ORDEN DEL DIA
ORDEN DEL DIA
1º).- Aprobación, si procede, del borrador del Acta de la sesión ordinaria celebrada el día 27 de noviembre del año 2014.
2º).- Aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio económico del año 2015.
3º).- Aprobación de la Resolución del Contrato de prestación de los servicios de limpieza en distintas dependencias municipales del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra (Madrid), suscrito entre el Ayuntamiento y la empresa adjudicataria del mismo, Siete Picos de Servicios y Mantenimiento, SL.
4º).- Aprobación, si procede, del Reglamento sobre el uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra.
5º).- Renuncia, si procede, a la oferta presentada por la empresa Abertis Telecom-Retevisión, al servicio de extensión de cobertura de la señal TDT en el centro emisor de El Boalo, que garantice la prestación del servicio del nuevo canal 35 (8Madrid).-
6º).- Adjudicación, si procede, del aprovechamiento de los pastos en los xxxxxx de propiedad municipal, denominados: Xxxxxx xxx Xxxxxxxx, Cabeza Mediana, Xxxx Xxxxx y Regajo Redondo.-
7º).- Aprobación xxx xxxxxx de condiciones económico administrativas particulares, que como ley fundamental del contrato, ha de servir para contratar mediante procedimiento abierto por concierto directo y forma de concurso, el aprovechamiento de los pastos de los xxxxxx número 2 del cup "Alto del Hilo", número 4 del cup “gargantilla” y número 7 “Las Gorroneras”, por un periodo de cinco años, del 2015 al 2019, al amparo de lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales.-
Xxxxxxxx de la Sierra, a 16 de diciembre de 2014.
EL ALCALDE,
Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxx
SRES. CONCEJALES DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA (Madrid).
SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA (Madrid), EL DIA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-
ASISTENTES:
Alcalde Presidente:
Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx.
Concejales del Partido Popular:
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx.
Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxx.
Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra:
Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx. Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Concejales del Partido Socialista Obrero Español
Xxx Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
Concejales de Izquierda Unida-Los Verdes:
Doña Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx.
Concejales no adscritos:
Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx.
Concejales que han excusado su asistencia:
Ninguno.
Secretario del Ayuntamiento:
Xxx Xxxxxxxx Armada Xxxxxx.
Interventor del Ayuntamiento:
Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
En Xxxxxxxx de la Sierra, siendo las nueve horas y tres minutos del día diecinueve de diciembre del año dos mil catorce, se reunieron en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, los señores Concejales que al margen se expresan con el fin de celebrar la Sesión Extraordinaria, para la que habían sido previamente convocados.
Presidió el acto, el Sr. Alcalde-Presidente, XXX XXXX XXXXXX XXXXX, actuó como Secretario, el que lo es de la Corporación, XXX XXXXXXXX ARMADA XXXXXX y como Interventor, el que lo es de la Corporación, XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX.
Declarado abierto el Acto Público por la Presidencia, se procede a debatir los asuntos incluidos
en el Orden del Día, que a continuación se indican.
1º).- APROBACION, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA 27 DE NOVIEMBRE DE 2014.- Toma la palabra, el Sr.
Alcalde-Presidente, y pregunta de conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Reglamento Orgánico Municipal y el artículo 91 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al borrador del acta de la sesión anterior, celebrada el día 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 x xxxxx copias se les entregaron con la notificación del Orden del día. Sometido el asunto a votación, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de todos sus asistentes, que son doce, de los trece que lo integran, seis de los Srs. Concejales del Partido Popular, tres de los Srs. Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, dos de los Srs. Concejales del Partido Socialista Obrero Español y uno de la Sra. Concejal no adscrita, acuerda aprobar el Acta de la Sesión anterior celebrada el día 27 de noviembre de 2014, tal y como ha sido redactada, sin realizar ningún tipo de observación y rectificación a la misma.
2º).- APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO PARA EL
EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2015.- Se da cuenta por el Sr. Secretario al Pleno del Ayuntamiento del expediente tramitado para la aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio económico del año 2015, así como del dictamen de la Comisión de Hacienda, celebrada el día 12 de diciembre de 2015, donde por mayoría absoluta, por cuatro votos a favor, de los Srs. Concejales del Partido Popular y tres abstenciones, una del Sr. Concejal del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, una del Sr. Concejal del Partido Socialista Obrero Español y una del Sr. Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes, queda dictaminada favorablemente la aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio económico del año 2015.
A continuación toma la palabra el Sr. Interventor Municipal para proceder en primer lugar a dar lectura, al Resumen General a Nivel de Capítulos de Gastos y de Ingresos del Proyecto de Presupuesto Ordinario para el ejercicio del año 2015, el cual asciende a la cantidad de 5.155.626,49 Euros en los Estados de Ingresos y a 5.155.626,49 Euros, en los Estados de Gastos, resultando nivelado y de acuerdo con el siguiente detalle resumido a nivel de Capítulos:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
A).- Operaciones Corrientes.-
Capítulo 1 (Impuestos Directos) 2.071.300,00 Euros
Capítulo 2 (Impuestos Indirectos) 15.000,00 Euros
Capítulo 3 (Xxxxx y otros Ingresos).......................................................1.746.275,00 Euros
Capítulo 4 (Transferencias Corrientes) .................................................1.232.876,35 Euros
Capítulo 5 (Ingresos Patrimoniales) 78.175,00 Euros
B).- Operaciones de Capital.-
Capítulo 6 (Enajenación de Inversiones Reales) 000.000,00 Euros
Capítulo 7 (Transferencias de Capital) 000.000,00 Euros
Capítulo 8 (Variación Activos Financieros) 12.000,00 Euros
Capítulo 9 (Variación Pasivo Financieros) 0,00 Euros
TOTAL INGRESOS EJERCICIO 2015........................................5.155.626,35 Euros
PRESUPUESTO DE GASTOS
A).- Operaciones Corrientes.-
Capítulo 1 (Gastos de Personal) ............................................................2.518.100,57 Euros
Capítulo 2 (Gastos en Bienes Corrientes y Servicios)..........................2.242.637,50 Euros Capítulo 3 (Gastos Financieros) 3.150,00 Euros
Capítulo 4 (Transferencias Corrientes) 157.352,36 Euros
B).- Operaciones de Capital.-
Capítulo 6 (Inversiones Reales) 168.385,92 Euros
Capítulo 7 (Transferencias de Capital) 0,00 Euros
Capítulo 8 (Variación Activos Financieros) 12.000,00 Euros
Capítulo 9 (Variación Pasivos Financieros) 54.000,00 Euros
TOTAL GASTOS EJERCICIO 2015 ............................................5.155.626,35 Euros
Tras la lectura del Resumen del Presupuesto a Nivel de Capítulos, se informa por el Sr. Interventor de los documentos legales integrantes del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, explicando que, como han podido observar en el expediente del presupuesto, consta con toda la documentación requerida por la legislación de Haciendas Locales, la memoria de Xxxxxxxx, el informe económico financiero, el informe de intervención, el informe de estabilidad presupuestaria y el estado de la deuda. Que se incluye también la regla de gasto aunque para este año no es obligatorio, un resumen del estado de gastos e ingresos, el presupuesto de gastos, el presupuesto de ingresos, el anexo de inversiones, el anexo de personal, el estado de deuda, las bases de ejecución y el avance de liquidación del presupuesto 2014 a 1 de diciembre y un resumen de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2013. Que la característica fundamental del presupuesto 2015 es que el 14 xx xxxxx, por orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se modifica la estructura presupuestaria de las Entidades Locales a nivel sobre todo de grupos de programas y áreas de gasto con el objetivo de cumplir en el año 2015 la orden por la que se establecen los criterios para el cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las Entidades Locales. Que esto es que se ha producido una desagregación por programas de gasto y grupos de programas para poder determinar el coste efectivo de cada uno de los servicios públicos, para poder determinar el coste que hay en educación, en cultura, en deportes, policía, etc. Que el presupuesto se encuentra equilibrado, tanto el presupuesto de gastos como el presupuesto de ingresos por una cantidad de 5.155.626, 35 euros. Que disminuye el presupuesto de ingresos en 263.266,15 euros y el de gastos un 6,35% menos que en el ejercicio anterior. Que en gastos de personal se aumenta ligeramente como consecuencia del 25% de la paga extra de diciembre del año 2012 que se retuvo a los empleados públicos y que deberá pagarse en el ejercicio 2015 si se cumplen los principios de la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Que el capítulo 2 de gastos corrientes, la mayor diferencia en cuanto al ejercicio anterior
es la desagregación. Que por ejemplo en el tema del agua hay que desagregar lo que es el abastecimiento y el alcantarillado, que en educación hay que distinguir entre educación infantil, educación primaria y educación secundaria. Que eso es lo más importante en cuanto al gasto corriente. Que en cuanto a los gastos financieros van disminuyendo año a año porque se van amortizando los préstamos. Que las transferencias corrientes se mantienen casi constantes respecto al ejercicio anterior. Que las inversiones reales se han disminuido respecto al año pasado y los pasivos financieros, lo que es la amortización de préstamos también se ha disminuido. Que en definitiva puede decir que el presupuesto cumple tanto el principio de estabilidad presupuestaria, los capítulos uno al siete del presupuesto de ingresos son superiores a los capítulos uno al siete del presupuesto de gastos, cumple con el principio de equilibrio presupuestario porque se encuentran equilibrados y cumple también el principio de la regla del gasto, que no es obligatorio determinarlo pero que ha estimado conveniente calcularlo porque si no se cumple en el presupuesto difícilmente se puede cumplir en la liquidación.
Iniciado el debate y para comenzar con el turno de intervenciones toma la palabra el Portavoz del PIBS, Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, para manifestar que como se dijo en comisión, pensaba que el Portavoz del Partido Popular explicaría antes el presupuesto. Que lo primero que hay que hacer es felicitar de nuevo como no podía ser menos, el buen trabajo y los informe que se ha elaborado para el presupuesto, por lo que felicita a los responsables en especial al Sr. Interventor. Que dicho esto, manifiesta que ellos por supuesto entienden que es la primera vez que se presenta, quitando el año 2011, cuando el presupuesto para el 2012, también, se presentó en tiempo y forma, que era cuando el Partido Popular en el equipo de gobierno tenía mayoría absoluta, en cuanto a número de concejales, que hasta entonces no se había hecho más que prorrogar el presupuesto. Que se había prorrogado el del 2013 y el del 2014 en principio por decreto a finales, el 31 de diciembre como marca la Ley del año pasado. Que luego ya se presentó el presupuesto ordinario y salió aprobado con los votos a favor de los concejales del Partido Popular, su abstención y la abstención de la concejala no adscrita, y tres votos en contra xxx Xxxxxxx Socialista y de Izquierda Unida-Los Verdes. Que dicho esto quiere decir que se alegran de que se hayan presentado en tiempo y forma para tener presupuesto para el año que viene, año que como todos saben es un año marcadamente electoral y se divide en dos partes. La parte primera es la que corresponde al gobierno que está en la actualidad y la segunda parte correspondería a lo que será el gobierno que vaya a salir de la nueva convocatoria de las urnas. Que han visto el presupuesto, que se podían haber hecho algunas matizaciones que piensan que se pueden hacer por lo que las van a proponer a continuación. Que entienden que es un presupuesto, fijándose no en la parte técnica que está perfectamente, sino en la parte de cara a las elecciones, y es la parte correspondiente al capítulo 6 que es el capítulo de inversiones; que quiere resaltar que en cuanto a las inversiones que se presentan en el capítulo de este año, algunas las comparten y otras no las comparten; que entienden que son necesarias, el alumbrado de la urbanización El Xxxxxxxx, pero que les hubiera gustado que hubiera entrado en estas inversiones lo de la urbanización de la Fuente de la Salinera, como siempre se dijo, y otras actuaciones como la de los badenes de las carreteras y que concretamente se hubieran hecho. Que con esto quiere decir que el presupuesto que se presentó de inversiones el año pasado, que con las modificaciones ascendía a 278.000 euros aproximadamente, a fecha de noviembre según les dice el Sr. Interventor, hay un remanente de crédito de 122.000 euros, por lo que hay un 44%
que no está todavía contemplado en cuanto a las que aprobaron en el mes xx xxxxx, que fue tarde pero se aprobó. Que a ellos les hubiera gustado, dada la composición actual del Ayuntamiento en estos momentos, seis concejales del equipo de gobierno y siete potencialmente en la oposición, que se hubiera hecho el presupuesto con la intervención, antes de venir ya en comisión, de todos los grupos, de los tres grupos que están, Partido Independiente, Partido Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes con el Partido Popular, como ya se hizo y dio buen resultado cuando trataron las tasas de la Casa de la Cultura, que hubo una subida importante, se bajó y afortunadamente se puede seguir manteniendo coros y danzas. Que por lo tanto y sin entrar en más discusiones, ellos propondrían de entrada, y no va a retrasar mucho la entrada en vigor del presupuesto, dejar este punto pendiente sobre la mesa, si es posible, y si los demás grupos quieren, reunirse los cuatro portavoces y ver sobre todo las inversiones y algún gasto corriente más que también se puede modificar en cuanto a gasto social. Que esto llevaría nada más que un retraso, si se reúnen antes del pleno del último jueves de enero, y en el mes de enero podía haber un presupuesto consensuado con todos y sería el presupuesto de todos de cara a estos seis meses que quedan de legislatura, porque de esta manera parece que solo es el presupuesto del Partido Popular, que puede ser que vaya para adelante pero que puede ser que no vaya para adelante porque la oposición en estos momentos suma más votos. Que está de acuerdo en que se tienen que hacerse estas inversiones, que, también, se pueden hacer otras que consideran ellos, como se imagina que consideran los otros grupos, y la propuesta sería en principio dejarlo pendiente sobre la mesa y aprobarlo si procede con el acuerdo de todos, un presupuesto de todos en el mes de enero que no supondría retraso nada más que de un mes. Que quiere recordar, como decía al principio, que el presupuesto de 2014 se aprobó en marzo si no recuerda mal y, también, quiere recordar que cuando esta corporación en 2007 entró, aunque las circunstancias eran distintas, el presupuesto se aprobó de cara ya con los criterios de la nueva corporación en el mes de xxxxx x xxxxxx del año 2007 con lo cual no supondría ningún retraso.
Continuando con el turno de intervenciones, toma la palabra el Portavoz del Partido Socialista, Xxx Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, para manifestar que escuchando al Partido Independiente, les sorprende un poco que traigan unos presupuestos si no han hablado con alguien más que les apoye porque la situación es compleja. Que entre ellos sí que hablan pero el equipo de gobierno no habla con nadie y tienen que ver si tienen mayoría para aprobarlos o no tienen mayoría para aprobarlos, que eso a veces es complicado si no se habla. Que en cuanto a los presupuestos los ingresos y gastos corrientes, confían en que están bien calculados. Que en cuanto a las inversiones, viendo el estado de las inversiones que solo se han hecho aproximadamente la mitad de las inversiones no lo comparten. Que estamos en noviembre y puede ser, que a última hora, en este mes, puedan sacar algunas cosas más pero que lo duda. Como el famoso tema que ha sacado aquí el Partido Socialista de los 60.000 euros de la inversión que se iban a hacer en el Polideportivo, que está en marcha sí pero que no figura ningún gasto reconocido ni nada. Que van a seguir insistiendo porque ahí hay algunas complejidades que no les cuadran. Que lo que les ocurre con las inversiones es que no confían en que luego se saquen adelante. Que al final las inversiones se pierden, que en el año 2011 vino el Sr. Director General, el Xx. Xxxxxxx y ha estado hace poco por aquí y cree que vino a lo mismo, que ha venido ahora a ver el asfaltado de la calle Salineras, y la famosa maqueta de su plaza, que no sabe si, esta vez, ha venido a ver como ha quedado la obra de La Salinera y cómo van las obras de la plaza o ha venido a otra cosa. Que no
confían en las inversiones que el equipo de gobierno propone, que ese es el problema. Que lo que dice el Sr. Portavoz del Partido Independiente de posponerlo y llegar a un consenso, él cree que a lo mejor sí que se podría llegar y hablarlo entre todos. Que el Partido Socialista está dispuesto a dialogar y si hay alguna inversión que consensuadamente se puede hacer no habría problema en aprobar los presupuestos, que total son las inversiones, que el resto de los gastos corrientes no hay problema porque ya sus sueldos están como están y han sido el caballo xx xxxxxxx de este grupo. Que no tienen ningún problema en discutir las inversiones pero con un criterio de que se lleven a la práctica y se hagan, con un compromiso real. Que en cuanto a los plazos, si el año pasado se prorrogó y se aprobaron en marzo, ahora perfectamente se pueden aprobar en el pleno de enero. Que se reúnen los portavoces y él cree que hay disposición, por lo menos por su parte de llegar a unos acuerdos en las inversiones, que cada grupo propondrá las suyas y reconoce que ellos tendrán que hacer concesiones. Que si están dispuestos ellos hablarán. Que él habla con el Xx. Xxxxxxxx y con los concejales que están aquí menos con el equipo de gobierno. Que están de acuerdo en que se puede parar, dejarlo pendiente y volver a retomarlo en enero si están dispuestos, que si no votarán en contra.
A continuación toma la palabra la Sra. Concejala de Izquierda Unida- Los Verdes, Doña Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, para manifestar que también ha mirado el presupuesto. Que es verdad que el presupuesto está legalmente hecho, que es estable, que cumple la Ley de Sostenibilidad, de Racionalidad y todos los demás requisitos legales, pero que sí que es verdad que aunque no sea prorrogado como decía el portavoz del PIBS, es el primero que conoce que no es prorrogado, que es un presupuesto continuista, que es el mismo. Que la nomenclatura es diferente pero que el presupuesto es el mismo, que prorrogable o no, no hay modificaciones. Que en principio su grupo tiene claro que va a votar en contra como han hecho otros años por una cuestión no de forma sino de fondo. Fondo que les ha transmitido en multitud de mociones y de propuestas aquí, que son estructurales y que obviamente el presupuesto refleja en las cosas en las que están en desacuerdo. Que no va a enumerar como hizo el año pasado, de una forma detallada todo porque sería pesado y dado que las propuestas del resto de portavoces son interesantes, simplemente va a hablar de esos ingresos directos, de las tasas que ellos consideran que hay otra forma de realizarlos y más cuando, además, aquí sí que hay una diferencia de ingresos directos este año 2015, que ellos podrían hacer una propuesta en ese sentido. Que discrepan en cómo se generan esos ingresos directos. Que también consideran que todos los servicios que están externalizados se podrían remunicipalizar y el coste de esos servicios y las partidas destinadas a eso. Que dirán que es un presupuesto con una gestión social pero que ellos consideran que lo único que hace es dar el servicio más básico de lo social, lo necesario y por obligación. Que es verdad que en términos de las competencias, que algunas están cuestionadas, en ese sentido sí que lo han mantenido como equipo de gobierno y en ese sentido les felicita, pero que ella iría a mucho más. Que cuando el resto de los portavoces hablan de las inversiones ella se sumaría si además se discuten otro tipo de partidas sociales, que ambas cosas son importantes. Que ellos no están cerrados a dialogar, que por supuesto le parece una idea buena en cualquier momento, que el objeto es llegar a acuerdos para mejorar el pueblo pero que ella sumaría a esa partida de inversiones a las que han hecho referencias concretas, otras partidas sociales, a las que Izquierda Unida sí le gustaría sumar o modificar o proponer si les parece bien. Que a pesar de ese consenso o de esa negociación, obviamente, Izquierda Unida como es una
cuestión de fondo más que de forma, tampoco puede asegurar que fuera a apoyar ese consenso pero que en principio están abiertos a él. Que ella cree que en términos generales es igual que el de años anteriores, insiste que no va a ir al detalle porque si esto se propone un poco más abordable de una forma más detallada, ya entrarían en eso.
A continuación toma la palabra el Portavoz del Partido Popular, Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, para manifestar que efectivamente él había prometido una explicación pero que casi se la ha hecho la Sra. Portavoz de Izquierda Unida. Que efectivamente es un presupuesto continuista, que creen que los presupuestos anteriores han dado unos resultados que están en los informes de transparencia que se han publicado y que todos los concejales conocen. Que la deuda va bajando año a año, que cumplen los criterios que establece la Ley de Estabilidad, que pagan a proveedores en plazo, que cumple con todos los requisitos legales. Que creen que ese era y es el buen camino y por eso viene un presupuesto claramente continuista. Que con respecto al principal asunto de debate que se ha suscitado esta mañana en la mesa que es el de dejar los presupuestos sobre la mesa para llegar a un acuerdo sobre algo, entienden que no procede. Que ahora cada grupo tendrá que decidir si apoya o no apoya los presupuestos pero que no procede dejar sobre la mesa unos presupuestos exclusivamente para hablar de inversiones porque solamente han citado dos inversiones por parte del Sr. Portavoz del Partido Independiente que son la Fuente de las Salineras, que sabe que está recogida dentro del Plan Prisma y el Plan Prisma no se presupuesta y por lo tanto estaría fuera de ello. Que, además, por el propio importe de la inversión de Fuente de las Salineras no podrían acometerla directamente el propio Ayuntamiento y la otra inversión que solicita que es la de los badenes sí que está contemplada con 25.935,92 euros en el anexo de inversiones, adecuación de calles y vías públicas. Que con respecto a que se pudiera haber hablado, es cierto, pero que él siempre ha estado a disposición de todos los grupos. Que las comisiones informativas que han venido celebrando siempre resultan en lo mismo, ya lo estudiaremos, nos abstenemos, ya veremos en el Pleno. Que así no se puede hablar, ni se puede llegar a ningún tipo de acuerdo. Que sería marear la perdiz, se juntarían veces y veces para no llegar a ninguna concreción. Que ellos han establecido y han reflejado aquí lo que creen que se puede hacer el año que viene. Que si los concejales lo estiman oportuno les agradecerá el voto positivo, que si estiman que no, cada uno tendrá que dar sus explicaciones a los ciudadanos en general. Que ellos creen que las inversiones que se han contemplado en el presupuesto son creíbles, que se pueden acometer por el importe y se pueden llevar a cabo el año que viene y que eso es lo que someten a la consideración de este pleno. Que con respecto al PSOE, de que no se fía del equipo de gobierno por el tema de las inversiones, manifiesta que no se extraña de que no se fíe porque se lía solo. Que el Director General vino en el año 2011 a visitar unas obras que se realizaron en el año 2011, que si lo recuerda, o si no le indica que visite la zona de la Xxxxxx, se asfaltó, que eso fue lo que vino a visitar en el año 2011. Que ahora ha venido a visitar otras obras que se van a licitar y se van a ejecutar, que el Director General no vino en el año 2011 a visitar la Fuente de las Salineras porque no se ha hecho, que es normal que no se fíe porque confunde los términos ya xx xxxxxxx. Que ellos piden el voto favorable a los presupuestos, que les agradece las palabras que dirigen sobre la elaboración de los mismos y pide que confíen en que estas son las inversiones que se pueden ejecutar razonablemente en el año próximo.
De nuevo toma la palabra el Portavoz del Partido Socialista, Don Xxxx Xxxx Xxxxxx
Xxxxxx, para manifestar que en la página web del Ayuntamiento figura lo que vino a ver, que vino también al Polideportivo porque había una inversión importante que ha desaparecido y no se llegó a ejecutar y se fue gastos corrientes. Que aparece en una foto con la maqueta de la plaza, que también vino a eso.
Contesta el Sr. Alcalde que no vino a ver una maqueta, que no vino a ver Fuente de las Salineras, que coincidió que estaba la maqueta y se hizo una foto. Que ahora tampoco ha venido a ver el xxxxx y posiblemente vea en los próximos días una foto viendo el xxxxx, que le pide que sean serios. Que no vino a ver una maqueta, que no vino a ver un proyecto de una plaza, que no vino a ver el proyecto de Fuente de la Salineras que como bien se ha explicado va por el Plan Prisma y que ahora mismo está en un proyecto de ejecución del proyecto en sí. Que no vino a hacer esas cosas, que vino a visitar otra serie de obras, como en este caso el inicio de otras que es el asfaltado de calles, que no vino a hacer eso que dice. Que lo puede plantear como quiera.
Procede el Xx. Xxxxxx a leer el artículo publicado, “Xxxxxxxx Xxxxxxx recordó que la Comunidad de Madrid a través del Plan Prisma invertirá en nuestro municipio además de en las actuaciones visitadas en el alumbrado público, la reforma de la urbanización de Fuente de las Salineras y la ampliación del Pabellón Polideportivo”.
Contesta el Sr. Alcalde que efectivamente en Fuente de la Salineras está el proyecto en
marcha.
