BAC
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
BAC
CONTRATACIÓN MENOR PARA SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS EN PROYECTOS DE PAISAJISMO ARQUITECTÓNICO OBRA: “CENTRO MODELO DE REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
CLÁUSULA 1. PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN: El presente llamado a Contratación Menor seconvoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) y los Decretos Nº 168/GCBA/19, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición Nº 1.274/DGCYC/17, las presentes Cláusulas Particulares, sus Anexos, de Especificaciones Técnicas y sus anexos.
CLÁUSULA 2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Contratación Menor para el Servicios Profesional especializado en PROYECTOS de PAISAJISMO ARQUITECTÓNICO, de áreas verdes, veredas y patios, para la Obra “Centro Modelo de Reeducación y Reinserción Social” de acuerdo a lo estipulado en el presente pliego y el Pliego de Especificaciones Técnicas, sus anexos y en un todo de acuerdo a los términos xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
CLÁUSULA 3. DURACION DEL CONTRATO: La presente contratación tiene una duración de TREINTA DÍAS CORRIDOS (30), contados a partir del perfeccionamiento del contrato.
CLÁUSULA 4. PLAZOS DE ENTREGA: La entrega se realizará en una única etapa, según ANEXO I del PCP – PLAZOS DE ENTREGA. El lugar de entrega será en Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000, 0x XXXX, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
CLÁUSULA 5. PRORROGA: Para la contratación que regula el presente pliego se tendrán validas el contenido de los incisos I y III, del artículo 119 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), permitiéndose entonces la ejecución de prórrogas, extensiones y ampliaciones bajo idénticas condiciones y respetándose los valores contractuales, en caso de ser necesario.
CLÁUSULA 6. PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto oficial para la presente contratación asciende a la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($ 000.000.‐) de acuerdo al Anexo II “Presupuesto Oficial”, y Anexo III Planilla de Cotización.
CLÁUSULA 7. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL: En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará a quien/es resulte/n ADJUDICATARIO/S de los servicios requeridos a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas, sus anexos y del Contrato oportunamente suscripto.
La provisión de bienes objeto del presente llamado reviste el carácter de esencial, necesaria y continua para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
CLÁUSULA 8. COMPETENCIA JUDICIAL: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 7º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales).
CLÁUSULA 9. ANUNCIOS: El llamado a contratación para la contratación objeto de la presente, se anunciará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 38 inc. del Decreto Nº 168/GCABA/19. Para las invitaciones y comunicaciones se procederá de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto Nº 168/GCABA/19.
CLÁUSULA 10. ADQUISICIÓN XXX XXXXXX: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
CLÁUSULA 11. CONSULTA Y ACLARACIONES: Los OFERENTES acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración y autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los PLIEGOS del presente llamado, a través del BAC, hasta SETENTA Y DOS (72) HORAS antes de la fecha prevista para el Acto de Apertura de las OFERTAS.
El GCABA elabora las Circulares referidas a las solicitudes de consultas y aclaraciones y las publica en BAC. Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la contratación serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con el Artículo 85 del Decreto 168/GCABA/19.
CLÁUSULA 12. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Se considerará domicilio del OFERENTE, aquel que oportunamente constituya en su OFERTA, el cual deberá encontrarse dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De lo contrario, se tendrá por válido aquel declarado ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Artículo 6º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales). Asimismo, se considerará domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA, conforme a los términos establecidos en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1.274/DGCYC/17.
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al GCABA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno, el cual deberá estar situado dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El COMITENTE constituye domicilio en Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000, 0x xxxx, X.X.X.X. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ‐ Departamento Cédulas y Oficios Judiciales sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
CLÁUSULA 13. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN: Los siguientes documentos
constituyen instrumentos reguladores de la relación contractual:
a) Acto Administrativo Aprobatorio delllamado.
b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
c) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Circulares Aclaratorias.
d) El Pliego de Especificaciones Técnicas, sus anexos y sus Circulares Aclaratorias.
e) La OFERTA y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la adjudicación.
f) Acto Administrativo aprobatorio de la adjudicación.
g) La ORDEN DE COMPRA u ORDEN DE PROVISIÓN.
Cuando exista divergencia entre los documentos señalados en el párrafo anterior, a los fines de su interpretación prevalecerá el orden en que han sido expuestos. Todo cuanto no esté previsto en las presentes bases será resuelto de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017)y el Decreto Nº 168/GCABA/19 y con las disposiciones del Derecho Público dentro xxx xxxxxxxx y finalidad de la Licitación Pública, de las características de los servicios objeto de la presente contratación y la necesidad que con la presente se procura satisfacer.
