INDICE DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ANEXOS - RESOLUCIÓN N° 354/MJYSGC/15
INDICE XXX XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REEQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL SISTEMA INTEGRAL DE VIDEO VIGILANCIA XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX.
Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN. Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
Art. 3.- EXCLUSIVIDAD. RESERVA.
Art. 4.- ETAPAS Y PLAZO DE CONTRATACIÓN. Art. 5.- PRÓRROGA.
Art. 6.- CUMPLIMIENTO CONTRTACTUAL. Art. 7.- CÓMPUTO DE PLAZOS.
Art. 8.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Art. 9.- JURISDICCIÓN.
Art. 10.- VENTA Y VALOR XXX XXXXXX.
Art. 11.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE. Art. 12.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. GARANTÍAS.
Art. 13.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS. Art. 14.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS.
Art. 15- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. Art. 16.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Art. 17.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN.
DE LA OFERTA.
Art. 18.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Art. 19.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. Art. 20.- VISITAS.
Art. 21.- FORMA DE COTIZAR.
Art. 22.- FALSEAMIENTO DE DATOS. Art. 23.- CONTENIDO DE LA OFERTA.
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Art. 24.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. Art. 25.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
Art. 26.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. APERTURA.
Art. 27.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Art. 28.- LUGAR Y FECHA DEL ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS. Art. 29.- ACTO DE APERTURA.
Art. 30.- ACTA DE APERTURA.
Art. 31.- VISTA DE LAS PRESENTACIONES.
Art. 32.- DEL EXÁMEN DE LAS OFERTAS. COMISIÓN DE EVALUACIÓN. Art. 33.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
Art. 34.- RECHAZO.
Art. 35.- DE LAS PREADJUDICACIÓN. Art. 36.- IMPUGNACIONES.
Art. 37.- ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES. Art. 38.- ADJUDICACIÓN.
Art. 39.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Art. 40.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.
Art. 41.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Art. 42.- CESIÓN O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO. Art. 43.- SEGUROS.
Art. 44.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. RÉGIMEN DE PENALIDADES.
Art. 45.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO. Art. 46.- MULTAS.
Art. 47.- PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Art. 48.- PÉRDIDA DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Art. 49.- RESCISIÓN DEL CONTRATO. Art. 50.- SANCIONES.
Art. 51.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
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Art. 52.- CONTINUIDAD.
Art. 53.- FACTURACIÓN.
Art. 54.- PAGO.
Art. 55.- ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO. ANEXO I. PLANILLA DE COTIZACIÓN.
ANEXO II. CONSTANCIA DE VISITA.
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REEQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL SISTEMA INTEGRAL DE VIDEO VIGILANCIA XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX.
Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Dirección General de Compras y Contratataciones mediante Disposición Nº 396/DGCYC/14, y las contenidas en las presentes Cláusulas Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a “Licitación Pública para la contratación del servicio de reequipamiento y mantenimiento integral preventivo y correctivo del sistema integral de video vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, de acuerdo a las características estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y a las condiciones de tiempo, forma y lugar de entrega previstas en el presente Pliego de Condiciones Particulares.
El contrato será ejecutado con la modalidad orden de compra abierta, conforme lo regido por el Artículo 40 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley Nº 4764, y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/2014.
Durante la vigencia del contrato se solicitará la realización de los servicios requeridos y según detalle de prestaciones específicas técnicas, contenidos y el sistema integral de video vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, descripto en el Pliego de Especificaciones Técnicas que complementa al presente, y que forma parte integrante del mismo, en un todo de acuerdo a los términos xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales (Disposición Nº 396/DGCYC/14) que se completa, aclara y perfecciona mediante el presente Pliego.
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RENGLÓN | DESCRIPCIÓN |
1 | REEQUIPAMIENTO (según detalle xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas) |
2 A | MANTENIMIENTO INTEGRAL. Valor fijo mensual por cámara (según PET) |
2B | SUMINISTRO de partes y piezas (según PET) |
Atento la naturaleza esencial del objeto de esta Licitación, cada oferente deberá integrar su oferta en forma total y comprensiva de las cantidades y características de las prestaciones especificadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, sin que se admitan ofertas parciales ni ofertas por parte de los renglones. Cada oferente deberá contemplar, en razón del cronograma de implementación de la Policía Metropolitana, lo establecido en el Anexo xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
Art. 3.- EXCLUSIVIDAD. RESERVA
El adjudicatario tendrá la exclusividad para la prestación de los servicios objeto de la presente licitación por el período de vigencia del contrato.
Sin perjuicio de ello, el GCBA se reserva la facultad de contratar con terceros servicios similares a los incluidos en las presentes cláusulas, en forma extraordinaria y fuera de las previsiones contenidas en esta licitación, cuando la demanda no pueda ser atendida o satisfecha por el Adjudicatario, y siempre que los criterios de austeridad y ahorro que han de guiar la gestión del GCBA en la contrataciones, así lo exijan, sin perjuicio de mantener la expresa prohibición de incurrir en el desdoblamiento establecido por el Art. 91 de la Ley N° 2.095.
Art. 4.- ETAPAS Y PLAZO DE CONTRATACIÓN
A los efectos del reequipamiento, estipulado en el renglón 1, el plazo máximo será de tres (3) meses a partir del perfeccionamiento del contrato.
El servicio de mantenimiento integral preventivo y correctivo, estipulado en el renglón 2, tendrá una duración de veinticuatro (24) meses consecutivos e ininterrumpidos, contados a partir del comienzo de la ejecución contractual. El servicio se iniciará el primer día hábil del mes siguiente al de la perfección de la Orden de Compra.
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Previo a dar inicio a la misma, el adjudicatario deberá entregar obligatoriamente en la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, la constancia de haber constituido la garantía de adjudicación, y copia de las pólizas correspondientes a los seguros exigidos en el presente pliego.
Dentro del plazo contractual, el Adjudicatario deberá cumplimentar los servicios, plazos y condiciones establecidos en el presente Pliego, en el Pliego de Especificaciones Técnicas y el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Se deja constancia que la autorización y el compromiso de gastos, correspondientes a la presente contratación, quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.
Art. 5.- PRÓRROGA
El GCBA se reserva el derecho de prorrogar el contrato con quien resulte adjudicatario, bajo idénticas condiciones, en los términos del Art. 117 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14.
Art. 6.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
Los servicios objeto de la presente licitación revisten el carácter de esencial, necesarios y continuos para la actividad y el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará al adjudicatario a eludir el fiel cumplimiento, en tiempo y forma, de las obligaciones emergentes xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas y de la respectiva Orden de Compra.
En tal sentido, la prestación de los servicios no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse, debiendo el oferente presentar planes de contingencias a situaciones adversas que, de acuerdo a su experiencia y pericia puedan ser previstas, pero no evitadas.
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Art. 7.- CÓMPUTO DE PLAZOS
El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997.
Art. 8.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considerará domicilio del oferente, el que se constituya con la presentación de la oferta, que deberá estar constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, si no lo hiciere, el domicilio legal que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6 Pliego de Bases y Condiciones Generales).
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Este nuevo domicilio deberá encontrarse dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Toda notificación al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en referencia al presente trámite administrativo, deberá realizarse exclusivamente en Xx. Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx 0000 0xx xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios arriba indicados, excepto para las notificaciones judiciales dirigidas al GCABA, que para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires - Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
Art. 9.- JURISDICCION
Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
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de conformidad con lo establecido en el artículo 7 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Art. 10.- VENTA Y VALOR XXX XXXXXX
Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en la Dirección General Administrativa y Legal de Policía Metropolitana. Cada ejemplar de los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentra numerado y foliado, debiendo retirarse en la mencionada Dirección General, sita en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx 0000 0xx xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
El valor del presente pliego será de treinta mil ($30.000) pesos.
El importe recibido por el GCBA por la venta de los pliegos, compensa el precio de elaboración e impresión de los mismos y no será devuelto a los adquirientes en ningún caso, aun cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la Licitación Pública o se rechazaran todas las ofertas presentadas.
El adquirente xxx Xxxxxx deberá identificarse con su respectivo documento de identidad y acreditar la personería y/o representación que invocare mediante la exhibición de documentación original o copia certificada notarialmente, debiendo en forma ineludible, identificar fehacientemente al tercero que represente.
Es requisito indispensable para la presentación de la oferta, acreditar la adquisición xxx Xxxxxx.
Solamente los adquirentes xxx Xxxxxx, o sus apoderados, podrán solicitar información complementaria o aclaraciones y presentar ofertas.
Todo adquirente de un Pliego que no presente oferta, perderá su derecho de consulta,
información e impugnación en el expediente administrativo que se genere con el respectivo llamado.
Art. 11.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente licitación, deberán reunirse los siguientes requisitos:
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a) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas en la Ley de Sociedades Comerciales, habilitadas para funcionar y debidamente inscriptas ante el organismo correspondiente.
b) Tener como objeto social y actividad principal la prestación de servicios vinculados directamente con el objeto de la presente licitación pública.
c) Tener una antigüedad no menor a tres (3) años desde la fecha de su constitución hasta la del llamado a la presente licitación.
d) Cumplir con todos los requisitos previstos para la presentación y contenido de la
oferta, establecidos en el presente pliego, y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Art. 12.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes, registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
b) Las sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, síndicos, gerentes, socios, representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del GCBA.
c) Las sociedades irregulares o de hecho.
d) Las sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de algunos de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.
e) Las sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier municipalidad o provincia del país.
f) Las sociedades que posean acciones en otra u otras sociedades oferentes.
g) Las personas jurídicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los órganos mencionados en el Art. 2 de la Ley N° 2.095, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
h) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación.
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i) Las personas jurídicas que resulten ser evasoras y deudoras morosas tributarias y/o previsionales de orden nacional, provincial o local, declaradas tales por la autoridad competente.
GARANTÍAS
Art. 13.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
Para afianzar el cumplimiento de todas las obligaciones, se deberán constituir las garantías correspondientes, de conformidad con lo prescripto en el Art. 14.1. xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Art. 14.2. xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, artículo 100 y concordantes de la Ley Nº 2.095 y su correspondiente Decreto Reglamentario.
No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté expresamente indicado como depósito de garantía.
Art. 14.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
La devolución de las garantías se realizará conforme lo establece el Art. 14.3 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
La garantía de cumplimiento del contrato será devuelta al adjudicatario dentro de los treinta (30) días de finalizado el mismo, a entera satisfacción del GCABA, en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta Contratación y conforme a lo establecido en el Art. 14.3 apartado ii) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
Art.15.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el art. 14.1 inciso a) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y será devuelta de conformidad a lo establecido en el Art. 14.3 apartado i) xxx Xxxxxx de Condiciones Generales.
Las garantías deberán constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el oferente declara conocer y aceptar. La no
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presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite.
Art. 16.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Será xxx xxxx por ciento (10 %) del valor total aproximado adjudicado, como resultado de calcular el monto unitario adjudicado por el monto total aproximado de solicitudes de provisión estimadas.
Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Artículo 100 y concordantes de la Ley Nº
2.095 y su correspondiente Decreto Reglamentario.
Art. 17.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN
La garantía de impugnación al pliego será del tres por ciento (3%) del monto estimado de contratación, de conformidad con lo prescripto por el Art. 14.1 inciso e) xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales.
La garantía de impugnación a la preadjudicación de ofertas será del cinco por ciento (5%) del valor total aproximado de la contratación, como resultado de calcular el monto unitario adjudicado el monto total aproximado de solicitudes de provisión estimadas.
DE LA OFERTA
Art. 18.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de treinta (30) días corridos desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente por un plazo similar, por única vez. El oferente tendrá la posibilidad de retirar su oferta una vez fenecido el plazo de treinta (30) días corridos a contar desde la fecha de apertura, debiendo a tal efecto notificar en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento de dicho plazo.
Art. 19.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de cada oferta se hará en un (1) sobre o paquete cerrado, debidamente lacrado identificado con el número de Licitación, el que llevará, como
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única leyenda, la siguiente: “Licitación Pública para la contratación del servicio de reequipamiento y mantenimiento integral preventivo y correctivo del sistema integral de video vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, sin ninguna otra inscripción exterior que identifique al oferente.
La oferta se efectuará en un (1) original y una (1) copia. Todos los folios, tanto original como la copia serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del oferente.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original y acompañados de su traducción.
Todos los importes deberán expresarse en moneda de curso legal en la República Argentina al momento de efectuarse la oferta.
Art. 20.- VISITAS
Los oferentes deberán visitar indefectiblemente las instalaciones, para lo cual se establecerán fechas para Visitas Técnicas, tanto en la Sala de Servidores, en los Centros de Monitoreo Urbano habilitados, como en los edificios donde se ubican los Nodos primarios y puntos de acceso (última milla) del sistema de captura de imágenes.
Las visitas deberán ser previamente concertadas con el funcionario designado al efecto por la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana, que acompañará y asesorará a los interesados, y posteriormente extenderá un comprobante como constancia de haber cumplido la exigencia. Previo a la realización de la visita el oferente firmará un convenio de confidencialidad. El convenio suscripto, así como el certificado de visita, deberán acompañarse con la oferta (ANEXO II PCP). SE DESCARTARÁ LA OFERTA QUE NO ACOMPAÑE LAS CONSTANCIAS ANTES MENCIONADAS DEBIDAMENTE RUBRICADAS.
Art. 21.- FORMA DE COTIZAR
I.- La cotización deberá contemplar:
RENGLÓN 1: Monto fijo. Las Ofertas deberán expresarse por el Renglón, en pesos ($) moneda de curso legal en la Republica Argentina.
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Si el equipamiento cotizado fuese de origen importado se admitirá la cotización en moneda de origen o dólar estadounidense.
Para la comparación de precios en caso de cotización en moneda extranjera, al momento de la confección del Cuadro Comparativo de Ofertas se calcularán los precios cotizados al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires al cierre del día anterior al de apertura de las ofertas.
RENGLÓN 2:
A) Valor fijo mensual en pesos por cámara, por el servicio de mantenimiento integral preventivo y correctivo del sistema integral de video vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los gastos que demanden las licencias de uso por cámara y los servicios de reposición de los materiales descriptos en el Renglón 2 B del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
B) Valor de reposición de los materiales descriptos en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Los mismos deberán expresarse en pesos ($) moneda de curso legal en la Republica Argentina.
Si el equipamiento cotizado fuese de origen importado se admitirá la cotización en moneda de origen o dólar estadounidense.
Para la comparación de precios en caso de cotización en moneda extranjera, al
momento de la confección del Cuadro Comparativo de Ofertas se calcularán los precios cotizados al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires al cierre del día anterior al de apertura de las ofertas.
A los efectos de la cotización el oferente deberá completar la PLANILLA DE
COTIZACIÓN (ANEXO I PCP)
Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en los precios todos los costos relativos al servicio a prestar y, sin que la siguiente enumeración se considere taxativa:
- El Servicio conforme el Pliego de Especificaciones Técnicas.
- La realización con sus costos administrativos de las inscripciones relacionadas con los bienes objeto de los servicios contratados.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de
exento.
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Art. 22.- FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
Art. 23.- CONTENIDO DE LA OFERTA
La propuesta deberá contener:
1) Constancia de pago por el oferente de la adquisición de los pliegos de la presente Licitación Pública.
2) Un ejemplar de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, sus anexos y circulares aclaratorias si las hubiere, firmado en todas sus fojas por el representante legal.-
3) Constancia de inscripción en el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o constancia de inicio de trámite de inscripción (Art. 5º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales). En caso que el Oferente se encuentre inscripto en el RIUPP, la documentación e información contenida en el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de la oferta. ES CONDICIÓN PARA LA PREADJUDICACIÓN QUE EL OFERENTE SE ENCUENTRE INSCRIPTO EN EL RIUPP.
4) Evaluación financiera, suscripta por representante legal y contador interviniente, presentando el flujo de egresos anuales previstos donde se incluirán: los costos de inversión, los costos de funcionamiento, los costos administrativos, los costos financieros y todo otro costo considerado en la propuesta. Se presentará, además, el flujo de ingresos y recursos anuales proyectados, incluyendo los fondos aportados por entidades financieras, por proveedores propios, y los recursos que se estiman obtener con la contratación objeto de la presente licitación, anualmente, demarcando la viabilidad económica - financiera de su propuesta.
5) El contrato social o instrumento constitutivo de la persona jurídica que se presenta como oferente, estatuto, última acta de asamblea de la que surja la designación de
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autoridades, la constancia de inscripción de la sociedad en la Inspección General de Justicia de la Nación u organismo que corresponda, el poder otorgado por el oferente a quien se presenta como su representante legal, todo ello en copia debidamente certificada por ante escribano público.
6) Balances de los dos (2) últimos ejercicios económicos, con sus correspondientes cuadros de resultados y anexos, con firmas autógrafas en todas sus hojas del representante legal y contador interviniente. Si a la fecha de apertura los estados contables correspondientes al cierre del último ejercicio económico tuviesen una antigüedad superior a los seis (6) meses, deberán asimismo presentar estados contables parciales con fecha de cierre hasta tres (3) meses antes de la citada fecha de apertura. Se deberá acompañar, asimismo, un cuadro de situación patrimonial, contable y financiero con base en los balances acompañados de los que deberá surgir el Patrimonio Neto, el promedio de ventas anuales, el índice de solvencia, de liquidez y de endeudamiento. Todas las presentaciones deberán contar con dictamen de razonabilidad (no certificación literal) de Contador Público cuya firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo.
7) Garantía de mantenimiento de oferta, de acuerdo a lo previsto en el presente pliego y en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
8) Declaración Jurada de dar cumplimiento a toda la normativa vigente en el ámbito del GCBA, en cuanto a la actividad que desarrolla.
9) Constancias que acrediten la exigencia de ART establecida en el presente pliego.
10) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.
11) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales).
12) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia.
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13) Informe expedido por la “Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx” xxx Xxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Sólo se admitirá como oferente cuando se encuentre calificado en categoría “1” normal.
14) Certificados de visita (ANEXO II PCP).
15) La cotización, conforme lo requerido en el pliego y planilla de cotización ANEXO I PCP
16) Declaración jurada garantizando la disponibilidad de asistencia al servicio, reparaciones y rspuestos específicos necesarios para afrontar el servicio, así como también el reemplazo de los equipos suministrados.
17) Declaración jurada indicando qué partes del equipamiento provendrán del exterior y cuál es su país de origen y tiempo estimado de provisión. Asimismo, y en el caso de corresponder, deberán indicar en su oferta cuáles son los elementos que se proponen fabricar en la Argentina, cual es el tiempo de provisión, y qué infraestructura dispondrán para ello en el caso de corresponder a fabricación propia.
18) Declaración Jurada indicando el detalle técnico de los recursos propios o en el caso de ser subcontratados, el contrato SLA (Service Level Agreement: Acuerdo del Nivel de Servicio) de dicha relación contractual (sin mencionar costos que fueran propios de esa relación y que no resultan adecuados para este requerimiento), en todos los casos deberá contener el detalle de locales, vínculos, instrumentos de medición, herramientas, y otros que correspondan al objeto de la implementación. Además identificará los recursos humanos (discriminando ingenieros, técnicos, instaladores) con los que cuenta para cumplir con las obligaciones contractuales.
19) Declaración jurada indicando los acuerdos de licencia de usuario final típico del software utilizado en la compra de su solución.
20) Documentación que acredite alguna de las siguientes condiciones de Fabricante o productor de los equipos ofrecidos:
Ser Representante Oficial del fabricante o productor.
Ser Distribuidor Autorizado oficialmente por el fabricante o productor.
Contar con autorización expresa por parte del fabricante, representante o distribuidor autorizado para cotizar sus productos en la presente licitación.
Presentar “Certificación Avanzada para la Instalación y Puesta en Marcha del Sistema”
otorgada por el fabricante del V.M.S.
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Ese aval deberá incluir también, la posibilidad de que la Policía Metropolitana, por causas fundadas basadas en la imposibilidad del Adjudicatario de solucionar algún problema en particular, en el tiempo establecido para la implementación y/o fallas o inconvenientes que se produzcan durante el período de contratación dispuesto por este P.E.T., pueda realizar consultas en forma directa a la Empresa proveedora del Software V.M.S.
21) Declaración jurada garantizando la capacidad de los sistemas para evolucionar según el estado del arte de la tecnología, introduciendo nuevas capacidades, servicios y otros, a los equipos y aplicaciones (software) que se ofrezcan al menos durante 04 (CUATRO) años a partir de la fecha de Recepción Definitiva del Servicio.
22) Descripción técnica completa de cada uno de los equipos propuestos. Esta descripción incluirá la siguiente información:
Descripción y documentación técnica de todos los equipos activos y pasivos utilizados, en idioma castellano.
Descripción general que explique el funcionamiento integrado de los sistemas y un gráfico representativo.
Descripción general de las facilidades y funciones del software utilizado y su forma de integración con otros ofertados.
Descripción de la respuesta de interconexión de los diferentes sistemas y aquellos componentes de la red de transporte.
23) Plano en formato A3 o superior con el diagrama de Control de su Proyecto con la
determinación del Camino Crítico, las fechas tempranas y tardías de cada tarea, la descripción total de las tareas y toda la información correspondiente a dicho procedimiento. Este requerimiento debe considerarse imprescindible para poder evaluar en forma integral la oferta.
24) 01 (UN) juego de manuales técnicos por cada uno de los equipos y/o software a suministrar y todos los folletos técnicos que hagan a la ilustración del equipamiento y sistema que ofrece.
25) Certificado de Gestión de Calidad en su oferta.
26) Declaración Jurada indicando las homologaciones otorgadas por la Comisión Nacional de Comunicaciones para todo aquel equipamiento que correspondiera homologar.
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27) Declaración jurada garantizando el cumplimiento de la normativa vigente referente a radiaciones ionizantes, al momento de presentar la oferta, sobre todo equipo, aparato o sistema a instalar.
28) Declaración Jurada garantizando que la totalidad de las instalaciones no producirán interferencia sobre equipos y servicios preexistentes, y de otros sistemas autorizados a funcionar en la vía pública por las respectivas autoridades, mediante documentación certificada; como así también que estos efectos no perjudicaran la recepción de las imágenes bajo las especificaciones indicadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
29) Declaración jurada por la cual el oferente se compromete a dar cumplimiento en todo lo relativo a la conservación del Medio Ambiente, el uso racional y sustentable de los recursos naturales y establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de riesgos ambientales, para la prevención y mitigación de emergencias ambientales y para la recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental, en lo que atañe al sistema y sus instalaciones.
30) El oferente deberá presentar el contrato de confidencialidad suscripto al momento de realizar la visita de relevamiento técnico, conforme lo dispuesto por el Artículo 20 del presente Xxxxxx.
31) Nota de designación y carta de aceptación de un profesional matriculado ante el COPITEC (Comité Profesional de Ingenieros y Técnicos de la República Argentina) que reúna las condiciones de idoneidad suficientes para llevar a cabo la instalación, preferentemente con título de Ingeniero para liderar la implementación del Sistema y resultar responsable técnico ante Policía Metropolitana del seguimiento del proyecto.
32) Nota de designación y carta de aceptación de un profesional matriculado ante la
A.E.A. (Asociación Electrotécnica Argentina) con las características curriculares detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, para el seguimiento de las instalaciones eléctricas del Sistema. Deberá estar certificado como Auditor de Instalaciones Eléctricas con la categoría A2 como mínimo.
IMPORTANTE: Toda la documentación que se acompañe con la oferta deberá tratarse de documentación original o copias debidamente certificadas por Escribano Público. La documentación a confeccionar por el oferente (propuesta económica y
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declaraciones juradas) deberá ser realizada en papel con membrete de la empresa y/o computarizado, preferiblemente con letra tipo imprenta.
33) Certificación de los Servicios Locales. El Oferente deberá indicar en su oferta, si los servicios locales ofrecidos objeto de este concurso, están certificados bajo las normas ISO 9000.
34) Registros ante la C.N.C. El Oferente deberá presentar en su propuesta las homologaciones otorgadas por la Comisión Nacional de Comunicaciones para todo aquel equipamiento que correspondiera homologar. Debiendo cumplir acabadamente con toda la normativa vigente en relación a la instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de todo el Sistema. No serán aceptados equipos que no se encontraran homologados al momento de la presentación de la oferta.
PARA EL CASO QUE SE PRESENTEN UTE (Unión Transitoria de Empresas) Además de lo señalado precedentemente, las ofertas deberán contener, los documentos de constitución de la UTE en los que deberán constar: | |
a) | El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las empresas consorciadas durante el proceso de Licitación, el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad patronal, su responsabilidad frente a terceros y a todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales. |
b) | El compromiso de mantener la vigencia de la U.T.E., hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato. |
c) | El compromiso de mantener la composición de la U.T.E. durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin la aprobación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- |
d) | El oferente deberá designar uno o más representantes legales que acrediten mediante poder, otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.- |
e) | De los documentos por los que se confiere los poderes y por los que |
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se constituye la U.T.E., deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo.- | |
f) | Las empresas serán solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato en caso de adjudicación.- |
Importante: En el caso de UTE, las empresas que conforman la misma, deberán dar cumplimiento en forma particular cada una de ellas con los ítems 3, 4, 5, 6, 10, 11 y
12.
Art. 24.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
Xxxx excluida toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios:
a) Que se presente después de la hora límite fijada para la apertura de las ofertas y/o en un lugar distinto del que se señala en el respectivo llamado.
b) Que no esté cumplimentada la garantía de oferta en cualquiera de las formas establecidas en estos pliegos.
c) Que se presente la oferta sin firma, aclaración de firma, o no fuese posible identificar sin duda alguna al oferente.
d) Que se presente firmada por persona(s), sin capacidad suficiente para obligar al
oferente.
e) Que contenga correcciones, raspaduras, enmiendas o agregados que no estén debidamente salvados y firmados por la misma persona que firmó la oferta, y que imposibiliten de manera ineludible el estudio de la oferta presentada.
Art. 25.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante dudas o desconocimiento.
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El GCABA no asumirá ninguna responsabilidad por cualquier declaración, exposición, deducción, interpretación o conclusión dada verbalmente por sus funcionarios o agentes.
Art. 26.- CUMPLIMIENTO DE LOS TERMINOS DE LA LICITACIÓN
No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni ofertas por parte de renglón.
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. APERTURA Art. 27.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a Licitación Pública y deberán ser depositadas en la sede de la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana la que otorgará constancia de la recepción de las mismas.
No se admitirán más ofertas que las presentadas en mano, rechazándose las remitidas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.
El GCABA dará constancia de las ofertas receptadas, indicando la fecha y la hora de
su presentación. Los sobres presentados pasada la hora indicada para su recepción, cualquiera sea la causa de la demora, no serán recibidos.
Art. 28.- LUGAR Y FECHA DEL ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS
Los sobres con el contenido de las ofertas, serán abiertos en acto público, en lugar y hora designados a tal fin, con intervención de los funcionarios responsables y en presencia de los interesados que concurran.
Si el día señalado para la apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente.
Se anunciará la cantidad de propuestas recibidas y el contenido de las mismas y se procederá a la apertura del sobre único, según el orden cronológico de su recepción.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reserva la facultad de
postergar el Acto Administrativo según su exclusivo derecho, notificando tal
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circunstancia en forma fehaciente a los adquirentes de los pliegos.
Art. 29.- ACTO DE APERTURA
Una vez iniciado el acto a apertura, no se admitirá interrupción alguna. Se comenzará el acto procediendo a la apertura de las ofertas, en el orden de su recepción. Toda la documentación original integrante de las ofertas será incorporada al expediente.
Art. 30.- ACTA DE APERTURA
De todo lo ocurrido en el acto de apertura se labrará un Acta que, previa lectura, será suscripta por los funcionarios autorizados, por los oferentes que hubieren solicitado la inclusión de manifestaciones de cualquier naturaleza y por los demás oferentes que quisieran hacerlo.
Las eventuales observaciones realizadas por los oferentes no generarán obligaciones de ningún tipo al GCABA, así como ningún derecho a los oferentes que las realizaran. En la misma se dejará constancia de:
a) Número y denominación de la Licitación Pública.
b) Día y hora de comienzo del acto.
c) Nº de Acta y de Procedimiento.
d) Nombre y CUIT de los oferentes.
e) Orden de las ofertas.
f) Monto de cada oferta.
g) Importe de cada garantía, y su forma de constitución.
h) Eventuales observaciones de los concurrentes o constancia de ausencia de las mismas.
i) Firma de quienes hayan formulado observaciones, de los oferentes presentes en el acto que quieran hacerlo y de los funcionarios actuantes.
Art. 31.- VISTA DE LAS PRESENTACIONES
Se establece el plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente al del Acto de Apertura de Ofertas, para ejercer el derecho de vista de las ofertas presentadas y admitidas en esta Contratación. Concluido el plazo de vista establecido, las
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actuaciones pasarán para su pertinente evaluación, quedando precluida la instancia de la vista de ofertas.
Art. 32.- DEL EXAMEN DE LAS OFERTAS. COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La Comisión Evaluadora analizará los antecedentes, capacidad y solvencia de los oferentes conforme a la documentación y antecedentes presentados, recomendando la adjudicación de aquel oferente que ofrezca la propuesta más conveniente para ambos renglones.
La evaluación de las Ofertas se realizará por el mecanismo de Selección Basado en Calidad y Costo.
A los efectos de la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora, podrá requerir
de la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana un informe Técnico de las mismas.
Sobre un total de cien (100) puntos, corresponderán un máximo de setenta (70) puntos
a la propuesta técnica, y un máximo de treinta (30) puntos al precio de la propuesta económica.
La selección se realizará mediante el procedimiento siguiente: Evaluación de la “Propuesta Técnica”
Puntaje Total: 0 a 100
Mínimo Eliminatorio: 70
Ponderación: suma de los puntos obtenidos en cada requisito.
Evaluación de la “Propuesta Económica” Puntaje: 0 a 100 puntos
Mínimo eliminatorio: no aplica
Ponderación: 100 puntos al menor costo total de los servicios presentado y puntaje inversamente proporcional al resto de las propuestas.
Mejor propuesta evaluada
Para determinar la mejor Propuesta evaluada, se asignará el setenta por ciento (70%) al puntaje obtenido en la propuesta técnica y el treinta por ciento (30%) al puntaje obtenido en la propuesta económica, y se obtendrá el puntaje final sumando los
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puntajes de la propuesta técnica ponderada y de la propuesta económica ponderada. Sólo se considerarán las ofertas económicas de aquellos oferentes que hayan superado el puntaje mínimo de la propuesta técnica y que hayan cumplido con los requisitos formales exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, el presente Pliego y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
1. Elementos para la evaluación de la Propuesta Técnica
A continuación se describen los elementos que serán tomados en cuenta en la calificación técnica de las propuestas.
Orden | Descripción | Puntaje Máximo | Puntaje Mínimo | Puntaje total |
1 | PLATAFORMA DEL SISTEMA | 30 | 21 | 30 |
1.1 | Generales: Ítem 5.1 del PET. (Con exclusión de los ítems 5.1.7, 5.1.8, 5.1.11, 5.1.12, 5.1.13, 5.1.14, 5.1.15, 5.1.18, 5.1.19, 5.1.20). | 5 | 4 | 5 |
1.2 | Funcionalidades Principales: Ítems 5.1.7, y 5.1.8 del PET. | 5 | 4 | 5 |
1.3 | Funcionalidades Secundarias: Ítems 5.1.11, 5.1.12, y 5.1.13 del PET. | 5 | 4 | 5 |
1.4 | Otras Funcionalidades: Ítems 5.1.14, 5.1.15, y 5.1.19 del PET. | 5 | 3 | 5 |
1.5 | Puestos y otros: Ítems 5.1.18, 5.8, 5.9, 5.10, y 6.1.2 del PET. | 5 | 3 | 5 |
1.6 | Subsistema de Alarmas y Control de Accesos: Ítem 5.1.20 del PET. | 5 | 3 | 5 |
2 | MÓVILES Y SERVICIOS ESPECIALES | 10 | 8 | 10 |
2.1 | General: ítems 5.11, 5.12, 5.13, 6.1.4, y 6.1.5 del PET. | 10 | 8 | 10 |
3 | HARDWARE Y SOFTWARE DE RED. | 20 | 13 | 20 |
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3.1 | Hardware: Ítem 4.1. del PET. | 5 | 3 | 5 |
3.2 | Red de Enlace y Transporte: Ítems 5.14, y 6.1.3.del PET. | 5 | 3 | 5 |
3.3 | Software de Administración de Red y Gestión de Activos: Ítem 5.2, y 5.3 del PET. | 7 | 5 | 7 |
3.4 | Equipos IPS- VPN- FireWall, Antispam, Antispyware: Ítems 6.1.8, y 6.1.10 del PET. | 3 | 2 | 3 |
4 | DISPOSITIVOS DE CAPTURA / VIDEOCÁMARAS. | 10 | 6 | 10 |
4.1 | Cámaras: Ítems 6.2 del PET. | 2 | 2 | 2 |
4.2 | Carteles indicativos: Ítem 5.7 del PET. | 3 | 2 | 3 |
4.3 | UPS para zonas anegables: Ítem 5.5 del PET. | 3 | 1 | 3 |
4.4 | Cámaras a solicitud Poder Judicial: Ítem 5.6 del PET. | 2 | 1 | 2 |
5 | C.M.U., C.O.R. y MANTENIMIENTO GENERAL | 15 | 11 | 15 |
5.1 | Control de Acceso: Ítem 5.4.1. del PET. | 4 | 3 | 4 |
5.2 | Detección de Incendio: Ítem 5.4.2. del PET. | 4 | 3 | 4 |
5.3 | X.X.XX.: Ítem 5.4.3. del PET. | 2 | 1 | 2 |
5.4 | Sala de Servidores y Mantenimiento General: Ítems 4.2, 4.3, 4.4, 4.5, 4.6, 4.7, 4.8, 4.9, 6.1.1, 6.1.6, y 6.1.7 del PET. | 5 | 4 | 5 |
6 | DEL OFERENTE | 15 | 11 | 15 |
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6.1 | Especificaciones Generales: Ítems 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.6, 3.7, 3.10, 3.11, 3.12, 3.13, 3.14, y 6.1.9 del PET. | 5 | 3 | 5 |
6.2 | Requerimientos: Ítems 3.8, 3.9, 3.15, 3.16, 3.17, 3.18, 3.19, 3.20, 3.21, 3.22, 3.23, 3.24, 3.25, y 3.26 del PET. | 5 | 4 | 5 |
6.3 | Capacitación: Ítem 6.1.11 del PET. | 5 | 4 | 5 |
2. Tabla de Puntajes
A continuación se detallan los factores a ser calificados y los puntajes correspondientes a cada concepto y, el peso relativo de cada uno, y cuando corresponde, los mínimos exigidos en cada caso.
En la columna “Puntaje Máximo” se indican los puntajes máximos previstos para cada concepto de evaluación.
Bajo la columna “Puntaje Mínimo” se indican los puntajes requeridos como mínimo, en
cada concepto, para que la oferta califique.
En la columna “Puntaje Total” se detalla el puntaje que se asignará como máximo a cada factor.
El oferente deberá presentar toda la información necesaria para poder puntuar cada
factor.
3. Elementos para la evaluación de la Propuesta Económica
La Evaluación Económica se realizará tomando como precio de cada Oferta el Precio Total de la Oferta (CTSx).
Se asignarán 100 puntos (máximo puntaje posible para la Evaluación Económica) a la
Oferta, técnicamente válida ( puntaje no inferior a 70 puntos), de menor Precio (CTSm). Las Ofertas que presenten hasta un 100% de sobreprecio respecto de la Oferta de menor precio, obtendrán un puntaje dado por la siguiente fórmula:
PPEx = 100 X CTSm CTSx
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Donde:
PPEx = Puntaje de la Propuesta Económica “x”
CTSm = Costo total de los productos correspondiente a la menor cotización
CTSx = Costo total de los productos de la propuesta “x”
Las Ofertas que presenten un sobreprecio de más de un 100% respecto de la Oferta de menor precio, obtendrán 0 (cero) punto.
4. Resultado de la Evaluación
La Mejor Propuesta Evaluada se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:
MPE = PPT x 0.7 + PPE x 0.3
Donde:
MPE = Mejor Propuesta Evaluada PPT = Puntaje Propuesta Técnica PPE = Puntaje Propuesta Económica
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
El anuncio de la preadjudicación será conforme lo estipulado en el art. 16 xxx Xxxxxx de
Bases y Condiciones Generales.
Se podrá descalificar a cualquier oferente por haber sido sancionado por Estado nacional, provincial o municipal en otras licitaciones, cuando a criterio de la Comisión Evaluadora, ello sea un indicio negativo respecto de la capacidad de cumplimiento las obligaciones que estarán a cargo del Adjudicatario bajo la presente Licitación.
La Comisión Evaluadora de Ofertas emitirá su dictamen en el plazo previsto a tal fin en la Ley Nº 2.095, su modificatoria y Decreto reglamentario, el cual no tendrá carácter vinculante y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual concluirá el procedimiento.
Art. 33.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
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Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
Art. 34.- RECHAZO
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de revocar el llamado licitario o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno.
Art. 35.- DE LA PREADJUDICACIÓN
La preadjudicación recaerá en el oferente cuya cotización para ambos renglones, ajustada al Pliego de Bases y Condiciones Generales, al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y al Pliego de Especificaciones Técnicas, resulte la propuesta más conveniente en los términos del Art. 32 del presente Xxxxxx, teniendo en cuenta la calidad, la idoneidad, el precio de la oferta y demás condiciones de la oferta.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo estipulado en el artículo 16 xxx
Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
Art. 36.- IMPUGNACIÓNES
De conformidad con lo previsto en el artículo 17 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días para formular impugnaciones a la preadjudicación, contados desde el vencimiento del término fijado para los anuncios de la preadjudicación, conforme el artículo anterior.
Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, en su artículo 17, párrafo 2º, dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta.
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Art. 37.- ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la preadjudicación, la constitución de la garantía establecida en el Art. 12 del presente Pliego, efectuada mediante alguna de las formas previstas en el artículo 14.2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y que será reintegrada solo en caso de que la impugnación prospere totalmente.
Dicha Garantía deberá ser presentada en la sede de la Dirección General Administrativa y Legal de Policía Metropolitana, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la constancia de constitución; caso contrario, la impugnación no será considerada.
Art. 38.- ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo establecido en el artículo 36 del presente Xxxxxx, el GCABA resolverá en forma fundada la adjudicación.
La adjudicación será efectuada conforme los lineamientos establecidos en las Bases y Condiciones establecidas en el presente Pliego, en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y sobre las propuestas que resulten más convenientes, teniendo en cuenta la calidad, la idoneidad, el precio de las ofertas y demás condiciones.
Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (PG), en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, publicándolo, asimismo, en el Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Los recursos contra a la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por el D.N.U. Nº 1510/GCBA/97 aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98.
La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Art. 39- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA
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En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Art. 40.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al Adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Cláusulas Particulares, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y de la respectiva orden de compra.
En cualquier caso deberá tenerse en cuenta lo previsto en los Arts. referentes a sanciones y penalidades. Las penalidades establecidas en la Ley 2.095 no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por la contratista.
Art. 41.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Son obligaciones del Adjudicatario:
• Cumplir en tiempo y forma con las etapas de implementación previstas y presentadas en su oferta.
• Garantizar que todos los equipamientos ofrecidos en su oferta cumplan con la totalidad de las especificaciones requeridas en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas. La garantía exigida permanecerá válida por el período completo de la contratación del servicio y/o la prórroga del mismo, en caso de otorgarse oportunamente, desde el momento de la Recepción Definitiva del Servicio.
• Garantizar la disponibilidad de asistencia al servicio, reparaciones y repuestos específicos para poder afrontar el servicio, así como también reemplazo para los equipos suministrados, por un mínimo de 04 (CUATRO) años a partir de la Recepción definitiva del Servicio.
• Deberá llevar a cabo todas las tareas necesarias para la puesta en funcionamiento de nodos concentradores, y la reubicación de algunos
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nodos concentradores existentes que por razones técnico-legales deban ser trasladados, o por requerimientos de este pliego, o por futura adecuación de la infraestructura instalada.
• La Garantía deberá cubrir la mano de obra y los materiales o piezas de repuesto a usarse en caso de una reparación.
• Deberá garantizar que la Policía Metropolitana podrá disponer, en caso de que esta lo considere necesario, el reemplazo de los equipos provistos, por un mínimo de 04 (CUATRO) años a partir de la Recepción Definitiva del Servicio.
• Deberá proveer el mantenimiento del Sistema de Video Vigilancia del G.C.A.B.A., stock de repuestos, componentes, vehículos habilitados y necesarios para tal fin (vehículos para transporte de insumos, equipos y materiales, hidroelevadores con la altura necesaria en la pluma para atender todas las instalaciones existentes, vehículos para transporte de personal si fuese necesario como ejemplo), y personal debidamente calificado para garantizar la asistencia técnica, en todos los casos donde la
Policía Metropolitana lo considere necesario (plantel interno y plantel externo), y durante el período de garantía a partir de la fecha de Recepción Definitiva del Servicio. Para tal efecto, el Adjudicatario deberá disponer de una Oficina Técnica con asiento en la C.A.B.A. debidamente establecida y habilitada, con personal preparado para proveer el soporte técnico correspondiente que asegure la operación eficiente del Sistema y colabore efectivamente con el personal designado como responsable del Centro de Monitoreo Urbano (C.M.U.) tanto en la operación como en la Administración. Asimismo contará con un responsable técnico profesional del plantel exterior, debidamente entrenado y preparado para asistir al sistema en caso de problemas y/o contingencias de manera urgente, disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, debiendo residir en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin prejuicio de lo enunciado anteriormente e independiente del anterior y a los fines de brindar un mejor servicio, el Adjudicatario deberá contar, por lo menos, con un técnico especializado en la plataforma instalada (software y hardware) con asiento
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fijo y permanente en el Centro de Monitoreo Urbano (C.M.U), las 24 horas del día, los 365 días del año. Estos servicios serán responsabilidad del Adjudicatario por el término que disponga la presente licitación. Ningún servicio de asistencia podrá realizarse en forma remota, siempre la asistencia será con presencia en el lugar que corresponda a la necesidad técnica.
• Para los casos en los cuales el Adjudicatario haya detectado incompatibilidades que pudieran afectar el buen funcionamiento de su provisión, deberá informarlo y solucionarlo sin costo alguno para la Policía Metropolitana.
• Proveer al comienzo de la ejecución contractual, y de acuerdo al Plan de Trabajo y plazos de entrega, la última versión que esté disponible en el mercado, de cada equipamiento, siempre que resulten totalmente compatible para el objeto de la implementación.
• Designar un profesional matriculado ante el COPITEC (Comité Profesional de Ingenieros y Técnicos de la República Argentina) que reúna las condiciones de idoneidad suficientes para llevar a cabo la instalación, preferentemente con título de Ingeniero para liderar la implementación del Sistema y resultar responsable técnico ante Policía Metropolitana del
seguimiento del proyecto.
• Designar un profesional matriculado ante la A.E.A. (Asociación Electrotécnica Argentina) con las características curriculares detalladas en el presente pliego, para el seguimiento de las instalaciones eléctricas del Sistema. Deberá estar certificado como Auditor de Instalaciones Eléctricas con la categoría A2 como mínimo.
• Tramitación de las autorizaciones pertinentes ante la Comisión Nacional de Comunicaciones (C.N.C.) y de toda otra que pudiera requerirse, en el caso de corresponder. Este trámite deberá gestionarse a nombre de la Policía Metropolitana.
• Tramitar ante el G.C.A.B.A. todo requerimiento que se efectúe en este P.E.T., o que resulte imprescindible para la implementación requerida, y
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que corresponda en virtud de las disposiciones y/o legislación vigente. Estos trámites deberán gestionarse a nombre de la Policía Metropolitana.
• Cumplir con las normativas y reglamentaciones vigentes para todos los equipos tanto en el orden Nacional como Internacional, especificarlas ya que existen las europeas y las americanas. Suministrar equipos que posean homologación por parte de la CNC (Comisión Nacional de Comunicaciones), en el caso de corresponder.
• Suministrar un nivel de seguridad al sistema acorde a lo normado en las ISO/IEC 27.001:2013 (Information Security Management) y 27.002:2013 (Information Technology –Security Techniques- Code of practiques for information security controls), proveyendo equipos de seguridad, firewalls, Sistema de Prevención de Intrusos (IPS - Intrusion Prevention System), etc., con todas las disponibilidades licenciadas.
• Durante la ejecución contractual, será responsable de que la totalidad de las funcionalidades, operatividades y características necesarias para el Sistema, tanto del software, como del equipamiento se cumplan, conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Deberá presentar ante Policía Metropolitana, con 48 (CUARENTA Y OCHO) horas de anticipación al inicio de la prestación (Instalación y posterior Asistencia Técnica), conforme lo especificado, y respecto al personal en relación de dependencia que afecte al desarrollo de la implementación, las pólizas correspondientes que acrediten dar cumplimiento a las disposiciones emanadas de la Ley de Riesgos del
Trabajo N° 24.557, sus modificaciones y ampliaciones, y demás cuerpos normativos y reglamentarios en la materia. Además, la firma adjudicataria deberá presentar una "declaración jurada", donde conste que todo el personal afectado a la prestación se encuentra cubierto por este seguro, indicando el número de la póliza correspondiente y el nombre de la Compañía Aseguradora. Por lo tanto, en cada oportunidad que se produzca alguna modificación en la dotación destacada, deberá comunicarlo dentro de las 72 (SETENTA Y DOS) horas de producida la misma. Asimismo,
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deberá constituir un seguro que prevea la Responsabilidad Civil, que tenga por objeto cubrir los daños y perjuicios que el propio Adjudicatario y/o sus dependientes pudieran causar a los bienes y/o agentes de Policía Metropolitana, así como a terceros que pudieran verse afectados. Dicho seguro será equivalente a $ 5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES) o por un monto mayor. La póliza deberá ser entregada al inicio de la prestación del servicio, y deberá ser endosada a favor de la Policía Metropolitana.
• Aportar y poner a disposición de Policía Metropolitana para su administración gestión todos los elementos necesarios para la correcta prestación del servicio contratado. Ya sea para la captura, transporte, monitoreo, y resguardo de imágenes activas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como para su instalación, configuración, documentación, actualización, y reparación. Todas estas acciones deberán ser realizadas previa aprobación de personal técnico de la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana.
• Atender los requerimientos de todo el equipamiento instalado, como el equipamiento a instalar necesario en los Centros de Monitoreo Urbano según la presente licitación, y todos aquellos que se dispongan instalar durante la vigencia de la contratación de la forma contractual que se establezca; todo ello en los lugares que determine oportunamente la Policía Metropolitana.
• Proveer, dar mantenimiento y actualización del Subsistema de detección de incendios, X.X.XX. y Control de Acceso, de acuerdo a lo previsto en el Pliego de Especificaciones Técnicas propio para los Centros de Monitoreo y en forma totalmente independiente del Sistema de Video Vigilancia del G.C.A.B.A., adecuándolo a los requerimientos de este pliego. La independencia de estos sistemas, en caso de especificarse puntualmente en este P.E.T., deberá realizarse a través de las funciones de “Federación” que debe poseer el V.M.S. ofertado.
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• Proveer y mantener el sistema de abastecimiento de energía de emergencia para protección de todo el equipamiento de las Salas de Cómputos y todas las estaciones de trabajo de todo el Sistema, de conformidad con lo enunciado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Adaptar y mantener el Sistema de refrigeración de la Sala de Servidores y Centros de Monitoreo Urbano de acuerdo a las necesidades técnicas y operativas de dichos ambientes.
• Cumplir con los requerimientos básicos para los Centros de Grabación, exigidos en el presente pliego.
• Dar estricto cumplimiento con lo solicitado para todos aquellos elementos que conformaran el Sistema, exigidos en el Pliego de especificaciones Técnicas.
• Proveer y garantizar la conectividad de todos los componentes que conforman al Sistema, poniendo a disposición del mismo, la Red de enlace y transporte garantizando el flujo de video (stream de video), de acuerdo a lo requerido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Poner a disposición de la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana toda la documentación sobre la implementación del Sistema e informar periódicamente sobre su avance.
• Suministrar equipos de captura de imagen y detección de movimiento, acordes con los requerimientos previstos en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Garantizar la Disponibilidad y Calidad Operativa, de acuerdo al Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Proveer un servicio de Enlace Satelital (espacio satelital) acorde a lo indicado en el presente Pliego Especificaciones Técnicas.
• Equipar el Móvil de Exteriores de Video (M.E.V.) y cumplir acabadamente con el mantenimiento de los sistemas, subsistemas, equipos, componentes y partes que conforman dicha unidad en todo su conjunto acorde a lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
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• Proveer el camión hidroelevador acorde a lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Proveer un lote de accesorios para cámaras cuya instalación provenga de una disposición judicial. (Ejemplo: Soporte de esquina, Soporte de montaje en paralelo, Soporte para montaje en techo, Soporte de poste, Burbuja de Domo xxxxxxx, extensores, soporte de esquina) por un total equivalente al 10% de las presentes en esta licitación.
• No proceder a la instalación de equipos o equipamientos que se encuentren en estados discontinuos de su fabricación, como así mismo elementos de captura de imagen que no sean 100 (CIEN) por ciento compatibles con el
V.M.S. implementado en la plataforma propuesta.
• Permitir a la Policía Metropolitana auditar todo el procedimiento que deba realizar el adjudicatario para llevar a cabo la implementación requerida y la provisión de todo el equipamiento y materiales solicitados, así como también responder a las solicitudes que le fueran realizadas. La respuesta a cualquier requerimiento no deberá exceder el plazo de 48 horas hábiles.
El no cumplimiento de este párrafo podrá generar las multas que se establezcan y hasta la recesión del contrato.
• Informar periódicamente la capacidad disponible para la incorporación de videocámaras externas al Sistema de Video Vigilancia Del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las cuales provendrán de distintos ámbitos ya sea público y/o privado, conforme a la legislación vigente.
• Mantener la confidencialidad, el sigilo y la reserva sobre todos los actos que realice durante el período de contratación, esta obligación deberá hacerla extensible a todo el personal involucrado en las tareas, firmando los acuerdos de confidencialidad que le serán provistos. Todos los trabajos realizados para el buen fin del presente Pliego de especificaciones
Técnicas tendrán carácter confidencial, no pudiendo la empresa adjudicataria utilizar para sí ni proporcionar a terceros, datos o información alguna de los trabajos contratados sin autorización escrita de la Policía Metropolitana, estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su
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alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información y documentación recibida por la Policía Metropolitana, como de los resultados obtenidos del trabajo realizado. La empresa adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación, así como también de la violación de las leyes que regulan la actividad.
• Adecuar o actualizar las instalaciones actuales que no cumplan con alguno de los requisitos explícitos en este pliego.
• Contratar en tiempo y forma los seguros estipulados en el presente pliego y mantener actualizada su vigencia.
• Brindar todos los cursos de capacitación exigidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas. cursos que deberán comenzar máximo a los 30 días de haberse firmado el contrato de adjudicación.
• Toda vez que la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos emita una solicitud o un requerimiento técnico al adjudicatario, éste deberá darle a conocer mediante un informe escrito y pormenorizado los detalles y modo en que se han ejecutado las tareas inherentes a dicho requerimiento. Este informe deberá incluir la descripción de cada una de las actividades que se desarrollaron y se deberán adjuntar todos los documentos de
planimetría, gráficos de rendimiento, cálculos de enlace, y cualquier otro dato y/o documentación que pueda complementar la información aportada o que sea requerida por cualquiera de las áreas de incumbencia y/o intervinientes.
Art. 42.- CESIÓN O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se celebre con el Adjudicatario como los derechos que de él emerjan NO podrán ser cedidos o transferidos por el/los adjudicatario/s a terceros, sin previa autorización debidamente fundada de la Autoridad que haya dispuesto la Adjudicación. En caso de que se celebre la cesión sin la autorización fundada por parte del GCABA, éste tendrá la facultad de rescindir en forma unilateral el contrato por culpa del adjudicatario, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato; ello sin perjuicio del cargo que se le formule a la adjudicataria por los daños y perjuicios que su
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conducta pudiera ocasionarle al GCABA.
Art. 43.- SEGUROS
El adjudicatario deberá contratar los siguientes seguros y en las condiciones que a continuación se detallan:
1- Laborales (Riesgos del trabajo ART):
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el GCABA, sus funcionarios y/ó empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Adjudicatario/Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.
2 - Accidentes Personales: (Profesionales, Psicologos, Licenciados y/o contratados sin relación de dependencia, etc.)
La cobertura deberá amparar en caso de muerte o invalidez total o parcial permanente, una suma asegurada no menor a pesos trescientos mil ($ 300.000), cada cápita y brindar una asistencia médico farmacéutica no inferior a pesos veinte mil ($ 20.000), en todos los casos deberá extenderse certificado con cláusula de no repetición hacia el GCABA.
3- Responsabilidad Civil:
La Contratista debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes al servicio contratado o los trabajos que el GCABA
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se encuentre facultado a encomendarle que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Suma Asegurada:
La misma será por un monto mínimo de $ 3.000.000. (Pesos tres millones). Deducibles: Deberán ser como máximo por el 10% del siniestro, con un mínimo de
$15.000 (Pesos quince mil) y un máximo de $ 30.000 (Pesos treinta mil).
Estarán cubiertos por estas pólizas los eventos producidos como consecuencia de cualquier accidente que se produzca como consecuencia directa o indirecta de los trabajos en ejecución.
Las pólizas de responsabilidad civil deben contener:
Un endoso extendiendo la cobertura al GCABA como beneficiaria del seguro respecto de la responsabilidad civil atribuible a la ejecución de cualquier trabajo derivado de este Contrato.
Este seguro debe ser el principal con respecto a los intereses del GCABA y cualquier seguro mantenido por el GCABA estará en exceso y no contribuirá a la cobertura aquí requerida.
La póliza deberá amparar al asegurado en los mismos términos por los reclamos que este reciba como consecuencia de hechos causados por sus contratistas y/o subcontratistas, que generen responsabilidad civil extracontractual cuando estos ocurran en ejecución de los trabajos para los cuales fueron contratados.
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:
“La compañía ………………….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados. “
Art. 44.- REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL
Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la Licitación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales, previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la
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ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado, de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar a aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos del trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario o locador.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Xxxxxx y del Contrato en general.
REGIMEN DE PENALIDADES
Art. 45.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales originadas en el Pliego único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades:
a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato,
b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas,
c) Rescisión del contrato por culpa del cocontratante.
En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción.
El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca a la adjudicataria en estado xx xxxx automática, y sin necesidad de interpelación alguna, y por lo tanto, sujeta a la aplicación de las penalidades que se establecen en este
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Capítulo.
Para determinar el monto de las mismas, se tomará como base la facturación mensual del servicio contratado.
Las penalidades establecidas en la Ley Nº 2.095 no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por la contratista.
Art. 46. MULTAS
Serán consideradas faltas graves, y como consecuencia se aplicará a cada una de ellas la multa que a continuación se describe:
I. Por no cumplir con los plazos previstos en los tiempos de respuesta y solución, por cada día de retraso se aplicará una multa equivalente al 1 % sobre el monto del abono mensual.
II. Por proveer equipamiento que no se encuentre homologado por la CNC y/o Autoridad de Aplicación, según corresponda, por cada detección, se aplicará una multa equivalente al 0,3% del monto del abono mensual, en el mes en que se hubiere detectado la infracción. Esta situación obligará a reemplazar el equipamiento por otro de similares características y debidamente homologado, que posea las condiciones necesarias para brindar el servicio.
III. Por proveer equipamiento, sistemas en general, y/o cualquier componente integrante del Sistema que no se ajuste a lo requerido en los Pliegos de Especificaciones Técnicas, y a la Oferta adjudicada, por cada vez que se detectare tal incumplimiento, se aplicará una multa equivalente al 2% del monto del abono mensual, en el mes en que se detectare el incumplimiento.
IV. Por no poner a disposición de la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana toda la documentación sobre la implementación del Sistema e informar periódicamente sobre su avance ó toda otra información técnica que le fuera requerida por dicha Superintendencia, por cada vez que se detectare tal incumplimiento, se aplicará una multa
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equivalente al 2% del monto del abono mensual, en el mes en que se detectare el incumplimiento.
V. Por no tener al sistema de abastecimiento de energía de emergencia para protección de todo el equipamiento de la sala de servidores y todas las estaciones de trabajo del centro de monitoreo, de conformidad con el Pliego de Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa equivalente al 3% del monto del abono mensual.
VI. Por no adaptar y mantener el Sistema de refrigeración de la Sala de Servidores y Centros de Monitoreo Urbano de acuerdo a las necesidades técnicas y operativas de dichos ambientes, de conformidad con el Pliego de Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa equivalente al 3% del monto del abono mensual. Cuando esta situación genere una “falla gravísima” según lo especificado en el PET, la multa se incrementará en el equivalente al 1 % del monto del abono mensual
VII. Por no suministrar en tiempo y forma la instalación y puesta en servicio de enlaces entre sitios, y los de interconexión que pudieran requerirse, por cada día que dicho incumplimiento retrase la puesta en funcionamiento de cámaras o del Sistema en General, se aplicará una multa equivalente al 5% del monto del abono mensual. Cuando esta situación genere una “falla gravísima” según lo especificado en el PET, la multa se incrementará en el equivalente al 1 % del monto del abono mensual
VIII. Por modificar alguno de los procedimientos detallados en los Presentes Pliegos, en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y en el Contrato, sin la previa autorización del GCABA, se aplicará una multa equivalente al 2% sobre el total de facturación que corresponda al monto total del contrato.
IX. Por la caída no programada del sistema, se aplicará una multa equivalente al 1
% del monto del abono mensual, por cada hora o fracción de indisponibilidad del sistema acumulada en el mes respectivo.
X. Por no dar cumplimiento de la disponibilidad, dedicación y exclusividad de los nodos secundarios y de las cámaras y domos, prevista en el Pliego de Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa equivalente al 0,5% del
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monto del abono mensual, por cada vez que se detectare el incumplimiento.
XI. Cuando un incumplimiento por acción u omisión en las responsabilidades emergentes de la operación del sistema, impacte en el rendimiento funcional del mismo, se aplicará una multa equivalente a pesos cinco mil ($5.000.-) pesos, por cada día de impacto. Si el acto u omisión causare impacto sobre más del 30% del total funcional del sistema, dicho importe se incrementará tres veces. Si impactare sobre más del 60%, la multa se incrementará seis veces.
En caso de corresponder, se aplicarán penalidades económicas resarcitorias en función de los antecedentes y ante la existencia de alguna o varias de las causales que se enuncian a continuación.
Las multas que se apliquen serán afectadas de acuerdo al orden y modalidad previstos en la Ley 2.095, su modificatoria Ley 4.764, y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14.
1. Falsedad o falsificación de documentación u omisión de información y/o de los datos incorporados a la información aportada al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. Las multas son aplicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Contrataciones, de acuerdo a lo previsto en el Decreto 95/GCBA/14.
2. Prórroga del plazo de entrega concedido al adjudicatario. En el caso de haberse concedido prórroga se determina la aplicación de una multa por xxxx del 1% del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato.
3. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. En caso de que el adjudicatario pida la rehabilitación por la parte no cumplida del contrato, y en caso de que ésta sea aceptada, se deberá realizar el previo pago de una multa equivalente al 10 % del valor del contrato que se rehabilita.
4. El no iniciar en término la prestación del servicio hará pasible al adjudicatario de una multa equivalente al 10% del monto total mensual adjudicado por cada día de demora. 5. Por la no designación de un representante con conocimientos y facultades de decisión a efectos de receptar, coordinar y asegurar todo aquello que sea requerido por el organismo contratante, como la actuación deficiente del nombrado, hará pasible
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al proveedor adjudicado de una multa equivalente al 0,5% del monto total mensual adjudicado por día de demora en la respuesta o actuación.
Las multas establecidas se aplicarán sin perjuicio de la subsanación de las faltas constatadas dentro del plazo de intimación que establezca el GCBA.
Art. 47.- PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
1. Desistimiento de ofertas. El desistimiento de la oferta conlleva la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta, en caso de desistimiento parcial la garantía se pierde en forma proporcional.
2. Error en el monto de la garantía de mantenimiento de oferta. Cuando al hacer el estudio de las ofertas se observara que, por error, la garantía presentada fuera de un importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un 20% del importe correcto, debe intimarse al oferente a cubrir la diferencia en un plazo de tres
(3) días. En caso de incumplimiento dentro del plazo fijado se producirá la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta.
Art. 48. PÉRDIDA DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
1. Falsedad de los datos en la declaración jurada del Art. 96 del Decreto 95/GCBA/14. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley.
