INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES
INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES REPRESENTADO POR LA DRA. XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL, Y POR OTRA PARTE LA/EL , A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “EL INSTITUTO” Y “EL TRABAJADOR” RESPECTIVAMENTE, BAJO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES
DE “EL INSTITUTO”:
I.- QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL SECTORIZADO A LA SECRETARIA DE GOBIERNO, COMO LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 613 QUE CREA EL INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES.
II.- QUE LA FACULTAD DE LA DIRECTORA PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO SE ESTABLECE EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 17 FRACCIONES II, XIV Y XVI DE LA LEY NUMERO 613 QUE CREA EL INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES, CON BASE EN EL NOMBRAMINETO EXPEDIDO EL DÍA 00 XX XXXXX XXX 0000 POR EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ.
III.- QUE TIENE COMO DOMICILIO PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO EL SITO EN LA XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX Xx. 0000, XXX. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
X.X. 00000.
DE “EL TRABAJADOR”:
I.- QUE ES UNA PERSONA FISICA CON CAPACIDAD LEGAL PARA CELEBRAR Y OBLIGARSE EN EL PRESENTE CONTRATO DE NACIONALIDAD ORIGINARIA/O DE , Y VECINO DE XALAPA, VER., SOLTERO CON XXXXXXXXX XX XX XXXXX Xx. , XXX. , X.X.
, XXXXXX, XXX.
II.- QUE SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL PARA VOTAR CON NUMERO DE FOLIO
, CON R.F.C. .
III.- QUE CUENTA CON LOS CONOCIMIENTOS Y APTITUDES PARA DESEMPEÑAR LOS SERVICIOS PARA LOS QUE SE LE CONTRATA Y QUE SE ENCUENTRA AL CORRIENTE DE SUS PAGOS Y OBLIGACIONES LEGALES.
IV.- QUE MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE NO SE ENCUENTRA INHABILITADO PARA PRESTAR SUS SERVICIOS EN EL “INSTITUTO”.
AMBAS PARTES:
III.- QUE AMBAS PARTES RECONOCEN LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD CON LA QUE SE OSTENTAN, Y QUE ESTÁN CONFORMES EN CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO, POR LO CUAL LO SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- EL PRESENTE CONTRATO LO CELEBRAN LAS PARTES POR TIEMPO DETERMINADO, LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO ES DEL
2013 DÍAS CONTADOS A PARTIR DE SU FECHA DE FIRMA, POR LO QUE SU VENCIMIENTO SERÁ EL DÍA 2013 QUEDANDO SUJETO A LA SATISFACCION DE “EL INSTITUTO” SU RENOVACIÓN.
SEGUNDA.- “EL INSTITUTO” CONTRATA A “EL TRABAJADOR” COMO PERSONAL DE CONFIANZA PARA PRESTAR SUS SERVICIOS COMO
Y TODAS AQUELLAS ACTIVIDADES QUE ESTÉN RELACIONADAS CON ESA ACTIVIDAD, AJUSTANDO SU ACTUAR A LOS LINEAMIENTOS QUE “EL INSTITUTO” LE INDIQUE POR CONDUCTO DE SUS ÁREAS ADMINISTRATIVAS, CUMPLIENDO UN HORARIO DE 9:00 A 15:00 HORAS Y DE 17:00 A 19:00 HORAS DE LUNES A VIERNES.
TERCERA.- “EL TRABAJADOR” SE OBLIGA A DESEMPEÑAR SUS SERVICIOS CON EFICACIA Y EFICIENCIA DENTRO O FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO OBLIGANDOSE A TRASLADARSE A LOS LUGARES QUE “EL INSTITUTO” REQUIERA Y LE ASIGNE EN EL EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES, EN LOS CASOS QUE LAS NECESIDADES DE TRABAJO LO REQUIERAN PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL INSTITUTO.
CUARTA.- “EL TRABAJADOR” REALIZARÁ LAS ACTIVIDADES QUE LE ASIGNE “EL INSTITUTO” CON MOTIVO DE SU ENCARGO, POR LO QUE RECONOCE Y ACEPTA EL DERECHO DE “EL INSTITUTO” DE MODIFICAR SEGÚN LO ESTIME CONVENIENTE SUS DEBERES, RESPONSASBILIDADES Y/O ATRIBUCIONES AÚN NO PROPIOS DE SU ENCARGO. LO ANTERIOR ES SIN PERJUICIO DE CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD U OBLIGACIÓN QUE SE DERIVE DEL PRESENTE INSTRUMENTO Y NORMATIVIDAD APLICABLE A SU ENCARGO, OBLIGÁNDOSE A RESPETAR Y ACATAR LA NORMATIVIDAD Y POLITICAS INTERNAS ESTABLECIDAS POR EL INSTITUTO.
QUINTA.- “EL INSTITUTO” SE OBLIGA A RETRIBUIR A “EL TRABAJADOR” LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 80/100 M.N.) EN FORMA QUINCENAL, MISMA QUE SERÁ DEPOSITADA EN LA CUENTA DE NOMINA QUE PARA TAL EFECTO ESTABLEZCA “EL INSTITUTO”.
SEXTA.- “EL INSTITUTO” RETENDRÁ LAS CANTIDADES QUE CORRESPONDAN A “EL TRABAJADOR” POR CONCEPTO DE IMPUESTOS SOBRE EL PRODUCTO DEL TRABAJO Y CUOTA OBRERA DEL SEGURO SOCIAL, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA CANTIDAD QUE LA LEY SEÑALE.
SÉPTIMA.- “EL TRABAJADOR” TENDRA COMO DÍAS DE DESCANSO SEMANAL LOS SÁBADOS Y LOS DOMINGOS.
OCTAVA.- SERAN DÍAS DE DESCANSO LEGAL OBLIGATORIO EL 1° DE ENERO, EL PRIMER LUNES DE FEBRERO EN CONMEMORACION DEL 05 DE FEBRERO, EL TERCER LUNES XX XXXXX EN CONMEMORACION DEL 21 XX XXXXX, EL 1° Y 5 XX XXXX, EL 15 Y 16 DE SEPTIEMBRE, EL 12 Y 21 DE OCTUBRE, EL TERCER LUNES DE NOVIEMBRE EN CONMEMORACION DEL 20 DE NOVIEMBRE, EL 1° DE DICIEMBRE DE CADA SEIS AÑOS CUANDO CORRESPONDA A LA TRANSMISIÓN DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL, EL 25 DE DICIEMBRE ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ADEMÁS LOS DÍAS MARCADOS COMO DESCANSO O FESTIVOS QUE ESTABLEZCA EL CALENDARIO DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO.
NOVENA.- “EL TRABAJADOR” GOZARÁ DE PERIODOS ANUALES VACACIONALES QUE FIJARÁ EL INSTITUTO DE ACUERDO AL CALENDARIO ESTABLECIDO EN EL AÑO CORRESPONDIENTE Y SIN QUE AFECTE EL CUMPLIMIENTO DE PROGRAMAS Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
DECIMA.- “EL TRABAJADOR” PERCIBIRÁ UNA GRATIFICACIÓN ANUAL QUE SE FIJARÁ Y APLICARÁ DE ACUERDO A LOS LINEAMIENTOS QUE EN MATERIA DE SALARIOS Y PRESTACIONES SEAN EMITIDOS O TENGA ESTABLECIDO LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN.
DECIMA PRIMERA.- CONVIENEN AMBAS PARTES EN QUE “EL INSTITUTO” BRINDARÁ CAPACITACIÓN A “EL TRABAJADOR” CON LA FINALIDAD DE MEJORAR EL DESEMPEÑO DE LAS LABORES ENCOMENDADAS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 153- A DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS QUE CORRESPONDAN.
DECIMA SEGUNDA.- AMBAS PARTES ACEPTAN COMO CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO LAS SEÑALADAS EN LOS ARTICULOS 46,47 Y 53 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
DECIMA TERCERA.- “EL TRABAJADOR” MANIFIESTA ESTAR DE ACUERDO CON LOS TERMINOS DEL PRESENTE CONTRATO Y QUE EN LA CELEBRACIÓN
DEL MISMO NO EXISTE DOLO, ERROR, MALA FE O VICIOS EN SU CONSENTIMIENTO POR SER LEGAL LO QUE EN EL PRESENTE INSTRUMENTO SEÑALA.
DECIMA CUARTA.- AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE LO NO PREVISTO EN EL PRESENTE CONTRATO SE ESTARÁ A LOS DISPUESTO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DEMAS DE POSICIONES LEGALES APLICABLES.
XXXXXX XXXXXX.- AMBAS PARTES MANIFIESTAN QUE EN CASO DE CONTROVERSIA LABORAL SE SUJETARAN A LA COMPETENCIA Y JURISDICCION DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE VERACRUZ CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD.
ESTE CONTRATO SE FIRMA EN LA CIUDAD DE XALAPA-XXXXXXXX, VERACRUZ EL DÍA 2014.
POR “EL INSTITUTO” “EL TRABAJADOR”
DECLARATIVA DE PRIVACIDAD
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales denominado: “Sistema de Datos Personales, Administración de Personal del Instituto Veracruzano de las Mujeres”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz y demás disposiciones aplicables. Dichos datos se recaban con fundamento en los artículos 3, 14, 51, 58 de la Ley citada y se requieren para integrar una base de datos de la “Administración del personal del Instituto Veracruzano de las Mujeres” por lo que únicamente serán utilizados para ello y para fines estadísticos. El Departamento Administrativo es el área administrativa responsable del Sistema de Datos Personales en mención y el domicilio en el que la y/o el interesado podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos personales del Sistema de Datos Personales, del sistema referido, si así lo desea y previa la solicitud correspondiente, es la Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx #0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx,
X.X. 00000 en la ciudad de Xalapa, Ver., si tiene dudas o comentarios, envíe un correo electrónico a xxxx.xx@xxxxxxx.xxx y xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx