CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR
ANEXO 1a
CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante), por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 62, fracciones XV y XVI y 193, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, del instrumento normativo antes referido.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre de la empresa participante
Nombre y firma del representante legal de la persona moral
CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona física) por mi propio derecho, por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conozco Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y no me encuentro en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 62, fracciones XV y XVI y 193, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, del instrumento normativo antes referido.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante (Persona física)
ANEXO 1b
MANIFESTACIÓN DE DOMICILIO LEGAL
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre del representante legal de la persona moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número CPSI/DGRM/042/2023, mediante (especificar e incluir copia simple y original para cotejo de predial, agua o CFE), así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en xxxxx xxxxxx xxxxxxxx , xxxxxx xxxxxxxx , xxxxxxx , Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx , xxxxxx xxxxxx , Xxxxxx
.
Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que el comprobante de domicilio presentado y obtenido por medios electrónicos es fidedigno.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre de la empresa participante
Nombre y firma del representante legal de la persona moral
MANIFESTACIÓN DE DOMICILIO LEGAL
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número CPSI/DGRM/042/2023, mediante (especificar e incluir copia simple y original para cotejo de predial, agua o CFE), así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en calle número exterior , número interior , colonia , Alcaldía o Municipio , código postal , Ciudad .
Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que el comprobante de domicilio presentado y obtenido por medios electrónicos es fidedigno.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante (Persona física)
ANEXO 1c
MANIFESTACIÓN DE VERSIÓN ELECTRÓNICA FIDEDIGNA
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
P R E S E N T E
(Nombre del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que la cédula de identificación fiscal/alta del registro patronal, presentada y obtenida por medios electrónicos es fidedigna.
ATENTAMENTE
Nombre de la empresa participante
Nombre y firma del representante legal de la persona moral
MANIFESTACIÓN DE VERSIÓN ELECTRÓNICA FIDEDIGNA
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
P R E S E N T E
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que la cédula de identificación fiscal/alta del registro patronal, presentada y obtenida por medios electrónicos es fidedigna.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante (Persona física)
ANEXO 1d
FORMATO ORIENTATIVO DE CONTRATO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA
CONTRATO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA QUE CELEBRAN POR UN LADO [PERSONA A], A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO Y POR OTRA PARTE [PERSONA B] A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO , A QUIENES DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
DECLARACIONES
I. DECLARA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, QUE: (DECLARACIÓN PARA PERSONAS XXXXXXX)
I.1. Que acredita la existencia de la persona moral denominada con el testimonio de la escritura pública Número. , de fecha , pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número de la ciudad de , el Licenciado , misma que fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de , bajo el folio .
I.2. Que el (la) Señor(a) , acredita su personalidad y facultades como representante legal de dicha sociedad, mediante el testimonio de la escritura pública Número. , de fecha , pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número de la ciudad de , el Licenciado , facultades que a la fecha no le han sido revocadas, y en este acto señala como domicilio del representante legal .
I.3. Cuenta con la clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes expedida a nombre de la empresa, por el Servicio de Administración Tributaria.
I.4. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en
.
II. DECLARA , POR SU PROPIO DERECHO, QUE: (DECLARACIÓN PARA PERSONAS FÍSICAS)
II.1. Que acredita la existencia y nacionalidad mediante .
II.2. Cuenta con la clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes expedida a su nombre, por el Servicio de Administración Tributaria.
II.3. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en
.
III. DECLARAN LAS “PARTES” QUE:
III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que comparecen para la celebración del presente instrumento contractual, sin mediar vicio del consentimiento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en las declaraciones antes indicadas de este instrumento contractual.
III.2. Es su voluntad suscribir el presente instrumento en términos del numeral 8 de la convocatoria/bases de contratación del Concurso Público Sumario número CPSI/DGRM/042/2023, cuyo objeto es la contratación de diversos servicios para el “Encuentro Deportivo y de Integración para personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
III.3. Conocen el alcance y contenido de este contrato, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El objeto del presente Contrato es establecer las bases para que las “PARTES” se agrupen con el fin de presentar una propuesta conjunta para participar en el Concurso Público Sumario número CPSI/DGRM/042/2023, cuyo objeto es la contratación de diversos servicios para el “Encuentro Deportivo y de Integración para personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”. SEGUNDA.- DOMICILIO COMÚN.
Las “PARTES” señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones el ubicado en
.
TERCERA.- REPRESENTANTE COMÚN.
Las “PARTES” convienen que (nombre del representante común), será el Representante Común, otorgándole poder amplio, suficiente y necesario para que actúe ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en nombre y representación de las “PARTES” en todo lo relacionado con la proposición y todos y cada uno de los actos del Concurso Público Sumario número CPSI/DGRM/042/2023, cuyo objeto es el contratación de diversos servicios para el “Encuentro Deportivo y de Integración para personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación” y los que de ella se deriven.
CUARTA.- DISTRIBUCIÓN DE ACTIVIDADES.
En caso de resultar adjudicada la proposición conjunta de las “PARTES”, en el Concurso Público Sumario número CPSI/DGRM/042/2023, cuyo objeto es la contratación de diversos servicios para el “Encuentro Deportivo y de Integración para personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”. Se obligan a llevar las actividades que a continuación se señalan para dar cumplimiento al objeto del contrato que se derive de dicho procedimiento de contratación:
I. La [PERSONA A] se obliga a ejecutar las actividades derivadas del objeto de la contratación del Concurso Público Sumario número CPSI/DGRM/042/2023, siguientes:
a. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
b. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
c. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
d. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
II. La [PERSONA B] se obliga a ejecutar las actividades derivadas del objeto de la contratación del Concurso Público Sumario número CPSI/DGRM/042/2023, siguientes:
a. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
b. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
c. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
d. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
QUINTA.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA.
Las “PARTES”, se obligan en forma conjunta y solidaria entre sí y ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme producto del Concurso Público Sumario número CPSI/DGRM/042/2023, cuyo objeto es la contratación de diversos servicios para el “Encuentro Deportivo y de Integración para personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
SEXTA.- EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET.
De común acuerdo las “PARTES” convienen en que en caso de ser adjudicados en el Concurso Público Sumario número CPSI/DGRM/042/2023, cuyo objeto es la contratación de diversos servicios para el “Encuentro Deportivo y de Integración para personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, [PERSONA A y/o B (en caso de ser conjunta señalar la forma de distribución)], será la persona que emitirá los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por la adquisición de los servicios y a quien la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá realizar el pago correspondiente.
Las “PARTES” acuerdan que la empresa o persona física que actúe como Representante Xxxxx, será quien presente los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de todos y cada uno de los pagos derivados del contrato.
SÉPTIMA.- LEYES APLICABLES Y TRIBUNALES COMPETENTES. Para todo lo relacionado con la interpretación y ejecución con este instrumento son aplicables las Leyes correspondientes a su objeto y, en caso de controversia, serán competentes los tribunales de [Indicar entidad federativa], renunciando las partes expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles por virtud de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otro motivo.
Leído y entendido el alcance del presente contrato, Las “Partes” lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de México, el [ ] de [ ] de [ ].
FIRMAS
[PERSONA A] | [PERSONA B] |
Nombre y firma de la persona física o el representante legal de la persona moral | Nombre y firma de la persona física o el representante legal de la persona moral |
ANEXO 2a
PROPUESTA TÉCNICA
(En papel membretado de la persona participante)
PARTIDA 1: CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS PARA LA CONVIVENCIA DEPORTIVA Y SOCIAL, DIRIGIDOS A SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SCJN.
Lugar donde se realizarán las actividades deportivas proporcionadas por la SCJN: Centro Social y Deportivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud.
Domicilio: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Fecha de realización: Sábado, 11 de noviembre de 2023.
1. ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS
HORARIO | CANCHA 1 | CANCHA 2 | CANCHA 3 | CANCHA 4 | CANCHA 5 |
09:30 | PARTIDO 1 (VARONIL) | PARTIDO 2 (VARONIL) | PARTIDO 3 (VARONIL) | PARTIDO 4 (VARONIL) | PARTIDO 5 (VARONIL) |
10:20 | PARTIDO 6 (FEMENIL) | PARTIDO 7 (FEMENIL) | |||
11:10 | PARTIDO 8 (VARONIL) | PARTIDO 9 (VARONIL) | PARTIDO 10 (VARONIL) | PARTIDO 11 (VARONIL) | PARTIDO 12 (VARONIL) |
12:00 | PARTIDO 13 FEMENIL | PARTIDO 14 (FEMENIL) | |||
12:50 | PARTIDO 15 (VARONIL) | PARTIDO 16 (VARONIL) | PARTIDO 17 (VARONIL) | PARTIDO 18 (VARONIL) | PARTIDO 19 (VARONIL) |
13:30 | PARTIDO 20 FEMENIL | PARTIDO 21 (FEMENIL) | |||
14:10 | PARTIDO 22 (VARONIL) | PARTIDO 23 (VARONIL) |
1.1 ACTIVIDAD FÍSICA DE FÚTBOL-7 (FEMENIL Y VARONIL)
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
Horario | 08:00 a 15:30 horas (Comprende la realización de un torneo relámpago) |
Actividad | Torneo de Fútbol - 7 |
Número de participantes | Hasta 168 personas (Según inscripción previa) |
Número de equipos para el Torneo | Hasta 14 equipos de 12 participantes (10 en la rama varonil y 4 en la rama femenil) Nota. La contratación dependerá del número de equipos que se inscriban para el torneo, pudiendo variar el número de equipos de cada rama. |
Total de juegos para el Torneo | Hasta 23 juegos en total Nota. La contratación del número de juegos dependerá del número de equipos que se inscriban para el torneo, pudiendo variar el número de equipos de cada rama. |
Requerimientos | ⮚ Un árbitro certificado y un cronometrista por juego (personal mixto), para cada una de las canchas. ⮚ Delimitación y señalamiento de 5 canchas de fútbol-7 (esto se realizará con pintura vegetal dentro de dos canchas de futbol soccer, el 10 de noviembre de 2023 antes del inicio del Torneo, de conformidad con los horarios que establezca el Centro Deportivo). ⮚ Dotar para el desarrollo de los juegos del torneo 10 balones del número 4, cosidos y texturizados de material sintético (2 balones por cada cancha). ⮚ Dotar y colocar 10 porterías con redes en 5 canchas con las medidas reglamentarias preferentemente la medida para esta disciplina es: 6 mts. de largo por 2 mts. de alto, ángulo superior 1 m. y ángulo inferior 1.5. mts.; todas las porterías deberán cumplir con la misma medida, no se aceptarán tamaños diferentes. ⮚ La compilación de resultados, tabla de posiciones y cédulas arbitrales deberán ser proporcionadas por el prestador de servicios al personal de coordinación de la SCJN al término de cada ronda, en un formato debidamente requisitado y firmado por el responsable del prestador de servicios de la actividad. ⮚ Instalación de 3 bancas con toldo para futbol de 6 asientos (Imagen 1 de referencia) y 8 bancas xx xxxxxx de 1.50 x .30 metros (Imagen 2 de referencia), ubicadas a nivel de cancha. Imagen 1 Imagen 2
|
Premiación y Trofeos: | ⮚ Seis trofeos elaborados con lámina niquelada, sobre una base xx xxxxxx, personalizado al frente con xxxxx xx xxxxx inoxidable (La imagen se muestra sólo como referencia) que indique las siguientes posiciones:
XXXX XXXXXXX RAMA FEMENIL |
TORNEO DE FÚTBOL- 7 ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 | TORNEO DE FÚTBOL- 7 ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 | ||||
1er. Lugar VARONIL | 1er. Lugar FEMENIL | ||||
Medidas de 60 a 65 cm. de altura (considerando la base) | |||||
TORNEO DE FÚTBOL-7 TORNEO DE FÚTBOL- ENCUENTRO 7 DEPORTIVO SCJN ENCUENTRO 2023 DEPORTIVO SCJN 2023 2° Lugar VARONIL 2° Lugar FEMENIL Medidas de 50 a 55 cm. de altura (considerando la base) | |||||
TORNEO DE FÚTBOL- TORNEO DE FÚTBOL- 7 7 ENCUENTRO ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN DEPORTIVO SCJN 2023 2023 | |||||
3° Lugar 3° Lugar VARONIL FEMENIL
Medidas de 40 a 45 cm. de altura (considerando la base) | |||||
Es necesario presentar muestra física de los trofeos. | |||||
Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar una muestra prototipo a más tardar diez días naturales posteriores a la notificación del fallo, en las instalaciones de la Dirección General de Recursos Humanos para su visto bueno en un plazo no mayor a dos días naturales. | |||||
Nota: La elaboración de los trofeos dependerá del número de equipos que se inscriban en cada rama, quedando sin efecto, previa confirmación, si una rama se declara desierta o no completa los lugares para la premiación. |
1.2 ACTIVIDAD FÍSICA DE BÁSQUETBOL (FEMENIL Y VARONIL)
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
Horario | 08:00 a 15:30 horas (Comprende la realización de un torneo relámpago) |
Actividad | Torneo de Básquetbol. |
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
Número de participantes | Hasta 60 personas (Según inscripción previa) |
Número de equipos para el Torneo | Hasta 6 equipos de 10 participantes (4 en la rama varonil y 2 en la rama femenil) Nota. La contratación dependerá del número de equipos que se inscriban para el torneo, pudiendo variar el número de equipos de cada rama. |
Total de juegos para el Torneo | Hasta 11 juegos en total Nota. La contratación del número de juegos dependerá del número de equipos que se inscriban para el torneo, pudiendo variar el número de equipos de cada rama. |
Requerimientos | ⮚ Dos árbitros certificados y un anotador para cada una de las canchas. ⮚ Dotar de 2 balones de material sintético, vulcanizado para intemperie (del número 6 en la rama femenil y del número 7 en la rama varonil) en cada cancha en donde se desarrollen los juegos. ⮚ Contar con cronómetro y marcador electrónico para medir el tiempo de cada juego del Torneo. La mesa y sillas para el personal anotador deberán ser colocadas por el proveedor. ⮚ La compilación de resultados, tabla de posiciones y cédulas arbitrales deberán ser proporcionadas por el prestador de servicios al personal de coordinación de la SCJN al término de cada ronda, en un formato debidamente requisitado y firmado por el responsable del prestador de servicios de la actividad. |
Trofeos de premiación: | ⮚ Cinco trofeos elaborados con lámina niquelada, montados sobre base xx xxxxxx, personalizado al frente con xxxxx xx xxxxx inoxidable (la imagen se muestra sólo como referencia). |
HORARIO | CANCHA 1 | CANCHA 2 |
09:30 | PARTIDO 1 (VARONIL) | PARTIDO 2 (VARONIL) |
10:20 | PARTIDO 3 (FEMENIL) | |
11:10 | PARTIDO 4 (VARONIL) | PARTIDO 5 (VARONIL) |
12:00 | PARTIDO 6 (FEMENIL) | |
12:50 | PARTIDO 7 (VARONIL) | PARTIDO 8 (VARONIL) |
13:30 | PARTIDO 9 (FEMENIL) | |
14:10 | PARTIDO 10 (VARONIL) | PARTIDO 11 (VARONIL) |
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
A continuación, se especifican las posiciones y los textos que deberán grabarse en los trofeos, así como la altura que deberá tener cada uno de estos materiales: TORNEO DE TORNEO DE BÁSQUETBOL BÁSQUETBOL ENCUENTRO ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN DEPORTIVO SCJN 2023 2023 1er. Lugar 1er. Lugar VARONIL FEMENIL Medidas de 60 a 65 cm. de altura (considerando la base) TORNEO DE TORNEO DE BÁSQUETBOL BÁSQUETBOL ENCUENTRO ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN DEPORTIVO SCJN 2023 2023 2° Lugar 2° Lugar VARONIL FEMENIL Medidas de 50 a 55 cm. de altura (considerando la base) TORNEO DE BÁSQUETBOL ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 3° Lugar VARONIL Medidas de 40 a 45 cm. de altura (considerando la base) Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar una muestra prototipo a más tardar diez días naturales posteriores a la notificación del fallo, en las instalaciones de la Dirección General de Recursos Humanos para su visto bueno en un plazo no mayor a dos días naturales |
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
Nota. La elaboración de los trofeos dependerá del número de equipos que se inscriban en cada rama, quedando sin efecto, previa confirmación, si una rama se declara desierta o no completa los lugares para la premiación. |
HORARIO | CANCHA 1 | CANCHA 2 |
09:30 | PARTIDO 1 (VARONIL) | PARTIDO 2 (VARONIL) |
10:20 | PARTIDO 3 (FEMENIL) | |
11:10 | PARTIDO 4 (VARONIL) | PARTIDO 5 (VARONIL) |
12:00 | PARTIDO 6 (FEMENIL) | |
12:50 | PARTIDO 7 (VARONIL) | PARTIDO 8 (VARONIL) |
13:30 | PARTIDO 9 (FEMENIL) | |
14:10 | PARTIDO 10 (VARONIL) | PARTIDO 11 (VARONIL) |
1.3 ACTIVIDAD FÍSICA DE VOLEIBOL (FEMENIL Y VARONIL)
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
Horario | 08:00 a 15:30 horas (Comprende la realización de un torneo relámpago) |
Actividad | Torneo de Voleibol. |
Número de participantes | Hasta 80 personas (Según inscripción previa) |
Número de equipos para el Torneo | Hasta 8 equipos de 10 participantes (6 en la rama varonil y 2 en la rama femenil) Nota. La contratación dependerá del número de equipos que se inscriban para el torneo, pudiendo variar el número de equipos de cada rama. |
Total de juegos | Hasta 11 juegos en total Nota. La contratación del número de juegos dependerá del número de equipos que se inscriban para el torneo, pudiendo variar el número de equipos de cada rama. |
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
Requerimientos adicionales | ⮚ Un árbitro certificado y un anotador para cada una de las canchas. ⮚ Dotar de 2 balones de material sintético vulcanizado del número 5 en cada cancha en donde se desarrollen los partidos. ⮚ Contemplar la colocación de las redes del Centro Deportivo a la altura oficial de los juegos femeniles y varoniles. ⮚ La compilación de resultados, tabla de posiciones y cédulas arbitrales deberán ser proporcionadas por el prestador de servicios al personal de coordinación de la SCJN al término de cada ronda. NOTA: Las redes serán proporcionadas por el Centro Deportivo, el prestador de servicios deberá considerar su colocación, así como el ajuste de la altura oficial para los juegos femeniles y varoniles. |
Premiación y trofeos: | ⮚ Cinco trofeos elaborados con lámina niquelada, montados sobre base xx xxxxxx, personalizados al frente con xxxxx xx xxxxx inoxidable (la imagen se muestra sólo como referencia). A continuación, se especifican las posiciones y los textos que deberán grabarse en los trofeos, así como la altura que deberá tener cada uno de estos materiales: XXXX XXXXXXX RAMA FEMENIL TORNEO DE TORNEO DE VOLEIBOL VOLIEBOL ENCUENTRO ENCUENTRO DEPORTIVO DEPORTIVO SCJN 2023 SCJN 2023 1er. Lugar 1er. Xxxxx XXXXXXX FEMENIL Medidas de 60 a 65 cm. de altura TORNEO DE TORNEO DE VOLEIBOL VOLEIBOL ENCUENTRO ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN DEPORTIVO SCJN 2023 2023 2° Lugar 2° Lugar VARONIL FEMENIL Medidas de 50 a 55 cm. de altura |
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
TORNEO DE VOLEIBOL ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 3° Lugar VARONIL Medida de 40 a 45 cm. de altura Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar una muestra prototipo a más tardar diez días naturales posteriores a la notificación del fallo, en las instalaciones de la Dirección General de Recursos Humanos para su visto bueno en un plazo no mayor a dos días naturales Nota. La elaboración de los trofeos dependerá del número de equipos que se inscriban en cada rama, quedando sin efecto, previa confirmación, si una rama se declara desierta o no completa los lugares para la premiación. |
HORARIO | PISTA |
07:00 | Pruebas Femenil y Varonil |
08:00 | Pruebas relevos |
1.4. ACTIVIDAD FÍSICA DE PRUEBAS DE ATLETISMO (FEMENIL, VARONIL O MIXTO)
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
Horario | 07:00 a 09:00 horas (Comprende la realización de pruebas de atletismo) |
Actividad | Pruebas de Atletismo |
Número de participantes | Hasta 40 personas (Según inscripción previa) |
Tipos de pruebas | Prueba: 100 m. planos femenil Prueba: 100 m. planos varonil Prueba: 4 x 100 m. relevos mixto Nota. La contratación dependerá del número de personas que se inscriban para las pruebas de atletismo, pudiendo variar el número de personas de cada prueba. |
Horario de pruebas | Nota. La contratación del número de pruebas dependerá del número de personas que se inscriban para las pruebas de atletismo, pudiendo variar el número de personas de cada prueba. |
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN |
Requerimientos | ⮚ Juez de salida, juez de meta y 4 cronometristas. ⮚ 4 arrancadores. ⮚ 4 estafetas. ⮚ 40 números rotulados para las playeras de los competidores. ⮚ Las medidas de los números deberán ser de 23 cm. de ancho x 16 cm. de alto. ⮚ Elaborados en xxxxxx o similar, estampados con las imágenes institucionales (el diseño será proporcionado por la SCJN al adjudicatario, al día siguiente de la notificación de adjudicación). ⮚ Proporcionar 4 seguros de 2cm. por cada número. ⮚ Entrega inmediata de los tres primeros lugares de cada prueba por categoría y rama, especificando nombre y tiempo cronometrado. ⮚ La compilación de resultados deberá ser proporcionada al personal de coordinación de la SCJN al término de las prácticas. |
Premiación y trofeos: | ⮚ 18 medallas ecológicas. ⮚ Elaboradas a base de MDF. ⮚ Forma redonda de 6 cm de diámetro, con extensión rectangular en parte superior a efecto de que cuente con perforación para listón en color con logo impreso a una tinta. La medalla deberá ser personalizada en las dos caras con serigrafía en color a dos tintas. A continuación, se especifican las posiciones y los textos que deberán grabarse en las medallas: XXXX XXXXXXX XXXX FEMENIL ATLETISMO 100 METROS ATLETISMO 100 METROS ENCUENTRO DEPORTIVO ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 SCJN 2023 1er. Lugar 1er. Xxxxx XXXXXXX FEMENIL ATLETISMO 100 METROS ATLETISMO 100 METROS ENCUENTRO DEPORTIVO ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 SCJN 2023 2° Lugar 2° Lugar VARONIL FEMENIL |
CONCEPTO | ESPECIFICACIÓN | ||||
ATLETISMO 100 METROS ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 | ATLETISMO 100 METROS ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 | ||||
3° Lugar VARONIL | 3° Lugar FEMENIL | ||||
RELEVOS MIXTOS | |||||
ATLETISMO RELEVOS 4 X 100 METROS ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 | |||||
1er. Lugar | |||||
ATLETISMO RELEVOS 4 X 100 METROS ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 | |||||
2do. Lugar | |||||
ATLETISMO RELEVOS 4 X 100 METROS ENCUENTRO DEPORTIVO SCJN 2023 | |||||
3er. Lugar | |||||
Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar una muestra prototipo a más tardar diez días naturales posteriores a la notificación del fallo, en las instalaciones de la Dirección General de Recursos Humanos para su visto bueno en un plazo no mayor a dos días naturales. | |||||
Nota. La elaboración de las medallas dependerá del número de participantes que se inscriban en cada prueba, quedando sin efecto, previa confirmación, si una prueba se declara desierta o no completa los lugares para la premiación. |
Restricción de Difusión:
El prestador(a) de servicio que resulte adjudicado(a) no podrá hacer difusión de la actividad en medios impresos o electrónicos (redes sociales), no tomar fotografías y video, ni realizar ingreso de participantes externos, toda vez que es una actividad exclusiva para la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tampoco podrá promover marcas comerciales en este evento.
1.5.- ESPECIFICACIONES PARA EL SUMINISTRO DE BRAZALETES.
Fecha de entrega: 9 de noviembre de 2023.
Se suministrarán 500 Brazaletes de 3/4 de pulgada correspondiente a 2 cm de ancho x 25 cm de largo.
Que contengan una etiqueta adhesiva de un solo uso, la cual no se puede volver a usar una vez despegado el papel cera. Color naranja fosforescente.
Nota. Se deberá considerar que el material sea duradero, toda vez que, quien lo porte realizará actividades deportivas.
Se deberá presentar muestra conforme a las bases.
PARTIDA 2. SERVICIO DE UNA AMBULANCIA DE URGENCIAS MÉDICAS
Lugar donde serán prestados los servicios: Centro Social y Deportivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud.
Domicilio: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 14610, Ciudad de México.
Fecha y horario del servicio: Sábado, 11 de noviembre de 2023, de 08:00 a 18:00 horas.
❖ Número de unidades requeridas: 1
❖ Tipo de ambulancia: terrestre de urgencias básicas.
❖ Contar con equipo de radio comunicación.
❖ Contar con equipo desfibrilador para RCP.
❖ Contar con dos paramédicos certificados.
❖ El operador de la unidad debe contar con licencia tipo E.
❖ Cumplir con la norma oficial mexicana NOM-034-SSA3-2013, Regulación de los Servicios de Salud. Atención médica prehospitalaria, así como aquellas otras emitidas de aplicación emitidas por la COFEPRIS y otras entidades regulatorias de la especialidad.
PARTIDA 3: SUMINISTRO DE ALIMENTOS, HIDRATACIÓN Y SERVICIOS CONEXOS.
Lugar donde serán prestados los servicios: Centro Social y Deportivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud.
Domicilio: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Fecha de prestación de servicios: Sábado, 11 de noviembre de 2023.
3.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE ALIMENTOS EN LA MODALIDAD DE COMIDA TIPO TAQUIZA.
Tipo de servicio: Comida tipo taquiza. Ubicación del servicio: Salón de eventos. Horario de servicio: 14:30 a 17:30 horas. Número de comensales: 500.
Menú:
⮚ Rajas con crema
⮚ Papas con chorizo
⮚ Chicharrón en salsa roja
⮚ Cochinita pibil (complementos de cebolla morada y salsa de chile habanero)
⮚ Alambre de bistec
⮚ Pollo con mole
⮚ Milanesa de res empanizada
⮚ Tortillas, arroz blanco, frijoles refritos, salsas (verde y roja) y condimentos adicionales.
⮚ Postres:
Arroz con leche en vaso de plástico con tapa individual y cucharita para su consumo individual.
Gelatina de agua en vaso de plástico con tapa individual y cucharita para su consumo individual (sabores limón, uva y piña).