Art. 49. CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO
1. Falsedad de los datos en la declaración jurada del Art. 96 del Decreto 95/GCBA/14. Si la falsedad de los datos fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la rescisión del contrato con reparación de los daños y perjuicios.
2. Rechazo de la orden de compra por parte del cocontratante. Si el adjudicatario rechazare la orden de compra dentro del plazo de 3 días de perfeccionado el contrato, la Administración intima al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a
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la ejecución de la garantía de oferta, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales.
3. Falta de integración de la garantía de cumplimiento de contrato. Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de cinco (5) días de recibida la orden de compra, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo. Vencido ese plazo sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato don la pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato o de un monto equivalente a dicha garantía.
4. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación, no hace el pago de la multa del 10% a la que se hace mención en el Art. 41, dentro de los 3 (tres) días de habérsele comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, de pleno derecho.
5. Falta de entrega vencido el plazo del cumplimiento contractual, de su prórroga o del contrato rehabilitado. Se rescindirá el contrato de plano derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial.
6. Incumplimiento de contrato con prestaciones de especial carácter. El incumplimiento de las prestaciones de carácter especial, en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es penalizado con la rescisión del contrato más la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato por el importe total de aquella.
7. Configuración de fraude. Es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.
8. Negligencia en la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones a su cargo. Cuando el cocontratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.
9. Transferencia o cesión del contrato sin autorización previa. Cuando el cocontratante trasfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente
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por la entidad contratante, esta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del cocontratante, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
10. Acumular mensualmente penalidades que excedan el 40% del monto total facturado, durante 2 meses consecutivos o 4 alternados.
11. Las multas aplicadas en concepto de infracciones cometidas alcanzaren el 10% del importe total del contrato original.
Art. 50.- SANCIONES
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas en el presente pliego, los oferentes o cocontratantes pueden asimismo ser pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 135 de la Ley 2.095.
Art. 51.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Son causales de extinción del contrato las siguientes:
a) Expiración del plazo término del contrato, según lo estipulado en el presente Xxxxxx.
b) Mutuo acuerdo.
c) Quiebra del contratista.
d) Rescisión.
e) Modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas sin previa conformidad del GCBA.
f) Presentación en concurso del contratista, impidiendo dicha circunstancia el efectivo y total cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente contratación.
g) Cuando alcanzado el plazo máximo de 5 días el adjudicatario no hubiera iniciado el servicio en la fecha establecida.
Art. 52.- CONTINUIDAD
En los supuestos de extinción anticipada del contrato por alguna de las causales descriptas en los artículos anteriores, a efectos de cubrir la emergencia y a fin de mantener la continuidad, el contratista estará obligado a continuar la prestación de los
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servicios, por el término de ciento ochenta (180) días, en iguales condiciones de contratación.
Art. 53.- FACTURACIÓN
RENGLÓN 1: Una vez procedido a la entrega de todos los bienes requeridos en el Pliego de Especificaciones Técnicas para el renglón 1, deberán confeccionarse los correspondientes remitos que una vez conformados por la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana darán lugar a la confección del correspondiente Parte de Recepción Definitiva por parte del G.C.A.B.A. y factura por parte del Adjudicatario.
RENGLÓN 2:
A) Deberán facturarse mensualmente los gastos fijos por el servicio de mantenimiento integral preventivo y correctivo del sistema integral de video vigilancia del GCBA brindado por el adjudicatario, debiendo incluirse el costo de las licencias por cámara, previa aprobación del GCBA.
B) También mensualmente, de corresponder, deberán ser facturados por cuenta y orden del GCBA los costos de los materiales reemplazados que se encuentren dentro del listado de la Planilla de Cotización Anexo I del presente Pliego.
Recién una vez que se encuentre aprobado por autoridad competente la orden de servicio, se procederá al reemplazo de los materiales correspondientes al listado del Art. 6.2. xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas a efectuarse en el mes
Con dicha orden de servicio debidamente conformada se deberán confeccionar las facturas mensuales correspondientes.
Las referidas facturas deberán acompañarse con su correspondiente orden de
servicio.
Art. 54.- PAGO
RENGLÓN 1: El pago será efectuado en pesos y, en caso de corresponder, equivalentes al monto en moneda extranjera al tipo de cambio vendedor del Banco de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente a la fecha de recepción del equipamiento. RENGLÓN 2:
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A) El GCABA depositará mensualmente, en la cuenta que el adjudicatario oportunamente declare de conformidad con los Art. 23 y Art. 24 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, la totalidad del valor de la prestación mensual aprobada, una vez recibida la factura de parte de la adjudicataria, documento que deberá responder a los parámetros establecidos en el Artículo precedente. El GCABA no asegura mínimos, abonando los servicios efectivamente realizados.
B) El pago será efectuado en pesos y, en caso de corresponder, equivalentes al monto en moneda extranjera al tipo de cambio vendedor del Banco de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente a la fecha de recepción del equipamiento, conforme facturación que responda a los parámetros establecidos en el Artículo precedente. El GCABA no asegura mínimos, abonando los materiales efectivamente requeridos y suministrados. El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Art. 21, 22, 23 y Art. 24 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Art. 55.- ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO
Renglón 1: El precio pactado para el renglón 1 no admite redeterminación alguna. Renglón 2:
A) El régimen de redeterminación de los precios pactados en el contrato objeto de la
presente licitación se rige por la Ley Nº 2809 y su normativa reglamentaria.
ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA | ||
ITEM | INCIDENCIA | PARÁMETROS |
Mano de Obra | 40% | Categoría Administrativo A, Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75. (Empleados de Comercio) |
Insumos | 30% | IPIM - CUADRO 7.3.1 – Importado - CÓDIGO 30 -Máquinas de Oficina e Informática. |
Gastos Generales | 30% | IPIM - CUADRO 7.3.1 Índice de Precios Internos al por Mayor - Nivel General. |
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B) Los precios del presente renglón se ajustarán siempre y cuando no hayan sido cotizados en moneda extranjera.
Los precios cotizados en moneda de curso legal presentados en la oferta deben responder a los valores vigentes al día anterior al previsto para el Acto de Apertura. Los mismos servirán de base para la actualización de los valores correspondientes a cada material suministrado en virtud de las variaciones que sufren dichos insumos.
A los efectos de la actualización de los precios de los materiales incluidos en el Renglón 2 B) del presente, cotizados en moneda nacional, el adjudicatario deberá presentar la documentación respaldatoria de las distorsiones económicas producidas en el mercado durante la vigencia del Contrato ante la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana.
Y, por su parte, Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana, quien tendrá a su cargo el ajuste y actualización de precios, tomará como precios de referencia los que sean oportunamente publicados en las páginas de internet que a continuación se referencian para cada equipo. En dichas páginas web se encuentran permanentemente actualizadas las listas de precios de cada uno de los productos objeto del presente renglón.
Tipo de Equipo | Marca | Modelo | Pagina WEB referencia para consultar costo de adquisición |
Storage | Dell | EqualLogic PS6500 | |
Chasis Servidores Blade | Dell | PowerEdge M1000e – 16 slots | |
Hojas Blade | Dell | Power Edge R610 | |
Discos SAS | -- | SAS 300Gb. | |
Servidor Rackeable | Dell | PowerEdge R310 | |
UPS | Eaton | Eaton 9130 | |
Switches | Dell | PowerConnect 6248 | |
Switches | HP | A5120 | |
Switches | Cisco | ME 3400 | |
Chasis Media Converter | Trend Net | TFC 1600 | |
Firewall | Fortinet | Xxxxx 311B | |
Switches | Trend Net | TE 100-S24g | |
Switches | 3Com | 4800G – 3CRS48G- 48-91 | |
Switches | HP | HPA512024G |
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Access Point WDS | Ubiquiti | Rocket M5 | |
Modulo de Gestión de Cluster (Cluster Management Modules) | Motorola | 1090CKBA | xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/XX- ES/Home?WT.tsrc=Georedirects |
Switches | EtherWan | EX72129A | |
Access Point | Motorola | 4940APC | xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/XX- ES/Home?WT.tsrc=Georedirects |
Access Point | Motorola | PMP 54430 | |
Access Point WDS | Ubiquiti | Powerbridge M5 | |
Cámara de video vigilancia | Según requerimiento |
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ANEXO I
PLANILLA DE COTIZACIÓN
RENGLÓN | MONTO OFERTA | TIPO DE CAMBIO (1) | MONTO DE OFERTA PESOS |
RENGLÓN 1 |
(1) tipo de cambio vendedor BCBA del día anterior al acto de apertura
RENGLÓN | MONTO MENSUAL X CÁMARA | TOTAL MONTO MENSUAL | MONTO TOTAL PERÍODO |
RENGLÓN 2A |
Total cámaras dos mil (2000)
Con relación al RENGLÓN 2 A), el oferente deberá presentar con su oferta, la estructura real de costos que respalda el precio mensual ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista.
También se deberá indicar el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 2809.-
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato.
RENGLÓN 2B
Tipo de Equipo | Marca | Modelo | COTIZACIÓN UNITARIA |
Storage | Dell | EqualLogic PS6500 | |
Chasis Servidores Blade | Dell | PowerEdge M1000e – 16 slots | |
Hojas Blade | Dell | Power Edge R610 |
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Discos SAS | -- | SAS 300Gb. | |
Servidor Rackeable | Dell | PowerEdge R310 | |
UPS | Eaton | Xxxxx 9130 | |
Switches | Dell | PowerConnect 6248 | |
Switches | HP | A5120 | |
Switches | Cisco | ME 3400 | |
Chasis Media Converter | Trend Net | TFC 1600 | |
Firewall | Fortinet | Xxxxx 311B | |
Switches | Trend Net | TE 100-S24g | |
Switches | 3Com | 4800G – 3CRS48G-48- 91 | |
Switches | HP | HPA512024G | |
Access Point WDS | Ubiquiti | Rocket M5 | |
Modulo de Gestión de Cluster (Cluster Management Modules) | Motorola | 1090CKBA | |
Switches | EtherWan | EX72129A | |
Access Point | Motorola | 4940APC | |
Access Point | Motorola | PMP 54430 | |
Access Point WDS | Ubiquiti | Powerbridge M5 | |
Cámara de video vigilancia | Según requerimiento |
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ANEXO II | CONSTANCIA DE VISITA | |
Buenos Aires, .................................................... Por la presente, dejo constancia que en el día de la fecha, se hizo presente el representante de la firma ........................................................................................, Dn. .........................................................................................., D.N.I./ C.I./ L.C./ L.E N° ................................ para realizar la visita de las instalaciones de …………………………,ubicada en la calle……………………………………………………. …………………… previo a la apertura de la Licitación Pública N° ........................, que se efectuará el día ......................... Por lo tanto, se deja constancia que se ha tomado debido conocimiento de las instalaciones existentes. | ||
Sello | ......................................................... Firma y sello del representante de la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana |
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Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
INDICE XXX XXXXXX DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RE EQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL SISTEMA INTEGRAL DE VIDEO VIGILANCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Art. 1.- OBJETO Y ALCANCE. Art. 2.- GLOSARIO.
Art. 3.- CONSIDERACIONES GENERALES PARA TODOS LOS RENGLONES.
Art. 3.1.- Formato de las ofertas.
Art. 3.2.- De la evaluación de las ofertas. Art. 3.3.- Tecnología.
Art. 3.4.- Personal Técnico Profesional.
Art. 3.5.- Características Técnicas y Funcionales. Art. 3.6.- Confiabilidad y compatibilidad.
Art. 3.7.- Servicios profesionales del oferente. Art. 3.8.- Software.
Art. 3.8.1.- Actualizaciones (Upgrade) como solución a reparos. Art. 3.8.2.- Depuraciones.
Art. 3.8.3.- Inspección del Software.
Art. 3.8.4.- Propiedad Intelectual.
Art. 3.9.- Ambiente de pruebas (Testing). Art. 3.10.- Desagregación.
Art. 3.11.- Incompatibilidades.
Art. 3.12.- Evolución tecnológica. Art. 3.13.- Descripciones.
Art. 3.14.- Control de Proyecto por Método de Camino Crítico (C.P.M.: Critical Path
Method).
Art. 3.15.- Documentación Técnica. Art. 3.16.- Gestión de Calidad.
Art. 3.17.- Documentación para Evaluación.
Art. 3.18.- Certificación de los Servicios Locales. Art. 3.19.- Registros ante la C.N.C.
Art. 3.20.- Utilización de Bandas de Frecuencias. Art. 3.21.- Radiaciones no ionizantes.
Art. 3.22.- Interferencia Electromagnética.
Art. 3.23.- Cumplimiento de la Ley Nº 25.675 (Ley General del Medio Ambiente). Art. 3.24.- Contrato de Confidencialidad.
Art. 3.25.- Sistema de Video Vigilancia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 3.26.- Infraestructura de Empresa Adjudicataria.
Art. 4.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES.
Art. 4.1.- Del Hardware a proveer. Art. 4.1.1.- Primer Usuario.
Art. 4.1.2.- Unificación de marcas. Art. 4.1.3.- Vigencia de equipos.
Art. 4.1.4.- Normas.
Art. 4.1.5.- Accesorios.
Art. 4.2.- De la Sala de Servidores.
Art. 4.2.1.- Climatización Sala de Servidores. Art. 4.2.2.- Racks.
Art. 4.2.3.- Bandejas porta cables. Art. 4.3.- Servidores.
Art. 4.4.- Cables.
Art. 4.4.1.- Comportamiento de los cables eléctricos frente al fuego. Art. 4.4.2.- Métodos de protección antiroedores.
Art. 4.4.3.- Manipuleo y colocación.
Art. 4.4.4.- Terminales y conectores. Art. 4.4.5.- Empalmes.
Art. 4.4.6.- Prensa cables.
Art. 4.4.7.- Cableados de Datos.
Art. 4.4.8.- Normativas aplicables al cableado.
Art. 4.4.9.- Organización de Racks y Cableado interno. Art. 4.5.- Fibra Óptica.
Art. 4.5.1- Características Generales. Art. 4.5.2.- Características Particulares.
Art. 4.5.3.- Requerimientos Constructivos.
Art. 4.5.4.- Requerimientos Funcionales. Art. 4.5.5.- Requerimientos Geométricos. Art. 4.5.6.- Armarios de Distribución de F.O. Art. 4.5.7.- Empalmes de F.O.
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Art. 4.5.8.- Pruebas y verificaciones para instalaciones de F.O. Art. 4.5.9.- Accesorios para instalaciones de F.O.
Art. 4.5.10.- Instalación de F.O.
Art. 4.5.11.- Ejecución de los tendidos de F.O. Art. 4.6.- Xxxxxxxx y Cajas.
Art. 4.7.- Certificación.
Art. 4.8.- Planos.
Art. 4.8.1.- Planos del Proyecto.
Art. 4.8.2.- Actualización de Planos. Art. 4.9.- Garantía.
Art. 5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN 1.
Art. 5.1.- Sistema de Administración de Video (VMS). Art. 5.1.1.- Arquitectura del Sistema.
Art. 5.1.2.- Software a proveer.
Art. 5.1.3.- Derecho de uso del Software. Art. 5.1.4.- Compatibilidades.
Art. 5.1.5.- Propiedad Intelectual de la oferta.
Art. 5.1.6.- Sistema de Administración de Video (Software V.M.S.: Video Management System).
Art. 5.1.7.- Características funcionales de la aplicación. Art. 5.1.8.- Xxxxxxx para movilidad.
Art. 5.1.9.- Diseño Modular.
Art. 5.1.10.- Auditoria del Sistema.
Art. 5.1.11.- Conmutación por Xxxxx (“Fail-Over”). Art. 5.1.12.- Ampliación ilimitada.
Art. 5.1.13.- Funcionalidades incorporadas y disponibles para su utilización. Art. 5.1.14.- Flujos de video.
Art. 5.1.15.- Configuración individual de parámetros de conexión.
Art. 5.1.16.- Compatibilidad con Software de Base.
Art. 5.1.17.- Detección de Problemas en puntos de captura. Art. 5.1.18.- Almacenamiento.
Art. 5.1.20.- Subsistema de Alarmas y Control de Accesos.
Art. 5.1.21.- Aceptación.
Art. 5.2.- Software de gestión de red.
Art. 5.2.1.- Monitoreo y solución de problemas. Art. 5.2.2.- Administración de Configuraciones. Art. 5.2.3. Inventario.
Art. 5.2.4.- Reportes.
Art. 5.2.5.- Centros de trabajo. Art. 5.2.6.- Administración.
Art. 5.2.7.- Administración eficaz de la Red. Art. 5.2.8.- Funcionalidades generales.
Art. 5.3.- Software de gestión de activos.
Art. 5.3.1.- Arquitectura del sistema.
Art. 5.3.2.- Interfaz de usuario y motor de búsqueda. Art. 5.3.3.- Seguridad.
Art. 5.3.4.- Administración de capacidad y espacio.
Art. 5.3.5.- Gestión de Activos. Art. 5.3.6.- Conectividad.
Art. 5.3.7.- Gestión de sistemas de energía.
Art. 5.3.8.- Redes, sistemas y aplicaciones. Art. 5.3.9.- Importación y exportación de datos. Art. 5.3.10.- Reportes y scripts.
Art. 5.4. Sistema de seguridad de los C.M.U., C.O.R. y Nodos del Sistema de Comunicaciones Troncalizadas de la C.A.B.A.
Art. 5.4.1.- Control de Accesos de los C.M.U.s, C.O.R.s y Nodos del Sistema de Comunicaciones Troncalizadas de la C.A.B.A.
Art. 5.4.2.- Detección de Incendio de los C.M.U.s, C.O.R.s y Nodos del Sistema de Comunicaciones Troncalizadas de la C.A.B.A.
Art. 5.4.3.- X.X.XX. interno para los C.M.U.s, C.O.R.s y Nodos del Sistema de
Comunicaciones Troncalizadas de la C.A.B.A.
Art. 5.5.- U.P.S. para cámaras de zonas anegables. Art. 5.6.- Cámaras a solicitud del Poder Judicial.
Art. 5.7.- Carteles indicativos. Art. 5.8.- Monitores pantalla LED.
Art. 5.9.- Terminal interactiva táctil. Art. 5.10.- Puestos Nuevos.
Art. 5.10.1.- Puesto para edición de video. Art. 5.10.2.- Puestos Móviles (NOTEBOOK).
Art. 5.10.3.- Puestos de Monitoreo / Observación remota / Control y Supervisión /
Extracción de Imágenes.
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Art. 5.10.3.1.- Control y Supervisión. Art. 5.10.3.2.- Monitoreo.
Art. 5.10.3.3.- Extracción de Imágenes.
Art. 5.10.3.4.- Características técnicas de los puestos. Art. 5.11.- Insonorización Grupo Electrógeno del M.E.V. Art. 5.12.- Estabilización del M.E.V.
Art. 5.13.- Camión Hidroelevador de 15 metros de caja. Art. 5.13.1.- General.
Art. 5.13.2.- Controles.
Art. 5.13.2.1.- Control de Estabilizadores. Art. 5.13.2.2.- Control desde columna.
Art. 5.13.2.3.- Control desde la cesta.
Art. 5.13.3.- Características de seguridad. Art. 5.13.4.- Sistema mecánico.
Art. 5.13.5.- Caja de carga.
Art. 5.13.6.- Accesorios.
Art. 5.14.- Tendido de vínculos de los Nodos Principales a la Red de F.O. en Subterráneos.
Art. 6.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN 2.
Art. 6.1.- Especificaciones Técnicas Particulares Renglón 2ª Art. 6.1.1.- Servicio de Mantenimiento.
Art. 6.1.1.1.- Características del servicio a brindar. Art. 6.1.1.2.- General.
Art. 6.1.1.3.- Mantenimiento Preventivo. Art. 6.1.1.4.- Mantenimiento Correctivo.
Art. 6.1.1.5.- Modalidad del Servicio de Mantenimiento preventivo y correctivo. Art. 6.1.1.5.1.- De las fallas.
Art. 6.1.1.5.1.1.- Definición xx xxxxx de una videocámara.
Art. 6.1.1.6.- Reemplazo de equipamiento o software en garantía.
Art. 6.1.1.7.- Reparación y/o reemplazo total o parcial de uno o varios componentes del sistema.
Art. 6.1.1.8.- Intervenciones técnicas.
Art. 6.1.1.9.- Reparaciones de Software y Actualizaciones. Art. 6.1.1.10.- Reiteración xx xxxxxx.
