Contract
Ref: 09/043140.9/17
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE RIGE EL CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO REALIZACIÓN DE CAMPUS DEPORTIVOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD Y DEPORTE.
1. OBJETO.
Es objeto del presente contrato las actividades deportivas consistentes en la realización de Campus deportivos, cuyas características se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, a realizar en las instalaciones deportivas gestionadas por la Dirección General de Juventud y Deporte que se citan en el apartado 2 de este Pliego, de acuerdo con las previsiones establecidas en su Anexo I.
Los campus deportivos están dirigidos a la población infantil y pretenden fomentar los valores del deporte, los beneficios de la práctica regular de la actividad física y el aprendizaje de diversas disciplinas deportivas facilitando, a su vez, la conciliación de la vida laboral y familiar de los padres.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
En los campus deportivos se realizan actividades deportivas, culturales, recreativas y formativas dirigidas por monitores especializados y, además, otras complementarias, que también serán obligación de la empresa contratista, tales como las de acompañar a los menores a las actividades de iniciación y práctica de deportes dirigidos por técnicos deportivos de las respectivas Federaciones Deportivas Madrileñas cuando estas actividades estén programadas en un campus por la Dirección General de Juventud y Deporte, así como durante las comidas, en el caso de que estén incluidas en el campus.
2. LUGAR DE REALIZACIÓN DEL SERVICIO.
Las actividades objeto de este contrato se realizarán en las instalaciones que se relacionan a continuación. En el Anexo I aparece el detalle de los servicios a prestar.
- Parque Deportivo Xxxxxx xx Xxxxxx, sito en la Xxxx. xx Xx Xxxxxx, xx. 0, xx Xxxxxx (00000).
- II.DD. Canal xx Xxxxxx XX, sita en la Xxxx. xx Xxxxxxxxx, xx 00, xx Xxxxxx (28003).
- II.DD. San Xxxxxxx xx Xxxx, sita en la calle Pelícano, nº 4, de Madrid (28028).
3. CARACTERÍSTICAS.
Se entiende por Campus Deportivos el desarrollo de diversos programas de carácter polideportivo y lúdico en los que se realizan actividades de iniciación y práctica de diversas modalidades deportivas pudiéndose realizar, asimismo, actividades complementarias de tipo cultural, recreativo y formativo, dirigidas por monitores especializados.
Los campus deportivos se desarrollarán durante los periodos de vacaciones escolares de Semana Santa y verano de 2017, debiendo prestarse el servicio de forma exclusiva por la empresa contratista o, en su caso, en colaboración con las Federaciones Deportivas Madrileñas que también participen en estos programas.
Para la ejecución del contrato se requerirán monitores de juegos y actividades deportivas, técnicos superiores en educación infantil o grado equivalente y monitores de talleres en inglés. Estos últimos, tendrán conocimientos de español/inglés utilizando, junto al castellano, la lengua inglesa para comunicarse con los niños, tanto en las actividades que se realicen como en situaciones de convivencia en el campus.
Los campus tienen los siguientes objetivos:
a) Iniciar en la práctica de diversas modalidades deportivas.
b) Fomentar en la población infantil la práctica de hábitos de vida saludable.
c) Infundir en la población infantil los valores propios del deporte y la actividad física.
d) Posibilitar a los Centros de Tecnificación existentes de las Federaciones Deportivas Madrileñas, la captación de futuros talentos deportivos.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
e) Mejorar el conocimiento de la lengua inglesa a través de actividades culturales, recreativas y formativas, con una metodología interactiva (sólo para aquellos campus en que se especifica que se utiliza la lengua inglesa).
f) Colaborar en la conciliación de la vida laboral y familiar de los padres, una vez terminado el curso escolar o en períodos vacacionales.
Los campus se desarrollan en horario de 09:00 h. hasta las 17:00 h., o de 09:00h a 14:00h, ofertándose un servicio opcional de “horario ampliado”, para el acompañamiento de los menores, desde las 08:00 h. hasta las 09:00 h. (Según Instalación Deportiva y/o modalidad de Campus)
Los campus previstos, son los que se relacionan en el Anexo I, sin perjuicio de que puedan añadirse nuevos o suprimirse alguno de los previstos, en función de la demanda y de la capacidad de las instalaciones, siempre respetando el número de horas máximo anual recogido en el Anexo I de este Pliego, al precio/hora del servicio ofertado por el licitador y sin que el precio del contrato pueda superar, en ningún caso el precio de adjudicación del contrato.
CANAL XX XXXXXX XX:
- Campus Semana Santa.
- Campus Junio.
- Campus Julio.
- Campus Septiembre.
SAN XXXXXXX XX XXXX:
- Campus Junio.
- Campus Julio.
o Baby Xxxxxx (xxxxxx xx 0 x 0 xxxx).
- Xxxxxx Xxxxxxxxxx.
XXXXXX XX XXXXXX:
- Xxxxxx Xxxxx.
- Xxxxxx Xxxxx.
o Baby Campus con inglés (edades de 4 y 5 años).
o Peque Campus con inglés (edades de 6 a 9 años).
o Campus Deportivo con inglés (edades de 10 a 13 años).
o Escuela del Deporte (edades de 14 a 16 años).
- Campus Star Xxxxx (edades de 6 a 13 años).
- Campus Acuático Agosto.
- Campus Septiembre.
Los períodos de realización y características básicas de las diferentes modalidades de campus serán los siguientes:
- Campus de Semana Santa:
o De 3 a 5 jornadas correspondientes al periodo vacacional marcado en el calendario escolar anual.
o Edad participantes: de 4 a 13 años.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
o Contenidos de carácter polideportivo.
- Campus xx xxxxx:
o De 3 a 5 jornadas correspondientes al periodo vacacional marcado en el calendario escolar anual.
o Edad participantes: de 4 a 13 años.
o Contenidos de carácter polideportivo en colaboración con federaciones.
- Campus de julio:
o Primer período: dos primeras semanas (10 días naturales) de julio.
o Segundo período: tercera y cuarta semana (10 días naturales) de julio.
o Edad participantes: de 6 a 13 (excepto Xxxxxx xx Xxxxxx de 4 a 16 años).
o Contenidos de carácter polideportivo en colaboración con federaciones y talleres en inglés.
- Campus Acuático:
o Primer período: primera semana (5 días naturales) xx xxxxxx.
o Segundo período: segunda semana (5 días naturales) xx xxxxxx.
o Edad participantes: de 4 a 13 años.
o Contenidos de carácter polideportivo en colaboración con federaciones.
- Campus de septiembre:
o De 3 a 5 jornadas correspondientes al periodo vacacional marcado en el calendario escolar anual.
o Edad participantes: de 4 a 13 años.
o Contenidos de carácter polideportivo y/o en colaboración con federaciones.
La Dirección General de Juventud y Deporte elaborará un calendario anual con la distribución de horarios y días. Este calendario será entregado a la empresa adjudicataria en el plazo del mes siguiente a la formalización del contrato, al objeto de que la empresa contratista pueda hacer sus previsiones.
4. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO.
Con este contrato se pretende prestar un servicio de actividad física dirigida por monitores.
4.1. Actividades a desarrollar:
• Actividades deportivas, cuyo objetivo principal es la adquisición de destrezas específicas de una determinada especialidad deportiva.
• Actividades lúdico-deportivas, que se basarán en propuestas de actividad física con una clara orientación lúdica y de ocio.
• Actividades culturales cuyo objetivo sea el fomento de hábitos de vida saludable entre la población infantil.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
• Actividades de ocio-recreativas adaptadas a la población infantil que fomenten los valores propios del deporte y la actividad física.
