
15.1.- Como norma general, los trabajos de reparación del producto en los talleres del Proveedor sólo podrán iniciarse una vez que el Cliente haya aceptado el presupuesto que incluye con carácter general los costes fijos mínimos de desmontaje y revisión, así como las condiciones generales. En caso de aceptación del presupuesto, los costes fijos se considerarán incluidos en el presupuesto. En caso de no aceptación del presupuesto por parte del Cliente en el plazo de un mes, los costes mínimos de desmontaje, peritaje, almacenamiento y transporte correrán a cargo de este último.
15.2.- Si por urgencia el Cliente solicita una reparación antes de aceptar el presupuesto, el trabajo se realizará a la mayor brevedad posible debiendo el Cliente por su parte aceptar el coste final de las reparaciones. En caso de entrega de productos nuevos en lugar de reparación por considerar que el servicio de reparación está fuera de garantía, el cliente deberá aceptar el precio aplicable a dicha entrega. Los precios indicados en los presupuestos de reparación tienen siempre un valor indicativo y en ningún caso pueden considerarse precios finales.
15.3.- La empresa no será responsable en caso de fallo de un producto reparado si el origen del nuevo fallo no está vinculado al producto original ni a la reparación realizada anteriormente.
15.4.- La obligación de resultado se limitará exclusivamente al buen funcionamiento del producto reparado.
15.5.- Si el Cliente acredita que la nueva avería se debe a una reparación defectuosa o insuficiente y si dicha reparación estaba incluida en el servicio que le había sido facturado, la responsabilidad del Proveedor se limitará únicamente a la parte e importe de la reparación facturada.
15.6.- Cualquier retraso o falta de pago por parte del Cliente por la reparación de un equipo suministrado supondrá automáticamente la suspensión de la garantía de los trabajos correspondientes.
15.7.- En caso de no aceptación o falta de respuesta por parte del Cliente respecto del presupuesto de reparación en el plazo máximo de tres (3) meses desde el envío del presupuesto de reparación por escrito y de la solicitud de respuesta, y en caso de negativa del Cliente para soportar los costes mínimos de desmontaje, peritaje y/o almacenamiento y transporte, se considerará que ha renunciado al equipo que pasará a ser propiedad del Proveedor a cambio de los costes de desmontaje generados para establecer el presupuesto, sin ningún derecho adicional para el Cliente.
15.8.- Los presupuestos simples de reparación habitualmente elaborados por el Proveedor se facilitarán de forma gratuita previa solicitud del Cliente. Los presupuestos completos y detallados que requieran el uso de recursos informáticos o electrónicos, pruebas en profundidad o cualquier otro medio técnico que genere costes significativos e inusuales para el Proveedor, se prepararán solo previa solicitud antes de la reparación y después de la aceptación del presupuesto por el Cliente para este servicio.
16.- TRABAJOS Y/O SERVICIOS IN SITU
16.1.- Los trabajos y/o servicios in situ (en las instalaciones del Cliente) dan lugar siempre a trabajos previos de preparación y/o logística de los que se encarga el Proveedor para llevar a cabo con éxito la intervención, bien sea antes y/ o durante la realización de los trabajos, y que no siempre está estimada en los presupuestos ni es perceptible por el Cliente. Sin embargo, dependiendo del tiempo invertido y de los costes incurridos, el Proveedor podrá facturar dicho trabajo de forma concertada antes de la intervención, o en base a los costes incurridos por esa intervención.
16.2.- Los precios indicados en los presupuestos para intervenciones in situ en las instalaciones del Cliente tienen un valor indicativo por su especificidad y no pueden considerarse precios finales, salvo pacto en contrario por escrito entre las partes. El precio de los trabajos indicado en la oferta se establece en base a los horarios legales vigentes.
16.3.- El hecho de que el Cliente solicite y acepte una intervención para este tipo de trabajos y/o servicios le obliga a aceptar el coste final del servicio o reparación realizada, según los términos del presupuesto previamente establecido o en su defecto, según las tarifas vigentes del Proveedor en materia de mano de obra, desplazamientos, dietas, etc., y eventuales suministros de productos.
