CONTRATANTE: UP HOLDING SAS
CONTRATO No.: SGR-235-CT-Nº 043 DE 2022
CONTRATANTE: UP HOLDING SAS
CONTRATISTA: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
OBJETO: CONTRATAR LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE UN ADMINISTRADOR (A) DE EMPRESAS ESPECIALIZADO EN ÁREAS SOCIALES O AFINES PARA EJERCER LAS ACTIVIADES DE DINAMIZADOR MUNICIPAL EN MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES QUE IMPLEMENTEN LA JORNADA ÚNICA MEDIANTE LA APROPIACIÓN SOCIAL DEL CONOCIMIENTO PARA DESARROLLAR CAPACIDADES Y HABILIDADES EN CTEI EN EL DEPARTAMENTO DE HUILA, BPIN 2021000100235”
VALOR: VEINTE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 20.350.982).
PLAZO: DOCE (12) DIAS Y (06) SEIS MESES.
LUGAR Y FECHA: 00 XX XXXXXXXXX XX 0000. XXXXX, XXXXX.
UP HOLDING S.A.S, con Nit No. 900.828.603-0, bajo la representación legal de XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, identificada con cédula de ciudadanía No. 24.331.704, quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE, y XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, con cédula de ciudadanía No. 1.075.261.081 xx Xxxxx y quien para los efectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA, acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA -EL CONTRATANTE contrata los servicios personales del CONTRATISTA y éste se obliga a poner al servicio del CONTRATANTE toda su capacidad, en el desempeño de las funciones propias del objeto mencionado y en las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con la supervisión e instrucciones que le imparta EL CONTRATANTE o sus representantes, las funciones y procedimientos establecidos para su cumplimiento, la diligencia, honestidad, eficacia y el cuidado necesario. SEGUNDA- OBJETO: CONTRATAR LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE UN ADMINISTRADOR (A) DE EMPRESAS ESPECIALIZADO EN ÁREAS SOCIALES O AFINES PARA EJERCER LAS ACTIVIADES DE DINAMIZADOR MUNICIPAL EN MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES QUE IMPLEMENTEN LA JORNADA ÚNICA MEDIANTE LA APROPIACIÓN SOCIAL DEL CONOCIMIENTO PARA DESARROLLAR CAPACIDADES Y HABILIDADES EN CTEI EN EL DEPARTAMENTO DE HUILA, BPIN 2021000100235”.TERCERA - OBLIGACIONES: El CONTRATANTE tiene las siguientes
obligaciones:
1. Cancelar al contratista en la forma y términos establecidos en el contrato
2. Suministrar oportunamente la información que requiere el contratista para el cumplimento de sus obligaciones contractuales.
3. Realizar la supervisión del contrato.
. El CONTRATISTA se obliga a cumplir con el desarrollo de las siguientes actividades:
1. Convocar a los rectores, coordinadores, docentes y comunidad educativa de los municipios que hacen parte del proyecto (Agrado, Aipe, Campoalegre, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, Isnos, La Argentina, La Xxxxx, Xxxxxx, San Xxxxxxx, Timaná).
2. Apoyar en la coordinación de tareas a los dinamizadores del proyecto.
3. Realizar la estructuración en la definición de alcance, tiempo, calidad y costo del proyecto de inversión con CODIGO BPIN 2021000100235.
4. Coordinar la ejecución técnica del proyecto teniendo en cuenta las labores de las personas en los municipios a intervenir y asignación de metas a los enlaces regionales establecidas en el documento técnico, MGA, y plan operativo del proyecto de inversión con código BPIN 2020000100235.
5. Coordinar el equipo operativo del proyecto de inversión con CODIGO BPIN 2020000100235.
6. Coordinar la ejecución y control de las actividades técnicas del proyecto establecidas en el documento técnico, MGA, y plan operativo del proyecto de inversión con código BPIN 2020000100235.
7. Realizar la presentación mensual de informes técnicos y avances del proyecto velando por el cumplimiento de las metas establecidas en el documento técnico, MGA, plan operativo y presupuesto del proyecto de inversión con código BPIN 2020000100235 a la gerencia y supervisión (Minciencias) del mismo.
8. Apoyar los procesos de ajuste técnico que requiera el proyecto de inversión con código BPIN 2020000100235 a la gerencia y supervisión (Minciencias), cuando se trate tipologías establecidas en marco del acuerdo 045 de 2017, expedida por el XXX.
0. Xxxxxxxxx la elaboración de formatos y planeación de las diferentes actividades del proyecto.
10. Realizar tareas de acompañamiento de investigaciones de los docentes, estudiantes que participan en las diferentes actividades del proyecto en las 61 instituciones.
11. Presentar los medios de verificación, el cumplimiento de objetivos del proyecto.
12. Sistematizar informes, entregar informes y pedir al equipo administrativo la documentación del proyecto listados de control de tareas y participación de los participantes en el proyecto.
13. Legalizar soportes e informes ordenados y siguiendo los parámetros administrativos, contables de acuerdo con los lineamientos del proyecto.
14. Acompañar en la orientación del equipo de trabajo, evaluar desempeños y atender dificultades informando y planeando con la coordinación departamental del proyecto.
15. Soportar las actividades técnicas de equipo y software y las demás actividades que le sean solicitadas de acuerdo con el objeto contractual.
16. Presentar un informe mensual de actividades desarrolladas durante el mes de acuerdo a las obligaciones contractuales para el pago.
17. Encontrarse al día por concepto de seguridad social, pensión y Arl durante la ejecución del contrato.
18. Las demás actividades que le sean solicitadas de acuerdo con el objeto contractual.
CUARTA –VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato es la suma de VEINTE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS
M/CTE ($ 20.350.982).La forma de pago del contrato será así:
Un pago por la suma de UN MILLÒN DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS
PESOS ($ 1.271.936) a razón de doce (12) días calendario por concepto de horarios).
Seis (06) pagos cada una a razón de mensualidades vencidas por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS M/CTE
($3.179.841), por concepto Previa presentación de informe de actividades ejecutadas, informe de supervisión y acreditar los pagos al Sistema Integral de Seguridad Social y aportes parafiscales.
Para realizar el pago final se deberá suscribir la respectiva acta de terminación firmada por las partes, y los demás soportes (previa presentación de constancia de haber prestado el servicio a satisfacción, acreditación de pagos a salud, pensión y ARL). Regulado por el código civil en el libro IV Título I.
QUINTA. El CONTRATISTA debe cotizar a salud como trabajador independiente, según como lo dispone el artículo 135 de la ley 1753 del 2015, El CONTRATISTA debe estar afiliado a salud, pensión y riesgos laborales. SEXTA. -SUPERVISIÓN: El CONTRATANTE o quien este designe supervisará la ejecución del servicio encomendado, y podrá formular las observaciones del caso, Para ser analizadas juntamente con El CONTRATISTA en función de cumplir a cabalidad sus obligaciones. SÉPTIMA. CESIÓN: El CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente contrato a un tercero, sin la previa, expresa y escrita autorización del CONTRATANTE. OCTAVA. - INDEPENDENCIA: El CONTRATISTA actuará por su cuenta, con autonomía y sin que exista relación laboral con El CONTRATANTE. Sus derechos se limitarán por la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATANTE y el pago oportuno de su remuneración fijada en este documento. NOVENA-PLAZO DE EJECUCIÒN Este contrato es por prestación de servicios profesionales tendrá un plazo de ejecución de seis (06) meses y doce (12) días contados a partir del acta de inicio. DÉCIMA. -CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATANTE se obliga a guardar absoluta reserva de la información y documentación de la cual llegará a tener conocimiento en cumplimiento de las funciones para las cuales fue contratado,
en especial no entregará ni divulgará a terceros salvo autorización previa y expresa del representante legal, información calificada por EL CONTRATANTE como confidencial, reservada o estratégica. No podrá en ninguna circunstancia revelar información a persona natural o jurídica que afecte los intereses DEL CONTRATANTE, durante su permanencia en el cargo ni después de su retiro, so pena de incurrir en las acciones legales pertinentes consagradas para la protección de esta clase de información. DÉCIMA PRIMERA- CAUSALES DE TERMINACIÓN: Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a la entidad. b) Por terminación unilateral en los términos previstos por incumplimiento de las actividades del contrato. c) Por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo. d) Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar su ejecución. PARAGRÁFO: En cualquiera de los eventos de terminación se procederá a la liquidación del contrato. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: EL
CONTRATISTA será responsable civil y penalmente ante las autoridades, de los actos u omisiones
en ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del presente contrato cuando con ellos se cause perjuicio al contratante o a terceros CLAUSULA DECIMA TERCERA: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total o parcial de este contrato, se entenderá pactada una sanción a título de cláusula penal pecuniaria, equivalente al diez por ciento (10%) del valor de este contrato, suma que se hará efectiva directamente por el CONTRATISTA. El valor a cancelar, se considerará como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios que reciba dicha Entidad. UP HOLDING SAS podrá tomar directamente el valor de la Cláusula Penal pecuniaria, de los saldos que se adeuden al CONTRATISTA por razón de este contrato y si no fuere posible, cobrará esta suma por vía judicial. CLAUSULA DECIMA CUARTA: LIQUIDACIÓN: Una vez terminada la ejecución del objeto contractual a satisfacción, se llevará a cabo la liquidación final del contrato. Para la suscripción del acta de terminación se requiere previamente de informe de actividades, informe de supervisión, soporte de pagos parafiscales (salud, pensión y ARL). CLAUSULA DECIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: En caso de presentarse controversias o diferencias en la ejecución del contrato, se recurrirá en primera instancia a los mecanismos alternativos de solución de conflictos. CLAUSULA DECIMA SEXTA: DOCUMENTOS ANEXOS: Los documentos que se citan a continuación determinan, regulan, complementan y adicionan las condiciones del presente contrato. 1) Certificado de Disponibilidad Presupuestal. 2) Estudio de Previo de la necesidad a contratar. 3) Documentos del contratista. 4) Demás documentos necesarios para el desarrollo del objeto contractual, aquellos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION:
Este contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes, para su ejecución se requiere de la expedición del Certificado de Registro Presupuestal y el acta de inicio.Este contrato ha sido redactado estrictamente de acuerdo con la ley y la jurisprudencia será interpretada de buena fe y en consonancia con el Código Civil cuyo objeto definido en su artículo 1495, es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa.
Contratista
Para constancia se firma en la ciudad xx Xxxxx, Huila, el 19 de noviembre de 2022, en dos o más ejemplares del mismo.
Contratante
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Representante legal C.C N.º 1.075.261.081 xx Xxxxx. UP HOLDING S.A.S