• Actividades formativas que buscarán desarrollar la competencia comunicativa en lengua inglesa para adquirir nuevos conocimientos, consolidar y practicar lo ya conocido, a través de temas y actividades pedagógicas atractivas para los participantes, utilizando como eje temático “La actividad física y el deporte”.
• Actividades deportivas complementarias, con un carácter eminentemente lúdico.
Los servicios a realizar por la empresa contratista se llevarán a cabo en coordinación con el responsable del contrato y con los responsables de las instalaciones deportivas donde se desarrollen los campus.
Entre las obligaciones que asume la empresa contratista está la de gestión del listado de alumnos, asignación de grupos, control de lista de espera y control de asistencia de los participantes, así como la organización general del material y/o equipamiento necesario para su desarrollo, todo ello en coordinación con el responsable del contrato y los responsables de cada una de las instalaciones.
A los efectos previstos en el párrafo anterior, la Dirección General de Juventud y Deporte facilitará al contratista, única y exclusivamente, los datos relativos a nombre, apellidos y edad de los usuarios.
La empresa adjudicataria deberá realizar el tratamiento de los datos personales de los participantes, que le facilite la Dirección General de Juventud y Deporte, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, de 13 de diciembre y el Real Decreto 1720/2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica
15/1999. El encargado del tratamiento, bien sea el propio contratista o una empresa que contrate para este fin, no aplicará los datos ni los utilizará con fin distinto al que figura en este Pliego, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
El contratista vendrá obligado a comunicar a la Agencia de Protección de Datos la creación de un fichero de datos de carácter personal y deberá adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad previstas en el artículo 9 de la ley 15/1999 y el R.D. 1720/2007, correspondientes a medidas de seguridad de nivel básico, estando obligado el responsable del fichero a implementar dichas medidas.
Cuando los afectados ejercitasen sus derechos ante el encargado del tratamiento y solicitasen el ejercicio de su derecho ante el mismo, el encargado del tratamiento atenderá, por cuenta del responsable, las solicitudes de ejercicio por los afectados de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.
Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a la Dirección General de Juventud y Deporte, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
4.2. Gerente, Coordinador Técnico, Monitores de la empresa:
El servicio deberá ser prestado con personal cualificado, con las competencias que se describen en este apartado.
Las titulaciones del personal del contratista que se asigne a la prestación de cada uno de las actividades deberán acreditarse ante el responsable del contrato, con carácter previo al inicio de la actividad.
La empresa adjudicataria garantizará la prestación del servicio sustituyendo, en su caso, al personal que por cualquier causa no pueda impartir las distintas actividades.
4.2.1. Gerente.
La empresa contratista deberá asignar un Gerente o responsable cualificado perteneciente a la empresa, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la empresa adjudicataria con la Dirección General de Juventud y Deporte, canalizando la comunicación con el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la Dirección General de Juventud y Deporte, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como constatar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Informar a la Dirección General de Juventud y Xxxxxxx acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
e) Garantizar la prestación del servicio en todo momento, sustituyendo en su caso al personal que por cualquier causa no pueda impartir las actividades.
Las instrucciones dadas por el responsable del contrato designado por la Administración se comunicarán directamente al Gerente designado por la empresa, que será el único interlocutor con el personal que preste el servicio y con la Dirección General de Juventud y Xxxxxxx en cuanto a la ejecución del contrato se refiere, sin que representante alguno de la Administración pueda impartir órdenes o dar instrucciones al personal de la empresa.
La figura del Gerente es asumida por la empresa contratista como coste inherente del contrato.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
4.2.2. Coordinador Técnico.
De forma complementaria al Gerente se contempla la figura del Coordinador Técnico, que deberá estar en posesión del título de Licenciado en Educación Física o Licenciado/Graduado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
Su función principal será la de colaborar y asesorar técnicamente al Gerente dispuesto por el adjudicatario en la consecución de las diferentes tareas necesarias para la correcta ejecución del contrato. Su labor deberá ser presencial durante todo el horario de actividad.