16.4.- Si por causa ajena a su voluntad, el Proveedor se ve impedido de realizar y/o continuar y/o completar correctamente el servicio que tiene encomendado, podrá darlo por terminado anticipadamente, ya sea de manera provisional o definitiva, sin incurrir en responsabilidad y sin perjuicio de la obligación del Cliente de pagar por los trabajos y/o servicios ya realizados. La reanudación del servicio suspendido será objeto de un nuevo Presupuesto tras el Pedido del Cliente, de un nuevo Contrato.
16.5.- Los trabajos y/o servicios realizados in situ siempre darán lugar a la elaboración, por parte del responsable u operador a cargo, de una orden de trabajo y/o documento escrito de asistencia técnica que incluya información como: horarios de llegada y salida, número de kilómetros recorridos, número y nombre de los operarios, dietas diarias, relación de equipos suministrados, etc., y un resumen simplificado del trabajo y/o trabajos realizados sirviendo también como albarán de entrega. El Cliente podrá solicitar un informe más detallado del servicio prestado; en este caso, este informe se elaborará tras la entrega y podrá generar costes adicionales en función de su complejidad. La no entrega del informe no exonera al Cliente del cumplimiento de cualquiera de las modalidades u obligaciones de pago que le incumben. El Cliente podrá añadir los comentarios que considere útiles, con fines aclaratorios y/o para informar a los responsables pertinentes del Proveedor. El Cliente deberá firmar el informe el cual hará fe a todos los efectos de garantía o facturación correspondiente. El hecho de que el Cliente no firme el informe por cualquier motivo (omisión, abandono, negativa) durante y/o al final de la prestación no puede eximirlo de sus obligaciones de pago por el trabajo realizado cuando se realiza este trabajo cuando ese trabajo se realiza bajo garantía de pago, o de sus otras obligaciones cuando haya solicitado y aceptado dicha intervención, sirviendo dicha aceptación como Acuse de Recibo.
16.6.- Respecto de las intervenciones en las instalaciones del Cliente y salvo pacto en contrario, éste será responsable de la custodia de los productos, herramientas, etc., así como de los suministros de combustible, energía, materias primas, medios de manutención u otros recursos necesarios y debe permitir el acceso al lugar de trabajo en condiciones libres de obstáculos y seguras para que pueda iniciarse la intervención.
17.- DERECHOS DE LA PROPIEDAD.
17.1.- Salvo indicación en contrario establecida en el Contrato, por las presentes Condiciones Generales se concede al Cliente una licencia gratuita no exclusiva de utilización de la documentación suministrada, cualquiera que sea su clase, formato y soporte físico o digital, con las Mercancías, con la prohibición formal y expresa de que tal documentación no sea reproducida en forma alguna. Además, el Cliente se obliga a mantener la más estricta confidencialidad sobre tal documentación y a no divulgarla y a no dar acceso a terceros (quedando exceptuados de ello, los manuales standard de explotación y mantenimiento suministrados). El Cliente podrá transferir la citada licencia a un tercero que compre o arriende las Mercancías, bajo la condición de que éste acepte por escrito y respete las condiciones establecidas en la Condición 6 de este documento.
17.2.- Fuera de las estipulaciones establecidas en la Condición 6.1., la utilización de programas y documentos por el Cliente queda sometida a la suscripción de un contrato de licencia con el Proveedor o el tercero concernido. El Proveedor conservará la propiedad exclusiva de todos los modelos, procedimientos, invenciones y demás derechos de propiedad intelectual e industrial, y salvo lo establecido en la Condición 6, no concede al Cliente o tercero ningún derecho de propiedad intelectual o industrial.
17.3.- El Proveedor se reserva todos los derechos de propiedad material, intelectual e industrial sobre los bienes y derechos corporales e incorporales cualquiera que sea su naturaleza, forma o soporte, tales como muestras, estudios, planos e información, prohibiendo el acceso a terceros.
