SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS
Xx xxx Xxxxx X. Xxxxx Xxxxxxxx (1 de 1) Jefe Sección Contratación
Fecha Firma: 04/04/2017
HASH: 307f4b4d78978a56f9bd6bd8996375c8
X X X X X X X X X X X X X X O PROCEDIMIENTO ABIERTO RD LEGISLATIVO 3/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2011 POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO |
Boletín Oficial del Estado Núm. 276 16/11/2011 |
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SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS
Expte. nº 421/2017
P L I E G O D E C L Á U S U L A S A D M I N I S T R AT I VA S PA R T I C U L A R E S
D I P U T A C I O N P R O V I N C I A L D E Z A R A G O Z A
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | Presidente | |
SERVICIO | PATRIMONIO e INVENTARIO | |
OBJETO DEL CONTRATO: “SEGUROS PRIVADOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX , durante el período de dos años, prorrogable dos años más”. Distribuido en dos lotes: - Lote 1: - A) Póliza de seguro de vida a favor del colectivo: - 1.- El personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx y del Organismo autónomo Institución Xxxxxxxx el Católico, (o cualesquiera que se creen en el futuro), tales como personal de alta dirección, funcionarios, laborales, personal eventual y bomberos voluntarios. - 2.- Los Sres. Diputados de la DPZ, siempre que presten su servicio en régimen de dedicación exclusiva o parcial. - B) Póliza de seguro de accidentes a favor del colectivo: - 1.- El personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx y del Organismo autónomo Institución Xxxxxxxx el Católico, tales como personal de alta dirección, funcionarios, laborales, personal eventual y bomberos voluntarios. - 2.- Los Sres. Diputados de la DPZ, siempre que presten su servicio en régimen de dedicación exclusiva o parcial. - Lote 2: - A ) Póliza de daños Materiales. - B) Póliza de Responsabilidad Civil. - C) Póliza de circulación xx xxxxx de vehículos | ||
Nomenclatura CPA : 65.12.49 “seguros daños” 65.12.5 “seguros responsabilidad civil” 65.12.2 “seguros automóviles” | Nomenclatura CPV : - 66515000-3 “otros seguros daños” - 66516000-0 “seguros responsabilidad civil” - 66514110-0 “seguros vehículos motor” |
Perfil del Contratante: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx
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PROCEDIMIENTO ADJUDICACIÓN | Abierto |
TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE | Tramitación ordinaria Tramitación urgente Anticipada |
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | Único criterio: Precio Varios criterios |
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA | SI NO |
PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN POR XXXXX PARA LOS DOS AÑOS DE DURACIÓN INICIAL DEL CONTRATO
No se aplica el IVA.
(Cifra) | ||
Sin IVA 1 año de contrato Lote 1: Vida y accidentes: A) Póliza de Seguro de vida: 126.000 euros B) Póliza de Seguro de accidentes: 6.925 euros Lote 2: Daños materiales, Responsabilidad Civil y Flota de vehículos A) Daños materiales: 66.000 euros B) Responsabilidad Civil: 145.000 euros C ) Flota de vehículos: 111.000 euros | Total 2 años de contrato: Lote 1: 265.850,00 euros A) Seguro de vida. 252.000 euros B ) Póliza de Seguro de accidentes. 13.850 euros Lote 2: 644.000 euros Daños materiales: 132.000 euros Responsabilidad Civil: 290.000 euros Flota de vehículos: 222.000 euros | |
(Letra) | ||
IVA: no aplicable | ||
TOTAL: 909.850 euros | Novecientos nueve mil ochocientos cincuenta euros |
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VALOR ESTIMADO: (dos años de duración inicial del contrato más dos años de posible prórroga más modificaciones previstas)
(Cifra) | ||
1.819.700 euros | IVA: no aplicable | Total: 1.819.70 euros |
RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN
EJERCICIO | Presupuesto de licitación | Aplicación Presupuestaria | Retención de crédito |
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2017 | LOTE I. - Póliza de Seguro de vida funcionarios : 122.000 euros - Póliza de Seguro de vida Sres. Diputados: 4.000 | 16200/92000/1620500 16200/912000/1620500 | R.C. nº22017001888 Rc. nº 22017001890 R.C.nº 22017001888 Rc. nº 22017001890 |
Póliza de Seguro de accidentes funcionarios: 6.700 Póliza de seguro de accidentes Sres. Diputados: 225 euros | 16200/92000/1620500 16200/912000/1620500 | ||
LOTE II. - Póliza de daños materiales: 66.000,00 euros - Póliza de Responsabilidad Civil: 145.000 euros - Póliza xx Xxxxx de Vehículos: 111.000 euros | 16200/92000/2240000 | R.C.nº22017001919 R.C.nº 22017002578 | |
2018 | LOTE I. - Póliza de Seguro de vida funcionarios : 122.000 euros | Con cargo a las aplicaciones presupuestarias que al efecto se habiliten en el Presupuesto Provincial | |
- Póliza de Seguro de vida Sres. Diputados: 4.000 | |||
Póliza de Seguro de accidentes funcionarios: 6.700 | |||
Póliza de seguro de accidentes Sres. Diputados: 225 euros | |||
LOTE II. - Póliza de daños materiales: 66.000,00 euros - Póliza de Responsabilidad Civil: 145.000 euros - Póliza flota de vehículos: 111.000 euros |
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3
909.850 euros |
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DURACIÓN - VIGENCIA DEL CONTRATO
DOS AÑOS (con posibilidad de prórroga por dos años más)
Duración inicial del contrato
CONSTITUCIÓN DE GARANTIA
Garantías 9.2.1.1 a) Acreditación por medios electrónicos, informáticos o telemáticos | NO |
Garantía Definitiva: | Si euros (5% del importe de adjudicación) |
Garantía Complementaria: | Si No |
REVISIÓN DE PRECIOS
Revisión de precios | Si No |
Fórmulas polinómicas de revisión de precios: | Si No |
PUBLICIDAD
Gastos de Publicidad : | Si No |
PLAZO DE GARANTÍA
Plazo de Garantía : | no |
SUBCONTRATACIÓN
Subcontratación | Si No |
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
CRITERIOS : |
CRITERIOS LOTE I: |
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1º) Prima total, 60% de la valoración global para cada ramo, según lo siguiente:
Se otorgarán 5 puntos por cada 1% de reducción del tipo máximo de licitación, con el máximo de 60 puntos.
2º) Mejora de coberturas: 34%, de la valoración global, según lo siguiente:
mejora en el % de participación de beneficios respecto xxx xxxx de seguro que se pretende contratar, establecido en Pliego según lo siguiente:
- vida: 50%
- accidentes: 15 %
Distribución de puntos vida: hasta 10 puntos, otorgándose 1 punto por cada 1 % de mejora Distribución de puntos accidentes: hasta 10 puntos, otorgándose 1 punto por cada 1 % de mejora
mejora en los gastos de administración respecto de la participación en beneficios contemplada en este Pliego establecida según lo siguiente:
- vida: 15%
- accidentes: 15 %
- Distribución de puntos vida: hasta 7 puntos, otorgándose 1 punto por cada
0,5% de reducción
- Distribución de puntos accidentes: hasta 7 puntos, otorgándose 1 punto por cada 0,5 % de reducción
3º) Otras mejoras, 6% de la valoración global, según lo siguiente:
- Mejora de capitales póliza de vida en 40.000 euros… 1,50 puntos
- Mejora de capitales póliza de accidentes en 40.000 euros… 1,50 puntos
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- Suministro de silla de ruedas en caso de Incapacidad Permanente Absoluta o gran invalidez 1,00 puntos
- Abono en caso de fallecimiento del beneficiario y su cónyuge en un mismo accidente a favor de los hijos menores o incapacitados de un capital adicional de 5.000
euros… 1,00 puntos
- En caso de gran invalidez deriva de siniestro cubierto en póliza, un capital adicional de 5.000 euros… 1,00 puntos
CRITERIOS LOTE II :
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso para los xxxxx xx xxxxx materiales, responsabilidad civil y flota de vehículos serán los siguientes:
1º) Prima total, 60% de la valoración global para cada ramo, según lo siguiente:
Se otorgarán 5 puntos por cada 1% de reducción del tipo máximo de licitación, con el máximo de 60 puntos.
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2º) Mejora de coberturas para los xxxxx xx Xxxxx Materiales, Responsabilidad Civil y Circulación xx Xxxxx:
2.1) Xxxxx xx Xxxxx Materiales y Responsabilidad Civil:
- Mejora de coberturas: 35%, de la valoración global, según lo siguiente:
A) en franquicias, máximo 15 puntos, según lo siguiente:
1.- reducción total de las establecidas en cada ramo, 8 puntos
2.- reducción del 50% de las establecidas en cada ramo, 5 puntos 3.- reducción del 20% de las establecidas en cada ramo, 2 puntos
B) participación en beneficios, máximo 15 puntos:
- mejora en el % de participación de beneficios respecto de los xxxxx de seguros que se pretende contratar, hasta 10 puntos (1 punto por cada 2% de aumento en el tramo de siniestralidad que va del 1% al 55%)
…………………………………………………………………………10 puntos
- mejora a incluir de participación en beneficios respecto de los riesgos que se pretenden contratar en el tramo de siniestralidad que va del 56% al 80% en un 5% de participación 5 puntos
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C) mejora en los gastos de administración respecto de la participación en beneficios contemplada en este pliego, hasta 5 puntos (1 punto por cada 0,5 % de reducción 5 puntos
2.2) Ramo de Circulación xx Xxxxx:
- Mejora de coberturas: 35%, de la valoración global, según lo siguiente:
A) inclusión de riesgos, máximo 23 puntos:
- inclusión cobertura de asistencia en viaje en maquinaria 12 puntos
- inclusión de riesgo en el supuesto de siniestro total por incendio, 11 puntos, que se otorgará siempre que la oferta proponga esta mejora según lo siguiente: en caso de pérdida total como consecuencia de incendio la indemnización será: durante el primer año de matriculación el 100% del valor de nuevo y resto de años el 100% del valor xx xxxxxxx 11 puntos
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B) mejora en el % de participación de beneficios respecto xxx xxxx de seguro que se pretende contratar, hasta 7 puntos (1 punto por cada 1% de mejora)…
…………………………………………………………………………………………………………….7 puntos
C) mejora en los gastos de administración respecto de la participación en beneficios contemplada en este pliego, hasta 5 puntos (1 punto por cada 0,5 % de reducción)
……………………………………………………………………………………5 puntos
3º) OTRA MEJORAS: 5% de la valoración global, según lo siguiente para cada uno de los xxxxx:
3.1) Xxxx xx xxxxx materiales:
- Aumento del límite asegurado por siniestro y período anual de 60.000.000 euros a 65.000.000 euros… 2,00 puntos
- Las inversiones o adquisiciones de bienes en el curso de la vigencia de la póliza quedan garantizadas automáticamente sin que ello suponga aumento en el precio de la prima en el período anual que corresponda siempre que no supere el 20% del valor de los bienes asegurados, sin que ello suponga incremento alguno sobre el límite de indemnización establecido, sin perjuicio de la regularización de prima en períodos siguientes…
…………………………………………………………………………………………………….2,00 puntos
- Anticipo que entregue la aseguradora de cantidades a cuenta de indemnizaciones a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros 1,00 puntos
3.2. ) Ramo de responsabilidad civil:
- Aumento del límite asegurado por siniestro y período anual de 3.000.000 euros a 6.000.000 euros y de 6.000.000 euros a 12.000.000 euros, en el período anual..
………………………………………………………………………………………………………….1,00 puntos
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- Aumento sublímite responsabilidad civil por víctima de 150.253,03 euros a 600.000 euros… 1,00
puntos
- Aumento sublímite responsabilidad civil publicitaria por siniestro de 150.253,03 euros a 600.000 euros… 1,00 puntos
- Aumento sublímite de fianza y defensa de 6.000 euros a 12.000 euros en cada caso 1,00
puntos
- Renuncia a la acción de repetición 1,00 puntos
3.3. ) Ramo de circulación xx xxxxx:
- - Renuncia a la acción de repetición 1,00 puntos
- Ampliación de capital por fallecimiento de conductor de 90.151,82 euros a 100.000
euros… 1,00
7
puntos
- Ampliación de capital por invalidez permanente del conductor de 90.151,82 euros a 100.000 euros… 1,00 puntos
- Ampliación del límite por gastos médico-farmacéuticos de 3.005,06 euros a 6.000
euros… 1,00
puntos
- Ampliación de la cobertura de lunas y cristales a vehículos con cabeza tractora 1,00
puntos
OBLIGACIONES CONTRACTUALES
OBLIGACIONES ESENCIALES | SI NO |
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PENALIDADES
PENALIDADES ENUMERADAS EN EL ART. 212.4 DEL TRLCSP | SI NO |
PENALIDADES DIFERENTES A LAS ENUMERADAS EN EL ART. 212.4 DEL TRLCSP | SI NO |
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El objeto del contrato, promovido por el Servicio de Patrimonio e Inventario de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, es la contratación del contrato privado de: “SEGUROS PRIVADOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX”, durante
el período de dos años, prorrogable dos años más”. Distribuido en dos lotes:
- Lote 1:
- A) Póliza de seguro de vida a favor del colectivo:
- 1.- El personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx y del Organismo autónomo Institución Xxxxxxxx el Católico, (o cualesquiera que se creen en el futuro), tales como personal de alta dirección, funcionarios, laborales, personal eventual y bomberos voluntarios.
- 2.- Los Sres. Diputados de la DPZ, siempre que presten su servicio en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
CLÁUSULA PRIMERA: Objeto y calificación
- B) Póliza de seguro de accidentes a favor del colectivo:
- 1.- El personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx y del Organismo autónomo Institución Xxxxxxxx el Católico, tales como personal de alta dirección, funcionarios, laborales, personal eventual y bomberos voluntarios.
- 2.- Los Sres. Diputados de la DPZ, siempre que presten su servicio en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
Cód. Validación: 3R2PZDF4TFHFTSEJCAFREPCHH | Verificación: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Xxxxxx 0 xx 00
- Xxxx 0:
- A ) Póliza de daños Materiales.
- B) Póliza de Responsabilidad Civil.
C) Póliza de circulación xx xxxxx de vehículos
CPV: 66515000-3: “Otros seguros de daños”
66516000-0: “Seguros de Responsabilidad Civil” 66514110-0: “Seguros Vehículos a motor”
La calificación de la naturaleza jurídica del presente contrato toma su base en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) dedicado a los contratos privados, toda vez que se trata de un contrato a
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celebrar por la Administración Publica y que tiene por objeto el servicio comprendido
en la categoría 6 del Anexo II “Servicios de Seguros” TRLCSP.
A pesar de su carácter privado, debido a su valor estimado de 1.819.700 euros, se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada tal y como se define en el artículo 16 del TRLCSP, debiéndose, por tanto, publicar la licitación, además de en el BOP y perfil de contratante, en el DOUE y BOE, tal y como prevé el artículo 142.1 del
TRLCSP.
En atención a lo dispuesto en el artículo 20.2 TRLCSP este contrato tiene carácter privado celebrado por una Administración Pública, de forma que además de la aplicación del presente Pliego de Cláusulas Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que rigen la contratación, se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación por las siguientes normas:
- El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
CLÁUSULA SEGUNDA: Régimen jurídico y jurisdicción competente
aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP en adelante) en lo que no contradiga al TRLCSP.
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- Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx. Modificada por la Ley 3/2012, de medidas fiscales de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
- Ley 34/2003 de 4 de noviembre de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación en materia de seguros privados.
- Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, en lo que resulte de aplicación.
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- La Ley 7/1999, de 9 xx xxxxx, de Administración Local xx Xxxxxx, así como las disposiciones que la desarrollan, en los preceptos que resultan de aplicación.
- La Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
- Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público
En cuanto a sus efectos y extinción, se regirá por las normas de Derecho Privado:
Ley 21/2007, de 11 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.
Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Ley 30/1995 de 8 de noviembre, sus disposiciones que declara vigentes la disposición derogatoria única del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Código Civil Español y Derecho Xxxxx Aragonés, en sus preceptos que resulten de aplicación.
Cualquier otra disposición aplicable en Derecho Privado.
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Al tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, como prevé el artículo 40 del TRLCSP, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxx, previo a la interposición del contencioso-administrativo, los siguientes actos:
a. Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
b. Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la
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Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores.
c. Los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores.
La forma de iniciar el procedimiento y el plazo de interposición del citado recurso especial en materia de contratación será el previsto en el artículo 44 del TRLCSP.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato, respecto a la preparación y adjudicación, y el orden jurisdiccional civil en relación con los efectos, cumplimiento y extinción, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 TRLCSP.
Las prescripciones de este Pliego que incorporen aspectos de la legislación estatal básica o en su caso, de la legislación autonómica, se entenderán automáticamente modificadas en el momento en que se produzca la revisión de tales normas estatales o autonómicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego y el de Prescripciones Técnicas, se entenderá que prevalece el primero.
CLÁUSULA TERCERA: Procedimiento de Selección y Adjudicación; tramitación, necesidades administrativas a satisfacer
El procedimiento de adjudicación del contrato de servicios para la contratación de “SERVICIO DE SEGUROS PRIVADOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE
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ZARAGOZA” será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 TRLCSP.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación, directamente vinculados con el objeto del contrato, de conformidad con el artículo
150.1 TRLCSP y con lo establecido en la cláusula octava y novena del presente Xxxxxx.
La tramitación del presente expediente será la ordinaria
Las necesidades administrativas a satisfacer y los factores que intervienen en el presente contrato están acreditados en el correspondiente expediente
CLÁUSULA CUARTA: Perfil de Contratante y publicación
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En atención a lo dispuesto en el artículo 142.4 TRLCSP, se procederá a la
publicación del anuncio de licitación en el Perfil de Contratante.
El Perfil de Contratante constituye una sección dentro de la página web de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx a la que se puede acceder directamente a través de http.//xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx, a fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual.
Dado el procedimiento de la contratación de acuerdo con lo establecido en la Legislación de Contratos y así reflejado en el artículo 142.1 del TRLCSP, se procederá a la publicación del anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín
Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia.
El órgano de contratación competente en la presente licitación es el Presidente de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, en atención a lo dispuesto en el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda TRLCSP.
Dicho Órgano de Contratación tiene facultad para adjudicar el correspondiente
CLÁUSULA QUINTA: Órgano de Contratación y Prerrogativas
Cód. Validación: 3R2PZDF4TFHFTSEJCAFREPCHH | Verificación: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 42
contrato y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 TRLCSP ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, si bien en relación con la extinción y efectos se rige por Derecho Privado y por tanto, la Administración contratante actuará en igualdad de condiciones que la parte contratista. En todo caso se dará audiencia al contratista siguiendo los trámites previstos en el artículo 211 TRLCSP.
Los acuerdos y resoluciones que a este respecto dicte pondrán fin a la vía administrativa y será inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.
CLÁUSULA SEXTA: Duración del Contrato y posibles prórrogas
La duración inicial del contrato será de dos años que comenzarán a contar desde la fecha que se determine en el contrato.
Podrá prorrogarse anualmente por mutuo acuerdo expreso de las partes por dos años más, hasta un máximo global de cuatro años.
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La fecha de efecto de la póliza comenzará a contar desde la fecha de la firma del contrato o la que en él se determine.
Un retraso en el pago de la prima no resuelve el contrato ni libera la obligación de la entidad aseguradora de atender los siniestros que se produzcan.
Dentro del expediente y en el supuesto de sufrir variación las tasas y/o, en su caso, otros tributos repercutibles en los contratos, las Entidades aseguradoras deberán dar traslado por escrito de la normativa que lo contemple y su entrada en vigor, a la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, antes de los dos meses del vencimiento de los contratos.
En el supuesto de acordarse las prórrogas contractuales, las primas anuales sucesivas se determinarán teniendo en cuenta alguna de las siguientes variables:
- Las liquidaciones o reajustes xx xxxxxx que, con respecto a la siguiente anualidad, expresamente convengan las partes, en función de mayores o menores riesgos como pueda ser un mayor o menor número de empleados.
- Las variaciones de impuestos y tributos repercutible
- Cualquier otra circunstancia debidamente motivada.
Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte efectuada con un plazo de 4 meses de antelación a la conclusión del periodo de seguro en curso.
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En el supuesto de que la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx no acepte renovar en las nuevas condiciones que al efecto se propongan, las Entidades Aseguradoras vendrán obligadas a prorrogar el contrato en vigor por un periodo no inferior a 6 meses, ni superior a 9 meses en las mismas condiciones de tasa y cobertura, proporcionalmente al tiempo prorrogado para que la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, convoque al efecto otro nuevo procedimiento en orden a la adjudicación de un nuevo contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA: Valor estimado del contrato. Presupuesto máximo de licitación y Financiación. Precio del contrato
1) Valor estimado del contrato.
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El valor estimado del contrato, calculado conforme a lo establecido en el Art. 88 TRLCSP, asciende a la cuantía de 1.819.700 euros. El cálculo del importe total estimado viene determinado por el importe total teniendo en cuenta la duración inicial del contrato, sus modificaciones y sus eventuales prórrogas.
2) Presupuesto máximo de licitación y financiación.
El presupuesto máximo de la presente licitación, para el tiempo de duración inicial del contrato (dos años), asciende a la cuantía de 909.850 euros, impuestos, tasas y cánones incluidos.
El presupuesto de licitación constituye la cifra máxima a la cual habrá de ajustarse o mejorar los licitadores en sus proposiciones económicas, debiendo expresarse tanto en letra como en número.
Cód. Validación: 3R2PZDF4TFHFTSEJCAFREPCHH | Verificación: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 42
Existe crédito adecuado y suficiente hasta el importe del presupuesto máximo fijado por la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, cuya financiación, que afecta a más de un ejercicio presupuestario, se aplicará de conformidad con el siguiente desglose:
EJERCICIO | Presupuesto de licitación | Aplicación Presupuestaria | Retención de crédito |
2017 | LOTE I. | R.C. nº22017001888 | |
- Póliza de Seguro de vida funcionarios : 122.000 euros | 16200/92000/1620500 | Rc. nº 22017001890 | |
- Póliza de Seguro de vida Sres. Diputados: 4.000 | 16200/912000/1620500 | ||
Póliza de Seguro de accidentes funcionarios: 6.700 | 16200/92000/1620500 | R.C.nº 22017001888 | |
Póliza de seguro de accidentes Sres. Diputados: 225 euros | 16200/912000/1620500 | Rc. nº 22017001890 |
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LOTE II. - Póliza de daños materiales: 66.000,00 euros - Póliza de Responsabilidad Civil: 145.000 euros - Póliza xx Xxxxx de Vehículos: 111.000 euros | 16200/92000/2240000 | R.C.nº22017001919 R.C.nº 22017002578 | |
LOTE I. | |||
- Póliza de Seguro de vida funcionarios : 122.000 euros | |||
- Póliza de Seguro de vida Sres. Diputados: 4.000 | |||
Póliza de Seguro de accidentes funcionarios: 6.700 | |||
2018 | Póliza de seguro de accidentes Sres. Diputados: 225 euros | Con cargo a las aplicaciones presupuestarias que al efecto se habiliten en el Presupuesto Provincial | |
LOTE II. - Póliza de daños materiales: 66.000,00 euros - Póliza de Responsabilidad Civil: 145.000 euros - Póliza flota de vehículos: 111.000 euros | |||
909.850 euros |
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El Presupuesto Máximo de licitación para cada uno de los apartados que constituyen el objeto del contrato son los siguientes:
Presupuesto máximo de licitación para la contratación de los Seguros de la
Diputación Provincial xx Xxxxxxxx:
- LOTE I:
El primer año de contrato 132.925,00 € y para el segundo año de contrato 132.925,00 €, total del período contractual 265.850,00 €.
- LOTE II:
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El primer año de contrato 322.000,00 € y para el segundo año de contrato 322.000,00 €, total del período contractual 644.000,00 €.
ESPECIFICACIONES SEGÚN LOTES:
LOTE I
A) Póliza del Seguro de VIDA a favor del colectivo:
1. El personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx y del Organismo Autónomo Institución Xxxxxxxx el Católico (o cualesquiera que se creen en el futuro), tales como personal de alta dirección, funcionarios, laborales, personal eventual y bomberos voluntarios.
2. Los Sres. Diputados de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, siempre que presten su servicio en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
B) Póliza del Seguro de ACCIDENTES a favor del colectivo:
1. El personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx y del Organismo Autónomo Institución Xxxxxxxx el Católico (o cualesquiera que se creen en el futuro), tales como personal de alta dirección, funcionarios, laborales, personal eventual y bomberos voluntarios.
2. Los Sres. Diputados de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
EL TIPO MÁXIMO DE LICITACIÓN para los dos xxxxx y para cada período anual del contrato es de 132.925,00 €, diferenciado según lo siguiente:
- para el apartado A 1) y A2) 126.000 €
- para el apartado B 1) y B2) 6.925 €
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Total del período contractual 265.850,00 €
LOTE II DAÑOS MATERIALES
Se establece franquicia de 601,01 € con carácter general y 300,00 € por rotura de lunas y cristales, sin perjuicio de otros aspectos contemplados en los Pliegos.
Los licitadores junto a sus propuestas económicas propondrán la tasa aplicable diferenciando la que corresponda a continente y obra civil de la que corresponda a contenido, moldes y mercancías, para supuesto de incremento del riesgo o disminución del riesgo.
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EL TIPO MÁXIMO DE LICITACIÓN correspondiente a este ramo dentro de la contratación global del LOTE II es de 66.000,00 € para el primer año y 66.000,00 € para el segundo año, total del período contractual 132.000,00 €.
RESPONSABILIDAD CIVIL
Se establece franquicia de 1.502,53 €, sin perjuicio de otros aspectos contemplados en los Pliegos.
EL TIPO MÁXIMO DE LICITACIÓN correspondiente a este ramo dentro de la contratación global del LOTE II es de 145.000,00 € para el primer año y 145.000,00 € para el segundo año, total del período contractual 290.000,00 €.
FLOTA DEVEHÍCULOS
Los licitadores junto a sus propuestas económicas unirán las tarifas que sirven de base a esas propuestas en función de tipo y modelo de vehículo, las cuales serán las que se apliquen en el supuesto de altas que puedan producirse en ese período bianual.
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EL TIPO MÁXIMO DE LICITACIÓN correspondiente a este ramo dentro de la contratación global del LOTE II es de 111.000,00 € para el primer año y 111.000,00 € para el segundo año, total del período contractual 222.000,00 €.
3) Precio del contrato.
Las ofertas presentadas por los licitadores comprenderán sólo el precio del contrato sin incluir las posibles prórrogas.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el Pliego.
De acuerdo con los arts. 87 y 88 TRLCSP, todas las referencias que en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se realicen a cuantías, importes, valores, presupuestos o equivalentes, se entenderán siempre referidos sin IVA. No obstante lo
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anterior, en esta contratación en concreto, se expresará el precio del contrato con
todos tributos, tasas y cánones incluidos puesto que los precios en materia de
seguros no son gravados con el Impuesto del Valor Añadido.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional de conformidad con lo dispuesto en la cláusula siguiente.
Los criterios de valoración aplicables a las ofertas presentadas por los licitadores, así como su puntuación será la que a continuación se detalla:
CRITERIOS LOTE I:
1º) Prima total, 60% de la valoración global para cada ramo, según lo siguiente:
Se otorgarán 5 puntos por cada 1% de reducción del tipo máximo de licitación, con el máximo de 60 puntos.
CLÁUSULA OCTAVA: Licitadores y Criterios de Valoración.
2º) Mejora de coberturas: 34%, de la valoración global, según lo siguiente:
mejora en el % de participación de beneficios respecto xxx xxxx de seguro que se pretende contratar, establecido en Pliego según lo siguiente:
- vida: 50%
- accidentes: 15 %
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Distribución de puntos vida: hasta 10 puntos, otorgándose 1 punto por cada 1
% de mejora
Distribución de puntos accidentes: hasta 10 puntos, otorgándose 1 punto por cada 1 % de mejora
mejora en los gastos de administración respecto de la participación en beneficios contemplada en este Pliego establecida según lo siguiente:
- vida: 15%
- accidentes: 15 %
- Distribución de puntos vida: hasta 7 puntos, otorgándose 1 punto por cada 0,5% de reducción
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- Distribución de puntos accidentes: hasta 7 puntos, otorgándose 1 punto por cada 0,5 % de reducción
3º) Otras mejoras, 6% de la valoración global, según lo siguiente:
- Mejora de capitales póliza de vida en 40.000 euros 1,50 puntos
- Mejora de capitales póliza de accidentes en 40.000 euros 1,50 puntos
- Suministro de silla de ruedas en caso de Incapacidad Permanente Absoluta o gran invalidez… 1,00 puntos
- Abono en caso de fallecimiento del beneficiario y su cónyuge en un mismo accidente a favor de los hijos menores o incapacitados de un capital adicional de 5.000 euros 1,00
puntos
- En caso de gran invalidez deriva de siniestro cubierto en póliza, un capital adicional de 5.000 euros 1,00
puntos
CRITERIOS LOTE II :
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso para los xxxxx xx xxxxx materiales, responsabilidad civil y flota de vehículos serán los siguientes:
1º) Prima total, 60% de la valoración global para cada ramo, según lo siguiente: Se otorgarán 5 puntos por cada 1% de reducción del tipo máximo de licitación, con el máximo de 60 puntos.
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2º) Mejora de coberturas para los xxxxx xx Xxxxx Materiales, Responsabilidad Civil y Circulación xx Xxxxx:
2.1) Xxxxx xx Xxxxx Materiales y Responsabilidad Civil:
- Mejora de coberturas: 35%, de la valoración global, según lo siguiente:
A) en franquicias, máximo 15 puntos, según lo siguiente:
1.- reducción total de las establecidas en cada ramo, 8 puntos
2.- reducción del 50% de las establecidas en cada ramo, 5 puntos 3.- reducción del 20% de las establecidas en cada ramo, 2 puntos
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B) participación en beneficios, máximo 15 puntos:
- mejora en el % de participación de beneficios respecto de los xxxxx de seguros que se pretende contratar, hasta 10 puntos (1 punto por cada 2% de aumento en el tramo de siniestralidad que va del 1% al 55%)
…………………………………………………………………………10 puntos
- mejora a incluir de participación en beneficios respecto de los riesgos que se pretenden contratar en el tramo de siniestralidad que va del 56% al 80% en un 5% de participación 5
puntos
C) mejora en los gastos de administración respecto de la participación en beneficios contemplada en este pliego, hasta 5 puntos (1 punto por cada 0,5 % de reducción 5
puntos
2.2) Ramo de Circulación xx Xxxxx:
- Mejora de coberturas: 35%, de la valoración global, según lo siguiente:
A) inclusión de riesgos, máximo 23 puntos:
- inclusión cobertura de asistencia en viaje en maquinaria 12 puntos
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- inclusión de riesgo en el supuesto de siniestro total por incendio, 11 puntos, que se otorgará siempre que la oferta proponga esta mejora según lo siguiente: en caso de pérdida total como consecuencia de incendio la indemnización será: durante el primer año de matriculación el 100% del valor de nuevo y resto de años el 100% del valor xx xxxxxxx 11
puntos
B) mejora en el % de participación de beneficios respecto xxx xxxx de seguro que se pretende contratar, hasta 7 puntos (1 punto por cada 1% de mejora)
………………….7 puntos
C) mejora en los gastos de administración respecto de la participación en beneficios contemplada en este pliego, hasta 5 puntos (1 punto por cada 0,5 % de reducción) 5 puntos
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3º) OTRA MEJORAS: 5% de la valoración global, según lo siguiente para cada uno de los xxxxx:
3.1) Xxxx xx xxxxx materiales:
- Aumento del límite asegurado por siniestro y período anual de 60.000.000 euros a 65.000.000 euros 2,00
puntos
- Las inversiones o adquisiciones de bienes en el curso de la vigencia de la póliza quedan garantizadas automáticamente sin que ello suponga aumento en el precio de la prima en el período anual que corresponda siempre que no supere el 20% del valor de los bienes asegurados, sin que ello suponga incremento alguno sobre el límite de indemnización establecido, sin perjuicio de la regularización de prima en períodos siguientes…
……………………………………………………………………………………………………. 2,00 puntos
- Anticipo que entregue la aseguradora de cantidades a cuenta de indemnizaciones a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros 1,00 punto
3.2. ) Ramo de responsabilidad civil:
- Aumento del límite asegurado por siniestro y período anual de 3.000.000 euros a
6.000.000 euros y de 6.000.000 euros a 12.000.000 euros, en el período anual..
…………………………………………………………………………………….1,00 punto
- Aumento sublímite responsabilidad civil por víctima de 150.253,03 euros a 600.000 euros………………………………………………………………………………….1,00 punto
- Aumento sublímite responsabilidad civil publicitaria por siniestro de 150.253,03 euros a 600.000 euros 1,00 punto
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- Aumento sublímite de fianza y defensa de 6.000 euros a 12.000 euros en cada caso 1,00 punto
- Renuncia a la acción de repetición 1,00 punto
3.3. ) Ramo de circulación xx xxxxx:
- - Renuncia a la acción de repetición 1,00 punto
- Ampliación de capital por fallecimiento de conductor de 90.151,82 euros a 100.000 euros 1,00 punto
- Ampliación de capital por invalidez permanente del conductor de 90.151,82 euros a 100.000 euros 1,00 punto
- Ampliación del límite por gastos médico-farmacéuticos de 3.005,06 euros a 6.000 euros 1,00 punto
- Ampliación de la cobertura de lunas y cristales a vehículos con cabeza
tractora 1,00 punto
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La documentación para tomar parte en el presente procedimiento se presentará en el Registro General de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes dentro del plazo que se establezca en los anuncios correspondientes, que en el presente caso serán objeto de publicación en el en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxx, así como en el Perfil de Contratante.
En el caso de que el último día de presentación fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo se entenderá como fin de plazo el primer día laborable siguiente.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax, burofax o telegrama (fax: 976/288929) en el mismo día, consignándose título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
CLÁUSULA NOVENA: Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
En todo caso, transcurridos diez días desde la remisión del justificante sin que se haya recibido la documentación ésta no será admitida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.4 RGLCAP.
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Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 TRLCSP sobre admisibilidad de variantes o mejoras. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una Unión Temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en los sobres que a continuación se indican, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo representa, haciendo constar la mención “CONTRATO PRIVADO DE SERVICIO DE SEGUROS PRIVADOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX,
presentada por ”.
La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
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— Sobre «B»: Proposición económica y criterios obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas matemáticas.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor y asimismo deberán ir debidamente firmados por el licitador.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
I) SOBRE “A”: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
En el sobe deberá incluirse:
1. Hoja Resumen datos del licitador a efectos de notificación, en la que conste la dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico y persona de contacto.
2. Relación numerada de la documentación incluida.
3. Acreditación de la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación:
3.1 DNI o documento que lo sustituya de la persona que formula la proposición, compulsado o legitimado notarialmente.
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3.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
3.3 Poder para representar a la persona o entidad, bastanteado por la Secretario General de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
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Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
4. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Prevista en el Anexo III.
5. Acreditación de solvencia económica y financiera por los siguientes medios:
5.1 Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen del negocio de los tres últimos concluidos deberá ser de
700.000 euros.
6. Acreditación de solvencia técnica por los siguientes medios:
6.1 Acreditación de la relación de trabajos efectuados por el interesado en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza que corresponde al objeto de este contrato, avalados por certificados de buena ejecución , siendo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de sea igual o superior a 300.000 euros.
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6.2 Margen de solvencia fijado a la aseguradora por Reglamento de Ordenación del Seguro privado y margen de solvencia existente realmente al cierre del ejercicio 2016.
6.3 Declaración del personal y medios técnicos que la empresa licitadora ofrece a la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, describiendo su nombre, lugar de trabajo, experiencia en el ramo del seguro al que se refiere el objeto del contrato; señalando el tiempo medio de respuesta a las demandas de sus clientes que estos medios ofrecen y cuantos datos de interés al respecto resulten para una mejor comprensión del servicio ofertado. Se exigirá como requisito mínimo de solvencia al licitador que ofrezca a la ejecución del contrato a dos personas con la debida cualificación mediante relación laboral, quienes representarán a la aseguradora frente a Diputación Provincial xx Xxxxxxxx de forma directa y con facultades resolutivas en cualesquiera aspectos de la gestión del contrato de seguro que se suscriba en los diferentes xxxxx, con el
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compromiso de su mantenimiento durante la vigencia del contrato incluido las prórrogas.
6.4 En el caso que la empresa licitadora oferte con contrato de Reaseguro deberá indicar su retención en el contrato referido, pudiendo la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, si resultara adjudicatario y/o coasegurador, exigirle copia del mismo y cuantos datos del contrato resulten de interés.
6.5 Relación de contratos suscritos de la misma naturaleza con las Administraciones Públicas o con otras entidades en los últimos cinco años, debidamente acreditada por el organismo receptor del contrato.
7. Para las empresas extranjeras declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Aquellas empresas que estén inscritas en el Registro de Licitadores de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, estarán eximidas de presentar toda la documentación referida, a excepción de la acreditación de la solvencia técnica, económica y financiera específicamente exigida en esta licitación, siempre y cuando aporten el certificado de inscripción, cuya vigencia máxima no haya caducado, debiendo presentar la correspondiente Declaración Responsable de vigencia de los datos inscritos, cuyo modelo figura como Anexo IV del presente Pliego.
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EN NINGÚN CASO PODRÁ INCLUIRSE EN ESTE SOBRE Nº 1 DOCUMENTACIÓN COMPRENSIVA DEL SOBRE Nº 2, RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, SIENDO RECHAZADO EL LICITADOR QUE INCUMPLA ESTE REQUISITO.
II) SOBRE “B”: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS.
El sobre deberá incluir:
- II.A) PROPOSICIÓN ECONÓMICA. La proposición económica, relativa al presupuesto base de licitación del contrato definido en el apartado 2 de la cláusula séptima, deberá ajustarse al siguiente MODELO (señalar las cuantías en cifra y letra):
(*El concepto de Prima Total incluye cualquier tipo de gasto que conlleve la gestión de la póliza, incluso los impuestos que devenguen)
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«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del contrato privado de “CONTRATO PRIVADO SEGUROS PRIVADOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX”
por procedimiento abierto, con VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, anunciado en el en el Perfil de Contratante y Boletín Oficial de la Provincia, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato:
LOTE I.
A) PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA
presentándome por el IMPORTE TOTAL de euros para todos los xxxxx contemplados para la contratación global de los seguros de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, con las siguientes especificaciones según xxxxx:
A) Póliza de Seguro de Vida a favor del colectivo:
1.- El personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
2.- Los Sres. Diputados de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
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B) PÓLIZA DE SEGURO DE ACCIDENTES:
presentándome por el IMPORTE TOTAL de euros para todos los xxxxx contemplados para la contratación global de los seguros de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, con las siguientes especificaciones según xxxxx:
B ) Póliza de Seguros de accidentes a favor del colectivo: 1.- El personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
2.- Los Sres. Diputados de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
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LOTE II.-
A) POLIZA DE DAÑOS MATERIALES:
Se establece una franquicia de 601,01 euros, con carácter general y 300,00 por rotura de lunas y cristales, sin perjuicio de otros aspectos contemplados en los pliegos;
Prima Total : euros. Tasa aplicable …………..
Presupuesto máximo de licitación: Para el primer año es de 66.000 euros y al tener el contrato carácter bienal, el segundo año será también de 66.000 euros, es decir, un total de 132.000 euros.
Los licitadores junto a sus propuestas económicas propondrán la tasa aplicable diferenciando la que corresponda a continente y obra civil de la que corresponda a contenido, moldes y mercancías, para supuesto de incremento del riesgo.
B) POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL:
Se establece una franquicia de 1.502,53 euros, sin perjuicio de otros aspectos contemplados en los pliegos;
Prima Total: euros.
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Presupuesto máximo de licitación: Para el primer año es de 145.000 euros y al tener el contrato carácter bienal, el segundo año será también de 145.000 euros, es decir, un total de 290.000 euros.
C) POLIZA XX XXXXX DE VEHÍCULOS:
Prima Total: euros.
Presupuesto máximo de licitación: Para el primer año es de 111.000 euros y al tener el contrato carácter bienal, el segundo año será también de 111.000 euros, es decir, un total de 222.000 euros.
Los licitadores junto a sus propuestas económicas unirán las tarifas que sirven de base para las mismas en función de tipo y modelo de vehículo, las cuales serán las
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que se apliquen en las posibles revisiones de prima de las pólizas en el supuesto de
altas que puedan producirse.
En , a de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: ».
- II.B) DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LOS CRITERIOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS:
Deberá incluirse cualquier documentación en la que los licitadores manifiesten y reconozcan las mejoras que ofrecen, en relación con los criterios de adjudicación previstos en la cláusula octava del presente Pliego.
Los licitadores no podrán presentar en sus ofertas variantes y/o alternativas
CLÁUSULA DÉCIMA: Variantes o alternativas
(salvo las mejoras que presenten las empresas licitadoras en el marco de los pliegos que rigen la contratación) estando, la ejecución del contrato, a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas de la presente contratación
CLÁUSULA UNDÉCIMA: Mesa de Contratación
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La Mesa de Contratación, a la vista de lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, estará compuesta por:
- Como Presidente: Iltre. Xx.Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Diputado Provincial, por delegación del Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
- Vocales:
o Sr. Secretario General de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx o funcionario en quien delegue.
o Sra. Interventora General o Sr. Viceinterventor de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, indistintamente.
o Sra. Jefe del Servicio de Patrimonio e Inventario de la Excma. Diputación Provincial o funcionario en quien delegue.
o Secretario: Sra. Jefe de Contratación o Sra. Jefe de Sección de Compras y Asuntos Generales de dicho Servicio, indistintamente.
o
CLÁUSULA DÉCIMOSEGUNDA: Apertura de Proposiciones
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La Mesa de Contratación se reunirá en acto no público para proceder a la apertura y calificación de la documentación presentada en tiempo y forma contenida en los Sobres A “Documentación Administrativa”. Si la Mesa observare defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada lo comunicará a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
La apertura pública de las ofertas económicas se iniciará con un pronunciamiento expreso sobre la calificación de las proposiciones efectuadas por la Mesa, identificando las admitidas a la licitación, las no admitidas y sobre las causas de su no admisión a la licitación.
Seguidamente, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres B “Proposición económica y Criterios obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas matemáticas” de los licitadores admitidos, dando lectura a las proposiciones económicas.
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En caso de discordancia entre las expresiones dinerarias de las proposiciones económicas en letra y número prevalece la cifra consignada en letra. Las cuantías ofertadas sólo podrán ser presentadas con dos decimales como máximo, entendiendo, en su caso, que los redondeos se realizan al tercer decimal, por exceso o por defecto, al céntimo más cercano.
El resto de la documentación contenida en este sobre será evaluada, previo informe técnico si así se considera, conforme a los criterios establecidos en la cláusula novena apartado II.B) de este Pliego.
De todo lo actuado conforme a lo expuesto se dejará constancia en las actas correspondientes en las que se reflejará el resultado del Procedimiento y sus incidencias.
Una vez valoradas las ofertas, la Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 320 TRLCSP, remitirá al Órgano de Contratación junto con el Acta, la correspondiente propuesta de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas por aplicación de los criterios de adjudicación incluidos en el presente Pliego e
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identificando la económicamente más ventajosa.
El Órgano de Contratación a la vista de la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa, clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas, y adjudicará, en resolución motivada, el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa.
La adjudicación deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el Perfil de Contratante, conforme al artículo 151.4 TRLCSP.
El Órgano de Contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses naturales, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición, tal y como se indica en el artículo 161 TRLCSP.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Diputación Provincial. No obstante, cuando el Órgano de Contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA: Adjudicación
CLÁUSULA DECIMOCUARTA: Garantía Definitiva y documentación que debe aportar el adjudicatario.
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El que resulte adjudicatario del contrato deberá constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que hubiera recibido el requerimiento para ello, de acuerdo al artículo 151.2 TRLCSP.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 LCSP.
En este mismo plazo de tiempo de 10 días hábiles, el adjudicatario deberá aportar:
- Documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento del alta del mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago, o bien esté dado de alta pero no tenga obligación de contribuir. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Pago de los anuncios de licitación correspondientes.
- Si el licitador requerido fuera una Unión Temporal de Empresas, Escritura Pública de su constitución, CIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente.
- Acreditación de los medios personales y técnicos declarados como solvencia técnica en el Sobre 1 “Documentación Administrativa”.
- Acreditación que dispone de local u oficina en la ciudad xx Xxxxxxxx en la que prestará de forma directa el servicio de seguros objeto de la presente contratación y ello en virtud del título jurídico correspondiente.
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De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA: Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación a los licitadores; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
A dicho contrato se unirá formando parte del mismo, la oferta del adjudicatario, un ejemplar xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y xxx Xxxxxx Prescripciones Técnicas.
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El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública,
corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
La iniciación del contrato tendrá lugar la fecha y hora que se determine en el
contrato.
La duración inicial del contrato será de 2 años, pudiendo prorrogarse anualmente por mutuo acuerdo expreso de las partes hasta un máximo global de
cuatro años.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas, y de conformidad con la oferta presentada por la empresa adjudicataria de acuerdo con las instrucciones que, en su caso, se den al contratista para su interpretación por el
órgano de contratación.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA: Ejecución del Contrato
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA: Cláusula de Confidencialidad
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Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 140.1 TRLCSP. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa o de cualquier otra forma) en el propio documento designado como tal, además de incorporar en cada uno de los sobres una relación con la documentación a la que hayan dado este carácter. El órgano de contratación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento. En ningún caso serán confidenciales los informes técnicos emitidos para realizar la adjudicación del contrato. La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que hayan podido tener conocimiento por razón de la ejecución del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley
Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999.
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El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que
en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en
que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
Además de las obligaciones formales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del adjudicatario las siguientes:
1. El contratista será responsable de la calidad de la cobertura de los seguros contratados para los integrantes del colectivo asegurado en dependencias de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx o de cualesquiera de sus organismos autónomos, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
2. El adjudicatario se obliga a implementar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos y en especial las establecidas
CLÁUSULA DECIMOCTAVA: Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, aprobado por Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, de acuerdo con el nivel de seguridad aplicable al fichero automatizado en el que se contengan los datos personales objeto de tratamiento.
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3. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social, de seguridad y salud en el trabajo y de integración social de los minusválidos y en general, responderá de cuantas obligaciones le vengan impuestas por su carácter de empresario, así como del cumplimiento de todas las normas que regulen y desarrollen la relación laboral o de otro tipo existente entre aquél o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y de otros.
4. Serán de cuenta del contratista todos los gastos directos e indirectos que deba realizar para prestar el servicio de seguros y en todo caso el importe de las peritaciones a que haya lugar, si bien, en el supuesto de que dichas peritaciones deriven de siniestros imputables a terceros, en ningún caso formarán parte del importe de siniestralidad que corresponda para el cálculo de la desviación favorable o desfavorable; asimismo será de cuenta del contratista toda clase de tributos que resulten de aplicación y licencias tanto municipales, como provinciales, autonómicas y estatales.
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5. Son por cuenta del contratista, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en concordancia con el artículo 142 TRLCSP, los gastos del anuncio de la licitación y adjudicación, en su caso de la formalización del contrato así como cualesquiera otras que resulte de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
6. El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para ello, de acuerdo con lo establecido en este pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas (artículo 64.2 TRLCSP). El personal que la empresa adjudicataria pudiera contratar para atender sus obligaciones contractuales dependerá exclusivamente de esta, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante.
7. Acreditación que dispone de local u oficina en la ciudad xx Xxxxxxxx en la que prestará de forma directa el servicio de seguros objeto de la presente contratación y ello en virtud del título jurídico correspondiente, que deberá mantenerse durante la vigencia del contrato incluidas las prórrogas.
8. Acreditación de la contratación de, al menos, dos personas con la debida cualificación mediante relación laboral quienes representarán a la aseguradora frente a Diputación Provincial xx Xxxxxxxx de forma directa y con facultades resolutivas en cualesquiera aspectos de la gestión del contrato de seguro que se suscriba en los diferentes xxxxx, con el compromiso de su mantenimiento durante la vigencia del contrato incluido las prórrogas.
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9. La empresa que resulte adjudicataria informará cada 6 meses de la siniestralidad habida con objeto que por parte del Servicio de Patrimonio e Inventario pueda comprobarla y llevar un seguimiento de la evolución de los siniestros, en colaboración con los respectivos Servicios afectados; y, todo ello, sin perjuicio del correspondiente informe anual de siniestralidad.
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y en el contrato, con arreglo al precio convenido.
CLÁUSULA DECIMONOVENA: Valoración de los trabajos y abonos al contratista.
Al objeto de valorar la ejecución de los trabajos, y facturación de los mismos, teniendo en cuenta lo establecido en el documento adjunto al Pliego de Prescripciones Técnicas, el pago de las primas correspondientes se abonará anualmente. La
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aseguradora estará obligada a depositar la parte de la prima que corresponda al
Consorcio de Compensación de Seguros dentro xxx xxxx legal establecido, así como a satisfacer las indemnizaciones correspondientes a los siniestros que se pudieran producir en el citado periodo y siempre que la aseguradora presente el requerimiento
de pago que corresponda.
El pago de las primas objeto del contrato se efectuará, por la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, a la empresa que resulte adjudicataria previa presentación de las facturas o
recibos extendidos
Regularización prima de la póliza de Daños Materiales: previsión de un 8% de altas para cada anualidad y prórrogas posibles: Importe para cada anualidad es de 8.000 euros, ascendiendo el total a 32.000 euros más sobre la prima en este ramo.
Asimismo, se prevé un porcentaje de bajas del 1% para cada anualidad.
Regularización prima de la póliza de Circulación xx Xxxxx: previsión de 0.5 % de
CLÁUSULA VIGÉSIMA: Modificación de Contrato.
altas para cada anualidad y posibles prórrogas: Importe para cada anualidad es de 675 euros, ascendiendo el total a 2.700 euros más sobre la prima en este ramo.
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Asimismo, se prevé un porcentaje de bajas de 0,5 % para cada anualidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: Revisión de Xxxxxxx
NO se admite
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: Pago de Indemnizaciones
Las Entidades Aseguradoras están obligadas a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo.
En cualquier supuesto el Asegurador deberá efectuar, dentro de los 40 días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que a su entender pueda deber, según las circunstancias por él conocidas.
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Si en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro el asegurador no
hubiere realizado la reparación del daño o indemnizado su importe en metálico por causa no justificada o que le fuera imputable, la indemnización se incrementará según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Xxxxxx, en su redacción dada
por la Ley 50/1980 de 8 de octubre.
No procede, dada la naturaleza del contrato.
La llevará a cabo directamente ante la Aseguradora por personal que la Diputación
Provincial xx Xxxxxxxx designe a tal efecto.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos y por las causas previstas en las normas de Derecho Privado.
La garantía definitiva se devolverá, si no existe responsabilidad pendiente en contra
CLAUSULA VIGESIMO QUINTA: Resolución del Contrato
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA: Administración del Contrato
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: Cesión y subcontratación
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del adjudicatario, una vez recibidos de conformidad, por parte del órgano de contratación, el trabajo o las prestaciones del adjudicatario.
ANEXO I
MODELO DE AVAL
[PARA LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA]
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
, NIF (NIF) , con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle / plaza / avenida (calle / plaza / avenida) , código postal (CP) , localidad (localidad) , y, en su nombre, (nombre y apellidos de los
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apoderados) , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) , NIF (NIF) , en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre de 2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las responsabilidades a que están afectas las garantías definitivas del contrato (detallar el objeto del contrato) , ante la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, por importe de: (en letra) (en cifra) .
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería Provincial, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del sector público y en la normativa reguladora del Régimen Local.
El presente aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre de 2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
Este aval ha quedado inscrito, con esta misma fecha, en nuestro Registro Especial de Avales, con el número (número del Registro Especial de Avales)
(lugar y fecha) .
(razón social de la entidad) .
(firma de los apoderados) .
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
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Provincia Fecha Número o código
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Nº Expediente 421/2017
ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
(GARANTÍA DEFINITIVA DEL CUMPLMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA)
Certificado número (razón social completa de la entidad aseguradora) (en adelante, asegurador), con domicilio en (localidad) , calle (calle) , y NIF (NIF) , debidamente representado por don (nombre y apellido del apoderado o apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A (nombre de la persona asegurada), NIF (NIF) , en concepto de tomador del seguro, ante la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, en adelante asegurado, hasta el importe de (importe en letra por el que se constituye el seguro) ( (en cifra) ), en los términos y condiciones establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre de 2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones establecidas en (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) , acordada mediante Decreto de Presidencia nº (nº del Decreto / año ) , de fecha (día y mes) .
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
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El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Tesorería Provincial, con sujeción a los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre de 2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora del Régimen Local.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (órgano de contratación), o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la citada legislación.
(lugar y fecha) .
(firma:) .
(Asegurador) .
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D.O ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia | Fecha | Número o código |
39
Nº Expediente 421/2017
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSOS EN LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL
D/Xx con DNI nº en nombre propio o en representación de la empresa en calidad de al objeto de participar en la licitación del contrato denominado convocado por de acuerdo con lo establecido en el artículo 146.1.c) Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre de 2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y 71 bis de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, declara bajo su responsabilidad:
Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar, conforme a los artículos 60 y 61 del TRLCSP, hallándose al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como encontrarse de alta y, en su caso al corriente, del pago del Impuesto de Actividades Económicas., impuestas por las disposiciones vigentes.
En ……………………………………. a ……. de de 20….
(SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
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FIRMADO: …………………………………..
SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS 40
Contrato de Servicios
ANEXO IV
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX (DECLARACIÓN DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA JUNTO CON LA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL)
DIPUTACIÓN XX XXXXXXXX AREA DE HACIENDA Y REGIMEN INTERIOR SERVICIO DE CONTRATACION Y HACIENDA SECCIÓN DE CONTRATACIÓN | N O T I F I C A C I O N E S |
Declaración responsable de vigencia de documentos y datos |
DATOS DEL SOLICITANTE | |||||||||||||
Apellidos y nombre | DNI/NIF | ||||||||||||
En representación de la empresa | En calidad de | ||||||||||||
Inscrita en el Registro de Licitadores con nº | - | . |
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.6 y 14 del Reglamento del Registro de Licitadores de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, la empresa arriba reseñada, bajo su personal responsabilidad,
D E C L A R A
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Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, no han sufrido modificaciones a la fecha de la presentación de la presente oferta y que se corresponden con la certificación del Registro que acompaña esta declaración.
Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores de la Excma.
Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, referentes a:
1.
2.
3.
4.
han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados al Registro con fecha
----------------------- de acuerdo con lo establecido en los artículos 11.6 y 14 del Reglamento del Registro de Licitadores de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la certificación del Registro.
Y para que así conste y a los efectos oportunos de la presente licitación expide la presente declaración
En ------------------ a ----- de de 200
SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS 41
Contrato de Servicios
Fdo:
(1) Declaración de PRESENTACIÓN OBLIGATORIA en cada licitación junto con la certificación de inscripción registral
Nota: Las opciones Ay B son incompatibles entre sí, señálese sólo la que corresponda. Esta declaración deberá ser emitida por el licitador o cualquiera de los representantes con facultades que figuran en el presente Registro.
Cód. Validación: 3R2PZDF4TFHFTSEJCAFREPCHH | Verificación: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 42 de 42
SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS 42
Contrato de Servicios