En el caso de que se celebren Campus simultáneamente en dos o tres instalaciones deportivas, el adjudicatario deberá designar un coordinador técnico por instalación, excepto en el campus del mes de julio a celebrar en el Parque Deportivo Xxxxxx xx Xxxxxx en el que habrá cuatro coordinadores.
La figura del Coordinador Técnico y de los coordinadores señalados en el párrafo anterior, es asumida por la empresa contratista como coste inherente del contrato.
4.2.3. Monitores.
La ejecución del servicio precisará monitores con un perfil profesional adecuado para cada actividad en cuestión, y por lo tanto con la titulación adecuada para la prestación que imparta o realice.
El número de monitores precisos para prestar el servicio se fijará en función del número de participantes, de conformidad con el programa de trabajo aprobado por la Dirección General de Juventud y Deporte, sin perjuicio de las modificaciones que se puedan introducir en el mismo en razón a la demanda y a la capacidad de las instalaciones en las que se imparta la actividad.
A efectos meramente informativos, se adjunta al presente Pliego el Anexo II, donde se detalla la previsión de participantes en cada uno de los campus. Dicho Anexo no tiene carácter vinculante para las partes. El número definitivo de monitores por campus y actividad vendrá determinado por el número de inscripciones y el programa de trabajo aprobado por la Dirección General de Juventud y Deporte.
Las funciones generales de los monitores son:
• Impartir las clases y talleres, y demás actividades deportivas, recreativas y formativas programadas para el campus, a excepción de las clases impartidas por los técnicos de las diversas Federaciones Deportivas, según la programación prevista, y realizar las tareas propias de un monitor en los campus.
• Llevar el control técnico de los alumnos en todas las actividades según modalidad deportiva, así como colaborar en el control de usuarios de las actividades contratadas.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
• En aquellos casos en que la actividad lo requiera, entregar a los niños participantes a sus respectivos padres o tutores, permaneciendo en el centro hasta la salida de la totalidad de los niños. (Según programación).
• Control y registro de la asistencia de los participantes.
• Hacer un uso correcto de la instalación, conforme a la normativa de uso de instalaciones deportivas, velando en todo momento por su aplicación.
• Además de actuar ante imprevistos, si la programación lo requiere, deberán atender a los menores en las comidas de aquellas actividades que contemplen este servicio.
• Acompañar, colaborar y controlar en todo momento a cada grupo de niños asignado en sus distintas actividades y rotaciones de las mismas (según programación) y en las comidas, garantizando la vigilancia efectiva de los niños.
Habrá tres tipos de monitores según la actividad a realizar:
- Monitores de juegos y actividades deportivas.
- Monitores de talleres xx xxxxxx.
- Técnico en educación infantil o grado equivalente.
4.2.3.1. Monitores de juegos y actividades deportivas.
Se ocupan del desarrollo de los contenidos deportivos programados en cada actividad, utilizando para ello la metodología de enseñanza más adecuada y el material idóneo en cada caso, en función de las características de los participantes.
El perfil profesional mínimo de los monitores incluirá la titulación de Técnico de Animación Física y Actividades Deportivas (TAFAD).
4.2.3.2. Monitor de Talleres en Inglés.
Tienen como objetivo impartir clases y actividades infantiles utilizando el idioma inglés bajo un aspecto lúdico y con los elementos didácticos adecuados según el grupo de edad de los participantes y programación.
Titulación mínima requerida: First Certificate in English (B2) o equivalente, Se considera titulación equivalente: First Certificate in English (FCE); BEC 2; BULATS 3; ESOL 7-9; Trinity Grades 7,8,9; Ascentis Anglia ESOL Advanced Level; TOEIC785; 79-95 Leveltest.
En caso de tratarse de sujetos nativos bilingües español-inglés, estos deberán acreditar la nacionalidad de un país de habla inglesa, así como el nivel B2 de español.
4.2.3.3. Técnico superior en educación infantil o grado equivalente:
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
Estos monitores se destinan exclusivamente a actividades dirigidas a niños en edades comprendidas entre los cuatro y cinco años, y su función es la de implementar el programa de actividades deportivas, lúdicas y formativas, aprobado por la Dirección General de Juventud y Deporte, relativo a dicho Campus.
Deberán atender a los menores en las comidas, así como actuar ante imprevistos y ocuparse de su bienestar mientras se celebre el campus. En caso de ser necesario, se ocuparán de cambiar la ropa del menor que lo necesite.
En todo caso existirá, como mínimo, un monitor para cada veinte niños y además otro adicional, si bien el número exacto de Técnicos en Educación Infantil se determinará en el programa de trabajo aprobado por la Dirección General de Juventud y Deporte, que nunca podrá ser inferior a este mínimo.
4.3. Material y equipamiento.
La Dirección General de Juventud y Deporte cederá el uso a la empresa adjudicataria del material deportivo disponible en cada instalación para desarrollar las prestaciones que son objeto del contrato, durante el tiempo que dure la impartición de las diferentes actividades deportivas objeto del mismo.
Al efecto se elaborará un inventario del material prestado por la instalación que será firmado por el adjudicatario con recibí de este material.
El contratista asume la obligación de utilizar este material para el único fin de realizar las prestaciones del contrato y se compromete a su buen uso y conservación.
El contratista deberá aportar el material complementario que resulte necesario para el correcto desarrollo de las actividades así como su renovación en función del nivel de deterioro y siempre que fuera necesario.
El adjudicatario deberá aportar el material necesario para el correcto desarrollo de los talleres (material didáctico en inglés, material para realizar manualidades, etc.), y de los juegos y actividades deportivas que proponga (balones, material de juegos alternativos, elementos para señalizar, etc.). Dicho material deberá estar en perfecto estado de uso.
A la finalización del contrato, revertirá a la Administración el material que se cedió en uso y el que el adjudicatario haya adquirido para sustituirlo, realizándose al efecto un inventario.
Los monitores de la empresa adjudicataria deberán ir provistos de elementos de comunicación interna con el objeto de garantizar la seguridad y coordinación en las actividades.
La empresa adjudicataria, será responsable de uniformar a los monitores que emplee, de tal forma que quede claro que es personal de la empresa adjudicataria y que permita su identificación por parte de los participantes de las actividades.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
El personal de la empresa contratista vestirá durante el trabajo ropa y calzado de uso exclusivo que mantendrá en todo momento con la debida limpieza.
En ningún caso el personal de la empresa adjudicataria podrá emplear logotipos, símbolos o títulos que induzcan a confusión o insinúen su pertenencia a la Administración de la Comunidad de Madrid.
El material que aporte el contratista se ajustará a las exigencias recogidas en las normas UNE de aplicación y se mantendrán en las debidas condiciones higiénicas y de mantenimiento. Se realizarán revisiones periódicas que deberán estar documentadas.
El contratista no podrá utilizar las instalaciones deportivas o cualquiera de sus elementos para un uso distinto al del objeto de este contrato.
5. PROGRAMA DE TRABAJO.
El contratista deberá presentar a la Dirección General de Juventud y Deporte en el plazo de quince días siguientes a la formalización del contrato:
• Documento presentando el equipo de técnicos: Director y Coordinador técnico.
• Programa básico de coordinación del trabajo, recursos, medios a su disposición, sistemas de evaluación y criterios de calidad.
• Titulación oficial exigida para los técnicos reseñados.
Este programa deberá ser aprobado por la Administración en el plazo de cinco días siguientes a su presentación.
Además, en relación con cada uno de los campus y con la antelación suficiente a la fecha prevista de inicio, deberá presentarse un programa detallado y el listado con titulación y requisitos exigidos, que igualmente deberá ser aprobado por la Administración, en el plazo de los cinco días siguientes a su presentación. En este documento deberá detallarse los objetivos que se pretenden conseguir con la actividad, la metodología a emplear, sistema de evaluación y criterios de calidad.
Asimismo, se incluirá en dicho programa el siguiente contenido:
🡺 Juegos y actividades deportivas con una breve descripción de las mismas y una indicación de los materiales a emplear, si fuesen significativos.
🡺 Actividades de carácter cultural, con una breve descripción de las mismas y una indicación de los materiales a emplear, si fuesen significativos. Estas actividades deberán utilizar el inglés como medio de comunicación, cuando sea el caso.
🡺 Actividades de ocio-recreativas con una breve descripción de las mismas y una indicación de los materiales a emplear, si fuesen significativos. Estas actividades podrán utilizar el inglés como medio de comunicación cuando sea el caso.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
🡺 Actividades de carácter formativo, con una breve descripción de las mismas y una indicación de los materiales a emplear, si fuesen significativos. Estas actividades deberá utilizar el inglés como medio de comunicación cuando sea el caso. La formación deberá orientarse a tratar el tema “La actividad física y el deporte”.
🡺 Cronograma-resumen de las actividades, incluyendo las tareas de acompañamiento y distribución a las actividades deportivas.
🡺 Monitores necesarios y la tipología de los mismos entre las previstas en este Pliego, ratio de alumnos/monitores por actividad. Titulación certificaciones exigidas.
6. OBLIGACIONES DOCUMENTALES DEL CONTRATISTA.
La empresa contratista elaborara un informe de gestión referido a cada campus que hará llegar a los responsables de la Dirección General de Juventud y Deporte en el plazo de los quince días siguientes a su finalización y que recogerá, como mínimo, los siguientes aspectos: datos estadísticos de asistencia de los participantes, inventario de material, estado del material, actividades realizadas, propuestas para mejorar las diferentes actividades, incidencias, relación de sustituciones, bajas/altas. Dicho informe deberá entregarse a la Dirección General de Juventud y Deporte en el plazo de quince días siguientes a la finalización de cada Campus.
Asimismo, deberá presentar una memoria final en el mes siguiente a la realización del objeto del contrato y antes de la recepción del mismo.
7. MEDIOS PERSONALES.
Corresponde exclusivamente al contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la Dirección General de Juventud y Deporte del cumplimiento de estos requisitos.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente al empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones laborales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
La empresa contratista velará especialmente para que los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y por ende éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario, a tenor de la legislación laboral y social, sin que en ningún caso pueda esgrimirse derecho alguno por dicho personal en relación con la Comunidad de Madrid ni ninguno de sus organismo y entes públicos, ni exigirse a esta responsabilidad de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento o interpretación del contrato.
La dependencia y vínculo de todo el personal será exclusivamente con la empresa adjudicataria, que asume todas las obligaciones derivadas de la relación laboral. En ningún caso dicha relación laboral será atribuible a la Comunidad de Madrid o a cualquiera de sus Organismos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 301.4 del Real Decreto legislativo 3/2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las indicaciones dadas por la Dirección General de Juventud y Deporte en el ejercicio de las facultades de supervisión, vigilancia, inspección y control de los trabajos, se comunicarán directamente al coordinador técnico designado por la empresa, que será el único interlocutor con el personal que preste el servicio.
La coordinación de la empresa con los responsables de las instalaciones en ningún caso supondrá que estos últimos puedan impartir instrucciones al personal de la empresa adjudicataria.
8. SUPERVISIÓN.
Corresponde al responsable del contrato designado por la Administración la supervisión de la ejecución del contrato y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
En el ejercicio de estas funciones, el responsable del contrato asistido, en su caso, por los técnicos de la Dirección General de Juventud y Deporte que considere pertinente, estará facultado para comprobar las condiciones de calidad con que se cumple el servicio, así como las obligaciones consignadas en este Pliego y en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares. El servicio se podrá inspeccionar cuantas veces se estime oportuno.