El Xx. Xxxxxx destaca que también el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx habló de la plaza, de un
proyecto ambicioso.
Contestando el Sr, Alcalde que efectivamente se habló de la plaza y que le encantó y eso es lo que diría.
Insiste el Xx. Xxxxxx que no se fían de ellos en cuanto a las inversiones porque luego no se llegan a hacer.
Finalizadas las intervenciones, toma la palabra el Sr. Alcalde para someter a votación el asunto a votación, produciéndose el siguiente resultado:
- Votos a favor: Seis (6), 6 de los Srs. Concejales del Partido Popular,
- Votos en contra: Siete (7), 3 de los Srs. Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, 2 de los Srs. Concejal del Partido Socialista Obrero Español, 1 de la Sra. Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes y 1 de la Sra. Concejal no adscrita.
En consecuencia con la votación obtenida, el Pleno del Ayuntamiento, debidamente informado y tal como establece el artículo 47 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases Régimen Local, por mayoría absoluta, por siete (7) votos en contra, 3 de los Srs. Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, 2 de los Srs. Concejal del Partido Socialista Obrero Español, 1 de la Sra. Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes y 1 de la Sra. Concejal no adscrita y seis (6) votos a favor de los Srs. Concejales del Partido Popular, que son trece, de los trece que forman el Pleno, queda rechazado y no se aprueba el Presupuesto General del Ayuntamiento presentado para el ejercicio económico del año 2015.
3º).- APROBACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE LIMPIEZA EN DISTINTAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LA SIERRA (MADRID), SUSCRITO ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MISMO, SIETE PICOS DE
SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, SL.- Se da cuenta por el Sr. Secretario del expediente que se está tramitando para la resolución del contrato administrativo de prestación de los servicios de limpieza en distintas dependencias municipales del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra (Madrid), formalizado entre este Ayuntamiento y la empresa SIETE PICOS DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S.L, así como del dictamen de la Comisión de Hacienda, celebrada el día 12 de diciembre de 2015, donde por unanimidad de todos sus asistentes, que son siete, de los siete que la integran, queda dictaminada favorablemente la Resolución del Contrato de prestación de los servicios de limpieza en distintas dependencias municipales del Ayuntamiento, suscrito entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra y la empresa adjudicataria del mismo, Siete Picos de Servicios y Mantenimiento, SL, del que resulta:
Primero.- Que con fecha 17 de diciembre del año dos mil nueve, se formalizó el contrato de prestación de los servicios de limpieza en distintas dependencias municipales del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid), entre este Ayuntamiento y la empresa SIETE PICOS DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S. L. Que el contrato ha sufrido diversas modificaciones, conforme a lo acordado por el Ayuntamiento y la empresa, siendo la última de fecha 11 xx xxxxx de 2013 y al amparo de lo establecido en los artículos 194, 202 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y en los artículos 10, 111, 138 y 219 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con la cláusula 38 xxx Xxxxxx de Condiciones del contrato, conforme a la cual, se acordó: Modificar la cláusula segunda del contrato suscrito el pasado 17 de diciembre de 2009, entre el Ayuntamiento y la empresa SIETE PICOS DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS, SL, para LA PRESTACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE DIVERSAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE
BECERRIL DE LA SIERRA (Madrid), en el sentido de que el contratante se obliga a ejecutar la prestación del servicio adjudicado por la cantidad, a partir del día 1 xx xxxxx de 2013, de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DIECISIETE EUROS CON SESENTA Y NUEVE
CENTIMOS DE EURO (174.917,69 Euros), incluido en el precio el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), lo que supone un canon mensual de 14.576,47 Euros, incluido el Impuesto de Valor Añadido (IVA), que son abonadas mensualmente a buena cuenta, mediante la aportación de la factura correspondiente y aprobada por el órgano municipal competente.
Segundo.- Que dentro del clausulado del contrato se establece la duración y prorrogas del contrato: Siendo la duración del Contrato de 4 Años, desde el 1-01-2010 al 31-12-2013 inclusive y al admitirse las Prorrogas del Contrato, quedó prorrogado tácitamente por dos años más, hasta el 31 de diciembre de 2015, siendo esta la fecha límite para su finalización.
Tercero.- Que con fecha 30 xx Xxxx de 2014, se recibió escrito en el Ayuntamiento remitido por la Agencia Tributaria de Madrid, conforme al cual se requería que se procediera al embargo de los créditos que el Ayuntamiento tuviese pendientes con dicha empresa, presentes y futuros, motivo por el cual desde dicha fecha el Ayuntamiento ha dejado de pagar a la empresa y las deudas mensuales por la prestación de los servicios que el Ayuntamiento, debía abonar a la empresa,
desde dicha fecha son abonados a la Agencia Tributaria. Siendo así que desde dicha fecha y hasta el mes agosto, puesto que las facturas del mes septiembre y octubre aun no han sido presentadas para su aprobación y pago, las sumas retenidas a la empresa y pagadas a la Agencia Tributaria, supera la cantidad de 58.304,00 Euros.
Cuarto.- Que con fecha 18 de septiembre de 2014, registrado de entrada el mismo día mes y año en el Registro General del Ayuntamiento con el número 4381, ha sido presentado un escrito por los trabajadores de la empresa, conforme al cual ponen en conocimiento del Ayuntamiento, que la empresa no les paga sus emolumentos y salarios desde el mes xx xxxxx de 2014, lo cual según el clausulado del contrato puede ser motivo de la resolución del contrato.
A la vista del cual el Ayuntamiento remite un escrito al empresario el día 19 de septiembre de 2014, conforme al cual por un parte se le concede un plazo de audiencia xx xxxx naturales para que tome vista del expediente iniciado y alege lo que estimo oportuno sobre los hechos comunicados al Ayuntamiento por sus empleadas o trabajadoras y por otra, se le requiere para que presente ante la Tesorería Municipal las facturas que le adeuda el Ayuntamiento desde el mes xx xxxxx de 2015, para poder proceder a su abono y cumplir con los requisitos legalmente establecidos, sobre la obligación de expedir y abonar las facturas en el plazo de treinta días.
Quinto.- Que con fecha 2 de octubre de de 2014, registrado de entrada en el Registro General del Ayuntamiento el mismo día mes y año con el número 4567, el empresario presenta un escrito en el que presenta las facturas que le fueron requeridas en el escrito de fecha 19 de septiembre de 2014 y se informa al Ayuntamiento que ha solicitado ante el Juzgado de lo Mercantil de Madrid, Declaración de Concurso Voluntario de Acreedores, del que se desprende que una vez nombrado Administrador, procederá hacer frente a sus acreedores conforme a la prelación de créditos legalmente prevista, no existiendo, según manifiesta, más acreedores que las trabajadoras y la Administración.
Sexto.- Con fecha 3 de octubre de 2014, se recibe escrito en el Ayuntamiento de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde se le declaran embargados créditos a la empresa por deudas pendientes en la cantidad de 55.966,52 Euros.
Séptimo.- Que los servicios se siguen prestando pero tanto de los escritos presentados como de las alegaciones presentadas por los trabajadores, resulta que no perciben sus retribuciones o salarios desde el mes xx xxxxx de 2014, pero como ha quedado dicho, el Ayuntamiento está cumpliendo sus obligaciones contractuales pagando las facturas mensuales a la Agencia Tributaria de Madrid.
Octavo.- Que a la vista de que el contratista, está incumpliendo el contrato y el clausulado del contrato, concretamente la 33 y 41, donde se establecen como condiciones para la resolución del contrato: Además de las causas previstas en los artículos 206 y 284 de la LCSP, serán causa de resolución del contrato las siguientes:- El incumplimiento por parte del adjudicatario de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales y- El incumplimiento del adjudicatario de sus obligaciones y compromisos como empresario con respecto a su personal, en particular, el abono de salarios, estando en consecuencia jurídicamente justificado el incumplimiento del contratista, pues no paga a sus empleados, no paga a la Seguridad Social y no paga hacienda, con fecha 7 de octubre de 2014, se le da audiencia al contratista y se le comunica que a la vista que su empresa no les paga a los trabajadores sus emolumentos y salarios desde el mes xx xxxxx
de 2014, constituye, entre otras, una causa de Resolución del contrato, cual es, el incumplimiento del adjudicatario de sus obligaciones y compromisos como empresario con respecto a su personal, en particular, el abono de salarios, así como su incumplimiento por parte del adjudicatario de la normativa vigente en materia laboral y de Seguridad Social.
Noveno.- Que con fecha 17 de octubre de de 2014, registrado de entrada en el Registro General del Ayuntamiento el mismo día mes y año con el número 4808, el empresario presenta un escrito oponiéndose a la resolución del contrato y da por reproducido su escrito de fecha 2 de octubre de de 2014, anteriormente aludido.
Décimo.- Vista la oposición del empresario a la resolución del contrato, con el objeto de proceder a la resolución del mismo, de conformidad con los artículos 109.d) del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, artículo 211.3.a y Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en los que se establece que será preceptivo el informe del Consejo Consultivo en el caso de resolución del contrato cuando se formule oposición por parte del contratista, se solicita dictamen preceptivo al Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid con fecha 20 de octubre de 2014. Solicitando que se tramite por la vía de urgencia el día 31 de octubre de 2014.
Undécimo.- Que con fecha 3 de noviembre de 2014, ante la oposición del contratista y de conformidad con los artículos 109.d) del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y siendo previsible la incautación del AVAL, se da traslado al avalista de la apertura de trámite de audiencia con vista del expediente por un plazo xx xxxx días hábiles a IBERAVAL SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA, avalista de la empresa adjudicataria, como parte interesada, a fin de que pueda presentar las alegaciones que considere procedentes y transcurrido el plazo legalmente establecido no han sido recibidas alegaciones del avalista.
Duodécimo.- Que con fecha 4 de diciembre de 2014, se recibe dictamen del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, el cual dada su extensión y para no ser reiterativo y quedar incorporado al expediente en su integridad, se da por reproducido íntegramente, concluyendo que procede resolver el contrato de servicio de limpieza en distintas dependencias municipales del Ayuntamiento, suscrito entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra y la empresa SIETE PICOS DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S. L.
Decimotercero.- Que con fecha 4 de diciembre de 2014, se recibe mediante correo electrónico, remitido por la empresa al Sr. Secretario del Ayuntamiento, Auto del Juzgado de lo Mercantil número 9, el cual dada su extensión y para no ser reiterativo y quedar incorporado al expediente en su integridad, se da por reproducido íntegramente, conforme al cual, en su parte dispositiva, entre otras, declara en situación legal de concurso –voluntario- a la entidad mercantil SIETE PICOS DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S. L y nombra administrador del concurso.
Se informa verbalmente por el Sr. Secretario del procedimiento que se tiene que llevar a cabo hasta que se proceda a la adjudicación del nuevo contrato, mediante el procedimiento legalmente establecido, que debe ser abierto y con varios criterios de adjudicación, así como de las
posibles formas de seguir prestándose los servicios hasta que se adjudique el nuevo contrato administrativo de prestación de los servicios de limpieza en distintas dependencias municipales del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid),
Iniciado el turno de intervenciones, pregunta la Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes, Doña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx a qué se refiere con una contratación directa explicando el Sr. Portavoz del Partido Popular que sería una adjudicación, como dice el Sr. Secretario, temporal hasta que se adjudique definitivamente, pero que efectivamente quien materialmente presta el servicio son las propias trabajadoras porque se contratará a una empresa que tiene que absorber al personal existente. Que luego ese mismo personal pasará a ser parte de la empresa que definitivamente resulte adjudicataria del contrato. Que es una prestación de servicios que únicamente es de carácter personal ya que el material es mínimo y el personal se subroga, prestan el servicio los días que sean y bienvenido sea.
Finalizadas las intervenciones, toma la palabra el Sr. Alcalde para someter a votación el asunto, produciéndose el siguiente resultado:
- Votos a favor: trece, (13), 6 de los Srs. Concejales del Partido Popular, 3 de los Srs. Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, 2 de los Srs. Concejal del Partido Socialista Obrero Español, 1 de la Sra. Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes y 1 de la Sra. Concejal no adscrita.
En consecuencia con la votación obtenida, el Pleno del Ayuntamiento, debidamente informado, teniendo a la vista el expediente anteriormente indicado y tal como establece el artículo 47 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases Régimen Local, por unanimidad de todos los asistes, que son trece, de los trece que integran el Pleno, 6 de los Srs. Concejales del Partido Popular, 3 de los Srs. Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, 2 de los Srs. Concejal del Partido Socialista Obrero Español, 1 de la Sra. Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes y 1 de la Sra. Concejal no adscrita, queda aprobada la Resolución del Contrato de prestación de los servicios de limpieza en distintas dependencias municipales del Ayuntamiento, suscrito entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra y la empresa adjudicataria del mismo, Siete Picos de Servicios y Mantenimiento, SL, y en consecuencia con ello acuerda:
Primero.- Resolver el Contrato de servicios de limpieza en distintas dependencias municipales del Ayuntamiento, suscrito con fecha 17 de diciembre de 2009 y todas sus modificaciones, entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra y la empresa Siete Picos de Servicios y Mantenimiento, SL, a causa de incumplimiento contractual imputable al contratista, establecido en el clausulado del contrato, concretamente en la 33 y 41, donde se establecen como condiciones para la resolución del contrato: Además de las causas previstas en los artículos 206 y 284 de la LCSP, serán causa de resolución del contrato las siguientes: El incumplimiento por parte del adjudicatario de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales y- El incumplimiento del adjudicatario de sus obligaciones y compromisos como empresario con respecto a su personal, en particular, el abono de salarios, estando justificado el incumplimiento del contratista, pues no paga a sus empleados, no paga a la Seguridad Social y no paga hacienda.
Segundo.- Que la resolución del contrato tendrá efectos a partir del día 1 de enero de 2015, en consecuencia con ello, la actual empresa deberá seguir prestando el servicio hasta el día 31 de diciembre de 2014.
Tercero.- Que a partir del día 1 de enero de 2015, se proceda a la adjudicación del nuevo contrato, mediante el procedimiento legalmente establecido –abierto con varios criterios de adjudicación- y con el objeto de que se sigan prestando los servicios sin causar daños y perjuicios tanto al Ayuntamiento como a los ciudadanos que utilizan las diversas dependencias municipales, se faculta al Sr. Alcalde-Presidente, Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx, para que proceda a la contratación directa de una empresa debidamente cualificada, que asuma y preste dichos servicios.
Cuarto.- Incautar la garantía constituida por la empresa IBERAVAL SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA, avalista de la empresa adjudicataria, por un importe de 6.805,00 euros, de conformidad con el artículo 208 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Quinto- Reclamar al contratista la indemnización por daños y perjuicios que se han causado al Ayuntamiento y legalmente procedan, los cuales se deducirán el importe de la garantía incautada.
Sexto.- Dar traslado del presente acuerdo para su conocimiento y efectos oportunos a la entidad mercantil SIETE PICOS DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S. L, al Sr. Administrador del Concurso, a IBERAVAL SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA, avalista de la empresa adjudicataria y al Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.
Séptimo.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx, para la firma de cuantos documentos públicos y privados sean necesarios y en Derecho se requieran para llevar a buen fin lo acordado.
4º).- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL REGLAMENTO SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA.- Se da cuenta por el
Sr. Secretario al Pleno del Ayuntamiento del expediente tramitado para la aprobación del Reglamento sobre el uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra, así como del dictamen de la Comisión de Hacienda, celebrada el día 12 de diciembre de 2015, donde por unanimidad de todos sus asistentes, que son siete, de los siete que la integran, por siete (7) votos a favor: 4 de los Concejales del Partido Popular, 1 del Concejal del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, 1 del Concejal del Partido Socialista Obrero Español y 1 de la Sra. Concejal de Izquierda Unida-Los Verde, queda dictaminada favorablemente la aprobación del Reglamento sobre el uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra. Informando a continuación el Sr. Interventor sobre el contenido del Reglamento sobre el uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, explicando que, con la aprobación de la Ley sobre facturación electrónica, es obligatorio a partir del 15 de enero de 2015 que todos los proveedores del Ayuntamiento que sean personas jurídicas, sociedades anónimas o sociedades limitadas, presenten sus facturas de modo electrónico. Que para ello el Ayuntamiento se ha adherido a la plataforma de facturación electrónica o al punto general de entrada que ha puesto a disposición el Estado a todas las Administraciones Públicas y que el reglamento viene a regular el procedimiento de facturación y a excluir, en virtud de la Ley, que permite esa posibilidad, aquellas facturas que sean de importe inferior a 5.000 euros puedan ser remitidas en papel. Que se ha estimado que para ayudar a los proveedores, sobre todo a los más pequeños que a lo mejor no tienen preparada la infraestructura para poder emitir la factura electrónica, para que la puedan seguir emitiendo
en papel. Que eso sí, todas las que sean superiores a 5.000 euros por Xxx tienen que venir de manera electrónica. Que eso es lo que viene a regular el Reglamento.
Para comenzar con el turno de intervenciones toma la palabra el Portavoz del Partido Independiente, Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, para reiterar lo que dijeron en la comisión. Que en bueno para el Ayuntamiento y bueno para el pueblo por lo que votarán a favor como en la comisión.
Para finalizar con el turno de intervenciones, toma la palabra Portavoz del Partido Popular, Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, para manifestar que se reitera en lo que se dijo en la comisión. Que creen que es bueno para el municipio, tanto para el Ayuntamiento como para el pueblo y por lo tanto votarán a favor y agradece la posición de los otros grupos.
Finalizadas las intervenciones se somete el asunto a votación, el Pleno, debidamente informada y teniendo a la vista la documentación anteriormente referida, tal como establece el artículo 47 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases Régimen Local, por unanimidad de todos los asistes, que son trece, de los trece que integran el Pleno, 6 de los Srs. Concejales del Partido Popular, 3 de los Srs. Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, 2 de los Srs. Concejal del Partido Socialista Obrero Español, 1 de la Sra. Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes y 1 de la Sra. Concejal no adscrita, la Corporación, acuerda:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Reglamento sobre el uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra, cuyo contenido literalmente transcrito es el siguiente: REGLAMENTO SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LA SIERRA.
PREÁMBULO
La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, recoge en el artículo 4 los proveedores que están obligados al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda.
Establece también en el citado artículo que las Administraciones Públicas podrán excluir reglamentariamente de esta obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000,00 euros y a las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de las Administraciones Públicas.
Teniendo en cuenta las características de los proveedores con los que trabaja esta Entidad Local se cree necesario hacer uso de esta facultad de exclusión para así evitar que determinados proveedores tengan dificultades para la gestión de las facturas emitidas.
La entrada en vigor del artículo 4 de la citada Ley, como recoge la Disposición final octava, sobre obligaciones de presentación de factura electrónica a partir del 15 de enero de 2015, hace necesario regular esta facultad que tienen las Administraciones Públicas de excluir de la obligación de facturación electrónica.
Artículo primero. Punto general de entrada de facturas electrónicas.
En cumplimiento de la obligación de este Ayuntamiento de disponer de un Punto
General de Entrada de Facturas Electrónicas para permitir la presentación electrónica de todas las facturas y otros documentos emitidos por los proveedores y contratistas, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra, se adhiere al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración del Estado, FACe, disponible en la dirección URL xxxxx://xxxx.xxx.xx/xx/, cuya recepción de facturas tendrá los mismos efectos que los que se deriven de la presentación de las mismas en el registro administrativo.
Artículo segundo. Uso de la factura electrónica.
1.- De conformidad con el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público, todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública podrán expedir y remitir factura electrónica. En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda las entidades siguientes:
a).- Sociedades anónimas.
b).- Sociedades de responsabilidad limitada.
c).- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
d).- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria;
e).- Uniones temporales de empresas
f).- Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización xxx xxxxxxx hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
2.- En virtud de la potestad reglamentaria conferida de acuerdo con el apartado segundo del referido artículo 4, estarán excluidas de la obligación de facturar electrónicamente a este Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra, las facturas de hasta un importe de 5.000 €, impuestos incluidos. Se determina por este Ayuntamiento establecer este importe, incluyendo impuestos de conformidad con el criterio de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa en sus Informes 43/2008, de 28 de julio de 2008 y 26/2008, de 2 de diciembre de 2008 dispone que el precio del contrato debe entenderse como el importe íntegro que por la ejecución del contrato percibe el contratista, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Igualmente quedan excluidas de las facturas emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior, hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios.
3.- Establecer que los códigos DIR3 del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, de acuerdo con su estructura organizativa, son:
- Código oficina contable: X00000000 Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.
- Código órgano gestor: X00000000 Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.
- Código unidad de tramitación: X00000000 Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra. Estos códigos serán indispensables para la remisión de todas las facturas electrónicas
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente reglamento entrará en vigor a partir de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, siempre que haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local y producirá efectos a partir del 15 de enero de 2015.
SEGUNDO.- Ordenar su publicación por un plazo de treinta días a efectos de información pública para la presentación de reclamaciones y sugerencias, tal como establece el artículo 86.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo establecido en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, entendiéndose aprobado definitivamente el Reglamento sobre el uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, si no se presentasen reclamaciones o escrito alguno contra su aprobación inicial o provisional, entrando en vigor, una vez publicado su texto completo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, a partir del día siguiente al de su publicación.
5º).- RENUNCIA, SI PROCEDE, A LA OFERTA PRESENTADA POR LA EMPRESA ABERTIS TELECOM-RETEVISIÓN, AL SERVICIO DE EXTENSIÓN DE COBERTURA DE LA SEÑAL TDT EN EL CENTRO EMISOR DE EL BOALO, QUE GARANTICE LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DEL NUEVO CANAL 35 (8MADRID).- Se da cuenta por el Sr. Secretario del a la oferta presentada por la empresa Abertis Telecom-Retevisión, al servicio de extensión de cobertura de la señal TDT en el centro emisor de El Boalo, que garantice la prestación del servicio del nuevo canal 35 (8Madrid), que la oferta presentada por la empresa Abertis Telecom se refiere únicamente al servicio de extensión de cobertura de la señal TDT en el centro emisor de El Boalo para el nuevo canal 35 (8Madrid), que esta propuesta y, en relación al nuevo canal 35 (8Madrid), incluye: El servicio de interconexión para la difusión de la señal de televisión. El consumo de energía eléctrica. El servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos e instalaciones y el transporte de la señal de televisión vía terrestre desde el lugar de entrega de los radiodifusores hasta el centro de emisión.
Que el importe para la prestación del servicio recogido en la propuesta presentada por la empresa Abertis Telecom asciende a 24.030,00 €/año (IVA no incluido) a abonar solidariamente entre los Ayuntamientos de El Xxxxx, Xxxxxxxx de la Sierra, Xxxxxxxxxx El Real y Moralzarzal. Que el importe que correspondería pagar el primer año al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Sierra sería de 4.028,00 €/año (IVA no incluido). Revisándose anualmente esta cantidad conforme al IPC.
Que el resto xx xxxxxxx nacionales y regionales no se ven afectados por esta propuesta y no se debería ver afectada su señal, una vez que los usuarios hayan realizado las modificaciones necesarias en sus receptores y antenas con motivo del Dividendo Digital, consistentes en: Resintonizar
los canales en los receptores de televisión. Adaptar las antenas colectivas de las comunidades de propietarios.
Que a la propuesta se refiere solo al nuevo canal 35 (8Madrid) y que, con dicha propuesta, Abertis Telecom garantiza la difusión de la señal de televisión de ese canal en el término municipal de Becerril de la Sierra. Recibiéndose, por lo tanto, la señal de difusión de los canales de televisión nacionales y regionales en el termino municipales de Becerril de la Sierra en las misma condiciones que hasta ahora.
Como aclaración toma la palabra el Sr. Alcalde para manifestar que no se trata de que se si se quiere ver o continuar viendo, sino que se trata del mantenimiento sobre el servicio de esta cadena. Que verse se va a seguir viendo, pero, si ocurre algún problema con el emisor, no estaría cubierta por un contrato de mantenimiento. Que únicamente afecta a esa cadena y es el importe de más de cuatro mil euros en cuanto al mantenimiento, que ver se seguiría viendo.
Para comenzar con el turno de intervenciones, toma la palabra el Portavoz del PIBS, Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, para manifestar que como ya dijeron en la comisión aunque no estaba en el orden del día, afectaba solamente al canal 8 y nada más y es un gasto enorme para una sola cadena. Que votarán a favor de la propuesta.
A continuación toma la palabra el Portavoz del Partido Socialista, Don Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, para manifestar que se reiteran en lo dicho en la comisión.