CLÁUSULA 14.CÓMPUTO DE PLAZOS: Todos los plazos que se establezcan en el presente deben computarse en días corridos, salvo disposición expresa en contrario. La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del día hábil siguiente.
Los plazos se cuentan si se fijan en SEMANAS, por períodos de SIETE (7) DÍAS corridos, y cuando se fijen en MESES o AÑOS, de acuerdo a lo que dispone el Código Civil y Comercial de la Nación.
CLÁUSULA 15. RÉGIMEN Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: El presente llamado se efectúa al amparo de lo establecido en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras – Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 168/GCABA/19, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición N° 1.274/DGCYC/17, las presentes Cláusulas Particulares, de Especificaciones Técnicas y sus anexos.
CLÁUSULA 16. CONDICIONES PARA SER OFERENTE:
Para concurrir como oferentes a la presente Contratación Menor, deberán reunirse los siguientes requisitos:
a) Personas físicas, y/o sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia.
b) Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta.
c) Los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite.
d) En el caso de las Uniones Transitorias (U.T.), se deberá acompañar el poder suficiente a favor del mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre de dicha Unión Transitoria de Empresas.
La U.T. deberá estar constituida por un plazo superior a la duración de la contratación.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
Asimismo, deberán mantener su participación dentro de la U.T. que integran, no pudiendo variar las condiciones en las que se presentaron, sin la previa conformidad por escrito del GCABA. Las sociedades integrantes serán responsables solidariamente entre sí por las obligaciones asumidas por la U.T.
En ningún caso un oferente podrá presentarse en forma individual y como parte integrante de una U.T. Los componentes de la U.T. deberán estar preinscriptos individualmente en el RIUPP, al momento de la presentación de la oferta.
U.T. EN FORMACIÓN: En caso de que la U.T. no se encuentre constituida, podrá presentar oferta sin encontrarse inscripta como tal, acompañando en la misma un Compromiso de constitución con firmas certificadas por Escribano Público o Xxxx xx Xxx, mediante el cual los proveedores inscriptos que la integran se comprometen a constituirse –en caso de resultar adjudicatarios‐ en el plazo perentorio de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación. Asimismo, deberán presentar una declaración suscripta por todos los integrantes mediante instrumento público por la que se establezca que cada sociedad asume responsabilidad solidaria e ilimitada por todas sus obligaciones sin beneficio de división ni excusión durante el término de vigencia del contrato.
CLÁUSULA 17. IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES: No podrán concurrir como oferentes a la presente contratación:
a) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
b) Las sociedades integradas por personas humanas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del GCABA.
c) Las sociedades irregulares o de hecho.
d) Personas humanas.
e) Sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal, sea en el país o en el extranjero.
f) Las sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País.
g) Las personas humanas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
h) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2º de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) y el Decreto Nº 168/GCABA/19, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
i) Las personas Jurídica sen estado de quiebra o liquidación.
j) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, provisionales, alimentarios declarados tales por autoridad competente.
Asimismo, resulta de aplicación para el presente lo establecido en el Artículo 98 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), reglamentado por el Decreto Nº 168/GCABA/19.
CLÁUSULA 18. RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL: Todo el personal o terceros
afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Estarán bajo exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, cargas sociales y previsionales, como cualquier otra erogación, sin excepción. Quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
En tal sentido queda debidamente aclarado y entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado de todo conflicto, litigio o controversia de índole laboral entre el adjudicatario y el personal por él afectado.
Asimismo, se destaca que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego, el Pliego de Especificaciones Técnicas, sus anexos y del contrato en general.
CLÁUSULA 19. DAÑOS A TERCEROS: El adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a las personas o cosas. Si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los daños y perjuicios.
Es responsabilidad del Adjudicatario que todo personal vinculado a la prestación del servicio opere diariamente en perfecto cumplimiento de las normas de seguridad e higiene vigentes en la materia, siendo su exclusiva responsabilidad proveer a los operarios todos los elementos de seguridad.
CLÁUSULA 20. CONTENIDO DE LA OFERTA: El oferente deberá presentar su propuesta en BAC acompañando toda la documentación que a continuación se detalla:
1. Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.
2. Declaración Jurada de que el oferente no se encuentre incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública.
3. Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción ocompetencia.
4. Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos, conocimiento del sitio a intervenir y las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares y sus anexos I, II, y III Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos I, y II.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
5. Declaración Jurada de que los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación vinculado al personal afectado a la prestación de los servicios estarán a exclusivo cargo del adjudicatario, así como los daños a terceros que pudieran producirse con causa o en ocasión de los servicios prestados.
6. Declaración jurada del oferente donde manifieste la absoluta disponibilidad para cumplir con la entrega de las cantidades solicitadas en el plazo indicado.
7. Los Oferentes deberán presentar antecedentes como Especialistas en Proyectos de Paisajismo Publico‐ Privado y haber desarrollado al menos cinco (5) proyectos construidos y/o en ejecución en los últimos 5 años, y al menos uno de superficie de 8.000m2. Deberán presentar listado indicando obra, fecha, y contacto.
CLÁUSULA 21. FORMA DE COTIZAR: Las ofertas deberán ser expresadas en pesos ($), moneda de curso legal en la República Argentina. En la cotización a realizarse deberá indicarse la inclusión de la alícuota del IVA. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de exento. Las ofertas deberán incluir todos los costos de tramites, certificaciones, tasas e impuestos. No se prevén actualizaciones de precio.
CLÁUSULA 23. CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES: La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también la de las circulares con y sin consulta que se hubieran emitido, sin que pueda alegar en adelante el desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la Contratación, como así también de las especificaciones técnicas, anexos.
CLÁUSULA 24. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los Pliego Único de Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas en soporte electrónico.
Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel serán individualizados en la oferta y entregados en la Dirección General de Compras y Contrataciones hasta la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas.
Deberá presentarse una copia de toda la documentación en formato digital, preferentemente, en un pendrive o CD etiquetado.
CLÁUSULA 25. APERTURA DE OFERTAS: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BAC. Las ofertas serán liberadas el día y hora establecidos en el respectivo llamado a Contratación Menor, formulándose
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
electrónicamente el Acta (Art. 85 del Anexo I Decreto N° 168/GCABA/2019).
El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura y permite a los Oferentes acceder al resto de las ofertas presentadas, las que podrán ser observadas por los mismos dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la apertura en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Xxxx. Xxxxxx Xxxxxx 000, Xxxx 0x ‐ XXXX.
Las eventuales observaciones realizadas por los oferentes no generarán obligaciones de ningún tipo al GCABA, así como ningún derecho a los oferentes que las realizarán.
Si el día señalado para la apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente.
El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto de Apertura según su exclusivo derecho, y será anunciada por los mismos medios a través de los cuales se haya difundido el llamado.
Una vez iniciado el acto a apertura, no se admitirá interrupción alguna. Se comenzará el acto procediendo a la apertura de las OFERTAS.
CLÁUSULA 26.VISTA DE LAS PRESENTACIONES: El derecho de vistas con relación a las OFERTAS presentadas en esta contratación se regirá por la normativa contenida en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/GCABA/97 (Texto consolidado por Ley N° 6.017).
CLÁUSULA 27. FALSEAMIENTO DE DATOS: El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
CLÁUSULA 28. ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN: La documentación será analizada por una comisión designada a tal fin, cuyos miembros tendrán suficiente idoneidad para la apreciación de las ofertas de acuerdo a la naturaleza de la presente contratación.
La Comisión Evaluadora de Ofertas verificará en las mismas el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), su Decreto reglamentario Nº 168/GCABA/19, el Pliego Único de Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, sus Anexos y las circulares aclaratorias, descartando aquellas ofertas que no den estricto cumplimiento con lo allí requerido.
CLÁUSULA 29. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: La Comisión Evaluadora de Ofertas, podrá requerir a los oferentes, en formar previa a la emisión del dictamen, aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en las mismas, información complementaria y documentación respaldatoria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho a la igualdad entre ellos, ni altere los términos de las OFERTAS presentadas, debiendo responder éstos en el plazo que, de acuerdo a la complejidad y circunstancias, se establezca. Ante la falta de respuesta, la comisión resolverá con la documentación e información que tenga a la vista para su análisis. Las aclaraciones que se reciban, en ningún modo implicarán una modificación en la oferta.
CLÁUSULA 30. RECHAZO: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la oferta presentada con anterioridad al perfeccionamiento del contrato,
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
sin que dicha decisión otorgue derecho alguno al oferente para formular y/o efectuar reclamo alguno.
CLÁUSULA 31. IMPUGNACIÓN AL PLIEGO: La impugnación al Pliego deberá ser acompañada con una garantía equivalente al tres por ciento (3%) del monto total estimado de la contratación. La impugnación al Pliego será tramitada conforme lo establece el Artículo 20 inc. a) y 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado mediante Disposición Nº 1.274/DGCYC/17.
CLÁUSULA 32. ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones, el depósito correspondiente, el que será efectuado en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
Previo a efectuar las impugnaciones mediante BAC en el plazo estipulado, el oferente deberá presentar en la sede de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, sita en Av. Xxxxxx Xxxxxx 346 5° Piso ‐ CABA, dentro del plazo fijado a tal efecto, la fotocopia y original de la boleta de depósito, caso contrario no será considerada la impugnación.
CLÁUSULA 33. ADJUDICACIÓN: El GCABA competentes resolverá, en forma fundada la adjudicación, previa emisión de un informe, recomendando la resolución a adoptar para concluir el procedimiento con su correspondiente cuadro comparativo de Ofertas.
El acto administrativo de adjudicación, será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de un (1) día.
Los recursos que se deduzcan contra el acto administrativo de adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo estipulado el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97 aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98.
La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen del Área Legal pertinente.
CLÁUSULA 34. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la Orden de Compra al adjudicatario a través de BAC, tal lo establecido en el artículo 114 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y Artículo 24 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
CLÁUSULA 35. CONTRATACIÓN MENOR DESIERTA O FRACASADA. RESERVA DEL DERECHO DE DEJAR SIN
EFECTO EL PROCEDIMIENTO: En caso de que no se presentara ningún OFERENTE la Contratación Menor será declarada desierta.
En el supuesto de que los OFERENTES no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser ADJUDICATARIOS, o de que ninguna de las OFERTAS presentadas se ajuste al SERVICIO requerido para la presente contratación en toda la documentación licitatoria, la Contratación Menor será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los OFERENTES.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 0 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Subsecretaria de Obras
Dirección General de Infraestructura Gubernamental
El GCABA se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los OFERENTES para formular y/o efectuar reclamo alguno, conforme art. 84 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), al Artículo 25 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1.274/DGCYC/17.
CLÁUSULA 36. IMCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO: El incumplimiento en término de las obligaciones del contrato coloca al ADJUDICATARIO en estado xx xxxx automática y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las multas y sanciones establecidas en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) y el Decreto Nº 168/GCABA/19.
CLÁUSULA 37. PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA CONTRACTUAL: El contrato y los derechos que de él emergen no podrán ser cedidos o transferidos por el adjudicatario a terceros.
La inobservancia de esta estipulación facultará al GCABA a la rescisión unilateral del contrato por culpa del adjudicatario, ello sin perjuicio de la factibilidad de formulación de cargo por los daños y perjuicios que pudiera haber ocasionado al GCABA el incumplimiento respectivo.
CLÁUSULA 38. RECEPCIÓN DEFINITIVA Y FACTURACIÓN: El Parte de Recepción Definitiva será extendido dentro de los ocho (8) días corridos, por la Dirección General de Infraestructura Gubernamental dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, según los informes conformados en cada etapa, los que deberán especificar el valor total. El proveedor imprimirá su PRD directamente de autogestión de proveedores sin necesidad de retirarlo por la repartición, con lo cual, imprimido el Parte, el adjudicatario procederá a confeccionar la factura, en original y dos (2) copias, ajustadas a la forma exigida para cotizar y conforme a la mecánica establecida al respecto en los Pliego de Bases y Condiciones.
CLÁUSULA 39. PAGO: 100 % contra entrega del proyecto completo, incluyendo las especificaciones técnicas y la cotización de las tareas a realizar y especies a proveer.
El pago será realizado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 28 y 29 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
CLÁUSULA 40. CONSULTAS: Para consultas administrativas, comunicarse con la Mesa de Ayuda BAC al Tel. 5236‐4800/5236 al 4810 Opción: 8. O enviar un mail a: mesadeayudabac@dguiaf‐xxxxx.xxx.xx.
Para consultas técnicas, comunicarse con la Dirección General de Infraestructura Gubernamental (DGIGUB). Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Teléfono: 5030‐9100 – interno 5290.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PÁGINA 00 XX 00
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número:
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
Xxxxxx Xxxxx,
Lunes 29 de Julio de 2019
Referencia: Contratación de Servicios profesionales especializados en Proyectos de Paisajismo Arquitectónico – Obra: “Centro Modelo de Reeducación y Reinserción Social” - EX-2019-23369574- GCABA-DGIGUB – Pliego de Bases y Condiciones Particulares
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 10 pagina/s.
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales
Date: 2019.07.29 12:39:45 -03'00'
XXXXXX XXXXX TERRENO
Director General
D.G. INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2019.07.29 12:39:45 -03'00'