⮚ Bebidas:
Aguas frescas (Jamaica, tamarindo y limón con chía). Café americano (sustituto de azúcar, azúcar y crema). Variedad de té.
Todos los platillos y opciones del menú deberán colocarse en cuatro estaciones, las cuales deberán ser atendidas por el personal que designen y distribuidas en el salón. Considerar la disposición xx xxxx, cubertería y servilletas para el servicio de los comensales o, en su defecto, la dotación de utensilios y servilletas desechables ecológicas biodegradables, así como personal que sirva los alimentos.
El prestador de servicios deberá implementar un riguroso control de calidad en el almacenamiento, refrigeración e higiene en el manejo, preparación y traslado de los alimentos. Incluir las propinas en su servicio. Asimismo, deberá atender las disposiciones del Centro Deportivo para el uso de la cocina e instalaciones del Salón para eventos, al igual que para el uso y disposición de los desechos y residuos.
Especificaciones de montaje
✓ Mesas circulares o cuadradas para 10 personas, mantel en color blanco con cubremantel de color, considerando que el cubremantel deberá ser de organza o de alguna tela de la misma calidad y característica,
✓ Sillas acojinadas (en buen estado y de material resistente) con funda en color blanco y moño en color.
✓ Servicio de meseros (un mesero por cada dos mesas para servicio y limpieza). El Personal de servicio deberá estar uniformado y contar con capacitación y experiencia en esta actividad).
Nota: Las instalaciones se deberán entregar limpias y en las condiciones que indique el Centro Social y Deportivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud. El prestador de servicios adjudicado deberá presentar a más tardar 10 días naturales posteriores a la notificación de la adjudicación, el catálogo de colores de cubremantel y moños en las sillas.
3.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL SERVICIO DE HIDRATACIÓN
Servicio permanente de 6 estaciones de hidratación, en un horario de 7:00 a 15:00 horas, consistentes en lo siguiente:
INSUMOS | DESCRIPCIÓN |
1 | Un tablón de 1.22 x .60 metros (Imagen 1 de referencia), con mantel en color blanco. |
2 | ⮚ Botellas de agua purificada y bebida isotónica, ambas de 500 mililitros (gatorade, powerade, vitamin watter o similar), colocadas sobre el tablón con mantel blanco. En total, a lo largo del evento se surtirán 350 botellas de agua purificada y 350 de bebida isotónica, con envase debidamente sellado y lavado (Imagen 2 de referencia). |
3 | Contenedor de basura (Imagen 3 de referencia). |
4 | Toldo plegable de 4 x 4 metros (Imagen 4 de referencia). |
5 | Un tablón de 1.22 x .60 metros (Imagen 5 de referencia), con un paño en color. El adjudicatario deberá presentar muestrario de colores de paño a más tardar 10 días naturales posteriores a la notificación de la adjudicación. |
6 | Silla plegable de plástico (Imagen 6 de referencia). |
Imagen 1 Imagen 2
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Imagen 3 Imagen 4
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Imagen 5 Imagen 6
UBICACIÓN DE ESTACIONES Y DESCRIPCIÓN DE SUS RESPECTIVOS INSUMOS:
Estación | Ubicación | Insumos Requeridos |
1 | Estadio de fútbol | 1, 2, 3, 4, 5, 6 (2 sillas). |
2 | Estadio de fútbol | 1, 2, 3, 4, 5. |
3 | Cancha de básquetbol | 1, 2, 3, 5, 6 (2 sillas). |
4 | Canchas de voleibol | 1, 2, 3, 4, 5, 6 (2 sillas). |
5 | Cancha de fútbol 2 | 1, 2, 3, 4, 5. |
6 | Área de talleres recreativos | 1, 2, 3, 4, 5. |
3.3ESPECIFICACIONES PARA EL MONTAJE DE MESAS DE SERVICIO CON FRUTA, XXXXXX XX XXXXXXXX Y YOGURT BEBIBLE.
Ubicación del servicio: Palapa.
Horario de servicio: A partir de las 9:00 horas y hasta concluir la entrega de los insumos.
MESAS DE SERVICIO:
1. Un tablón con 350 manzanas tipo red delicious, debidamente conservadas, lavadas y desinfectadas.
2. Un tablón con 350 plátanos maduros para su consumo en el día requerido.
3. Un tablón con 350 xxxxxx xx xxxxxxxx con mezcla xx xxxxxx secos de 25 gramos (cada barra empaquetada en papel celofán).
4. Un tablón con 350 botellas de yogurt bebible (240 g.), de marca comercial con envase sellado, en sabores de frutas y cereal. Las botellas deberán estar lavadas y colocadas en contenedores que conserven la temperatura adecuada para su consumo.
Especificaciones de montaje:
- Todos los tablones deberán contar con un mantel en color blanco.
- Contar con una persona de servicio que supervise que los productos sean brindados únicamente a personas con brazalete del evento.
- Para el manejo de los productos el personal de servicios deberá usar cofia, cubre bocas y guantes.
- Provisión de servilletas desechables, gel antibacterial y cestos de basura orgánica e inorgánica.
3.4 PERSONAL DE LIMPIEZA Y SUMINISTRO DE INSUMOS PARA SANITARIOS
⮚ Personal de ambos sexos para servicio de limpieza permanente y colocación de insumos en los sanitarios del Centro Social y Deportivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud (4 baños de mujeres y 4 baños de hombres). Considerar una persona adicional para supervisar el servicio, a partir de las 8:00 horas y hasta que termine el evento.
⮚ Ubicación de sanitarios:
1. Estadio Olímpico
2. Estadio de Béisbol
3. Salón de eventos
4. Palapa
⮚ Insumos: Papel higiénico para cada sanitario. Toallas de papel y jabón líquido para manos.
Las muestras físicas deberán entregarse conforme lo establecido en el calendario de eventos, debidamente identificadas con una etiqueta auto adherible, la cual contendrá la siguiente información:
• Nombre de la empresa, dirección, nombre del representante legal, número de la subpartida y concepto de la característica del bien solicitado para su evaluación
Descripción de las pruebas a realizar en las muestras solicitadas:
Subpartida | Descripción | Observaciones |
1.1 | Trofeos (Futbol-7) | Para el caso de las subpartidas 1.1, 1.2 y 1.3 solo será necesario entregar 1 muestra, no una por cada una. |
1.2 | Trofeos (Básquetbol) | |
1.3 | Trofeos (Voleibol) | |
1.4 | Medallas ecológicas (Pruebas de Atletismo) | --------------------------- |
1.5 | Brazaletes | --------------------------- |
Dichas pruebas consisten principalmente en verificar que cumplan con la descripción técnica (medidas de los componentes, características al tacto o vista), así como verificar que la calidad y resistencia sea la requerida.
Nota: Las muestras podrán ser devueltas a los participantes una vez emitido el fallo, para lo cual se deberá solicitar mediante correo electrónico enviado a las direcciones xxxxxxxxx@xxxx.xxxx.xxx.xx y xxxxxxxxx@xxxx.xxxx.xxx.xx; se aclara que algunas de estas muestras se devolverán con uso por las propias pruebas.
ANEXO 2b
CARTA GARANTÍA DE LOS SERVICIOS
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre del representante o apoderado legal) actuando a nombre y representación de (nombre de la personal moral), manifiesto que, en caso de resultar adjudicada (o), se otorga garantía de (plazo) respecto de (señalar los servicios ofertados) a favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos del Capítulo IX de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Para hacer efectiva la garantía señalada la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá realizar el siguiente procedimiento: (Señalar el proceso que se deberá realizar, estableciendo al menos: casos en los que es procedente la garantía, número de contacto, proceso para la reposición del servicio, así como plazo para la ejecución del servicio).
Así mismo manifiesto que conozco el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en este acto.
ATENTAMENTE
Nombre de la Empresa Participante
Nombre y firma del Representante Legal de la Persona Moral
CARTA GARANTÍA DE LOS SERVICIOS
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, manifiesto que, en caso de resultar adjudicado, se otorga garantía de (plazo) respecto de (señalar los servicios ofertados) a favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos del Capítulo IX de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Para hacer efectiva la garantía señalada la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá realizar el siguiente procedimiento: (Señalar el proceso que se deberá realizar, estableciendo al menos: casos en los que es procedente la garantía, número de contacto, proceso para la reposición del servicio, así como plazo para la ejecución del servicio).
Así mismo manifiesto que conozco el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones legales aplicables, las cuales acepto en este acto.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del Participante (Persona Física)
ANEXO 2c
CARTA DE BIENES NUEVOS Y ORIGINALES
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante), por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que todos los bienes que se entreguen (del nombre y número del procedimiento) convocado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son nuevos y originales.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre de la Empresa Participante
Nombre y firma del Representante Legal de la Persona Moral
CARTA DE BIENES NUEVOS Y ORIGINALES
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que todos los bienes que se entreguen (del nombre y número del procedimiento) convocado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son nuevos y originales.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del Participante (Persona Física)
Anexo 2d
CARTA GARANTÍA DE LOS BIENES
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE) PERSONAS XXXXXXX
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre del representante o apoderado legal) actuando a nombre y representación de (nombre de la personal moral), manifiesto que, en caso de resultar adjudicado se otorga garantía de a partir de la fecha de entrega y/o recepción a entera satisfacción de la “Suprema Corte” respecto de (señalar los bienes ofertados) a favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos del Capítulo IX de la Ley Federal de Protección al Consumidor, cuyo trámite ante el fabricante será gestionado directamente por mi representada.
Para hacer efectiva la garantía señalada la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá realizar el siguiente procedimiento: (Señalar el proceso que se deberá realizar, estableciendo el menos: casos en los que es procedente la garantía, número de contacto, proceso para recolección y entrega del bien, así como plazo para la devolución del bien).
Así mismo manifiesto que conozco el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en este acto.
ATENTAMENTE
Nombre de la Empresa Participante
Nombre y firma del Representante Legal de la Persona Moral
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
TEXTO PARA PERSONA FÍSICA CUMPLIMIENTO DE NORMAS
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, manifiesto que, en caso de resultar adjudicado se otorga garantía de a partir de la fecha de entrega y/o recepción a entera satisfacción de la “Suprema Corte” respecto de (señalar los bienes ofertados) a favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos del Capítulo IX de la Ley Federal de Protección al Consumidor, cuyo trámite ante el fabricante será gestionado directamente por el suscrito.
Para hacer efectiva la garantía señalada la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá realizar el siguiente procedimiento: (Señalar el proceso que se deberá realizar, estableciendo el menos: casos en los que es procedente la garantía, número de contacto, proceso para recolección y entrega del bien, así como plazo para la devolución del bien).
Así mismo manifiesto que conozco el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en este acto.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del Participante (Persona Física)
ANEXO 3
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA
(En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
Partida | Subpartidas | Descripción | Unidad de medida | Cantidad | Precio Unitario | Subtotal |
1 | -------- | Organización de actividades deportivas para la convivencia deportiva y social | Servicio | 1 | ||
1.1 | 1 servicio de organización deportiva (fútbol) y 6 piezas (trofeos) | Servicio | 1 | |||
1.2 | 1 servicio de organización deportiva (basquetbol) y 5 piezas (trofeos) | Servicio | 1 | |||
1.3 | 1 servicio de organización deportiva (voleibol) y 5 piezas (trofeos) | Servicio | 1 | |||
1.4 | 1 servicio de organización deportiva (atletismo) y 18 piezas (medallas) | Servicio | 1 | |||
1.5 | Brazaletes | Pieza | 500 | |||
2 | -------- | Servicio de ambulancia | Servicio | 1 | ||
3 | 3.1 | Servicio de suministro de alimentos en la modalidad de comida tipo taquiza. | Servicio | 1 | ||
3.2 | Servicio de hidratación | Servicio | 1 | |||
3.3 | Montaje de mesas de servicio con fruta, xxxxxx xx xxxxxxxx y yogurt bebible | Servicio | 1 | |||
3.4 | Personal de limpieza y suministro de insumos para sanitarios | Servicio | 1 | |||
Subtotal | ||||||
IVA | ||||||
Total |
Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales.
Importe total global en letra: .
Incluir detalladamente en su propuesta, los conceptos del a) al g):
a) Plazo para la entrega de los bienes y prestación de los servicios:
El Encuentro deportivo se desarrollará en fecha: 11 de noviembre de 2023.
Delimitación y señalamiento de 5 canchas de fútbol-7 (como parte de los requerimientos adicionales para la subpartida 1.1: 10 de noviembre de 2023.
Fecha para la entrega del bien contemplado en la subpartida 1.5: 09 de noviembre de 2023.
b) Lugar de entrega de bienes y prestación de servicios:
La prestación de servicios se llevará a cabo en el Centro Social y Deportivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
El bien contemplado en la subpartida 1.5 se entregará en: Dirección de Servicios al Personal, edificio 5 de Febrero, xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxx xxxx, xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.
La persona concursante adjudicada acordará la logística para la entrega de los bienes o prestación de servicios, previa comunicación con quien administre el contrato.
c) Forma de pago: Un único pago por el total de bienes y/o servicios adjudicados, mediante transferencia bancaria, de conformidad con los datos que sean proporcionados, a los 15 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) una vez recibido los bienes y servicios a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que la documentación para el pago reúna los requisitos fiscales.
En términos de los Artículos 159 y 177 del Acuerdo General de Administración XIV/2019, en ningún caso procederán pagos por concepto de bienes no entregados o servicios no prestados a entera satisfacción.
d) Vigencia de la propuesta: Las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 30 días hábiles siguientes de la fecha de entrega de éstas.
e) Nombre y firma de la persona concursante o su representante legal.
f) Los precios se mantendrán firmes hasta el cumplimiento total del contrato.
g) Los impuestos y derechos que se causen con motivo de la contratación serán pagados por la persona adjudicada, salvo los que por disposición legal deba cubrir la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Cuando corresponda por su monto, se deberá adjuntar como parte de su propuesta económica, las constancias solicitadas en el numeral 10.3 de la convocatoria/bases. Cuando se acuda al procedimiento en participación conjunta, todas las personas deberán presentar los documentos en los que consten la opinión positiva.
La documentación presentada deberá considerar, en su caso, las modificaciones efectuadas en la junta de aclaraciones.
Razón Social
R.F.C.
Domicilio
Nombre y firma del participante o su representante o apoderado legal
Domicilio para firma del contrato respectivo: Señalar en su propuesta que, en caso de resultar adjudicado, el representante legal deberá presentarse a firmar el instrumento contractual respectivo, en la Dirección General de Recursos Materiales, con dirección en xxxxx Xxxxxxx 00, xxxxxx xxxx, xxxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, previa cita.
ANEXO 4
MODELO DE CONTRATO SIMPLIFICADO PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PERSONA FÍSICA
D E C L A R A C I O N E S
I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo “Suprema Corte”, por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que:
I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
I.2.- La presente contratación realizada mediante Concurso Público Sumario, fue autorizada por la persona titular de la Dirección General de Recursos Materiales, de conformidad con lo previsto en los artículos 43, fracción III, 46, 47, fracción III, y 86, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Acuerdo General de Administración XIV/2019).
I.3.- La Directora General de Recursos Materiales está facultado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32, fracción X, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y 11, tercer párrafo, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx xxxxxx 0, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
I.5.- La erogación que implica la presente contratación se realizará con cargo a la Unidad Responsable 23510976S0010001, Partida Presupuestal 44101, destino Dirección General de Recursos Humanos.
II.- El “Prestador de Servicios” manifiesta por su propio derecho y bajo protesta de decir verdad que:
II.1.- Es una persona física de nacionalidad mexicana y que cuenta con la capacidad de ejercicio para actuar en el presente contrato.
II.2.- Conoce las especificaciones técnicas de los servicios requeridos por la “Suprema Corte” y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para realizarlos a satisfacción de ésta.
II.3.- A la fecha de adjudicación de la presente contratación, no se encuentra inhabilitado conforme a la legislación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación para celebrar contratos; asimismo, no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 62, fracciones XV y XVI, y 193, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
II.4.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración XIV/2019.
II.5.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado “Prestador de Servicios”.
III.- La “Suprema Corte” y el “Prestador de Servicios”, a quienes de manera conjunta se les identificará como las “Partes” declaran que:
III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en las declaraciones I.4. y II.5. de este instrumento.
III.2.- Las “Partes” reconocen que la carátula del presente contrato forma parte integrante del presente instrumento contractual.
III.3.- Conocen el alcance y contenido del presente contrato, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
Primera. Condiciones generales. El “Prestador de Servicios” se compromete a proporcionar los bienes y servicios descritos en el presente instrumento y a respetar en todo momento el objeto, precio, plazo, garantías y condiciones de pago señalados en el presente instrumento contractual, durante y hasta el cumplimiento total de este acuerdo de voluntades.
Segunda. Monto del contrato. El monto del presente contrato es por la cantidad de $XXXXXX (XXXXXXXXXXXX moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado equivalente a $XXXXXX (XXXXXXXXXXXX moneda nacional), resultando un monto total de $XXXXXX (XXXXXXXXXXXX moneda nacional).
[Las “Partes” convienen que los precios acordados en el presente contrato se mantendrán firmes hasta su total terminación.] El pago señalado en la presente cláusula cubre el total de los bienes y servicios contratados, por lo cual la “Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional.
Tercera. Requisitos y forma de pago. [La “Suprema Corte” pagará al “Prestador de servicios” el [cien por ciento] del monto señalado en la cláusula Segunda, contra entrega de los bienes y [los servicios prestados] conforme a los [Alcances Técnicos] requeridos y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”.] Para efectos fiscales, el “Prestador de Servicios” deberá presentar el o los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) respectivos a nombre de la “Suprema Corte”, con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, según consta en la cédula de identificación fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4. de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar.
Para que proceda el pago, [el/la] “Administrador” [“Administradora”] del contrato deberá entregar a la instancia correspondiente copia del instrumento contractual y copia del documento mediante el cual fueron prestados los servicios a entera satisfacción de la “Suprema Corte”.
