Contrato de Arrendamiento de Scanner
Contrato de Arrendamiento de Scanner
Versión S2 BioPhotonic Scanner – MEXICO, VENEZUELA, COLOMBIA y CENTRO AMERICA Edición Everest 6.0
(Este documento debe acompañarse junto con cualquier Contrato de Arrendamiento presentado. La falta de presentarlo retrasará el proceso de su contrato de arrendamiento)
Nombre:
Número de ID o Clave: R.F.C.
Número de Teléfono: Correo Electrónico:
¿Está anexa la Renuncia de Xxxxxxx y Xxxx? SI o NO (REQUERIDO) Envío especial e Instrucciones del Arrendamiento:
Por mi firma en el Contrato de Arrendamiento y Licencia, Yo autorizo a Nu Skin Enterprises a realizar una verificación de mi crédito iniciales.
Con mis iniciales en la presente , confirmo que he leído y entendido la Sección 8 (Limitación del Uso de Laptop) en el Arrendamiento del Scanner.
Opción A: Cuota de manejo y envío lo equivalente a $1,040 pesos ( o escoger 344 VEF, o America Central 640 GTQ o $80 USD ó $160.000 COP) a cargarse en el momento de establecer la fecha de la renta y el envío del Scanner. Los Scanners son enviados por flete local con una entrega de dos a cinco días, totalmente rastreable y firma requerida al momento de la entrega. (Si desea que su Xxxxxxx sea enviado a otra dirección diferente a la citada en la sección de Ubicación Principal del documento de arrendamiento, favor de indicar a continuación la dirección de xxxxx deseada.)
Opción B: Cuota de Recolección y Trámites de $520 pesos (o escoger 172 VEF, o America Central 320 GTQ o $40 USD ) a cargarse al momento de establecer la fecha de la renta. Todos los Scanners pueden recogerse en la dirección local de Nu Skin:
Sucursal DF Sucursal PUE Sucursal MTY Sucursal TOR Sucursal GDL La Opcion B no se encuentra dIsponible en Colombia
LISTA DE CONTROL
Documentos para Arrendamiento:
1) El solicitante del arrendamiento está enlistado como socio o Distribuidor de NSE
2) La página 2 está adjunta y completa
***Si usted es una empresa, necesita completar tanto la sección 1 y 2 de la página 2***
3) La ubicación principal se completa en la página 2 sección I
4) Las tarjetas de crédito enlistadas en el arrendamiento pertenecen al solicitante
(Se aceptan las tarjetas de crédito pertenecientes al solicitante o de otra persona con carta autorizada del dueño de la tarjeta de crédito)
5) Los detalles para dos tarjetas de crédito están completos
6) El R.F.C del solicitante en esta portada coincide con el contrato de arrendamiento en la Pág. 1
7) Medico o trabaja en el área del cuidado de la salud se requiere que complete la Sección H
Sólo para Proceso Interno Lista de Control Verificada
Si está página no está completa, se retrasará el envío o entrega de su Xxxxxxx.
Enviar los formatos completos
Contrato de Arrendamiento de Scanner
Versión S2 BioPhotonic Scanner – MEXICO, VENEZUELA, COLOMBIA y CENTRO AMERICA Edición Everest 6.0
Este Contrato Maestro de Arrendamiento y Licencia “Contrato” se celebra el día del mes , 20 (la “Fecha de Expedición”) entre Nu Skin (“el Arrendador”), y más adelante se identifica al “Arrendatario”. Este Contrato consiste de esta página (“Página de Firmas”), y los términos y condiciones anexos (“Términos y Condiciones”). Cada referencia en esta Página de Firmas será interpretada para incorporar todos los términos proporcionados en los Términos y Condiciones. En caso de algún conflicto entre las disposiciones de esta Página de Firmas y los Términos y Condiciones, el último debe tomar el control. Los términos básicos de este Contrato son:
X. Xxxxxxx. Este contrato es por la renta de propiedad personal y programas relacionados conocidos en conjunto como Scanner Biofotónico Pharmanex (“Scanner”) que se describe de manera más específica en el Anexo A adjunto, el cual se incorpora en la presente por esta referencia
B. Fecha de Vencimiento. Este contrato es por un periodo de 12 meses desde la fecha en la que la primer Renta Básica se debe y necesita pagarse con un Termino xx Xxxxx Xxxxxx y la Reanudación Reducida si se extiende.
X. Xxxxx. La Renta Básica es de $2,580 pesos (o escoger 900 VEF, o America Central 1,680 GTQ o $209 USD ó $418.000 COP) en el contrato de 12 meses mensuales más todas las Contribuciones, se pagará en mensualidades concluidas el séptimo día del mes siguiente durante el Termino Inicial y Termino de Reanudación, pero deducida en el Termino xx Xxxxx de $1,296 pesos (o escoger 450 VEF, o America Central 840 GTQ o $105 USD ó $210.000 COP) durante el Termino Reducido. Cada pago xx xxxxx será prorrateado por cualquier mes parcial y los pagos y todas las Contribuciones se pagarán con la tarjeta de crédito del Arrendatario o $82 pesos diarios (o escoger 30 VEF, o 55 GTQ, o $6.63 USD ó $13.260 COP).
