2021CD-000003-0011500001
Contratación Directa
2021CD-000003-0011500001
“RENOVACIÓN DE SUSCRIPCIONES DE OFIMÁTICA Y SUSCRIPCIÓN DE NINTEX”
SECCIÓN I CONTRATACIÓN DIRECTA
RENOVACIÓN DE SUSCRIPCIONES DE OFIMÁTICA Y SUSCRIPCIÓN NINTEX
1. INVITACIÓN
El departamento de Proveeduría de INS Valores Puesto de Bolsa S.A., ubicada en la provincia de San Xxxx, Barrio Xxxx, Avenida 7, Xxxxx 0 x 00, en Edificio principal del INS, frente al Parque España, Xxxxxxxx 0, teléfono 0000-0000, cédula Jurídica 3-101- 218766, informa que recibirá ofertas de conformidad con los términos establecidos a través del sistema SICOP.
La oficina encargada de tramitar el presente procedimiento de contratación es el departamento de Proveeduría, el cual proporcionará la información adicional necesaria respecto a documentación y trámites relacionados. En cuanto a las especificaciones técnicas, cualquier consulta debe ser tramitada a través del sistema de compras públicas SICOP.
2. NORMATIVA APLICABLE
La presente licitación se tramitará de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa, Nº 7494; el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; el presente cartel y las demás disposiciones del ordenamiento jurídico que resulten aplicables.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente, de contratar con pleno sometimiento a las condiciones cartelarias, disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
3. CONSORCIO
SECCIÓN II CONDICIONES GENERALES
En caso de presentar ofertas en consorcio (art. 72 al 77 RLCA), las empresas que formen parte del consorcio deberán cumplir las condiciones de admisibilidad y los requisitos establecidos del cartel, como si fuera una sola siendo responsables solidariamente como un todo. Para efectos de admisibilidad y/o evaluación únicamente se tomará la información o documentación que corresponda a quien brindará el servicio o actividad específica, sin que haya duplicidades, en la oferta se debe especificar claramente cuál o cuáles de las consorciadas brindará el servicio, y específicamente en qué aspectos, para verificar la experiencia requerida. En caso que el servicio sea compartido, para computar
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la experiencia se tomará el dato mayor de experiencia de cada empresa para la parte de servicio que va a brindar dentro del consorcio, en el entendido de aún si el servicio es parcial, la experiencia debe contar al menos con el plazo mínimo establecido en el cartel, y todas las que realizarán el servicio deberán cumplir en consorcio con la experiencia total y con el plazo mínimo establecido, de modo que la misma no será sumada para efectos de cómputo total, a fin de evitar duplicidades, se computará la experiencia de cada una, y se computará el plazo mínimo común entre ellas. Para ello debe aportarse la información suficiente para verificar lo solicitado, y dar respuesta en la oferta a todos los requerimientos del cartel.
Xxxxxxx participen consorcio deben presentar copia del acuerdo consorcial o los estatutos sociales de la sociedad que se constituya para efectos del consorcio.
4. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN
Debe presentarse en nombre del OFERENTE y rendirse en la misma moneda en la cual se cotizó:
a. Monto: 2% del monto total cotizado.
b. Vigencia: Debe extenderse hasta por un mes adicional (2 meses) al plazo máximo establecido para dictar el acto de ADJUDICACIÓN.
c. Forma de rendir las garantías: Debe ajustarse a lo estipulado en el artículo N° 42, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Sin embargo, no se aceptarán garantías emitidas por el INS, por ser INS Valores parte del mismo grupo de interés económico.
5. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Será responsabilidad del (los) ADJUDICATARIO(s) presentar la garantía, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firmeza del acto adjudicado, el cual se produce según los plazos estipulados en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. En caso de no aportar dicha garantía la Administración iniciará el proceso de readjudicación conforme a lo establecido en el artículo N° 191 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
a. Monto: 10% del monto total adjudicado.
b. Vigencia: Debe extenderse hasta por dos (2) meses adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual.
Tabla 1 Garantía
PARTIDA | LÍNEA | GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO |
1 | 1 | 14 meses |
1 | 2 | 14 meses |
1 | 3 | 14 meses |
2 | 4 | 14 meses |
c. Forma de rendir las garantías: Debe ajustarse a lo estipulado en el artículo N° 42, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Sin embargo, no se aceptarán garantías emitidas por el INS, por ser INS Valores parte del mismo grupo de interés económico.
6. PLAZO DE ENTREGA
El plazo de entrega de las diferentes líneas se regirá según se establece en la siguiente tabla:
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Tabla 2 Plazo de entrega
PARTIDA | LÍNEA | PLAZO |
1 | 1 | Las suscripciones solicitadas correrán a partir del día hábil siguiente a la autorización del contrato y hasta la fecha solicitada en las especificaciones técnicas. |
1 | 2 | Las suscripciones solicitadas correrán a partir del día hábil siguiente a la autorización del contrato y hasta la fecha solicitada en las especificaciones técnicas. |
1 | 3 | El servicio de soporte técnico requerido podrá iniciar el día hábil siguiente a la autorización del contrato o la fecha de inicio que indique la Gerencia de TI de INS Valores. El correcto cumplimiento de esta línea esta sujeta a un Acuerdo de Nivel de Servicio que se establecen en las especificaciones técnicas |
2 | 4 | Las suscripciones solicitadas correrán a partir del día hábil siguiente a la autorización del contrato y hasta la fecha solicitada en las especificaciones técnicas. |
7. CLÁUSULA PENAL
El incumplimiento al plazo de entrega establecido dará lugar a una sanción económica del cinco por ciento (5%) por día hábil acumulado, monto que no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio total adjudicado, que se aplicará sobre la garantía de cumplimiento respectiva.
8. MULTA
Posterior al recibido conforme de este procedimiento administrativo, el ADJUDICATARIO estará sujeto a un acuerdo de servicio según lo establecido en la Línea 3 (ver punto apartado de ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO), el atraso para la atención del SLA establecido, dará lugar a una sanción económica del cinco por ciento (5%) por hora o día hábil acumulativo según corresponda al tipo de criticidad del incidente reportado, monto que no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio total adjudicado de esa línea, que se aplicará sobre la garantía de cumplimiento respectiva.
9. FORMALIZACIÓN
Mediante la firma de un contrato debidamente refrendado.
