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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS No. 067-2020 SUSCRITO ENTRE EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. Y SERVICIOS INTEGRALES SANTANDER SERVISAN SAS
CONTRATO No. | 067– 2020 |
CLASE DE CONTRATO | PRESTACIÓN DE SERVICIOS |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | SERVICIOS INTEGRALES SANTANDER SERVISAN SAS NIT: 901108299-9 R/L: XXXXXXXXX XXXXX XXXXX C.C. No. 37.941.734 xx Xxxxxxx Dirección: Xxxxxxx 0 Xx.0 -000 Xxxxxx xxx Xxxxxxx - Xxxxxxxxx Celular: 0000000000 |
OBJETO | “PRESTACION DE SERVICIOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS Y TOMA DE MUESTRAS DE AGUA CON ESTUDIO FISICO Y QUIMICO PARA EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.”. |
PLAZO DE EJECUCION | Será desde la suscripción del acta de inicio y hasta el 20 de diciembre de 2020. |
VALOR | UN MILLON SETECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($1.720.000, oo) M/CTE. IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No. 06 xx xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte y por la otra, la SERVICIOS INTEGRALES SANTANDER SERVISAN SAS, con NIT 901108299-9, con Matricula Mercantil No. 00-000000-00 del 2017/08/24 y renovada en febrero 25 de 2020, de la Cámara de Comercio de Bucaramanga, representada legalmente por la señora XXXXXXXXX XXXXX XXXXX, mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía No. 37.941.734 xx Xxxxxxx, quien afirma hallarse legalmente capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E. y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido suscribir el presente contrato, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que el Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado es una entidad pública descentralizada del orden nacional, de naturaleza especial, con personería jurídica, de patrimonio propio y autonomía administrativa, integrante del Sistema Nacional de Seguridad Social en Salud, transformada en Empresa Social del Estado, mediante Decreto 1289 de 1994 y adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Decreto 4107 de 2011, que tiene por
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objetivo principal la prestación del servicio de salud a cargo del Estado, a los enfermos xx Xxxxxx y sus convivientes, con carácter de servicio público e igualmente presta los servicios de salud a toda la comunidad en general y áreas circunvecinas.2) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 3). Que el control de plagas está reglamentado por la ley 9 de 1979 y la resolución 2674 de 2013, los cuales consideran las disposiciones generales de Orden Sanitario para el manejo de esos artrópodos y roedores, el artículo 168 de la ley 9 manifiesta que en caso de presentarse infestación por roedores u otras plagas, se procederá a la exterminación de las mismas y a construir las defensas necesarias para garantizar la seguridad de la edificación contra este tipo de riesgos 4). Que el artículo 259 dice que los plaguicidas y los sistemas de aplicación que se utilicen para el control de plagas en alimentos y bebidas cumplirán con la reglamentación que al efecto dicte el Ministerio de Salud. 5). Que el numeral 3 del artículo 26 de la resolución 2674 manifiesta lo siguiente sobre el control de plagas: Las plagas deben ser objeto de un programa de control específico, el cual debe involucrar el concepto de control integral, apelando a la aplicación armónica de las diferentes medidas de control conocidas, con especial énfasis en las radicales y de orden preventivo. 6). Que la resolución 2115 de 2007 reglamenta lo concerniente a la toma de muestras de agua para el control físico y químico, el artículo 21 establece la frecuencia y numero de muestras que deben tomarse 6). Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.1.2 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, teniendo en cuenta que se trata de contratar LA PRESTACION SERVICIOS, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “PARA CELEBRAR CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, DE
SALUD Y DE APOYO A LA GESTIÓN”, razón por la cual se realizó una invitación directa a presentar oferta a un profesional que cumpla con los requisitos exigidos en el presente estudio, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 7) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.20- 00497 de fecha noviembre 23 de 2020, expedido por el Jefe de Presupuesto de la Entidad. 8) Que por lo anterior se invitó a presentar oferta de manera directa a la SERVICIOS INTEGRALES SANTANDER SERVISAN SAS, con NIT. 901108299-9, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos y no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 8) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato de prestación de servicios, el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA – OBJETO Y ACTIVIDADES A DESARROLLAR: OBJETO: “PRESTACION DE SERVICIOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS Y TOMA DE MUESTRAS CON ESTUDIO FISICO Y QUIMICO PARA EL SANATORIO DE
CONTRATACION E.S.E.”; de conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato. ACTIVIDADES A DESARROLLAR: El contratista deberá realizar entre otras las siguientes actividades: a) Realizar un reconocimiento general del
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establecimiento con el fin de identificar los principales factores de riesgo para la incidencia de plagas e indagar que plagas han sido evidenciado con frecuencia. b) Realizar el control de plagas a través de: a) Antipest 2.5 EC para control de cucarachas, hormigas, arañas, zancudos, alacranes, polilla, comején entre otros, b) Clerat, para el control de roedores y c) gel palmera para cucarachas en sitios focalizados. En una (1) jornada c) Capacitar a personal del sanatorio de Contratación E.S.E sobre control integral de plagas y cuidados a tener en cuenta antes, durante y después de utilizar productos químicos. d)Toma de tres (3) muestras de agua de agua para análisis físico y químico en los puntos de muestreo en cada edificio del Sanatorio de Contratación E.S.E., cumpliendo con el manual para la toma de las muestras vigente en Colombia. e) Entrega de los resultados físico químico y microbiológico de las muestras, analizadas por un laboratorio certificado. CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de UN MILLON SETECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($1.720.000, oo) M/CTE. IVA incluido.
FORMA DE PAGO: Se cancelará mediante UN ÚNICO PAGO al finalizar la actividad y entrega de resultados de laboratorio, además de presentar la cuenta de cobro o factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor del Contrato y constancia de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA
- PLAZO DEL CONTRATO: Será desde la suscripción del acta de inicio y hasta el 20 de diciembre de 2020. CLAUSULA CUARTA - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL
CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato de prestación de servicios. CLAUSULA SEXTA
- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido, es decir realizar el control de plagas en los edificios del Sanatorio de Contratación E.S.E. y realizar tres muestras de agua y realizarles el respectivo análisis físico químico y bacteriológico y entregar resultado. b) Prestar el servicio de conformidad con los criterios establecido en el NUMERAL 2 dentro del término indicado por la Entidad. c)Utilizar materiales de primera calidad necesarios para el desarrollo del objeto del contrato. d)El contratista deberá atender con oportunidad los reclamos que se hagan por la mala prestación del servicio o mala calidad del producto. e) Efectuar las respectivas correcciones que sobre el particular efectúe el supervisor del contrato. f) Será responsabilidad del contratista sufragar los gastos de salarios, prestaciones sociales, riesgos laborales, así como a las Cajas de Compensación Familiar, SENA, I.C.B.F y demás erogaciones que se generen por concepto del personal que vincule el contratista seleccionado para cumplir con el objeto del contrato y por ende El Sanatorio de Contratación E.S.E. no posee ningún vínculo laboral con dicho personal.
g) Dar curso a las directrices impartidas por el supervisor del contrato con los requisitos
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exigidos para la ejecución del mismo. h) Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. i) Estar al día con el pago de las obligaciones laborales (Planilla de Seguridad Social integral) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. j) Asumir los gastos que genere el futuro contrato de prestación de servicios. k) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que, dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. l) Todos los costos en los que incurra el contratista (pasajes, viáticos, etc.) estará a su cargo y en ningún caso ocasionara pago alguno por parte del Sanatorio de Contratación E.S.E. m) Presentar con el visto bueno del supervisor del contrato el cronograma de capacitaciones y asesorías. n) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume EL CONTRATANTE en
virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2020, Rubros A 02.02.19.41 servicios de alcantarillado, servicios de limpieza tratamiento de aguas residuales y tanques sépticos, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.20-00497 de noviembre 23 de 2020, expedido por el Encargado de Presupuesto de la entidad. CLAUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Prestación de Servicios será efectuada por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las
diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el CAPITULO
VII. LA GARANTIA EN EL PROCESO CONTRACTUAL. ARTÍCULO 50: “La garantía será exigible en todos los procesos contractuales que celebre la empresa, pero será libre de exigirla o no en los procesos de contratación directa”. Para el caso de estudio no se exigirá póliza alguna, por tratarse de un contrato directo de prestación de servicios, en el cual el requisito para el pago es el EFECTIVO CONTROL DE PLAGAS A TRAVES DE FUMIGACION Y COLOCACION DE CEBO, TOMA Y PROCESAMIENTO DE TRES (3) MUESTRAS DE AGUA DE LOS EDIFICIOS DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., debido a que la entidad no corre riesgo alguno por cuanto el contratista al momento de no cumplir, no se le cancelara pago correspondiente. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA. CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las
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causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO
DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El
CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA
- DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO. Forma parte
integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXX
Gerente C.C. No. 37.941.7334 Socorro
Sanatorio Contratación E.S.E. R/L: Servicios Integrales Santander
Servisan S.A.S
Elaboró: | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | COMPROMISO SOLIDARIO - Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Asesoría Jurídica. |