D. Deposito $6,170 pesos, (o escoger 2,150 VEF, o America Central 4,000 GTQ o $500 USD ó $1,000.000 COP) cuyo monto será aplicado a los pagos xx Xxxxx finales que se deban mientras no haya sido aplicado anteriormente a la obligación del Arrendatario debido a un Incumplimiento bajo este Contrato o penalizado por Terminación temprana o expiración. El Enganche se deberá y pagará en el momento en que el Arrendatario de esta Página de Firmas lo ejecute.
E. Información de la Tarjeta de Crédito para las Rentas, Enganche, Contribuciones y Otras Cantidades (SE REQUIEREN DOS): VISA MASTERCARD
Nombre del Tarjeta Habiente tal y como aparece en la Tarjeta de Crédito: Número de la Tarjeta de Crédito (IMPRESA CLARAMENTE):
Fecha de Vencimiento / CVV
Dirección en donde recibe sus cuentas incluyendo Código Postal: Firma:
VISA MASTERCARD
Nombre del Tarjeta Habiente tal y como aparece en la Tarjeta de Crédito: Número de la Tarjeta de Crédito (IMPRESA CLARAMENTE):
Fecha de Vencimiento / CVV
Dirección en donde recibe sus cuentas incluyendo Código Postal: Firma:
Firma del Tarjeta Habiente: El uso de la tarjeta es autorizado por la firma del Arrendatario en esta Página de Firmas
F. Autorización del Crédito y Garantía. Al firmar a continuación, el Arrendatario autoriza al Arrendador por medio de la presente a obtener un reporte crediticio. Por medio de la presente, el Arrendatario también garantiza personalmente cualquier crédito extendido por el Arrendador si el Scanner es usado para cualquier otro propósito comercial.
G. Renovación al Vencimiento. Este Contrato se extenderá automáticamente año con año, de acuerdo a las disposiciones de la Sección 3, Periodo de Términos y Condiciones, para una Renta de Periodo de Renovación de $2,580 pesos (o escoger 900 VEF, o America Central 1,680GTQ o
$209 USD ó $418.000 COP) mensuales para el mes 13 al mes 36. El Termino Reducido xx Xxxxx iniciara en el mes 37 con una renta básica de
$1,296 pesos (o escoger 450 VEF, o America Central 840 GTQ o $105 USD ó $210.000 COP).
H. Ocupación. Si el ARRENDATARIO/TITULAR DE LA LICENCIA es un médico o trabaja o en área del cuidado de la salud, por favor indique la profesión u ocupación específica (por Ej., quiropráctico, médico, dentista, enfermera, etc.):
I. Ubicación Principal. El Equipo y Programas Relacionados se mantendrán principalmente en:
No. de Teléfono:
EN FE DE LO CUAL, las partes firman este Contrato Maestro de Arrendamiento y Licencia el día del mes del 20 , y el signatario del Arrendatario garantiza su autorización para firmar como el Arrendatario o en representación del Arrendatario.
ARRENDADOR/LICENCIANTE: (1) ARRENDATARIO/LICENCIATARIO (Si es una persona):
NU SKIN Nombre (letra de molde): _
Por: Nombre: Firma:
Firma: Dirección: Teléfono:
R.F.C.
(2) ARRENDATARIO/LICENCIATARIO (Si es una empresa): Nombre de la empresa: _ Nombre del firmante: Dirección Principal de la Empresa: _ Teléfono: _
R.F.C.
Contrato de Arrendamiento de Scanner
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TERMINOS Y CONDICIONES
1. DEFINICIONES - Los siguientes términos con mayúscula inicial en este Contrato tendrán los significados que a los mismos se les atribuye: “Contrato” significa este Contrato Maestro de Arrendamiento y Licencia de Uso a Corto Plazo. “Equipo” significa el Equipo que se describe en el Contrato. “Programas Relacionados” significa los programas de computación desarrollados por y propiedad del Arrendador. “Arrendador” significa la parte identificada como Arrendador / Licenciante en la hoja de firmas, o cualquier parte a la cual se le ceda este Contrato, también conocido como “Cesionario”. “Arrendatario” significa tanto el Arrendatario/ Licenciatario como el Co-Arrendatario/Co-Licenciatario, en su caso, y que se identifiquen como tales en la hoja de firmas de este Contrato. “Anexo” significa cualquier anexo de este Contrato Maestro de Arrendamiento y Licencia de Uso a Corto Plazo. Cada Anexo constituirá un contrato de arrendamiento y licencia de uso individual, y en si mismo constituye el documento de la transacción para perfeccionar los derechos de garantía. “Distribuidor” significa un contratista independiente que ha firmado el Contrato de Distribución con Nu Skin. (“Nu Skin”) o con cualquiera de sus filiales. Los términos utilizados con mayúscula inicial que no se definan en este Contrato tendrán el significado que se les atribuya en el Anexo.
2. ARRENDAMIENTO Y LICENCIA - El Arrendador se obliga a conceder al Arrendatario el uso y goce del Equipo descrito en el Anexo correspondiente al Arrendatario en los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. Asimismo, el Arrendador se obliga a otorgar al Arrendatario una licencia de uso sobre de los Programas Relacionados, y el Arrendatario se obliga a adquirir la licencia de uso del Arrendador respecto de los Programas Relacionados, de acuerdo con los términos y condiciones de este Contrato. No obstante lo anterior, este Contrato únicamente entrará en vigor al momento de celebración y firma por un representante autorizado del Arrendador, de todos los documentos que resulten necesarios de acuerdo con este Contrato. Dicha celebración y firma sucederá únicamente después de que: (i) el Arrendador apruebe el crédito del Arrendatario, (ii) el Arrendador confirme que el Arrendatario es un Distribuidor, y (iii) el Arrendatario haya cubierto satisfactoriamente el curso de entrenamiento de uso del Equipo y de los Programas Relacionados requerido por el Arrendador. EL ARRENDATARIO SE OBLIGA A UTILIZAR EL EQUIPO Y LOS PROGRAMAS RELACIONADOS ÚNICAMENTE PARA LOS FINES COMERCIALES DESCRITOS EN LA CLÁUSULA SÉPTIMA DE ESTE CONTRATO Y NO PARA SU USO PERSONAL, FAMILIAR O DOMÉSTICO.
3. TERMINO; ADR, NO DISPOSITIVO MEDICO - La vigencia de este contrato es de 12 meses consecutivos (Termino Inicial), comenzando el Dia Efectivo. Si el Arrendatario se encuentra en buenos términos con la empresa, el contrato se reanudara automáticamente 12 meses consecutivos mas (Termino Básico o Renovación Reducida) solo si cualquiera de los dos presenta una notificación por escrito indicando la intención de no renovar este Contrato por lo menos con 60 días de anticipación de la fecha de expiración (de acuerdo a la hoja de firmas y de aquí en adelante conocida como la fecha de ¨Expiracion¨) del Termino Inicial o del Termino de Reanudación. Si el Arrendatario no cumple con los requisitos del programa de Recompensas Automáticas ¨ADR¨, como lo indica y se revisa por el Arrendador de vez en cuando (el Mínimo Requerimiento ADR¨), el Arrendador puede desactivar el Scanner y dar por cancelado este Contrato. El Arrendatario reconoce que: (a) el Equipo no es un dispositivo médico y que el mismo no ha sido registrado como un dispositivo médico aprobado, (b) este Contrato se puede dar por terminado si la dependencia del Gobierno de los Estados Unidos de América denominada “Food and Drug Administration” o cualesquiera autoridad sanitaria del país determina que el Equipo es un dispositivo médico no aprobado, y (c) el Arrendador no declara o garantiza, en forma alguna, que el Equipo no es un dispositivo médico. El Arrendatario puede dar por terminado el Contrato en cualquier momento con (i) una notificación por escrito de treinta días, (ii) se regrese el Scanner; (iii) pago xx Xxxxxx y cualquiera otras cantidades vencidas y no pagadas hasta e incluyendo la fecha de Terminación (y de aquí en adelante para obligaciones que sobrepasen el termino del Contrato); y (iv) pago de las Rentas y cualquier otra cantidad que se hubiera agregado durante el periodo de expiración, descontado por el cinco por ciento (5%) por año. Sin embargo, si el Arrendatario vuelve a rentar el Scanner antes de que concluyan los sesenta días de la Terminación, el Arrendatario no será responsable de los pagos bajo los puntos detallados en este párrafo, pero pierde el Deposito de Garantía.
4. RENTA; PREPAGO - El Arrendatario pagará al Arrendador el Depósito en Garantía y la Renta Básica (colectivamente, la
¨Renta¨) para el uso del Scanner y la licencia de los Programas Relacionados, en las cantidades y fechas (Fechas de los Pagos xx Xxxxxx) especificadas en la Pagina de las Firmas. Siempre y cuando no existen obligaciones pendientes de cumplimiento, el Deposito en Garantía podrá ser aplicado a los pagos finales del Termino Inicial. Si una cantidad pagadera no es pagada totalmente dentro de los primeros cinco (5) días hábiles después de la fecha de su vencimiento, el Arrendatario deberá pagar al Arrendador un pena convencional equivalente al 5% (cinco por ciento) (Moneda local) de la cantidad adeudada. El Arrendatario, además, deberá pagar al Arrendador intereses moratorios sobre los pago adeudados a una tasa de 18% (dieciocho por ciento) anual o el máximo que la ley establezca, lo que se mayor. El Depósito en Garantía, todas la Rentas, las penas convencionales y los intereses moratorios serán pagaderos automáticamente con cargo a una Tarjeta de Crédito del Arrendatario, tal y como se describe en el(los) Anexo(s). El Arrendatario, desde este momento, autoriza al Arrendador a cobrar, con cargo a la Tarjeta de Crédito antes mencionada, las Rentas y cualesquiera otras cantidades pagaderas y vencidas de acuerdo con el presente Contrato.
5. TITULO - El titulo del Scanner (incluyendo cualesquiera refacciones, reemplazos, partes, adiciones, accesorios, modificaciones, actualizaciones y mejoras de los mismos) siempre permanecerán en beneficio del Arrendador, y el Arrendatario no tendrá propiedad, derecho o interés alguno sobre los mismos, excepto por los intereses relacionados con su arrendamiento y licencia, según resulten aplicables, de acuerdo con los términos y condiciones del presente Contrato. El Arrendatario deberá, a su propia xxxxx, proteger y defender la propiedad del Arrendador sobre el Equipo y sobre los Programas Relacionados, así como mantener al Equipo
y a los Programas Relacionados libres de cualquier gravamen o reclamación que pueda ser hecha por los acreedores del Arrendatario o por cualesquiera otras personas o entidades.
6. LIMITACIONES DE LAS GARANTÍAS – El Scanner y calidad descritos en la Pagina de Firmas, sin defectos de mano de obra y libres de defectos en el material. En caso de que el Equipo y/o los Programas Relacionados no fueren del tipo o calidad pactados o tuvieren defectos, el Arrendatario deberá notificar por escrito al Arrendador de dicha inconformidad adjuntando el Equipo y los Programas Relacionados (que deberán estar empacados apropiadamente, el Arrendador deberá tomar las medidas necesarias para corregir dicha inconformidad, ya sea reemplazando el Equipo y/o los Programas Relacionados o cualquier componente de los mismos, o reparando cualquier parte o partes defectuosas, a opción del Arrendador. No obstante lo anterior, la garantía descrita será nula e inválida si el Arrendatario ha modificado, abusado o dañado el Equipo o los Programas Relacionados, o si el Equipo o los Programas Relacionados se pierden o dañan durante su envío y el Arrendatario no contrató un seguro de transportación con cobertura suficiente para reemplazar el Equipo y los Programas Relacionados; en cuyos casos el Arrendatario deberá indemnizar al Arrendador por todas las pérdidas y daños que deriven de dichos eventos; y en el entendido, además, que la garantía antes mencionada será considerada inmediatamente nula e inválida si el Arrendatario traslada el Equipo o los Programas Relacionados a otro país que no se encuentre en la Región Latinoamericana. LA GARANTÍA ANTES DESCRITA ES LA ÚNICA GARANTÍA QUE OTORGA EL ARRENDADOR CON RESPECTO AL EQUIPO Y A LOS PROGRAMAS RELACIONADOS Y REEMPLAZA A CUALESQUIERA OTRAS GARANTÍAS ESCRITAS, ORALES O IMPLÍCITAS DEL ARRENDADOR. El Arrendador no será responsable frente al Arrendatario o frente a cualquier tercero por daños especiales, directos, indirectos, incidentales o daños consecuenciales de cualquier tipo.
7. USO Y OPERACIÓN DEL SCANNER - El Arrendatario entiende que el Equipo (junto con los Programas Relacionados) es un instrumento de medición, utilizado para determinar si se debe aumentar la ingestión personal de determinados componentes nutricionales, específicamente, los carotenoides. La información que se obtiene del Equipo y de los Programas Relacionados debe considerarse únicamente como parte de una aproximación mundial a mantener buenas prácticas en el cuidado de la salud, incluyendo la revisión constante de ciertos nutrimentos en la alimentación diaria, y no tiene la función de proveer un perfil nutricional completo. El Arrendatario se obliga a utilizar el Equipo y los Programas Relacionados de acuerdo con lo establecido en el presente Contrato y en el Manual del Usuario del Equipo, en particular, no podrá (i) hacer que se hagan declaraciones no aprobadas; (ii) uso del Scanner o Programas Relacionados para promover o vender productos nutricionales que no sean fabricados por el Arrendatario o de Pharmanex, LLC; o (iii) representar que el Scanner puede diagnosticar, prevenir, mitigar, tratar o curar cualquier padecimiento, anomalía o enfermedad. Todo uso del Scanner debe de estar en conformidad con las leyes y regulaciones aplicables, políticas de seguro, garantías del Arrendatario, garantías del fabricante y cualquier otra garantía de mantenimiento del mismo equipo. El Arrendador permite el uso y operación del equipo a Distribuidores para sus clientes, siempre y cuando, el Arrendatario continua responsable de las obligaciones bajo este contrato. El Arrendatario no deberá permitir el uso del Scanner o Programas Relacionados a un Distribuidor hasta que este mismo Distribuidor haya sido entrenado, capacitado de los beneficios y limitaciones del Scanner y haya recibido el consentimiento del Distribuidor de acuerdo a la Sección 7. El Arrendatario deberá asegurarse de que no permitir que cualquier persona, sociedad o empresa, utilice el Equipo o los Programas Relacionados.
8. LIMITACIONES EN EL USO DEL EQUIPO DE COMPUTO – El Scanner incluye una computadora capaz de accesar el Internet (la ¨Laptop¨). El Arrendador deberá usar la laptop de acuerdo a la operación del Scanner. La laptop no se debe de usar para accesar cualquier pagina en el Internet mas que solo las paginas del Arrendatario que son necesarias para operar propiamente el Scanner. En el evento de que el Arrendatario tenga acceso paginas específicamente no permitidas por el Arrendatario, el Arrendatario será responsable por los daños causados por virus o cualquier otro tipo de programa que afecte la laptop o la habilidad de operación del Scanner y la garantía en la Sección 6 de este Contrato será nula. En el evento del uso no autorizado de la Laptop, el Arrendatario, de acuerdo a su propia discreción, puede terminar el Contrato inmediatamente.
9. RIESGO DE PERDIDA - El Arrendatario asume el riesgo derivado de la pérdida, daño, robo o destrucción del Equipo y de los Programas Relacionados. Si el Equipo y/o los Programas Relacionados son perdidos o robados, o si el Arrendador determina que uno o ambos no pueden ser reparados, el Arrendatario deberá reemplazar el Equipo y/o los Programas Relacionados dentro de 30 (treinta) días hábiles siguientes a la fecha de la pérdida, hurto, o destrucción. En dichos casos, al reemplazarse el Equipo y Programas Relacionados, éstos se convertirán inmediatamente en el “Equipo” y/o los “Programas Relacionados” en los términos y condiciones de este Contrato y todas y cada una de las obligaciones del Arrendamiento permanecerán vigentes.
10. MANTENIMIENTO Y REPARACIONES – Excepto de limpieza normal y tomando cuidado razonable del Scanner, el Arrendatario se hace responsable del mantenimiento, defectos y artículos de calidad. El Arrendatario deberá notificar al Arrendador de cualquier punto que tenga que ver con la calidad, mantenimiento o reparación.
11. CONTRIBUCIONES E IMPUESTOS - El Arrendatario asume entera responsabilidad por y se obliga a sacar al Arrendador en paz y salvo del pago de cualesquiera impuestos o contribuciones relacionada a este Contrato. El Scanner (“Contribuciones”), pero excluyendo cualquier impuesto Federal, estatal o local que se generen a cargo del Arrendador respecto a las utilidades por la Renta del Equipo y de los Programas Relacionados.
12. INDEMNIZACIÓN - El Arrendatario asume entera responsabilidad por y, en consecuencia se obliga a indemnizar, proteger y sacar en paz y a salvo al Arrendador y sus afiliadas, así como a los funcionarios, consejeros y empleados del Arrendador y de sus afiliadas de cualesquiera responsabilidades, obligaciones, daños, pérdidas, lesiones, demandas, reclamaciones, penalidades, procedimientos, gastos y costos (incluyendo los honorarios y gastos legales), de cualesquiera tipo y naturaleza, que se deriven del uso del Equipo y de los Programas Relacionados, ya sea que el Arrendador los autorice o no y sin importar si surgen del uso, condiciones y mantenimiento del Equipo y de los Programas Relacionados por parte de otro Distribuidor, incluyendo sin limitación cualquier uso no autorizado de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Séptima del presente Contrato. Asimismo, el Arrendatario que realice mediciones con el Equipo y/o los Programas Relacionados y/o que actualice la información de las mediciones al incluirla en la red del Arrendador sin previamente obtener el Consentimiento deberá proteger y sacar en paz y a salvo al Arrendador y sus afiliadas, así como a los funcionarios, consejeros y empleados del Arrendador y de sus afiliadas de cualesquiera responsabilidades, obligaciones, daños, pérdidas, lesiones, demandas, reclamaciones, penalidades, procedimientos, gastos y costos (incluyendo los honorarios y gastos legales razonables), de cualesquiera tipo y naturaleza, que se deriven o relacionen con el
incumplimiento del Arrendatario contenidas en o derivadas de la presente Cláusula sobrevivirán la terminación del presente Contrato y/o del Anexo correspondiente, independientemente de la causa de terminación.
13. DEVOLUCIÓN DEL EQUIPO - A la Terminación o terminación anticipada de un Anexo, el Arrendatario deberá devolver el Equipo y los Programas Relacionados empacados adecuadamente y completamente asegurados, x xxxxx del Arrendatario, en el domicilio del Arrendador señalado en el Anexo, y en las mismas condiciones de operación y reparación que en la Fecha de Inicio, excepto por el desgaste normal derivado de su uso autorizado. Si el Scanner y los Programas Relacionados no son entregados en el periodo antes descrito, o si resulta necesario hacer reparaciones para que el Equipo y los Programas Relacionados se encuentren en las condiciones requeridas, el Arrendatario deberá continuar pagando Renta al Arrendador en la cantidad establecida a la terminación del Contrato, por el tiempo de retraso en la devolución o por el tiempo en que se lleven a cabo las reparaciones necesarias, además de quedar obligado a pagar el costo de las mencionadas reparaciones que apliquen su caso. El Arrendador tendrá también el derecho de aplicar todo o parte del Depósito en Garantía a dichas Rentas y/o reparaciones. La aceptación por parte del Arrendador de la Renta derivado del retraso en la devolución del Equipo y/o de los Programas Relacionados o del pago de las reparaciones necesarias no será interpretado como una renovación del Anexo respectivo, ni como una aprobación implícita de la Renta por 12 meses, ni como una renuncia al derecho del Arrendador para exigir la devolución del Equipo y de los Programas Relacionados en condiciones apropiadas. Si el Arrendador determina que el Equipo o Programas Relacionados no pueden ser reparados, entonces aplicará lo dispuesto en la Cláusula Novena del presente Contrato.
14. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL ARRENDATARIO - El Arrendatario declara y garantiza que (i) si es una sociedad, está legalmente constituida y registrada y tiene la capacidad para desarrollar su objeto social; (ii) ha autorizado la celebración, otorgamiento y cumplimiento de este Contrato y los documentos relacionados con el mismo; y (iii) este Contrato y los documentos relacionados constituyen obligaciones legales, válidas y vinculantes del Arrendatario. (iv) LA DECISIÓN DEL ARRENDATARIO DE ARRENDAR EL EQUIPO Y DE SER LICENCIATARIO DE LOS PROGRAMAS RELACIONADOS ES COMPLETAMENTE DISCRECIONAL Y LA MENCIONADA RENTA Y LICENCIA DE USO PUEDEN O NO BENEFICIAR AL ARRENDATARIO Y A SU NEGOCIO COMO DISTRIBUIDOR DE NU SKIN O DE CUALQUIERA DE SUS AFILIADAS, (iv) EL ARRENDATARIO NO RECIBIRÁ COMISIONES DE DISTRIBUIDOR COMO RESULTADO DE SU DECISIÓN DE ARRENDAR EL EQUIPO Y SER LICENCIATARIO DE LOS PROGRAMAS RELACIONADOS, (v) el Arrendatario es un contratista independiente y como tal se abstendrá de hacer manifestación alguna o generar obligaciones en representación del Arrendador o de sus afiliadas, (vi) el Arrendatario no deberá operar, usar ni permitir a Distribuidor, persona o sociedad alguna utilizar u operar el Equipo o los Programas Relacionados de forma tal que se incurra en, se cause daño a o se generen obligaciones a cargo del Arrendador, y (vii) el Arrendador y/o afiliadas pueden operar el Equipo y los Programas Relacionados en cualquier parte del territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
15. EVENTO DE INCUMPLIMIENTO, REMEDIOS Y NOTIFICACIÓN DE CRÉDITO INSUFICIENTE - Los siguientes serán considerados como Eventos de Incumplimiento: (i) el incumplimiento del Arrendatario de pagar cualquiera de las Rentas vencidas siempre que dichas Rentas permanezcan sin ser pagadas; (ii) el incumplimiento del Arrendatario de cualesquiera de las obligaciones establecidas en el presente Contrato; (iii) el Arrendatario se disuelve, cesa de existir y/ de hacer negocios; (v) o la falla del Arrendatario de operar bajo las obligaciones en el Acuerdo de Distribuidor, incluyendo cumplimiento de las políticas y procedimientos esforzados por el Arrendatario o cualquier otro acuerdo con el Arrendatario o afiliados del Arrendatario o cualquier otro acreditar; o (vi) si el Arrendatario cede sus activos en beneficio de sus acreedores. En cualquier momento después de un Evento de Incumplimiento, el Arrendador puede, a su entera discreción, llevar a cabo una o más de las siguientes medidas así como cualquier otra que la legislación aplicable permita: (i) dar por terminado este Contrato y todos o cualquiera de los Anexos por escrito; (ii) determinar que el Equipo y los Programas Relacionados son inutilizables por el Arrendatario (iii) requerir judicialmente el cumplimiento forzoso del Contrato y/o el pago de los daños y perjuicios derivados del Incumplimiento; (iv) independientemente de si se dan por terminados este Contrato o cualquier Anexo, requerir que el Arrendatario devuelva el Equipo y los Programas Relacionados; (v) recuperar los costos y gastos, incluyendo costos de abogados. El Arrendatario puede, como opción, recuperar sus costos (en contra de las bonificaciones o bonos) bajo las políticas del Acuerdo del Distribuidor o cargando la tarjeta de crédito, las cantidades que se deben bajo este Contrato. Los remedios del Arrendatario pueden ser cumulativos al igual que cualquier otro remedio legal. Cualquier acción del Arrendatario en contra del Arrendador relacionada a este Acuerdo podrá iniciar antes de un (1) año después de cualquier acción se tome. EL ARRENDATARIO SE DA POR NOTIFICADO EN ESTE ACTO DE QUE UN INCUMPLIMIENTO AL PRESENTE CONTRATO GENERARÁ UN REPORTE NEGATIVO DE CRÉDITO, MISMO QUE SE REFLEJARÁ EN SU HISTORIAL CREDITICIO Y SERÁ SOMETIDO AL BURÓ DE CRÉDITO.
16. CESIÓN - EL ARRENDATARIO RECONOCE QUE NO PODRÁ CEDER O TRANSFERIR EN FORMA ALGUNA SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO Y/O DE LOS ANEXOS, SIN EL PREVIO CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DEL ARRENDADOR. EL ARRENDADOR PUEDE CEDER SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES RESPECTO DEL PRESENTE CONTRATO O CUALESQUIERA ANEXO EN CUALQUIER MOMENTO.
17. ARRENDAMIENTO Y LICENCIA - Ninguno de los términos y condiciones contenido en el presente Contrato deberán ser interpretados con el fin de dar al Arrendatario cualquier derecho, propiedad o interés en o sobre el Equipo y los Programas Relacionados, salvo por los derechos derivados de su calidad de Arrendatario y Licenciatario de los mismos, según sea el caso. Es la intención expresa de las partes que este Contrato constituya únicamente un arrendamiento de bienes muebles y una licencia de uso de programas de cómputo, por tanto, bajo ninguna circunstancia se podrá considerar que este Contrato prevé la venta del Equipo o de los Programas Relacionados al Arrendatario.
18. BENEFICIOS FISCALES - El Arrendatario reconoce que el Arrendador es el propietario del Equipo y de los Programas Relacionados para efectos del pago de los impuestos federales y estatales aplicables, y en tal calidad podrá beneficiarse de las deducciones que en su caso sean aplicables derivadas de la depreciación del Equipo y/o de los Programas Relacionados.
19. FUERZA MAYOR - Las obligaciones del Arrendador serán suspendidas en la medida en que le resulte imposible cumplir con las mismas por causas que estén fuera de su control.
20. MISCELÁNEOS - Los derechos que en este Contrato son atribuibles al Arrendador serán asimismo aplicables a sus afiliadas y subsidiarias. La omisión de cualquier parte de exigir el cumplimiento de cualquier disposición de este Contrato no será interpretada
como una renuncia a cualquier violación subsiguiente. Asimismo, la omisión de cualquier parte de ejercitar cualesquiera derechos derivados de o relacionados con este Contrato no será interpretada como una renuncia al ejercicio de dicho o de cualesquiera otros derechos derivados de o relacionados con este Contrato. En caso de y en la medida que cualquier disposición de este Contrato o de cualquiera de los Anexos sea considerada inválida o inexigible, por ministerio xx xxx o en virtud de la interpretación que de la misma haga cualquier tribunal, este Contrato y los Anexos deberán ser interpretados como si dicha disposición no fuere parte de los mismos, pero únicamente respecto de los lugares donde dicha disposición no afectará la validez del resto de las disposiciones de este Contrato o del Anexo que, a diferencia de aquélla, sean legales y válidas, las cuales permanecerán en plena fuerza y vigor. Todas las notificaciones y cualesquiera otras notificaciones requeridas o permitidas de acuerdo con el presente Contrato, deberán ser hechas por escrito entregadas personalmente o enviadas, porte pagado, por correo certificado o por servicio especializado de mensajería casos en los que se considerarán entregadas cuando sean recibidas en los domicilios establecidos en el Anexo, con acuse de recibo. El presente Contrato y los Anexos son el acuerdo final y definitivo entre las partes con respecto al objeto del mismo, y no podrán ser contradichos por evidencia de acuerdos orales o escritos previos, contemporáneos o subsecuentes de las partes. No existen acuerdos adicionales, sean orales o escritos, entre las partes con respecto al objeto del presente Contrato. Este Contrato no podrá ser enmendado, modificado o terminado verbal, tácitamente o de cualquier otra forma, sino exclusivamente por escrito. Para efectos de cualquier controversia derivada de, o en relación con, este Contrato o las operaciones contempladas en el mismo, las Partes expresa e irrevocablemente se sujetan a la jurisdicción de los tribunales competentes de los Estados Unidos Mexicanos ubicados en el Distrito Federal, y convienen que dichos tribunales serán competentes independientemente de sus domicilios presentes o futuros y expresamente renuncian a la jurisdicción de cualquier otro tribunal. Las Partes renuncian irrevocablemente, en la mayor medida permitida por ley, a cualquier objeción que puedan tener, ahora o en el futuro, a que la competencia territorial (venue) sobre cualquiera de dichos procedimientos recaiga en dichos tribunales y a cualquier reclamación de que un procedimiento iniciado ante dichos tribunales fue iniciado en un foro no conveniente (forum non conveniens).
ANNEXO A AL
CONTRATO MAESTRO Y ACUERDO DE LICENCIA EQUIPO
CANTIDAD VENDEDOR NUMERO DE SERIE DEL SCANNER S2 NUMERO DE SERIE DE LA LAPTOP
Nu Skin Enterprises, Inc. EE.UU
DESCRIPCION
El Termino ¨Scanner¨ usado en esta Contrato significa: Pharmanex BioPhotonic Carotenoid Antioxidant Scanner System version 2 (S2) (el ¨Sistema de Scanner Edición Everest), fabricado por Pharmanex, consiste en hardware y software (programas de cómputo), incluye lo siguiente: (i) un Scanner óptico que emite un xxxx xx xxx azul; (ii) una caja contenedor del y del Scanner óptico; (iii) una computadora portátil personal de la marca Dell Latitude (la “Computadora Personal”) (que recibe la información del Scanner óptico), misma que incluye, entre otros, el procesador, el adaptador para corriente alterna, cables, pantallas de cristal líquido (incluyendo una Dell Latitude), unidad de disco de 3 ½ pulgadas, unidad de disco compacto, disco duro, teclado, batería, módulos de memoria, MODEM interno, conectores, documentación y todos los programas de cómputo distribuidos con la Computadora Personal o que son parte de la misma o de cualesquiera de los componentes o accesorios antes descritos; (iv) todos los Programas Relacionados, esto significa todas las herramientas propiedad de Nu Skin o de cualesquiera de sus afiliadas, para desarrollar programas de cómputo, bibliotecas de programas de cómputo, motores, programas de cómputo de contenido o códigos para la programación de computadoras, incluyendo todas las salidas de programas en forma de gráficos, esquemas, salidas se impresión, salidas para plotter y sonidos que son parte del Sistema del Scanner (y sin importar si son parte del Sistema del Scanner o de la Computadora Personal) y respecto de los que el Arrendador retendrá todos y cada uno de los derechos de autor y de propiedad, así como la posesión e interés sujeto a los derechos de licencia otorgados al Arrendatario de acuerdo con lo establecido en el Contrato Maestro; y (v) maletas para la transportación del Sistema del Scanner y de la Computadora Personal, independientemente de cualesquiera de los objetos mencionados anteriormente en los incisos (i) a (v) ya sean propiedad de o se adquieran o desarrollen en el futuro, junto con todas y cada una de las adiciones, reemplazos, mejoras y modificaciones, así como todos los frutos y productos de los mismos.
El termino ¨Programa Relacionado¨ significa cualquier programa de propiedad incluyendo herramientas, bibiliotecas, maquinaria u equipo, contenido y/o cualquier otro código de programación, incluyendo los programas de la pantalla, impresora, sonido, etc. de aquí en adelante notado o identificado como el Scanner del cual el Arrendatario es dueño
RENUNCIA DE PÉRDIDA Y DAÑO – SERVICIO REQUERIDO
ESTA RENUNCIA DE PÉRDIDA Y DAÑO (la “Renuncia”) se celebra entre el Arrendador y el Arrendatario del Equipo incluido en este Contrato (definido abajo) para permitir que el Arrendatario pueda liberarse de ciertas obligaciones de la perdida aprobada o daño descrito abajo.
Certificación de Perdida
En consideración de la renuncia, el Arrendatario acuerda pagar al Arrendatario la siguiente cuota mensual por concepto de Renuncia . Debe seleccionar uno:
Iniciales Arrendatario. Renuncia de Perdida y Daño - $309 pesos mensuales (o escoger 108 VEF, o America Central 200 GTQ o $25 USD ó $50.000 COP).
Renuncia de Xxxxxxx y Xxxx
Si el Scanner se pierde o se roba y no se recupera, y/o se daña , el Arrendador exenta al Arrendatario por la perdida del Scanner por pérdida en exceso de los primeros $13,000 pesos (o escoger 4,300 VEF, o America Central 8,000 GTQ o $1,000 USD ó $2.000.000 COP).
Esta opción no aplica en países o estados en donde sea prohibida.
Esta Renuncia no aplicará a cualquier daño o pérdida debido a:
a. cualquier obligación que el Arrendatario haya asumido bajo el Contrato de Arrendamiento, pero que no esté específicamente anulada a continuación;
b. una violación por parte del Arrendatario de cualesquiera términos o condiciones del Contrato de Arrendamiento;
c. retraso o falla del Arrendatario para reportar al Arrendador y/o autoridades locales adecuadas acerca de la pérdida o robo del Equipo de manera oportuna; o
d. pérdida, robo o daño causado por cualquier acto malintencionado, negligente o imprudente por parte del Arrendatario o la persona actuando en nombre del Arrendatario.
Obligaciones del Arrendatario en Caso de Daño o Pérdida En caso de daño o pérdida del Equipo, el Arrendatario deberá, según corresponda, (i) tomar todos los pasos razonables y necesarios para proteger y prevenir mayores daños al Equipo, (ii) reportar la pérdida al Arrendador y, en caso de robo, a todas las autoridades locales apropiadas tan pronto como sea posible; y (iii) proporcionar al Arrendador la documentación, como reporte policiaco y la información exacta correspondiente a la fecha de la pérdida o daño, una descripción de los daños, cómo ocurrieron los daños y cualquier otra información pertinente.
Proceso de Reclamo; Aviso de Reclamo El Arrendatario llamará a Servicio al Cliente que proporcione el Arrendador, al teléfono indicado posteriormente, tan pronto como sea posible y reportar todos los detalles de la pérdida o daño al Servicio al Cliente. Servicio al Cliente confirmará inmediatamente después la opción de cobertura elegida por el Arrendatario y preparará un formato de Pérdida o Daño para que sea revisado por los representantes corporativos del Arrendador. Si dichos representantes aprueban el formato de Pérdida o Daño, el Arrendatario no será responsable por cualquier monto por los daños o pérdida que excedan los primeros $13,000 pesos(o escoger 4,300 VEF, o America Central 8,000 GTQ o $1,000 USD ó $2.000.000 COP) Servicio al Cliente hará los arreglos para la devolución y/o reemplazo del Equipo, o terminar el Contrato de Arrendamiento como se estipula posteriormente; no obstante y siempre que, en todos los casos, el Arrendatario sea responsable por los primeros $13,000 pesos (o escoger 4,300 VEF, o America Central 8,000 GTQ o $1,000 USD ó $2.000.000 COP) de pérdida o daño, cuya cantidad autoriza en la presente el Arrendatario sea cobrada de la tarjeta de crédito del Arrendatario de la misma manera que se hace el cobro por el pago de la renta según el Contrato. Si el daño o la pérdida no se reporta a Servicio al Cliente dentro de los 90 días posteriores a lo sucedido, esta Renuncia será nula e inválida y el Arrendatario mantendrá la responsabilidad total por la pérdida o daño de acuerdo a los términos del Contrato de Arrendamiento.
Definiciones:
¨Equipo¨ ¨Contrato¨ Significa el Scanner Pharmanex.
¨Contrato¨ Es el significado incluido en este Contrato firmado y acordado entre el Arrendatario y Arrendador para la renta del Scanner Pharmanex.
¨Plan de Pago¨ Es el significado de pagos incluidos en el Contrato acordado entre el Arrendatario y Arrendador para la renta del Scanner Pharmanex.
General:
Pago de los Montos por la Renuncia del Arrendatario. La cobertura no es efectiva a menos que los Pagos de Renuncia estén al corriente y cubiertos antes de que llegue a ocurrir el daño o pérdida.
Transferencia de la Renuncia: El Arrendatario no transferirá o asignará esta Renuncia sin consentimiento previo por parte del Arrendador.
Conflicto: Si hay cualquier conflicto entre esta Renuncia y el Contrato de Arrendamiento, regirá el Contrato de Arrendamiento.
Misceláneos: Cualquier acción entablada para hacer cumplir esta renuncia deberá ser entablada por NU SKIN en Provo, Utah o en las Cortes Federales en Utah. Las partes acceden a la jurisdicción personal de dichas cortes dentro de Utah y renuncian a cualquier objeción a una sede indebida. Ningún cambio, modificación o enmienda a cualquiera de los términos o condiciones en esta Renuncia es válido u obligatorio a menos que las partes lo hayan acordado por escrito por sus representantes autorizados
En testimonio de lo cual, las partes han celebrado esta Renuncia de Daños y Pérdida en la fecha establecida anteriormente
ARRENDADOR/LICENCIANTE: (1) ARRENDATARIO/LICENCIATARIO (Si es una persona):
NU SKIN Nombre (letra de molde):
Por: Nombre: Firma:
Firma: Dirección: Teléfono:
R.F.C.
(2) ARRENDATARIO/LICENCIATARIO (Si es una empresa): Nombre de la empresa: Nombre del firmante: Dirección Principal de la Empresa: Teléfono:
Equipo Scanner: Equipo Laptop:
R.F.C.