Contrato de Mantenimiento Preventivo y Correctivo.-
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Contrato de Mantenimiento Preventivo y Correctivo.- |
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En la ciudad xx Xxxxxx, el dos de enero de 2017, entre: I) Por una parte el Hospital xx Xxxxxx, representado por el Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx en su carácter e Director constituyendo domicilio a todos los efectos de esta contratación en Xxx. Xxxxx x/x xxx. Xxxxxxxxx x XX) Por otra parte la Empresa Xxxxxxxx Xxxxxx Uruguay Xxxxxx RUT 140141210018 representada por el Sr. Uruguay Xxxxxxxx titular de la Cédula de Identidad Nº 0.000.000-0 constituyendo domicilio a todos los efectos del presente contrato en la xxxxx Xxxxxxxxx Xx000, se CONVIENE QUE:----------------------------------------------------------
Primero.- La Empresa Xxxxxxxx Xxxxxx Uruguay Xxxxxx en adelante “la empresa”, brindará al Hospital xx Xxxxxx en adelante “la Administración contratante” el servicio de Mantenimiento de tres Equipos de Diálisis, (uno Marca Nipro Modelo Diamax y dos Marca Nipro Modelo Surdial), de acuerdo al siguiente detalle: Mantenimiento preventivo y correctivo. Este servicio consta de una inspección programada mensual y la asistencia para resolver anomalías durante las secciones de hemodiálisis si es convocado. Mantenimiento de dos Equipos de Osmosis de acuerdo al siguiente detalle: el mencionado servicio se llevará a cabo en forma mensual o a demanda, inspección visual del estado general de los equipos, cambio de filtros requeridos, desinfección química. Toda la actividad quedará registrada en una carpeta que se encuentra en el servicio.--------
Segundo.- El plazo del contrato se extenderá desde la intervención del gasto por el Tribunal de Cuentas de la República o el Área de Auditores de ASSE según corresponda, hasta el 31 de diciembre de 2017.----------------------------------------------------------------------
Tercero.- El precio de esta contratación será el siguiente: $ 3.800,00 (pesos uruguayos tres mil ochocientos con 00/100) más iva básico, por cada equipo de Diálisis. Siendo un total anual de $111.264,00 (pesos uruguayos ciento once mil doscientos sesenta y cuatro con 00/100) iva incluido, por los equipos Marca Nipro Modelo Diamax Serie Nº14G8687S y Equipo Marca Nipro Modelo Surdial Serie Nº10V2300. El mantenimiento del Equipo Marca Nipro Modelo Surdial Serie Nº10V2435 comienza a regir a partir del mes de julio luego de finalizada la garantía, siendo un total del contrato por seis meses $27.816,00 (pesos uruguayos veintisiete mil ochocientos dieciséis con 00/100) iva incluido. y $1.400,00 (Pesos uruguayos mil cuatrocientos con 00/100) más iva básico por cada Equipo de Osmosis. Siendo un total anual de $ 40.992,00 (pesos uruguayos cuarenta mil novecientos noventa y dos con 00/100) iva incluido. Monto Total del Contrato $180.072,00 (pesos uruguayos ciento ochenta mil setenta y dos con 00/100) iva incluido. Los precios se considerarán fijos durante la vigencia del presente contrato.--------------------
Cuarto.- El pago se realizará mensualmente mediante el SIIF dentro de un plazo estimado de sesenta días del cierre del mes al que pertenezca la factura.---------------------------------
Quinto.- La Administración contratante no abonará intereses por Xxxx.- En caso de falta de pago por dos meses consecutivos la Empresa podrá suspender el servicio y en caso de que los pagos no se normalicen dentro de un plazo de treinta días podrá dar por rescindido el contrato.-------------------------------------------------------------------------------------
Sexto.- Las facturas deberán presentarse debidamente conformadas por el encargado de la Dependencia destinataria del servicio, en la Oficina de Compras que previo a su tramitación entregará a la Oficina de Contaduría quien dará trámite y recabará la firma del Ordenador de Gasto.-----------------------------------------------------------------------------------
En caso de que en el texto impreso de las facturas de la Empresa figurara alguna referencia a intereses moratorios, la Empresa acepta que dicha referencia sea anulada mediante sello o sistema similar en forma previa a su conformación por parte del Ordenador del Gasto.---------------------------------------------------------------------------------------
Séptimo.- En caso de incumplimiento de la Empresa se intimará por escrito a la misma a regularizar el servicio bajo apercibimiento de rescisión del contrato y de la aplicación de las sanciones que puedan corresponder de acuerdo con la normativa aplicable (Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999).- Si la firma no lo hiciere dentro del plazo que determine la intimación, la Administración contratante dictará resolución rescindiendo la contratación y lo comunicará al Registro de Proveedores del Estado.------------------- Octavo.- La empresa declara encontrarse en condiciones de contratar con el Estado (artículo 46 del TOCAF 2012 y artículos 1º y 3º del Decreto Nº 342/999 de 26 de octubre de 1999).------------------------------------------------------------------------------------------------------
Noveno.- Habilita la presente contratación lo previsto en el apartado B del Artículo 33 del TOCAF.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Décimo.- A efectos de la intervención previa del gasto si correspondiera por su monto, se remitirá el presente documento al Tribunal de Cuentas de la República o Área de Auditores de ASSE conjuntamente con la Afectación de crédito o constancia que la misma se realizará una vez abiertos los créditos del ejercicio al que corresponde la contratación.- Para constancia se firman dos ejemplares del mismo tenor.-------------------------------------
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Por HOSPITAL DE XXXXXX Xxxxxxxx Xxxxxx Uruguay
C.I 1.020.378-1
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