PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIO DE VETERINARIO DESIGNADO DEL ANIMALARIO DE LA FUNDACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE (FIBHUG), A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIO DE VETERINARIO DESIGNADO DEL ANIMALARIO DE LA FUNDACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE (FIBHUG), A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS.
EXPEDIENTE: PA 2023/003
La totalidad de los requerimientos enumerados en este Pliego, se consideran de carácter esencial, salvo cuando en algún lugar de este documento se mencione lo contrario respecto a alguna prestación o exigencia. La falta de cualquiera de ellos dará lugar a la exclusión de este procedimiento del licitador correspondiente.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato consistirá en la labor de Veterinario designado para funciones consultivas en relación con el estado de salud y tratamiento de los animales del animalario de la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe (en adelante, FIBHUG), de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego y en el de Cláusulas Administrativas Particulares.
Las prestaciones a realizar a favor de la Fundación y que a continuación se describen, deberán desarrollarse con estricta sujeción al presente pliego, al pliego de cláusulas administrativas particulares y al contrato resultante del presente procedimiento, así como a las disposiciones legales vigentes y normas aplicables y, en particular, las siguientes:
• Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
• Orden Ministerial ECC/566/2015, de 20 xx xxxxx, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
2. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO:
2.1 Lugar de prestación: el servicio se llevará a cabo en la sede de la Fundación: Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, xx 00,000, 00000, Xxxxxx, Xxxxxx.
2.2 El veterinario designado realizará sus funciones consultivas en relación con el estado de salud y tratamiento de los animales, realizando si fuera necesario, una visita al mes y on- line, de acuerdo a las horas establecidas de coordinación que fueren necesarias o convenientes al objeto de la ejecución de la prestación, que se llevarán a cabo en la sede de la misma Fundación, en la dirección indicada en el párrafo precedente y a través de plataformas on-line. Si fuera necesario el veterinario designado deberá ejercer sus funciones con presencia física en el animalario. En caso de que no fuera necesario las prestaciones podrán ser realizadas a través de plataformas on-line.
2.3 Para la presentación del servicio como veterinario designado, la FIBHUG proveerá in situ de al menos un Responsable en Bienestar Animal, técnicos y cuidadores debidamente acreditados para sus funciones, según la legislación vigente (Real Decreto 53/2013 y la Orden ECC/566/2015).
2.4 Para la prestación del servicio de veterinario designado, la FIBHUG se hace responsable de tener las condiciones generales de alojamiento y cuidado de los animales y en general todos los
requisitos conforme lo estipula el Real Decreto 53/2013, en relación a la protección de los animales utilizados en experimentación.
2.5 El adjudicatario mantendrá con la Fundación todas las reuniones de coordinación que fueren necesarias o convenientes al objeto de la ejecución de la prestación.
2.6 En el animalario de la Fundación podrán mantenerse estabulados roedores, conejos, cerdos.
2.7 Tareas que incluye el servicio:
a. Realización de las funciones y obligaciones propias como veterinario designado, según el Real Decreto 53/2013, del 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en la experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia; para las instalaciones de alojamiento de animales del Animalario de la FUNDACIÓN, para ello deberá contar con la capacitación para la Función F (Asumir las funciones de veterinario designado).
b. Realizar, previo reporte del Responsable de Bienestar Animal (en adelante RBA), las funciones consultivas en relación con el estado de salud y tratamiento de los animales.
c. Responsable de la adquisición de medicamentos que requieren prescripción veterinaria, necesarios para el manejo y utilización de animales de laboratorio. Deberá comunicar las adquisiciones a la Fundación, en los supuestos correspondientes.
d. Supervisión del programa sanitario del centro y de la salud de los animales alojados, por medio de los protocolos normalizados de trabajo referentes y la toma de medidas en casos de incidencia.
e. Coordinación en la tramitación y documentación, así como el control de aquellos aspectos relacionados con el transporte de animales en la recepción o envío.
f. Asesorar en el diseño en los proyectos y procedimientos experimentales y protocolos normalizados de trabajo.
g. Informar y velar por el cumplimiento de las medidas de protección sanitaria de las personas usuarias del animalario y, por extensión, de la FUNDACIÓN.
h. Previo requerimiento de la Dirección de la FUNDACIÓN o responsable del animalario, desarrollar la aplicación del programa de control sanitario periódico según las recomendaciones de FELASA (Federation of European Laboratory Animal Science Associations).
i. En general, todas las tareas de asesoramiento en materia de salud animal, a fin de prevenir en todo momento el dolor, sufrimiento, angustia o daños durables a los animales.
j. Asesorar a la FUNDACIÓN sobre la renovación, adquisición o mejoras de material relacionado con las condiciones de estabulación de los animales (equipos y material de alojamiento de los animales, material para equipos de limpieza y esterilización, equipos de uso veterinario, etc.).
k. Elaborar los informes que le correspondan, en su caso, por virtud de las funciones encomendadas, de conformidad con la legislación vigente.
3. REQUISITOS DEL CONTRATISTA:
Compromiso de adscripción de medios personales:
El contratista se comprometerá a aportar personal profesional con la experiencia y formación adecuada para realizar los trabajos previstos.
En todo caso, se comprometerá a adscribir a la ejecución del contrato, al menos, los siguientes:
- Un responsable del servicio, que deberá estar en posesión de un título universitario de licenciado, grado, máster o doctor, o equivalentes que permita el ejercicio de la veterinaria.
El responsable de servicio deberá cumplir con todos los requisitos de capacitación que, para la realización de la función F prevista en el artículo 15 del RD 53/2013, se exigen en la Orden Ministerial ECC/566/2015, de 20 xx xxxxx.
Lo anterior deberá acreditarse, en los términos establecidos en el PCAP, mediante exhibición del correspondiente certificado expedido por los órganos competentes, conforme al artículo 13 de la Orden Ministerial ECC/566/2015, de 20 xx xxxxx, que se encuentren vigentes de conformidad con lo dispuesto en la misma norma en relación con el mantenimiento de la capacitación y que se refieran a la realización de tales funciones respecto de todos los animales que puedan mantenerse en el animalario de la Fundación, según lo referido en el presente Xxxxxx y conforme a lo dispuesto en la misma Orden.
Para el responsable del servicio deberá proporcionarse un sustituto en caso de baja, que reúna la misma titulación y experiencia requerida en las mismas condiciones que lo haría la persona designada por la empresa.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO:
Total: el contrato será vinculante desde la fecha de suscripción y tendrá una duración de un año.
El contrato será prorrogable en los términos establecidos en la Cláusula 1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Duración máxima del contrato incluidas las prórrogas: 5 años.
5. FUNCIONES Y COMPETENCIAS
La Fundación supervisará la ejecución del contrato; adoptará las decisiones y dictará las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
En Getafe, a 19 de diciembre de 2023
07495515E XXXXXXXX XXXXXXXXX (R: G83727024)
Firmado digitalmente por 07495515E XXXXXXXX XXXXXXXXX (R: G83727024)
Fecha: 2023.12.19
13:18:15 +01'00'
Fdo: Dña. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Directora FIBHUG