Cuarta. Lugar de entrega de los bienes y prestación de los servicios. El “Prestador de Servicios” debe realizar la prestación del servicio, objeto de este contrato, en la ubicación relacionada en el anexo 2a, previa comunicación con quien administre del contrato.
Quinta. Vigencia del contrato y plazo de entrega de los bienes y prestación de los servicios. Las “Partes” convienen en que la vigencia del presente contrato será _.
El “Prestador de Servicios” se compromete a entregar los bienes y prestar los servicios conforme a lo siguiente: XXXXXXXX
A la terminación de la vigencia de esta contratación, no se deberá continuar con la prestación del servicio objeto de este contrato.
El plazo de entrega de los bienes y prestación de los servicios pactados en este contrato únicamente podrán ser prorrogados por causas plenamente justificadas, previa presentación de la solicitud respectiva, mínimo 10 días hábiles antes del vencimiento del plazo del servicio, por parte del “Prestador de Servicios” y su aceptación por parte de la “Suprema Corte”. En caso de que el inicio de la prestación del servicio, materia de este instrumento contractual, no sea posible por causas imputables a la “Suprema Corte”, esta se realizará en la fecha que por escrito le señale [el/la] “Administrador” [“Administradora”] del contrato al “Prestador de Servicios”.
Sexta. Penas convencionales. Las penas convencionales serán determinadas por la “Suprema Corte” en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente:
En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el instrumento contractual y de lo establecido en sus anexos, la “Suprema Corte” podrá aplicar una pena convencional hasta por el (veinte) por ciento (20%) del monto que corresponda al valor de los bienes o servicios, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, que no se hayan recibido, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. De existir incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.
En caso de que no se otorgue prórroga al “Prestador de Servicios” respecto al cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato, se aplicará una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la entrega de los bienes o prestación de los servicios, equivalente al monto que resulte de aplicar el 1% (uno por ciento) por cada día natural a la cantidad que importen los bienes no entregados o los servicios no prestados, y no podrán exceder del 30% (treinta por ciento) del monto total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
De existir incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.
Si las penas convencionales rebasan el porcentaje señalado anteriormente, se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato.
Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la “Suprema Corte” al “Prestador de Servicios” y, de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de la “Suprema Corte”.
Las penas convencionales también podrán hacerse efectivas mediante las garantías otorgadas.
Séptima. Garantía de cumplimiento. De conformidad con lo establecido en el artículo 169, fracción II, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, se exceptúa la presentación de la fianza que garantice el cumplimiento del contrato, toda vez que el monto del presente contrato no excede la cantidad de 7500 UMAS y el pago se realizará de manera posterior a la prestación de los servicios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 169, fracción II, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, el “Prestador de Servicios” se obliga a otorgar fianza expedida por institución debidamente autorizada, dentro de los diez días hábiles siguientes a la firma del contrato, por el equivalente al 10 por ciento del monto total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, y hasta 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el monto o plazo pactado, cuyo texto deberá de cumplir con los requisitos que la “Suprema Corte” indique. La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”.
Octava. Pagos en exceso. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el “Prestador de Servicios”, este deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses que se calcularán conforme a una tasa que será igual a la establecida en el Código Fiscal de la Federación y la Ley de Ingresos de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso, y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago al “Prestador de Servicios”, hasta la fecha que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la “Suprema Corte”.
Novena. Propiedad intelectual. El “Prestador de Servicios” asume totalmente la responsabilidad para el caso de que, al prover los bienes y prestar los servicios, objeto de este contrato, infrinja derechos de propiedad intelectual y por lo tanto libera a la “Suprema Corte” de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, de propiedad industrial o de cualquier otra índole.
Asimismo, se precisa que está prohibida cualquier reproducción parcial o total, o uso distinto al autorizado, de la documentación proporcionada por la “Suprema Corte”, con motivo de la prestación de los servicios objeto del presente contrato.
Ante cualquier uso indebido de material y/o información, o de los resultantes del procedimiento, la “Suprema Corte” podrá ejercer las acciones legales conducentes, por lo que el “Prestador de Servicios” es responsable en su totalidad de las reclamaciones que, en su caso, se efectúen respecto de los derechos de propiedad intelectual u otro derecho inherente a ésta.
El “Prestador de Servicios”, manifiesta no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracciones previstas en la Ley Federal del Derecho de Autor y/x Xxx Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Décima. Inexistencia de relación laboral. Las personas que intervengan en la realización del objeto de este contrato serán personal del “Prestador de Servicios”, por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre ellos y la “Suprema Corte”.
Será responsabilidad del “Prestador de Servicios” cumplir con las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan el SAR, INFONAVIT, IMSS y las contempladas en la Ley Federal del Trabajo; por tanto, responderá de las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que el personal del “Prestador de Servicios” presenten en su contra o de la “Suprema Corte”. El gasto que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrá a cargo del “Prestador de Servicios”, que será el único responsable de las obligaciones adquiridas con su personal.
La “Suprema Corte” estará facultada para requerir al “Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de su personal al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS.
En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del “Prestador de Servicios” ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de la “Suprema Corte”, el “Prestador de Servicios” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue la “Suprema Corte” con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos, y deslindar a la “Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido.
“Las Partes” acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por la “Suprema Corte” de los Comprobantes Fiscales Digitales generados por Internet (CFDI) que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer.
Décima Primera. Subcontratación. La “Suprema Corte” manifiesta que no aceptará la subcontratación para el cumplimiento del objeto de esta contratación. Para los efectos de esta contratación, se entiende por subcontratación el acto mediante el cual el “Prestador de Servicios” encomienda a otra persona física o jurídica, la ejecución parcial o total del objeto del contrato.
Décima Segunda. Responsabilidad civil. El “Prestador de Servicios” responderá por los daños que se causen a los bienes en posesión o en propiedad de la “Suprema Corte” con motivo del cumplimiento al objeto de este contrato, aun cuando no exista negligencia. La reparación del daño consistirá, a elección de la “Suprema Corte”, en el restablecimiento de la situación anterior, cuando ello sea posible, o en el pago de daños y perjuicios, con independencia de ejercer las acciones legales a que haya lugar.
Décima Tercera. Intransmisibilidad de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato. El “Prestador de Servicios” no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier título, parcial o totalmente a favor de otra persona, física o moral, los derechos y obligaciones que deriven del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, con autorización previa y expresa de la “Suprema Corte”.
Décima Cuarta. Del fomento a la transparencia y confidencialidad. Las “Partes” reconocen que la información contenida en el presente contrato y, en su caso, los entregables que se generen podrán ser susceptibles de clasificarse como reservados y/o confidenciales, en términos de los artículos 106, 113 y 116, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 98, 110 y 113, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El “Prestador de Servicios” se obliga a no realizar acciones que comprometan la seguridad de las instalaciones de la “Suprema Corte” o pongan en riesgo la integridad de su personal, así como abstenerse, conforme a las disposiciones aplicables, de dar a conocer por cualquier medio a quien no tenga derecho, documentos, registros, imágenes, constancias, estadísticas, reportes o cualquier otra información clasificada como reservada o confidencial de la que tenga conocimiento en ejercicio y con motivo de la prestación del servicio.
Los bienes entregados o los servicios prestados, total o parcialmente, especificaciones y en general la información que se encuentre en el lugar de su prestación o que se hubiesen entregado al “Prestador de Servicios” para cumplir con el objeto del presente contrato, son propiedad de la “Suprema Corte”, por lo que el “Prestador de Servicios” se obliga a devolver a la “Suprema Corte” el material que se le hubiese proporcionado, así como el material que llegue a realizar, obligándose a abstenerse de reproducirlos en medio electrónico o físico.
[Décima Quinta. Rescisión del contrato. Las “Partes” aceptan que la “Suprema Corte” podrá rescindir de manera unilateral el presente contrato sin que medie declaración judicial, en caso de que el “Prestador de Servicios” deje de cumplir cualesquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.
Antes de declarar la rescisión, la “Suprema Corte” notificará por escrito las causas de recisión al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5. de este instrumento, practicándose la diligencia de notificación con la persona que se encuentre en el lugar, otorgándole un plazo de cinco días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
Vencido ese plazo el órgano competente de la “Suprema Corte” determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5. de este instrumento. Serán causas de rescisión del presente instrumento contractual las siguientes: 1) Si el “Prestador de Servicios” suspende la entrega de los bienes y/o prestación de los servicios señalados en la cláusula [Primera] del presente contrato. 2) Si el “Prestador de Servicios” incurre en falsedad total o parcial respecto de la información proporcionada para la celebración del presente contrato. 3) En general, por el incumplimiento por parte del “Prestador de Servicios” a cualesquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato. [4) Si el “Prestador de Servicios” no exhibe las garantías en
los términos y condiciones indicados en este contrato, de conformidad con el artículo 169 del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
Décima Sexta. Supuestos de terminación del contrato diversos a la rescisión. El contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto, o bien, de manera anticipada cuando existan causas justificadas, de orden público o de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 153, 154, 155 y 156, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
Décima Séptima. Suspensión temporal del contrato. Las “Partes” acuerdan que la “Suprema Corte” podrá, en cualquier momento, suspender temporalmente, en todo o en parte el objeto materia de este contrato, por causas justificadas, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo dispuesto en el artículo 150, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
Décima Octava. Modificación del contrato. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los artículos 13, fracción XXII y 148, fracción I, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
Décima Novena. Vicios Ocultos. El “Prestador de Servicios” queda obligado ante la “Suprema Corte” a responder de los defectos y vicios ocultos de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos de la legislación aplicable.
Vigésima. Administrador del contrato. La “Suprema Corte” designa a la persona Titular de la Dirección de Servicios al Personal, adscrito a la Dirección General de Recursos Humanos de la “Suprema” Corte”, como “Administrador” [“Administradora”] del presente contrato, quien supervisará su estricto cumplimiento; en consecuencia, deberá revisar e inspeccionar las actividades que desempeñe el “Prestador de Servicios”, así como girar las instrucciones que considere oportunas y verificar que los bienes y servicios, objeto de este contrato, cumplan con las especificaciones señaladas en el presente instrumento.
[El/La] persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos, de la “Suprema Corte” podrá sustituir [al/a la] “Administrador”
[“Administradora”] del contrato, lo que informará por escrito al “Prestador de Servicios”.
Vigésima Primera. Resolución de controversias. Para efectos de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el “Prestador de Servicios” se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la “Suprema Corte” renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio o vecindad, tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Las “Partes” acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que respectivamente han señalado en las declaraciones I.4. y II.5. de este instrumento.
Vigésima Segunda. Legislación aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Acuerdo General de Administración XIV/2019, y en lo no previsto en estos, por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo en lo conducente.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL “PRESTADOR DE SERVICIOS”
Nombre | Firma | Fecha |
ANEXO 4
MODELO DE CONTRATO SIMPLIFICADO PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PERSONA MORAL
D E C L A R A C I O N E S
I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo “Suprema Corte”, por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que:
I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
I.2.- La presente contratación realizada mediante Concurso Público Sumario, fue autorizada por la persona titular de la Dirección General de Recursos Materiales, de conformidad con lo previsto en los artículos 43, fracción III, 46, 47, fracción III, y 86, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Acuerdo General de Administración XIV/2019).
I.3.- La Directora General de Recursos Materiales está facultada para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32, fracción X, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y 11, tercer párrafo, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx xxxxxx 0, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
I.5.- La erogación que implica la presente contratación se realizará con cargo a la Unidad Responsable 23510976S0010001, Partida Presupuestal 44101, destino Dirección General de Recursos Humanos.
II.- El “Prestador de Servicios” manifiesta bajo protesta de decir verdad, por conducto de su representante legal que:
II.1.- Es una persona moral debidamente constituida bajo las leyes mexicanas y cuenta con la inscripción en el Registro Público del Comercio correspondiente.
II.2.- Conoce las especificaciones técnicas de los servicios requeridos por la “Suprema Corte” y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para realizarlos a satisfacción de ésta.
II.3.- A la fecha de adjudicación de la presente contratación, no se encuentra inhabilitado conforme a la legislación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación para celebrar contratos; asimismo, no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 62, fracciones XV y XVI, y 193, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
II.4.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración XIV/2019.
II.5.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado “Prestador de Servicios”.
III.- La “Suprema Corte” y el “Prestador de Servicios”, a quienes de manera conjunta se les identificará como las “Partes” declaran que:
III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en las declaraciones I.4. y II.5. de este instrumento.
III.2.- Las “Partes” reconocen que la carátula del presente contrato forma parte integrante del presente instrumento contractual.
III.3.- Conocen el alcance y contenido del presente contrato, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
Primera. Condiciones generales. El “Prestador de Servicios” se compromete a proporcionar los bienes y servicios descritos en el presente instrumento y a respetar en todo momento el objeto, precio, plazo, garantías y condiciones de pago señalados en el presente instrumento contractual, durante y hasta el cumplimiento total de este acuerdo de voluntades.
Segunda. Monto del contrato. El monto del presente contrato es por la cantidad de $XXXXXX (XXXXXXXXXXXX moneda nacional) más el Impuesto al Valor Agregado equivalente a $XXXXXX (XXXXXXXXXXXX moneda nacional) resultando un monto total de $XXXXXX (XXXXXXXXXXXX moneda nacional).
[Las “Partes” convienen que los precios acordados en el presente contrato se mantendrán firmes hasta su total terminación.] El pago señalado en la presente cláusula cubre el total de los bienes y servicios contratados, por lo cual la “Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional.
Tercera. Requisitos y forma de pago. [La “Suprema Corte” pagará al “Prestador de servicios” el [cien por ciento] del monto señalado en la cláusula Segunda, contra entrega de [los bienes y los servicios prestados] conforme a los [Alcances Técnicos] requeridos y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”.] Para efectos fiscales, el “Prestador de Servicios” deberá presentar el o los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) respectivos a nombre de la “Suprema Corte”, con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, según consta en la cédula de identificación fiscal, expedida por el Servicio de Administración Tributaria, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4. de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar.
Para que proceda el pago, [el/la] “Administrador” [“Administradora”] del contrato deberá entregar a la instancia correspondiente copia del instrumento contractual y copia del documento mediante el cual fueron prestados los servicios a entera satisfacción de la “Suprema Corte”.
Cuarta. Lugar de entrega de los bienes y prestación de los servicios. El “Prestador de Servicios” debe realizar la prestación del servicio, objeto de este contrato, en la ubicación relacionada en el anexo 2a, previa comunicación con quien administre
Quinta. Vigencia del contrato y plazo de entrega de los bienes y prestación de los servicios. Las “Partes” convienen en que la vigencia del presente contrato será _.
El “Prestador de Servicios” se compromete a prestar los servicios conforme a lo siguiente: XXXXXXXX
A la terminación de la vigencia de esta contratación, no se deberá continuar con la prestación del servicio objeto de este contrato.
El plazo de entrega de los bienes y prestación de los servicios pactado en este contrato únicamente podrán ser prorrogados por causas plenamente justificadas, previa presentación de la solicitud respectiva, mínimo 10 días hábiles antes del vencimiento del plazo del servicio, por parte del “Prestador de Servicios” y su aceptación por parte de la “Suprema Corte”. En caso de que el inicio de la prestación del servicio, materia de este instrumento contractual, no sea posible por causas imputables a la “Suprema Corte”, esta se realizará en la fecha que por escrito le señale [el/la] “Administrador” [“Administradora”] del contrato al “Prestador de Servicios”.
Sexta. Penas convencionales. Las penas convencionales serán determinadas por la “Suprema Corte”, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente:
En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el instrumento contractual y en lo establecido en sus anexos, la “Suprema Corte” podrá aplicar una pena convencional hasta por el (veinte) por ciento (20%) del monto que corresponda al valor de los bienes o servicios, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, que no se hayan recibido, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. De existir incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.
En caso de que no se otorgue prórroga al “Prestador de Servicios” respecto al cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato, se aplicará una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la entrega de los bienes o prestación de los servicios, equivalente al monto que resulte de aplicar el 1% (uno por ciento) por cada día natural a la cantidad que importen los bienes no entregados o los servicios no prestados, y no podrán exceder del 30% (treinta por ciento) del monto total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
De existir incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.
Si las penas convencionales rebasan el porcentaje señalado anteriormente, se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato.
Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la “Suprema Corte” al “Prestador de Servicios” y, de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de la “Suprema Corte”.
Las penas convencionales también podrán hacerse efectivas mediante las garantías otorgadas.
Séptima. Garantía de cumplimiento. De conformidad con lo establecido en el artículo 169, fracción II, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, se exceptúa la presentación de la fianza que garantice el cumplimiento del contrato, toda vez que el monto del presente contrato no excede la cantidad de 7500 UMAS y el pago se realizará de manera posterior a la prestación de los servicios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 169, fracción II, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, el “Prestador de Servicios” se obliga a otorgar fianza expedida por institución debidamente autorizada, dentro de los diez días hábiles siguientes a la firma del contrato, por el equivalente al 10 por ciento del monto total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, y hasta 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el monto o plazo pactado, cuyo texto deberá de cumplir con los requisitos que la “Suprema Corte” indique. La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”.
Octava. Pagos en exceso. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el “Prestador de Servicios”, este deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses que se calcularán conforme a una tasa que será igual a la establecida en el Código Fiscal de la Federación y la Ley de Ingresos de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso, y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago al “Prestador de Servicios”, hasta la fecha que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la “Suprema Corte”.
Novena. Propiedad intelectual. El “Prestador de Servicios” asume totalmente la responsabilidad para el caso de que, al proveer los bienes y prestar los servicios, objeto de este contrato, infrinja derechos de propiedad intelectual y por lo tanto libera a la “Suprema Corte” de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, de propiedad industrial o de cualquier otra índole.
Asimismo, se precisa que está prohibida cualquier reproducción parcial o total, o uso distinto al autorizado, de la documentación proporcionada por la “Suprema Corte”, con motivo de la prestación de los servicios objeto del presente contrato.
Ante cualquier uso indebido de material y/o información, o de los resultantes del procedimiento, la “Suprema Corte” podrá ejercer las acciones legales conducentes, por lo que el “Prestador de Servicios” es responsable en su totalidad de las reclamaciones que, en su caso, se efectúen respecto de los derechos de propiedad intelectual u otro derecho inherente a ésta.
El “Prestador de Servicios”, manifiesta no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracciones previstas en la Ley Federal del Derecho de Autor y/x Xxx Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Décima. Inexistencia de relación laboral. Las personas que intervengan en la realización del objeto de este contrato serán personal del “Prestador de Servicios”, por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre ellos y la “Suprema Corte”.
Será responsabilidad del “Prestador de Servicios” cumplir con las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan el SAR, INFONAVIT, IMSS y las contempladas en la Ley Federal del Trabajo; por tanto, responderá de las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que el personal del “Prestador de Servicios” presenten en su contra o de la “Suprema Corte”. El gasto que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrá a cargo del “Prestador de Servicios”, que será el único responsable de las obligaciones adquiridas con su personal.
La “Suprema Corte” estará facultada para requerir al “Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de su personal al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS.
En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del “Prestador de Servicios” ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de la “Suprema Corte”, el “Prestador de Servicios” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue la “Suprema Corte” con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos, y deslindar a la “Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido.
“Las Partes” acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por la “Suprema Corte” de los Comprobantes Fiscales Digitales generados por Internet (CFDI) que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer.
Décima Primera. Subcontratación. La “Suprema Corte” manifiesta que no aceptará la subcontratación para el cumplimiento del objeto de esta contratación. Para los efectos de esta contratación, se entiende por subcontratación el acto mediante el cual el “Prestador de Servicios” encomienda a otra persona física o jurídica, la ejecución parcial o total del objeto del contrato.
Décima Segunda. Responsabilidad civil. El “Prestador de Servicios” responderá por los daños que se causen a los bienes en posesión o en propiedad de la “Suprema Corte” con motivo del cumplimiento al objeto de este contrato, aun cuando no exista negligencia. La reparación del daño consistirá, a elección de la “Suprema Corte”, en el restablecimiento de la situación anterior, cuando ello sea posible, o en el pago de daños y perjuicios, con independencia de ejercer las acciones legales a que haya lugar.
Décima Tercera. Intransmisibilidad de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato. El “Prestador de Servicios” no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier título, parcial o totalmente a favor de otra persona, física o moral, los derechos y obligaciones que deriven del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, con autorización previa y expresa de la “Suprema Corte”.
Décima Cuarta. Del fomento a la transparencia y confidencialidad. Las “Partes” reconocen que la información contenida en el presente contrato y, en su caso, los entregables que se generen podrán ser susceptibles de clasificarse como reservados y/o confidenciales, en términos de los artículos 106, 113 y 116, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 98, 110 y 113, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El “Prestador de Servicios” se obliga a no realizar acciones que comprometan la seguridad de las instalaciones de la “Suprema Corte” o pongan en riesgo la integridad de su personal, así como abstenerse, conforme a las disposiciones aplicables, de dar a conocer por cualquier medio a quien no tenga derecho, documentos, registros, imágenes, constancias, estadísticas, reportes o cualquier otra información clasificada como reservada o confidencial de la que tenga conocimiento en ejercicio y con motivo de la prestación del servicio.
Los bienes entregados o los servicios realizados, total o parcialmente, especificaciones y en general la información que se encuentre en el lugar de su prestación o que se hubiesen entregado al “Prestador de Servicios” para cumplir con el objeto del presente contrato, son propiedad de la “Suprema Corte”, por lo que el “Prestador de Servicios” se obliga a devolver a la “Suprema Corte” el material que se le hubiese proporcionado, así como el material que llegue a realizar, obligándose a abstenerse de reproducirlos en medio electrónico o físico.
Décima Quinta. Rescisión del contrato. Las “Partes” aceptan que la “Suprema Corte” podrá rescindir de manera unilateral el presente contrato sin que medie declaración judicial, en caso de que el “Prestador de Servicios” deje de cumplir cualesquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.
Antes de declarar la rescisión, la “Suprema Corte” notificará por escrito las causas de recisión al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5. de este instrumento, practicándose la diligencia de notificación con la persona que se encuentre en el lugar, otorgándole un plazo de cinco días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
Vencido ese plazo el órgano competente de la “Suprema Corte” determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5. de este instrumento. Serán causas de rescisión del presente instrumento contractual las siguientes: 1) Si el “Prestador de Servicios” suspende la entrega de los bienes y/o prestación de los servicios señalados en la cláusula[ Primera] del presente contrato. 2) Si el “Prestador de Servicios” incurre en falsedad total o parcial respecto de la información proporcionada para la celebración del presente contrato. 3) En general, por el incumplimiento por parte del “Prestador de Servicios” a cualesquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato. [4) Si el “Prestador de Servicios” no exhibe las garantías en
los términos y condiciones indicados en este contrato, de conformidad con el artículo 169 del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
Décima Sexta. Supuestos de terminación del contrato diversos a la rescisión. El contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto, o bien, de manera anticipada cuando existan causas justificadas, de orden público o de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 153, 154, 155 y 156, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
Décima Séptima. Suspensión temporal del contrato. Las “Partes” acuerdan que la “Suprema Corte” podrá, en cualquier momento, suspender temporalmente, en todo o en parte, el objeto materia de este contrato, por causas justificadas, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo dispuesto en el artículo 150, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
Décima Octava. Modificación del contrato. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los artículos 13, fracción XXII y 148, fracción I, del Acuerdo General de Administración XIV/2019.
Décima Novena. Vicios Ocultos. El “Prestador de Servicios” queda obligado ante la “Suprema Corte” a responder de los defectos y vicios ocultos de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos de la legislación aplicable.
Vigésima. Administrador del contrato. La “Suprema Corte” designa a la persona Titular de la Dirección de Servicios al Personal, adscrito a la Dirección General de Recursos Humanos de la “Suprema” Corte”, como “Administrador” [“Administradora”] del presente contrato, quien supervisará su estricto cumplimiento; en consecuencia, deberá revisar e inspeccionar las actividades que desempeñe el “Prestador de Servicios”, así como girar las instrucciones que considere oportunas y verificar que los bienes y servicios, objeto de este contrato, cumplan con las especificaciones señaladas en el presente instrumento.
[El/La] persona titular de la Dirección General Recursos Humanos de la “Suprema Corte” podrá sustituir [al/a la] “Administrador”
[“Administradora”] del contrato, lo que informará por escrito al “Prestador de Servicios”.
Vigésima Primera. Resolución de controversias. Para efectos de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el “Prestador de Servicios” se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la “Suprema Corte” renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio o vecindad, tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Las “Partes” acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que respectivamente han señalado en las declaraciones I.4. y II.5. de este instrumento.
Vigésima Segunda. Legislación aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Acuerdo General de Administración XIV/2019, y en lo no previsto en estos, por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo en lo conducente.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL “PRESTADOR DE SERVICIOS”
Nombre | Firma | Fecha |
ANEXO 5
FORMATO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10 por ciento del monto total del mismo, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $ ( pesos /100 moneda nacional), y hasta 20 por ciento más, en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los bienes o servicios contratados o el plazo del contrato.
La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes y servicios, materia del contrato de referencia, hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza solo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”.
I. En la póliza de fianza que se expida por institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda:
“Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $ ( pesos /100 moneda nacional), y hasta un 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los bienes y servicios contratados o el plazo del contrato, para garantizar, por parte de , , con domicilio en calle , número , colonia , Alcaldía , código postal , México, , el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número xxxxxxx, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de
la Nación y , con un monto contratado que asciende a la cantidad de $
( pesos /100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. La afianzadora expresamente declara que:
- La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el contrato número xxxxxxxxx, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y , , con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de , , relativo a la entrega de los bienes y prestación de servicios de , con un monto contratado por la cantidad de
$ ( pesos 00/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado.
- La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el contrato número xxxxxxxxxxx.
- La presente fianza tendrá vigencia en toda la duración del Contrato número XXXXXXXXXXXXXXx y, en su caso, la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; solo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida.
- La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- En caso de incumplimiento contractual por parte de , la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
- La presente fianza podrá ser liberada a , siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato.
- La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor , , pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, en su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20 por ciento adicional al originalmente pactado.
- Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón del domicilio que tenga o llegare a tener.
ANEXO 6
FORMATO XX XXXXXX DE PREGUNTAS
(En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
Número de Procedimiento: CPSI/DGRM/042/2023.
Descripción: Contratación de diversos servicios para el “Encuentro Deportivo y de Integración para personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
No. | Concepto de Convocatoria/Bases- Anexo | Numeral | Pregunta |