Art. 6.1.1.11.- Finalización del contrato. Art. 6.1.2.- Acondicionamiento de Puestos. Art. 6.1.2.1.- Puestos de Monitoreo C.M.U.
Art. 6.1.2.2.- Puestos de Monitoreo en C.O.R. Art. 6.1.2.3.- Puestos de Control / Supervisión.
Art. 6.1.2.4.- Puestos de extracción de imágenes o videos del sistema.
Art. 6.1.2.5.- Puestos de Monitoreo Descentralizados. Art. 6.1.3.- Red de Enlace y Transporte.
Art. 6.1.3.1.- Descripción.
Art. 6.1.3.2.- Infraestructura de Red y Soporte.
Art. 6.1.3.3.- Composición de los Nodos que componen el Anillo Troncal. Art. 6.1.3.3.1.- Características de los equipos que deban proveerse.
Art. 6.1.4.- Móvil de Exteriores de Video (MEV) y Estación Terrena (ET).
Art. 6.1.5.- Provisión de espacio satelital y medio de comunicación. Art. 6.1.6.- Refrigeración.
Art. 6.1.7.- Sistema de Energía Ininterrumpida (U.P.S.) para carga IT.
Art. 6.1.8.- Equipos IPS – VPN – FireWall, Antispam, Antispyware. Art. 6.1.9.- Recursos del oferente para su propuesta.
Art. 6.1.10.- Consideraciones de seguridad para la infraestructura de red.
Art. 6.1.11.- Capacitación.
Art. 6.2.- Especificaciones Técnicas Particulares Renglón 2B. Anexo I PET – Listas de Cumplimiento.
Anexo II PET – Pruebas de Aceptación y Verificación del Sistema.
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RE EQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL SISTEMA INTEGRAL DE VIDEO VIGILANCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Art. 1- OBJETO Y ALCANCE
El presente pliego tiene por objeto: la provisión de un Software VMS (Video Management System: Sistema de Administración de Video) de acuerdo a las características y condiciones que se detallan en el presente pliego, la provisión de un software de gestión de red de acuerdo a las características y condiciones especificadas en el presente pliego, la provisión de un software de gestión de activos de acuerdo a las características y condiciones especificadas en el presente pliego, la provisión de un sistema de seguridad de los CMU, COR y nodos de acuerdo a las características y condiciones especificadas en el presente pliego adecuación de ser necesario de las instalaciones del data center existente a la nueva plataforma, adecuar o modificar de ser necesario parte de la red de videocámaras que forma parte del Sistema de Video Vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, provisión de un camión hidroelevador según las especificaciones que se establecen en este pliego, efectuar el mantenimiento integral preventivo y correctivo del Sistema integral, con sus dos Centros de Monitoreo Urbano actualmente instalados y en funcionamiento.
Según el siguiente detalle:
RENGLÓN | DESCRIPCIÓN |
1 | REEQUIPAMIENTO (según detalle xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas) |
2 A | MANTENIMIENTO INTEGRAL. Valor fijo mensual por cámara (según PET) |
2B | SUMINISTRO de partes y piezas (según PET) |
El Sistema de Video Vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene como zona de incumbencia la totalidad del área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, descripta mediante el Xxx. 0 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. El presente requerimiento deberá efectuarse bajo la modalidad “Llave en mano”, todos los elementos necesarios para su óptimo desempeño, y correcto funcionamiento deberán ser suministrados por el Adjudicatario como parte integral del mismo. Siendo responsable de la provisión, instalación, puesta en funcionamiento, y el mantenimiento preventivo y correctivo por un período de 02 (DOS) años. Asimismo incluirá la integración entre el equipamiento existente y el que deberá ser provisto en base a los requerimientos solicitados en el presente pliego. Todo el equipamiento suministrado formará parte del patrimonio del G.C.A.B.A. desde el mismo momento de su entrega. El software V.M.S. debe ser configurado para integrar bajo una misma plataforma federada, otras implementaciones dentro del
G.C.A.B.A. cuyo software sea 100% (CIEN POR CIENTO) compatible, entre ellas el Sistema General de Seguridad Electrónica de S.B.A., de forma tal que cada responsable administre su sistema y todos se encuentren solidariamente integrados para compartir información. El sistema deberá, cuando así se exija, prever la incorporación de nuevas imágenes que sean propias de la Policía Metropolitana, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o que resulten de interés para el
G.C.A.B.A. aun siendo imágenes procedentes de dispositivos de captura, propiedad de particulares. El sistema deberá ser de “Alta Disponibilidad” (Ley C.A.B.A. 2602, Art. 18 bis incorporado por Ley C.A.B.A. 3998/11). Se deberá contemplar la provisión de todos los elementos activos y pasivos tanto de conectividad, equipos de comunicaciones, servidores, sistemas de almacenamiento, ups, tableros de control de energía, obras de infraestructura, como todas las gestiones necesarias para el correcto funcionamiento del sistema.
La administración del Sistema en su totalidad será indelegable y se encontrará bajo la responsabilidad de la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana.
Art. 2- GLOSARIO
Accesorios: Considérese para este pliego, que depende de lo principal o se le une por accidente.
Activos: Considérese para este pliego (acompañado de la palabra equipos) a todos
aquellos que requieren alimentación eléctrica.
Adaptar: Considérese para este pliego, acomodar, ajustar algo a otra cosa.
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Administrar: (Del lat. administrāre). 3. tr. Ordenar, disponer, organizar, en especial la hacienda o los bienes. Considérese para este pliego que son funciones del Administrador: Gobernar, Disponer, Planificar, Estructurar, Organizar, Coordinar, Comunicar, Supervisar, Controlar. Administrar un sistema implica tener dominio total sobre la o las aplicaciones que lo componen, con autoridad por sobre todos.
AES: (Advanced Encryption Standard: Estándar de Encriptación Avanzada): Xxxxxx
anglosajonas. Considérese para este pliego, como un algoritmo criptográfico (método para cifrar información) por bloques, adoptado en el año 2003 como un estándar de cifrado por el gobierno de los Estados Unidos. Sistema simétrico.
Alta disponibilidad: Considérese para este pliego del sistema y la implementación asociada que asegure un grado absoluto de continuidad operacional durante un período de medición dado. La disponibilidad es usualmente expresada como un porcentaje del tiempo de funcionamiento en un año dado. En un año dado, el número de minutos de tiempo de inactividad no planeado es registrado para un sistema, el tiempo de inactividad no planificado agregado es dividido por el número total de minutos en un año (aproximadamente 525.600) produciendo un porcentaje de tiempo de inactividad; el complemento es el porcentaje de tiempo de funcionamiento el cual es lo que denominamos como disponibilidad del sistema. Valores comunes de disponibilidad, típicamente enunciado como número de "nueves" para sistemas altamente disponibles son:
99,9% = 43.8 minutos/mes u 8,76 horas/año ("tres nueves")
99,99% = 4.38 minutos/mes o 52.6 minutos/año ("cuatro nueves")
99,999% = 0.44 minutos/mes o 5.26 minutos/año ("cinco nueves")
Aparato: Considérese para este pliego. Conjunto organizado de piezas que cumple una función determinada.
API: (Application Programming Interface: Interfaz de Programación de Aplicaciones):
Siglas anglosajonas. Considérese para este pliego a las aplicaciones (software) de terceros que proporcionan una interfaz estándar que interactúa con la aplicación principal como si fuera parte de la misma.
Arrastrar y soltar: Considérese para este pliego, mediante la utilización del mouse, picar con el botón izquierdo del mismo y, manteniendo presionado, trasladar un ícono (videocámara, dispositivo de alarmas o de control de accesos) desde un lugar de la pantalla (u otra pantalla) a otro.
Aval: Dar fe, garantizar fehacientemente que un proceso o equipo cumple con lo requerido.
BPDU: (Bridge Protocol Data Units: Unidades de Datos del Protocolo Puente): Siglas
anglosajonas. Considérense para este pliego a los paquetes de bits (frames) que envían entre sí los conmutadores en redes de datos (switches) para mantenerse comunicados con respecto a los mensajes STP (Spanning Tree Protocol: protocolo de red de nivel 2 del modelo OSI -capa de enlace de datos).
Bugs (Errores): Término anglosajón. Considérese para este pliego, error o defecto del software o hardware que hace que un programa funcione incorrectamente.
C.A.B.A.: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
X.X.XX.: Hace referencia a Circuito Cerrado de Televisión.
Clúster (Grupo): Término anglosajón. Considérense para este pliego a un grupo de múltiples ordenadores unidos mediante una red de alta velocidad, de tal forma que el conjunto, es visto como un único ordenador.
C.M.U.: Centro de Monitoreo Urbano. Considérese para este pliego al lugar físico donde se deben desempeñar tareas de observación de imágenes durante las 24hs del día, 365 días al año.
C.S.V.: Término anglosajón. (comma-separated values). Considérese para este pliego como valores separados por comas. Son un tipo de documento en formato abierto sencillo para representar datos en forma de tabla.
Compatibilidad: Que puede funcionar directamente con otro dispositivo, aparato.
Compatibilidad de software: Considérese para este pliego como una característica de los programas, plataformas o sistemas, que pueden funcionar satisfactoriamente juntos en el mismo equipo o en equipos diferentes, conectados por una red de ordenadores. Cuando la compatibilidad se requiere del 100% debe considerarse que no puede haber un solo aspecto de su funcionamiento que pueda quedar relegado de todas sus características. Normalmente la compatibilidad del 100% en software (programas de computación) se logra utilizando la misma plataforma diseñada por su mismo fabricante, quizás con versiones similares o más avanzadas que puedan asimilar como propias a sus anteriores.
Confiabilidad: La capacidad de un componente, equipo o sistema, de no descomponerse o fallar durante el tiempo previsto para su funcionamiento bajo condiciones de trabajo perfectamente definidas.
Conector L.C.: Considérese para este pliego a un tipo de conector para fibra óptica
que cumple con las normas IEC 61754-20 y TIA 604-10-A. LC se considera un conector óptico de cuarta generación, mejora en tamaño, resistencia y facilidad de uso con respecto a las generaciones anteriores. Principales características: Pérdidas
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típicas de inserción FMM < 0,1 dB, FSM < 0,1 dB, Pérdidas típicas de retorno FMM > 30 dB, FSM > 55 dB.
C.O.R.: Centro de Observación Remoto. Considérese para este pliego, al lugar físico donde se podrían desempeñar tareas de observación de imágenes durante las 24hs del día, 365 días al año.
D.D.K.: (Driver Development Kit: Conjuntos para desarrollo de controladores): Término
anglosajón. Considérese para este pliego, conjunto de herramientas de desarrollo de software, que permite la creación de aplicaciones para un determinado paquete de software.
Desagregar: Considérese para este pliego. Separar, apartar una cosa de otra. Disponibilidad: La probabilidad de que un sistema, subsistema, equipo o elemento se encuentre operando en óptimas condiciones en un determinado instante de tiempo y bajo condiciones de trabajo normales.
Driver (Controlador de Dispositivo): Considérese para este pliego como un programa informático que permite al sistema operativo (software de base), interaccionar con un periférico (impresora, mouse, teclado, etc.), proporcionando una interfaz para su uso.
Elemento: En una estructura formada por piezas, cada una de éstas.
Empírico: Considérese para este pliego. Perteneciente o relativo a la experiencia. Equipos: Conjunto de instrumentos y aparatos esenciales para un fin determinado. Espacio satelital: Considérese para este pliego a un servicio de transmisión de datos, utilizando como medio, un satélite geoestacionario.
E.T. (Estación Terrena): Receptor satelital por medio de la cual se reciben las
imágenes transmitidas por el Móvil de Exteriores de Video (M.E.V.).
Excel, Word, Power Point: Herramientas de ofimática del paquete Microsoft Office. Federación: Considérese para este pliego, la característica que debe poseer la plataforma del sistema de seguridad, mediante la cual, distintas instalaciones del sistema (video, alarmas y/o control de accesos) independientes entre sí, forman parte de un único sistema virtual para su administración. Se debe poder visualizar entidades locales y federadas de manera simultánea (videocámaras, alarmas, tarjetas habientes, accesos monitoreados). Debe permitir visualización simultánea de video en vivo y/o grabado (video forense) de sitios federados remotos y generación de reportes.
Funcional: Perteneciente o relativo a las funciones.
G.C.A.B.A.: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Hacer “click”: Considérese para este pliego, la función de pulsar el botón del mouse (derecho o izquierdo) con el objeto de habilitar una función, subrutina o evento determinado. Acción conocida como “picar” el mouse.
Infraestructura: Conjunto de medios técnicos o servicios que se consideran
necesarios para la creación, funcionamiento y mantenimiento de un sistema cualquiera.
Integrar: Completar un todo con las partes que faltan o se requieren.
Jumbo Frame: Término anglosajón. Considérese para este pliego a tramas Ethernet utilizadas en redes informáticas, con más de 1500 bytes de carga útil. Convencionalmente, Jumbo Frames pueden transportar hasta 9000 bytes de carga útil.
L.A.C.P. :(Link Aggregations Control Protocol: Protocolo de Adición de Enlaces): Siglas anglosajonas. Considérese para este pliego a la agregación virtual de enlaces; característica de nivel 2, que une puertos físicos de la red en un único enlace de datos de gran ancho xx xxxxx; de este modo se aumenta la capacidad de ancho xx xxxxx y se crean enlaces redundantes.
L.D.A.P.: Término anglosajón (Lightweight Directory Access Protocol). En español,
Protocolo Ligero de Acceso a Directorios, que hace referencia a un protocolo a nivel de aplicación que permite el acceso a un servicio de directorio ordenado y distribuido para buscar diversa información en un entorno de red.
Layer (Capa): Término anglosajón. Considérese para este pliego a las capas que integran al modelo de interconexión de sistemas abiertos (ISO/IEC 7498-1), también denominado “Modelo OSI”.
Layout: Término anglosajón. La noción de “layout” suele utilizarse para nombrar al
esquema de distribución de los elementos dentro un diseño.
Logs: Término anglosajón equivalente a la palabra bitácora en español. Considérese para este pliego al término usado para registrar datos o información sobre quién, qué, cuándo, dónde y por qué, un evento ocurre en un dispositivo en particular o aplicación. Mapas Dinámicos Virtuales: Considérese para este pliego, mapas digitales que permiten cambios o interacciones en uno o varios componentes de los datos espaciales que componen el mapa.
Mapas Dinámicos: Considérese para este pliego, la capacidad que debe tener el Sistema V.M.S. de incorporar mapas y/o planos que permitan, mediante un ícono generado sobre ellos, acceder a un punto de captura (imagen, alarma, control de accesos, etc.).
M.E.V.: Móvil Exteriores de Video, vehículo de la Policía Metropolitana equipado con
tecnología de acceso satelital destinado a la transmisión de imágenes.
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MIB-III: (Management Information Base: Información Base de Administración): Considérese para este pliego a un tipo de base de datos que contiene información jerárquica, estructurada en forma de árbol, de todos los dispositivos gestionados en una red de comunicaciones. Es parte de la gestión de red definida en el modelo OSI. Define las variables usadas por el protocolo SNMP para supervisar y controlar los componentes de una red.
Multicast: Multidifusión, es el envío de la información en múltiples redes a múltiples destinos simultáneamente.
N.A.S.: (Network Attached Storage: Almacenamiento conectado en red): Siglas
anglosajonas. Considérese para este pliego a un tipo de almacenamiento dedicado de archivos, a través de dispositivos que se encuentran conectados mediante una red de área local, donde los usuarios centralizan el almacenamiento por medio de la red Ethernet.
Nodo: Es un punto de intersección, conexión o unión de varios elementos que confluyen en el mismo lugar.
ODBC: Siglas anglosajonas: Open Data Base Connectivity (ODBC) es un estándar de
acceso a las bases de datos desarrollado por SQL Access Group en 1992.
Ping Of Death: Ping de la muerte (Ping Of Death). Términos anglosajones; considérese para este pliego como un tipo de ataque enviado a una computadora que consiste en mandar numerosos paquetes ICMP muy grandes (mayores a 65.535 bytes) con el fin de colapsar el sistema atacado.
ONVIF: (Open NetWare Video Interface Fórum: Foro abierto de Interfaces de Video en
Red) y PSIA (Alianza de Interoperabilidad de Seguridad Física),
Parcial: Perteneciente o relativo a una parte del todo.
Patcheras: Vulgarismo: considérese para este pliego a un panel de conexiones, también denominado bahía de rutas o “patch panel” (Término anglosajón), es el elemento encargado de recibir todos los cables del cableado estructurado.
Pasivos: Considérese para este pliego (acompañado de la palabra equipos) a todos
aquellos que no requieren alimentación eléctrica.
Plataforma: Considérese para este pliego a la totalidad de componentes de hardware y software, redes físicas o virtuales, conexiones eléctricas y todo otro componente no detallado del Sistema de Video Vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo todos los dispositivos de hardware y/o software instalados en la vía pública o domicilio de particulares.
Plug in (Conectar): Termino anglosajón. Considérese para este pliego, un complemento, o aplicación (software) que se relaciona con otra (generalmente la principal) para aportarle una función nueva y generalmente muy específica. Esta aplicación adicional es ejecutada por la aplicación principal e interactúan por medio de la API.
Pop up (Aparecerá, Surgir): Término anglosajón. Considérese para este pliego,
como una ventana emergente en pantalla que se utiliza para la rápida visualización de un evento.
Probado, da.: Acreditado por la experiencia práctica.
Puesto de trabajo: Considérese para este pliego a toda computadora conectada a la red de videocámaras, la cual es utilizada para la visualización de las mismas, incluyendo puestos de monitoreo, puestos de supervisión, puestos de configuración, puestos de bajada de imagen, como así también los puestos ubicados en los centros de visualización remota.
Radius: Siglas anglosajonas (Remote Authentication Dial-In User Service). Considérese para este pliego a un protocolo de autenticación y autorización para aplicaciones de acceso a la red o movilidad IP. Utiliza el puerto 1812 UDP para establecer sus conexiones.
R.F.: Hace referencia a Radio Frecuencia.
RMON: (Remote Network MONitoring: Monitoreo de Red Remota): Siglas anglosajonas. Es un protocolo para la monitorización remota de redes. Es un estándar que define objetos actuales e históricos de control, permitiendo la captura la información en tiempo real a través de la red entera. El estándar de RMON es una definición para Ethernet, además de formar parte del protocolo TCP/IP.
RSA: (Xxxxxx, Xxxxxx y Xxxxxxx: Siglas de sus creadores). Considérese para este pliego un algoritmo criptográfico (método para cifrar información) de clave pública desarrollado en 1977. Algoritmo válido tanto para cifrar como para firmar digitalmente. Sistema asimétrico de “clave pública y privada”.
S.B.A.: Subterráneos de Buenos Aires.
S.D.K. (Software Development Kit: Kit de desarrollo de software): Considérese para este pliego como un conjunto de herramientas de software que permite la creación de aplicaciones para una determinada plataforma. Especialmente cuando en este pliego se habla de videocámaras, debe considerarse como el conjunto de herramientas de software que el fabricante de las cámaras, a través de un convenio, pone a disposición del fabricante del V.M.S. para que su cámara se use al 100% de sus posibilidades por este.
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S.F.P.: (Small Form-Factor Pluggable: Pequeño factor de forma conectable) Siglas anglosajonas. Un transceptor compacto y conectable en caliente (hotswap) utilizado para las aplicaciones de comunicaciones de datos y telecomunicaciones.
S.Q.V.: Siglas anglosajonas: (Identificación de cliente segura). Considérese para este pliego como un mecanismo desarrollado por Security Dynamics (más tarde se transformó en RSA Security) permite dos factores de autenticación para los usuarios de recursos de una red.
Servicio: Organización y personal destinados a cuidar intereses o satisfacer
necesidades requeridas. Utilidad o función que desempeña una cosa.
S.L.A.: (Service Level Agreement: Acuerdo del Nivel de Servicio). Siglas anglosajonas. Contrato escrito entre un proveedor de servicio y su cliente, cuyo objetivo es fijar el nivel acordado para la calidad de dicho servicio.
Scale out (Escalar): Término anglosajón. Considérese para este pliego como una
forma de almacenamiento dentro de una arquitectura N.A.S. (Network Attached Storage: Almacenamiento Conectado en Red) en la cual la capacidad de almacenamiento total se puede ampliar, agregando nuevas unidades de disco que residen en otras matrices de almacenamiento. Siempre que una matriz de almacenamiento alcanza su límite, se puede añadir otra para ampliar la capacidad total del sistema.
Secure ID Client: Término anglosajón (Identificación de cliente segura). Considérese para este pliego como un mecanismo desarrollado por Security Dynamics (mas tarde se transformó en RSA Security) permite dos factores de autenticación para los usuarios de recursos de una red.
S.N.M.P.: (Simple Network Management Protocol: Protocolo Simple de Administración de Red): Siglas anglosajonas. Considérese para este pliego como un protocolo de la capa de aplicación (Modelo OSI) que facilita el intercambio de información de administración entre dispositivos de red.
Snooping (Fisgonear, Curiosear): Término anglosajón. Considérese para este pliego
como una técnica de ataque informático, con el objetivo de obtener información de una red sin modificarla.
Spoofing: Termino anglosajón. Considérese para este pliego al uso de técnicas de suplantación de identidad, generalmente con usos maliciosos o de investigación.
Stream (Flujo): Término anglosajón. Considérese para este pliego como a los flujos de video, o cualquier otro contenido multimedia, transmitidos y/o recibidos por cualquier medio de comunicación.
Syslog: Siglas anglosajonas. . Considérese para este pliego como un protocolo (RFC
3164 y RFC 5424) que unifica el formato de mensajes generado por los distintos dispositivos que integran la red. Esto permite concentrar los registros de múltiples máquinas en un único punto simplificando la labor de gestión al administrador.
TACACS+: Siglas anglosajonas: (Terminal Access Controller Access Control System), “Sistema De Control De Acceso Del Controlador De Acceso a Terminales”. Considérese para este pliego como un protocolo de autenticación remota que se usa para gestionar el acceso (proporciona servicios separados de autenticación, autorización y registro) a servidores y dispositivos de comunicaciones.
Tear Drop Attack: Término anglosajón. Considérese para este pliego como un tipo de
ataque de denegación de servicios generado cuando el host receptor intenta re- ensamblar paquetes fragmentados y los mismos se superponen.
Total: General, universal y que lo comprende todo en su especie.
V.M.S.: De las siglas en inglés de Video Management System (Sistema de Administración de Video).
Art. 3- CONSIDERACIONES GENERALES PARA TODOS LOS RENGLONES
3.1. Formato de las ofertas.
Detallará en forma total y completa todos los requerimientos que se solicitan en este pliego Además especificará claramente en su oferta, la forma en que brindará el servicio de mantenimiento, indicando el personal y medios involucrados, es decir, recursos humanos y su currículum, vehículos utilizados por el oferente, medios de comunicación, y todos aquellos datos que permitan evaluar convenientemente la oferta.
3.2. De la evaluación de las Ofertas.
Para que las Ofertas se consideren válidas, a los efectos de la verificación del cumplimiento, el presente Pliego de Especificaciones Técnicas debe ser respondido punto por punto, párrafo por párrafo, de manera ordenada y correlativa, sin quedar puntos y/o párrafos sin responder. Se deberá detallar su cumplimiento en las Listas de Cumplimiento de cada documento que obran en el Anexo I PET, con la expresión "Cumple", “Cumple Parcial”, "No Cumple" y “Tomado Conocimiento” (detallando apartado, número de página y folio, y en el caso de cumplimiento parcial indicar a que
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se debe la parcialidad del mismo), según resulte apropiado en cada caso, indicando el párrafo de la información técnica en donde se verifica el mismo y haciendo las observaciones y comentarios que considere pertinentes, así como suministrando la información solicitada en el mismo a los fines de que su oferta sea correctamente evaluada, en cuanto a los aspectos técnicos. Esta lista de Cumplimiento será utilizada como base de evaluación. Serán evaluadas de acuerdo a las Listas de Cumplimiento y a la de Puntajes, incluida en el presente documento, como anexos al presente pliego. Toda la información Técnica aportada: folletería, manuales, gráficos, planillas de datos, etc. debe ser entregada en idioma español o acompañada de su traducción; si esta condición no fuera cumplida, no podrá cuestionarse las interpretaciones que la Comisión Evaluadora, conformada para tal fin, realice sobre los textos en idioma extranjero, aunque esta circunstancia lleve a desestimar la oferta.
Se detalla a continuación la definición de las declaraciones de cumplimiento:
Cumple: Significa que el requerimiento es cumplido por el Oferente, y estará disponible en tiempo, de acuerdo con los cronogramas especificados. Cuando se declara “Cumple”, el oferente podrá entregar más detalles, pero en caso de alguna discrepancia entre estos detalles y los requerimientos especificados, la declaración de cumplimiento será tomada como correcta, y garantizada por el Oferente. En el caso de no detallar la ubicación (apartado, página y número de folio) del requerimiento que cumple, se considerará "no cumple". Los detalles serán entregados en descripciones separadas dentro de la oferta, con una referencia cruzada a la Lista de Cumplimiento, para facilitar la ubicación de los detalles en las descripciones.
Cumple Parcial: Será utilizado cuando el requerimiento no pueda ser cumplido
totalmente por el oferente. Si las partes no cumplidas estuvieran disponibles en una fecha posterior a los servicios, deberá establecerse en la respuesta, indicando la mejor fecha de disponibilidad. En todos los casos que se indicara “Cumple Parcial”, deberá aclararse la naturaleza de la parcialidad. Caso contrario se considerará como que “No Cumple”.
No Cumple: Será usado cuando el ítem no pueda ser cumplido por la propuesta. Si el ítem en cuestión fuera a estar disponible en una fecha posterior a los servicios, deberá establecerse en la respuesta, indicando la mejor fecha de disponibilidad. Cuando se responda “No Cumple”, el suministrador proveerá los detalles completos de la
discrepancia con los requerimientos especificados, junto con los detalles completos de la propuesta ofrecida. Si al momento de “Cumple Parcial” o “No Cumple” se está realizando un desarrollo, o está planeado hacerlo, y el cual llevaría el ítem a “Cumple”, será claramente establecido en la descripción detallada, si este desarrollo está previsto terminarlo en tiempo.
Tomado Conocimiento: Se utilizará solamente para los ítems de forma, que no
impliquen cumplimiento alguno de requerimientos pero que se reconoce la solicitud.
3.3. Tecnología.
La tecnología propuesta deberá ser de última generación o versión disponible, no aceptándose en ningún caso versiones o modelos superados en tecnología por sus fabricantes originales. Salvo casos en que esté expresamente indicado en estas especificaciones o que el producto de última aparición en el mercado tenga prestaciones menores a las requeridas en el presente Pliego, o se hayan verificado errores (bugs) que lo hagan desaconsejables. El sistema V.M.S. no debe permitir la edición o borrado del video almacenado y debe registrar (“logs”) eventos de auditoría, donde quedará registrado como mínimo: el usuario (operador, administrador o técnico), la tarea que realizó, fecha y hora de la operación, y sobre qué archivos fue efectuada. Estos “logs” deben estar disponibles, modalidad consulta, para la Policía Metropolitana a nivel Administrador mediante las mismas facilidades propias del
V.M.S. ofrecido. Las funcionalidades para registrar eventos mínimos requeridos deben ser las siguientes:
• Logs del sistema: El sistema permitirá al administrador optar por registrar los
errores, advertencias e información y combinaciones de éstos. Por defecto es sólo errores de registro.
• Logs de auditoría: El sistema permitirá al administrador elegir, además de
iniciar sesión en los registros y de la administración, para registrar la actividad del usuario en los clientes.
• Reglas de Logs: El sistema permitirá al administrador generar reglas de logs que podrán ser utilizadas para crear registros (logs) de eventos específicos.
La forma de presentación de la Oferta deberá respetar el orden de los requerimientos realizados en este Pliego y debe ser contestada párrafo por párrafo. El no cumplir con este requerimiento facultará a la Policía Metropolitana a desestimar la oferta sin más.
3.4. Personal Técnico Profesional
Un Profesional Técnico afín, matriculado, será el contacto entre la empresa y las personas designadas por la Policía Metropolitana como responsables del seguimiento
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de la implementación. Este representante Técnico deberá encontrarse en obra durante las horas de trabajo para ejercer la dirección y coordinación de todas las tareas, manteniendo un estrecho vínculo entre el adjudicatario y la Policía Metropolitana. La Policía Metropolitana podrá solicitar el reemplazo inmediato de este profesional por razones fundadas, sin que el Adjudicatario pueda considerarse damnificado. Además, un profesional matriculado en la Asociación Electrotécnica Argentina (A.E.A.) con título de Ingeniero Electricista, será el responsable de todas las instalaciones eléctricas que sean necesarias realizar en toda la plataforma (interna dentro de los edificios propios de la C.A.B.A. o arrendados para tal fin, o exterior en la vía pública).
3.5. Características Técnicas y Funcionales.
Las características técnicas y funcionales para poder desarrollar, y realizar la instalación, se describen en este Pliego de Especificaciones Técnicas. En ellos se recogen los datos necesarios para dar respuesta al requerimiento, así como las características funcionales y facilidades de servicio que se debe brindar. Todos los requerimientos que se realicen de Hardware y de Software deben ser incluidos, configurados y encontrarse disponibles en el momento de la entrega del sistema bajo la modalidad “llave en mano”. La instalación, desde el punto de vista técnico, debe ser segura en cumplimiento de toda normativa vigente según estándares IRAM, ISO/IEC o normas internacionales que sean aplicables. En general se deben tener muy en cuenta para las instalaciones eléctricas que el adjudicatario deba realizar: adecuadas protecciones contra sobrecargas, adecuadas protecciones contra cortocircuitos, adecuadas protecciones contra fallas a tierra, adecuada ejecución de la instalación de equipos y materiales; todo según lo reglamentado por la normativa vigente de la Asociación Electrotécnica Argentina (A.E.A.).
3.6. Confiabilidad y compatibilidad.
Los sistemas y elementos constituyentes del Sistema de Video Vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser tolerantes a fallas, no presentar incompatibilidades entre ellos y soportar futuras expansiones, por lo tanto deberán satisfacer las necesidades de comunicación que generen, debiendo ser totalmente flexibles a la migración y ampliación de la tecnología, sin necesidad de reemplazar la infraestructura que resultare luego de las tareas de implementación pretendidas en este Pliego de Especificaciones Técnicas.
3.7. Servicios Profesionales del Oferente.
El Oferente deberá:
Describir los servicios profesionales de instalación y puesta en marcha para la correcta instalación y configuración del software provisto y la migración de los datos para que la solución quede en estado operativo de funcionamiento.
Describir las opciones de capacitación disponibles para cada una de las diferentes funciones administrativas y de usuario, especificando las modalidades de dictado.
Describir el proceso relacionado con la liberación de actualizaciones de software
(menor / mayor) y hacer comentarios sobre la frecuencia esperada.
Describir los niveles de los servicios de mantenimiento anual disponibles, incluyendo el soporte técnico, el acceso directo al fabricante, tiempo de respuesta, y las características significativas.
Describir la notificación de incidentes y procedimientos de escalamiento para la solución propuesta.
Se deberá describir cualquier soporte que no esté cubierto por la garantía o en un contrato de mantenimiento. En caso de no realizar la descripción se considerará que todo está cubierto por la garantía. En caso de que haya puntos que no sean cubiertos por la garantía y estos sean detallados en este pliego de especificaciones técnicas, serán considerados para el descuento correspondiente en la Matriz de Evaluación, siempre que no corresponda por su magnitud descartar la oferta.
Adjuntar un Acuerdo de licencia de usuario final típico del software utilizado en la compra de su solución.
Para llevar a cabo esta instalación, el Adjudicatario deberá cumplir los requisitos que se enumeran a continuación en lo que se refiere a equipos activos, pasivos, suministros, instalación, configuración, pruebas y auditoría completa de todos los elementos, comprendiendo:
• Cumplimiento de las necesidades indicadas en estas Especificaciones Técnicas.
• Almacenamiento, transporte y entrega de activos, pasivos y o materiales propios de la implementación, en las instalaciones o edificios bajo la responsabilidad del Adjudicatario y seguros contratados por éste.
• Adecuar los contratos con los edificios donde se encuentran los nodos o puntos de acceso, para dar continuidad al sistema, así como también el arrendamiento de vínculos que sean necesarios para lograr el objetivo.
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• Priorizar para la instalación de nuevos nodos, toda construcción edilicia que sea patrimonio de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.
• La instalación completa del Sistema de Video Vigilancia, las unidades de energía ininterrumpida (U.P.S. - Uninterruptible Power Supply: Respaldo de Energía Interrumpible) y los sistemas asociados o auxiliares.
• Realizar el diseño, suministro, colocación y gestión del cableado necesario para la integración del sistema existente y todos los nuevos dispositivos pasivos y/o activos a proveer Switches, fuentes de alimentación, cámaras, control de alarmas, sistemas auxiliares, y todos aquellos componentes que sean necesarios para el correcto funcionamiento del Sistema de Video Vigilancia del G.C.A.B.A. Para el transporte de la información se emplearán con prioridad, tendidos de Fibra Óptica existentes propiedad del G.C.A.B.A., no excluyendo la obligación del Oferente en caso de ser necesario, el reacondicionamiento de los mismos o el reemplazo total o parcial por nuevos, como así también el empleo de nodos de recepción mediante Radio Frecuencia (RF), siendo responsabilidad del oferente incluir todos aquellos equipos que se requieran adicionalmente para el correcto funcionamiento de los mismos. Serán obligatorias las pruebas in-situ del sistema y de todos los sistemas auxiliares, con su correspondiente certificación.
• Adecuar las instalaciones de toda videocámara, que se encuentre instalada o que sea próxima a instalar, en cercanías de la traza de fibra óptica a fin de lograr una conexión directa a la red. Es decir, se debera proveer de los activos de red necesarios como ser switches y modulos de conexión de fibra óptica de modo tal que este sea el único medio de comunicación vinculante.
3.8. Software
3.8.1. Actualizaciones (Upgrade) como solución a reparos.
En caso de surgir inconvenientes de ejecución o problemas con la versión de software adquirida y como solución a dichos reparos, el oferente deberá proponer una actualización a una versión más actual de software (upgrade), ésta deberá entregarse e instalarse sin cargo para la Policía Metropolitana. Si el upgrade necesario para solucionar los reparos implica modificar la composición del hardware en las plataformas de la Policía Metropolitana y/o tiene nuevas funcionalidades, deberá
realizar las modificaciones correspondientes, sin que esto signifique costo alguno para la Policía Metropolitana, dentro de los 60 (SESENTA) días como plazo máximo, desde el momento que sea tomada la decisión por parte de ésta Institución.
3.8.2. Depuraciones.
El software empleado e instalado gozará de una garantía contra vicios ocultos durante la vida útil del Sistema. Más allá de las observaciones que pudieran surgir durante la ejecución de las pruebas en fábrica o de aceptación en sitio, el adjudicatario se obligará a efectuar depuraciones o "debugging" del software en forma permanente y sin que ocasione gasto alguno para la Policía Metropolitana, esto incluye la instalación de nuevas versiones si fuese necesario para superar los eventuales problemas.
3.8.3. Inspección de Software.
La Policía Metropolitana podrá inspeccionar la evolución del desarrollo de la implementación, las herramientas, métodos de actualización y depuración empleados. El Adjudicatario deberá facilitar toda la documentación que sea necesaria, y que se le solicite para tal fin. En caso de verificar desvíos en el objeto de la implementación, de acuerdo a lo especificado en este pliego, el Adjudicatario deberá corregirlo inmediatamente, sin más.
3.8.4. Propiedad Intelectual.
El Adjudicatario, será responsable por cualquier daño, reclamo y/o costo que se funde en el uso indebido de todo software y/o en mejoras y/o modificaciones introducidas en el mismo, y/o en el hecho que se infrinja alguna patente, modelo de utilidad, diseño industrial, derecho de autor, secreto comercial y/o marca, asumiendo la totalidad de los daños y perjuicios que resulten tanto para la Policía Metropolitana como para terceros, incluyendo honorarios de profesionales y costas judiciales. La Policía Metropolitana deberá notificar inmediatamente al Adjudicatario, por escrito, la existencia de la reclamación cuando tuviera conocimiento y éste lo hará de igual modo.
3.9. Ambiente de pruebas (Testing).
El adjudicatario deberá establecer un entorno de pruebas (Testing) en el lugar físico que determine la Policía Metropolitana, donde se podrán realizar pruebas de configuraciones, testeos, y todo otro trabajo que a criterio de esta, sea necesario para lograr un óptimo rendimiento del hardware y software utilizado. Dicha instalación deberá funcionar por fuera de la red del sistema de Video Vigilancia (no debe formar
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parte del Sistema de Monitoreo Urbano, pero puede estar integrado al software bajo sus características de “federación”), debiendo contar con 02 (DOS) dispositivos de captura de imágenes, de control de accesos, de alarmas como mínimo de cada tipo y modelo utilizadas en el sistema, así como también del sistema de video analítico provisto.
3.10. Desagregación.
La Oferta deberá presentar un detalle de equipos activos, pasivos y software, contemplando todos los elementos necesarios. Además, deberán especificar el límite de crecimiento del sistema y la modularidad de dicho crecimiento. Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir a los Oferentes la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
En la Oferta se deberá incluir: una descripción, cantidad y características del Sistema de Administración de Video (V.M.S. - Video Management System) con un detalle de las condiciones de licenciamiento y su duración en el tiempo, como así también las modalidades de actualización para futuras mejoras. Si el Sistema propuesto, para cumplir con los requerimientos de los Pliegos de Especificaciones Técnicas, necesitare incorporar un software realizado por un “socio comercial” que se integre totalmente a este y de acuerdo a las Especificaciones Técnicas, deberá describir de qué forma se verifica la integración con el Software VMS ofrecido por medio de una nota garantizada por el fabricante.
Una descripción para la instalación y puesta en funcionamiento de la totalidad del Sistema; y finalmente una descripción y cantidad de las herramientas, máquinas, equipos y aparatos electrónicos o eléctricos que sean solicitados en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
3.11. Incompatibilidades
No serán aceptadas incompatibilidades en el Sistema de Monitoreo Urbano. Para los casos en los cuales el Oferente detectara incompatibilidades entre el sistema actual (hardware) y el que proveyera (Software y Hardware), que pudieran afectar el buen funcionamiento de su provisión, deberá informarlo en la presentación de su oferta y la oferta podrá ser desestimada sin más.
3.12. Evolución tecnológica.
El Oferente deberá garantizar la capacidad de los sistemas para evolucionar según el estado del arte de la tecnología, introduciendo nuevas capacidades, servicios y otros, a los equipos y aplicaciones (software) que se ofrezcan al menos durante 04 (CUATRO) años a partir de la fecha de Recepción Definitiva del Servicio.
3.13. Descripciones.
El oferente brindará una descripción técnica completa de cada uno de los propuestos. Esta descripción incluirá la siguiente información:
• Descripción y documentación técnica de todos los equipos activos y pasivos utilizados, en idioma castellano.
• Descripción general que explique el funcionamiento integrado de los sistemas y un gráfico representativo.
• Descripción general de las facilidades y funciones del software utilizado y su forma de integración con otros ofertados.
• Descripción de la respuesta de interconexión de los diferentes sistemas y aquellos componentes de la red de transporte.
En todos los casos los oferentes deberán incluir, en forma completa y detallada, toda aquella información y aspectos relevantes que permitan a la Policía Metropolitana evaluar sin dificultad, la calidad de las prestaciones que se cotizan. En el caso de que los folletos técnicos, manuales o información entregada en cualquier formato, se encuentre en un idioma distinto al castellano, deberá ser entregada la traducción al castellano de todo su contenido. Toda información que fuera requerida textualmente en este pliego y que no fuera presentada en la Oferta, eximirá a la Comisión Evaluadora de interpretar la oferta presentada, por lo cual no podrá ser objetada su resolución por el Oferente en el proceso licitatorio.
3.14. Control de Proyecto por Método de Camino Crítico (C.P.M: Critical Path Method).
El Oferente, presentará junto a su propuesta un plano en formato A3 o superior con el diagrama de Control de su Proyecto con la determinación del Camino Crítico, las fechas tempranas y tardías de cada tarea, la descripción total de las tareas y toda la información correspondiente a dicho procedimiento. Este requerimiento debe considerarse imprescindible para poder evaluar en forma integral la oferta, por tal motivo, su ausencia o presentarlo en forma incompleto, puede ser motivo para desestimar la oferta.
