MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO
entre
EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
y
LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
15 de febrero del 2018
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO
entre
EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
y
LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSIDERANDO, que el Banco Interamericano de Desarrollo (en lo sucesivo, el “BID”) es un organismo internacional público, cuya misión es ayudar a acelerar el proceso de desarrollo económico y social en sus países miembros regionales en vías de desarrollo en América Latina y el Caribe, tanto de manera individual como colectiva;
CONSIDERANDO, que conforme a lo dispuesto en el “Xxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx relativo al Fondo de Desarrollo Fronterizo y de Reparación Social”, adoptado el 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, x xx xx Xxxxx de Notas Reversales que constituye el “Acuerdo relativo a la estructura operativa y organizativa del componente de Desarrollo Social y Económico del Fondo de Desarrollo Fronterizo y Reparación Social” xx xxxxxx de 2015, el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Colombia (en lo sucesivo, “Colombia”) y el Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador (en lo sucesivo, “Ecuador” y, conjuntamente los “Estados”) acordaron la constitución del Fondo de Desarrollo Fronterizo con el objetivo de financiar los programas, proyectos y acciones estratégicas para mejorar la calidad de vida de la frontera colombo – ecuatoriana mediante la construcción de una cultura xx xxx, integración y desarrollo social y económico de acuerdo a lo establecido en el Plan Binacional de Integración Fronteriza Colombia – Ecuador 2014 – 2022;
CONSIDERANDO, que mediante declaraciones conjuntas sucesivas derivadas de los Encuentros Presidenciales y Gabinetes Binacionales en los años 2012, 2013 y 2014, los Gobiernos de ambos Estados acordaron la formulación e implementación del “Plan Binacional de Integración Fronteriza Colombia – Ecuador 2014 – 2022”;
CONSIDERANDO, que el BID tiene interés en apoyar a los Estados en la consecución de sus objetivos bajo el marco de cooperación establecido en el “Xxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx relativo al Fondo de Desarrollo Fronterizo y de Reparación Social” y en el “Plan Binacional de la Zona de Integración Fronteriza Colombia – Ecuador 2014 – 2022”; y
CONSIDERANDO, que el BID, Colombia y Ecuador (en lo sucesivo, los “Participantes”) están actualmente negociando un instrumento financiero que permita materializar programas y proyectos destinados a mejorar las condiciones de vida de la población, promover el desarrollo socioeconómico sostenible y erradicación de la pobreza en la Zona de Integración Fronteriza –Colombia – Ecuador.
POR LO TANTO, los Participantes acuerdan suscribir el siguiente Memorando de Entendimiento (en lo sucesivo, el “Memorando”):
ARTÍCULO 1
Objetivo
El objetivo del presente Memorando es formalizar un marco no exclusivo de cooperación y fomentar la colaboración entre los Participantes con la finalidad de promover el Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Ecuador – Colombia a través de la estructuración de un Fondo Fiduciario (en adelante el “Fondo”), mecanismo binacional a ser administrado por el BID, que permita entrar en operación al Fondo de Desarrollo Fronterizo y de Reparación Social, dirigido a financiar proyectos y programas del Plan Binacional de Integración Fronteriza Colombia – Ecuador 2014 - 2022. Los programas y proyectos, así como cualquier otra actividad programada entre los Participantes, en el marco del presente Memorando, estarán sujetos a sus respectivos objetivos, funciones, políticas y procedimientos internos correspondientes.
ARTÍCULO 2
Ámbitos de Cooperación
Los Participantes podrán explorar la posibilidad de cooperar en las siguientes áreas de actividad:
2.1 Estructuración de un Fondo para financiar programas y proyectos del Plan de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Colombia – Ecuador, con el propósito de consolidar los procesos de integración y desarrollo humano sostenible y mejorar la calidad de vida de las poblaciones fronterizas.
2.2 Por medio del presente Memorando, Colombia y Ecuador declaran su intención de adherirse y efectuar contribuciones al Fondo, las cuales corresponderán a los aportes acordados por los Estados mediante el “Xxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx relativo al Fondo de Desarrollo Fronterizo y de Reparación Social”, a saber:
• U.S.$10,000,000.00 (diez millones de dólares de los Estados Unidos de América), por Colombia, a razón de U.S.$2,000,000.00 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de América) por año; y
• U.S.$10,000,000.00 (diez millones de dólares de los Estados Unidos de América), por Ecuador, a razón de U.S.$2,000,000.00 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de América) por año.