De forma complementaria la Administración podrá desarrollar encuestas de satisfacción entre los participantes en las actividades contempladas en el presente contrato. En este sentido el contratista vendrá obligado a prestar su plena colaboración.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
9. RESPONSABILIDAD.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores o métodos inadecuados.
El adjudicatario deberá garantizar el carácter confidencial de toda la información a que tenga acceso con ocasión de la actividad. Igualmente deberá darse cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y sus normativas de desarrollo.
CONFORME,
POR LA ADMINISTRACIÓN, EL DIRECTOR GENERAL DE JUVENTUD Y DEPORTE
Firmado digitalmente por XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXX Organización: COMUNIDAD DE MADRID
Huella dig.: dbee95f74efd9527638b5a1511b35a4c11acbe15
EL ADJUDICATARIO, FECHA Y FIRMA
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
Desglose de “Campus” por Instalaciones Deportivas
Programa | Horas | Total horas/instalación | Total horas/periodo | |
XXXXX XX XXXXXX XX | Xxxxxx X. Xxxxx | 000 | 3.350 | 14.095 |
Campus junio | 245 | |||
Campus julio | 2.140 | |||
Xxxxxx Xxxxxxxxxx | 000 | |||
XXXXXX XX XXXXXX | Xxxxxx junio | 125 | 8.765 | |
Julio Baby Campus | 1600 | |||
Julio Peque Campus | 3200 | |||
Julio Campus | 1900 | |||
Xxxxx Escuela Deporte | 560 | |||
Julio Campus Star | 1140 | |||
Campus agosto | 125 | |||
Xxxxxx Xxxxxxxxxx | 000 | |||
XXX XXXXXXX XX XXXX | Xxxxxx junio | 160 | 1.980 | |
Campus julio | 1140 | |||
Baby Campus | 480 | |||
Campus Septiembre | 200 |
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258361259167908256044
Previsión de plazas por Campus.
Instalación | Campus | Plazas | Total instal. | Total plazas |
XXXXX XX XXXXXX XX | Xxxxxx X. Xxxxx | 00 | 540 | 2.902 |
Campus junio | 90 | |||
Campus julio | 300 | |||
Campus Septiembre | 90 | |||
XXXXXX XX XXXXXX | Campus junio | 100 | 1.994 | |
Julio Baby Campus | 144 | |||
Julio Peque Campus | 500 | |||
Julio Campus | 500 | |||
Xxxxx Escuela Deporte | 150 | |||
Julio Campus Star | 400 | |||
Campus agosto | 125 | |||
Xxxxxx Xxxxxxxxxx | 00 | |||
XXX XXXXXXX XX XXXX | Xxxxxx junio | 40 | 368 | |
Campus julio | 240 | |||
Baby Campus | 48 | |||
Campus Septiembre | 40 |
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Comunidad de Madrid
ANEXO III
UTE GESMANDOE X
C.I.F. U-87479549 Telf.- 000 000 000
e-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx
Madrid a 1 de Febrero de 2017
Según escrito recibido el 24/01/2017, por parte del Secretario General Técnico de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx de Personal en cuanto a los Campus Depportivos:
1. Que en el 2015, la anterior empresa adjudicataria JC Madrid Cultura y Deporte, no indica a la UTE Gesmandoe X, adjudicataria en 2016, ningún listado de personal a subrogar.
2. En lo Pliegos de Condiciones Administrativas y técnicas, correspondiente al concurso 2016, no hace ninguna indicación expresa de que haya que subrogar personal alguno.
3. Que habiendo sido asesorado por nuestro servicio de Gestoría Personal nos indican que no se cumplen los requisitos para una subrogación(al ser personal nuevo), el servicio duró en su totalidad un mes y medio aproximadamente, según Artículo 25 del Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios.
Esperando haberles sido de ayuda, reciban un cordial saludo.-
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Gerente.-
UTE GESMANDOE X