AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA ESTADO DE YUCATÁN
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
XXXXXX XX XXXXXXX
0000 – 2021
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACION
Contrato No. DALB-9-ASFALTOS-02-02
CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL LICENCIADO EN DERECHO XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Y EL LICENCIADO EN DERECHO XXXXXXXXX XXXX XXX XXXXXX, COMO REPRESENTANTES DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL XX XXXXXX, YUCATÁN CON SUS RESPECTIVAS PERSONALIDADES DE PRESIDENTE MUNICIPAL Y SECRETARIO MUNICIPAL Y COMO DEPENDENCIA EJECUTORA LA DIRECCION DE ADMINISTRACION REPRESENTADA POR EL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, MTRO. A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “EL AYUNTAMIENTO”, Y POR LA OTRA PARTE, LA EMPRESA DENOMINADA “ASFALTERA DEL SURESTE”, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL PROVEEDOR” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S
PRIMERA.- “EL AYUNTAMIENTO” DECLARA: --------------------------------------------------------------------------------------------
QUE TIENE FACULTADES PARA CELEBRAR CONVENIOS CON EL ESTADO Y CON LOS PARTICULARES Y QUE ES FACULTAD DEL PRESIDENTE MUNICIPAL EN UNION DEL SECRETARIO MUNICIPAL, CELEBRAR A NOMBRE DEL AYUNTAMIENTO Y POR ACUERDO DE ESTE TODOS LOS ACTOS Y CONTRATOS PARA EL DESEMPEÑO DE LOS NEGOCIOS ADMINISTRATIVOS Y EFICAZ PRESTACION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 55 FRACCION XV DE LA LEY DE GOBIERNO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE YUCATAN.-------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA.- QUE PARA LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES COLECTIVAS DE LOS HABITANTES, EL AYUNTAMIENTO ORGANIZARÁ LAS FUNCIONES Y MEDIOS NECESARIOS A TRAVÉS DE UNA CORPORACIÓN DE NATURALEZA ADMINISTRATIVA QUE SE DENOMINARÁ ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, CUYO FUNCIONAMIENTO CORRESPONDE ENCABEZAR DE MANERA DIRECTA AL PRESIDENTE MUNICIPAL EN SU CARÁCTER DE ÓRGANO EJECUTIVO, QUIEN PODRÁ DELEGAR SUS FUNCIONES Y MEDIOS, EN FUNCIONARIOS BAJO SU CARGO, EN ATENCIÓN AL RAMO O MATERIA, SIN MENOSCABO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES CONFERIDAS AL AYUNTAMIENTO, ENTRE LOS CUALES SE ENCUENTRA EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, MTRO.--------
TERCERA.- QUE APROBÓ LA ADQUISICION DE LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN SESION XX XXXXXXX DE FECHA 13 XX XXXXX DE 2019. LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO SE REALIZÓ A TRAVÉS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO DALB-9-ASFALTOS-02 SEGÚN EL ARTICULO 160 DE LA LEY DE GOBIERNO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE YUCATAN Y EL ARTICULO 31 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, SIENDO QUE EN FECHA 09 XX XXXX DE 2019, SE EMITIÓ EL ACTA DE DICTAMEN Y FALLO A LA LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO DALB-9-ASFALTOS-02 RELATIVO A LOS BIENES REQUERIDOS POR LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, HABIÉNDOSE ASIGNADO EL 40% DE LA PARTIDA 1, DESCRITA EN LA CLAUSULA PRIMERA DEL PRESENTE CONTRATO. EL TIPO DE FONDO APLICABLE AL PRESENTE CONTRATO ES: FISCALES Y FORTALECIMIENTO 2019.------------------------------------
CUARTA.- QUE SU DOMICILIO PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SERA EL DE LA SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y DE PROVEEDURÍA, UBICADO EN LA XXXXX 00 X/X POR XX. XXXXXXX XXXXX X 00 XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX. ---------
QUINTA.- QUE LA COMPRA DE LOS BIENES MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO SERA A TRAVÉS DE LA SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y DE PROVEEDURÍA, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTA.- QUE SERÁ EXCLUSIVA RESPONSABLE DEL PAGO INTEGRO DEL IMPORTE TOTAL A QUE ASCIENDEN LOS BIENES PACTADOS EN LA CLAUSULA TERCERA DEL PRESENTE CONTRATO.------------------
SEPTIMA.- EL PROVEEDOR” DECLARA: -------------------------------------------------------------------------------------------------
QUE ACREDITA LA EXISTENCIA DE SU REPRESENTADA, MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 146 DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 1998, OTORGADA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO 8 DEL ESTADO DE YUCATÁN, ABOGADO XXXX XXXXXXXX XXXXXX, INSCRITA BAJO EL NÚMERO 32156, PARTIDA PRIMERA, A FOLIOS 190, DEL TOMO 49, VOLUMEN B, DEL LIBRO PRIMERO DE COMERCIO DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL ESTADO DE YUCATÁN. -------------------------------------------------------------
