Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN EL CONCURSO CONVOCADO POR “SEGURIDAD Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL VALENCIANA, S.A.” (SEPIVA) PARA LA ENAJENACIÓN DE PARCELAS INCLUIDAS EN
POLIGONO INDUSTRIAL LA MEZQUITA VALL D’UIXO (XXXXXXXXX)
INDICE
3 DESCRIPCIÓN Y PRECIO DE LAS PARCELAS OBJETO DE LA VENTA 4
5 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION 5
5.1 CONVOCATORIA DEL CONCURSO Y PRESENTACION DE OFERTAS 5
5.2 CONTENIDO DE LAS OFERTAS 6
5.3 COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO ENCARGADO DE LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 8
5.4 DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO 8
6 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN 11
8 POSPOSICIÓN DE RANGO REGISTRAL DE LAS CONDICIONES RESOLUTORIAS: CONDICIONES 12
9 OBLIGACIONES DE LOS ADJUDICATARIOS 13
ANEXO I: PLANO PARCELARIO XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX. 00
XXXXX XX: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN INCAPACIDAD PARA
ANEXO III: MODELO DE INSTANCIA DE SOLICITUD DE PARCELAS 18
XXXXX XX: MODELO DE PROPUESTA DE ACTIVIDAD 20
ANEXO V: MODELO DE AVAL BANCARIO 26
1 OBJETO DEL CONCURSO
El presente Pliego tiene como objeto regular la venta en pleno dominio de tres parcelas de uso industrial, incluidas en el Plan Parcial del Sector industrial "La Mezquita" del municipio de la Vall d'Uixó y Programa para el desarrollo de la actuación integrada para el citado Polígono Industrial.
Dichas parcelas tienen la consideración de patrimonio público de suelo, a los efectos de la legislación aplicable, son titularidad de SEPIVA y aparecen detalladas en el Plano de Ordenación del Plan Parcial del Sector industrial "La Mezquita" de la Vall d'Uixó, que se adjunta como Anexo I al presente Pliego.
Como quiera que desde que finalizó el concurso en su día convocado para la venta de las parcelas integrantes de dicho Polígono Industrial, ha transcurrido más de un año, según lo dispuesto en el artículo 546 del ROGTUV se hace preciso convocar nuevo concurso.
2 FINALIDAD
La finalidad a la que queda adscrita cada parcela es la de construcción de instalaciones para la realización de actividades industriales y servicios vincula a éstas, acordes con los usos previstos en las Ordenanzas Municipales y en la normativa urbanística aplicable.
Las condiciones de uso son las que se recogen en las Normas Urbanísticas del Plan Parcial del Sector industrial "La Mezquita" de la Vall d'Uixó para el desarrollo del Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xx Xxxxxxxx xx xx Xxxx x’Xxxx (Xxxxxxxxx). Dicho Plan Parcial fue aprobado definitivamente por Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo xx Xxxxxxxxx de fecha 8 xx xxxx de 2001, aprobación que fue publicada, junto con sus Ordenanzas, en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxxx, numero 62, de fecha 24 xx Xxxx de 2001, y del que se hizo la correspondiente reseña en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana, número 4033, de fecha 2 de julio de 2001. Desde dicha aprobación se han tramitado dos modificaciones. La modificación puntual, nº 1 al Plan Parcial La Mezquita, fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Vall d’Uixó en sesión de fecha 30 de enero de 2007. La modificación nº 2 fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de la Vall d’Uixó el 26 de noviembre de 2008.
Las parcelas y las superficies aproximadas son las que se indican en la cláusula siguiente, se pueden ubicar en el Plano Parcelario del mencionado Plan Parcial, que se adjunta como Anexo I al presente Pliego, estando los adjudicatarios en todo caso vinculados al cumplimiento del planeamiento urbanístico y Ordenanzas vigentes.
3 DESCRIPCIÓN Y PRECIO DE LAS PARCELAS OBJETO DE LA VENTA
Las parcelas incluidas en el Polígono Industrial La Xxxxxxxx xx Xxxx d’Uixó (Xxxxxxxxx), objeto de la enajenación por SEPIVA son las que se detallan a continuación. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, el precio ha sido fijado mediante tasación pericial independiente.
Parcelas en venta en el Polígono Industrial La Mezquita de la Vall d’Uixó (Xxxxxxxxx).
PARCELA | SUPERFICIE(m2) | PRECIO (€) |
525 | 1.200,00 | 106.920,00 |
526 | 2.509,66 | 223.610,71 |
311 | 1.783,66 | 158.924,11 |
4 SOLICITANTES
Están capacitados para tomar parte en el presente concurso, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, cuyo objeto social comprenda una actividad industrial y/o de servicios complementarios, que tengan plena capacidad de obrar y no estén afectos por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 49.1 y concordantes de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público como prohibitivas para contratar.