17.4.- El Proveedor sigue siendo el propietario de todas las Mercancías y Prestaciones hasta el pago integral por el Cliente. El Cliente debe tomar todas las medidas necesarias para conservar las Mercancías en buen estado hasta su pago.
18.- DEVOLUCIONES
18.1.- No se procesará ninguna reclamación si no se presenta dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de envío de la Mercancía.
18.2.- Las devoluciones se aplican exclusivamente a productos que no hayan sido objeto de fabricación especial para el Cliente o de pedido especial por este.
18.3.- El Proveedor no aceptará ninguna devolución sin autorización previa por escrito.
18.4.- En todo caso, cualquier devolución deberá ir acompañada de una autorización por escrito, ejemplar xxx Xxxxxxx de Entrega del Proveedor y xxx Xxxxxxx de Devolución, siendo los gastos de transporte a cargo del Cliente. Se podrá aplicar un descuento por "devolución no autorizada" si el Cliente devuelve los Bienes al Proveedor sin autorización escrita, sin un ejemplar xxx Xxxxxxx de Entrega del Proveedor y sin un Albarán de Devolución, y/o si uno o más de los bienes devueltos) no son conformes.
18.5.- No se procesarán las devoluciones x xxxxxx debidos o no autorizadas, o las mercancías no entregadas a su remitente.
19.- GARANTÍA
19.1.- Salvo estipulación escrita o disposición legal en contrario, el plazo de garantía general será siempre el proporcionado por cada uno de los fabricantes de los productos de los equipos suministrados. La garantía sólo será de aplicación si la Mercancía en cuestión es devuelta previamente a los talleres del Proveedor.
19.2.- El plazo de garantía del servicio (cuando se trate de prestación para máquinas o bienes usados) está limitado a seis (6) meses desde la puesta en marcha in situ o la entrega. Esta garantía también se limita a la reparación de piezas o Mercancías reconocidos como defectuosos o a su cambio, al pago de los gastos de transporte y envío de dichas piezas
o materiales, al coste de la mano de obra necesaria para dichas reparaciones, excluyendo cualquier pago por daños y perjuicios, así como los gastos de desplazamiento y/o alojamiento, incurridos por el Proveedor en relación con los servicios prestados. No se aceptarán devoluciones de oficio por iniciativa del Cliente.
Esta garantía no se aplica a vicios aparentes, es decir, defectos de aspecto visible no declarados por el Cliente en el momento de la entrega de las Mercancías. También se excluyen los defectos o deterioros causados por el desgaste normal, por negligencia, o por mal uso o uso inadecuado al destino final de las Mercancías, por el incumplimiento de las instrucciones de montaje, por un mantenimiento insuficiente y/o por un accidente de manipulación.
En cualquier caso, esta garantía no se aplica a pinturas y revestimientos de superficie, a los efectos de la oxidación o variaciones de tensión aplicadas a equipos eléctricos, así como a piezas que no forman parte del suministro del Proveedor. En este sentido, el Proveedor trasladará a sus clientes las garantías otorgadas por sus proveedores.
Cualquier trabajo de reparación o modificación realizado en los productos por el Cliente o por un tercero no mandatado
o recomendado por el Proveedor pone fin automáticamente a la garantía en su totalidad; lo mismo se aplica a los casos en que las piezas montadas por el Proveedor hubieran sido sustituidas por piezas de otro origen por el cliente sin autorización del Proveedor. La reparación, modificación o sustitución de piezas durante el período de garantía no tendrá el efecto de ampliar el período de garantía.
