ADENDA N• 01
ADENDA N• 01
AL ACUERDO DE COOPERAÇIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA XXXXXX Y ALMI INTERNATIONAL S.A.C.
Conste por el presente documento, la Adenda N° 1 al Acuerdo de Cooperaciśn lnterinstitucional, entre la UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA XXXXXX, con RUC N° 20147897406, con domicilio legal en la Xx. Xx Xxxxxx xxx, Xxxxxxxx xx Xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx xx Xxxx, Xxxx, debidamente representada por su Rector, Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, identificado con DNI N° 00000000, designado mediante Resolución No 001-2021-AU- UNALM de fecha 23 de febrero del 2021, a qulen en adelante se denominará “LA UNALM”; y de la otra parte, ALMI INTERNATIONAL S.A.C., con RUC N° 20504079261, debidamente representado por el Xx. XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX con D.N.I. N°48288470 designado mediante documento consignado en los Registros de Personas Jurldicas de los Registros Públicos de Lima, con partida electrónica No11317124, con domicilio legal en Xxxxx Xxx Xxxxxxx Xx000, Xxxxxxxxx, Xxxx, a quien en ade|ante se le denominará “ALMI”.
Cuando en adelante, se haga referencia a las dos entidades en conjuntos, se utilizará la denominación “LAS PARTES”, en los términos y condiciones siguientes:
CLĂUSULA PRIMERA. - BASE LEGAL
• Constituclón Política del Perú.
• Código Clvil.
• Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por el
D.L. N°1272.
• Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
• Ley N° 30220 Ley Universitaria.
• Decreto Legislativo N° 1501 - Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo N° 1278, que aprueba la Ley de gestión integral de residuos sślidos.
' • Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM. Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestiôn Integral de Residuos S6lidos.
• Decreto Supremo 009-2019-MINAM. Régimen Especial de Gestiôn y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrśnicos.
• Decreto Supremo N° 035-2021-MINAM. Disposicíones Complementarias al Decreto Supremo N° 009-2019-MINAM.
• Estatuto de LA UNALM.
• Reglamento General de LA UNALM.
• Resolución N° 0186-2016-CU-UNALM, Reglamento General de Gestión de Residuos Sólidos.
• Resoluciôn No. 0318-2020-R-UNALM - Protocolo para el Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos generados en laboratorios, œntros de producción, centro médico y áreas diversas de la UNALM.
CLAUSULA SEGUNDA. - ANTECEDENTES
2.1 Con fecha 00 xx xxxx xx 0000, XXX XXXXXX celebraron un Acuerdo de Cooperación Interinstitucional, en adelante “EL ACUERDO”, que tiene por objeto establecer relaciones operativas, administrativas, académicas y demás que sean necesarias sobre la base de un espíritu de amplia colaboración para optimizar las fortalezas en cuidado del medio ambiente, reutilización de materiales reciclables, capacitación y difusión, en beneficio de ambas instituciones, el mismo que consta de quince (15) cláusulas.
2.2 Conforme, a lo precisado en la cláusula octava del referido Acuerdo, el mismo tendría una vigencia de un (01) año, computado desde la fecha de su suscrlpción, pudiendo ser renovado por acuerdo entre LAS PARTES a través de la suscripci6n de la Adenda respectiva.
2.3 Que, en esa línea, LAS PARTES, estando próximo el vencimiento de EL ACUERDO, convienen en suscribir la presente Xxxxxx con la finalidad de renovarlo por un (01) año a efecto de mantener los lazos de cooperación. Adenda que pasaró a formar parte Integrante de EL ACUERDO suscrito el 20 xx xxxx de 2021.
CLAUSULA TERCERO - DEL OBJETO
Mediante la presente Adenda LAS PARTES convienen an RENOVAR el plazo de vigencia de EL ACUERDO por un lapso de un (01) año, contados a partir del 21 xx xxxx de 2022 hasta el 21 xx xxxx de 2023.
CLAUSULA CUARTA - DE LAS DEMAS DISPOSICIONES
LAS PARTES convienen en señalar que permanecen vigentes las demás cláusulas de EL ACUERDO suscrito el 20 xx xxxx del 2021, que no hayan sido modificadas expresa o tácitamente por la presente ADENDA y, en tal sentido, ratifican los términos y condiciones establecidas en EL AÇUERDO, los cuales mantienen su vigencia y exigibilidad, siendo aplicables a la presente Adenda.
CLÁUSULA QUINTA.- DE LA VIGENCIA
La presente Adenda de Renovación al Acuerdo de Cooperación Interinstitucional de EL ACUERDO suscrito el 20 xx xxxx del 2021, entra en vigencia desde el momento de su suscripción.
En señal de plena aceptación y en absoluta conformidad, LAS PARTES suscriben la presente ADENDA, por duplicado y a un solo efecto, en la ciudad de Lima, a los 21 días del mes xx xxxx de 2022.
LA UNALM
xxxx Xxxxx Xxxx gui Representante Legal
Rec
ALMI