Contract
PARA SU PUBLICACIÓN, SE REMITE RESOLUCIÓN DE LA SUBSECRETARÍA DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES, DE FECHA 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024, PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL, EN LA MODALIDAD DE CONTRATO PREDOCTORAL, PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 20 Y 21 DE LA LEY 14/2011, DE 1 XX XXXXX, DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN, Y CONFORME AL REAL DECRETO 103/2019, DE 1 XX XXXXX, POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DEL PERSONAL INVESTIGADOR PREDOCTORAL EN FORMACIÓN, EN EL INSTITUTO DE XXXXX XXXXXX XXX, ADSCRITA AL PROYECTO “ACCELERATED DISCOVERY NANOBODY PLATFORM (ALADDIN)-GA 101130574”, Nº EXP UFIECPY 110/24-PREDOCTORAL, A DESARROLLAR EN LA UNIDAD FUNCIONAL DE INVESTIGACIÓN EN ENFERMEDADES CRÓNICAS, MAJADAHONDA (MADRID).
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES COMENZARÁ EL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Y FINALIZARÁ EL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024, AMBOS INCLUSIVE.
EL CANDIDATO DEBERÁ PRESENTAR LA HOJA DE SOLICITUD DE PARTICIPACION (XXXXX XXX) JUNTO CON LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA (PUNTO 3.4. DE LA CONVOCATORIA) DE ACUERDO A LOS PUNTOS 3.2 Y 3.3 DE LA CITADA CONVOCATORIA.
LAS SOLICITUDES PRESENTADAS SIN LA DOCUMENTACIÓN INDICADA EN LOS APARTADOS 3.4.2; 3.4.3; 3.4.4 Y 3.4.5, POR HABERLA PRESENTADO SIMULTÁNEAMENTE EN ALGUNA OTRA CONVOCATORIA DEL MISMO ORGANISMO PÚBLICO DE INVESTIGACIÓN, EN LA QUE NO HAYA FINALIZADO EL PLAZO DE ADMISIÓN DE SOLICITUDES, DEBERÁN INDICAR CLARAMENTE EN EL APARTADO “MÉRITOS PROFESIONALES” DE LA SOLICITUD (ANEXO III), LA CONVOCATORIA EN LA QUE SE HA PRESENTADO DICHA DOCUMENTACIÓN.
LA NO PRESENTACIÓN, JUNTO CON LA HOJA DE SOLICITUD, DE LA DOCUMENTACIÓN INDICADA EN EL APARTADO 3.4.1 SUPONDRÁ LA EXCLUSIÓN DEL CANDIDATO.
MADRID, 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024 INSTITUTO DE XXXXX XXXXXX XXX
OFICINA DE INFORMACION DEL ISCIII
MINISTERIO
DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Resolución de la Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral, en la modalidad de contrato predoctoral, previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y conforme al Real Decreto 103/2019, de 1 xx xxxxx, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, en el Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX.
Expediente: UFIECPY 110/24-PREDOCTORAL
Es de aplicación la ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación xxx xxxxxxx de trabajo, el Real Decreto 203/2021, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos; el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; el Real Decreto 103/2019, de 1 xx xxxxx, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación; el Real Decreto Legislativo de 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; lo previsto en el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y promoción profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General de Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx; la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 22 de noviembre de 2001, por la que se establecen criterios para la selección de personal laboral temporal; la instrucción conjunta de las Secretarias de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública, de 17 de noviembre de 2010; y en las disposiciones reguladoras de la función pública de la Administración General del Estado que se aprueben para los empleados públicos y el resto de la normativa vigente en la materia.
Esta Subsecretaría acuerda convocar proceso selectivo para la cobertura de plazas de personal laboral, mediante contrato predoctoral, para cuyo desarrollo se aprueban las bases de convocatoria que se exponen a continuación y que se corresponden con las bases informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública en fecha 28 de julio de 2023 para esta modalidad de contratación.
La presente convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como con la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
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BASES DE CONVOCATORIA
1.- Disposiciones generales
1.1 Esta convocatoria y todos los actos que se deriven de ella se publicarán, al menos, en la página Web del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, xxx.xxxxxx.xx y en el Punto de Acceso General xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.2 Se convoca proceso selectivo para la adjudicación de una plaza de personal investigador predoctoral en formación, mediante la modalidad de contrato predoctoral. Adscrita al proyecto “Accelerated Discovery Nanobody Platform (ALADDIN)-GA 101130574”, de las siguientes características:
UFIECPY 110/24-PREDOCTORAL. Fuera del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Esta contratación tendrá una duración estimada hasta el 31 de diciembre de 2027, prorrogable y estará sujeta a las condiciones especificadas en las bases 1.3 y 1.4.
El contrato está financiado en su totalidad por la European Innovation Council and SMEs Executive Agency (EISMEA), en los términos previstos en el “GRANT AGREEMENT NUMBER 101130574 — ALADDIN, suscrito el 17 de noviembre de 2023 por la Comisión Europea y diversos beneficiarios, entre los que se encuentra el Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX.
El importe de la contratación asciende a 89.527,73 euros.
1.3 La duración de las contrataciones será la estimada en la base 1.2 y se regirá por lo establecido en los en los Artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y en lo que no se opone al referido artículo, por lo establecido en el Real Decreto 103/2019, de 1 xx xxxxx, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
En todo caso, los diferentes contratos suscritos estarán vinculados expresamente al proyecto encomienda, convenio, línea de investigación o instrumento que los sustentan y asimismo, en su caso, el contrato tendrá por objeto la orientación postdoctoral por un período máximo de doce meses.
Conforme al artículo 21.c), Las situaciones de incapacidad temporal y los periodos de tiempo dedicados al disfrute de permisos a tiempo completo por gestación, embarazo, riesgo durante la gestación, el embarazo y la lactancia, nacimiento, maternidad, paternidad, adopción por guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, o lactancia acumulada a jornadas completas, o por situaciones análogas relacionadas con las anteriores así como el disfrute de permisos a tiempo completo por razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, y el tiempo dedicado al disfrute de excedencias por cuidado de hijo/a, de familiar o por violencia de género durante el período de duración del contrato interrumpirán el cómputo de la duración del contrato.
Los periodos de tiempo dedicados al disfrute de permiso a tiempo parcial por nacimiento, maternidad, paternidad, adopción por guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, y la
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reducción de jornada laboral por razones de lactancia, nacimiento de hijo/a prematuro u hospitalizado tras el parto, guarda legal, cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave, de familiares afectados por accidente o enfermedad grave o de personas dependientes, o por violencia de género, o reducciones de jornada por situaciones análogas relacionadas con las anteriores así como por razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, durante el período de duración del contrato darán lugar a la prórroga del contrato por el tiempo equivalente a la jornada que se ha reducido.
1.4 Las causas de finalización del contrato son descritas en los Artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y en lo que no se opone a lo referido en dichos artículos, por lo establecido en el Real Decreto 103/2019, de 1 xx xxxxx, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
Se considera que se ha obtenido el título de Doctor-Doctora en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral. A estos efectos, el personal contratado deberá comunicar al Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral 20 días antes y en los 7 días posteriores al día de aprobación de la misma, cuando esta tenga lugar durante el periodo de ejecución del contrato.
1.5 Las retribuciones serán de 21.217,14 euros brutos anuales, distribuidos en catorce mensualidades durante el primer y segundo año, 22.453,06 euros brutos anuales distribuidos en catorce mensualidades el tercer año y 27.705,58 euros brutos anuales distribuidos en catorce mensualidades el cuarto año y en su caso, posteriores.
1.6 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso en una única fase, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.7 La descripción de las plazas convocadas y sus funciones, son las que se detallan en el Anexo II de esta convocatoria.
1.8 Concluido el proceso selectivo y si así lo permite la normativa vigente y la disponibilidad presupuestaria, para las personas que lo hubieran superado y que han acreditado cumplir con los requisitos exigidos, se les formulará contratos, en su caso, hasta el número de plazas ofertadas en la modalidad de contrato predoctoral, conforme a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la referida Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx.
1.9 El objeto de estas contrataciones es el descrito en el Artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y en lo que no se opone al referido artículo, por lo establecido en el Real Decreto 103/2019, de 1 xx xxxxx, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
1.10 Los derechos y obligaciones específicos en materia de investigación del personal investigador predoctoral en formación son los descritos en los Artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, y en lo que no se opone al referido artículo, por lo establecido en el Real Decreto 103/2019, de 1 xx xxxxx, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
El régimen de incompatibilidad será el general establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
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2.- Requisitos de lo/as aspirantes
Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el momento de la formalización del contrato de trabajo, los requisitos de participación descritos en la base 2.1, para el resto de los requisitos, se deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de formalización del contrato de trabajo o en su caso, lo que establezcan los correspondientes apartados de la base 2:
2.1 Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Las personas extranjeras que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. Las demás personas candidatas deberán acompañar a su solicitud un documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.3 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones.
2.4 Edad: Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.5 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que estaba en inhabilitación o separación.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en inhabilitación o en situación equivalente ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
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2.6 Titulación: Las personas aspirantes han de estar a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado Universitario con Grado de al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System) o Máster Universitario, o equivalente, descrito en el Anexo II y tener la admisión a un programa de doctorado cuyo objeto sea el desarrollo de la tesis doctoral.
También podrán ser solicitantes todas aquellas personas que, en el plazo de presentación de solicitudes, están pendientes de realizar la matricula o de ser admitidas en un programa de doctorado, pero para formalizar el contrato deberán acompañar al mismo, escrito de admisión al programa de doctorado expedido por la unidad responsable de dicho programa o por la escuela de doctorado o posgrado en su caso, todo ello conforme a lo que se recoge en el art. 21 b) de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar en el plazo previsto en la base 3.2, que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
2.7 En el caso de que la persona seleccionada hubiera disfrutado previamente de un contrato bajo la modalidad de contrato predoctoral, durante un periodo igual o inferior a doce meses, la duración del contrato que se formalice deberá ser tal que sumados los periodos de disfrute anteriores bajo tal modalidad resulte un periodo conjunto de cuatro años, salvo en el caso de las personas con discapacidad en las que el tiempo de contratación no podrá ser superior a seis años En estos casos, se adjuntará declaración responsable por parte de la persona seleccionada donde se recojan los periodos de disfrute anteriores de un contrato bajo la modalidad de contrato predoctoral, con indicación de las fechas de inicio y fin de la vinculación contractual, así como copia del contrato o contratos anteriores, en su caso. La información contendida en esta declaración podrá dar lugar a la modificación de las condiciones iniciales de los contratos y de los plazos para su ejecución.
3.- Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán presentar debidamente cumplimentada y obligatoriamente de forma telemática la solicitud de participación correspondiente al Anexo III en el Registro General del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, en la dirección xxxx://xxx.xxxxxx.xx y con carácter general, a través del Punto de Acceso General, a través de su página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. El modelo definitivo del Anexo III estará disponible en alguno de los medios indicados anteriormente cuando se inicie el plazo de presentación de solicitudes.
3.2 La presentación de la solicitud correspondiente al modelo del Anexo III de las presentes bases junto a su documentación correspondiente, se realizará en el plazo xx xxxx días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de la fecha de publicación de la presente convocatoria:
a) Obligatoriamente de forma telemática, a través de la sede electrónica del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx.xx o a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado xxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx >Registro Electrónico General.
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b) No obstante, se contempla la posibilidad de que para los aspirantes que, por cursar la solicitud en el extranjero, porque concurra una incidencia técnica debidamente acreditada, o por cualquier otra causa de similar naturaleza, no puedan realizar este trámite de forma telemática, podrán cumplimentar este trámite de forma sustitutoria en papel, de forma presencial, presentando el Anexo III en el Registro General del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX (X/ Xxxxxxx Xxxxxxx, xx0 xx Xxxxxx, entrada por X/ Xxxxxxxx xx Xxxxx, 0-0 XX. 28029 Madrid), o en el resto de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante la presentación de solicitudes, deberán dirigirse al teléfono 000000000 y enviar un correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx.
Las solicitudes se dirigirán a la Directora del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX.
Para las solicitudes a presentar de manera telemática a través del Registro electrónico del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, será empleada una aplicación informática disponible en la sección de Trámites de la Sede Electrónica del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx.xx, mediante los sistemas de certificado digital admitidos por la Sede Electrónica del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX.
En la instancia de solicitud telemática, se incluirá la dirección de correo electrónico designada a los efectos de comunicaciones y/o requerimientos que se puedan realizar, que será considerada como válida a efectos de notificaciones.
Los documentos electrónicos que acompañen a la solicitud deberán aportarse en formato “PDF” y no deberán superar 3 Mb de tamaño cada uno. Si no se dispone de un conversor a formato pdf, encontrará enlaces a aplicaciones gratuitas en la Sede Electrónica del Organismo. Para facilitar la presentación telemática, se podrán enviar ficheros escaneados que garanticen su legibilidad estableciéndose que el nivel de resolución espacial de la imagen final deba ser como mínimo de 200 ppp.
La instancia de solicitud telemática se firmará electrónicamente, de tal manera que los aspirantes declaran que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud.
La Sede Electrónica del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX dispondrá en la sección de Asesoramiento Electrónico, de un manual del procedimiento con información de los requisitos y funcionamiento de la aplicación informática.
3.3 Si se dan las circunstancias descritas en la letra b del punto 3.2 anterior, las solicitudes que se presenten de forma presencial a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por su personal antes de proceder a su envío certificado.
Las personas aspirantes que no presenten sus solicitudes directamente en el Registro General o en el Registro Electrónico del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX y que utilicen cualquier otro medio de los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberían enviar
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simultáneamente un correo electrónico a la dirección del Tribunal indicada en el anexo IV de la presente convocatoria, informando sobre su presentación y el medio utilizado.
3.4 A cada solicitud se acompañará:
3.4.1 Copia autentica de la titulación requerida en el Anexo II para acceder al contrato a la que se opta. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar, en el plazo previsto en la base 3.2, copia de la credencial que acredite, en su caso, la homologación de dichos estudios o copia de la correspondiente certificación de equivalencia de su título o el Suplemento Europeo al Título (EPS).
3.4.2 Documentación acreditativa de los méritos que los aspirantes deseen que se les valoren en el concurso, atendiendo a los méritos que pueden ser alegados y que se recogen en el Anexo I.
Los méritos alegados deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán estar oportunamente documentados para poder ser valorados, con las excepciones que contemplan los apartados anteriores.
3.4.3 Currículum vitae de la persona aspirante.
Copia autentica del certificado de notas/expediente académico oficial.
Copia autentica de la Certificación académica oficial, en la que figuren las asignaturas cursadas, calificaciones obtenidas y fecha y convocatoria en la que se aprobaron esas asignaturas. Dicho certificado podrá sustituirse por una copia autentica del expediente. No obstante, en el caso de ser adjudicatario, deberá presentar el certificado oficial junto con el resto de la documentación a que se refiere la base 7.1 de la convocatoria.
3.4.4 Certificado académico, correspondiente a la titulación o titulaciones (Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado Universitario con Grado de al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System) o Máster Universitario, o equivalente, que permitan el acceso al programa de doctorado, en el que deberá figurar el sello de la unidad que lo expide y firma de su responsable, la fecha en la que se han finalizado los estudios y las materias que constituyen el programa completo de la titulación o titulaciones indicadas, así como las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas. Alternativamente, en lugar de firma y sello, serán igualmente válidos los certificados que dispongan de firma electrónica o sistema de verificación seguro.
3.4.5 Las personas aspirantes con discapacidad con un grado igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
3.4.6 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los aspirantes deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
3.4.7 Declaración responsable según modelo recogido en el Anexo V, en relación con lo establecido por los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, sobre la duración máxima del contrato predoctoral.
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3.4.8 Documento que acredite la matriculación, admisión o pre-admisión en un programa de doctorado, expedido por la unidad responsable de dicho programa, o por la escuela de doctorado o postgrado en su caso.
3.5 La no presentación, junto con la solicitud, de la documentación indicada en el apartado 3.4.1 supondrá la exclusión del aspirante siendo esta circunstancia subsanable en el plazo previsto en la base 4.1 de esta convocatoria.
Las solicitudes presentadas sin la documentación indicada en los apartados 3.4.2, 3.4.3, 3.4.4 y 3.4.5, por haberla presentado simultáneamente en alguna otra convocatoria del mismo Organismo Público de Investigación, deberán indicar claramente junto a la solicitud de participación, la convocatoria en la que se ha presentado dicha documentación.
3.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.7 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
4.- Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Órgano convocante, a propuesta del Tribunal o de la unidad encargada de la revisión de las solicitudes del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede de cada Tribunal, en la dirección xxxx://xxx.xxxxxx.xx y en el Punto de Acceso General, a través de su página Web (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), se señalará un plazo xx xxxx días hábiles contados a partir del siguiente día hábil al de la fecha de publicación, para que los aspirantes subsanen el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de dichas listas, mediante los procedimientos descritos en la base 3.
Este plazo no podrá utilizarse, en ningún caso, para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial, a excepción de la documentación que se adjunte por el aspirante en el plazo de subsanación para corregir, en su caso, los defectos subsanables.
4.2 Finalizado el plazo indicado en la base anterior, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las listas iniciales de admitidos y excluidos.
5.- Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura en el Anexo IV de esta convocatoria. No obstante, si hubiera alguna modificación en los datos recogidos en el Anexo IV, en su caso, la composición definitiva del Tribunal y su sede se hará pública junto a las listas de admitidos y excluidos, y en los mismos lugares de los indicados en la base 4.1.
5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
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Con carácter general, las reuniones se celebrarán presencialmente o mediante audioconferencia o videoconferencia o modalidad mixta, respetando el aforo máximo establecido para cada sala.
5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.4 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.5 Las personas componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en los supuestos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en el domicilio que se indica en el Anexo IV.
5.8.- La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.9.- El Tribunal establecerá un cronograma aproximado del desarrollo del proceso, estableciendo fechas para la celebración de las distintas pruebas
6.- Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El Tribunal publicará en los lugares señalados en la base 4.1, la relación que contenga la valoración provisional de méritos del concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de la fecha de publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva del concurso.
6.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes y cualquier aclaración que sobre los méritos alegados considere oportuno. Asimismo, si el Tribunal correspondiente tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple con cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado deberá proponer su exclusión al Órgano convocante.
6.3 En cualquier momento del proceso selectivo, los solicitantes podrán presentar renuncia al mismo. La renuncia implicará su exclusión inmediata y la perdida de cualquier derecho adquirido o que pudieran adquirir como consecuencia del desarrollo del proceso selectivo.
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7.- Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizado el concurso, el Tribunal elevará al Órgano convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación, ordenada de mayor a menor y en su caso, por la preferencia expresada por los candidatos, quien dictará resolución adjudicando las plazas. Esta resolución recogerá la relación de aspirantes que hubieran obtenido la calificación mínima exigida para la superación del proceso selectivo, ordenada de mayor a menor por las puntuaciones alcanzadas para cada una de las plazas y la adjudicación de los contratos por estricto orden ocupado por los aspirantes y en su caso, por la preferencia expresada por las personas candidatas en su instancia de solicitud.
Dicha Resolución, se publicará en el lugar o lugares donde se publicó la lista de aspirantes admitidos y excluidos y en la sede del Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo los aspirantes que han obtenido plaza, de cinco días hábiles contados a partir del siguiente día hábil al de la fecha de publicación para la presentación de la documentación original acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria y con la normativa aplicable.
7.2 Antes de la formalización del contrato, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento xxx xxxxxxxxxx no se deduzca de su origen o de los méritos alegados y no puedan acreditarlo documentalmente, deberán superar una prueba en la que se compruebe que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua. El contenido de esta prueba se ajustará a lo que establezca el Organismo Público “Instituto Xxxxxxxxx”, creado por Ley 7/1991, de 21 xx xxxxx, según lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE). La prueba se valorará como “apto” o “no apto”, siendo necesario obtener la valoración de apto para considerar al aspirante como aprobado en el proceso. En el supuesto de no resultar apto resultaría seleccionado/a el /la siguiente aspirante con mayor puntuación.
El lugar y la fecha de realización de esta prueba se anunciarán en los mismos lugares en que se hizo pública la convocatoria y en la sede del Tribunal. Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del Diploma de español de nivel superior o del Diploma de español de nivel intermedio como lengua extranjera regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto, deberán aportar, junto a la solicitud, copia autentica de dicho diploma. De no aportar esta documentación, no podrán ser declarados exentos y deberán realizar la prueba referida anteriormente.
7.3 Concluido el proceso selectivo, los contratos se formalizarán, si fuera posible, en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la finalización del plazo de entrega de documentación señalado en la base 7.1, salvo en aquellos supuestos en los que dicha contratación pudiera estar condicionada a la obtención de los informes y autorizaciones previstas en la normativa vigente.
En aquellos supuestos en los que no ha sido posible formalizar los contratos dentro de la duración inicial del proyecto, encomienda, convenio o instrumento que lo sustenta, podrán formalizarse los mismos siempre que exista una prórroga autorizada con carácter previo a la finalización del proyecto, encomienda, convenio o instrumento que lo sustente.
7.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que las plazas convocadas.
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7.5 El período de prueba es el indicado para cada contrato en el Anexo II de esta convocatoria.
Concluido este periodo, si el aspirante contratado no superara el mismo, según informe elaborado por la persona responsable de la unidad competente o a la que esté adscrito, se procederá conforme a lo establecido en la base 1.4.
7.6 En el caso en que una vez finalizado el plazo indicado en la base 7.1, no se acrediten los requisitos exigidos en la convocatoria dentro del plazo establecido o sea presentada la renuncia, el contrato se podrá adjudicar a la siguiente persona aspirante de la Resolución a la que se refiere la base 7.1, si acredita cumplir con los requisitos de la convocatoria y si cumple con la normativa aplicable.
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8 Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos que sean de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el resto de la legislación aplicable por razón de la materia y lo dispuesto en esta Resolución.
Contra la presente convocatoria podrán interponerse, con carácter potestativo, los recursos que procedan con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de la resolución del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Firmado electrónicamente por el Subsecretario de Ciencia, Innovación y Universidades, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx
SR/A. PRESIDENTE/A DEL TRIBUNAL CALIFICADOR
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ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Concurso
El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos en el que se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los méritos que se detallan a continuación, que habrán de estar relacionados con las funciones y tareas a desempeñar y que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
A) Adecuación del candidato al proyecto de investigación: Hasta un máximo de 30 puntos.
En la determinación de la idoneidad del aspirante se tendrán en cuenta las publicaciones y trabajos científicos y técnicos realizados con anterioridad, en especial aquéllos que estén relacionados con las funciones objeto del contrato ofertado, así como otros aspectos como la calificación en materias específicas del expediente académico vinculadas con el objeto de la contratación o el conocimiento de idiomas cuando sean imprescindibles para el desarrollo de las tareas, entre otros.
B) Méritos formativos: Hasta un máximo de 70 puntos.
1.- Expediente académico. En este apartado se valorará, tanto el expediente académico correspondiente a la titulación académica exigida en la convocatoria, como también la posesión de alguna otra titulación o, en su caso, especialidad académica distinta a la exigida para participar en las pruebas, ambas relacionadas con las funciones y tareas propias a desempeñar, o haber superado el proceso selectivo de acceso a algún cuerpo, escala de funcionario, estatutario o como personal laboral fijo de algún puesto de categoría profesional y contenido funcional similares a los correspondientes al contrato que se opta.
Igualmente se podrá valorar la adecuación del currículum y estudios del aspirante a las funciones y tareas a desarrollar.
• Puntuación máxima: 45 puntos.
1.1.- Expediente académico de la titulación académica exigida: se valorará hasta un máximo de 35 puntos.
Forma de acreditación: Copia autentica de los títulos y de la certificación académica de las calificaciones obtenidas (expediente académico oficial).
1.2. Otra titulación relevante de titulación equivalente o superior adecuada a las funciones y tareas a desarrollar por el aspirante: se valorará hasta un máximo de 10 puntos.
Forma de acreditación: Copia autentica de los títulos
2.- Cursos y seminarios relacionados con las funciones del contrato a la que se opta.
Los cursos y seminarios deberán tener una duración mínima de 15 horas
• Puntuación máxima: 10 puntos.
• Forma de puntuación:
- Hasta 1 punto por cada curso, seminario de 15 a 100 horas, hasta un máximo de 4 puntos
- Hasta 2 puntos por cada curso, seminario de 101 a 200 horas, hasta un máximo de 2 puntos.
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- Hasta 4 puntos por cada curso, seminario de más de 200 horas, hasta un máximo de 4 puntos
• Forma de acreditación: Copia autentica de los títulos o certificados.
3.- Por haber sido becario en institutos, organismos o centros públicos o privados de investigación, en materias relacionadas con el contrato al que se opta.
• Puntuación máxima: 5 puntos.
• Forma de puntuación: 2,5 puntos por cada año o fracción superior a 6 meses.
• Forma de acreditación: Copia autentica de los certificados o documentación acreditativa correspondiente.
4.- Por autoría o participación en publicaciones relacionadas con las funciones del contrato al que se opta.
• Puntuación máxima: 5 puntos.
• Forma de puntuación: hasta un máximo de 2,5 por cada publicación científica.
• Forma de acreditación: Copia autentica de la página de las publicaciones que incluya la autoría.
5.- Participación en congresos relacionados con las funciones del contrato al que se opta.
• Puntuación máxima: 5 puntos
− Hasta 1 punto por cada comunicación oral o ponencia, hasta un máximo de 2 puntos.
− Hasta 0,5 puntos por cada presentación en póster, hasta un máximo de 3 puntos. Forma de acreditación: Certificado de participación o asistencia.
Para superar el proceso selectivo será necesario obtener la puntuación mínima de 50 puntos. En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
a) Titulaciones o, en su caso, especialidades distintas a la exigida, relacionadas con las funciones de los contratos convocados
b) Número de días como becario/a en institutos, organismos o centros públicos o privados de investigación en materias relacionadas con los contratos ofertados.
c) Cursos, seminarios o congresos.
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ANEXO II
Descripción de las contrataciones
Clasificación Profesional: Personal investigador predoctoral en formación conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Convenio aplicable: Fuera de convenio.
Proyecto al que está asignada la plaza: “Accelerated Discovery Nanobody Platform (ALADDIN)-GA
101130574”
Período de prueba: 6 meses
Duración del contrato: Hasta el 31 de diciembre de 2027, prorrogable.
Código de la plaza | Centro de adscripción de la plaza | Titulación | Retribuciones |
UFIECPY 110/24- PREDOCTORAL C.24-B/30-PREDOC | UNIDAD FUNCIONAL DE INVESTIGACIÓN EN ENFERMEDADES CRÓNICAS MAJADAHONDA (MADRID) | Título clasificado en el Nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES 3) | 21.217,14 euros brutos anuales, distribuidos en catorce mensualidades durante el primer y segundo año, 22.453,06 euros brutos anuales distribuidos en catorce mensualidades el tercer año y 27.705,58 euros brutos anuales distribuidos en catorce mensualidades el cuarto año y en su caso, posteriores |
Descripción detallada de las funciones: Las funciones a desarrollar por el personal contratado serán, la realización simultanea de tareas de investigación en el Proyecto “Accelerated Discovery Nanobody Platform (ALADDIN)-GA 101130574)”, , que constituye el marco en el que realizará su formación y por otro el conjunto de actividades, integrantes del programa de doctorado, conducentes a la adquisición de competencias y habilidades necesarias para la obtención del título universitario oficial de doctorado.
− Identificación y validación de biomarcadores y dianas de intervención asociadas a cáncer colorrectal y cáncer de páncreas mediante el análisis de tejido de pacientes en comparación con tejido sana mediante proteómica cuantitativa en el contexto del proyecto ALADDIN.
− Identificación y validación de biomarcadores y dianas de intervención mediante el análisis de células tumorales circulantes de la sangre de pacientes con cáncer colorrectal y cáncer de páncreas en estadíos avanzados y estadíos tempranos mediante proteómica cuantitativa en el contexto del proyecto ALADDIN.
− Identificación de un panel molecular de marcadores proteómicos y dianas de intervención validados para el desarrollo de anticuerpos recombinantes via Phage Display en el contexto del proyecto ALADDIN.
− Análisis y validación ortogonal de marcadores mediante PCR, qPCR, inmunohistoquímica, inmunofluorescencia, citometría de flujo, western blotting, dot blot, XXXXX y/o inmunoensayos de molécula única en el marco del proyecto ALADDIN.
− Análisis mediante herramientas bioinformáticas de los estudios proteómicos, y análisis estadísticos para la evaluación, validación y monitorización de marcadores en el contexto del proyecto ALADDIN.
− Análisis mediante ensayos de ganancia o pérdida de función con líneas celulares del efecto de la sobreexpresión o silenciamiento de los marcadores de interés para determinar su utilidad como dianas de intervención en el contexto del proyecto ALADDIN.
− Análisis de implantación y remisión tumoral in vivo de cáncer colorrectal y metástasis hepáticas en modelos animales de los marcadores de interés y los anticuerpos generados en el contexto del proyecto ALADDIN.
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DATOS PERSONALES
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XXXXX XXX SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
APELLIDO 1…………………………………………………APELLIDO 2………………………………………………………………..
NOMBRE……………………………………………….………N.º DOCUMENTO DE IDENTIDAD………………….…………………
DIRECCIÓN: c/av/pz………………………......……………………núm. ….. piso Cod.
Postal…….……….TELÉFONO………………
LOCALIDAD………………………….……………….PROVINCIA………………………………………PAÍS………………………….
FECHA NACIMIENTO……………….. LOCALIDAD NACIMIENTO……………….…………………………PAIS:…..………………………
NACIONALIDAD……………………………………..…CORREO ELECTRÓNICO....………………………………..…………………………………
PROCESO SELECTIVO
MINISTERIO:……………………………………………………………………………………….
ORGANISMO:…………………………………………
FECHA DE LA CONVOCATORIA:………………………………..
CATEGORIA PUESTO CONVOCADO:……………………………..………………………………..
GRUPO PROFESIONAL:…………
CÓDIGO PLAZA SOLICITADA: …………………………..
MÉRITOS EVALUABLES
1. EXPEDIENTE ACADÉMICO
TITULACIÓN REQUERIDA EN LA CONVOCATORIA: TITULACIÓN POSEIDA: NOTA MEDIA: FECHA DE FINALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO: | |
OTRAS TITULACIONES Y ESPECIALIDADES: | |
Certificación académica: | |
Título académico: | |
Homologación o reconocimiento a efectos profesionales de titulación extranjera: | |
PUNTUACIÓN DEL EXPEDIENTE ACADÉMICO (a rellenar por el tribunal) |
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2. MERITOS PROFESIONALES
MÉRITOS PROFESIONALES: | PUNTUACIÓN | |||
EXPERIENCIA EN PUESTOS DE LA MISMA O SUPERIOR CATEGORÍA CON FUNCIONES Y TAREAS | ||||
DENOMINACIÓN PUESTO | ORGANISMO PÚBLICO O EMPRESA | PERÍODO TRABAJADO (AÑOS, MESES Y DÍAS) | ||
EXPERIENCIA EN PUESTOS DE CATEGORÍA INFERIOR CON FUNCIONES Y TAREAS AFINES | ||||
DENOMINACIÓN PUESTO | ORGANISMO PÚBLICO O | PERÍODO TRABAJADO (AÑOS, | ||
PUNTUACIÓN TOTAL DE LOS MERITOS PROFESIONALES: (a rellenar por el tribunal) | ||||
PUNTUACIÓN TOTAL |
3. FORMACION COMPLEMENTARIA
CURSOS, SEMINARIOS: | |||||
BECAS | |||||
IDIOMAS | |||||
PUBLICACIONES INDIVIDUALES O PARTICIPACIÓN EN PUBLICACIONES COLECTIVAS | |||||
CONGRESOS | |||||
PROCESOS SELECTIVOS SUPERADOS DE FUNCIONARIO, ESTATURARIO O PERSONAL LABORAL FIJO | |||||
GRUPO | CATEGORÍA PROFESIONAL | DEPARTAMENTO U ORGANISMO | FECHA CONVOCATO RIA | FECHA PUBLICACIÓN LISTA APROBADOS | |
PUNTUACIÓN TOTAL DE LA FORMACIÓN COMPLEMENTARIA: (a rellenar por el tribunal) |
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PUNTUACION TOTAL (a rellenar por el tribunal)
CÓDIGOS DE LOS CONTRATOS A LOS QUE OPTA
1.
…………………………………………………………………………………………………
2.
…………………………………………………………………………………………………
3.
…………………………………………………………………………………………………
Doy mi consentimiento para que consulte/n y/o verifique/n la/s titulación/es para este procedimiento | SI | NO |
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, sobre la obligatoriedad de uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado, las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración General del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos.
El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para la contratación y las especialmente señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud
Firmado electrónicamente por
A efectos de lo dispuesto en la LO 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, sus datos personales serán incorporados al Registro de Actividades de Tratamiento del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, (Actividades de Gestión del Personal destinado en el Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX. Este tratamiento está legitimado por los artículos 6.1. b y 6.1. c del RGPD)
No serán cedidos a terceros, salvo los necesarios para la gestión de su relación laboral con el Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, y en aquellos casos determinados por Ley. No están previstas transferencias internacionales. Serán conservados durante el plazo necesario para el cumplimiento de los fines indicados. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y/o limitación del tratamiento. Para todo ello puede dirigirse al responsable del tratamiento Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, a través del Delegado/a de Protección de Datos: xxx@xxxxxx.xx o xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx o, directamente, a la Agencia Española de Protección de Datos.
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SRA. DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE XXXXX XXXXXX XXX
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ANEXO IV
Tribunal Calificador1
Tribunal titular:
PRESIDENTA: Xx XXXXXXXXX XXXXXXXXX DE LAS XXXXXX, de la Escala de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
VOCAL: X. XXXXXXX DE LA VIEJA ECOLAR, de la Escala de Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
VOCAL: Xx XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, de la Escala de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
VOCAL: A designar por la representación sindical. En caso de ser personal Laboral deberán pertenecer al Grupo Profesional 1/M3 y en caso de ser personal Funcionario deberá pertenecer al Grupo A1.
SECRETARIO: D. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, de la Escala de Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
Tribunal suplente:
PRESIDENTE: D. XXXXXX XXXXXX XXXX, de la Escala de Profesorado de Investigación de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1
VOCAL: D. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, de la Escala de Profesorado de Investigación de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1
VOCAL: Xx. XXXXX XXXXX XXXXXX, de la Escala de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
VOCAL: A designar por la representación sindical. En caso de ser personal Laboral deberán pertenecer al Grupo Profesional 1/M3 y en caso de ser personal Funcionario deberá pertenecer al Grupo A1.
SECRETARIA: Xx. XXXXX DEL RIO FAES, de la Escala de Técnicos Superiores especializados de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
Sede del tribunal:
SEDE: INSTITUTO DE XXXXX XXXXXX XXX
DOMICILIO: XXXXXXX XXXXXXX, 4 (ENTRADA X/ XXXXXXXX XX XXXXX, 0-0) XX. 28029. TELÉFONO: 000000000
CORREO ELECTRÓNICO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx
1 La composición definitiva del Tribunal Calificador se publicará, junto con la resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en los lugares descritos en la base 4.1.
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ANEXO V
D./Dña.
con NIF/NIE/PASAPORTE Nº:
DECLARA (Marque con una “X”, todo aquello que corresponda a su situación):
No he sido contratado/a en la modalidad de contrato predoctoral anteriormente. | |
He sido contratado/a en la modalidad de contrato predoctoral anteriormente por………. meses. |
Lo que declaro en: a de de
Firma,
.
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