Las empresas cuya actividad consista en el arrendamiento a terceros de las parcelas objeto de enajenación o de las construcciones que en ellas se implanten, podrán concurrir a la licitación acreditando el compromiso formal ante Notario de un tercero de realizar una actividad industrial y/o de servicios complementarios en el Polígono Industrial previa formalización del correspondiente contrato de arrendamiento sobre la parcela o edificio a construir, con un plazo mínimo de arrendamiento, para la realización de su actividad, de ocho (8) años. En este caso, la baremación de la actividad industrial a desarrollar, de acuerdo con los criterios para la adjudicación dispuestos en el presente Xxxxxx, se realizará sobre la actividad xxx xxxxxxx arrendatario.
5 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La enajenación de las parcelas que se incluyen en el presente Pliego, y se detallan en el Plano de Ordenación al que se hace referencia en la cláusula tercera, se realiza mediante concurso cuyo procedimiento se regula en el presente Pliego.
5.1 CONVOCATORIA DEL CONCURSO Y PRESENTACION DE OFERTAS
La convocatoria del concurso se realizará mediante anuncio en prensa en el que se hará constar el lugar y horarios en que el presente Xxxxxx, sus anexos y demás antecedentes obrarán y estarán a disposición informativa del público, así como la fecha término y lugar para la presentación de proposiciones, no admitiéndose expresamente las presentadas por correo certificado, fax, correo electrónico o cualesquiera otros medios.
A los efectos de lo manifestado en el párrafo anterior, los lugares donde estará a disposición del público el presente Pliego, así como donde se podrán presentar las ofertas, serán los siguientes:
- Sede Central SEPIVA.- Xxxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx 00 (Xxxxxxxx 46015) Tel.: 00.000.00.00
- Delegación SEPIVA Castellón.- X/ Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 0 Xxxx (Xxxxxxxxx 00000) Tel.: 000.00.00.00.
- Igualmente se podrá descargar dicha documentación en nuestra página web: xxx.xxxxxx.xx
Para obtener mayor información, los interesados podrán dirigirse al Servicio de Promoción Empresarial de SEPIVA, bien telefónicamente: 96.353.91.25- 00.000.00.00, bien vía e-mail: xxxxxx_xxx@xxx.xx
El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará a las 14:00 h del día 15 xx xxxxx de 2009.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicionada por parte del solicitante de las cláusulas de este Pliego.
Las proposiciones y toda la información y documentación que se presente deberán facilitarse en castellano y/x xxxxxxxxxx.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que SEPIVA considere fundamental para la valoración de la oferta, o que no guarde concordancia con la documentación examinada y admitida u oferte un precio por parcela distinto al fijado en este Pliego.
Las ofertas constarán de tres sobres separados e independientes, cerrados y firmados por el solicitante o persona que le represente. En cada uno de los sobres se indicará:
- El objeto del concurso: “Solicitud para la adquisición de Parcelas en el Polígono Industrial La Mezquita de la Vall d’Uixó (Xxxxxxxxx)”.
- El contenido del sobre (según se indica en los apartados siguientes).
- El nombre o razón social del solicitante.
El contenido de los sobres deberá comprender necesariamente la documentación que a continuación se determina, pudiendo incluirse cualquier otra que el concursante considere idónea para acreditar las condiciones que reúna en función de los criterios que han de servir para la evaluación de las proposiciones.
Todas las proposiciones presentadas fuera de plazo serán automáticamente rechazadas.
SOBRE I: Documentación General
1º - DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA PERSONALIDAD EMPRESARIAL
a) Las sociedades mercantiles, laborales, cooperativas o cualquier otra forma asociativa permitida en la Legislación vigente, deberán presentar:
Copia protocolizada ante notario o compulsada por el órgano competente de la Consellería de Industria, Comercio e Innovación, de la escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro correspondiente.
b) Los empresarios individuales aportarán copia protocolizada ante notario o compulsada por el órgano competente de la Consellería de Industria, Comercio e Innovación, del Documento Nacional de Identidad.
2º - DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA REPRESENTACIÓN
Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro deberán acreditar tal representación mediante poder notarial. Si el poder con el que comparece contiene delegación permanente de facultades habrá de figurar inscrito en el Registro Mercantil.
Igualmente la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia protocolizada ante notario o compulsada por el órgano competente de la Consellería de Industria, Comercio e Innovación, de su documento nacional de identidad.
3º - DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Escrito en el que el solicitante declare bajo su responsabilidad no estar incurso en prohibición de contratar con la Administración conforme a lo dispuesto en el artículo
49.1 y concordantes de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. Esa declaración responsable comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito se deberá realizar antes de la firma del contrato de compraventa. (Según modelo del Anexo II)
SOBRE II: Solicitud de parcelas
El Sobre II contendrá el escrito de solicitud de parcelas ajustado al modelo oficial que se acompaña como Xxxxx XXX, y una Memoria Justificativa de la actividad a desarrollar y de las necesidades específicas de suelo de la misma.