Seguidamente toma la palabra la Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes, Doña Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, para manifestar que ellos también se reiteran en lo dicho en comisión. Que solo quiere aclarar que como no tenían conocimiento de esta cadena, se han informado un poco y sí que están absolutamente de acuerdo en este punto, porque primero es una televisión privada, su emisión no tiene cuestiones informativas, comunitarias, quiere decir que incluso el perfil no es especialmente interesante como para pensar que los ciudadanos no tengan acceso a la información, que no aporta gran cosa y eso le lleva a votar en contra del mantenimiento de la misma. Que sí que es verdad que no sabe si hubiera un problema con la antena qué podría pasar. Que en ese momento volverían a plantear el coste de ese arreglo, pero que esa es otra cuestión.
A Continuación toma la palabra el Portavoz del Partido Popular, Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, para manifestar que como ya adelantó el Sr. Alcalde en comisión y ahora los distintos grupos, efectivamente se trata de una cadena privada que no tiene un especial contenido de servicio público y que no justifica el gasto por parte de una administración, como es este Ayuntamiento, de un dinero para apoyar a una explotación de un negocio de carácter privado y que por lo tanto votarán a favor de la renuncia a la oferta.
Finalizadas las intervenciones y sometido el asunto a votación, el Pleno, debidamente informada y teniendo a la vista la documentación anteriormente referida, tal como establece el artículo 47 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases Régimen Local, por unanimidad de todos los asistes, que son trece, de los trece que integran el Pleno, 6 de los Srs. Concejales del Partido Popular, 3 de los Srs. Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, 2 de los Srs. Concejal del Partido Socialista Obrero Español, 1 de la Sra. Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes y 1 de la Sra. Concejal no
adscrita, la Corporación, acuerda:
Primero.- Renunciar a la oferta presentada por la empresa Abertis Telecom-Retevisión, al servicio de extensión de cobertura de la señal TDT en el centro emisor de El Boalo, que garantice la prestación del servicio del nuevo canal 35 (8Madrid).
Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo a la empresa Abertis Telecom-Retevisión, para su conocimiento y efector oportunos, quedando facultado el Sr. Alcalde-Presidente, Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx, para la firma de cuantos documentos públicos y privados sean necesarios y en Derecho se requieran para llevar a buen fin lo acordado.
Antes de procederse a tratar el siguiente asunto y al amparo de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, abandona la sesión el Concejal Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
6º).- ADJUDICACION DEL APROVECHAMIENTO DE LOS PASTOS EN LOS XXXXXX DE PROPIEDAD MUNICIPAL, DENOMINADOS: XXXXXX XXX XXXXXXXX, CABEZA
MEDIANA, XXXX XXXXX Y REGAJO REDONDO.- Se da cuenta por el Sr. Secretario del expediente de contratación tramitado mediante procedimiento abierto, oferta más ventajosa y con varios criterios de adjudicación, por los que ha de regirse el arrendamiento del aprovechamiento de los pastos en los xxxxxx y fincas de propiedad municipal, denominados "Xxxxxx xxx Xxxxxxxx", "Alto del Hilo", "Cabeza Mediana", "Gargantilla", "Xxxx Xxxxx", "Regajo Redondo" y las "Gorroneras", por un periodo de cinco años, desde el día 1 de enero del año 2015 al día 31 de diciembre del año 2019.
Visto que con fecha 20 de noviembre de 2014, se publicó el anuncio de licitación tanto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, número 276, como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, Bando de la Alcaldía y en el Perfil de contratante del órgano de contratación, a fin de que los interesados presentaran sus proposiciones.
expediente.
Visto que durante la licitación se presentaron las proposiciones que constan en el
Visto el Acta elaborado por la mesa de contratación el día 12 de diciembre de 2014, del
que resulta que durante el plazo hábil abierto a tal fin, se presentaron las siguientes proposiciones:
Primera.- Presentada por Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, quedando registrada de entrada el día 3 de diciembre de 2014 con el número 5.533.
Segunda.- Presentada por Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, quedando registrada de entrada el día 5 de diciembre de 2014 con el número 5.626.
Tercera.- Presentada por Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, quedando registrada de entrada el día 5 de diciembre de 2014 con el número 5.630.
Cuarta.- Presentada por Las Navazuelas, SL, quedando registrada de entrada el día 5 de diciembre de 2014 con el número 5.645.
Quinta.- Presentada por Comunidad de Bienes FL, quedando registrada de entrada el día 5 de diciembre de 2014 con el número 5.646.
Resultando que la Mesa de Contratación, conforme los criterios objetivos aplicables, las ofertas presentadas y admitidas, la Mesa de Contratación, a la vista del contenido económico de cada una de ellas acordó:
Primero.- Proponer al órgano de contratación la adjudicación de los xxxxxx de propiedad municipal:
Número 1, denominado XXXXXX XXX XXXXXXXX, a XXXX XXXXX DE LAS MERCEDES DE LA XXXXXX XXXXXXX, en representación de la empresa ganadera Las Navazuelas, SL, con NIF número B82480617, en la cantidad de 6.670,00 Euros. Número 3, denominado CABEZA MEDIANA, a XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, en representación de “F.L COMUNIDAD DE
BIENES” con CIF número X00000000, en la cantidad de 856,00 Euros.
Número 5, denominado XXXX XXXXX, a XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, en representación de “F.L COMUNIDAD DE BIENES” con CIF número X00000000, en la cantidad de 966,00 Euros.
Número 6, denominado REGAJO REDONDO, a XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX,
en representación de “F.L COMUNIDAD DE BIENES” con CIF número X00000000, en la cantidad de 1.511,00 Euros.
Segundo.- Declarar desiertos, por falta de licitadores, el aprovechamiento de los pastos de los siguientes xxxxxx:
- Número 2. Denominado ALTO DEL HILO, cuyo tipo era de 960,00 Euros.
- Número 4.- Denominado GARGANTILLA, cuyo tipo era de 1.100,00 Euros.
- Número 7.- Denominado LAS GORRONERAS, cuyo tipo era de 1.100,00 Euros.
Visto que con esa misma fecha, se requirió a los licitadores que presentaron las oferta económicamente más ventajosa, para que presentara la documentación justificativa que exige el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como justificación de la constitución de la garantía definitiva y el de estar al corriente con las obligaciones tributarias con Hacienda y la Seguridad Social.
Iniciado el turno de intervenciones, toma la palabra el Portavoz del PIBS, Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, para manifestar que van a votar a favor.
A continuación toma la palabra el Portavoz del Partido Socialista, Don Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, para manifestar que van a votar a favor.
Seguidamente toma la palabra el Portavoz del Partido Popular, Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, para manifestar que se han respetado todas las prescripciones legales y votarán a favor.
Sin más intervenciones y sometido el asunto a votación, el Pleno del Ayuntamiento, debidamente informado y teniendo a la vista el expediente anteriormente indicado, tal como establece el artículo 47 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases Régimen Local, por unanimidad de todos sus asistentes, que son doce de los trece que lo integran, 6 de los Srs. Concejales del Partido
Popular, 2 de los Srs. Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra, 2 de los Srs. Concejal del Partido Socialista Obrero Español, 1 de la Sra. Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes y 1 de la Sra. Concejal no adscrita, de conformidad con lo establecido en el artículo 151.4 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, acuerda:
Primero.- Adjudicar la contratación a la proposición presentada por XXXX XXXXX DE LAS MERCEDES DE LA XXXXXX XXXXXXX, en representación de la empresa ganadera LAS NAVAZUELAS, SL, con NIF número B82480617, el aprovechamiento de los pastos de los siguientes xxxxxx:
Número 1, denominado XXXXXX XXX XXXXXXXX, en la cantidad de SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA EUROS (6.670,00 Euros).
Segundo.- Adjudicar la contratación a la proposición presentada por XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, en representación de “F.L COMUNIDAD DE BIENES” con CIF número X00000000, el aprovechamiento de los pastos de los siguientes xxxxxx:
Número 3, denominado CABEZA MEDIANA, en la cantidad de OCHOCIENTOS CINUENTA Y SEIS EUROS (856,00) Euros.
Número 5, denominado XXXX XXXXX, en la cantidad de NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS (966,00) Euros.
Número 6, denominado REGAJO REDONDO, en la cantidad de MIL QUINIENTOS ONCE EUROS (1.511,00) Euros.