10. FORMA DE PAGO
Se establece la siguiente forma de pago:
a. El OFERENTE deberá consignar los costos de las líneas solicitadas en dólares.
b. Importante: INS Valores Puesto de Bolsa S.A., no tramitará pago alguno sobre facturas que no estén debidamente autorizadas, según lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda.
c. No se contemplan adelantos de ningún tipo en la presente contratación.
d. La Gerencia de Tecnologías de Información debe entregar un informe al área de Compras validando y avalando el cumplimiento de la línea contratada.
e. El detalle de los pagos por línea se establece a continuación:
Tabla 3 Forma de pago
PARTIDA | LÍNEA | PAGO |
1 | 1 | a. De forma mensual y al cumplir el mes de servicio. |
1 | 2 | a. De forma mensual y al cumplir el mes de servicio. |
1 | 3 | a. Corresponde al pago de las horas consumidas. Estas horas son por solicitud expresa de INS Valores. |
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PARTIDA | LÍNEA | PAGO |
2 | 4 | a. Pago por adelantado de la anualidad al inicio del periodo. |
f. Para el pago de cada línea se debe gestionar la entrega parcial y gestión de pago en la plataforma SICOP, cada aspecto debe contar con el Visto Bueno de la Gerencia de Tecnología de Información.
11. DOCUMENTO DE RESPUESTA DEL CARTEL
El OFERENTE debe conocer que no se requiere un documento de respuesta, para lo cual deberá aceptar la cláusula Condiciones y Declaraciones de la plataforma SICOP sobre el proceso de contratación y adjuntar la documentación que se solicita para el cumplimiento de las cláusulas.
12. DECLARACIONES JURADAS
El OFERENTE debe aportar las siguientes declaraciones juradas:
a. De no estar él o la oferente inhibidos para contratar con la Administración, y no haber sido sancionado administrativamente por incumplimiento de contratos Administrativos anteriormente, según prohibiciones establecidas en el Capítulo V de la LEY y según lo estipulado en los numerales 22 de la Ley y 65 del Reglamento.
b. Presentar Declaración Jurada donde manifieste encontrarse al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales de acuerdo con el artículo 65 inciso “a” del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
c. Cumplimiento Código de Ética y Código de Proveedor Responsable del Grupo INS: Los oferentes, y eventuales adjudicatarios, que participen en el presente proceso de contratación se comprometen a cumplir con las obligaciones que le establecen el Código de Ética y el Código de Proveedor Responsable del Grupo INS, vigentes al momento de presentación de su oferta y ejecución del contrato administrativo que ampara el presente proceso, así como cualquier variación que se dé posterior a estos actos. El Código de Ética y el Código de Proveedor Responsable del Grupo INS, se encuentran disponibles en la página web de Grupo INS, xxxxx://xxx.xxx-xx.xxx/Xxxxxxxx-Xxxxxxxxxxx#xxxxxxxxx. El oferente deberá presentar, junto con una oferta, una declaración jurada, a través de la cual manifieste, conocer y aceptar Código de Ética del Grupo INS y obligarse al cumplimiento de lo dispuesto en este. Con relación al Código de Proveedor Responsable del Grupo INS, el oferente deberá declarar que en su calidad proveedor del Grupo INS, su compromiso formal a implementar las mejores prácticas de sostenibilidad en su negocio y a procurar minimizar los impactos negativos de sus operaciones tanto a nivel ambiental como social, para beneficio y desarrollo de la sociedad y el ambiente.
13. DESGLOSE ESTRUCTURAL DEL PRECIO: De conformidad con el artículo 26 del RLCA, el oferente debe indicar en su oferta el desglose porcentual de los elementos que componen el precio, tanto en términos absolutos como en términos porcentuales:
• % mano de obra (MO),
• % insumos (I),
• % gastos administrativos (GA),
• % utilidad (U)
14. REAJUSTE DE PRECIOS
El OFERENTE debe indicar en su oferta que acepta la fórmula de reajuste de precio, autorizada por la Contraloría General de la República y que a continuación se detalla:
Donde:
𝑖𝑀𝑂𝑡𝑚
𝑃𝑣 = 𝑃𝑐 [𝑀𝑂 (
𝑖𝑀𝑂𝑡𝑐
𝑖𝐼𝑡𝑓
) + 𝐼 (
𝑖𝐼𝑡𝑐
𝑖𝐺𝐴𝑡𝑔
) + 𝐺𝐴 (
𝑖𝐺𝐴𝑡𝑐
) + 𝑈]
Tabla 4 Conceptos de la fórmula de reajuste de precios
Nomenclatura | Descripción |
Pv | Precio variado. |
Pc | Precio de cotización. |
MO | Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización. |
GA | Porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización. |
I | Porcentaje de costo por insumos. |
U | Porcentaje de utilidad del precio de cotización. |
iMOtm | Índice de variación de precio de la mano de obra en el momento considerado de facturación (Ajuste de salarios mínimos decretados por el Poder Ejecutivo). |
iMOtc | Índice de variación de precio de la mano de obra en el momento de la presentación de la oferta. (Ajuste de salarios mínimos calculado por el Ministerio de trabajo) |
iItf | Índice de variación de precios por insumos para el mes de facturación (se utilizará el IPPI, (nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central). |
iItc | Índice de variación de precios por insumos para el mes de presentación de la oferta (se utilizará el IPPI, (nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central). |
iGAtg | Índice de variación de costo de gastos administrativos en el momento de facturación (IPC, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central). |
iGAtc | Índice de variación de costo de gastos administrativos en el momento presentación de la oferta. (IPC, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central). |
Para el reajuste precios se debe conocer que:
a. El ADJUDICATARIO debe conocer que INS Valores cuenta con treinta (30) días hábiles, a partir de la fecha de recibo para efectuar el estudio correspondiente.
b. Para el primer reajuste de precios, el precio base que se utiliza es el precio establecido en la oferta, asimismo los índices serán los correspondientes al mes de la apertura de la oferta.
c. Para los siguientes reajustes se considera como base los índices correspondientes al último reajuste realizado, ya que para efectos del reajuste que correspondiere, los índices vigentes al momento de presentación de la oferta inicial, en vista que al ser estos aplicados en el reajuste de la primera ocasión, el precio ya contiene el valor actualizado.
d. El ADJUDICATARIO debe solicitar por escrito el reajuste de precios, para lo cual es necesario que desarrolle la fórmula matemática indicada anteriormente y que adjunte fotocopia de los índices que utilizó.
e. Cuando la solicitud de reajuste de precio contenga factores relacionados con el incremento en salarios mínimos decretados por el Poder Ejecutivo, la empresa debe demostrar, mediante la entrega de copia de las planillas presentadas a la C.C.S.S., que está cubriendo el salario mínimo respectivo. INS Valores se reserva el derecho de verificar la veracidad de los pagos.
f. En caso de que el ADJUDICATARIO no pueda comprobar lo anterior, el reajuste será́ denegado e INS Valores comunicará al Ministerio de Trabajo.
g. Para que resulte atendible su solicitud de reajuste, aportar una certificación emitida por la Caja Costarricense del Seguro Social que indique que la empresa está al día en el pago de sus obligaciones como patrono.
h. Además, a efectos de que se proceda con el reajuste de precios en tal caso, el adjudicatario deberá́ acreditar, en su solicitud de reajuste, que es importador directo del insumo con respecto al cual han variado los costos; deberá́ aportar también una certificación consularizada del índice de precios del país de origen del bien que acredite la variación del costo del insumo sobre el que sustenta su reclamo.
i. El pago del reajuste para este rubro, se realizará al tipo de cambio de venta del día en que se presenta la solicitud de reajuste ante INS Valores, de acuerdo con el tipo de cambio establecido para esa fecha por el Banco Central xx Xxxxx Rica.
j. INS Valores no reajustará la utilidad prevista ni los precios cotizados en moneda extranjera, con excepción de lo indicado en el párrafo anterior. Tampoco serán reajustables las variaciones en los precios producto de la variación del precio de la divisa en que se cotizó con respecto al colón.
SECCIÓN III ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
15. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA PARTIDA #1
INS Valores posee las siguientes suscripciones de software y vencen el próximo 23/06/2021, para lo cual el OFERENTE debe cotizar las siguientes fichas técnicas:
Tabla 5 Productos para la adquisición de la partida #1
Partida | Línea | Cantidad | Clasificación | Código producto | Descripción |
1 | 1 | 100 | 43231512 | 92096091 | LICENCIAS EN LA NUBE DEL SOFTWARE OFFICE 365. |
1 | 2 | 50 | 43231512 | 92106048 | LICENCIAS DE MICROSOFT CLOUD PBX ÚLTIMA VERSIÓN, VIGENCIA ANUAL |
1 | 3 | 50 | 43231512 | 90008784 | SERVICIO DE SOPORTE TECNICO POR DEMANDA DEL SERVICIO EN LA NUBE. |
Adicional a las características técnicas de las fichas antes indicadas se deben cumplir con las siguientes especificaciones mínimas:
1. Línea 1. Cotizar la suscripción del derecho de uso de las licencias en la nube del software Office 365 con idénticas características que cumplan con las especificaciones técnicas del producto con el código de clasificación 00000000 y código de identificación 00000000 (el OFERENTE debe revisar este producto en el sitio de SICOP) por un periodo de doce (12) meses, con facturación mensual. También de considerar:
a. El contrato será por un periodo de doce (12) meses y por un total de cien
(100) suscripciones, con facturación mensual. El OFERENTE debe contemplar que el servicio es catalogado como de importancia para el negocio de INS Valores, por tal motivo deberá garantizar el correcto estado de la cuenta ante el FABRICANTE. El OFERENTE debe conocer que INS Valores podrá notificar al ADJUDICATARIO DISMINUIR O AUMENTAR cuentas de OFFICE 365 de un mes a otro, durante el periodo de vigencia del contrato.
b. La suscripción solicitada es la indicada en el código de clasificación e identificación del producto, a saber, Office 365 en su plan E3.
c. La suscripción requerida debe ser prorrogable por periodos equivalentes hasta por tres (3) años adicionales como máximo, para lo cual el OFERENTE debe mostrar en una declaración jurada el costo de manera mensual para el año 2, año 3 y año 4 con impuestos incluidos, como parte de la tabla debe indicarse el detalle de los costos, entre ellos los costos unitarios de cada suscripción para cada periodo.
d. Los buzones de correo electrónico del Office 365 debe tener respaldo de la información de manera mensual por un periodo de retención de al menos cinco (5) años.
e. El OFERENTE debe conocer que INS Valores podrá decidir el no continuar con el servicio al finalizar un periodo o año, el ADJUDICATARIO se compromete a gestionar ante el fabricante, Microsoft, la entrega de la información contenida en su plataforma, así como la eliminación completa de la misma. El personal técnico de INS Valores verificará el cumplimiento de esta condición.
f. El ADJUDICATARIO gestionará ante el FABRICANTE MICROSOFT documentación que permita evidenciar que la información perteneciente a INS Valores contenida en dicha nube posee confidencialidad, para lo cual debe cumplir con los puntos indicados en el apartado “DE LA CONFIDENCIALIDAD”.
g. Las suscripciones de Office 365 deberán incluir el costo de las suscripciones ATP (Advanced Threat Protection) plan 2 para el total de usuarios solicitados.
h. Como parte de la mensualidad, el OFERENTE debe considerar certificados del tipo “Personal Sign” con la intensión de brindar ID digitales a los funcionarios de INS Valores en sus correos electrónicos, se requieren 70 suscripciones por un periodo de doce (12) meses y debe formar parte de la mensualidad. Estos certificados serán usados en Microsoft Outlook para que los correos salientes de INS Valores sean encriptados y protegidos contra ataques de phishing.
i. Como parte del costo mensual de la suite requerida se debe incluir cinco (5) suscripciones de Power BI Pro, por un periodo de doce (12) meses, renovable para periodos adicionales.
2. Línea 2. Cotizar el derecho de uso de las suscripciones en la nube del software Cloud PBX con idénticas características que cumplan con las especificaciones técnicas del producto con el código de clasificación 00000000 y código de identificación 00000000 (el OFERENTE debe revisar este producto en el sitio de SICOP) para un periodo de un (1) año. También:
a. El contrato será por un periodo de doce (12) meses para cincuenta (50) suscripciones, con facturación mensual, por lo que el OFERENTE debe cotizar el costo mensual y por un total de doce (12) meses.
b. El OFERENTE debe aportar una declaración jurada con el costo de la anualidad para el año 2, año 3 y año 4 con impuestos incluidos.
3. Línea 3. El OFERENTE debe cotizar el costo de la hora profesional para brindar soporte técnico a demanda del servicio Office 365, Sharepoint online y el software Cloud PBX para lo cual debe cumplir con las especificaciones del producto con el de clasificación 00000000 y código de identificación 00000000 (el OFERENTE debe revisar este producto en el sitio de SICOP). Además, debe cumplir con las siguientes especificaciones:
a. INS Valores a través del personal técnico de Tecnología de Información podrá solicitar soporte técnico a la empresa ADJUDICATARIA para corregir alguna incidencia del servicio que corresponde a la suscripción de la Línea 1 y Línea 2.
b. INS Valores estima utilizar doscientas (200) horas totales correspondientes a soporte técnico y/o atención de incidencias durante el periodo de cuatro
(4) años que no correspondan a defectos de configuración, lo cual corresponderá a una garantía.
c. Actualmente INS Valores utiliza la suite de colaboración y correo electrónico Microsoft Office 365, por lo cual dichas horas también podrán ser solicitadas a discreción de la institución para realizar configuraciones especiales o dar soporte a este producto.
d. Si INS Valores no requiere el uso de horas de soporte técnico, el presente pliego de condiciones no genera un compromiso de consumo mínimo de horas.
e. El personal que asigne la empresa ADJUDICATARIA debe cumplir con los requerimientos del apartado Experiencia del personal de la sección de Admisibilidad de ofertas.
f. INS Valores a través del personal técnico de Tecnología de Información podrá solicitar soporte técnico a la empresa ADJUDICATARIA para corregir alguna incidencia del servicio.
g. El ADJUDICATARIO para brindar soporte técnico a INS Valores deberá contar con una mesa de ayuda que permita al personal de INS Valores crear las solicitudes de soporte técnico, que le otorgue números de caso y que el personal técnico de INS Valores pueda tener acceso a dicha herramienta para consultar el estado de dichas solicitudes, así como los tiempos de atención. Adicionalmente debe contar con un esquema de escalado de incidentes, para lo cual debe establecer los niveles de escalado jerárquico con que dispone el ADJUDICATARIO.
h. El personal técnico de INS Valores podrá crear solicitudes de soporte técnico mediante correo electrónico o llamada telefónica, donde indicarán el número de caso para su seguimiento.
i. El ADJUDICATARIO deberá contar con personal que controle y brinde seguimiento a las solicitudes de INS Valores con un horario de atención de al menos 24x7x365.
j. El ADJUDICATARIO debe conocer que el personal autorizado para crear casos en la mesa de ayuda son los siguientes perfiles de INS Valores:
A. Gerente de TI
B. Jefe de TI
A. Crítico: es aquella falla de configuración en la suite que afecta severamente los servicios de negocio que los equipos soportan e impide efectuar de forma correcta las labores de los funcionarios, lo cual puede provocar atrasos en entrega de información a la Junta Directiva, Clientes, Auditorías, Comités y cumplimiento de plazos con entes reguladores. Tiempo de respuesta de hasta dos (2) horas hábiles y un tiempo de solución del incidente de máximo cuatro (4) horas hábiles a partir del momento que se reporte la falla. Este tipo xx xxxxx debe ser atendida directamente por el fabricante del producto ofertado.
B. Alto: es aquella falla de configuración en la suite que afecta significativamente los servicios que los equipos soportan e impide efectuar de forma correcta las labores de los funcionarios, lo cual provoca atrasos en entrega de información a la Junta Directiva, Clientes, Auditorías, Comités y cumplimiento de plazos con entes reguladores. Tiempo de respuesta de hasta cuatro (4) horas hábiles y un tiempo de solución del incidente de máximo un (1) día hábil a partir del momento que se determine la falla.
C. Medio: es aquella consulta o falla de configuración en la suite que no afecta las actividades de los funcionarios, pero que requiera una solución pronta. Tiempo de respuesta de hasta un (1) día hábil y el
tiempo de solución del incidente de máximo tres (3) días hábiles a partir del momento que se determine la falla.
D. Bajo: cuando se trate de alguna incidencia que no esté tipificada en las anteriores. Tiempo de respuesta de hasta tres (3) días hábiles y un tiempo de respuesta xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles a partir del momento que se determine la falla.
l. El ADJUDICATARIO debe realizar entrega de un breve reporte electrónico con los resultados de la actividad solicitada, estado de las solicitudes realizadas por INS Valores y el tiempo consumido.
m. El soporte técnico tendrá una vigencia de doce (12) meses y aplicará pago durante ese mes únicamente si el servicio de soporte técnico es requerido, para lo cual el ADJUDICATARIO deberá presentar su facturación electrónica al correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx, adicional debe hacer entrega del reporte del punto anterior a la Gerencia de Tecnología de Información de INS Valores, este informe servirá de insumo para la valoración del cumplimiento del ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO.
16. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA PARTIDA #2
INS Valores posee las siguientes suscripciones de software y vencen el próximo 23/06/2021, para lo cual el OFERENTE debe cotizar las siguientes fichas técnicas:
Tabla 6 Productos para la adquisición de la partida #2
Partida | Línea | Cantidad | Clasificación | Código producto | Descripción |
2 | 4 | 2 | 81112501 | 92128940 | SUSCRIPCION NINTEX PARA LA CREACIÓN DE FLUJOS DE TRABAJO PARA OFFICE 365, ANUAL, PARA FLUJOS SHAREPOINT EN LA NUBE |
Adicional a las características técnicas de las fichas antes indicadas se deben cumplir con las siguientes especificaciones mínimas:
4. Línea 4. Cotizar el derecho de uso de la suscripción en la nube del software NINTEX para Office 365 con idénticas características que cumplan con las especificaciones técnicas del producto con el código de clasificación 00000000 y código de identificación 00000000 (el OFERENTE debe revisar este producto en el sitio de SICOP) para un periodo de un (1) año prorrogable por periodos equivalentes hasta por tres (3) años. También se debe tener en consideración:
a. El contrato será por un periodo de doce (12) meses para dos (2) suscripciones, cada suscripción debe tener la capacidad para cinco (5) flujos de trabajo, todo con facturación anual.
b. INS Valores podrá renovar el contrato por hasta tres (3) periodos adicionales, al finalizar el periodo de los cuatro (4) años totales, si INS Valores decide no continuar con el servicio, el ADJUDICATARIO se compromete a gestionar ante el fabricante, NINTEX, la entrega de la información contenida en su plataforma, así como la eliminación de esta posterior a la entrega. El personal técnico de INS Valores verificará el cumplimiento de esta condición.
c. El OFERENTE debe aportar una declaración jurada con el costo de la anualidad para el año 2, año 3 y año 4 con impuestos incluidos.
d. El ADJUDICATARIO gestionará ante FABRICANTE NINTEX documentación que permita evidenciar que la información perteneciente a INS Valores contenida en dicha nube posee confidencialidad, para lo cual debe cumplir con los puntos indicados en el apartado “DE LA CONFIDENCIALIDAD”.
SECCIÓN IV
ADMISIBILIDAD DE OFERTAS
17. ADMISIBILIDAD DE OFERTAS DE LA PARTIDA #1
17.1 RESPALDO DEL FABRICANTE AL OFERENTE
El OFERENTE deberá presentar una carta del FABRICANTE del software por suscripción del cual se solicita mantenimiento preventivo y correctivo que establezca lo siguiente:
a. La certificación debe estar dirigida a nombre de INS Valores Puesto de Bolsa S.A.
b. La certificación debe hacer referencia al presente proceso administrativo mediante la codificación asignada por SICOP.
c. Certificar que el OFERENTE posee las siguientes especializaciones:
i. Partner Microsoft Gold Cloud Productivity.
ii. Gold Application Integration.
iii. Gold Collaboration and Content.
d. Si el documento es una copia o se encuentra escaneado debe estar certificada por un notario público.
17.2 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA OFERENTE
El OFERENTE deberá cumplir con los siguientes aspectos como empresa:
a. Aportar una declaración jurada por parte del representante legal de la empresa que garantice la experiencia por al menos tres (3) proyectos brindando soporte técnico de las suscripciones de Office 365, correo electrónico, formularios, flujos sharepoint y Cloud PBX, entre los proyectos propuestos no puede contemplar a INS Valores. Esta declaración puede ser firmada a través de firma digital (de acuerdo con la legislación xx Xxxxx Rica establecida en la ley 8454), o estar certificada por un notario público en caso de ser una copia, la certificación deberá estar a nombre de INS Valores Puesto de Bolsa S.A., se debe indicar la nomenclatura de la presente contratación y los años de experiencia.
b. El OFERENTE debe aportar datos de al menos tres (3) proyectos de implementación de soluciones Office 365, correo electrónico, formularios, flujos sharepoint y Cloud PBX, entre los cuales no puede contemplarse la implementación de INS Valores, los proyectos propuestos deben con características similares o superiores a los indicados por INS Valores en la Línea 1 y Línea 2, estos proyectos deben haber sido ejecutados de manera satisfactoria por la empresa OFERENTE y por el personal propuesto en el presente proceso administrativo. Debido a los cambios tecnológicos que representan las tecnologías del fabricante, los proyectos que se aporten como experiencia deben ser en los últimos tres (3) años. Para cada proyecto se debe proveer la siguiente información a modo de referencia:
✓ Rango de fechas del servicio: Ejemplo (Marzo 2015 – Abril 2015)
✓ Productos involucrados en el servicio de soporte técnico y mantenimiento.
✓ Razón social de la empresa.
✓ Nombre y apellidos del contacto de la empresa.
✓ Teléfono del contacto de la empresa.
✓ Correo electrónico del contacto de la empresa.
✓ Especialistas del OFERENTE que brindaron el servicio.
c. Las referencias que se provean deben formar parte de la declaración jurada por parte del representante legal de la empresa, la cual puede ser firmada a través de firma digital (de acuerdo con la legislación xx Xxxxx Rica establecida en la ley 8454), o estar certificada por un notario público en caso de ser una copia, la certificación deberá estar a nombre de INS Valores Puesto de Bolsa S.A. e indicar la nomenclatura de la presente contratación. Se informa que INS Valores realizará una validación de los datos que se provean.
17.3 EXPERIENCIA DEL PERSONAL
a. Los OFERENTES deberán contar con al menos los siguientes especialistas para el servicio de soporte técnico y mantenimiento de los equipos de INS Valores:
Tabla 7 Personal solicitado
Rol | Requisitos | Cantidad |
Responsable del servicio | Bachillerato Universitario en Ingeniería en sistemas, informática, computación, electrónica, industrial o Administración de Empresas o similar. Certificación vigente de PMP y contar con experiencia en la dirección de personal, lo cual debe establecerse en una declaración jurada del representante legal de la empresa OFERENTE. Contar con experiencia en la administración de al menos dos (2) proyectos de mantenimiento u soporte técnico de equipos equivalentes a los indicados por INS Valores. | 1 |
Especialistas que brinden el soporte técnico | Los especialistas que brinden el soporte técnico y mantenimiento a las suscripciones del fabricante Microsoft indicados por INS Valores deben contar con certificaciones vigentes que los acrediten para tal función. Los funcionarios propuestos deben poseer experiencia en soporte técnico de Office 365 (Ofimática, correo electrónico, formularios, flows, flujos de sharepoint y herramientas en general de la suite) y Cloud PBX, debe aportarse la información de dos (2) proyectos. | 2 |
b. Mediante una tabla el OFERENTE debe indicar el nombre de los funcionarios que desempeñarán cada rol y deberá aportar el curriculum y los certificados que sustenten el cumplimiento de estos requisitos.
c. El OFERENTE debe aportar la información relacionada con la experiencia de cada funcionario, para lo cual se deberá proveer en una tabla la siguiente información a modo de referencia:
x. Xxxxx de fechas del servicio: Ejemplo (Marzo 2015 – Abril 2015).
ii. Productos involucrados en el servicio de soporte técnico y mantenimiento.
iii. Razón social de la empresa.
iv. Nombre y apellidos del contacto de la empresa.
v. Teléfono del contacto de la empresa.
vi. Correo electrónico del contacto de la empresa.
vii. Especialistas del OFERENTE que brindaron el servicio.
d. Las referencias que se provean deben formar parte de una declaración jurada por parte del representante legal de la empresa OFERENTE, la cual debe estar certificada por un notario público, la certificación deberá estar a nombre de INS Valores Puesto de Bolsa S.A. e indicar la nomenclatura de la presente contratación. Se informa que INS Valores realizará una validación de los datos que se provean.
e. Todos los roles deben ser desempeñados por empleados de la empresa OFERENTE que se encuentren en planilla al momento de la apertura, no formará parte del equipo solicitado el Gerente General o representante legal de la empresa OFERENTE.
f. Las personas indicadas por el OFERENTE deberán ser las que cumplan con estos roles en el desarrollo del proyecto, NO SE ACEPTARÁN OTROS FUNCIONARIOS EN LA EJECUCIÓN DE LAS LABORES. El ADJUDICATARIO respetará el perfil mínimo
del personal indicado en la oferta durante la ejecución del contrato, sólo en casos excepcionales, con la debida justificación y los comprobantes que acrediten las circunstancias por las que amerita el cambio, la administración podrá autorizar la substitución de algún miembro del personal propuesto, siempre y cuando sea por una persona que reúna los requisitos solicitados en el cartel o superiores.
g. Los ingenieros y/o especialistas certificados deberán ser funcionarios de la empresa OFERENTE con al menos doce (12) meses de laborar para la misma, para lo cual deberá aportar una declaración jurada por parte del representante legal de la empresa OFERENTE autenticada por un notario público.
17.4 MESA DE AYUDA
El OFERENTE debe aportar una declaración jurada por parte del representante legal de la empresa, la cual puede ser firmada a través de firma digital (de acuerdo con la legislación xx Xxxxx Rica establecida en la ley 8454), o estar certificada por un notario público en caso de ser una copia, la declaración jurada deberá estar a nombre de INS Valores Puesto de Bolsa S.A. y debe incluir lo siguiente:
a. Que se dispone de una herramienta en software del tipo Mesa de ayuda que permitirá a INS Valores realizar solicitudes de soporte técnico, así como consultar el estado de dichas solicitudes y verificar el cumplimiento de los diferentes ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO.
b. Que la disponibilidad de la MESA DE AYUDA para el registro de casos es de 24x7x365 para reportar las averías.
c. Indicar los controles adicionales o planes de contingencia, todo con la finalidad de garantizar que INS Valores reciba el servicio en caso de una avería.
18. ADMISIBILIDAD DE OFERTAS DE LA PARTIDA #2
18.1. RESPALDO DEL FABRICANTE AL OFERENTE
El OFERENTE deberá presentar una carta del FABRICANTE del software por suscripción del cual se solicita mantenimiento preventivo y correctivo que establezca lo siguiente:
e. La certificación debe estar dirigida a nombre de INS Valores Puesto de Bolsa S.A.
f. La certificación debe hacer referencia al presente proceso administrativo mediante la codificación asignada por SICOP.
g. Certificar que el OFERENTE posee las siguientes especializaciones Distribuidor autorizado de suscripciones del fabricante Nintex.
h. Si el documento es una copia o se encuentra escaneado debe estar certificada por un notario público.
19. POLÍTICAS
El personal de la empresa ADJUDICADA debe acatar las políticas y procedimientos establecidos por INS Valores Puesto de Bolsa S.A. durante la ejecución del soporte técnico y mantenimiento para:
a. el acceso y permanencia en las instalaciones de INS Valores,
b. el acceso y permanencia en el centro de cómputo,
c. y el acceso a la plataforma tecnológica mediante una red VPN supervisada por el personal de INS Valores.
20. AUDITORÍAS
Los OFERENTES deben conocer que es requerido cumplir con los siguientes requerimientos de auditoría en caso de resultar ADJUDICADO:
a. El ADJUDICATARIO entiende y acepta que al ser INS Valores una entidad supervisada por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL), ésta podrá supervisar y/o fiscalizar el Contrato y el servicio brindado todo en pleno cumplimiento con la norma SUGEF 14-17, INS Valores garantizará a la empresa
ADJUDICATARIA la confidencialidad de la información que pueda obtener SUGEVAL producto de la supervisión y/o fiscalización del Contrato y del servicio brindado.
b. El ADJUDICATARIO debe aportar anualmente (cuando se realice la renovación del servicio) a INS Valores cualesquiera de los siguientes puntos (uno de los puntos no todos):
i. Informes de auditoría interna o externa realizados a las áreas (ingeniería y mesa de ayuda) del proceso que brinda servicios a INS Valores, dichos informes de auditoría deben estar enfocados en el cumplimiento de buenas prácticas para que dichas áreas garanticen la correcta gestión de contratos, de servicios xx xxxx de ayuda, cumplimiento de SLAs, capacitación continua de los ingenieros que brindan soporte a INS Valores, entre otros afines al servicio que se brinda. INS Valores garantizará a la empresa ADJUDICATARIA la confidencialidad de la información que pueda aportar a INS Valores.
ii. Informes por parte del representante legal de la empresa que documente mejoras implementadas en la mesa de ayuda que brinda servicio a INS Valores, capacitaciones efectuadas en el último año de los ingenieros y/o técnicos que brindan servicio a INS Valores, mejoras en general que permitan garantizar el servicio que se brinda a INS Valores, informes que los ingenieros y/o técnicos mantienen las certificaciones solicitadas en la presente contratación e informes que garanticen el estado de certificaciones de la empresa con el FABRICANTE.
21. DE LA CONFIDENCIALIDAD
a. El ADJUDICATARIO se compromete a guardar absoluta reserva sobre los alcances de la instalación, objeto de este cartel. Así mismo debe existir un acuerdo de confidencialidad por parte de todo el equipo de trabajo de la empresa que brindará el servicio a INS Valores. Para tal efecto existirá una cláusula contractual donde se indicará la obligación del contratista sobre la prohibición de divulgar cualquier tipo de información a la que haya tenido acceso.
b. EL ADJUDICATARIO se compromete a mantener confidencialidad total sobre:
i. Los productos y/o servicios que INS Valores está desarrollando para sus clientes.
ii. La información y/o datos que le sean suministrados durante el proceso contratado.
c. EL ADJUDICATARIO se compromete a mantener, practicar y acatar el Manual de Políticas de Tecnología de Información y cualquier otra política que le sea aplicable establecida por INS Valores. El mismo será entregado al ADJUDICATARIO al iniciar el servicio.
d. De comprobarse la divulgación de información de calificación privilegiada confidencial o interna, parcial o total, INS Valores Puesto de Bolsa S.A. procederá a llevar a cabo las acciones necesarias para que se apliquen las sanciones correspondientes según la Ley aplicable.
e. El ADJUDICATARIO deberá entregar una declaración jurada autenticada por un notario público donde la empresa a través de su representante legal se compromete a lo indicado en la cláusula de confidencialidad. De igual forma se debe entregar una declaración jurada por cada una de las personas que conformarán el equipo de trabajo o tendrán acceso a información de INS Valores.
22. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Y DE RESPOSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL
Las personas que participen en el presente procedimiento de contratación adquieren la obligación de no incurrir directa ni indirectamente en actos de corrupción con la finalidad de obtener beneficios ilegítimos para sí o para terceros, o de conseguir causar un
perjuicio para terceros participantes en el proceso de contratación, en relación con la participación en el proceso, o con la adjudicación, ejecución, ampliación o continuidad del contrato. Para los efectos de esta cláusula, se considera que el procedimiento de contratación inició desde el proceso de formación de la Decisión Inicial citada en el artículo 7 de la Ley de Contratación Administrativa.
Para los efectos de esta cláusula, se entenderá que los agentes indirectos de quienes se puede valer el OFERENTE o contratista para ejecutar el acto de corrupción, pueden serlo sus trabajadores, administradores, representantes, accionistas o bien cualquier persona que haya sido encomendada por el OFERENTE o contratista o por las personas citadas para cometer el acto de corrupción. Asimismo, de acuerdo con la ley, la figura pasiva del acto de corrupción podrá ser el funcionario, o bien uno o más familiares suyos, personas jurídicas e incluso terceras personas que actúen en su nombre con el fin de cometer las omisiones o acciones punibles que se describen a continuación.
Se consideran actos de corrupción los siguientes:
a. El requerimiento o la aceptación, directa o indirecta, por un funcionario de INS Valores, el Instituto Nacional de Seguros o de las empresas de su grupo financiero, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios indebidos como favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad, proveniente directa o indirectamente de las personas que participen en el presente proceso de contratación, a cambio de la realización, omisión o intervención indirecta para que se realice u omita cualquier acto en el ejercicio de sus funciones, o en el ejercicio de las funciones de otros funcionarios.
b. El ofrecimiento o el otorgamiento, que directa o indirectamente las personas que participen en el presente proceso de contratación hagan a un funcionario de INS Valores, el Instituto Nacional de Seguros o de las empresas de su grupo financiero, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios indebidos como favores, promesas o ventajas para ese funcionario o para otra persona o entidad, a cambio de la realización, omisión o intervención indirecta para que se realice u omita cualquier acto en el ejercicio de sus funciones, o en el ejercicio de las funciones de otros funcionarios.
c. La realización por parte de un funcionario de INS Valores, el Instituto Nacional de Seguros o una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener ilícitamente beneficios indebidos para sí mismo o para un tercero
d. El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualesquiera de los actos a los que se refiere la presente cláusula.
e. La participación como autor, co-autor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquiera de los actos a los que se refiere la presente cláusula.
f. En general, la realización de cualquiera de los actos punibles de acuerdo con lo que al efecto disponen el Código Penal y la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento ilícito en la Función Pública, número 8422.
Cuando INS Valores o una autoridad judicial costarricense o del extranjero, previa aplicación del debido proceso compruebe la realización de un acto de corrupción, el participante en el proceso de contratación que haya incurrido en él y haya resultado adjudicado, deberá pagar a INS Valores una indemnización punitiva por una suma igual al total del precio cobrado a INS Valores por la ejecución del contrato, incluyendo ampliaciones y extensiones. Cuando el participante en el proceso de contratación no
haya sido adjudicado, la indemnización punitiva será de una suma igual al monto de su oferta original.
Estas indemnizaciones se aplicarán sin perjuicio de otras sanciones de naturaleza civil, penal, disciplinaria y/o administrativas aplicables al obligado por esta cláusula, o a otras personas o a los funcionarios de INS Valores o de otros entes públicos o privados que participen en los actos de corrupción.
La potestad de INS Valores para requerir el pago de la indemnización prescribe en 10 años, contados desde la fecha de adjudicación del contrato tratándose de los culpables no adjudicados, o desde la fecha de terminación del contrato tratándose de los culpables que hayan resultado adjudicados. Con la sola presentación de la oferta, los participantes en el proceso de contratación admiten la facultad del INS Valores de ejecutar el cobro de las indemnizaciones en Xxxxx Rica o en cualquier otra jurisdicción. Asimismo, con la sola presentación de la oferta, los participantes mediante ofertas conjuntas o consorciadas aceptan que las obligaciones y consecuencias derivadas de esta cláusula aplican tanto al conjunto o consorcio como a las personas físicas o jurídicas que los componen.
Esta cláusula tiene como referencias la Convención Interamericana Contra la Corrupción, aprobada por Xxxxx Rica mediante la Ley número 7670, el Convenio de las Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobado por Xxxxx Rica mediante la Ley número 8557, la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la función pública, número 8422, y la Ley Contra la Delincuencia Organizada, número 8754, por lo que, cuando sea necesario, la aplicación de esta cláusula debe interpretarse o integrarse según lo que disponen dichas normas.
Con la presentación de la oferta, el OFERENTE acepta sin restricción la presente cláusula anticorrupción y de responsabilidad civil contractual.
SECCIÓN V EVALUACIÓN DE OFERTAS
23. EVALUACIÓN DE OFERTAS
Los siguientes corresponden a los aspectos de la evaluación:
1. Base de la calificación: La calificación se realiza con base en cien, lo cual implica que la máxima cantidad que puede obtener un OFERENTE es de cien (100) puntos.
2. Criterio para redondeo: Para los cálculos de puntaje que implica el manejo de decimales, se utilizará el truncar en los dos primeros decimales.
3. Selección de la oferta: La selección del ADJUDICATARIO del presente concurso recaerá en la mejor oferta calificada.
4. EVALUACIÓN DE LA PARTIDA #1. Este aspecto describe la evaluación de las ofertas:
a. PRECIO (MÁXIMO DE 100 PUNTOS). Se otorgarán cien (100) puntos a la oferta de menor costo anual para la PARTIDA 1. Para las ofertas restantes se utilizará la siguiente fórmula:
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 =
𝑀𝑜𝑛𝑡𝑜 𝑜𝑓𝑟𝑒𝑐𝑖𝑑𝑜 𝑝𝑜𝑟 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑐𝑜𝑛 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑝𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜
𝑀𝑜𝑛𝑡𝑜 𝑜𝑓𝑟𝑒𝑐𝑖𝑑𝑜 𝑝𝑜𝑟 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑎 𝑐𝑎𝑙𝑖𝑓𝑖𝑐𝑎𝑟
𝑥 100%
5. EVALUACIÓN DE LA PARTIDA #2. Este aspecto describe la evaluación de las ofertas:
b. PRECIO (MÁXIMO DE 100 PUNTOS). Se otorgarán cien (100) puntos a la oferta de menor costo anual para la PARTIDA 1. Para las ofertas restantes se utilizará la siguiente fórmula:
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 =
𝑀𝑜𝑛𝑡𝑜 𝑜𝑓𝑟𝑒𝑐𝑖𝑑𝑜 𝑝𝑜𝑟 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑐𝑜𝑛 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑝𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜
𝑀𝑜𝑛𝑡𝑜 𝑜𝑓𝑟𝑒𝑐𝑖𝑑𝑜 𝑝𝑜𝑟 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑎 𝑐𝑎𝑙𝑖𝑓𝑖𝑐𝑎𝑟
𝑥 100%
6. Criterio de desempate. En caso de presentarse empate en la calificación, se utilizará como criterio para el desempate los siguientes factores:
a. Cantidad de años de representar la marca ofertada, tomando en consideración día, mes y año.
b. Sorteo entre los oferentes empatados.
7. Mejoras y descuentos: Para efectos de evaluación se aceptarán mejoras y/o descuentos (por volumen, pronto pago, etc.) sobre los precios cotizados, en tanto no estén condicionados a la adjudicación del concurso.
8. En la presente contratación no aplica la presentación de ofertas parciales ni alternativas.
SECCIÓN VI DEFINICIÓN DE CÁLCULOS
24. DEFINICIÓN DE CÁLCULO DE PORCENTAJE DE MULTAS Y CLÁUSULA PENAL INS Valores define la siguiente forma de cálculo de los porcentajes de la CLÁUSULA DE MULTAS y CLÁUSULA PENAL.
Para la definición del cálculo de porcentaje de multa y cláusula penal se tomará como base la valoración de cuatro (4) factores, a saber:
1. Plazo: es cuando existe afectación por no contar con el bien o servicio a contratar, esto posee impacto en la prestación de servicios a usuarios internos y/o externos y/o superintendencia.
2. Riesgos: son aquellos riesgos o situaciones a que puede verse afectada INS Valores en caso de materializarse un incumplimiento por parte del proveedor.
3. Repercusiones: son aquellas situaciones de impacto que tendrán necesariamente un efecto perjudicial en los intereses de la administración de INS Valores y que se verán traducidos en afectación al servicio que se brinde o al interés público.
4. Monto: corresponde a los umbrales de la cuantía del bien a adquirir por INS Valores y mediante el cual INS Valores puede tener impacto.
Para cada factor, el área técnica realizó una valoración cualitativa, la cual se observa en la Tabla 10, en la misma se estableció el nivel de importancia en Alta, Media o Baja y conforme a los puntos obtenidos se obtiene el porcentaje de multa o cláusula penal a aplicar todo de acuerdo con los datos de la Tabla 8:
Tabla 8 Pesos de la estimación de porcentajes
Puntaje obtenido | Importancia | Porcentaje diario de multa |
Menor o igual a 49 | Baja | 1.5 % |
Entre 50 y 79 | Media | 2.5 % |
Entre 80 y 100 | Alta | 5.0 % |
En la Tabla 9 se muestra el detalle de rubro denominado importancia, en esta tabla se describe el nivel de importancia con relación a los cuatro (4) factores antes indicados, por cada nivel de importancia se establece un valor que será usado en la Tabla 10:
Tabla 9 Detalle de la importancia
Importancia | Plazo | Riesgos | Repercusiones | Monto |
Baja | Cuando a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato el atraso en la entrega del bien o servicio contratado afecta levemente la prestación de los servicios a sus usuarios internos, proveedores, clientes y/o superintendencia. Así como el cumplimiento de normativas y solicitudes de Junta Directiva. Puntaje: 5. | Cuando el incumplimiento genera un riesgo que a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato afecta levemente el servicio o necesidad para el cual se adquiere el bien o servicio. Puntaje: 5. | Cuando a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato las repercusiones por el incumplimiento afectan levemente la prestación de los servicios que brinda la Institución. Puntaje: 5. | Cuando la línea adjudicada en el proceso de contratación corresponda a un monto menor o igual de ¢10,000,000.00 Puntaje: 5. |
Media | Cuando a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato el atraso en la entrega del bien o servicio contratado afecta de forma moderada la prestación de los servicios a sus usuarios internos, proveedores, clientes y/o superintendencia. Así como el cumplimiento de normativas y solicitudes de Junta Directiva. Puntaje: 15. | Cuando el incumplimiento genera un riesgo que a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato afecta moderadamente el servicio o necesidad para el cual se adquiere el bien o servicio. Puntaje: 15. | Cuando a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato las repercusiones por el incumplimiento afectan levemente los servicios que brinda la Institución. Puntaje: 15. | Cuando la línea adjudicada en el proceso de contratación corresponda a un monto mayor de ¢10,000,000.00 y menor o igual de ¢50,000,000.00 Puntaje: 15. |
Alta | Cuando a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato el atraso en la entrega del bien o servicio contratado afecta de forma significativa la prestación de los servicios a sus usuarios internos, proveedores, clientes y/o superintendencia. Así como el cumplimiento de normativas y | Cuando el incumplimiento genera un riesgo que a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato afecta significativamente el servicio o necesidad para el cual se adquiere el bien o servicio. Puntaje: 25. | Cuando a criterio del órgano fiscalizador o administrador del contrato las repercusiones por el incumplimiento afectan significativamente el interés público de los servicios que brinda la Institución. Puntaje: 25. | Cuando la línea adjudicada en el proceso de contratación corresponda a un monto mayor de ¢50,000,000.00 y menor o igual de ¢160,000,000.00 Puntaje: 25. |
Importancia | Plazo | Riesgos | Repercusiones | Monto |
solicitudes de Junta Directiva. Puntaje: 25. |
Basado en la Tabla 8 y Tabla 9 se procede a realizar la evaluación para obtener el porcentaje para la Multa, los resultados se pueden observar en la Tabla 10:
Tabla 10 Valoración de Multa
Factor | Justificación del área usuaria | Puntaje asignado por área usuaria |
Plazo | El atraso en el cumplimiento de los ANS establecidos puede provocar incumplimiento a cualquier requerimiento realizado por la superintendencia y afectar significativamente los servicios que INS Valores brinda a sus clientes, dándose por un incumplimiento de plazos una afectación reputacional, por tal motivo se considera un nivel de importancia Alto. | 25.0 |
Riesgos | El incumplimiento en los ANS para la entrega de los servicios de soporte técnico y mantenimiento puede generar múltiples riesgos, de manera que puede afectar significativamente los servicios tecnológicos que INS Valores brinda a los clientes, generándose los siguientes riesgos: • Reputacional. • Sanciones. • Entrega de información no exacta. • Cumplimiento normativo. De acuerdo con lo anterior se considera un nivel de importancia Alto. | 25.0 |
Repercusiones | Las repercusiones de incumplimiento en los ANS para entrega de información a la superintendencia pueden generar: • Sanciones. • Reputacional. | 25.0 |
Monto | La contratación de los servicios de soporte técnico de la suscripción de Office 365, correo electrónico, formularios, flujos sharepoint y Cloud PBX posee un costo aproximado en un rango entre $7,500.00 anuales; lo cual representa un monto importante. De acuerdo con lo anterior se considera un nivel de importancia Alto. | 10.0 |
Total | N/A | 85.0 |
Importancia | Según datos de Tabla 8. | Alta |
% de Multa | Según datos de Tabla 8. | 5.0% |
Basado en la Tabla 8 y Tabla 9 se realiza la valoración para la Cláusula penal y los resultados se pueden observar en la Tabla 11:
Tabla 11 Valoración de Cláusula penal
Factor | Justificación del área usuaria | Puntaje asignado por área usuaria |
Plazo | El atraso en el cumplimiento de los plazos establecidos en el presente proceso administrativo puede provocar incumplimiento en la entrega de los | 25.0 |
INFORMACIÓN DE USO PÚBLICO | INS Valores Puesto de Bolsa S.A. Tel.: +506 – 2284 – 8000. Apdo. Postal 1860-1002, San Xxxx, Xxxxx Rica. | Pág. 18 de 19 |
Factor | Justificación del área usuaria | Puntaje asignado por área usuaria |
equipos y afectar significativamente los servicios que INS Valores brinda a sus clientes, dándose por un incumplimiento de plazos una afectación reputacional, por tal motivo se considera un nivel de importancia Alto. | ||
Riesgos | El incumplimiento en la entrega de los contratos requeridos puede generar múltiples riesgos, de manera que puede afectar significativamente los servicios tecnológicos que INS Valores brinda a los clientes, generándose los siguientes riesgos: • Reputacional. • Sanciones. • Entrega de información no exacta. • Cumplimiento normativo. De acuerdo con lo anterior se considera un nivel de importancia Alto. | 25.0 |
Repercusiones | Las repercusiones de incumplimiento a la superintendencia pueden generar: • Sanciones. • Reputacional. | 25.0 |
Monto | La contratación relacionada a la renovación de suscripciones de software el cual posee un costo aproximado de $50,000.00; lo cual representa un monto importante. De acuerdo con lo anterior se considera un nivel de importancia Alto. | 25.0 |
Total | N/A | 100.0 |
Importancia | Según datos de Tabla 8. | Alta |
% de Cláusula Penal | Según datos de Tabla 8. | 5.0% |
INFORMACIÓN DE USO PÚBLICO | INS Valores Puesto de Bolsa S.A. Tel.: +506 – 2284 – 8000. Apdo. Postal 1860-1002, San Xxxx, Xxxxx Rica. | Pág. 19 de 19 |