Para las empresas cuya actividad consista en el arrendamiento a terceros de las parcelas objeto de enajenación o de las construcciones que en ellas se implanten, deberá incluirse en este Sobre II el compromiso formal ante Notario de un tercero de realizar una actividad industrial y/o de servicios complementarios en el Polígono Industrial, con un plazo mínimo de arrendamiento, para la realización de su actividad, de ocho (8) años.
Sólo se podrán solicitar tres opciones dentro del Polígono Industrial señalándose en el documento de solicitud (Anexo III de este Pliego) el orden de preferencia, debiendo ajustarse lo más posible a la parcelación existente.
La solicitud deberá ser congruente con la necesidad de suelo justificada en la Memoria y ajustarse a la parcelación aprobada para el Polígono Industrial, no pudiendo solicitarse más parcelas que las necesarias para el desarrollo de la actividad industrial, ni superficies en metros cuadrados que no se correspondan con la parcelación urbanística.
Ajustándose a las necesidades de suelo de la actividad a desarrollar se podrá solicitar una o varias parcelas contiguas de forma agrupada (si la parcelación urbanística lo permite) para alcanzar la cantidad de suelo industrial requerido, con el compromiso de agruparlas como una única finca registral en el mismo momento de la compraventa pero en documento público distinto de la Escritura de compraventa.
En este caso el órgano de valoración tendrá en cuenta, al aplicar los criterios de adjudicación, el conjunto de ofertas presentadas por otros solicitantes sobre las parcelas que conforman la solicitud de varias parcelas agrupadas.
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos determinará la exclusión del proceso de adjudicación de las parcelas.
SOBRE III.- Propuesta de implantación de actividad industrial y/o de servicios complementarios sobre la parcela
En este sobre se aportará por los solicitantes una propuesta de la actividad que pretende desarrollar en la parcela, con una valoración detallada de los criterios para la adjudicación expuestos en la cláusula 6 de este Pliego.
Dicha propuesta se ajustará a lo establecido en el Anexo IV de este Pliego.
5.3 COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO ENCARGADO DE LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Para la valoración de las ofertas presentadas y selección de la que, en su conjunto, ofrezca las mejores condiciones, se constituirá un órgano colegiado, cuyo número podrá ser de tres o cinco miembros, y cuya composición será decidida por la Presidenta de SEPIVA.
En todo caso, dicho órgano estará presidido por la Presidenta de SEPIVA o persona en quien delegue.
5.4 DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO
5.4.1 Inicio del procedimiento
Terminado el plazo de recepción de ofertas fijado en los anuncios de licitación, se constituirá el órgano encargado de su valoración que levantará acta relacionada de la documentación recibida, o en su caso, de la ausencia de solicitantes.
5.4.2 Apertura del SOBRE I: Documentación General
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la terminación del plazo de presentación de las solicitudes, el Presidente del órgano encargado de la valoración de las ofertas o persona en quien delegue ordenará la apertura de los SOBRES I y se levantará acta que reflejará la relación de documentos que figure en cada uno de ellos.
Si el órgano encargado de la valoración de las ofertas observase defectos u omisiones en la documentación presentada las admitirá de forma condicionada y comunicará a los interesados mediante fax u otro medio que deje constancia de su recepción esta circunstancia, concediendo un plazo de cinco días hábiles para que los solicitantes los corrijan o subsanen ante el propio órgano encargado de la valoración de las ofertas presentadas.
Igualmente, el Presidente podrá pedir al solicitante aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días hábiles.
La no subsanación de las deficiencias observadas o la no aclaración o presentación de documentación complementaria que a juicio del órgano encargado de la valoración de las ofertas resulte necesaria conforme a lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, dará lugar a su exclusión automática del proceso de selección de ofertas.
SEPIVA comunicará a los solicitantes su admisión mediante fax u otro medio que deje constancia de su recepción.
5.4.3 Apertura del SOBRE II
En el día y hora señalada al efecto, el Presidente del órgano encargado de la valoración de las ofertas presentadas o la persona en la que éste delegue, ordenará la apertura del SOBRE II. De dicha reunión se levantará la oportuna Acta que recogerá las solicitudes presentadas por las empresas admitidas y las parcelas a que aluden dichas solicitudes.
5.4.4 Apertura del SOBRE III
Finalizada la apertura del Sobre II se procederá a la apertura del Sobre III.
El órgano encargado de la valoración levantará acta sobre el contenido de dichos Sobres.
Con el fin de evaluar las ofertas presentadas y proponer la adjudicación, el órgano de valoración podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos.
En la propuesta de adjudicación el órgano encargado de valoración de las ofertas especificará la puntuación asignada a cada oferta en aplicación de los criterios objetivos establecidos en el presente Pliego.
El órgano encargado de la valoración de las ofertas podrá proponer la conveniencia de no adjudicar la parcela o parcelas que hayan sido solicitadas basándose en la no conveniencia u oportunidad de la adjudicación. En todo caso, podrán ser rechazadas aquellas propuestas que no alcancen una puntuación de 40 puntos en relación a las puntuaciones que se establecen en la cláusula sexta del presente pliego.
La propuesta de adjudicación no tiene carácter definitivo y no presupone ni otorga derecho alguno para el solicitante seleccionado, ni obliga a esta empresa pública a contratar con el mismo.
5.5 ADJUDICACIÓN DE LAS PARCELAS MEDIANTE ESCRITURA DE COMPRAVENTA
La adjudicación de las parcelas se producirá con la firma de la Escritura de Compraventa ante Notario. Hasta ese momento, el solicitante no adquirirá ningún derecho sobre la/s parcela/s solicitadas sin embargo su oferta tendrá carácter contractual y los compromisos asumidos voluntariamente por el mismo se reflejarán en la Escritura de Compraventa.
SEPIVA comunicará mediante fax u otro medio que deje constancia de su recepción el día y hora en el que el solicitante deberá comparecer en la Notaría para formalizar la Escritura de Compraventa.
El solicitante podrá renunciar voluntariamente a la adquisición de la parcela frente a SEPIVA hasta el momento de la firma de la Escritura Pública.
La no comparecencia en la Notaría en el día y hora señalada, salvo por causas justificadas debidamente acreditadas, se entenderá como renuncia implícita a la adquisición de la parcela. En este caso SEPIVA podrá ofrecer las parcelas de que se trate a otros solicitantes. Si el nuevo solicitante aceptara, se procederá a la formalización de la Escritura de Compraventa.
Con carácter previo a la formalización de la Escritura Pública de compraventa, el solicitante que haya resultado elegido deberá presentar a SEPIVA:
A) Certificación positiva expedida por el órgano competente de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado.
B) Certificación positiva expedida por el órgano competente de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Autonómica.
C) Certificación positiva expedida por el órgano competente de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
D) Cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que aluden los arts. 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
La venta se realiza en concepto de "cuerpo cierto" por lo que no cabrá reclamación alguna por razón de diferencias de superficie, en más o en menos, ni como consecuencia de las condiciones geológicas, topográficas o análogas que pudiera encarecer la construcción.
Previamente a la formalización de la Escritura Pública, el adquirente se compromete a reconocer la situación y las condiciones físicas, jurídicas, urbanísticas y técnicas de la parcela objeto de la transmisión, las cuales aceptará en dicha escritura. La no
aceptación de cualquiera de estas condiciones implicará la renuncia a la parcela por parte del solicitante.
Cuando se soliciten dos o más parcelas, por resultar necesarias para el desarrollo de la actividad, y en el caso de ser adjudicada la proposición, se asumirá el compromiso formal de que en el mismo acto de la compraventa, pero en documento público distinto, se procederá a su agrupación registral en una única finca al objeto de una explotación conjunta.
6 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
A.- Incidencia directa de la actividad proyectada sobre la creación de empleo. En este punto se valorará el número de nuevos puestos de trabajo, la integración de trabajadores minusválidos u otros que contemple la legislación en materia de protección social, el número de contratos de formación y de fomento del empleo, el número de contratos con mujeres u otros análogos.
Puntuación Máxima: 20 puntos.
B.- Inversión proyectada en el emplazamiento. (Sin incluir el precio de las parcelas solicitadas)
Puntuación Máxima: 20 puntos.
C.- Inversión proyectada en I+D+I (Investigación, desarrollo e Innovación), y compromiso de materialización.
Puntuación Máxima: 10 puntos.
D.- Respeto al medio ambiente. En particular se valorará la existencia de medidas previstas de control ambiental, el empleo de energías renovables, así como la calificación ISO 14000 y la adhesión al reglamento EMAS.
Puntuación Máxima: 10 puntos.
E.- Generación de servicios complementarios al Polígono Industrial. Se valorará en este aspecto, la prestación de servicios complementarios que favorezcan la implantación de industrias en el Polígono Industrial de referencia sobre las áreas definidas específicamente en el planeamiento urbanístico aplicable.
Puntuación Máxima: 5 puntos.
F.- Incidencia indirecta de la actividad proyectada sobre el empleo en el entorno de la localidad y de la comarca.
Puntuación Máxima: 15 puntos.
G.- Plazos de puesta en marcha de la actividad.
Puntuación Máxima: 5 puntos.
H.- Reubicación de industrias existentes en núcleos de población. En particular se valorará que la industria deba desplazarse del núcleo de población de municipio, por razón de incompatibilidad de la actividad que realiza con la normativa urbanística que resulte de aplicación en el mismo o por razón de su carácter de actividad molesta, insalubre, nociva o peligrosa.
Puntuación Máxima: 15 puntos.
7 FORMA DE PAGO
En el momento del otorgamiento de la Escritura Pública de compraventa, el adjudicatario satisfará el importe completo del precio más el I.V.A. devengado por la operación mediante cheque bancario conformado, sirviendo la referida escritura como su más eficaz carta de pago.
8 POSPOSICIÓN DE RANGO REGISTRAL DE LAS CONDICIONES RESOLUTORIAS: CONDICIONES
En el caso de que los adjudicatarios concierten un préstamo hipotecario para la financiación del pago del precio de la parcela, SEPIVA se compromete a consentir la posposición del rango hipotecario que correspondería a las condiciones resolutorias de la compraventa de la parcela, siempre y solo en el caso que se den las siguientes circunstancias:
1. El importe xxx xxxxxxxx no exceda del 100% del precio de adjudicación de la parcela, IVA y gastos excluidos.
2. La entidad financiera asuma la obligación de comunicar a SEPIVA el incumplimiento de pago por el adjudicatario de cualquier cuota de principal, intereses o cualquier otro concepto, así como la declaración de vencimiento anticipado del mismo, en plazos razonables a satisfacción de SEPIVA, así como cualquier otra circunstancia que SEPIVA pueda razonablemente exigir, a su libre y exclusivo criterio.
3. La entidad financiera se comprometa a que, en caso de cesión de sus derechos de crédito frente al adjudicatario, la entidad cesionaria asuma los compromisos referidos anteriormente frente a SEPIVA.
9 OBLIGACIONES DE LOS ADJUDICATARIOS
Los adjudicatarios de parcelas destinadas a la construcción y explotación de instalaciones industriales tendrán las siguientes obligaciones:
1. Cumplir todas y cada una de las condiciones voluntariamente asumidas en la formulación de la proposición en relación con la creación de empleo en el emplazamiento, inversión proyectada y respeto al medio ambiente.
2. No vender ni enajenar, ni siquiera a empresas pertenecientes al mismo grupo de la empresa adjudicataria, ni total ni parcialmente las fincas objeto de esta transmisión en el plazo de ocho (8) años a contar desde el inicio de la producción o la actividad que le sea propia, salvo que la operación de venta o enajenación sea expresamente autorizada ante notario por SEPIVA y por un precio que, en ningún caso, superará el precio de compra, incrementado por el Índice de Precios al Consumo (IPC),
3. En relación con la puesta en marcha de la actividad:
3.1. Solicitar la Licencia de Obras así como las Licencias de Actividad correspondientes, en condiciones de ser susceptibles de ser concedidas, a las Administraciones pertinentes en el plazo máximo de seis (6) meses a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública.
3.2. Iniciar las obras en el plazo de dieciocho (18) meses a contar desde la fecha de otorgamiento de escritura pública.
3.3. Finalizar las obras y establecer de forma efectiva la industria o actividad en la parcela adquirida, en el plazo máximo de treinta (30) meses a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública.
3.4. Mantener el establecimiento con la producción o actividad habitual que las circunstancias aconsejen durante un periodo mínimo de ocho (8) años a contar desde el inicio de la producción o actividad de que se trate. En el caso de empresas arrendadoras, el tercero arrendatario deberá mantener su actividad durante los ocho (8) años que durará el contrato de arrendamiento.
4. En caso de que el comprador hubiera contratado un préstamo hipotecario con entidad financiera para la adquisición de alguna de las parcelas y SEPIVA hubiese consentido la posposición del rango de la condición resolutoria de la compraventa en los términos previstos anteriormente, el adjudicatario no podrá, en ningún caso, salvo autorización previa y por escrito de SEPIVA, ceder total o parcialmente la deuda derivada del contrato de financiación.
5. Aceptar todas las prevenciones y condiciones contenidas, que le sean de aplicación, en el texto integro del presente Xxxxxx.
Penalizaciones
En caso de incumplimiento de la obligación 1ª de la presente Cláusula, se establece una penalización cuyo importe será xxx xxxx por ciento (10%) del precio de la parcela.
Además, en caso de incumplimiento de las obligaciones 2ª, 3ª.1, 3ª.2 , 3ª.3 y 3ª.4, se establece una penalización, aplicable por cada supuesto de incumplimiento de dichas obligaciones, por importe del veinte por ciento (20%) del precio de la parcela.
Dichas penalizaciones serán debidamente incorporadas a la escritura pública de compraventa y no sustituirán, en modo alguno, la indemnización por los daños y perjuicios causados, pudiendo ser exigidas sin necesidad de solicitar la resolución del contrato.
Garantías
El cumplimiento puntual y completo de las obligaciones 1, 3.1, 3.2 y 3.3, incluidos los pagos derivados del incumplimiento de las mismas (cláusula de penalización e indemnización de daños) se garantizará mediante aval bancario por importe xxx xxxx por ciento (10%) del precio de la parcela, que se prestará en el acto de la formalización de la Escritura Pública.
A la puesta en marcha de la actividad, el adquirente deberá acreditar fehacientemente ante SEPIVA, la realización de la inversión proyectada, y de las medidas implementadas de respeto del medio ambiente, así como la creación del empleo en el emplazamiento, procediéndose, en su caso, a la liberación del aval por parte de SEPIVA. Este aval tendrá validez hasta que SEPIVA resuelva expresamente su cancelación.
El aval bancario deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo V de este pliego.
En cualquier caso, SEPIVA tendrá derecho a compensar los derechos de cobro que pueda tener contra el adjudicatario por cualquier causa o concepto con cualquier obligación de pago que SEPIVA pudiese tener frente al adjudicatario por cualquier concepto.
10 INCUMPLIMIENTOS
En caso de incumplimiento por el adjudicatario de alguna de las obligaciones contenidas en el presente pliego, SEPIVA se reserva la facultad de resolver el contrato, con el resarcimiento de daños y perjuicios y abono de los intereses a que hubiere lugar en virtud de lo dispuesto en el articulo 1.124 del Código Civil.
Sin perjuicio de lo anterior, las obligaciones contenidas en los apartados 2 y 3.3 de la cláusula 9 anterior, tendrán el carácter de condición resolutoria expresa de la compraventa a los efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Dichas condiciones resolutorias gozarán del primer rango registral respecto al título de adquisición del derecho de propiedad, excepto para el caso de que el adquirente haya acordado un préstamo con garantía hipotecaria (primera hipoteca) para la adquisición de la parcela o parcelas, en los términos previstos en las cláusula 8 de este Pliego y SEPIVA hubiese accedido a autorizar la posposición registral de sus condiciones resolutorias otorgando prioridad a la hipoteca en cuestión.
A tal efecto, SEPIVA realizará las manifestaciones oportunas en la escritura pública de compraventa a favor del adquirente, y prestará su razonable colaboración en la realización de los trámites registrales necesarios.
En tales casos, XXXXXX tendrá también derecho a resolver el presente contrato de compraventa en caso de que se declare por la entidad financiera el vencimiento anticipado de la financiación garantizada con la hipoteca sobre la parcela.
En caso de que en el momento de ejercitar el derecho a la resolución del contrato por parte de SEPIVA existieran cualesquiera construcciones o accesiones sobre los terrenos afectados, las mismas quedarán a beneficio de SEPIVA, quedando ésta obligada a compensar al comprador con un ochenta por ciento (80%) del valor de lo construido según la valoración que realice un perito designado por SEPIVA.
SEPIVA podrá requerir en cualquier momento la acreditación del cumplimiento de estos requisitos y condiciones. Igualmente, los adjudicatarios se obligan a comunicar oportunamente todos aquellos documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula anterior.
XXXXXXX 000
XXXXXXX 000
CALLE A
603
601
602
M6
608 606
609 607 605
XXXXX X-0
000
604
701 702
703
704
706
707
708
705
CALLE I
CALLE C
CALLE E
CALLE F
CALLE A
CALLE G
CALLE X
Xxxxxx Enajenación parcelas Polígono Industrial “La Mezquita”
Vall d’Uixó (Xxxxxxxxx)
ANEXO I
PLANO PARCELARIO
D’UIXO (XXXXXXXXX)
XXXXXXXX
XXXXXXXXXX
XX
XXXXXXXX,
XX
XXXX
00
XXXXX X
XXXXX X
XXXXX X
XXXXX X-0
CALLE C
202
203
408
201
402
403
404
405
406
407
409
401
M2
M4
413
412
411
410
418
417
416
415
414
XXXXX X-0
CALLE E
101 102
M1
308 309
310
301
302
303
304
305
306
307
503
504 505
M5
506
507
508
509
501
502
M3
320
321 319
318
316 314
315
326
324
322
312
106 104
105
328
525
521
517
515
513
514 512
523
519
520 518
511
330
311
526
103
325
317
313
510
323
522
516
329
327
107
524
XXXXX X
XXXXX X
XXXXXXX 000
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN INCAPACIDAD PARA CONTRATAR
Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, S.A. Xxxx. xx xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx xx 00 – 0x
00000 -XXXXXXXX
.........................., a …..... de ………………....... 200....
D./Xx ....................., en nombre y representación de ....................., y en su calidad de legal representante de la misma, según acredita mediante escritura de (poderes, delegación de facultades, etc.),
DECLARA:
- Que la empresa a la que represento no se halla comprendida en ninguna de las causas que incapacitan para contratar con la Administración reguladas en el artículo 49.1 y concordantes de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
- Que la empresa a la que represento se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Sello y firma
Fdo.
MODELO DE INSTANCIA DE SOLICITUD DE PARCELAS
MEMBRETE O ANAGRAMA DEL SOLICITANTE
SOLICITUD DE PARCELA/S
ACTUACIÓN “NOMBRE POLIGONO” DATOS DEL SOLICITANTE
D./Xx Xxxxxxxxxxx en Con DNI Teléfono Fax E-mail En representación de Con CIF/DNI
En virtud de la convocatoria para la adjudicación de parcelas de la Actuación “ ”, y a tenor de la memoria y documentos que se adjuntan, solicita la adjudicación de la/s parcela/s señaladas a continuación.
