Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA DEL MUNICIPIO XX XXXXX.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Es objeto del contrato la prestación del Servicio de limpieza y mantenimiento de las calles, aceras, plazas y caminos del municipio xx Xxxxx en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones Técnicas.
El presente contrato está reservado a Centros Especiales de Empleo, según Disposición Adicional Séptima de la Ley de Contratos del Sector Público.
2.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.
El precio del contrato será de 96.759,26 euros más 7.740,74 euros de IVA, lo que hace un total de 104.500 euros anuales (CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS EUROS), cantidad que podrá ser mejorada por los licitadores, quienes incluirán en sus ofertas el IVA, debiendo figurar desglosado este concepto.
3.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto municipal del año en curso en la partida 4420.227.01. Así mismo, el Pleno del Ayuntamiento se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
4.- PAGO DEL PRECIO.
La prestación de los servicios se abonará dentro de los 30 días siguientes al de la fecha de expedición de la correspondiente factura, la cual recogerá los trabajos realizados mensualmente.
Las facturas mensuales se corresponderán con una doceava parte del precio anual del servicio ofertado.
Para los correspondientes servicios especiales o suministros especiales, prestados a requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxx, se aplicarán, siempre que se pueda, los precios que se deduzcan de los ofertados por la empresa adjudicataria o, en su defecto, mediante los correspondientes precios contradictorios, convenidos previamente con el adjudicatario y aprobados por el órgano competente del Ayuntamiento.
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato tendrá una duración de cuatro años, siendo susceptible de prórrogas anuales hasta un máximo de dos años, siempre y cuando no exista denuncia del contrato por alguna de las partes con 1 mes de anticipación a la finalización del período.
6.- GARANTÍAS.
Para poder tomar parte en el procedimiento abierto será necesaria la constitución de una garantía provisional por importe del 3% del presupuesto del contrato, y podrá ser constituida en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la Ley de Contratos del Sector Público, que será devuelta después de la adjudicación.
El adjudicatario provisional del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas está obligado a constituir una garantía definitiva equivalente al 5% del presupuesto de adjudicación excluido el IVA.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación provisional del contrato sin perjuicio de su publicación en el perfil de contratante, y podrá constituirse en metálico o bien en cualquiera de los medios establecidos en el art. 84 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La devolución de la garantía tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el art. 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
7.- REVISION DE PRECIOS.
Transcurrido un año desde la iniciación de la ejecución del contrato, se procederá a la revisión de precios del contrato mediante la aplicación de la siguiente formula:
R.P= IPC x 85%.
8.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto, siendo los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato, relacionados a continuación por orden decreciente de importancia, según la ponderación que se les atribuye los siguientes:
1.- Oferta económica 50 puntos.
Se dará la mayor puntuación a la oferta más baja, distribuyéndose la puntuación a las demás ofertas de manera proporcional.
2.- Mejoras al Pliego de Prescripciones Técnicas que no supongan un coste adicional. 30 puntos.
3.- Medios humanos, técnicos, maquinaria dedicada al servicio 20
puntos. Se valorarán los medios humanos adscritos al contrato, la funcionalidad de la maquinaria, tratamientos propuestos y que el materia a emplear sea respetuoso con el medio ambiente.
9.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR.
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no están incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además los licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales suficientes para la debida ejecución del mismo.
10.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en las Oficinas Generales de este Ayuntamiento, de 9 a 13.30 horas de lunes a viernes, a partir del día siguiente hábil a aquél en que aparezca publicado el anuncio de licitación en el BOE o DOUE y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Las proposiciones deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento en el horario señalado, dentro del plazo que más tarde finalice de los dos siguientes:
1.- Hasta el día 20 de spetiembre de 2010.
2.- Durante 15 días naturales contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado.
Esta licitación se anunciará asimismo en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar en el siguiente portal informático o página web: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/.
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos ocho días antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 142.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Organo de Contratación por fax o telegrama la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo.
Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita dentro del plazo señalado anteriormente al Órgano de Contratación por telegrama, la justificación de la fecha de remisión de la solicitud.
Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados (A y B), en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA DEL MUNICIPIO XX XXXXX”.
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien
firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
a) Documento acreditativo de estar debidamente inscrito en cualquiera de los registros de Centros Especiales de Empleo a que se refiere el Real Decreto 2273/1985 de 4 de diciembre, acompañado de una declaración de su vigencia.
b) Documento Nacional de Identidad si el licitador actúa en nombre propio. En el caso de que actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
c)Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
d) Declaración expresa y responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
e) Acreditación de estar dado de alta en el IAE en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del IAE en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
f) Solvencia económica y financiera. Las personas naturales o jurídicas que pretendan contratar con la Administración deberán acreditar su solvencia económica y financiera en los términos y por los siguientes medios:
Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia
de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
g) Documento acreditativo de la clasificación del contratista que habilite para contratar el servicio de: Grupo U Subgrupo 1 Categoría A.
h) Documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional.
i) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una unión temporal de empresarios, cada no de los que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores y aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizará, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
j) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para que todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas del Estado o de la –Comunidad Autónoma del País Xxxxx podrán presentar copia compulsada del certificado vigente expedido por el letrado responsable del Registro. Deberá adjuntarse, no obstante, declaración responsable relativa a la subsistencia y validez de los datos registrales.
En cualquier caso, el Ayuntamiento podrá recabar en cualquier momento de las empresas inscritas cuantos documentos y acreditaciones estime necesarios para comprobar la subsistencia de los datos y documentos aportados a dicho registro.
El sobre “B” se subtitulará “PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN” y contendrá los siguientes documentos:
a) Proposición económica ajustada al siguiente modelo:
D. ..............................., con domicilio en .................., CP ............, DNI ,
teléfono ....................................... en plena posesión de su capacidad jurídica y de
obrar, en nombre propio (o en representación de .................................... con domicilio en ..............., CP .........., teléfono ........................... y DNI o CIF ..........................
(según se trate de persona física o jurídica), enterado del procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento xx Xxxxx para la contratación de la prestación del
“Servicio de limpieza viaria del municipio xx Xxxxx”, declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de euros
más ......................... euros correspondientes al .....% de IVA y en el plazo
de ..............................., debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal.
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Condiciones Técnicas y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ........................... a .... de de 2010.
Firma
b) Medios humanos, técnicos , maquinaria y material dedicado al servicio.
c) Mejoras.
11.- CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores, que habrán de aportarse, tal y como dispone el artículo 22 del Reglamento, en el plazo de 5 días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en el perfil del contratante. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados.
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a lo establecido en la cláusula 8 xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares Administrativas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y las causas de su rechazo.
Las ofertas presentadas (sobre B) serán abiertas en acto público a continuación, salvo en el caso de envío por correo, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Posteriormente se procederá a la valoración y clasificación de las proposiciones, por orden decreciente, atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 8 y previos los informes técnicos oportunos, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Organo de Contratación que haya de efectuar la misma.
12.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN.
La adjudicación provisional se realizará en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará, al amparo de lo previsto en el art. 145.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites establecidos en el art. 136.3 de la Ley de Contratos del Sector Público para cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales.
La declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
En este caso, el Órgano de Contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación provisional a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración y, en su defecto, a la proposición que no sea considerada anormal o desproporcionada.
En el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la adjudicación provisional en el perfil de contratante, el adjudicatario provisional deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Aportar la justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo que las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición, así como, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se haya comprometido
a adscribir a la ejecución del contrato.
b) Aportar copia de la póliza de seguro y justificante de pago de la misma que cubra los riesgos inherentes al contrato y en especial la responsabilidad civil.
c) Constituir la garantía definitiva y, en su caso, la garantía complementaria.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que finalice el plazo anteriormente señalado, siempre que el adjudicatario haya realizado las actuaciones indicadas. En caso de no ser realizadas tales actuaciones, no se producirá la adjudicación definitiva a favor del adjudicatario provisional.
Al amparo de lo dispuesto en el art. 139.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, en caso de renuncia a la celebración del contrato o desestimiento de este procedimiento, la compensación de los gastos que la licitación haya ocasionado a los licitadores será fijada por esta Administración previa audiencia y justificación de aquellos.
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva realizada por el Organo de Contratación, que será notificada al adjudicatario, el cual, en el plazo xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Pagar los gastos de publicidad oficial, si los hubiere, en los boletines oficiales.
b) Comparecer en la Administración para formalizar el contrato en documento administrativo.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
13.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente Pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el
buen orden en la ejecución del mismo.
14.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1.- La empresa adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá, exclusivamente, del adjudicatario, por cuanto éste deberá cumplir las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual, funcionarial o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento xx Xxxxx, ni durante el contrato ni una vez finalizado éste.
2.- El contratista queda obligado a aportar, para la realización del servicio, el equipo y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquél. La Administración podrá rechazar cualquier elemento que considere inadecuado.
3.- Subrogación: El adjudicatario del contrato conforme a lo dispuesto en el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores y Convenio de Aplicación tendrá la obligación de subrogarse como empleador en las relaciones laborales de los trabajadores cuya relación y condiciones laborales se detallan en el Anexo I del presente pliego, en virtud del artículo 104 de la LCSP. Los licitadores deben indicar en sus ofertas los criterios de actuación para la contratación de nuevo personal en caso de ampliación, que deberá proceder preferentemente de personal con algún tipo de discapacidad.
4.- El contratista quedará obligado a justificar fehacientemente ante el Ayuntamiento, junto a la presentación mensual de la factura, que se encuentra corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad social correspondientes a los trabajadores adscritos a la ejecución de este contrato.
5.- El adjudicatario queda obligado también a presentar cuantos informes y estudios relacionados con el objeto del contrato así como reportajes fotográficos que le sean requeridos por los servicios técnicos municipales.
6.- El contratista ejecutará los trabajos personalmente, no pudiendo ceder, en todo o en parte, el contrato a otra persona sin la autorización expresa y previa de la Administración, y con sujeción a las condiciones establecidas en el art. 210 de la LCSP.
7.- El contratista facilitará a la Administración, sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y
cumplimiento del contrato, como asistencia a reuniones explicativas, paneles informativos, etc.
15.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 198 de la Ley de Contratos del Sector Público.
A tal efecto, aportará copia de una póliza de seguro y justificante de pago de la misma, que cubra los riesgos inherentes al contrato y en especial la responsabilidad civil (general, patronal y cruzada) en que pueda incurrir por los daños causados a terceras personas y derivados de actos del personal del adjudicatario, de sus empleados y dependientes, permanentes u ocasionales, de la maquinaria y el equipo, así como a consecuencia de los trabajos realizados durante la ejecución del servicio.
16.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
El Ayuntamiento podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido a necesidades nuevas o causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 284.c) de la Ley de Contratos del Sector Público.
17.- PLAZO DE GARANTÍA.
Dada la naturaleza de este contrato no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía.
18.- PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO.
A) DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Si el contratista por causas imputables al mismo hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del mismo con pérdida de la garantía o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 por cada 1000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B) DE LA EJECUCIÓN PARCIAL DE LAS PRESTACIONES.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
19.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Constituyen causa de resolución de este contrato las establecidas en los artículos 206 y 284 de la Ley de Contratos del Sector Público.
20.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
21.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante la cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
22.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en la Ley 30/2007 de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
23.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y s u normativa de desarrollo.
Zalla, a 16 de julio de 2010 EL ALCALDE
ANEXO I
LISTADO DE PERSONAL ACTUAL
Categoría | Antigüedad | Tipo de contrato | Jornada |
Encargado | 11/01/2002 | Indefinido | Jornada completa |
Limpiador | 15/01/2002 | Indefinido | Jornada completa |
Limpiador | 01/07/1994 | Indefinido | Jornada completa |
Limpiador | 02/09/1996 | Indefinido | Jornada completa |
Limpiador | 09/09/2004 | Indefinido | Jornada completa |
Limpiador | 15/10/1999 | Indefinido | Jornada completa |