Tercero.- Que en base al presente acuerdo se les cite para que el día 26 de diciembre de 2014, a las 12,00 horas, concurra al Ayuntamiento a formalizar el contrato administrativo, que podrá ser elevado a escritura pública, si lo solicitan los adjudicatarios de los aprovechamientos de los pastos, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Cuarto.- Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios y autorizar la devolución de la garantía provisional por ellos prestada
Quinto.- Por falta de licitadores, quedan declarados desiertos el aprovechamiento de los pastos de los siguientes xxxxxx:
- Número 2. Denominado ALTO DEL HILO, cuyo tipo era de 960,00 Euros.
- Número 4.- Denominado GARGANTILLA, cuyo tipo era de 1.100,00 Euros.
- Número 7.- Denominado LAS GORRONERAS, cuyo tipo era de 1.100,00 Euros.
Sexto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx, para la firma de cuantos documentos públicos y privados sean necesarios y en Derecho se requieran para llevar a buen fin lo acordado y proceda a la formalización de la contratación administrativa de los pastos adjudicados e
inicie el procedimiento para la contratación de los pastos que han quedado desiertos.
Finalizado el asunto anterior, se reincorpora a la sesión el Concejal Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
7º).- APROBACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO, HA DE SERVIR PARA CONTRATAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO POR CONCIERTO DIRECTO Y FORMA DE CONCURSO, EL APROVECHAMIENTO DE LOS PASTOS DE LOS XXXXXX NÚMERO 2 DEL CUP "ALTO DEL HILO", NÚMERO 4 DEL CUP “GARGANTILLA” Y NÚMERO 7 “LAS GORRONERAS”, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS, DEL 2015 AL 2019, AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 92 DEL REGLAMENTO DE BIENES DE LAS CORPORACIONES LOCALES.-.- Se da cuenta por el Sr.
Secretario del expediente de contratación tramitado mediante procedimiento abierto, oferta más ventajosa y con varios criterios de adjudicación, por los que ha de regirse el arrendamiento del aprovechamiento de los pastos en los xxxxxx y fincas de propiedad municipal, denominados "Alto del Hilo", "Gargantilla" y las "Gorroneras", por un periodo de cinco años, desde el día 1 de enero del año 2015 al día 31 de diciembre del año 2019, que el aprovechamiento de los pastos de dichos Xxxxxx, quedo declarado desierto por falta de licitadores, conforme al procedimiento tramitado al efecto, que por ello se presenta un nuevo pliego para la adjudicación y contratación de ellos, mediante procedimiento abierto por concierto directo y forma de concurso, el aprovechamiento de los pastos de los xxxxxx de propiedad municipal numero 2, denominado "Alto del Hilo", numero 4 denominado “Gargantilla” y número 7 “Las Gorroneras”, quedando cifrado el precio de licitación o canon anual para cada monte en las cantidades siguientes: Para el número 2, denominado ALTO DEL HILO, en 700,00 Euros. Para el número 4, denominado GARGANTILLA, 800,00 Euros y para el número 7, denominado LAS GORRONERAS, 800,00 Euros. Dicho Canon será incrementado anualmente en un tres por ciento acumulativo hasta completar el último, que finalizará el día 31 de diciembre de 2019.
Iniciado el turno de intervenciones, toma la palabra el Portavoz del PIBS, Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, para manifestar que se hace una bajada aproximadamente de un 27% en cada uno de ellos y les parece correcto y anima a que se presenten todos los ganaderos. Que votarán a favor. Seguidamente toma la palabra la Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes, Doña Xxxxx
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, para preguntar cómo va a ser ahora el procedimiento. Que ella entiende que este es un tema complejo y que no tiene sentido dilatarlo más, que ella pensaba que se trataría del mismo procedimiento aun abaratando los costes que era el objetivo. Que entendía que el procedimiento se respetaría pero que ella no va a bloquear más este proceso porque entiende que debe seguir su curso.
Contesta el Portavoz del Partido Popular, Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx que quiere aclarar que el procedimiento se cambia en cuanto a su publicación en el boletín, pero que el resto de las garantías existen. Que se publicará un bando de la Alcaldía concediendo un plazo, que los que quieran presentarse y el procedimiento será el mismo, los interesados rellenarán las ofertas, las meterán en los sobres, volverán a convocar la mesa de contratación y se adjudicarán por los criterios xxx xxxxxx a la mejor oferta. Que de lo
que se prescinde es de la publicación en el boletín y de los días de esa publicación, que se acorta y se simplifica el proceso pero que el resto de las garantías del proceso se mantienen. Que es previsible que todos los ganaderos del municipio se enteren con un simple bando, que ninguno suele leer el boletín. Que no se pierde ninguna garantía. Que aparte de esto quiere decir que espera que con este precio queden cubiertos. Que votarán a favor.
Finalizadas las intervenciones se somete el asunto a votación, El Pleno, debidamente informado y teniendo a la vista la documentación anteriormente referida, tal como establece el artículo 47 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases Régimen Local, por mayoría absoluta, por doce
(12) votos a favor, seis (6) de los Concejales del Partido Popular; dos (2) de los Concejales del Partido Independiente de Becerril de la Sierra; dos (2) de los Concejales del Partido Socialista Obrero Español, uno (1) de la Concejal de Izquierda Unida- Los Verdes y uno (1) de la Concejal no adscrita, y una (1) abstención del Concejal del Partido Independiente de Becerril de la Xxxxxx, Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, que son doce de los trece que integran el Pleno, acordó:
Primero.- Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento abierto, oferta más ventajosa y con varios criterios de adjudicación, por los que ha de regirse el arrendamiento del aprovechamiento de los pastos en los xxxxxx y fincas de propiedad municipal, denominados "Xxxxxx xxx Xxxxxxxx", "Alto del Hilo", "Cabeza Mediana", "Gargantilla", "Xxxx Xxxxx", "Regajo Redondo" y las "Gorroneras", quedando cifrado el precio de licitación o canon anual para cada monte en las cantidades siguientes: Para el número 2, denominado ALTO DEL HILO, en 700,00 Euros. Para el número 4, denominado GARGANTILLA, 800,00 Euros y para el número 7, denominado LAS GORRONERAS, 800,00 Euros. Dicho Canon será incrementado anualmente en un tres por ciento acumulativo hasta completar el último. Siendo la duración de dicho aprovechamiento, en todo caso, desde la fecha de la adjudicación hasta el día 31 de diciembre de 2019.
Segundo.- Aprobar los Pliegos de Prescripciones Técnicas y el de Cláusulas Económico- Administrativas que, como ley fundamental del contrato, habrán de regir en la adjudicación del aprovechamiento de los pastos de los xxxxxx y fincas de propiedad municipal, denominados número 2, ALTO DEL HILO, número 4, GARGANTILLA y número 7, denominado LAS GORRONERAS, de conformidad con lo previsto y regulado tanto en el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales como en el RDL 3/2011, de 14 de noviembre, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Tercero.- Publicar el presente acuerdo de licitación en el Perfil del contratante del Ayuntamiento, mediante el correspondiente anuncio de licitación y simultánea exposición al público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en los demás sitios de costumbre, para que durante el plazo de quince días hábiles, los interesados puedan presentar las proposiciones que estimen pertinentes.
Cuarto.- Facultar al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx, para la firma de cuantos documentos públicos o privados sean necesarios y en derecho se requieran
para llevar a buen fin lo acordado.
Como explicación de voto, toma la palabra el Sr. Concejal del PIBS, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, para manifestar que se abstiene porque en la otra sesión se dijo que se iban a arreglar los xxxxxx, que Cabeza Mediana se ha arreglado mal por la sencilla razón de que están rotos los pasos por las bicicletas y están rotos todos los tensores, que lo suyo es que se vuelva a arreglar. Que en el Alto del Hilo, prácticamente no se ha hecho nada, que se ha cerrado una zona que había que haberla cerrado hace mucho tiempo, no por el ganado, sino por las personas para que no haya ningún accidente. Que por lo demás no se ha hecho nada y que por eso se abstiene.
Y no figurando en el Orden del Día más asuntos de que tratar, el Sr. Alcalde-Presidente, declaró terminado el Acto, levantándose la Sesión a las nueve horas y cincuenta minutos, de lo que, como Secretario, doy fe.
Vº. Bº. EL ALCALDE EL SECRETARIO
Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx.: Xxxxxxxx Armada Xxxxxx