(sólo se pueden elegir tres opciones de entre las que a continuación se indican:)
PRIMERA OPCIÓN:
PARCELA NO AGRUPADA | PARCELAS AGRUPADAS | SUPERFICIE (m2) | PRECIO (euros) |
SEGUNDA OPCIÓN:
PARCELA NO AGRUPADA | PARCELAS AGRUPADAS | SUPERFICIE (m2) | PRECIO (euros) |
TERCERA OPCIÓN:
PARCELA NO AGRUPADA | PARCELAS AGRUPADAS | SUPERFICIE (m2) | PRECIO (euros) |
Para facilitar la comprensión se adjunta un Ejemplo. Dicho ejemplo no se deberá adjuntar en la solicitud que se presente.
Ej.
PRIMERA OPCIÓN:
PARCELA NO AGRUPADA | PARCELAS AGRUPADAS | SUPERFICIE | PRECIO |
525 | 1.200 | 106.920€ |
SEGUNDA OPCIÓN:
PARCELA NO AGRUPADA | PARCELAS AGRUPADAS | SUPERFICIE | PRECIO |
311 | 1.783,66 | 158.924,11€ |
TERCERA OPCIÓN:
PARCELA NO AGRUPADA | PARCELAS AGRUPADAS | SUPERFICIE | PRECIO |
525 y 526 | 3.709,66 | 330.530,71€ |
El solicitante asume el compromiso formal de que en el mismo acto de la compraventa, pero en documento público distinto, se procederá a su agrupación registral en una única finca al objeto de una explotación conjunta.
El solicitante declara que todos los datos que figuran en el presente escrito son ciertos y se compromete a destinar la/s parcela/s que solicita a la finalidad indicada.
de de
Fdo.:
MODELO DE PROPUESTA DE ACTIVIDAD
MEMBRETE O ANAGRAMA DEL SOLICITANTE
PROPUESTA DE ACTIVIDAD
DATOS DE IDENTIFICACIÓN
Denominación Social de la empresa
NIF
Domicilio
Social
Teléfono: Fax: E-mail:
número de trabajadores actuales:
1. Descripción de la actividad a desarrollar en la parcela objeto de licitación. (Breve descripción de la actividad a desarrollar por la empresa).
2. Justificación de la Inversión. (Descripción y Objetivos del Proyecto, actividades a realizar).
3. Inversión en activos fijos. (Resumen de la inversión proyectada en euros, sin incluir el precio de las parcelas solicitadas).
CONCEPTO | BASE IMPONIBLE | IVA | TOTAL |
Edificios | |||
Obras | |||
Instalaciones | |||
Maquinaria | |||
Mobiliario, enseres, ofimática | |||
Otras inversiones de activos fijos | |||
Ingeniería de Proyecto | |||
TOTAL |
4. Servicios complementarios al Polígono Industrial. (Incluir una breve descripción de los servicios complementarios a instalar en el Polígono Industrial o de la influencia de la actividad proyectada en la implantación de futuros servicios complementarios).
5. Influencia de la actividad proyectada en la localidad y la comarca. (Recoger brevemente los datos históricos en la localidad y la comarca junto con una valoración de la influencia de la actividad proyectada en las citadas zonas.)
6. Creación de empleo.
6.1 Datos de constitución de la empresa (Incluir datos relativos a la fecha de constitución, objeto social, capital social, etc., indicando, además, si se trata de una empresa de nueva creación. En el supuesto de que no se trate de una empresa de nueva creación, se incluirá una relación de la plantilla existente en la empresa correspondiente al mes anterior al de solicitud.)
Nº total de trabajadores equivalentes en la empresa a final del mes anterior al de solicitud | |
Directores | |
Mandos intermedios | |
Personal de I+D | |
Personal de administración | |
Personal área comercial | |
Personal de producción | |
TOTAL |
6.2 Número y características de los Contratos laborales indefinidos de nueva creación. (Incluir categoría profesional y si es a tiempo parcial o total).
TIPO DE CONTRATO | CATEGORÍA PROFESIONAL | NÚMERO |
TOTAL |
6.3 Número y características de los Contratos de formación. (Indicar la totalidad de los contratos de estas características en vigor incluyendo la categoría profesional de los mismos, utilizando para ello una tipología similar a la de los cuadros previstos anteriormente).
CATEGORÍA PROFESIONAL | NÚMERO |
TOTAL |
6.4 Número y características de los Contratos de fomento del empleo. (Indicar la totalidad de los contratos de estas características en vigor incluyendo la categoría profesional de los mismos, utilizando para ello una tipología similar a la de los cuadros previstos anteriormente).
CATEGORÍA PROFESIONAL | NÚMERO |
TOTAL |
7. Mejoras medioambientales que implica el proyecto. (Se podrán presentar adjuntos al presente, los documentos que acrediten dichas mejoras, así como una descripción detallada de las mejoras a realizar).
8. Inversión en I+D+I (Incluir en este apartado el importe total de la inversión en I+D a realizar, así como una relación detallada de cada uno de los elementos objeto de la inversión junto con la cuantía específica relativa a cada uno).
Importe total de la inversión en I+D+I =
Elemento objeto de inversión | Importe |
9. Plazos relativos a la puesta en marcha de la actividad de la empresa. (Incluir los plazos de solicitud de licencia de obras, plazo de realización de la construcción proyectada, y el plazo de puesta en marcha de la actividad).
10. Reubicación de industrias existentes en núcleos de población. (En este caso, incluir Certificación emitida por el Ayuntamiento acreditativa de la existencia de la empresa en el núcleo de población, así como, si se diere el caso, una valoración de la incompatibilidad de la actividad con las normas urbanísticas y las específicas que puedan configurarla como molesta, insalubre, nociva o peligros, y hagan conveniente su traslado fuera del núcleo de población. Se podrán presentar los documentos necesarios a fin de justificar la incompatibilidad referida).
, declara que bajo su entera responsabilidad que todos y cada uno de los datos e información contenidas en este documentos son ciertos, y que a requerimiento de SEPIVA, se acreditarán documentalmente.
(Nombre de la Sociedad) P.P.
Fdo.:
DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTAN:
MODELO DE AVAL BANCARIO
MEMBRETE O ANAGRAMA DEL BANCO O CAJA
(Nombre del Banco o Caja), y en su nombre y representación D./Xx , con poderes suficientes para obligarse en ese acto, según resulta de la escritura de poderes otorgada en fecha
, ante el Notario/a de , D./Xx , con el número de su protocolo (en adelante, el “Garante”), otorga con carácter firme e irrevocable
AVAL A PRIMER REQUERIMIENTO
sin perjuicio de la responsabilidad personal ilimitada de [ *] (en adelante, la “Compradora”) a favor de la sociedad SEGURIDAD Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL VALENCIANA, S.A. (“SEPIVA”), en garantía del cumplimiento puntual y completo de las obligaciones que se derivan para la Compradora frente a SEPIVA del contrato de compraventa de la parcela [*] sita en el Polígono Industrial [*], por cualquier concepto, incluidas las penalizaciones acordadas por incumplimiento, por un importe máximo de [*] euros.
El Garante reconoce expresamente que el presente aval se constituye como una garantía a primer requerimiento y, por tanto, no se trata de una fianza de las previstas en los artículos 1822 y siguientes del Código Civil ni un aval de los previstos en los artículos 439 del Código de Comercio, no resultando por ello de aplicación los beneficios de orden, excusión y división que dicha normativa concede a los fiadores, a los que, en cualquier caso, renuncia.
La obligación asumida por el Garante en virtud de esta garantía tiene carácter autónomo y abstracto. En consecuencia, no se verá afectada en el supuesto de que cualquiera de las obligaciones garantizadas por la misma sea declarada nula, ya sea por nulidad ab initio o por anulabilidad, rescindidas o revocadas, incluso con ocasión de una situación concursal que afecte a la Compradora.
Igualmente, el Garante renuncia expresamente a la oposición de cualquier clase de excepción o compensación frente a SEPIVA y cualquier reclamación que se efectúe al amparo de la presente garantía deberá especificar exclusivamente el importe reclamado, sin necesidad de cumplir ningún requisito o justificación adicionales.
Esta garantía se hace extensiva a cualesquiera novaciones, prórrogas, renovaciones o modificaciones de cualquier tipo, incluso tácitas, que pudieran producirse respecto a las obligaciones garantizadas de la Compradora. Asimismo, en ningún caso se entenderá modificado el alcance de esta garantía por cualquier actuación que pudiera llevar a cabo SEPIVA en relación con la aprobación de un convenio concursal que afecte a la Compradora, manteniéndose invariable la obligación del Garante en los términos pactados, como si tal actuación no se hubiera producido.
Por ello, esta garantía estará vigente hasta que SEPIVA manifieste formalmente al Garante el cumplimiento efectivo de las obligaciones de la Compradora frente a SEPIVA.
La presente garantía podrá ser ejecutada por SEPIVA en una o varias reclamaciones mediante notificación por escrito al Garante en la que se identifique la presente garantía, sin ningún requisito adicional. SEPIVA conservará todos sus derechos y acciones contra la Compradora y contra el Garante por la parte de las obligaciones garantizadas que no hayan sido satisfechas o resarcidas con la ejecución de la garantía.
El Garante, una vez recibida una reclamación de pago de SEPIVA, en virtud de la presente Garantía, deberá cumplir inmediatamente, y no podrá oponerse al pago por razón alguna, sin perjuicio del ejercicio posterior de las acciones que le puedan corresponder frente a SEPIVA o frente a la Compradora.
La presente garantía se regirá por la ley española, sometiéndose igualmente las partes a los jueces y tribunales de Valencia para cualquier reclamación que pudiera derivarse del cumplimiento o interpretación de esta Garantía, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles.