PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PUBLICIDAD.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE PUBLICIDAD.
Índice
01. Objeto del contrato 1
02. Plazo de ejecución 1
03. Presupuesto de licitación 2
04. Forma de pago 4
05. Revisión de precios 4
06. Garantías 5
07. Ejecución del contrato 5
08. Obligaciones esenciales del adjudicatario 5
09. Recepción y plazo de garantía 10
10. Incumplimiento de las obligaciones y penalidades 11
11. Causas de resolución del contrato 13
12. Procedimiento de adjudicación 13
13. Criterios de adjudicación 13
14. Valoracion de los criterios cuantificables por fórmulas 14
15. Valoracion de los criterios no cuantificables por fórmulas 15
16. Requisitos exigidos para contratar 16
17. Presentación de propuestas 18
18. Calificación de documentos y apertura de proposiciones 21
19. Adjudicación 22
20. Formalización 24
21. Modificacion del contrato 24
22. Naturaleza y régimen jurídico 25
23. Recurso especial en materia de contratación 26
24. Jurisdicción competente 27
Anexo nº 1 Especificaciones tècnicas 28
Anexo nº 2 Modelo de proposición económica 38
Anexo nº 3 Instrucciones de utilización del DEUC 40
01. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente pliego es la contratación de los servicios de publicidad para la Fundación Xxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Orquesta Sinfónica xx Xxxxxx, (en adelante BOS), de conformidad con las especificaciones técnicas que figura en el expediente, que tendrán carácter contractual.
El servicio que se pretende contratar comprenderá la:
1) Creatividad, que incluye las actividades detalladas en el anexo nº 1.
2) Producción del material publicitario que se cita en el anexo nº 1.
3) Gestión de medios, conforme a las especificaciones técnicas establecidas en el anexo nº 1.
El objetivo de dichos servicios es influir en el público objetivo de la BOS, a la hora de decidir sobre su consumo cultural, despertando su interés en conocer y asistir a los conciertos/actividades de la BOS.
Como objetivo complementario al anterior, se encuentra el generar notoriedad a la BOS , a través de los diferentes formatos publicitarios utilizados.
02. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de duración del contrato será de cuatro años, (4) a partir de la firma del mismo.
Prórroga: El contrato podrá prorrogarse de forma expresa y de mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización. En todo caso la prórroga o prórrogas, aislada o conjuntamente, no podrá exceder de 24 meses.
En el caso de extinción normal o anormal del contrato por cualquier causa, y con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio, el órgano de contratación de la BOS podrá acordar la prórroga forzosa del contrato, hasta la adjudicación del nuevo contrato, por un periodo que en ningún caso será superior a seis meses.
03. PRESUPUESTO DE LICITACION.
A ) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
A los efectos de publicidad y procedimiento de adjudicación aplicable, el valor estimado del contrato durante el plazo de duración inicial y la prórroga , asciende a un millón setecientos cuarenta y tres mil setecientos dieciocho euros con sesenta y dos céntimos. (1.743.718,62 €) (IVA excluido)
B) PRESUPUESTO ESTIMADO MÁXIMO DE GASTO ANUAL.
El presupuesto estimado máximo de gasto anual del contrato, asciende a la cifra de doscientos noventa mil seiscientos diecinueve euros con setenta y siete céntimos por año. (290.619,77 €) (IVA excluido).Este presupuesto se desglosa de la siguiente manera:
- Creatividad: 35.167,44 € año
- Producción de material publicitario: 64.718,76 € año
- Gestión de medios publicitarios: 190.733,57 € año
El gasto efectivo en este servicio está condicionado a las necesidades reales de la BOS que, por tanto, no queda obligada a demandar una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del presupuesto de gasto indicado para materiales y medios.
C) TIPO DE LICITACIÓN SOBRE EL QUE VERSARÁN LAS OFERTAS
El tipo de licitación sobre el que versarán las ofertas de los licitadores a la baja serán los siguientes:
a) PARA LA CREATIVIDAD: 35.167,44 €/AÑO. (IVA excluido)
Esta cifra constituye la cantidad máxima sobre la que versarán las ofertas, suponiendo la exclusión automática de aquellas ofertas que superen dicha cantidad.
b) PARA LA PRODUCCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO.
Los licitadores deberán ofertar precios a los artículos indicados.
La BOS fija precios unitarios máximos que determinarán la exclusión de cualquier oferta por importe superior.
Las ofertas económicas se realizarán en unidad de cuenta euros, expresándose los precios unitarios con una cifra en euros con un número de decimales no superior a cuatro.
Los precios unitarios ofertados por los licitadores para cada concepto se ponderarán conforme a las siguientes unidades :
Concepto | Precio unitario máximo | Unidades por temporada/año | Importe |
Revista-avance de temporada | 0,5420 € | 9.000 | 4.878,00 € |
Programa de temporada | 2,4720 € | 3.000 | 7.416,00 € |
Cuadríptico resumen de temporada | 0,1542 € | 10.000 | 1.542,00 € |
Programa de mano de la temporada sinfónica | 0,6107 € | 51.000 | 31.144,68 € |
Programa de mano de la temporada xx xxxxxx | 0,8160 € | 3.950 | 3.223,20 € |
Dípticos varios | 0,1908 € | 6.000 | 1.144,80 € |
Cartel | 7,6560 € | 1.500 | 11.484,00 € |
Lona de micro perforado | 930,0000 € | 2 | 1.860,00 € |
Encarte o “flyer” para concierto | 0,2251 € | 9.000 | 2.026,08 € |
SUMA TOTAL (IVA excluido) | 64.718,76 € |
En todo caso, esta cifra TOTAL constituye la cantidad máxima sobre la que versarán las ofertas, para su estudio comparativo, suponiendo la exclusión automática de aquellas ofertas que superen dicha cantidad así como de las que superen los precios unitarios que tienen carácter de máximos
c) PARA LA GESTIÓN DE MEDIOS:
c.1. Descuento sobre tarifas oficiales
No se establece tipo de licitación; serán los licitadores los que ofertarán un porcentaje de descuento a aplicar sobre las tarifas oficiales de los diversos medios de cada sector en la contratación de sus espacios publicitarios conforme a lo siguiente:
Concepto | % Porcentaje |
Descuento sobre tarifas oficiales en prensa ámbito Bizkaia |
Descuento sobre tarifas oficiales en radio ámbito Bizkaia | |
Descuento sobre tarifas oficiales en televisión ámbito Bizkaia |
Se ofertará un único porcentaje de descuento por cada uno de los sectores de medios relacionados en la tabla, y serán los únicos aplicables durante la vigencia del contrato e independientemente de la posición (par, impar, color, bloque preferente TV, etc.) que determine en cada caso la BOS.
c.2. Comisión de agencia
Los licitadores ofertarán un único porcentaje a aplicar a cualquier tipo de sector y medio o servicio análogo, una vez deducido el descuento ofertado sobre tarifas oficiales.
- Porcentaje sobre el que versaran las ofertas a la baja 5%.
Este porcentaje constituye el porcentaje máximo sobre la que versarán las ofertas a la baja, suponiendo la exclusión automática de aquellas ofertas que superen dicha cantidad.
Todas las cantidades citadas en éste artículo, lo son IVA EXCLUIDO.
04. FORMA DE PAGO.
El pago del precio del contrato, se realizará contra la presentación y conformidad de la correspondiente factura mensual, que recogerá por separado:
1- Creatividad: La parte alícuota del precio contratado. (1/12)
2- Materiales publicitarios: El precio que corresponda a los materiales de dicho mes, solicitados y prestados conforme al procedimiento previsto.
3- Gestión de medios: El precio que corresponda a las inserciones publicitarias de dicho mes.
05. REVISIÓN DE PRECIOS.
En el presente contrato no procede la revisión de precios.
Justificación: La evolución de los costes del contrato está contemplada en el precio ofertado, de forma que se descarta la introducción de otros factores correctores mediante la técnica de la revisión de precios.
06. GARANTÍAS.
La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligada a constituir una garantía definitiva por importe de cincuenta y ocho mil ciento veinte y tres euros con noventa y cinco céntimos. (58.123,95 €)
El plazo para la constitución de la citada garantía será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, y podrá constituirse en forma de retención del precio, o bien, en cualquiera de los medios establecidos por el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. (TRLCSP)
La devolución de las garantías, tanto totales como parciales en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97 del TRLCSP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
07. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diese al contratista la BOS.
08. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL ADJUDICATARIO.
GENERALES: Son de cargo del adjudicatario todos los gastos necesarios para la completa realización del servicio contratado: trámites preparatorios y de formalización del contrato, materiales e instalaciones, medios instrumentales, mano de obra, Seguridad Social, tributación, responsabilidades y seguros de todo tipo, y las demás cargas y obligaciones de cualquier índole correspondientes a la empresa adjudicataria, todas las
cuales asume desde el momento de la adjudicación definitiva, además de cualesquiera otras nacidas del contrato o de la participación en la licitación.
Corresponde a la adjudicataria la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria deberá prestar, sin derecho a pago suplementario, los servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo, informativas, etc. Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del período de garantía.
RESPONSABILIDAD Y DAÑOS: La adjudicataria será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, y de las prestaciones y servicios realizados. Asimismo, será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP.
Hasta que transcurra el plazo de garantía, la empresa adjudicataria responderá de la correcta realización de los trabajos contratados, y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia que los/las responsables de la BOS los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o confirmaciones parciales.
LABORALES: La adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral, quedando la BOS exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
La empresa adjudicataria deberá contar con personal suficiente y cualificado para las tareas que se deben desarrollar en ejecución del presente contrato. La empresa adjudicataria determinará, sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, de forma exclusiva las necesidades de su personal. En todo caso deberá disponer de un equipo humano que debidamente coordinado demuestre su capacidad para llevar a cabo, en tiempo y forma, los servicios a prestar.
La BOS no tendrá responsabilidad directa, ni solidaria, ni subsidiaria respecto el cumplimiento de las
obligaciones laborales de la empresa adjudicataria, así como tampoco de las que se puedan derivar, en su caso, de la extinción de los contratos de trabajo, tanto durante la vigencia del presente contrato, como con posterioridad a su terminación, asumiendo la empresa adjudicataria la totalidad de las consecuencias jurídico laborales derivadas de los mismos, tanto durante la vigencia del presente contrato, como una vez finalizado el mismo. La BOS no tendrá relación jurídico laboral, civil o administrativa alguna respecto del personal de la empresa adjudicataria que preste sus servicios.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: En todo caso, se deberán cumplir cuantas obligaciones deriven de la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales, (PRL) configurando los instrumentos legalmente establecidos para la adecuada aplicación de la normativa vigente en materia de PRL derivados de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, siendo la empresa adjudicataria la única y exclusiva responsable del cumplimiento de las referidas obligaciones, y por ello, de las consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las mismas. La adjudicataria, se obliga al cumplimiento de las normas de PRL del Palacio Euskalduna y/o de los lugares en los que se desarrolle el servicio.
SANCIONES EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES Y PRL: La adjudicataria igualmente vendrá obligada a informar puntualmente a la BOS sobre cualquier sanción que le sea impuesta en materia de relaciones laborales (individuales o colectivas) y/o PRL, por hechos cometidos con ocasión de la ejecución del contrato, así como sobre los eventuales recursos que se hayan planteado contra aquélla , y las resoluciones que recaigan al respecto.
IGUALDAD DE LA MUJER Y EL HOMBRE: La adjudicataria garantizará que en la ejecución del contrato la documentación, publicidad, imagen o materiales se realice un uso no sexista del lenguaje, y se evite cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y se fomente una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género.
El adjudicatario deberá cumplir los principios y obligaciones establecidos en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, del Parlamento Xxxxx, para la Igualdad de Mujeres y Hombres; y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Las empresas adjudicatarias con más de 250 trabajadores,
deberán justificar que disponen de un Plan para la Igualdad de mujeres y hombres con el contenido previsto en la Ley 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres.
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones.
La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo.
Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados a la BOS. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita de la BOS, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años.
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: La BOS será propietaria de todos los trabajos desarrollados por la empresa adjudicataria con ocasión de los servicios objeto de la presente licitación.
La empresa adjudicataria cede de forma exclusiva a la BOS, con un ámbito territorial mundial, y por la mayor duración que permita la ley, todos los derechos de explotación y en todas las modalidades de explotación que puedan aplicarse, sobre cuantas creaciones de propiedad intelectual pueda desarrollar la empresa adjudicataria, su personal o colaboradores, en el ejercicio o con ocasión de los servicios objeto de la presente licitación.
La empresa adjudicataria se compromete a que, salvo que medie consentimiento expreso de la BOS, no podrá utilizar los resultados de sus trabajos, ni podrá reproducirlos, trasmitirlos, modificarlos, o divulgarlos sin autorización previa y expresa de la BOS.
Asimismo, la empresa adjudicataria defenderá, a su propio coste, cualquier reclamación o amenaza de
reclamación formulada por terceros contra la BOS, en la medida que dicha reclamación se fundamente en la pretensión de que los trabajos que hubieran sido desarrollados por la empresa adjudicataria en el marco de la presente licitación, infrinjan derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros, o constituya una apropiación indebida de secretos comerciales o industriales de terceros.
La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder.
SECRETO PROFESIONAL Y CONFIDENCIALIDAD: La empresa adjudicataria está obligada a guardar el secreto profesional respecto a la información y documentación proporcionada por la BOS para la realización del objeto del contrato.
En consecuencia, queda expresamente prohibida la reproducción, distribución, comunicación, transformación, puesta a disposición, o cualquier tipo de manipulación de la información confidencial de la BOS, contenida tanto en soportes magnéticos como en soportes convencionales, a ninguna tercera persona física o jurídica, de forma gratuita u onerosa.
Esta obligación, subsistirá tanto durante como después de la terminación de las actividades objeto del contrato, hasta que dicha información llegue a ser de dominio público o, que por otras causas legítimas, pierda su consideración de confidencial.
La empresa adjudicataria será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y de cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por ella.
La empresa adjudicataria únicamente permitirá el acceso de la información confidencial a aquellas personas que tengan necesidad de conocerla para el desarrollo de las actividades y servicios contratados.
La empresa adjudicataria se obliga a no utilizar la información confidencial de la BOS a la que tenga acceso para fines propios o privados o cualesquiera otros fines. La empresa adjudicataria deberá indemnizar a la BOS
y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional.
GARANTIA DE LIBRE CONCURRENCIA: A fin de evitar que, tanto en éste procedimiento como en los futuros, el contratista que esté prestando el servicio pueda hacer mal uso de su posición, estará obligado durante el proceso de cambio a:
Facilitar toda la información, tanto técnica como administrativa necesaria para la realización del traspaso, en un plazo máximo de 2 semanas.
No degradar los niveles de servicio.
No dificultar el proceso de cambio.
Asimismo, durante toda la vigencia del contrato, y con la finalidad de facilitar el posible relevo por cambio de adjudicatario, estará obligado a utilizar tecnologías y sistemas asociados, que no impliquen restricción que pueda dificultar o impedir a un nuevo adjudicatario la gestión de los servicios contratados.
CONDICIONES LINGUISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º ,y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato deberá observar en la ejecución del mismo la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas.
Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
09. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA.
En el plazo máximo de treinta días desde la finalización de la prestación objeto del contrato, se producirá el acto formal y positivo de recepción de la misma.
Asimismo, se establece un plazo de sesenta días, a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en el TRLCSP. Durante este plazo de garantía, la empresa contratista será responsable por los defectos o vicios que puedan manifestarse en los trabajos o prestaciones realizadas. Hasta que transcurra el plazo de garantía, la empresa adjudicataria responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los responsables de la BOS los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de la BOS, quedará extinguida la responsabilidad del adjudicatario.
10. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y PENALIDADES.
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato dará lugar a la imposición, previa audiencia a la empresa adjudicataria, de penalidades de carácter económico.
Los incumplimientos, atendiendo a su gravedad, trascendencia para el servicio y eventuales perjuicios causados tanto a la BOS como a terceras personas, se clasifican en muy graves, graves y leves.
Se sancionará a la empresa adjudicataria en caso de incumplimiento de alguna o varias de las condiciones del contrato o de las mejoras ofertadas:
A) INCUMPLIMIENTOS MUY GRAVES:
Interrupción de las prestaciones contratadas, salvo causa de fuerza mayor o causa justificada así admitida por la BOS.
La cesión total o parcial del contrato sin la previa autorización.
El incumplimiento grave y/o reiterado de las obligaciones exigibles a la empresa adjudicataria.
Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua u opinión.
El retraso en la ejecución de los trabajos que suponga un perjuicio muy grave en la imagen de la BOS, y/o en la prestación de sus servicios.
La comisión de tres faltas graves.
B) INCUMPLIMIENTOS GRAVES:
El incumplimiento, por acción u omisión, de las obligaciones derivadas del contrato o de las instrucciones u órdenes dictadas por la BOS, que por su trascendencia no merezcan la consideración de falta muy grave.
El retraso en la ejecución de los trabajos objeto del contrato.
La comisión de dos faltas leves.
C) INCUMPLIMIENTOS LEVES:
La negligencia o descuido inexcusable en el incumplimiento de las obligaciones exigibles a la empresa adjudicataria.
PENALIDADES: La comisión de infracciones por parte de la empresa adjudicataria podrá conllevar la imposición de penalidades por los siguientes importes:
1) Faltas muy graves: deducción económica equivalente al 50% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
2) Faltas graves: deducción económica equivalente al 25% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
3) Faltas leves: apercibimiento o deducción económica equivalente al 5% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
Corresponderá a la Dirección de la BOS, u órgano en quien delegue la imposición de penalidades por razón de incumplimiento del contrato.
Cuando la empresa adjudicataria hubiese incurrido en incumplimientos graves o muy graves, la BOS podrá
optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades arriba expuestas.
Los importes de las penalidades se harán efectivos, preferentemente, mediante la deducción de los mismos en los pagos de las facturas de la empresa adjudicataria.
Las penalidades no excluyen la obligación de la empresa adjudicataria de responder de los daños y perjuicios que se produzcan a tercera personas y/o a la BOS, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ella se deriven.
11. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Constituyen causa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP.
12. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto, con publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. (DOUE)
En este mismo lugar se podrá tener acceso a los pliegos y a la documentación complementaria.
13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Los criterios de valoración de las ofertas, que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los siguientes:
a) Criterios cuantificables por formulas hasta 51 puntos
b) Criterios no cuantificables por formulas hasta 49 puntos
14. VALORACION DE LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FORMULAS.
Dado que en los presentes pliegos se solicita ofertar diversos precios de licitación sobre diferentes conceptos, la puntuación final se realizará según la siguiente distribución desglose. Se valorará hasta un máximo de:
Puntos | Concepto |
10 puntos | El precio correspondiente a la creatividad. |
29 puntos | El precio correspondiente a la producción del material publicitario. |
2 puntos | La comisión de agencia. |
10 puntos | Descuento sobre tarifas oficiales en medios, con la siguiente ponderación: 4,5 puntos por descuento sobre tarifas oficiales en prensa 2 puntos por descuento sobre tarifas oficiales en radio 3,5 puntos por descuento sobre tarifas oficiales en televisión |
14.1. Valoración de la creatividad y la producción del material publicitario.
Se otorgará la máxima puntuación establecida a la oferta más económica, puntuándose el resto de las ofertas por regla de tres inversa, conforme a la siguiente fórmula:
Puntuación= (oferta más económica/oferta que se valora) X máxima puntuación
Ofertas anormales o desproporcionadas: En ambos casos se considerará que las ofertas presentan valores anormales o desproporcionados en caso de que la cuantía total (de cada concepto) sea inferior en más xx xxxx
(10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas admitidas
En caso de ofertas incursas en valores anormales o desproporcionados se seguirá el procedimiento previsto en el art.152.3 del TRLCSP.
Para la valoración del precio únicamente se tendrán en cuenta las ofertas con valores anormales o desproporcionados que, previa justificación de los mismos, hayan sido admitidas por el órgano de contratación.
14.2. Valoración de la comisión de agencia.
Se otorgará la máxima puntuación establecida a la oferta más económica, puntuándose el resto de las ofertas por regla de tres inversa, conforme a la siguiente fórmula:
Puntuación= (oferta más económica/oferta que se valora) X máxima puntuación
A efectos de cálculo, el precio más bajo a considerar en la fórmula no será inferior a 0,10%.
14.3. Valoración del descuento sobre tarifas oficiales en medios.
El licitador que ofrezca mayor porcentaje de descuento obtendrá la puntuación máxima, puntuándose al resto de licitadores mediante criterio de proporcionalidad, multiplicando la puntuación máxima del descuento de cada medio por el cociente resultante de dividir el valor de la oferta de descuento de que se trate (DESCUENTO ofertado), por el valor correspondiente a la mejor oferta de descuento (mejor DESCUENTO).
Así, por ejemplo, para obtener la puntuación de la oferta de descuentos en prensa (PUNTUACION) de cada proposición, se aplicará la siguiente fórmula:
PUNTUACION = 4,5 X (DESCUENTO ofertado/ mejor DESCUENTO)
Los descuentos que se oferten deberán realizarse sobre tarifas vigentes, sin incluir ningún tipo de recargo por ningún concepto (posiciones preferentes, páginas impares, etc.).
Los licitadores deberán indicar su porcentaje de descuento (expresado con dos decimales) en cada uno de los apartados mencionados, siendo rechazadas aquellas ofertas que indiquen más de un porcentaje en algún apartado, así como las ofertas que no indiquen porcentaje de descuento en alguno de los apartados a puntuar establecidos anteriormente.
15. VALORACION DE LOS CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULAS.
Valoración de las propuestas creativas. Se valorará en conjunto la creatividad de las propuestas presentadas, en
función de los siguientes criterios:
- Adecuación con los objetivos perseguidos.
- Originalidad de la propuesta para ser reconocida y recordada por el público objetivo.
- Claridad del mensaje.
- Coordinación de las diferentes piezas creativas.