Los recursos de las contribuciones, tal y como se acordó entre los Estados, se utilizarían para financiar a futuro actividades que podrán incluir algunas de las dispuestas abajo:
(a) Promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso a sectores como educación, salud, protección social y prestación de servicios públicos domiciliarios;
(b) Promoción de políticas de seguridad, soberanía y migración;
(c) Mejoramiento de la competitividad de las principales ramas de actividad económica en la frontera colombo – ecuatoriana;
(d) Mejoramiento de la conectividad e infraestructura; y/o
(e) Consolidación de los procesos de gestión integral en los ecosistemas transfronterizos y el fomento de la apropiación científica y el uso sostenible de los recursos naturales.
2.3 Intercambiar información y realizar consultas, según sea necesario y apropiado, con el fin de identificar áreas adicionales en las cuales sea posible concretar actividades de cooperación en el marco de actuaciones conjuntas bajo este Memorando. Cualquier intercambio de información estará sujeto a las políticas respectivas de los Participantes sobre disponibilidad de la información.
2.4 Los Participantes podrán acordar otras actividades afines, las cuales estarán sujetas a las políticas y programación de actividades internas de cada uno de los Participantes, incluyendo las políticas que rigen la contratación de consultores y otros servicios.
ARTÍCULO 3
Limitaciones
El presente Memorando no implica compromiso financiero alguno de los Participantes ni obligación alguna de los Participantes de financiar actividades identificadas como resultado de las actividades, tanto conjuntas como individuales, desarrolladas bajo el auspicio del presente Memorando. Cualquier compromiso de esa índole deberá ser reflejado en acuerdos separados que podrán celebrar los Participantes. Además, este Memorando no constituirá compromiso alguno por parte de ninguno de los Participantes de dar tratamiento preferencial a las otras en relación con cualquier asunto contemplado al amparo del presente Memorando u otro asunto.
ARTÍCULO 4
Canales de Comunicación y Notificación
4.1 A efectos de facilitar la puesta en marcha del presente Memorando, el canal de comunicación de los Participantes será el siguiente:
4.1.1 Para el BID:
Banco Interamericano de Desarrollo 0000 Xxx Xxxx Xxxxxx, X.X. Xxxxxxxxxx, X.X. 00000
XXXXXXX XXXXXX DE AMÉRICA
Atención: Gerente, Oficina de Alianzas Estratégicas Teléfono: x(000) 000-0000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx
4.1.2 Para Colombia:
Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia Xxxxx 00, Xx. 0-00, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx Xxxxxx X.X.
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx
Atención: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Director para el Desarrollo y la Integración Fronteriza.
Teléfono: x00 0000000 Ext: 1087.
Correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
4.1.3 Para Ecuador:
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Xxxxxxx 00 xx xxxxxx x Xxxxxxxx Xxxxxxx (xxxxxxx).
Xxxxx. Xxxxxxx.
Atención: Xxxx Xxxxxx, Director de Relaciones Vecinales y Soberanías, Encargado.
Teléfono: x000 0000000
Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
4.2 Cualquiera de los Participantes podrá, mediante notificación escrita cursada a la otra parte, designar representantes adicionales o reemplazar por otros a los representantes designados en el presente Artículo.
ARTÍCULO 5
Entrada en Vigor, Terminación, Modificación y Otros Asuntos
5.1 El presente Memorando surtirá efectos en la fecha en que todos los Participantes lo suscriban y tendrá efectos por un periodo de cinco (5) años o hasta que una de los Participantes lo termine mediante notificación escrita cursada a las otras, sin que esta terminación afecte la finalización de los
trabajos y compromisos que ya se hubieran asumido por los Participantes al amparo del presente Memorando.
5.2 El presente Memorando podrá ser modificado mediante un acuerdo escrito entre los Participantes.
5.3 Sujeto a sus respectivas políticas y procedimientos con respecto a la divulgación de información, los Participantes podrán poner este Memorando a disposición del público.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los Participantes, cada uno mediante su representante autorizado, tienen intención de firmar este Memorando de Entendimiento en tres (3) ejemplares de igual tenor en el idioma español en Pereira, Colombia, a los quince (15) días del mes de febrero de 2018.
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO XXXXXX DE LA XXXX Gerente del Departamento de Países Andinos [15 de febrero de 2018] | |
REPÚBLICA DE COLOMBIA XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Ministra de Relaciones Exteriores [15 de febrero de 2018] | REPÚBLICA DEL ECUADOR XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX Xxxxxxxx de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana [15 de febrero de 2018] |