CONTRATO DE COMPRA VENTA
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Entre los suscritos, XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX, mayor, soltera, conserje, vecina de Katira, cédula de identidad número cinco – trescientos siete – quinientos diecisiete, en su condición de presidente con facultades de apoderada generalísima de la sociedad de esta plaza denominada ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA XXXXXX XX XXXXXXX, inscrita en el registro público, sección mercantil, al tomo 7, folio 488, asiento 12316, con cédula de persona jurídica numero 0-000-000000, quien declara bajo la fe del juramento que no se encuentra incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad que señala la ley de contratación administrativa y su reglamento, quien adelante y para los efectos del vinculo contractual se denominara la vendedora y la MUNICIPALIDAD DE GUATUSO con cédula de persona jurídica numero 0-000-000000, representada para este acto por el señor alcalde municipal XXXXXXX XXXXXX XXXXXX CC XXXXXX XXXXX, mayor, Casado, Administrador, cédula de identidad número dos – doscientos cincuenta y tres – novecientos seis, nombramiento realizado por votación pública y con base en resolución 0020-E11-2011 emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, debidamente juramentado por el Concejo Municipal de Guatuso en sesión Solemne del 8 de febrero del 2011, celebramos el presente contrato de compra venta de un terreno, el cual se regirá por las estipulaciones que rigen la materia y las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: La Compra venta de Tierra en el Xxxxxxx xx Xxxxxx inscrito en el Registro Público de la Propiedad del partido de Alajuela, matrícula número 00299188 - 000 (doscientos noventa y nueve mil ciento ochenta y ocho – cero cero cero) lote 7-18 terreno para parque, situado en el distrito 02, Buena Vista, Cantón 15 de Guatuso, con una medida de 6459,36 metros cuadrados (seis mil cuatrocientos cincuenta y nueve metros cuadrados con treinta y seis decímetros cuadrados), y los siguientes linderos, norte: Junta de Educación Xxxxxxx xx Xxxxxx xxxx 0 x xx X, X, X, Xxx; Calle Pública, Este: Calle Pública, y Oeste: Temporalidades de la Diócesis de Alajuela, todo según plano catastrado n. A - 0008099-1991.
SEGUNDA; DOCUMENTOS DEL CONTRATO: El expediente de la Licitación Pública Nº 2012LN-000000-01, Compra de Tierra en el Xxxxxxx xx Xxxxxx, para construir un parque recreativo, sus especificaciones técnicas o cartel, la oferta presentada por la vendedora y sus pormenores.
TERCERA: DETALLES: Que el inmueble dado en compra venta se encuentra libre de todo gravamen, anotaciones derechos de usufructo, uso o habitación, servidumbre, embargos o litigios pendientes y en general de cualquier limitación que pueda afectar el derecho sobre el inmueble y sus eventuales mejoras. Igualmente se encuentra al día con el pago de los tributos municipales. La vendedora se compromete a dar en venta a la Municipalidad de Guatuso, el terreno descrito en la cláusula primera de este contrato.
CUARTA: DEL PRECIO: El precio del inmueble y sus eventuales mejoras que se vende, lo es la suma de sesenta millones seiscientos mil colones (¢60.600.000,00).
QUINTA: DEL PAGO: El precio de que trata la cláusula anterior, será cancelado en el acto que la vendedora haga la entrega efectiva del bien inmueble a la municipalidad en cabeza de su representante legal y, firme la escritura ante el profesional responsable, mediante cheque girado a su nombre.
SEXTA: CLAÚSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total imputable a la vendedora en la entrega del inmueble, se impondrá a esta una pena pecuniaria por la suma de seis millones sesenta mil colones, que es equivalente al diez por ciento (10%) del total del valor por lo que el inmueble se vende.
SÉTIMA: MULTAS: En caso xx xxxx en la entrega del inmueble imputable a la vendedora, por cada día de atraso se impondrá a la vendedora, una multa de cien mil colones, sucesivos día con día,
OCTAVA: La Municipalidad se obliga a dar aviso a la vendedora, al menos con ocho días naturales de anticipación a efectos de que acuda al notario a formalizar la escritura de compraventa.
NOVENA: DE LA FISCALIZACIÓN DEL CONTRATO Y A SU POSTERIOR RECIBO: La Alcaldía de la Municipalidad de Guatuso, será la encargada de velar por el fiel cumplimiento y por fiscalizar el presente contrato; dará por recibido en mismo y autorizará el pago y su finiquito definitivo.
DÉCIMA: El perfeccionamiento del presenta contrato de compraventa, queda sujeto al refrendo respectivo que otorgue la Contraloría General de la República y a la formalización de la escritura de compraventa.
ONCEAVA: Ratificamos el presente contrato, firmando en la ciudad de San Xxxxxx xx Xxxxxxx a los 7 días del mes xx xxxxx del 2013.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX
ALCALDE MUNICIPAL PRESIDENTA ASOCIACIÓN