La puntuación se asignará según el siguiente baremo:
- Oferta Insuficiente Hasta 40% de la puntuación máxima del criterio
- Oferta Suficiente Hasta 50% de la puntuación máxima del criterio
- Oferta Buena Hasta 75% de la puntuación máxima del criterio
- Oferta Destacable Hasta 100% de la puntuación máxima del criterio
UMBRAL MINIMO DE PUNTUACION: Conforme al artículo 150.4 de la TRLCSP, para ser admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificable mediante fórmulas, los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no sean tenidas en cuenta por la Comisión de Contratación las ofertas cuya puntuación no alcancen 25 puntos
Se considerarán inadmisibles las ofertas que incluyan un proyecto que , por su ejecución o contenidos , no sean adecuados para cumplir el objeto y los fines del contrato. Xxxxx también consideradas inadmisibles las ofertas que por su indefinición no permitan evaluar el resultado final de los trabajos.
La BOS podrá declarar desierta la licitación, si considera que ninguna de las ofertas cumple con las condiciones necesarias para el correcto desempeño del servicio.
16. REQUISITOS EXIGIDOS PARA CONTRATAR.
16.1. Capacidad para contratar.
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en
plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60.1 del TRLCSP.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
16.2. Solvencia económica y financiera.
Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera: Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de 290.619,77 €, equivalente a una vez el presupuesto estimado máximo de gasto del contrato
Se acreditará: El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
(Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil)
16.3. Solvencia técnica y/o profesional.
Requisitos mínimos de solvencia técnica y/o profesional: Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, y que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos cinco años sea igual o superior a 203.433,83 €, equivalente al 70% del presupuesto estimado máximo de gasto del contrato.
Se acreditará mediante: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, falta de este último certificado, mediante una declaración del empresario.
16.4. Clasificación empresarial que puede sustituir a la solvencia exigida.
Si la clasificación obtenida es anterior a 5/11/2015 y válida hasta 01/01/2020: Grupo: T, Subgrupo: 01, Categoría: B (nueva categoría 2)
17. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
Las propuestas se presentarán en la sede de la BOS, (Xxxxxxx Euskalduna Jauregia, Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, 0 00000 Xxxxxx) hasta las 14 horas del día 22-02-2017.
Los licitadores que envíen su proposición por correo, deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a la BOS la remisión de la oferta mediante telefax o correo electrónico en el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, la documentación no será admitida si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Entregada y admitida la propuesta no podrá ser retirada por la empresa licitadora, salvo causas justificadas, ni éste podrá presentar ninguna otra, ya sea individualmente o en unión temporal con otras empresas, o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo anterior dará lugar a la desestimación de todas las propuestas presentadas por la misma.
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C), en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPUESTA PARA PARTICIPAR EN LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PUBLICIDAD PARA LA BOS”
Todos los sobres deberán ir inexcusablemente identificados en su exterior con los siguientes datos:
SOBRE:
SUBTITULACION: SERVICIOS DE PUBLICIDAD
Denominación social: Domicilio social:
E-mail:
Teléfono de contacto:
Fax:
Nombre y apellidos del apoderado/a: Firma del apoderado/a:
El sobre “A” se subtitulará “DECLARACIÓN RESPONSABLE”
Se presentará la declaración responsable mediante el documento europeo único de contratación, (DEUC) consistente en una declaración formal y actualizada de la empresa interesada. Este documento ha sido aprobado a través del Reglamento (UE) nº 2016/7, de 5 de enero de 2016 por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación. En el anexo nº 3 de este pliego constan las instrucciones para su cumplimentación.
El sobre “B” se subtitulará “DOCUMENTACION RELATIVA A LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FORMULA”
Contendrá la proposición económica, conforme al modelo indicado en el anexo nº 2. No se aceptarán aquéllas proposiciones que:
Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la BOS estime fundamental para considerar la oferta.
Carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
Excedan del tipo máximo de licitación.
Comporten error manifiesto en el importe de la proposición.
Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido.
En las que exista reconocimiento, por parte del licitador, de que adolece de error u inconsistencia, que la hagan inviable.
En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Comisión de Contratación adopte otra postura.
Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección.
En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Comisión de Contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la BOS .
El sobre “C” se subtitulará “DOCUMENTACION RELATIVA A LOS CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA”
La creatividad, se valorará con arreglo al siguiente modelo:
Nº | Elemento | A entregar |
1 | PRENSA | Boceto original de diseño de un anuncio para publicación en prensa, tomando como tema el programa sinfónico nº 7 de la temporada 2016-17. |
2 | MATERIAL PUBLICITARIO | Bocetos originales de diseño del material publicitario siguiente: Un cartel anunciador, tomando como tema el programa sinfónico nº 17 de la temporada 2016-17. Una revista avance de programación de la temporada 2016-17, usando los datos del correspondiente a dicha temporada. (*) Un programa de temporada 2016-17, usando los datos de seis de los programas sinfónicos de la misma, así como la información contenida en las páginas 60 a 65 del programa de dicha temporada. (*) Un programa de mano de la temporada sinfónica, correspondiente al programa nº 6 de la temporada 2016-17. (*) Los bocetos que presenten otros temas no serán aceptados. |
3 | RADIO | Una propuesta de cuña de de radio en euskera, (en texto o grabación) de 30 segundos de duración, relativa al programa sinfónico nº 10 de la temporada sinfónica 2016-17. Una propuesta de cuña de de radio en castellano, (en texto o grabación) de 30 segundos de duración, relativa al programa sinfónico nº 10 de la temporada sinfónica 2016-17. Las cuñas de radio en grabación, se entregarán en formato CD. |
4 | TV | Una propuesta de spot para televisión en euskera, (en texto) de 30 segundos de duración, relativa al programa sinfónico nº 10 de la temporada sinfónica 2016-17. Una propuesta de spot para televisión en castellano, (en texto) de 30 segundos de duración, relativa al programa sinfónico nº 10 de la temporada sinfónica 2016-17. El licitador entregará el guión y el“story board” de los spots. |
(*) Los licitadores podrán descargar este documento, en formato pdf, en el perfil del contratante de la BOS. También pueden disponer del mismo, en formato papel, en las oficinas de la BOS.
La propiedad de los bocetos/documentos/soportes, en su caso, presentados pasará a ser de la BOS, comprometiéndose a que no se haga uso alguno de los mismos, más que a los puros efectos de esta licitación y de su archivo.
18. CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Apertura del sobre “A”
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la BOS procederá a la apertura del sobre “A”, concediendo, si observase defectos materiales en el formulario DEUC, un plazo de tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
Apertura del sobre “C”
En acto público, se procederá a la apertura del SOBRE “C” DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA correspondientes a los licitadores admitidos.
A continuación la Comisión de Contratación, valorará las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas.
Apertura del sobre “B”.
Una vez valorados los criterios no cuantificables mediante fórmulas, la Comisión de Contratación, en acto público, dará a conocer la ponderación asignada a las ofertas relativas a dichos criterios.
A continuación se procederá a la apertura del SOBRE “B” DOCUMENTACION RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FORMULAS de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas
contenidas en las mismas.
La Comisión de Contratación formulará propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez realizada la evaluación global de las ofertas.
19. ADJUDICACIÓN.
El órgano de contratación es la Presidencia de la BOS. Para la adjudicación del contrato, el órgano de contratación estará asistido de una comisión de contratación, integrada por los siguientes miembros:
Vocal del Patronato de la BOS.
Director General de la BOS
Responsable de comunicación de la BOS
Secretario: El del Patronato de la BOS.
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en este Pliego.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a) Documentación administrativa justificativa de los requisitos exigidos legalmente para contratar:
- Persona física: D.N.I. o documento fehaciente que haga sus veces de la persona que realice la proposición.
- Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- Documentos acreditativos de la representación: Xxxxxxx comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto
- Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional o de la
clasificación empresarial, en su caso.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
b) Garantía definitiva
Formas de prestar la garantía.- La garantía podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP .
La BOS se reserva el derecho de exigir la legitimación de la firma de los avales.
En el caso de las uniones temporales de empresarios, deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes. Asimismo, las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
c) Certificación positiva expedida por la/s Hacienda/x Xxxxx/es y/o, en su caso, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
d) Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social o, en su caso, el alta en la Mutua correspondiente-
e) En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma. Asimismo, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Haciendas/s y Seguridad Social y documentación relativa al Impuesto de Actividades Económicas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada.
La adjudicación se notificará a los licitadores e indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
20. FORMALIZACIÓN.
El contrato se perfecciona con su formalización.
El contrato se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación.
El contrato deberá formalizarse en documento que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
Dado que se trata de un contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores
Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la BOS puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto cuando la tramitación del expediente sea con carácter de urgencia o emergencia.
21. MODIFICACION DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razón de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente.
El contrato podrá ser modificado para atender a finalidades nuevas relativas a la ampliación del ámbito territorial y al ámbito de actuación necesarias para la correcta satisfacción de las necesidades que se pretenden cubrir con el contrato.
Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. Se atenderá especialmente a lo previsto en el artículo 305 del TRLCSP.
22. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
El contrato que sobre la base de este pliego se realice, tendrá carácter privado.
En cuanto a su preparación y adjudicación, el contrato se regirá por las cláusulas contenidas en este pliego y, en su defecto, por:
- Las instrucciones internas de contratación de la BOS.
- Las normas establecidas al efecto en el TRLCSP.
- En su caso, por las normas establecidas en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, (en adelante RD 817/2009) para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean administración pública.
- Y, en cuanto no se oponga a lo previsto en el TRLCSP, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente pliego y, en lo no previsto en el mismo por las normas de derecho privado.
Adicionalmente, el TRLSCP, el RD 817/2009 y el Real Decreto 1098/2001, serán de aplicación, en todo en cuanto este pliego se remita expresamente a dichos textos normativos.
23. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACION.
El contrato será susceptible de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo.
El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo, y el plazo de interposición será de 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 de TRLCSP.
La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia - San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz).
En todo caso, quien se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, 0 00000 Xxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo.
En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite.
A este escrito se acompañará:
a) El documento que acredite la representación del compareciente, salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo órgano, en cuyo caso podrá solicitarse que se expida certificación para su unión al procedimiento.
b) El documento o documentos que acrediten la legitimación del actor cuando la ostente por habérsela transmitido otro por herencia o por cualquier otro título.
c) La copia o traslado del acto expreso que se recurra, o indicación del expediente en que haya recaído o del periódico oficial o perfil de contratante en que se haya publicado.
d) El documento o documentos en que funde su derecho.
e) El justificante de haber anunciado previamente la interposición del recurso .
24. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas que se deriven del fondo del contrato se someten a la jurisdicción ordinaria; mientras que las relativas a los actos preparatorios y de adjudicación se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, en ambos casos de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx. No obstante, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Bilbao, a 2 de enero de 2017
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TECNICAS.
1. CREATIVIDAD:
1.1 El servicio incluye:
a) Creación de anuncios originales de los conciertos/actividades de la BOS, desde el texto hasta el arte final:
Diseño y realización de anuncios relativos a dichas actividades en prensa y revistas.
Diseño y realización de publicidad no intrusiva (banners y similares) en portales de internet y en prensa electrónica.
Diseño y ejecución de publicidad exterior.
Creación, realización y grabación de cuñas de radio.
Creación de spots de televisión.
Etc.
b) Creación de todo el material publicitario que se cita en el punto nº 2.
c) Adaptación de diversos formatos.
d) Retoque de textos.
e) Traducción al euskera. (Solo cuando así se le solicite)
f) Los servicios usuales de tipo complementario, dentro de la misma especialidad.
g) Se entenderán también incluidas aquellas otras prestaciones que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley (art. 1.258 C.c.).
No es objeto del contrato los gastos de producción de anuncios de TV; los cuales serán objeto de presupuesto aparte.
1.2. Uso de fotografías e imágenes: Cuando se utilicen imágenes estas deberán ser de la BOS, cedidas por los artistas intervinientes en los conciertos, o en su defecto se utilizará un banco de imágenes. En su caso, correrá a cargo de la BOS (previa aceptación del correspondiente presupuesto) el pago de los derechos por el uso de tales fotografías e imágenes.
1.3. Criterios generales: La realización de los anuncios deberá tener un diseño moderno, creativo y original. Su diseño será atractivo, limpio y de fácil lectura, provocando en quien lo lee un impacto visual fuerte y positivo.
1.4. Diseño y composición: Todos los elementos de los que se componga la propuesta deberán respetar y destacar claramente siempre la imagen corporativa de la BOS.
1.5. Bocetos/Versiones: El adjudicatario deberá realizar cuantos bocetos/versiones resulten necesarios de las acciones a desarrollar, hasta su aprobación definitiva por parte de la BOS, y artes finales de todos los elementos que se consideren necesarios para el desarrollo de las acciones publicitarias de la BOS.
1.6. Dirección e inspección del servicio: La dirección e inspección del servicio contratado corresponderá al departamento, que fije la BOS, que podrán dirigir instrucciones al adjudicatario siempre que no supongan modificaciones del servicio autorizado ni se opongan a las disposiciones legales vigentes ni a lo establecido en este Pliego y en los demás documentos contractuales.
2. PRODUCCION DE MATERIAL PUBLICITARIO:
2.1 Contenido:
El material publicitario a producir es el siguiente:
Nº | Concepto | Unidades | Especificaciones (a determinar en cada caso) |
1 | Revista avance de temporada (bilingüe euskera-castellano) con la programación de la BOS. | 9.000 Por temporada | Diseño y tamaño hasta A4 . Mínimo de 12 páginas, incluidas portadas. Impresa en papel couche brillo de 200 gramos a 4 + 4 tintas. Cosidos a caballete con dos grapas |
2 | Programa de temporada (bilingüe) con la programación de la BOS. | 3.000 Por temporada | Diseño y tamaño hasta A4 . Mínimo de 68 páginas más cubiertas con solapa trasera, impresos a 4 + 4 tintas + barniz en la cubierta, en couche brillo de 250 gramos para las cubiertas y 150 gramos interior. Encuadernación en rústica cosida a hilo. |
3 | Cuadríptico resumen de temporada (bilingüe) con la programación de la BOS. | 10.000 Por temporada | Diseño y tamaño hasta A3. Mínimo de 1 página, cuadríptico, impresa en papel couche brillo de 150 gramos a 4 + 4 tintas. |
4 | Programas de mano de la temporada sinfónica. Serán bilingües, y contendrán el programa de cada concierto. (17 conciertos x 3.000 programas) Prevemos sean 45.000 programas entre 12 y 16 páginas, y 6.000 programas entre 20 y 24 páginas | 51.000 Por temporada | Diseño y tamaño hasta A4 . Portada impresa a 4+4 tintas + barniz sobre impresión en papel estucado mate de 170 grs. Interior impreso a 4+4 tintas en papel estucado mate de 115 grs. y cosido con 2 grapas + reimpresión fecha portada. Maquetación incluida. |
5 | Programas de mano de la temporada xx xxxxxx. Serán bilingües, y contendrán el programa de cada concierto. (7 conciertos x 350 programas + 3 conciertos x 500 programas) | 3.950 Por temporada | Diseño y tamaño hasta A4 . Mínimo 1 página. Portada impresa a 4+0 tintas + barniz sobre impresión en papel estucado mate de 170 grs. Interior impreso a 2 tintas en papel estucado mate de 170 grs. |
6 | Dípticos varios durante la temporada. Serán bilingües y contendrán la información que corresponda. | 6.000 Por temporada | Diseño y tamaño hasta A4. Impreso a 4+4 tintas en papel estucado mate de 150 grs. |
7 | Carteles (bilingüe) de los conciertos programados en la BOS. (75 carteles x 20 conciertos) | 1.500 Por temporada | Deberán ser de un tamaño final 60 x 90 cms, sobre papel couche mate de 150 gramos, impresos a 4 + 4 tintas. |
8 | Lonas de micro perforado para exterior para colocación externa (bilingüe) de los conciertos programados en la BOS. | 2 Por año | Serán de un tamaño de 320 x 275 cms en lona micro perforada con hollado perimetral, ojeteros cada 40 cms, e impreso a una cara. El precio incluye la colocación y retirada de cada lona. |
9 | Encartes o “flyers” para concierto (bilingüe). | 9.000 Por temporada | Diseño y tamaño hasta DIN A5. Impresión en papel estucado mate de 200 gramos a 4 + 4 tintas. |
Nota 1: Los gramajes de papel que se indican, deben considerarse como mínimos.
Nota 2: En caso de que la BOS precisase realizar una reimpresión de alguno o algunos de los elementos citados, el precio a satisfacer no podrá ser superior al de la impresión ordinaria.
Nota 3: La realización de los dípticos varios, carteles, lonas de micro perforado y “flyers” será optativa por parte de la BOS en cada caso.
2.2 Aspectos fundamentales a tener en cuenta para el diseño y realización:
Público Objetivo: El público al que van dirigidos los materiales publicitarios es la sociedad vizcaína en su conjunto.
Criterios generales: La realización del material publicitario deberá tener un diseño moderno, creativo y original. Su diseño debe ser atractivo, limpio y de fácil lectura, provocando en quien lo lee un impacto visual fuerte y positivo. El contenido literario y la redacción de textos deberán amoldarse a los criterios propios del sector de la música clásica.
Diseño y composición: Todos los elementos de los que se componga la propuesta deberán respetar y destacar claramente siempre la imagen corporativa de la BOS.
Conceptos incluidos: En la propuesta de los licitadores, se entiende están incluidas todas las partidas necesarias, tales como: gestiones con empresas de Artes Gráficas, fotomecánicas y localización de material fotográfico, traducción de los textos al euskera en su caso, llamadas, faxes, mensajerías, portes, etc. También la filmación de fotolitos de cuatricromía a su tamaño con pruebas de color que deberán ser aprobadas antes de su impresión por parte de la BOS. Cualquier realización de un reportaje fotográfico necesario queda fuera de este presupuesto, por lo tanto necesitará el consentimiento previo por parte de la BOS.
Uso de fotografías e imágenes: Cuando se utilicen imágenes estas deberán ser de la BOS, cedidas por los artistas intervinientes en los conciertos, o en su defecto se utilizará un banco de imágenes.
Entrega en la sede de la BOS: El material publicitario será entregado directamente en la sede de la BOS,
siempre dentro de los plazos convenidos.
Uso del diseño ganador: Una vez determinado el ganador del concurso, el diseño del mismo en todos sus aspectos pasará a ser propiedad de la BOS.
La BOS podrá pedir a los autores ciertas modificaciones o cambios en los puntos en que lo considere necesario, especialmente en el contenido literario y la redacción de los textos.
Estos cambios deberán ser realizados por los autores. De todos modos se respetará en todo momento el criterio general del diseño.
La BOS aportará la información necesaria para completar la realización del material publicitario.
Dirección e inspección del servicio: La dirección e inspección del servicio contratado corresponderá al departamento, que fije la BOS, que podrán dirigir instrucciones al adjudicatario siempre que no supongan modificaciones del servicio autorizado ni se opongan a las disposiciones legales vigentes ni a lo establecido en este Pliego y en los demás documentos contractuales.
3. GESTION DE MEDIOS:
3.1. El servicio incluye:
El asesoramiento técnico en la selección de los soportes que han de formar parte del plan de medios.
La planificación, compra de espacios, gestión y control del plan de medios.
La contratación de los espacios, soportes y medios técnicos necesarios para la difusión y ejecución de las diferentes inserciones y/o campañas publicitarias que desarrolle la BOS , a fin de dar a conocer sus conciertos/actividades.
La elaboración de estudios posteriores a la campaña, que permitan conocer el impacto de la misma de forma cuantitativa y cualitativa, con la finalidad de incrementar a futuro la calidad y eficiencia en la gestión de los recursos.
3.2. Obligaciones de la adjudicataria:
Corresponde a la adjudicataria:
Contratar los espacios, soportes y medios técnicos necesarios para la difusión y ejecución de las inserciones publicitarias contenidas en el plan de medios.
x Ejecutar las citadas inserciones, por lo que realizará las gestiones necesarias para su óptima consecución. Corre a su cargo el envío de los diferentes originales a los soportes seleccionados.
Gestionar y controlar las inserciones. El adjudicatario será el responsable de entregar las copias en los formatos requeridos por cada soporte. También tendrá la obligación de comprobar la correcta inserción de los anuncios , y solicitar subsanaciones y contraprestación en caso negativo, siempre a favor de los intereses de la BOS.
El control y seguimiento del presupuesto destinado a este contrato.
Elaborar y presentar a la BOS (con la periodicidad que se determine, y al menos una vez al año/temporada) planes concretos de medios en función al presupuesto, a los objetivos de comunicación y a su público objetivo, proponiendo los soportes más adecuados en función a criterios de audiencia, coste, adecuación al producto a anunciar, penetración y rentabilidad.
Facilitar toda la información necesaria para el adecuado cumplimiento de este contrato, incluyendo tarifas, audiencias y perfil, y difusión de los medios.
Realizar un informe final (al finalizar cada año/temporada) que contenga la medición de los objetivos de impacto publicitario alcanzados con la campaña propuesta, así como de una comparativa con los objetivos inicialmente previstos en la propuesta. Además, deberán realizar un análisis pormenorizado de las acciones más efectivas y las que no han dado los resultados esperados, donde deberán sugerir propuestas de mejora para el siguiente año/temporada.
3.3. Potestades de la BOS:
Corresponde a la BOS, en cada caso, la aprobación del plan de medios presentado por la adjudicataria.
La BOS se reserva el derecho de negociar directamente con los diferentes medios de comunicación mejoras en el precio de sus tarifas, pudiendo ordenar a través de la adjudicataria la publicidad resultante del eventual pacto. En concreto, en el supuesto de que la BOS tenga acuerdos o llegue de forma particular a acuerdos con medios, que sean más favorables o que mejoren las condiciones propuestas por el
adjudicatario, será obligación de adjudicatario la aplicación de los mismos en su facturación al la BOS.
Será potestad de la BOS cursar las órdenes de inserción, con indicación de los soportes o medios a contratar, fechas, espacios, con el fin de que la adjudicataria proceda a su contratación, con la cantidad y límites que la BOS considere precisos.
La BOS se reserva el derecho de poder contratar directamente con los diversos medios la inserción de anuncios, cuando el interés público así lo requiera.
3.4 Justificación de la oferta:
Junto con la oferta económica, el adjudicatario adjuntará (en documento separado) un breve análisis razonado que justifique la selección de medios y la distribución porcentual del presupuesto disponible entre ellos, en función del público objetivo de la BOS.
En dicho documento, se relacionarán todos los medios con lo que la licitadora se compromete a trabajar con los descuentos especificados en la oferta económica. La relación de medios contendrá, al menos, los siguientes :
Los 3 diarios, en papel, de mayor difusión en Bizkaia.
Los 3 diarios digitales de mayor difusión en Bizkaia.
Las 4 emisoras de radio de ámbito de Bizkaia, con mayor audiencia.
Las 3 emisoras de televisión, de ámbito de Bizkaia o con desconexión territorial para Bizkaia, de mayor audiencia.
Dicha relación no contendrá dato económico alguno, sino solamente los nombres de los medios.
3.5. Aspectos fundamentales a tener en cuenta:
Público Objetivo: El público al que va dirigido el servicio, es la sociedad vizcaína en su conjunto.
Criterios generales: Los anuncios publicitarios tendrán un diseño moderno, creativo y original. Su
diseño debe ser atractivo, limpio y de fácil lectura, provocando en quien lo lee un impacto visual fuerte y positivo. El contenido literario y la redacción de textos deberán amoldarse a los criterios propios del sector de la música clásica.
Diseño y composición: Todos los elementos de los que se componga la propuesta deberán respetar y destacar claramente siempre la imagen corporativa de la BOS.
Conceptos incluidos: En la propuesta de los licitadores, se entiende están incluidas todas las partidas necesarias.
Uso de fotografías e imágenes: Cuando se utilicen imágenes estas deberán ser de la BOS, cedidas por los artistas intervinientes en los conciertos, o en su defecto se utilizará un banco de imágenes.
Dirección e inspección del servicio: La dirección e inspección del servicio contratado corresponderá al departamento, que fije la BOS, que podrán dirigir instrucciones al adjudicatario siempre que no supongan modificaciones del servicio autorizado ni se opongan a las disposiciones legales vigentes ni a lo establecido en este Pliego y en los demás documentos contractuales.
3.6. Facturación:
El adjudicatario cederá en cada una de las facturas a la BOS el porcentaje de descuento ofertado y percibirá, en su caso, en concepto de contraprestación por sus servicios una comisión consistente en el porcentaje ofertado sobre la facturación neta de los servicios, es decir, sobre el importe resultante tras la práctica del descuento referido a los precios de tarifa de los diversos soportes publicitados.
Las facturas se emitirán por cada orden de inserción aprobada por la BOS, y desglosarán en cada una de ellas cuantos elementos resulten necesarios para un perfecto entendimiento de su alcance: soporte, fecha, formato, precios unitarios, número de inserciones, importes brutos y netos con porcentajes de descuento y comisiones de agencia aplicados y otras que para cada caso concreto puedan ser requeridos por la BOS, todo ello, sin perjuicio de que las periodicidades y forma puedan ser alteradas por acuerdo de las partes.
4. USO DEL EUSKERA:
Toda la publicidad objeto de este servicio deberá ser bilingüe en euskera y castellano, contemplando el uso
de ambas lenguas en plano de igualdad tanto en los diseños del material publicitario, como en el contenido de los textos, teniendo en cuenta los criterios lingüísticos propios de cada lengua y la normativa legal vigente al efecto.
5.- DEL PERSONAL:
- Todo el personal que preste el servicio objeto del contrato, pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria, sin que exista relación jurídica alguna entre el citado personal y la BOS, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior.
- Todo el personal deberá estar debidamente asegurado en la Seguridad Social, por cuenta exclusiva del adjudicatario.
- La empresa adjudicataria se compromete a adscribir al contrato, como mínimo , los siguientes medios materiales : Una oficina en Bilbao o su entorno inmediato, donde radicará el puesto de trabajo de la persona responsable que se señala más adelante. En cualquier caso, se realizarán cuantas sesiones de trabajo y reuniones sean necesarias con la BOS a fin de que cumpla su cometido de la manera más adecuada posible, para lo que resultará necesario, cuando proceda, el desplazamiento de personal de la empresa a las oficinas de la BOS o lugares de desarrollo de las acciones publicitarias.
Este compromiso tiene el carácter de obligación contractual esencial, a los efectos previsto en el TRLSCP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato a voluntad de la BOS.
- PRESTACION DE SERVICIOS: Se realizarán en las fechas y horarios que la BOS indique al adjudicatario. El número de personas a utilizar en cada servicio será el indicado por la BOS, quedando sujeto a los aumentos-disminuciones que las necesidades técnicas demanden.
- HUELGA: En caso de huelga, el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios, los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante estos períodos de huelga, se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados.
- COMPENSACIÓN DE DAÑOS: Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales, mobiliario, instalaciones o cualquier propiedad de la BOS y/o del Auditorio, por negligencia, incompetencia o dolo, serán indemnizados por el adjudicatario.
6.- REPRESENTACION DEL ADJUDICATARIO:
La adjudicataria deberá determinar, expresamente, una/una responsable que garantice el funcionamiento del servicio, en relación directa con la BOS. Se deberá indicar la forma de contacto en el desarrollo del servicio, y se deberá especificar su habitual ubicación de trabajo.
Dicho/a responsable tendrá el poder suficiente para tomar las decisiones oportunas , sin que las mismas puedan verse afectadas por falta de capacidad decisoria , ya sea legal o formal , siendo el único interlocutor válido para todos los asuntos relativos al contrato.
7.- EMERGENCIAS.
El adjudicatario dispondrá de un servicio de urgencia (de llamadas) y, a la vez, mantendrá contacto permanente con la BOS.
Si como consecuencia de emergencias empresariales u otros motivos análogos, el adjudicatario estimase que no puede realizar el servicio en las condiciones establecidas, estará obligado a comunicarlo inmediatamente a la BOS, para que ésta procure adoptar las medidas precisas ,a fin de evitar o reducir los perjuicios que ello causara. Los gastos causados por tales medidas serán abonados por el adjudicatario, sin perjuicio de las sanciones y descuentos en el pago que procedan.
Cuando en alguno de tales supuestos sea el adjudicatario quien adopte las medidas oportunas para suplir los perjuicios, no procederá sanción, y sólo se descontará el importe de los trabajos no realizados.
ANEXO Nº 2
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA.
Don / Doña ........................................................................................................................................., con
domicilio en .............................................................................................,CP DNI.
nº........................................, teléfono......................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de....................................................................................................................................), con domicilio
en..................................................CP..........................., teléfono........................., y D.N.I o C. I. F. ( según se trate
de persona física o jurídica). )), enterado de la licitación convocada para la contratación
de los SERVICIOS DE PUBLICIDAD PARA LA BOS.
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
1º) Que me comprometo a la ejecución de este servicio, y para las cantidades reflejadas en el anexo nº 1 de estos pliegos, por el precio unitario de:
Precio sin IVA | IVA | Precio con IVA | |
Creatividad | €/año | €/año |
Precio unidad sin IVA | IVA | Precio unidad Con IVA | |
Revista-avance de temporada | |||
Programa de temporada | |||
Cuadríptico resumen de temporada | |||
Programa de mano temporada sinfónica | |||
Programa de mano temporada cámara | |||
Dípticos varios | |||
Cartel | |||
Lona de micro perforado | |||
Encarte o “flyer” para concierto |
Concepto | % Porcentaje |
Descuento sobre tarifas oficiales en prensa ámbito Bizkaia | |
Descuento sobre tarifas oficiales en radio ámbito Bizkaia | |
Descuento sobre tarifas oficiales en televisión ámbito Bizkaia |
Concepto | % Porcentaje |
Comisión de Agencia |
Se comprenden incluidos en estos precios todos los conceptos incluyendo impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
4º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Especificaciones Técnicas, y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
5º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
NOTA: Se rechazarán las ofertas que presenten una desagregación diferente a la de la tabla aportada
En..............................., a...........de de 2017
Fdo. .......
Sello de la empresa
ANEXO Nº 3
INSTRUCCIONES DE UTILIZACION DEL DEUC.
DOCUMENTO EUROPEO UNICO DE CONTRATACIÓN ELECTRONICA
(Sólo en caso de contrato sujeto a regulación armonizada)
INSTRUCCIONES DE UTILIZACIÓN DEL DEUC
Los licitadores deberán presentar como declaración formal del cumplimiento de los requisitos para participar en este procedimiento de licitación, el documento europeo único de contratación (DEUC), consistente en una declaración formal y actualizada de la empresa interesada. Este documento ha sido aprobado a través del Reglamento (UE) nº 2016/7, de 5 de enero de 2016 por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación.
La cumplimentación del DEUC es electrónica pero su presentación se realizará en versión papel que se adjuntará en el SOBRE A DECLARACIÓN RESPONSABLE. A continuación, se describe el proceso que tendrán que utilizar los licitadores que deseen presentar el Documento Europeo Único de Contratación Electrónico como declaración responsable.
PRIMERO.- El anuncio de la licitación publicado en el perfil de contratante de la BOS, incorpora el archivo en formato XML (“Fichero DEUC “) que se ha generado para esta licitación, y que el licitador podrá descargar en su ordenador.
SEGUNDO.- El licitador por medio del enlace (“Enlace DEUC”) publicado en el perfil de contratante accede al
servicio en línea para importar el DEUC.
Será necesario marcar la opción de «operador económico» e importar el “Fichero DEUC “de la licitación. A
continuación rellena los correspondientes datos.
En caso de UTE se deberá presentar un DEUC por cada empresa integrante de la UTE.
TERCERO.- Finalizada la cumplimentación de datos, la empresa participante puede imprimir el DEUC electrónico desde la última página del servicio en línea. El formulario DEUC electrónico aparece tras pulsar en el botón
«Imprimir». Entonces, podrá seleccionar la función de impresión de su navegador.
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACION DE DATOS DEL FORMULARIO DEUC
Deberá cumplimentarse necesariamente los apartados del formulario que se encuentran marcados :
PARTE l: INFORMACION SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATATACION Y EL PODER
ADJUDICADOR (Identificación del contrato y la entidad contratante; estos datos ya vienen rellenados) PARTE lI: INFORMACION SOBRE EL OPERADOR ECONOMICO
Sección A: INFORMACION SOBRE EL OPERADOR ECONOMICO
Identificación. Los datos incluidos en este apartado deben ser cumplimentados por la empresa.
Como número de IVA se debe recoger el NIF si se trata de ciudadanos o empresas españoles, el NIE si se trata de ciudadanos residentes en España, y el VIES o DUNS si se trata de empresas extranjeras.
Información general:
-Primera pregunta. La empresa debe contestar lo que proceda: Si /No
-Segunda, tercera y cuarta pregunta (sobre contratación reservada). Contestar No (esta licitación no es un caso de contratación reservada)
-Quinta pregunta (sobre si la empresa está clasificada). Contestar lo siguiente: Sí: si se encuentra clasificada.
No: si no se encuentra clasificada.
No procede: si la clasificación no es exigida para el contrato que se licita ni es opcional.
-Sexta pregunta:
Letra a). Procede contestar si está clasificada como contratista de obras o de servicios. Como número de inscripción o certificación basta con consignar el propio NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa.
Letra b).La empresa debe contestar, según en qué registro se encuentre inscrita:
En el caso del ROLECE la página web es https: //xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, la autoridad u organismo expedidor es la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado (u órgano equivalente de la Comunidad Autónoma que otorgó la clasificación alegada) y la “referencia exacta de la documentación” debe entenderse referida al NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa, según el caso.
En el caso del Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma Vasca (ROC) la página web es http: //xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx, la autoridad u organismo expedidor es la Dirección de Patrimonio y Contratación y la “referencia exacta de la documentación” debe entenderse referida al NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa, según el caso.
Letra c).La empresa debe indicar el grupo, subgrupo y categoría. Letra d) La empresa debe contestar lo que proceda: Si /No
Letra e) La empresa debe contestar según en qué registro se encuentre inscrita:
En el caso del ROLECE: Contestar No
En el caso del Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma Vasca (ROC):
Contestar Si. La página web es http: //xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx, la autoridad u
organismo expedidor es la Dirección de Patrimonio y Contratación y la “referencia exacta de la documentación” debe entenderse referida al NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa, según el caso.
Forma de participación. Contestar en caso de UTE.
En el caso de que las empresas se presenten bajo el compromiso de constituirse en Unión temporal de empresarios si resultan adjudicatarios , deben presentar formulario DEUC por cada una de las empresas debidamente firmado y cumplimentado en los apartados II, III, IV y VI.
Lotes: En caso de contrato por lotes, la empresa debe contestar al lote/s que desee presentar oferta. Se cumplimentará un DEUC para todos los lotes.
Sección B: INFORMACION SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONOMICO
Representación, en su caso (datos del representante)
Sección C: INFORMACION SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
Recurso (Sí o No)
En el caso de que la empresa participe por su cuenta pero recurra a la capacidad de otra entidad (caso de integración de solvencia con medios externos) deben presentar formulario DEUC por cada una de las empresas debidamente firmado y cumplimentado en los apartados II, III, IV y VI
Sección D: INFORMACION RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS
Subcontratación (Sí o No y, en caso afirmativo, indicación de los subcontratistas)
En el caso de que la empresa participe por su cuenta y no recurra a la capacidad de otra/s entidad pero sí vaya a subcontratar parte de la prestación, deben presentar formulario DEUC por cada una de las empresas a subcontratar debidamente firmado y cumplimentado en los apartados II, III,
PARTE lll: MOTIVOS DE EXCLUSION (en el servicio electrónico DEUC los campos de los apartados A, B y C de esta parte vienen por defecto con el valor “No” y tienen la utilidad de que el licitador pueda comprobar que no se encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la excepción)
Sección A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES Motivos referidos a condenas penales establecidos en el art.57 apartado 1 de la Directiva
Sección B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA
XXX.XXXXXX. Pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social (declara cumplimiento de obligaciones)
Sección C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA
FALTA PROFESIONAL. Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional
Sección D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSION QUE ESTEN PREVISTOS EN LA LEGISLACION
NACIONAL. Motivos de exclusión puramente nacionales (si los hay, declaración al respecto) PARTE lV: CRITERIOS DE SELECCIÓN
α. INDICACION GLOBAL DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
Apartados A, B, C y D no cumplimentar
PARTE V: REDUCCION DEL NUMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS.
PARTE Vl: DECLARACIONES FINALES (declaración responsable de veracidad y disponibilidad de documentos acreditativos de la información facilitada, y consentimiento de acceso a la misma por el poder adjudicador)