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3.15. Documentación Técnica.
El Oferente deberá entregar 01 (UN) juego de manuales técnicos por cada uno de los equipos y/o software a suministrar y todos los folletos técnicos que hagan a la ilustración del equipamiento y sistema que ofrece. Se considerará diferencial la presentación de toda documentación que se encontrare en idioma distinto al nativo traducida al castellano. No podrán los Oferentes responsabilizar a la Comisión Evaluadora, de incorrectas interpretaciones de la oferta cuando la información acreditada se encuentre en otro idioma distinto xxx Xxxxxxxxxx.
3.16. Gestión de Calidad.
El Oferente deberá presentar el certificado de Gestión de Calidad en su oferta. Para la evaluación técnica comparativa, se dará preferencia a aquellos Oferentes que tengan certificadas las Normas ISO 9000 referentes a la "Gestión y Aseguramiento de la Calidad".
3.17. Documentación para Evaluación.
El Oferente deberá entregar toda la documentación que permita determinar fehacientemente el grado de cumplimiento con las normas mencionadas, con los requerimientos xxx xxxxxx y en el orden que fuera dispuesto en el requerimiento, es decir en su respuesta punto a punto deberá incluir toda la documentación que acredita el cumplimiento. No podrán los Oferentes responsabilizar a la Comisión Evaluadora de incorrectas interpretaciones, cuando la Oferta no esté ordenada en función del orden de este pliego, y la información que lo acredita (folletos, manuales, información escrita de detalle, otros) no se encuentre en el mismo lugar que responde un determinado ítem.
3.18. Certificación de los Servicios Locales.
El Oferente deberá indicar en su oferta, si los servicios locales ofrecidos objeto de este concurso, están certificados bajo las normas ISO 9000.
3.19. Registros ante la C.N.C.
El Oferente deberá presentar en su propuesta las homologaciones otorgadas por la Comisión Nacional de Comunicaciones para todo aquel equipamiento que correspondiera homologar. Debiendo cumplir acabadamente con toda la normativa
vigente en relación a la instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de todo el Sistema. No serán aceptados equipos que no se encontraran homologados al momento de la presentación de la oferta.
3.20. Utilización de Bandas de Frecuencias.
En virtud de lo enunciado por la Secretaría de Comunicaciones en la Resolución 40/2012, donde se establece la banda de 4970 a 4990 MHz para su utilización por los Sistemas de Telecomunicaciones xx Xxxxx Ancha para la Seguridad Pública, y teniendo en consideración que en este pliego se trata el Sistema de Video Vigilancia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el adjudicatario deberá adaptar y/o proveer todos los vínculos radioeléctricos existentes de acuerdo a dicha normativa.
3.21. Radiaciones no ionizantes.
El Oferente deberá garantizar el cumplimiento de la normativa vigente referente al tema invocado, al momento de presentar la oferta, sobre todo equipo, aparato o sistema a instalar.
3.22. Interferencia Electromagnética.
Debido a las características del medio (principalmente por los aspectos de interferencia electromagnética) en el cual se instalarán los equipamientos, será responsabilidad total del oferente garantizar que su instalación no producirá interferencia sobre equipos y servicios preexistentes, y de otros sistemas autorizados a funcionar en la vía pública por las respectivas autoridades, mediante documentación certificada; como así también que estos efectos no perjudicaran la recepción de las imágenes bajo las especificaciones aquí indicadas en el presente pliego. En caso de no contar con documentación certificada, se entenderá que ningún equipo produce interferencia electromagnética.
3.23. Cumplimiento de la Ley Nº 25.675 (Ley General del Medio Ambiente).
El oferente se comprometerá a dar cumplimiento en todo lo relativo a la conservación del Medio Ambiente, el uso racional y sustentable de los recursos naturales y establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de riesgos ambientales, para la prevención y mitigación de emergencias ambientales y para la recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental, en lo que atañe al sistema y sus instalaciones. No se podrán instalar mástiles en la C.A.B.A. sin la respectiva autorización de la Policía Metropolitana y para tal fin se deberán realizar los trámites correspondientes, no pudiendo superar los 06 (SEIS) metros de altura. Para
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tal fin, deberá iniciarse el trámite correspondiente ante el G.C.A.B.A. para poner a consideración del Consejo del Plan Urbano Ambiental (Co.P.U.A.) creado por Ley 71 C.A.B.A., organismo competente sobre esta materia. Ver acuerdo Nro. 328 – CPUAM- 2009 publicado el 10/11/2009. Asimismo, se deberá dar fiel cumplimiento a lo normado mediante Ley C.A.B.A. N° 123/98 (Ley de Evaluación del Impacto Ambiental en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), y sus modificatorias. Todas las autorizaciónes deberán ser realizadas para el usufructuo final y desde un principio, para la Policía Metropolitana.
3.24. Contrato de Confidencialidad.
El oferente deberá firmar un contrato de confidencialidad enmarcado en la Legislación vigente al momento de realizar la visita de relevamiento técnico. Este “Contrato de Confidencialidad” deberá ser firmado por el futuro Adjudicatario y por todo el personal que trabaje en forma directa o indirecta con el Objeto de este pliego.
3.25. Sistema de Video Vigilancia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Los Oferentes deberán presentar sus propuestas (Ofertas) los requerimientos establecidos en este pliego, justificando técnicamente las razones evaluadas para la elección de todos los dispositivos propuestos. El Sistema deberá brindar calidad de imagen con alta compresión para visualización y almacenamiento. Deberá permitir controlar la tasa de bit (bit rate) en transmisión. Todos los equipos de captura: cámaras fijas y cámaras móviles tipo domo (no se aceptarán cámaras fijas montadas en sistemas de movimiento denominados “Pant&tilt”: cámaras con rotación en el plano vertical y en el plano horizontal), serán nuevas y se proveerán originalmente cerradas en fábrica, en sus embalajes originales, y con la respectiva garantía del fabricante. Será causal de desestimación de la oferta presentar cámaras de fabricación y/o distribución discontinuas. Para su conexión se utilizarán los cables certificados y normalizados recomendados por su fabricante para su aplicación en particular dentro del sistema, con cada elemento de captura de imagen se deben proveer estos cables, debiéndose tener en cuenta y respetar, las distancias máximas establecidas para cada uno de ellos. Las videocámaras deberán ser administradas por el V.M.S. que fuera ofertado por el oferente y deberá haber una integración total (100% de todas las facilidades del dispositivo de captura) con cada cámara propuesta, al momento de la presentación de la oferta. Las instalaciones existentes que no cumplan con alguno de
los requisitos explícitos en este pliego, deberán ser adecuadas y/o actualizadas. Esta situación debe quedar bien especificada en la Oferta presentada.
3.26. Infraestructura de Empresa Adjudicataria.
El Adjudicatario estará obligado a contar en el país con una infraestructura capaz de asistir técnicamente a la Policía Metropolitana. Debiendo estar en condiciones de elaborar todos los proyectos necesarios para la ampliación y evolución del Sistema, contando con la capacidad técnica y operativa necesaria para resolver cualquier falla que afecte el normal funcionamiento del Sistema de Video Vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 4- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
4.1. Del Hardware a proveer.
En este Pliego de Especificaciones Técnicas se establecen las condiciones que hacen a las características del Hardware requerido. Todas las facilidades, características y especificaciones del hardware que sean necesarias deberán ajustarse a los requerimientos de las especificaciones correspondientes y deberán estar disponibles (liberadas al mercado) al momento de la apertura de las ofertas. No se aceptarán facilidades que solo están disponibles en modo de prototipo en el Hardware.
4.1.1. Primer Usuario.
Los elementos, unidades funcionales, equipos y accesorios estarán constituidos por unidades nuevas, sin uso previo y en perfecto estado de conservación y funcionamiento (se entiende por nuevo y sin uso a que el Comprador será el primer usuario de los equipos desde que estos salieron de fábrica).
4.1.2. Unificación de marcas.
Todos los equipos a proveer de un mismo tipo (equipos que poseen las mismas características técnicas y funcionales), y que están destinados a satisfacer una misma necesidad según la especificación particular de cada uno dada en el documento de la licitación, deberán ser de la misma marca y responder a la compatibilidad del sistema en su totalidad.
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4.1.3. Vigencia de equipos.
Los equipos a proveer deberán estar vigentes en el mercado y no poseer fecha de discontinuidad de fabricación a la fecha de presentación de la oferta y asegurar al menos 02 (DOS) años de provisión de repuestos.
4.1.4. Normas.
Todos los sistemas deberán cumplir con las especificaciones en materia de regulación de seguridad eléctrica: se cumplirá lo dispuesto en la Reglamentación para la ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles de la Asociación Electrotécnica Argentina AEA 90364 (del Decreto Reglamentario 351/79 Ley Nacional 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo), emisión de radiofrecuencia, emisión electromagnética y emisión de radiación, emitidas por los organismos competentes Nacionales, IRAM en primer término, en caso de no existir, de los Estados Unidos, Canadá, la Comunidad Europea, Japón o equivalentes. El equipamiento deberá cumplir con todas las normas y recomendaciones que hayan emitido los organismos públicos y/o privados, nacionales e internacionales de competencia. Serán también exigibles las especificaciones que hubiere fijado la Comisión Nacional de Comunicaciones (C.N.C.) y que se encuentren en vigencia, cumpliendo además las normas del UIT-T (ex CCITT) en vigencia, además de los estándares IEEE, y las recomendaciones del Grupo de Trabajo de Ingeniería en Internet (IETF: Internet Engineering Task Force), Solicitud de Comentarios (RFC: Request for Comments) de las revisiones, Consorcio Internacional de Multimedia y Telecomunicaciones (IMTC: International Multimedia Telecommunications Consortium) y el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI: European Telecommunications Standards Institute); y toda otra que corresponda según incumbencia.
4.1.5. Accesorios.
Todo el equipamiento deberá entregarse con todos los accesorios necesarios para su correcta instalación y funcionamiento, entiéndase por esto fuentes de alimentación, cables de conexión, drivers de software, medios de sujeción, etc, como corresponde a una Licitación Pública tipo “llave en mano”.
4.2. De la Sala de Servidores.
4.2.1 Climatización Sala de Servidores
Se deberá tener en cuenta como referencia que con la totalidad del equipamiento instalado, los equipos de aire acondicionado deben poder brindar una temperatura en la Sala de Servidores constante entre 20 y 25 °C, con una humedad del 40 % al 55% (Relativa). El aire frío de las unidades de aire acondicionado deberá ingresar por la base de los racks y circular por su interior para que los extractores (coolers) despejen el aire caliente por la parte superior. La prioridad de acondicionamiento del aire frío debe estar prioritariamente concentrado dentro de los racks de equipos y no en el ambiente de la Sala. Todas las perforaciones que se realicen en las paredes de la Sala de Cómputos para entrada o salida de ductos, bandejas porta cables, deberán estar selladas por un material con clasificación de contención de fuego de 1 (UNA) hora, que cumple con los requerimientos de ASTM E 814: “Standard Method of FireTests of Through-Penetration Fire Stops” (Método Estándar de pruebas de fuego a través de la penetración de paradas de fuego). Desde el tablero seccionador, el cableado debe realizarse por las bandejas porta cables de tensión (bajo el piso técnico) hasta cada una de las posiciones de los racks, quedando un total de 2m de excedente a fin de dar conexión eléctrica dentro de dichos Racks. Cada servicio contará con llaves térmicas dedicadas conectadas al sistema de U.P.S. (Uninterruptible Power Supply). Como terminal se proveerá de conectores industriales con puesta a tierra 20A. Cada Línea de alimentación de rack debe poseer un filtro/protector de red eléctrica de la Potencia adecuada, a fin de proteger el equipamiento ante variaciones bruscas de alimentación/eliminación de ruidos y distorsiones que pudieren ocasionar fallas en el correcto funcionamiento. Todas las bandejas que se instalen dentro de los pisos técnicos y que trasporten cables eléctricos deben poseer conductividad de puesta a tierra (ver Pliego de Especificaciones Técnicas) y estar a una distancia de 30 cm. de la bandeja de datos. Toda la información de los trabajos propuestos deberá estar presentada en la Oferta, junto con los planos de distribución: eléctricos, dispositivos de red y de almacenamiento, entre otros. El piso técnico deberá tener bandejas interiores para distribución de señales débiles y alimentación de red eléctrica totalmente independiente. Las bandejas de alimentación de red eléctrica tendrán continuidad de masa como lo determina la norma AEA 90364. Todo el interior del piso técnico debe encontrarse con cables prolijamente distribuídos (su totalidad dentro de bandejas) y en perfectas condiciones de limpieza, para que el polvo no pueda flotar en el ambiente de la Sala de Servidores.
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4.2.2. Racks.
Los Racks deben ser de una altura Máxima de 45 RU, con capacidad para alojar equipos de hasta 19” de ancho. Debe ser capaz de manejar un enfriamiento y un flujo de aire tal que elimine la necesidad de ventiladores adicionales; además debe tener una puerta en la parte delantera y otra en la parte trasera la cual pueda ser abierta ya sea hacia la izquierda o hacia la derecha, y que sea fácilmente desmontable. Estas deben ser del tipo micro perforadas para que el rack mantenga sus propiedades de flujo de aire. Debe contar con organizadores verticales de cableado a ambos lados de un mínimo de 8”. Los racks deben poseer disyuntores difrenciales que protejan a los seres humanos contra descargas eléctricas.
4.2.3. Bandejas porta cables.
Se dispondrá en el piso técnico y por debajo de la columna de racks, las bandejas necesarias para el tendido de cableado eléctrico, cableado de red y cableado de fibra óptica; todas bandejas independientes instaladas debajo del piso técnico a una distancia de bandeja a bandeja no menor de 30 cm. la disposición será la siguiente: Las bandejas más cercanas a los racks serán para el cableado de datos, preferentemente debajo del pasillo caliente.
La bandeja de cableado de energía se colocará preferentemente debajo del pasillo caliente. Todas las bandejas deben tener continuidad de Tierra y ésta encontrarse instalada como hace referencia la norma AEA 90364.
4.3. Servidores.
Los servidores a proveer, en caso de resultar imprescindible para adecuar la plataforma al nuevo software V.M.S. tendrán las características que permitan brindar todas las condiciones de funcionamiento del Sistema V.M.S. ofrecido y deberán responder a primeras marcas xxx xxxxxxx por ejemplo (HP, DELL, IBM). Esta situación debe ser especificada en la oferta, brindando los motivos para la incorporación. Se dará puntaje diferencial a las ofertas que sólo adapten los servidores existentes, los mantengan, o amplíen sus facilidades, aunque deben agregarse más cantidad en función de los requerimientos de la nueva plataforma.
4.4. Cables.
Queda prohibida la instalación de materiales no normalizados, no certificados y/o no permitidos por la legislación vigente, o permitidos sólo para algunas aplicaciones. Se debe cumplir íntegramente con la Sección 771.12 de la Parte 7 de la Reglamentación
A.E.A 9364, aplicable a la implementación y adecuadas a cada caso, o aquella normativa de la A.E.A. que reemplazara en términos de vigencia y adecuación a la mencionada. El Adjudicatario deberá poner a disposición de la Policía Metropolitana, ante su solo requerimiento, para el caso de cables eléctricos, la constancia del cumplimiento de la Resolución 92/98 de la ex SICyM que obliga a cumplir con los llamados “Requisitos esenciales de seguridad” (sello o símbolo de “seguridad comprobada” que normalmente viene impreso en el envoltorio original del cable, emitido por los distintos organismos de Certificación que al momento de la publicación xxx xxxxxx se encuentren vigentes en nuestro país: como por ejemplo Bureau Veritas Argentina SA; TüVRehinland Argentina; INTI; UL de Argentina SRL; IRAM; Net Connection International SRL; ICUBE (I3) S.A.; International Qualitiy Certification S.A. (I.Q.C.S.A.). Todo el cableado (eléctrico, de fibra óptica, coaxial, UTP/STP siempre de categoría 6 o mayor, y autoportantes) deberá cumplir con lo establecido por las normas locales (AEA, IRAM) o internacionales, las recomendaciones de los fabricantes sobre cada uno de los sistemas, y las indicadas en estas especificaciones. Deberán indicar en su propuesta el tipo de cable a utilizar, marca y modelo así como también las especificaciones técnicas y constructivas del mismo. Todo el cable será provisto en una envoltura de origen, no permitiéndose el uso de remanentes de otras obras o de rollos incompletos. Las características son aplicables a todos los materiales no metálicos que componen los cables tales como las vainas, rellenos, aislaciones, cubiertas, etc. caracterizándolos genéricamente como cables libres de halógeno (LSZH o LSOH o LS0H o LSFH x XXXX) y no propagadores del incendio. Las instalaciones actuales que no cumplan con este requisito deberán ser adecuadas y/o actualizadas.
4.4.1. Comportamiento de los cables eléctricos frente al fuego.
Los cables deberán ser de las siguientes características o algunas de ellas según lo determina la Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones eléctricas en Inmuebles A.E.A.: 90364
a) No propagantes de la llama (IRAM-NM-IEC 60332-1 o IEC 60332-1 y sólo se permiten como alimentación en equipos móviles y portátiles.
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b) No propagantes del incendio. (IRAM-NM-IEC 00000-0-00; 00000-0-00, 60332-3-22-
2005, 60332-3-23:2005; 60332-3-24:2005, 60332-3-252005 ó IEC 60332-2. Para
instalaciones fijas.
c) Reducida emisión de gases tóxicos y corrosivos (IRAM 62266 o 66267).
d) Baja emisión de humos opacos (IRAM 62266 o 62267). Esta característica es de gran importancia ya que permite mantener un alto grado de visibilidad y evitar, en lugares de alta densidad de ocupación (lugares con concurrencia de público BD2, BD3, o BD4 – A.E.A.), el pánico entre las personas, facilitando, entre otras cosas, la ubicación de salidas de evacuación normales y de emergencia, así como una rápida intervención de los servicios de extinción.
e) Resistencia al fuego. Estos cables y conductores que cumplen con esta propiedad permiten que durante un incendio, sigan en servicio los circuitos alimentados por ellos (circuitos de alarma, X.X.XX., iluminación de emergencia, iluminación de señalización, sistemas de extinción, etc). IEC 60702-1 o IEC 60702-2 para cables con aislación mineral y para cables multi-conductores IEC 60311-11, IEC 60331-21 e IEC 60332-1). La utilización de los cables en relación a sus propiedades, se deberá establecer en función de la Reglamentación vigente citada, según las “influencias externas” que afecten la instalación y los lugares específicos donde será realizada.
4.4.2. Métodos de protección antiroedores.
Para el caso de que sea requerido algún tipo de protección contra roedores. La cobertura deberá tener protección contra roedores, estas podrán estar compuestas por fibra xx xxxxxx entre otras (PFV: Protección con Fibra xx Xxxxxx). No se utilizarán armaduras xx xxxxx. NO se aceptarán técnicas basadas en el agregado de venenos o productos tóxicos a los compuestos. Se podrán utilizar por ejemplo, cubiertas de plástico duro, hilados o cintas de fibra xx xxxxxx.
4.4.3. Manipuleo y colocación.
El manipuleo y la colocación debe ser efectuada en forma apropiada, pudiendo exigir la Policía Metropolitana en la Inspección de Obra, que se reponga todo cable que presente signos de violencia o maltrato, ya sea por roce contra boquillas, caños o cajas defectuosas o por haberse ejercido excesiva tracción al pasarlos dentro de la cañería. En la obra los cables serán debidamente acondicionados, no permitiéndose la instalación de cables cuya aislación de muestras de haber sido mal acondicionados o
sometidos a excesiva tracción y prolongado calor o humedad. Se deberá identificar la totalidad de los cables instalados en ambas puntas de cada ramal, en el que se indicará el número del circuito o número de cable.
4.4.4. Terminales y conectores.
Todos los conductores serán conectados a los bornes y equipos mediante terminales o conectores de tipo aprobados y/o certificados, colocados mediante herramientas apropiadas para la función que cumpla, asegurando un efectivo contacto de todos los alambres y en forma tal que no ofrezcan peligro de aflojarse por vibración o tensiones bajo servicio normal. Lo expuesto en este apartado también tiene alcance para los medios ópticos.
4.4.5. Empalmes.
Los empalmes, fusiones y/o derivaciones de cables serán cubiertos con una aislación del tipo vaina termo contraíble. Los mismos responderán a la normativa vigente. En todos los casos los conductores se colocarán con colores codificados a lo largo de toda la obra, para su mejor individualización y permitir una rápida inspección o control de las instalaciones, de acuerdo a normativa vigente nacional (AEA, IRAM,) o en el caso de no existir, la norma internacional aplicable (IEC, TIA/EIA, etc.).
4.4.6. Prensa cables.
Donde abandonen o entren a un tablero, caja, caños, o aparatos de consumo lo harán mediante un dispositivo prensa cables que evite deterioros del cable, a la vez que asegure la estanqueidad de los conductos. Se deberá usar para todas las secciones una misma marca y un mismo color de cubierta.
4.4.7. Cableados de Datos.
Según la normativa EIA/TIA 942 A, 606-B, 568-C, 569-C, 607-B. Se realizará el Cableado UTP/STP interior, el que debe cumplir con las pruebas de rendimiento y desempeño de la EIA/TIA 568C.3 y ISO/ IEC 11801, todo el cableado estructurado que forme parte del Sistema de Video Vigilancia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá ser categoría 6 o superior, inclusive el que se instale en los Centros de Computos. El cable tendrá aislante de Polietileno de alta densidad y la cubierta del cable UTP/STP debe ser de PVC, tipo plenum (por estar en instalaciones donde haya flujo de aire central). Los puntos de red serán centralizados e identificados debidamente, tanto en los puestos de trabajo como en el rack principal. Se proveerá de un punto de red por cada puesto de trabajo, estos puntos estarán centralizados e
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identificados debidamente tanto en los puestos de trabajo como el rack de reparto principal. Debido a las pruebas de calidad que se realizarán, todo el equipamiento aquí propuesto deberá pasar por un proceso de certificación de todas las líneas de UTP/STP conforme a las normativas EIA / TIA que define los criterios de desempeño, con los cuales se podrán medir con uniformidad todos los componentes de la red.
4.4.8. Normativas aplicables al Cableado.
EIA/TIA 942-A Norma de estándares de instalaciones en centros de datos. ANSI/TIA/EIA-568-C Cableado de Telecomunicaciones.
XXX/XXX 000-X0 Requerimientos generales.
XXX/XXX 000-X0 Componentes de cableado mediante par trenzado balanceado. XXX/XXX 000-X0 Componentes de cableado, Fibra óptica.
ANSI/TIA/EIA-569-C Normas de Recorridos y Espacios de Telecomunicaciones en Edificios Comerciales (Como enrutar el cableado).
ANSI/TIA/EIA-570-C Normas de Infraestructura Residencial de Telecomunicaciones
ANSI/TIA/EIA-606-B Normas de Documentación y Administración de Infraestructura de Telecomunicaciones en Edificios Comerciales.
ANSI/TIA/EIA-607-B Requerimientos para instalaciones de sistemas de puesta a tierra
de Telecomunicaciones en Edificios Comerciales, siempre que no se contrapongan a las disposiciones de la A.E.A. (Asociación electrotécnica Argentina).
ANSI/TIA/EIA-758 Norma Cliente-Propietario de cableado de planta Externa de
telecomunicaciones.
4.4.9. Organización de Racks y Cableado interno.
Se utilizará el criterio de diseño denominado “Middle of Row” (en el medio de la fila) para la distribución de racks. El rack central, será el que contendrá la electrónica de red (Switchs) y los Patch-Panel necesarios para el cableado estructurado de todo el edificio; también tendrán 7 Patch-Panel de 24 (VEINTICUATRO) bocas cada uno, destinados a la interconexión de racks. Se contemplara en el mismo rack espacio destinado a los equipos provistos por los proveedores de acceso. Si no fuese suficiente un rack, se utilizara el rack contiguo, equilibrando la carga de los mismos. (SW, Patch-Panels, Espacio para Proveedores). En cada rack instalado en la sala, se colocara en la parte superior un Patch-Panel de 24 (VEINTICUATRO) bocas destinado a la interconexión con el rack central de DISTRIBUCION. En caso de no encontrarse
en el momento del relevamiento organizado de la forma descripta, deberá considerarse la readecuación a este tipo de distribución. Todo el cableado utilizado en la infraestructura deberá ser categoría 6 o superior.
4.5. Fibra Óptica.
En el caso de solicitarse la instalación de Fibra Óptica, la misma responderá a los siguientes requisitos:
4.5.1. Características Generales.
Los cables de Fibra óptica responden a las Recomendaciones UIT-T G-652 D, para tráfico de voz, datos e imágenes con distribución entre los edificios. El tipo de fibra deberá ser Monomodo.
4.5.2. Características Particulares.
Las mismas deberán proveerse con todas las interconexiones ópticas necesarias tanto externas e internas. Se apreciará, para lograr una mejor performance, que el canal de transmisión sea de una única marca. Las fibras ópticas mono modo tipo G-652-D deben ser revestidas en acrilato, ubicadas en tubos xx xxxxxxx tipo seco o gel, con materiales de protección anti humedad, reunidas alrededor del elemento central. Sí el núcleo del cable se encuentra revestido sin protección de gel (seco), el mismo deberá estar compuesto por materiales expansibles para evitar en caso de ingreso de humedad o líquidos el bloque de los mismos. Debe ser aplicada una cubierta interna sobre el núcleo. Este conjunto será reforzado con protección de Fibra xx Xxxxxx, con un espesor de 1,5mm como mínimo para garantizar la protección contra roedores y recubierto con una cubierta externa de material tipo LSZH negro. No se aceptarán protecciones anti roedores metálicas.
4.5.3. Requerimientos Constructivos.
Cable Óptico Interno/Externo Monomodo con protección contra roedores – Dieléctrico. El cable óptico debe cumplir mínimamente con los siguientes requisitos:
• El cable debe ser totalmente dieléctrico, tener protección contra roedores, protección LSZH, resistente a la intemperie y a la acción del sol (protección UV);
• Ser compuesto por fibras ópticas tipo Monomodo y recubiertas en acrilato de distintos colores;
• La unidad básica debe ser: tubo de material termoplástico seco o con gel, si fuera seco, deberá estar protegido con elementos expandibles para prevenir la entrada y migración de humedad, de lo contrario deberán estar rellenos con gel
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siliconado de alta estabilidad para garantizar una eficaz protección contra la humedad. Los tubos serán del tipo holgado deberán proteger a las fibras de esfuerzos mecánicos.
• Como protección secundaria las fibras dispondrán del sistema “loose” multifibra, las fibras deberán estar en el interior de los tubos holgados, secos o con gel; serán trenzados alrededor del miembro central para formar el núcleo del cable. El cable o cubierta externa de ser necesario deberá incluir tubos de relleno de material termoplástico para lograr un formato externo cilíndrico.
• El cable debe tener una cubierta interna para la protección contra roedores con un espesor superior a 1 milímetro, de comprobada implementación, con materiales que garanticen su funcionalidad.
• El cable de tener un hilo xx xxxxxxx debajo de las cubiertas.
• Las cubiertas interna y externa deberán ser de material termoplástico especial para uso interno y externo, en color negro, con baja emisión de humo y libre de halógenos (LSZH);
• Debe garantizar estanqueidad al agua por 24 horas a 1 metro de profundidad;
• Aplicación de uso externo/interno, para instalación en ductos;
• Las fibras deben ser fabricadas bajo recomendaciones de la norma ITU-T-G.652D;
• El rango de temperatura de operación estará comprendida entre los -20 hasta 65°C;
La cubierta externa debe ser grabada mínimamente con las informaciones del nombre del fabricante, la marca del producto, la fecha de fabricación, la secuencia métrica a cada metro de cable, el lote de producción. Las mismas, en ningún caso poseerán menos de 24 de fibra por cable. No se utilizarán armaduras xx xxxxx.
4.5.4. Requerimientos Funcionales.
Las características funcionales básicas de las fibras serán:
• La atenuación nos indica la disminución de potencia de la señal óptica al recorrer la luz una longitud de fibra determinada, caracterizada por el llamado Coeficiente de Atenuación (dB/Km): El máximo garantizado será menor o igual a :
Atenuación máxima de:
0,35 dB/km en 1310 ηm;
0,22 dB/km en 1550 ηm
• La dispersión cromática será menor o igual a : 3,0 ps/ηm x Km. entre 1285 ηm. y 1330 ηm.
17 ps/ηm x Xx. x 0000 xx.
• Xxxxxxxx xxx xxxxx modal:
9,2 +/- 0,4 µm en 1310 ηm;
10,4 +/- 0,5 µm en 1550 ηm;
PMD valores menores o iguales a 0,3 (ps/√Km.) se consideraran normales, y valores mayores o iguales a 1 (ps/√Km.) no se aceptarán.
4.5.5. Requerimientos Geométricos.
• Diámetro del revestimiento: El valor nominal del diámetro del revestimiento es 125 µm. La desviación del diámetro del revestimiento no debe exceder de +/- 2 µm.
• Diámetro del recubrimiento: El recubrimiento primario de las fibras constará de una o dos capas de compuestos de acrilatos (curado UV). El valor nominal del diámetro exterior es de 250 µm. La desviación del diámetro del el recubrimiento no debe exceder de +/- 15 µm.
• Concentricidad núcleo-revestimiento: Se define como la distancia entre los centros de los círculos que mejor se ajustan al núcleo y revestimiento, dividida por el diámetro del núcleo. Para lograr la mayor eficacia en los empalmes es importante que el núcleo y el revestimiento sean concéntricos, sobre todo si es la superficie exterior la que se toma de referencia para alinear las fibras ópticas.
• No circularidad del núcleo y del revestimiento: En fibras de sección transversal circular, que son las más utilizadas en sistemas de comunicaciones hasta el momento, la no circularidad del núcleo o del revestimiento se define como la razón entre la desviación y los círculos de mejor ajuste, respecto del radio del núcleo o revestimiento respectivamente. Para que las fibras cumplan con las recomendaciones internacionales sus valores para estos parámetros geométricos deben estar de acuerdo con los valores expresados a continuación:
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Valores típicos de los parámetros geométricos de una fibra Monomodo.
Tipo de Fibra: Monomodo Diámetro del núcleo (µm): 9 +/- 1
Diámetro del Revestimiento (µm): 125 +/- 2
No circularidad del núcleo (%): ≤ 6
No circularidad Revestimiento (%): ≤ 2 Error de Concentración (%): < 6
• Propiedades físicas básicas:
• La carga de rotura es la mínima fuerza por unidad de área que es capaz de romper la fibra óptica. Su valor no será inferior de 400 kp/mm².
• El alargamiento en el punto de rotura de la fibra óptica no será mayor de un 5 %.
• El coeficiente de dilatación lineal indica el alargamiento relativo que sufre la fibra por cada grado de temperatura. Su valor deberá ser del orden de 0,5 x 10-6 / ºC. La oferta deberá suministrar el cuadro de parámetros de los requerimientos anteriores para los cables propuestos, su fabricante y antecedentes de utilización.
4.5.6. Armarios de Distribución de F.O.
Gabinetes tipo rack
Los gabinetes a proveerse para los tendidos de la red de fibra óptica entendiéndose únicamente para los pasivos de red con sus accesorios, poseerán las siguientes características:
Estos gabinetes del tipo Rack, de 19” ancho, para los pasivos de red, serán de 6 U (unidades de altos).
Serán metálicos, de construcción robusta, construido con chapa doble laminada de 1,6 mm de espesor, con tapa frontal ciega abisagrada, las mismas no se encontraran a la vista a fin de otorgar mayor seguridad, un cierre de tres puntos o tres cerraduras con
llave de seguridad, distribuidas en el alto para otorgar rigidez mecánica, con el fin soportar el vandalismo.
Este deberá ser totalmente hermético, sin ningún tipo de sistema de refrigeración ya que solo contendrá pasivos de red, garantizando su estanquidad y bajo mantenimiento en los componentes ópticos, ya que no deberá ingresar ningún tipo de partícula de polvo salvo una vez abierto el mismo.
Su estructura será un monocasco, para lo cual sus laterales serán fijos y unidos a la estructura por soldaduras. Su fondo deberá poseer las características físicas necesarias para ser amurados a la mampostería y soportar su peso. El fondo deberá poseer dos o más tapas de por lo menos 100 mm de ancho por 50 mm de alto sujetados por tornillos que se retiren desde el interior, para evitar el desarmado desde el exterior, con el objetivo de generar un ingreso de cables por allí de ser necesario. El monocasco deberá tener un pliegue que garantice el escurrimiento de líquidos, asimismo la puerta frontal deberá tener un burlete de neoprene con el fin de garantizar estanqueidad IP55, éste no debe ser degradable.
Un separador de 30 mm en su parte posterior permitirá el ingreso de los mismos sin obstruir su sujeción y soporte. El color de los mismos será BEIGE (RAL 7032) texturado. Los perfiles laterales de sujeción, que alojaran los pasivos conformaran una disposición en módulos estándar de diecinueve pulgadas (19”) según los estándares, estos se encontrarán en el interior, frente y fondo, para poder sujetar bandejas en ambos extremos de ser necesario. Deberán disponer de una cantidad de fibra óptica en el interior de los gabinetes para un fácil manejo individual de cada fibra, permitiendo una adecuada manipulación de las fibras para los empalmes de fusión.
Las medidas típicas no superarán los:
600 mm de ancho
400 mm de profundidad
Los gabinetes contaran con continuidad eléctrica, entre sus partes metálicas unidas mecánicamente, con un cable verde/amarillo para lograr un circuito de seguridad que se unirá a masa, éste deberá realizarse mediante un cable de 16 mm2.
4.5.7. Empalmes de F.O.
Los empalmes por fusión, juntas térmicas, de la Fibra Óptica deberán asegurar una alta y estable calidad de transmisión en servicio. La pérdida en los empalmes no podrá ser significativa, siendo especialmente muy sensible al xxxxxx xx xxxxx de los
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extremos de las fibras a empalmar y a la falta de acuerdo con el diámetro modal. La oferta contará con descripción detallada de la metodología a utilizar y las normas a que responde. La conexión de las fibras ópticas mediante fusión térmica se efectuará en los armarios de dispersión y/o recorrido del tendido. La atenuación máxima permitida para cada uno de estos empalmes será de 0,1 dB. A nivel armario de dispersión, el conjunto constituido por un “Patch cord” (2 conectores + 1 metro de fibra óptica) conectado a las fichas de dos “pig-tail”, la pérdida global no excederá los 0,7 dB, a la longitud de onda de 1550 nm. Se dejará una suficiente cantidad de fibra, en un arreglo holgado que cumplimente el radio mínimo de curvatura, para rehacer eventualmente el empalme si las características finales no responden a las de aceptación, teniendo en cuenta el mínimo de reserva indicado anteriormente. El valor de atenuación medio de todos los empalmes de FO, a nivel sección óptica, no podrá superar los 0,15 dB a la longitud de onda de 1550 nm, debiéndose efectuar la medición en ambos sentidos tomándose el promedio de las mismas. La pérdida total para una sección óptica (A) para cada fibra deberá satisfacer la siguiente ecuación:
Estos símbolos equivalen a:
Atenuación total del cable
Coeficiente de atenuación nominal de la F.O. Longitud del cable
Número total de empalmes
Valor medio de atenuación por empalme Número de conectores
Valor medio de atenuación por conector a nivel armario de distribución Reserva de atenuación
Donde:
La reserva de atenuación (margen de enlace), permite considerar una reserva de atenuación para empalmes futuros (reparaciones) y la degradación de la fibra en su vida útil (mayor degradación por absorción de grupos OH).
La magnitud de la reserva depende de la importancia del enlace y particularidades de la instalación, se adoptaran valores entre 0.1 dB/Km y 0.6 dB/Km.
La oferta deberá incluir los costos de todas las mediciones necesarias.
4.5.8. Pruebas y verificaciones para instalaciones de F.O.
Desde la presentación de la oferta y antes de la celebración del contrato el Oferente debe poder presentar a esta Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos, muestras de los cables de FO, armarios, conectores y demás accesorios ofertados. El material y equipamiento se probarán y controlarán según el siguiente detalle, en especial se efectúan los controles, ensayos y mediciones de:
• Cables de FO
• Conformidad de las especificaciones técnicas requeridas
• Composición de los diferentes tipos de cables y accesorios
• Código de colores e identificación
• Dimensiones
• Características eléctricas, ópticas y mecánicas
• Comportamiento al fuego
• Mediciones de PMD
• Asimismo se le podrá solicitar a la empresa, los ensayos que esta Superintendencia de Comunicaciones estime corresponder, basados en los requerimientos constructivos solicitados en este pliego, con el solo objeto de asegurar y garantizar los estándares correspondientes
• Previo a la puesta en servicio del subsistema esta Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos, podrá efectuar verificaciones, principalmente en:
• Tendido, caminos de cables y su fijación
• Identificación de cables y fibras
• Conformación del cableado y conexionado en armarios
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• Toma tierra de armarios
• Comprobaciones ópticas de cableado y conexionado final
• Obligatoriamente a cada sección óptica se le efectuará una medición de retro difusión para verificar que el cable no haya sufrido daño en la instalación y en cada empalme se efectuarán mediciones de atenuación y curva de retro difusión. Será obligación de mediciones de PMD (Dispersión por Modo de Polarización).
4.5.9. Accesorios para instalaciones de F.O.
Bandejas ópticas de terminación
Distribuidor Óptico Interno– 19” – con capacidad para 24 fibras ópticas con acoples SC-APC
Distribuidor óptico hasta 24 fibras ópticas para bastidor de 19”;
Deberá tener la función de acomodar y proteger los empalmes de transición entre el cable óptico y las extensiones ópticas;
Deberá ser compatible con los adaptadores ópticos SC-APC; Deberá ser modular, permitiendo la expansión del sistema;
Deberá tener una altura de 1U y ser compatible con los estándares 19”;
Deberá contar con áreas de almacenamiento para las ganancias o resguardos de fibras, para una correcta manipulación y facilidad para la confección de empalmes, que deben estar en la parte interna de la estructura para otorgar una mayor seguridad al sistema;
Deberá estar equipado con bandejas en material plástico para la protección y resguardo de empalmes, así como todos los accesorios necesarios para realizar las fusiones;
Ser fabricado en acero SAE 1020;
Deberá utilizar pintura epoxi altamente resistente a rayones;
Deberá poseer un cajón deslizante con sistema de rieles, para facilitar el mantenimiento y la instalación, así como los trabajos posteriores, sin retirarlos del
bastidor; este cajón debe tener una parte separada para acumular sobra de los tubos de fibras ópticas tipo loose.
Deberá poseer un panel frontal articulado para permitir el acceso a los cordones sin exponer las fibras conectorizadas internamente;
Los adaptadores ópticos deberán estar dispuestos en forma paralela en relación a la parte frontal, para permitir una mejor organización de los cordones;
Deberá poseer accesos para cables ópticos, por la parte posterior y por la parte lateral.
Con cada gabinete para los pasivos de red, se suministraran con dos (2) organizadores y una (1) bandejas de 2 U (unidades) de alto para fijar en los 19” de ancho con una profundidad de 250 mm. Las bandejas de fibra serán uno por cada gabinete de distribución en cada sitio. Poseerá un (1) canal de alimentación con térmica de 10 Amp y cinco tomas eléctricos por cada uno. Los módulos de distribución de fibras ópticas o bandejas de distribución albergaran hasta veinticuatro (24) cuplas. Los conectores serán del tipo SC con pulido APC; deberán presentar una atenuación inferior a los 0,3 dB.
La derivación en el interior de los gabinetes se realizará por medio de “pig-tail”, y fusiones en aquellas fibras que deban continuar según la topología descripta. El puente entre fibras y conectorización se realizará mediante “Patch cord”, cordones de vinculación con conectores en ambas puntas acordes a los requerimientos descriptos anteriormente. Se proveerá de ocho (8) “Patch cords” por cada bandeja de distribución o “Patch Panel”. La oferta deberá suministrar el cuadro de datos mínimos para verificación de la calidad y funcionalidad de los conectores y demás elementos propuestos. Su fabricante y antecedentes de utilización.
Asimismo, el adjudicatario deberá proveer los vínculos necesarios para lograr la conexión entre los conectores de la fibra óptica monomodo y los activos de red o host al que se deban conectar. Entiendase por vínculo necesario a proveer a los cables, conectores, patcheras, y demás, que se requieran para lograr la conexión proyectada.
4.5.10. Instalación de F.O.
Previo al inicio de los trabajos se deberá someter a la aprobación de la inspección de obra:
• La ruta de cables.
• El layout de ubicación de armarios de distribución.