NOVENA.- EL APODERADO LEGAL ACREDITA SU PERSONALIDAD CON EL TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA CITADA EN LA DECLARACION ANTERIOR Y MEDIANTE TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 562 DE FECHA 20 DE OCTUBRE DE 2005, OTORGADA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO 55 DEL ESTADO DE YUCATÁN, ABOGADO XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, INSCRITA BAJO EL FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO NÚMERO 8986, ID 1, ACTO M2, REGISTRO 1, DE FECHA 21 XX XXXXX DE 2006, EN LA CUAL SE REALIZA LA PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD DE FECHA 20 DE OCTUBRE DE 2005, ACORDÁNDOSE LA SUSTITUCIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN POR UN ADMINISTRADOR ÚNICO, EFECTUÁNDOSE EL NOMBRAMIENTO RESPECTIVO, QUEDANDO EN TODO SU VIGOR Y FUERZA EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD Y SUS REFORMAS, MANIFESTANDO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE DICHO NOMBRAMIENTO NO LE HA SIDO REVOCADO A LA PRESENTE FECHA. -----------------------------------------------------
NOVENA.- QUE SU DOMICILIO PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SERA EL UBICADO EN LA XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, XX. 0.0, XXXXXXX, XXXXXXX, X.X. 00000, CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: ASU-980225-CJ5.------------------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMA.- QUE CONOCE LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA “LEY DE GOBIERNO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE YUCATAN”, EN EL “REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX” Y EN EL PLIEGO DE REQUISITOS DE LA LICITACION PUBLICA No. DALB-9-ASFALTOS-02 QUE CUENTA CON LOS ELEMENTOS PROPIOS SUFICIENTES PARA RESPONDER DE LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DE ESTE CONTRATO.-------------------------------------------
C L A U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: ---------
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A VENDER Y ENTREGAR A “EL AYUNTAMIENTO” LOS BIENES QUE CONFORME AL FALLO DE LA LICITACIÓN PUBLICA No. DALB-9-ASFALTOS-02 SE LE ADJUDICO EL SUMINISTRO CONSISTENTE EN EL 40% DE LA PARTIDA 1:
PARTIDA |
CANTIDAD |
UNIDAD |
DESCRIPCIÓN |
PRECIO UNITARIO |
IMPORTE ANTES DE IVA |
1 |
1,090
|
METRO CUBICO |
CONCRETO ASFALTICO EN CALIENTE CON GRANULOMETRIA DE 3/8" A FINOS TIPO 3-A SEGÚN ESPECIFICACIÓN S.C.T Y CEMENTO ASFALTICO AC-20 O PG 64-22 CARACTERISTICA, ESPECIFICACIÓN, MATERIAL PÉTREO: 3/8" A 0", CEMENTO XX-00 X XX 00-00 ESTABILIDAD (Kgs.): 450 a 500, FLUJO ( mm): 2 a 4, VACIOS EN MEZCLA (%): 3 a 5, CONTENIDO DE ASFALTO (%): 7 a 8, VAClOS EN EL AGREGADO MINERAL (VAM) (%): 15 mínimo TEMPERATURA DE RECEPCIÓN DEL CONCRETO ASFALTICO EN LA OBRA: 130 a 145 °C. CARACTERISTICAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS AGREGADOS Y EL CONCRETO ASFALTICO SOLICITADO POR EL AYUNTAMIENTO EN LAS PRUEBAS DE LABORATORIO Y QUE DEBERÁN CONTEMPLAR CADA UNO DE LOS PUNTOS AQUÍ ESPECIFICADOS. A.CARACTERISTICAS DEL MATERIAL PÉTREO: MALLA Y % QUE PASA 3/8": 100 %, 1/4": 63 - 71%, No.4: 50 - 60%, No.10: 34 - 42%, No.20: 25 - 31%, No.40: 16 - 22%, No.60: 14 -16%, No.100: 6 -12%, No. 200: 2 - 7%, LA GRÁFICA DE COMPOSICIÓN GRANULOMÉTRICA DEBE ENCONTRARSE DENTRO DE ESTOS RANGOS: DESGASTE DE LOS ÁNGELES: 30 - 40 % MAX., EOUIVALENTE DE ARENA: 50 - 55 % MIN., VACÍOS EN EL AGREGADO MINERAL VAM.: 15% MIN, B. CONCRETO ASFÁLTICO: 1. PRUEBA DE ESTABILIDAD (XXXXXXXX) KGS.: 500 MIN, 2., FLUENCIA O FLUJO MM: 2 - 4.5 MAX., 3. VACIOS EN MEZCLA % : 3 - 5%, C. CEMENTO ASFÁLTICO AC 20 O PG 64-22 1. CONTENIDO DE ASFALTO ÓPTIMO SEGÚN PRUEBA XXXXXXXX, D. TEMPERATURA DE RECEPCIÓN DEL CONCRETO ASFÁLTICO DEBE SER DE130 - 145 °C. |
$ 1,602.00 |
$ 1,746,180.00 |
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|
SUB-TOTAL |
$ 1,746,180.00 |
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16% DE IVA |
$ 279,388.80 |
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TOTAL |
$ 2,025,568.80 |
SEGUNDA.- ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES.------------------------------------------------------------------------------------
LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, MISMOS A LOS QUE SE REFIERE LA CLAUSULA ANTERIOR, SE AJUSTARAN ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y PRECIOS PRESENTADOS POR “EL PROVEEDOR” EN SUS PROPUESTAS TECNICA Y ECONOMICA, RESPECTIVAMENTE, PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA No. DALB-9-ASFALTOS-02 MISMAS QUE SE TIENEN AQUI POR TEXTUALMENTE REPRODUCIDAS COMO SI SE INSERTARAN A LA LETRA, LAS CUALES FUERON ACEPTADAS POR “EL AYUNTAMIENTO” MEDIANTE LA ADJUDICACION POR LICITACIÓN A “EL PROVEEDOR”. ---------
TERCERA.- EL PRECIO TOTAL L.A.B. EN LA CIUDAD XX XXXXXX, YUCATAN, POR EL QUE SE PACTA LA COMPRAVENTA DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO LO CONSTITUYE LA CANTIDAD DE $ 2, 025,568.80 (SON: DOS MILLONES VEINTICINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 80/100 M.N.) I.V.A. INCLUIDO, EL CUAL SE REPERCUTIRA POR SEPARADO EN LA FACTURA RESPECTIVA QUE EXPIDA “EL PROVEEDOR” A FAVOR DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, YUCATAN.
EL PRECIO TOTAL NO PODRA SER INCREMENTADO POR “EL PROVEEDOR” BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CUARTA.- EL PRESENTE CONTRATO ES A BASE DE PRECIOS FIJOS. SOLO EN CASOS JUSTIFICADOS, CUANDO CON POSTERIORIDAD A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, SE PRESENTEN CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS DE TIPO GENERAL, COMO RESULTADO DE SITUACIONES SUPERVENIENTES AJENAS A LAS PARTES, QUE PROVOQUEN UN AUMENTO O REDUCCIÓN EN LOS PRECIOS DE LOS BIENES AÚN NO ENTREGADOS, EL AYUNTAMIENTO RECONOCERÁ EL INCREMENTO O REQUERIRÁ REDUCCIONES, SIEMPRE Y CUANDO EL INCREMENTO O REDUCCIÓN EN EL PRECIO DE LOS INSUMOS TENGA UN IMPACTO EN EL PRECIO TOTAL DEL PRODUCTO DEL 5%, EN ESTOS CASOS EL PROVEEDOR PODRÁ SOLICITAR EL INCREMENTO DE PRECIO A LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, QUIEN SERÁ LA RESPONSABLE DE ANALIZAR Y DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD DE ACUERDO A LA SIGUIENTE FORMULA ESCALATORIA DE ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS:
FORMULA ESCALATORIA PARA ACTUALIZACION DE TARIFAS
Ti = Fax To
Donde: Ti = Tarifa para el período a actualizar
Fa = Factor de Actualización
To = Tarifa del período anterior autorizado
Ai Ci Ei Mi
Fa = (0.75) ____ + (0.10) ______+ (0.10) _______+ (0.05) ______
Ao Co Eo Mo
Ai = Índice Nacional de precios productor. Índices de precios genéricos para producción total, 3241 Asfalto y mezclas
asfálticas para el período i
Ao = Índice Nacional de precios productor. Índices de precios genéricos para producción total, 3241 Asfalto y mezclas
asfálticas para el período o
Ci = Índice Nacional de precios productor. Índices de precios genéricos para producción total, 3237 Diesel para el período
i
Co = Índice Nacional de precios productor. Índices de precios genéricos para producción total, 3237 Diesel para el
período o
Ei = Índice Nacional de precios productor. Índices de precios genéricos para producción total, 3087, Electricidad industrial
en media tensión para el período i
Eo = Índice Nacional de precios productor. Índices de precios genéricos para producción total, 3087, Electricidad
industrial en media tensión para el período o
Mi = Unidad de medida y Actualización (UMA) para el período i
Mo= Unidad de medida y Actualización (UMA) para el período o
QUINTA.- FORMA DE PAGO: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
“EL AYUNTAMIENTO” PAGARA EL IMPORTE TOTAL ADJUDICADO I.V.A. INCLUIDO EN MONEDA NACIONAL A “EL PROVEEDOR”, A LOS VEINTE DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DE ENTREGA DE LOS BIENES, PARA LO CUAL “EL PROVEEDOR” DEBERÁ ENTREGAR EN LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, LA FACTURA Y ORDEN DE COMPRA CORRESPONDIENTE Y CUANDO ASI PROCEDA REMISIÓN DE ENTREGA.
PARA EFECTOS DE PAGO “EL PROVEEDOR” DEBE HABER ENTREGADO A SATISFACCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, LA TOTALIDAD DE LOS BIENES REQUERIDOS, HABER CUMPLIDO CON TODOS Y CADA UNO DE LOS REQUERIMIENTOS SOLICITADOS EN LAS BASES Y EN EL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO LOS OFERTADOS EN SU PROPUESTA Y HAYA CONSTITUIDO A FAVOR DEL MUNICIPIO XX XXXXXX YUCATAN, LA GARANTIA A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA DECIMA SEGUNDA DEL PRESENTE CONTRATO.
LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO NO PODRÁN CEDERSE EN FORMA PARCIAL NI TOTAL A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO SE DEBERÁ CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN.
EL PAGO DE LOS BIENES, QUEDARÁ CONDICIONADO AL PAGO QUE “EL PROVEEDOR” DEBA EFECTUAR POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN CASO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO SE APLICARÁN LAS SANCIONES QUE CORRESPONDAN. -------------------------------------------------------
SEXTA.- PLAZO DE ENTREGA.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------EL SUMINISTRO DE LOS BIENES DEBERÁ EFECTUARSE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DE FALLO ESTABLECIENDOSE COMO PLAZO MÁXIMO PARA LA ENTREGA TOTAL DE LOS MISMOS EL DIA 08 DE SEPTIEMBRE DE 2019.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, SE RESERVA EL DERECHO DE DEVOLVER AL PROVEEDOR, LOS BIENES QUE NO CUMPLAN CON LAS ESPECIFICACIONES Y GARANTÍAS ORIGINALMENTE CONVENIDAS, POR LO QUE “EL PROVEEDOR”, DEBE REPONER DICHOS BIENES, SIN QUE LA SUSTITUCIÓN IMPLIQUE SU MODIFICACIÓN.-------------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA.- “EL AYUNTAMIENTO” NO OTORGARÁ ANTICIPO ALGUNO.--------------------------------------------------------
OCTAVA.- POR CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR O POR CAUSAS ATRIBUIBLES A “EL AYUNTAMIENTO” O A LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SE PODRÁN MODIFICAR LOS CONTRATOS A EFECTO DE PRORROGAR LA FECHA O PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES, EN ESTE SUPUESTO DEBERÁ FORMALIZARSE EL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO, NO PROCEDIENDO LA APLICACIÓN XX XXXXX CONVENCIONALES POR ATRASO. TRATÁNDOSE DE CAUSAS IMPUTABLES A “EL AYUNTAMIENTO” O A LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, NO SE REQUERIRÁ DE LA SOLICITUD DEL PROVEEDOR.
LOS PROVEEDORES PODRÁN SOLICITAR LA PRÓRROGA DE LA FECHA O PLAZO DE LA ENTREGA DE LOS BIENES, ASÍ COMO AL PLAZO DE ENTREGA DE LA GARANTIA, JUSTIFICANDO LAS RAZONES ANTE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, LA CUAL A SU VEZ DEBERÁ NOTIFICAR AL PROVEEDOR Y A “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, LA PROCEDENCIA O NO DE LA SOLICITUD REALIZADA.
EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO OBTENGA LA PRÓRROGA DE REFERENCIA, POR SER CAUSA IMPUTABLE A ÉSTE EL ATRASO, SE HARÁ ACREEDOR A LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES.
NOVENA.- PENAS CONVENCIONALES.- LAS PENAS CONVENCIONALES A CARGO DE “EL PROVEEDOR” POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA FECHA PACTADA DE ENTREGA, “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ESTABLECE LO SIGUIENTE:
I.- “EL PROVEEDOR” PAGARÁ A “EL AYUNTAMIENTO” POR CONCEPTO XX XXXX CONVENCIONAL, EL 1% MÁS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EN FUNCIÓN DEL MONTO DE LAS PARTIDAS INCUMPLIDAS EN RELACIÓN AL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, POR CADA DÍA DE ATRASO O INCUMPLIMIENTO IMPUTABLE A “EL PROVEEDOR”.
II.- PARA EL CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” SE DESISTA DEL TOTAL DE LA PARTIDA ADJUDICADA, “EL PROVEEDOR” PAGARÁ A “EL AYUNTAMIENTO” POR CONCEPTO XX XXXX CONVENCIONAL, EL 5% SOBRE EL IMPORTE TOTAL DE LA PARTIDA QUE SE DESISTE INCLUIDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
III.- EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES, POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL PROVEEDOR”, LAS PENAS CONVENCIONALES SE SEGUIRÁN CONTABILIZANDO HASTA LA FECHA EN LA QUE “EL PROVEEDOR” PROPORCIONE LOS BIENES ADJUDICADOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO.
“EL AYUNTAMIENTO” A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX CALCULARÁ, NOTIFICARÁ Y EJECUTARÁ LAS PENAS CONVENCIONALES A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES ANTERIORES, SALVO EL CASO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, EN ESE SUPUESTO SERÁN APLICADAS POR LA UNIDAD DE CONTRALORÍA.
EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA EL CÁLCULO, NOTIFICACIÓN Y PAGO DE SANCIONES ES:
LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX DEBERÁ ESTAR AL PENDIENTE EN TIEMPO Y FORMA DEL ADECUADO SUMINISTRO DE LOS BIENES EN CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES DERIVADAS DE LA LICITACIÓN.
LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX REALIZARÁ EL CALCULO Y NOTIFICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES A “EL PROVEEDOR”.
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL PROVEEDOR” EN EL PAGO DE LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE SE HIZO ACREEDOR, “EL AYUNTAMIENTO” A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, PROCEDERÁ A LA EJECUCIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES.--------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA. - LUGAR DE ENTREGA. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------
EL AYUNTAMIENTO PASARÁ A RECOGER LOS MATERIALES, EN LA PLANTA DE LA EMPRESA ADJUDICADA, EN HORARIO DE 05:00 A 07:00 HORAS DE LUNES A SÁBADO, Y DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN LA CLÁUSULA SEXTA DEL PRESENTE CONTRATO ----------------------------------------------------------------------
DECIMA PRIMERA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, “EL PROVEEDOR” Y “EL AYUNTAMIENTO” DEBERÁN FIRMAR EL CONTRATO RESPECTIVO DENTRO DE UN TÉRMINO NO MAYOR DE QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A AQUEL EN QUE SE NOTIFIQUE EL FALLO O DE QUE EL POSTOR GANADOR TENGA NOTICIA DEL MISMO. SIENDO RESPONSABILIDAD DEL INTERESADO EL APERSONARSE EN EL DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS INTERNOS DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, UBICADO EN LA CALLE 62 NÚMERO 489 DEPARTAMENTO NÚMERO 220 EDIFICIO CONDESA CRUZAMIENTOS CON XXX XXXXXX 00 X 00 XXXXXX XX XXXX XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXXX EN HORARIO DE 08:00 A 15:00 HORAS DE LUNES A VIERNES, A EFECTO DE FORMALIZAR EL CONTRATO.
SI “EL PROVEEDOR” NO FIRMA O FORMALIZA EL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL MISMO, DENTRO DEL PLAZO A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, “EL AYUNTAMIENTO” HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE FORMALIDAD DE PROPUESTA QUE HUBIERE OTORGADO; EN ESTE CASO BASTARÁ SIMPLE COMUNICADO AL POSTOR GANADOR SOBRE EL VENCIMIENTO DE SU PLAZO Y LA PÉRDIDA DE SU GARANTIA Y SE PROCEDERA SIN NECESIDAD DE UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN, A ADJUDICAR EL CONTRATO AL PARTICIPANTE QUE HAYA PRESENTADO LA SIGUIENTE PROPOSICIÓN SOLVENTE MÁS BAJA Y ASI SUCESIVAMENTE, HASTA SER ADJUDICADO, SIEMPRE Y CUANDO LA DIFERENCIA EN PRECIO CON LA PROPUESTA INICIALMENTE GANADORA NO SEA SUPERIOR AL 10%.
EN EL CASO DE QUE “EL AYUNTAMIENTO” NO FIRME EL CONTRATO, “EL PROVEEDOR” TENDRA DERECHO, PREVIA SOLICITUD ESCRITA, A QUE LE SEAN CUBIERTOS LOS GASTOS QUE PODRÁN SER RECUPERABLES, Y QUE SE RELACIONEN CON LA LICITACIÓN PÚBLICA DE LA CUAL SE DERIVA ESTE CONTRATO.
LOS GASTOS QUE PODRÁN SER RECUPERABLES, SE LIMITARÁ A LOS SIGUIENTES CONCEPTOS, MISMOS QUE DEBERÁN SER COMPROBADOS DOCUMENTALMENTE:
COSTO DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN
LA SOLICITUD PARA LA DEVOLUCIÓN DE LOS GASTOS QUE PODRÁN SER RECUPERABLES DEBIDAMENTE COMPROBADOS, DEBERÁ REALIZARLA EL PROVEEDOR ADJUDICADO EN UN TÉRMINO NO MAYOR A DIEZ DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN DE “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE QUE “EL AYUNTAMIENTO” NO FIRMARÁ EL CONTRATO CORRESPONDIENTE O CANCELE LA ADJUDICACIÓN.
“EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN REEMBOLSARÁ AL PROVEEDOR ADJUDICADO LOS GASTOS QUE PODRÁN SER RECUPERABLES DEBIDAMENTE COMPROBADOS, EN UN TÉRMINO NO MAYOR A CUARENTA Y CINCO DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE DICHO REEMBOLSO. -------------------------------------------------------------------
DÉCIMA SEGUNDA.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.--------------------------------------------------------
EL PROVEEDOR” ESTÁ OBLIGADO A ENTREGAR A “EL AYUNTAMIENTO” A TRAVÉS DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS INTERNOS DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, UBICADO EN LA CALLE 62 NÚMERO 489 DEPTO. NÚMERO 220 EDIFICIO CONDESA CRUZAMIENTO CON XXX XXXXXX 00 X 00 XXXXXX XX XXXX XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXXX, EN UN PLAZO NO MAYOR DE QUINCE DÍAS HABILES CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA FIRMA DEL CONTRATO, UN CHEQUE FIRMADO, CRUZADO O CON SELLO PARA “XXXXX XX XXXXXX XXX XXXXXXXXXXXX” X XXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX A CARGO DE UNA INSTITUCIÓN BANCARIA AUTORIZADA PARA OPERAR EN EL PAÍS, Y PREFERENTEMENTE CON SUCURSAL EN ÉSTA CIUDAD XX XXXXXX, YUCATÁN, POR UN IMPORTE IGUAL O SUPERIOR AL DIEZ POR CIENTO DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO SIN CONSIDERAR IMPUESTOS, CON UNA VIGENCIA MÍNIMA DE SEIS MESES CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y QUE SERVIRÁ PARA GARANTIZAR TANTO EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL MISMO, CALIDAD DE LOS BIENES, DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS, ESTA GARANTÍA ESTARÁ A DISPOSICIÓN DE LA DIRECCIÓN DE FINANZAS Y TESORERIA MUNICIPAL POR UN PERIODO MÍNIMO DE SEIS MESES .-----------------------------------------------------
TRANSCURRIDO EL PLAZO SEÑALADO EN EL PRIMER PARRAFO Y NO HABIENDO CUMPLIDO “EL PROVEEDOR” CON LA ENTREGA DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO CORRESPONDIENTE, “EL AYUNTAMIENTO” HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE FORMALIDAD DE PROPUESTA QUE HUBIERE OTORGADO; EN ESTE CASO BASTARÁ SIMPLE COMUNICADO AL POSTOR GANADOR SOBRE EL VENCIMIENTO DE SU PLAZO Y LA PÉRDIDA DE SU GARANTIA Y SE PROCEDERA SIN NECESIDAD DE UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN, A ADJUDICAR EL CONTRATO AL PARTICIPANTE QUE HAYA PRESENTADO LA SIGUIENTE PROPOSICIÓN SOLVENTE MÁS BAJA Y ASI SUCESIVAMENTE, HASTA SER ADJUDICADO, SIEMPRE Y CUANDO LA DIFERENCIA EN PRECIO CON LA PROPUESTA INICIALMENTE GANADORA NO SEA SUPERIOR AL 10%.
UNA VEZ CONCLUIDA LA VIGENCIA ESTABLECIDA PARA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y HABIENDO “EL PROVEEDOR” CUMPLIDO CON LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO, ÉSTE PODRÁ SOLICITAR POR ESCRITO, A “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, LA LIBERACIÓN DE LA MISMA. -----------------------------------------------------------------------------------
DECIMA TERCERA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.- DENTRO DEL PRESUPUESTO APROBADO Y DISPONIBLE DE LAS DIVERSAS ÁREAS DEL AYUNTAMIENTO, SE PODRÁ ACORDAR EL INCREMENTO O DECREMENTO EN LA CANTIDAD DE LOS BIENES, O BIEN, LLEVAR A CABO LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA ADJUDICACIÓN CORRESPONDIENTE, EN CUALQUIER TIEMPO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO SUSCRITO, MEDIANTE CONVENIOS DE MODIFICACIÓN, SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LOS BIENES O EL PLAZO DE VIGENCIA DE ÉSTE NO REBASE, EN CASO DE INCREMENTOS, EL VEINTICINCO POR CIENTO DEL MONTO TOTAL O EL PLAZO ORIGINAL ESTABLECIDO, RESPECTIVAMENTE, Y EL PRECIO DE LOS BIENES, SEA IGUAL AL PACTADO INICIALMENTE.
TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN LOS QUE SE INCLUYAN BIENES DE DIFERENTES CARACTERÍSTICAS, EL PORCENTAJE SE APLICARÁ PARA CADA PARTIDA DE LOS BIENES DE QUE SE TRATE.
CUANDO “EL PROVEEDOR” DEMUESTRE LA EXISTENCIA DE CAUSAS JUSTIFICADAS QUE LE IMPIDAN CUMPLIR CON LA ENTREGA DE LOS BIENES ADJUDICADOS, “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PODRÁ MODIFICAR EL CONTRATO RESPECTIVO MEDIANTE LA CANCELACIÓN DE LA PARTIDA ADJUDICADA O PARTE DE LAS CANTIDADES ORIGINALMENTE ESTIPULADAS.
PARA EL CASO DE INCREMENTO, DECREMENTO O AMPLIACIÓN DE LA CANTIDAD DE BIENES ORIGINALMENTE CONTRATADOS, “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN NOTIFICARÁ POR ESCRITO DICHA SITUACIÓN A “EL PROVEEDOR”; EL CUAL DEBERÁ MANIFESTAR LA ACEPTACIÓN O RECHAZO AL INCREMENTO, DECREMENTO O AMPLIACIÓN NOTIFICADA, EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR MANIFIESTE SU ACEPTACIÓN, SE PROCEDERÁ A CELEBRAR EL CONVENIO DE MODIFICACIÓN CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE FORMALIZAR DICHO INCREMENTO, DECREMENTO O AMPLIACIÓN.
EL CONVENIO DE MODIFICACIÓN A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, DEBERÁ SUSCRIBIRSE POR “EL PROVEEDOR” Y POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE LO HAYAN HECHO EN EL CONTRATO O QUIEN LO SUSTITUYA O ESTÉ FACULTADO PARA ELLO.
DERIVADO DEL CONVENIO DE MODIFICACIÓN QUE SE FORMALICE POR INCREMENTO, DECREMENTO O AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA O CANTIDAD DE BIENES ORIGINALMENTE CONTRATADOS, “EL PROVEEDOR” ESTARÁ OBLIGADO A ENTREGAR A “EL AYUNTAMIENTO” A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS INTERNOS DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, LA MODIFICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RESPECTIVA. LA ENTREGA DE DICHA GARANTÍA NO DEBERÁ EXCEDER DE QUINCE DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONVENIO DE AMPLIACIÓN.
“EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SE ABSTENDRÁ DE HACER MODIFICACIONES QUE SE REFIERAN A PRECIOS, ANTICIPOS, PAGOS PROGRESIVOS, ESPECIFICACIONES Y, EN GENERAL, CUALQUIER CAMBIO QUE IMPLIQUE OTORGAR CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS A UN PROVEEDOR COMPARADAS CON LAS ESTABLECIDAS ORIGINALMENTE. -------------------------------------------------
DECIMA CUARTA. - GARANTIA ADICIONAL.- “EL PROVEEDOR” MANIFIESTA QUE LA PLANTA EN LA CUAL SE RECOGERÁ EL CONCRETO ASFÁLTICO, NO SE ENCUENTRA UBICADA A UNA DISTANCIA XXXXX X XXX 00 XXXXXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXXXXXX; ASIMISMO SE COMPROMETE A ENTREGAR A LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX EN UN PLAZO MAXIMO DE 8 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FECHA DE FALLO DE LA LICITACION, EL RESULTADO DE LAS PRUEBAS DE CALIDAD DEL CONCRETO (CONTENIDO DE ASFALTO Y CURVAS GRANULOMÉTRICAS), Y EMULSIÓN (CONTENIDO DE ASFALTO) CON UNA ANTIGÜEDAD DE 10 MESES COMO MÁXIMO.--------------------------------------------------------
DECIMA QUINTA.- RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.------------------------------------------------------------
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 70 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PREVIO REQUERIMIENTO DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX PODRÁ EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO CUANDO “EL PROVEEDOR” INCURRA EN INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRAIDAS EN LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO, SI ES “EL PROVEEDOR” QUIEN DECIDE RESCINDIR EL CONTRATO, SERÁ NECESARIO ACUDA ANTE LA AUTORIDAD QUE CORRESPONDA Y OBTENGA LA DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE.
SI PREVIAMENTE A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, SE HICIERE ENTREGA DE LOS BIENES, EL PROCEDIMIENTO INICIADO QUEDARÁ SIN EFECTO, PREVIA ACEPTACIÓN Y VERIFICACIÓN QUE “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN REALICE CON LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS, APLICANDO, EN SU CASO, LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES.
“EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PODRÁ DETERMINAR NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, CUANDO DURANTE EL PROCEDIMIENTO ADVIERTA QUE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO PUDIERA OCASIONAR ALGÚN DAÑO O AFECTACIÓN A LAS FUNCIONES QUE TIENE ENCOMENDADAS EL AYUNTAMIENTO. EN ESTE SUPUESTO, DEBERÁ ELABORAR UN DICTAMEN EN EL CUAL JUSTIFIQUE QUE LOS IMPACTOS ECONÓMICOS O DE OPERACIÓN QUE SE OCASIONARÍAN CON LA RESCISIÓN DEL CONTRATO, RESULTARÍAN MÁS INCONVENIENTES.
EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” NO ENTREGUE LA GARANTÍA DE CUMPLIMENTO CORRESPONDIENTE, SERÁ MOTIVO SUFICIENTE PARA RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, CON MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO DE DICHA OBLIGACIÓN, PARA LA CUAL LE SERÁ COBRADO A “EL PROVEEDOR” LA GARANTÍA DE FORMALIDAD PRESENTADA EN LA LICITACIÓN PUBLICA No. DALB-9-ASFALTOS-02.
AL NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN CONJUNTAMENTE CON LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX ESTABLECERÁN CON “EL PROVEEDOR” OTRO PLAZO, QUE LE PERMITA SUBSANAR EL INCUMPLIMIENTO QUE HUBIERE MOTIVADO EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO; ASÍ MISMO, DEBERÁ OBSERVAR LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX EN LO RELATIVO AL PAGO XX XXXXX CONVENCIONALES. EL CONVENIO MODIFICATORIO QUE AL EFECTO SE CELEBRE DEBERÁ ATENDER A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL SEÑALADO REGLAMENTO.
DE IGUAL FORMA, “EL AYUNTAMIENTO” A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, PODRÁ EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO CUANDO OCURRA CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
A) CAUSAS DE INTERÉS GENERAL O POR INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL PROVEEDOR” A LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL CONTRATO QUE PARA TAL EFECTO SE CELEBRE, O EN SU PROPUESTA.
B) LA CONTRAVENCIÓN POR PARTE DE “EL PROVEEDOR” DE LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS, BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE GOBIERNO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE YUCATÁN, EL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX Y DEMÁS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIA
C) POR RESOLUCIÓN FIRME DICTADA POR AUTORIDAD COMPETENTE EN LA QUE SE DICTAMINE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PATRONALES A CARGO DE “EL PROVEEDOR.
D) EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR” QUE SE ESTIPULEN EN EL CONTRATO DA DERECHO AL AYUNTAMIENTO A LA RESCISIÓN INMEDIATA, ADEMÁS DE QUE SE LE APLIQUEN A “EL PROVEEDOR” LAS PENAS CONVENCIONALES CONFORME A LO QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO, SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA OTORGADA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMA SEXTA.- PROCEDIMIENTO PARA LA RESCISIÓN DEL CONTRATO.- “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PODRÁ EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO, LA CUAL SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD AL PROCEDIMIENTO SIGUIENTE:
I.- LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, LE REQUERIRÁ A “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, INICIE EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO, QUIEN COMUNICARÁ POR ESCRITO AL PROVEEDOR EL INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE CINCO DÍAS HÁBILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES;
II.- TRANSCURRIDO EL TÉRMINO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN ANTERIOR, “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN CONTARÁ CON UN PLAZO DE QUINCE DÍAS HÁBILES PARA RESOLVER, CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS HECHAS VALER POR EL PROVEEDOR. LA DETERMINACIÓN DE DAR O NO POR RESCINDIDO EL CONTRATO DEBERÁ SER DEBIDAMENTE FUNDADA, MOTIVADA Y COMUNICADA AL PROVEEDOR DENTRO DICHO PLAZO, Y
III.- CUANDO SE RESCINDA EL CONTRATO “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FORMULARÁ EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE SE HAYAN EFECTUADO A FAVOR DEL PROVEEDOR, LOS PAGOS QUE DEBAN EFECTUARSE POR CONCEPTO DE LOS BIENES RECIBIDOS O LOS SERVICIOS PRESTADOS HASTA EL MOMENTO DE RESCISIÓN, ASÍ COMO LOS IMPORTES DE LAS PENAS CONVENCIONALES QUE SE HAYAN NOTIFICADO.
EL FINIQUITO FINAL DEBERÁ SER FIRMADO POR EL TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, “EL PROVEEDOR” Y LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”. LA FALTA DE FIRMA DE “EL PROVEEDOR” NO INVALIDARÁ DICHO FINIQUITO ---------------------------------------------------------------
DECIMA SÉPTIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA--------------------------------------------------------------------------------------“EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES ORIGINALMENTE CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO A “EL AYUNTAMIENTO”.
LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX SUSTENTARÁ ESTA SITUACIÓN MEDIANTE LAS DOCUMENTALES QUE CORRESPONDAN, PRECISANDO LAS RAZONES O LAS CAUSAS JUSTIFICADAS QUE DEN ORIGEN A LA MISMA, PROCEDIENDO “EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN A ELABORAR EL DOCUMENTO QUE CORRESPONDA.
“EL AYUNTAMIENTO” POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN NOTIFICARÁ POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR” DE DICHA SITUACIÓN PARA LOS FINES LEGALES QUE CORRESPONDAN Y PROCEDERÁ EN SU CASO, A CELEBRAR EL CONVENIO MODIFICATORIO.
DÉCIMA OCTAVA.- SUSPENSION DE LA ENTREGA.-CUANDO EN LA ENTREGA DE BIENES, SE PRESENTE CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR, LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX BAJO SU RESPONSABILIDAD Y MEDIANTE PETICIÓN ESCRITA PODRÁ REQUERIR A LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN LA SUSPENSIÓN EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES, EN CUYO CASO ÚNICAMENTE SE PAGARÁN AQUÉLLOS QUE HUBIESEN SIDO EFECTIVAMENTE PROPORCIONADOS.
EN ESTE CASO, SE PACTARÁ POR LAS PARTES EL PLAZO DE SUSPENSIÓN, A CUYO TÉRMINO PODRÁ DARSE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. --------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA NOVENA.- SUPERVISION DE LOS BIENES.- “EL AYUNTAMIENTO” A TRAVES DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX ESTARA FACULTADA PARA SUPERVISAR EN TODO TIEMPO QUE LOS BIENES CONTRATADOS, CUMPLAN CON LA CALIDAD, ESPECIFICACIONES O CARACTERISTICAS TÉCNICAS OFERTADAS POR “EL PROVEEDOR”.---------------------------------------------------------
VIGÉSIMA.- JURISDICCION Y COMPETENCIA. ---------
PARA TODO LO RELATIVO A LA INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES CONTRATANTES SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LA JURISDICCION Y COMPETENCIA DE LOS JUECES Y TRIBUNALES DEL FUERO DE LA CIUDAD XX XXXXXX, YUCATAN, RENUNCIANDO EXPRESAMENTE A CUALQUIER OTRO FUERO A QUE PUDIERAN TENER DERECHO, POR RAZON DE SU DOMICILIO, VECINDAD O POR CUALQUIER OTRA CAUSA PRESENTE O FUTURA.------------------------------------------------------------------------
VIGÉSIMA PRIMERA.- LAS PARTES CONTRATANTES MANIFIESTAN ESTAR DE ACUERDO Y CONFORMES CON LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE CONTRATO Y SE OBLIGAN A CUMPLIRLO BIEN Y FIELMENTE.--------
VIGÉSIMA SEGUNDA.- PARA LOS CASOS NO PREVISTOS EN ESTE CONTRATO, SE SOMETEN A LA APLICACION DE LO DISPUESTO EN LA “LEY DE GOBIERNO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE YUCATAN”, AL “REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX”, A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL PLIEGO DE REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PUBLICA No. DALB-9-ASFALTOS-02 Y A LO DISPUESTO EN EL “CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE YUCATAN”.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
EL PRESENTE CONTRATO SE FIRMA EN LA CIUDAD XX XXXXXX, YUCATÁN, A LOS 13 DIAS DEL MES XX XXXX DE DOS MIL DIECINUEVE. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------
POR “EL AYUNTAMIENTO”
LIC. EN DERECHO XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
PRESIDENTE MUNICIPAL
LIC. EN DERECHO XXXXXXXXX XXXX XXX XXXXXX
SECRETARIO MUNICIPAL
L.A. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, MTRO.
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
POR “EL PROVEEDOR”
“ASFALTERA DEL SURESTE”, S.A. DE C.V.
C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX
APODERADO LEGAL.
ESTA HOJA FORMA PARTE DEL CONTRATO DALB-9-ASFALTOS-02-02, CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO XX XXXXXX, YUCATÁN Y LA PERSONA MORAL DENOMINADA “ASFALTERA DEL SURESTE”, S.A. DE C.V., EN FECHA 13 XX XXXX DE DOS MIL DIECINUEVE. -----------------------------------
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