Voria Stefanovsky Editores
Xxxxx Xxxxxxxxxxx Editores
CONTRATO DE PUBLICACIÓN
Hoy …de 2016 se celebra entre Xxxxx Xxxxxxxxxxx Editores, CUIT 20-00000000-0, con domicilio legal en Xxxxxxxx Xxxxxxxx 00, xxxx 0x xxxxxxxxxxxx “X” xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, representada para este acto por su Director Editorial, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI 12. 829.516, con domicilio legal en Xxxxxxxx Xxxxxxxx 00 xxxx 0x depto. “X”, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, por una parte, en adelante denominada LA EDITORIAL. Y por la otra a NN .DNI 113…., CUIT 20113… con domicilio en …. CP 1205, en adelante denominado EL AUTOR. Se conviene en celebrar el presente contrato de edición, con arreglo a las cláusulas que a continuación se establecen y lo dispuesto por la Ley 11.723.
PRIMERA: EL AUTOR cede a LA EDITORIAL, por cinco años y con carácter de exclusividad, el derecho a publicar, vender, difundir y distribuir en librerías de todo el territorio nacional a través de la Distribuidora Waldhuter Libros y otras, la obra titulada:, en adelante denominada LA OBRA, ya sea en soporte papel o digital. Se deja constancia que el autor podrá dejar sin efecto la cesión de los derechos comerciales de cinco años de manera inmediata manifestándose por escrito ante el editor. A su vez, el editor se compromete a dar curso a la petición escrita del autor, de manera inmediata SEGUNDA: DE LA OBRA se hará una edición en rústica de 400, 600 u 800) ejemplares pegados y cosidos, con tapas de 300 gramos a cuatro colores, laminadas, con solapas. Para el interior se usará papel Bookcell de 80 gramos de color hueso. Por los cuales EL AUTOR ABONARÁ LA SUMA TOTAL DE…. El importe total se abonará en tres pagos. El primero de
14.000 a la firma del contrato, el segundo a los 30 días y el último se hará efectivo contra la entrega de los ejemplares de los …ejemplares que se distribuirán del modo en que se establece en este contrato.
LA EDITORIAL, durante los 5 (cinco) años de vigencia de este contrato, SE COMPROMETE A EFECTUAR todas las reediciones que considere necesarias de manera inmediata, sin limitación de número de ejemplares.
TERCERA: EL AUTOR declara bajo juramento que los derechos que cede a LA EDITORIAL no se encuentran limitados, y declara que LA OBRA es original y le pertenece con exclusividad, y se obliga frente a LA EDITORIAL por cualquier daño o perjuicio que resultare de la violación de esta garantía.
CUARTA: Teniendo en cuenta que Distribuidora Waldhuter Libros y otras, por su trabajo de distribución, logística y cobro en librerías, retiene para sí el 60% (sesenta por ciento) del precio de tapa, LA EDITORIAL, EL AUTOR REPARTIRAN EL 40% (CUARENTA POR CIENTO) RESTANTE DE LA SIGUIENTE MANERA: 20% SERÁ PARA LA EDITORIAL, 20%
PARA EL AUTOR. Por disposición de las partes los pagos les serán efectuados AL EL AUTOR según liquidaciones semestrales, la primera de ellas a practicarse a los 180 (ciento ochenta) días xx xxxxxxxxx LA OBRA en sus canales de ventas, pagaderas dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha de la liquidación. En caso de eventuales reediciones, las liquidaciones correspondientes a las mismas se efectuarán a partir de los 180 (ciento ochenta) días xx xxxxxxxxx cada una de ellas, siendo pagaderas en la misma forma. El precio de venta será establecido por LA EDITORIAL.-----------
QUINTA: Si al practicarse 4 (cuatro) liquidaciones semestrales consecutivas se establece una venta total inferior a 200 (doscientos) ejemplares, LA EDITORIAL consultara con las partes para decidir el destino de los ejemplares restantes de la edición. Si dicho remanente se saldara, EL AUTOR percibirá el 10% (diez por ciento) del importe obtenido.----------------------------------
SEXTA: LA EDITORIAL entregará a AL AUTOR la cantidad de 100 (cien) ejemplares de la primera edición de LA OBRA, de los cuales no tendrá que rendir cuentas a la EDITORIAL. LA EDITORIAL SE RESERVARÁ 100 EJEMPLARES PARA REALIZAR LA PRENSA Y LA PROMOCIÓN DE LA OBRA EN MEDIOS MASIVOS DE COMINICACIÓN Y EN CASAS
DE ESTUDIOS SUPERIORES. LA EDITORIAL ofrece al AUTOR de manera gratuita un salón a elegir (se verá la disponibilidad) para la presentación del libro. Los ejemplares solicitados por EL AUTOR, por sobre esa cantidad 100 (cuatrocientos), le serán facturados con un descuento del 60% sobre el precio de tapa, debitándose el importe de sus liquidaciones de derechos, si lo hubiere.
SEPTIMA: Es obligación de LA EDITORIAL efectuar el depósito legal que previene la Ley 11.723. EL AUTOR faculta a LA EDITORIAL para perseguir judicialmente las ediciones clandestinas o fraudulentas, sean totales o parciales de LA OBRA, que pudieren aparecer durante la vigencia del presente contrato. OCTAVA: EL AUTOR se compromete a no publicar bajo su nombre o mediante seudónimo ninguna obra análoga a la presente que es regida por este contrato y que pudiera significar una competencia a la misma. EL AUTOR AUTORIZA A LA EDITORIAL PARA QUE PUEDA EFECTUAR la publicación de LA OBRA o sus traducciones en países extranjeros y a contratar directamente o bien por medio de agentes la publicación de LA OBRA, o sus traducciones con
editoriales extranjeras DEJANDO EN LIBETAD AL AUTOR PARA NEGOCIAR SU NUEVO CONTRATO. Durante la vigencia del presente contrato únicamente CON EL CONSENTIMENTO DE LAS PARTES LA EDITORIAL podrá concertar y negociar las publicaciones a que se refiere esta cláusula. Los beneficios que la operación produzca, una vez deducidos los gastos, serán distribuidos así: 70% (setenta por ciento) para EL AUTOR y 30% (treinta por ciento) para LA EDITORIAL.
NOVENA: Este contrato se considera vigente mientras subsistan los derechos que la ley reconoce a EL AUTOR y sus derechohabientes. LA EDITORIAL podrá ceder los derechos comerciales que forman la materia del presente contrato A FAVOR DEL AUTOR .----------------
DÉCIMA: En el supuesto caso de que EL AUTOR no se satisfaga con los informes que brinde LA EDITORIAL, está autorizado a realizar todos los controles contables y administrativos que considere necesarios. DECIMOPRIMERA: Para cuanta diferencia surja de la aplicación de este contrato, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio en los arriba fijados.----------------------
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Buenos Aires, a los días del mes xx Xxxxxx del año 2016.
El pago de la impresión se abonará en tres cuotas, cada una de ellas se rubricará con una firma de ambas artes.
Firma del director editorial Firma del autor