19.3.- La garantía de reparación se fija en seis (6) meses (material defectuoso devuelto a nuestros talleres) para sustitución de las piezas defectuosas por piezas nuevas, dependiendo de su estado o de su antigüedad y salvo que se indique lo contrario en el presupuesto o en el albarán de reparación. La garantía no cubre defectos producidos por desgaste, mal montaje o mal uso del producto reparado. Para productos hidráulicos, el Cliente deberá tomar todas las medidas de descontaminación del circuito hidráulico antes de montar el producto reparado. A los efectos anteriores, el Proveedor podrá alquilar o vender los productos de descontaminación necesarios. La responsabilidad del Proveedor se limitará exclusivamente a la reparación gratuita en sus instalaciones o a la sustitución de la(s) pieza(s) defectuosa(s) suministrada(s) en el momento de la reparación, siempre que los bienes hayan sido utilizados correctamente y que los defectos observados estén relacionados con un defecto en los repuestos suministrados o por una mala reparación.
19.4.- La garantía no cubre consumibles defectuosos o pequeños conjuntos defectuosos considerados sujetos a desgaste normal, que sufran daños tales como fugas de aceite de las tuberías o aflojamiento de tornillos, ni las piezas denominadas de “desgaste normal” debido a su funcionamiento y/o consideradas como piezas de repuesto. La garantía tampoco cubre faltas, aumento o pérdida de ingresos o pérdida de reputación que resulten de una negligencia o un incumplimiento de una obligación esencial del Contrato, incluso si el Proveedor hubiera informado al cliente de tal eventualidad. No se procesará ninguna reclamación a menos que se presente por escrito dentro del período de garantía.
19.5.- Respecto de los defectos observados en Mercancías nuevas suministradas por el Proveedor y salvo pacto en contrario, la responsabilidad del Proveedor se limitará exclusivamente a reparar gratuitamente o sustituir la(s) pieza(s) defectuosa(s), siempre que los bienes hayan sido utilizados correctamente y que los defectos observados estén relacionados con defectos materiales o de fabricación.
19.6.- Como regla general, si la reparación de la Mercancías implicase el desmontaje del equipo en el que está integrado, la garantía cubrirá siempre el producto presuntamente defectuoso depositado en los almacenes del Proveedor, con los gastos de transporte y el riesgo que ello implica a cargo del Cliente.
19.7.- Los servicios de consultoría ofrecidos por el Proveedor antes del Contrato o para los efectos de su celebración se prestarán de buena fe y según su xxxx saber y entender.
19.8.- La responsabilidad del Proveedor por los daños causados, cualquiera que sea su origen, sólo se tendrá lugar hasta el importe previsto por el seguro de responsabilidad civil que haya contratado. Dicho importe, para cada reclamación, no podrá exceder en ningún caso del importe total del pedido y siempre que quede cubierto por el citado seguro.
19.9.- El Proveedor no tramitará ninguna solicitud de garantía en caso de impago por parte del Cliente en los plazos inicialmente previstos.
20.- LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
20.1.- Fuera de las estipulaciones que resulten del Contrato, que expresamente exceptúen lo aquí establecido, y sin perjuicio de las disposiciones legales de carácter imperativo, la responsabilidad máxima del Proveedor por los todos daños y perjuicios, cualquiera que sea su naturaleza, que deban ser indemnizados, y cualquiera que sea su origen (incluyendo entre otros, y sin limitación, cualquier acto u omisión que genere su responsabilidad contractual por dolo o negligencia, extracontractual, garantías, responsabilidad penal o violación de derechos de propiedad intelectual o industrial) no podrá exceder, en ningún caso, del importe del Precio Contractual, de las Mercancía o Servicios, del Contrato en cuestión.
20.2.- Sin perjuicio de lo que precede ni de cualquier otra Condición de este documento, el Proveedor no será en ningún caso responsable, (cualquiera que sea la causa que hubiere podido producir responsabilidad) de la pérdida de beneficios, de la pérdida de oportunidad de negocio, de las pérdidas de explotación, de la elevación subsiguiente de precios, de la pérdida o alteración de datos, de los daños de imagen o de cualquier otro daño indirecto.
20.3.- La responsabilidad del Proveedor en caso de defectos o fallos en los equipos o Mercancías queda limitada a lo establecido en las disposiciones en vigor, sólo si éstas tuvieran carácter imperativo y fueran superiores a lo establecido en estas Condiciones Generales; en otro caso, prevalecerán éstas. Las restantes reclamaciones de daños y perjuicios que se comuniquen como consecuencias de un daño, cualquiera que sea su origen quedan excluidas de la garantía, con exclusión de aquellas que estén cubiertas por la póliza de seguros de responsabilidad civil del Proveedor.
20.4.- Con la reserva de la aplicación de las estipulaciones anteriores, a los efectos del cálculo de la indemnización por el perjuicio causado, el Proveedor no tendrá jamás responsabilidad por la inejecución del Contrato, negligencia, pérdida de beneficios o de producción o por cualquier otro perjuicio sufrido por el Cliente.
21.- RETENCIÓN EN GARANTÍA
21.1- Con independencia de las condiciones de garantía establecidas, salvo que en el Contrato o en la confirmación del pedido se establezca otra cosa, no se admitirá ninguna retención del Precio Contractual en concepto de garantía por el Cliente.
21.2.- Por los trabajos realizados por el Proveedor en sus propios establecimientos o en los del Cliente, éste podrá aplicar la retención de la entrega de las Mercancías hasta el completo pago de conformidad con lo establecido en el artículo 1.600 del Código Civil.
22.- PORTES
22.1.- El Cliente deberá verificar el número, la calidad, las dimensiones y el buen estado de las Mercancías en el momento de la entrega. En caso de falta o disfunción, el Cliente deberá, bajo pena de perder todos los medios y acciones posibles de los que se puede hacer valer contra el transportista o el comisionista de transportes, presentar todas las reclamaciones o reservas relativas al transporte, mediante notificación fehacientes a estos últimos en un plazo de tres (3) días naturales, desde la recepción de las Mercancías. El Cliente deberá mandar una copia al Proveedor en idéntico plazo.
23. - EXPEDICIONES DE URGENCIA
23.-1 Cualquiera que sea el medio de transporte utilizado y independientemente del importe del servicio, serán de cuenta del Cliente todos los gastos suplementarios de transporte, desplazamiento y de comunicación ocasionados por el servicio urgente.
24.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR MOTIVOS NO IMPUTABLES AL PROVEEDOR.
24.1.- En caso de resolución anticipada del Contrato por causas no imputables al Proveedor, todos los gastos soportados por el éste por razón de las prestaciones realizadas o en curso serán de cargo del Cliente.
24.2.- Las cantidades anticipadas pagadas a cuenta quedarán en poder del Proveedor, como indemnización.
25- CONDICIONES DE PAGO.
25.1.- En caso de falta de pago total o parcial de las Mercancías o de los Servicios, la xxxx en el pago el Cliente abonará un interés moratorio mínimo del 1,5% por cada mes de retraso, salvo que el tipo legal sea superior, computado desde el vencimiento del pago de la factura, de acuerdo con el Contrato o por lo establecido en el artículo 4 de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, si debiera prevalecer. Se entiende como tipo legal el que resulte de la aplicación del artículo 7.2 de la citada Ley. El Cliente incurrirá en xxxx y deberá pagar el interés pactado en el Contrato, o el fijado por la citada Ley, automáticamente por el mero incumplimiento del pago en el plazo pactado o en el legalmente establecido, si debiere prevalecer, sin necesidad de aviso de vencimiento ni intimación alguna por parte del acreedor.
25.2.- Al importe del párrafo anterior, se añadirán 40 € por cada cantidad puntualmente insatisfecha que se sumará a cualquier otra indemnización, en concepto de gastos mínimos de gestión de cobro. Además, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados que haya sufrido a causa de la xxxx de éste y que superen la cantidad indicada en el párrafo anterior, incluidos todos los gastos judiciales y extrajudiciales incurridos para su cobro.
25.3.- Si otro criterio no se estableciere en el Contrato, las facturas se abonarán como tarde a los treinta (30) días naturales de la fecha de recepción de las mercancías o de la prestación de servicios. En todo caso se estará a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre.
26.- MOTIVOS DE RUPTURA
26.1.- El Proveedor podrá, sin perjuicio de otros derechos que pudiera tener, resolver total o parcialmente el Contrato en cualquier momento mediante comunicación escrita dirigida al Cliente:
26.1.1.- Si el Cliente no cumple con una de sus obligaciones previstas en el Contrato, tales como la falta de pago o la aceptación de la entrega, y si dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la notificación escrita del Proveedor informándole de tal incumplimiento, el Cliente no subsana dicho incumplimiento a pesar de que sea razonablemente posible corregirlo dentro del período antes mencionado, o en el caso de que no sea razonablemente posible remediarlo dentro del período antes mencionado, si el Cliente aún no toma ninguna medida para corregirlo, el Contrato podrá resolverse a instancia del Proveedor. En todo caso, las cantidades a cuenta pagadas por el Cliente, quedarán en poder del Proveedor a cuenta de la indemnización que proceda.
26.1.2.- En caso de procedimiento concursal abierto contra el Cliente, y en la medida que lo permita el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 xx xxxx (Texto Refundido de la Ley Concursal), y con la calificación del crédito que resulte en el procedimiento concursal, el Proveedor podrá reclamar al Cliente o a su representante, en concepto de daños y perjuicios, todos los gastos incurridos con motivo de la resolución del Contrato, incluidos los gastos generales y el lucro cesante. En caso de resolución del Contrato, todos los importes vencidos serán exigibles, todos los anticipos o importes ya pagados por el Cliente se conservarán por el Proveedor y las Mercancías impagadas deberán ser restituidas inmediatamente al Proveedor con independencia del lugar en el que se encuentren, a expensas del Cliente. El Cliente, sin el consentimiento del Proveedor, tendrá derecho a cancelar un pedido aceptado por el Proveedor, sólo en los términos previstos en el citado Texto Refundido de la Ley Concursal.
27.- ESTIPULACIONES VARIAS
27.1.- La renuncia por cualquiera de las partes a una reclamación de responsabilidad en caso de incumplimiento o de no ejecución, o a un derecho o recurso legal que pueda hacer valer, así como la apertura de un procedimiento de negociación entre las partes, nunca se considerará como su renuncia permanente a una reclamación de responsabilidad por incumplimiento o falta de ejecución o a un derecho o recurso del que podría valerse, a menos que dicha renuncia se materialice por escrito firmado por la parte interesada.
28.- FUERZA MAYOR
28.1.- El Proveedor no será responsable en caso de incumplimiento de sus obligaciones contractuales que resulte de un hecho o situación que no hubiera podido prever razonablemente, en particular los casos de fuerza mayor reconocidos por la legislación vigente y la jurisprudencia que la aplica.
28.2.- El Contrato quedará suspendido (con exclusión de las obligaciones de pago del Cliente hacia el Proveedor en virtud del Contrato) sin incurrir en responsabilidad del Proveedor si éste se ve impedido o retrasado en la ejecución de sus obligaciones por un hecho ajeno a su voluntad, incluyendo pero no limitado a: En caso de fuerza mayor, conflicto armado o ataque terrorista, guerra, disturbio, incendio, explosión, accidente, inundación, sabotaje, requerimiento o decisión administrativa (incluyendo a modo de ejemplo en caso de prohibición de exportar o reexportar o negativa a conceder la licencia de exportación necesaria), ley o reglamento, orden o acción judicial, dificultades profesionales,
huelgas, cierres patronales o decisión judicial. El Proveedor no estará obligado a entregar las Mercancías o Servicios antes de la fecha: (i) en la que los eventos antes mencionados dejen de impedirle o retrasarle el cumplimiento de sus obligaciones contractuales; (ii) en la que recibe las licencias o autorizaciones necesarias o cumple con las condiciones previstas por los reglamentos de exención para las categorías aplicables en materia de control de importación y/o exportación.
28.3.- Si la ejecución de las obligaciones contractuales se suspende o pospone por las razones anteriores indicadas en esta Cláusulas por un período superior a ciento ochenta (180) días consecutivos, cualquiera de las partes podrá resolv er la parte del Contrato que quede por ejecutar mediante notificación por escrito dirigida a la otra parte sin incurrir en responsabilidad hacia la otra parte, bajo reserva del pago por el Cliente de los gastos razonables incurridos por los trabajos realizados antes de la fecha de resolución y del importe de los Bienes entregados y de los Servicios prestados antes de esa fecha.
29.- OBLIGACIONES.
29.1.- La aceptación por el Cliente de le entrega de las Mercancías, del comienzo de la prestación de los Servicios o del inicio de la intervención del Proveedor, constituye una aceptación incondicional, total y sin reservas de las presentes Condiciones Generales, salvo que previamente se hubiera acordado de forma expresa su modificación con referencia explicita a la Condición modificada.
30.- RENUNCIA.
30.1.- En ningún caso se entenderá que el Proveedor renuncia a sus derechos y acciones derivados del Contrato, si concediera aplazamientos de pago u otras facilidades similares, o por la mera inacción del mismo en el ejercicio de sus acciones.
31.- DERECHO APLICABLE.
31.1.- El presente documento y el Contrato se regirán y se interpretarán conforme a la legislación española; en caso de litigio, prevalecerá la versión en español.
31.2.- Para el ejercicio de todas las acciones derivadas del Contrato y de las presentes Condiciones Generales, para la resolución de toda controversia, interpretación o aplicación de los mismos y del derecho aplicable, las partes pactan expresamente someterse a los Tribunales de Madrid (capital) con exclusión de cualquier otra.
32.- PROTECCIÓN DE DATOS.
32.1.- El Cliente manifiesta, en el ámbito de la Protección de Datos que, para la gestión del Contrato, autoriza expresamente a que sus datos de carácter personal y cualesquiera datos de carácter personal que sean necesarios, sean tratados por el Proveedor. Asimismo, el Cliente y sus representantes autorizan el tratamiento de sus datos para que el Proveedor pueda remitirle comunicaciones e información adicionales sobre sus servicios y actividades, no relacionada directamente con este encargo. El Cliente y su representante se comprometen a que los datos y documentos que los contienen que proporcione al Proveedor para la ejecución del encargo sean veraces y hayan sido obtenidos legítimamente.
32.2. Las finalidades legítimas del tratamiento de los datos de carácter personal son la gestión profesional, administrativa, contable y fiscal de la negociación, suscripción y ejecución del Contrato. Como así lo ha autorizado también es finalidad legítima la remisión de comunicaciones e información adicionales sobre los servicios y actividades del Proveedor, no relacionada directamente con el Contrato. La legitimación del tratamiento es la relación contractual que se establece por el Contrato entre las partes.
32.3.- Los datos de carácter personal proporcionados por el Cliente podrán ser comunicados en los escritos y en los documentos anejos a éstos a las contrapartes de otras relaciones jurídicas en la medida necesaria para el cumplimiento del Contrato, así como a otros profesionales que deban intervenir o sea conveniente que intervengan en su ejecución. En su caso, también podrán ser comunicados a abogados, procuradores, Administraciones Públicas, Juzgados y Tribunales.
33.4. - El Cliente y sus representantes tienen los derechos reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos a acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste. Así el Cliente tiene derecho a acceder a sus datos personales y a obtener una copia de los datos personales objeto del tratamiento, a actualizarlos, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos que ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos. En determinadas circunstancias previstas en el artículo 18 RGPD, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. Como consecuencia de la aplicación del derecho a la supresión u oposición al tratamiento de datos personales en el entorno on-line los interesados tienen el derecho al olvido según la jurisprudencia que el Tribunal de Justicia de la UE. El Cliente puede oponerse al tratamiento de sus datos con fines de mercadotecnia.
El Cliente y su representante pueden ejercer sus derechos:
– Mediante un escrito dirigido al Proveedor en la dirección que conste en la factura o en el Contrato, al que se apliquen las presentes Condiciones Generales.
– Mediante correo electrónico dirigido a : xxxxx@xxxxx.xx