MODELO DE CONTRATO DE COMISIÓN PARA OPERACIONES REALIZADAS EN EL MERCADO DE VALORES.
MODELO DE CONTRATO DE COMISIÓN PARA OPERACIONES REALIZADAS EN EL MERCADO DE VALORES.
Nosotros, (NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O GERENTE DE LA CASA FACULTADO AL EFECTO), mayor de edad, empleado, del domicilio de (Domicilio REPRESENTANTE LEGAL de la CASA), quien actúa en nombre y representación________________ en su calidad de Gerente General de ______________________, Casa de Nacionalidad Salvadoreña y del domicilio de San Xxxxxxxx, debidamente autorizada por la Superintendencia de Valores para realizar operaciones de intermediación en el mercado de valores, a quien denominaremos “La Casa”, con personería jurídica suficiente para comparecer en nombre de la Sociedad, según consta en ______________(Credencial, Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la Casa o de Poder suficiente), otorgado por _________________, en su calidad de ___________________ y por lo tanto, representante legal de la Sociedad, en la ciudad de _________________, otorgada a_______________ horas del día _________ de _______ , ante los oficios xxx xxxxxxx _________________________, inscrito en Registro de Comercio al Número _______ del Libro ________ del Registro de Otros Contratos Mercantiles, el día ____de _____de ______, del cual consta que me encuentro facultado para actuar en nombre y representación de la Sociedad en contratos como el presente, en el mencionado poder el notario autorizante dio fe de la personería jurídica del representante legal de la sociedad y de la existencia legal de La Casa; y por otra parte ________(Nombre de “El Cliente”) mayor de edad, de Profesión u Oficio__________, del domicilio de (Domicilio de Cliente), con Documento Único de Identidad número _______ (en el caso de que se actúe en representación de una sociedad, deberán completarse los siguientes datos), quien actuando en nombre y representación y en mi calidad de _________________(indicar calidad con la que actúa), de nacionalidad_________, y del domicilio de __________, inscrita en el Registro de Comercio el día______________de______, de_______, al número____del libro_________; a quien denominaremos “El Cliente”, por medio del presente documento acordamos celebrar el presente CONTRATO DE COMISIÓN POR OPERACIONES REALIZADAS EN EL MERCADO DE VALORES, que se regirá por las cláusulas siguientes:
(Nombre de Casa), SA. de C.V., Casa de Corredores de Bolsa, es una sociedad (Nacionalidad de la Casa) que ha cumplido los requisitos establecidos por la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores para operar como Casa de Corredores de Bolsa, para lo cual se encuentra inscrita en el Registro Público Bursátil de la Superintendencia de Valores y está autorizada para efectuar operaciones de intermediación en el mercado de valores, en los términos establecidos en dicha Ley.
“El cliente” nombra como comisionista a la Casa Corredores de Bolsa, autorizándola para la realización de las actividades mercantiles a que el presente contrato se refiere, atendiendo las disposiciones normativas que rigen el mercado de valores. La Casa de Corredores acepta el nombramiento antes referido, manteniendo en estricta reserva la identidad de la persona por cuya cuenta contrata; y queda obligada a actuar con la diligencia de un buen comerciante en negocio propio, interviniendo en nombre propio y por cuenta del cliente en el mercado de valores.
Para los efectos del presente contrato, la Casa podrá actuar por cuenta del cliente en la compra, venta u otra clase de negociación de todo tipo de valores y contratos, cuya negociación se realice de acuerdo a lo establecido en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores. La casa deberá ejecutar de forma precisa las órdenes de acuerdo a las instrucciones verbales, telefónicas, escritas, u otro medio electrónico de comunicación dadas por el cliente. En todo caso, la Casa de Corredores queda instruida expresamente para cuidar de los negocios que le han sido encargados, a su discreción y buen juicio, debiendo desarrollar todas las actividades necesarias a efecto de llevar a cabo las ordenes encomendadas por el cliente, debiendo la casa en todo momento defender los intereses generales del cliente. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá, en cualquier momento, mediante aviso por escrito a la Casa de Corredores, variar la naturaleza del presente encargo. El aviso en cuestión tendrá efectos a partir de su recepción por parte de la casa, salvo aquellas operaciones que fueren firmes e irrevocables por el acuerdo de las partes.
El Cliente asume para sí plenos efectos vinculatorios y responsables por las órdenes o instrucciones que, en su caso, la Casa de Corredores recibiere de cualquiera de las personas designadas por él, quienes estarán investidas de representación suficiente para actuar en nombre del Cliente, frente a la Casa de Corredores. Si el cliente deseare excluir a una persona de la autorización concedida, deberá comunicarlo ya sea por vía fax, correo electrónico o nota escrita, siempre que entre la casa y el cliente se hayan establecido los mecanismos de confirmación y seguridad que permitan cerciorar la fidelidad de la proveniencia de la notificación, teniendo dicha comunicación efectos inmediatos para la casa en las actuaciones que realice para el cliente. No obstante, las comunicaciones que no hayan sido realizadas por medio de nota escrita, para fines de formalización y registro del cambio expuesto por el Cliente a la Casa, el cliente deberá remitir una nota por escrito posterior en un plazo no mayor de veinticuatro horas a partir de dicha notificación. En todo caso, la Casa de Corredores no se responsabiliza por las instrucciones recibidas por personas a quien el cliente ha designado representación.
Las instrucciones u órdenes verbales, por escrito, vía telefónica u otro medio electrónico de comunicación, impartidas por el cliente a la Casa de Corredores, deberán contar con el formulario de orden de compra y venta debidamente firmado por las partes, después de haberse ejecutado la operación, en un período máximo de tres días corridos después del día de la negociación. Las instrucciones u órdenes que fueren impartidas por el Cliente a la Casa de Corredores, deben cumplir con la normativa emitida por la Superintendencia de Valores. En el caso que el cliente acepte que la entrega de órdenes a la casa pueda efectuarse por cualquier medio de comunicación, distinto de la nota escrita el Cliente deberá firmarle una carta de aceptación a “La Casa” del medio de comunicación que se establezca, la que deberá anexar a su Registro. La utilización de medios de comunicación distintos de la nota escrita, ya sea por vía telefónica, verbalmente, vía fax, correo electrónico, etc., podrá efectuarse cuando “La Casa” implemente sistemas de comunicación que garanticen la integridad, confidencialidad y consistencia de la información transmitida.
Ambas partes declaran y aceptan que en la celebración y ejecución del presente contrato, se sujetarán especialmente a lo dispuesto por la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, el Código de Comercio y las normas emitidas por la Superintendencia de Valores, así como a las reglas establecidas por la sociedad __________________________ (Bolsa de Valores donde opere la casa) y por las centrales de depósito y custodia de valores autorizadas por la Superintendencia de Valores.
“La casa tendrá dos opciones para la redacción de esta cláusula, tal como se detallan a continuación:
1) Opción 1, incorporando una tabla de comisiones en el cuerpo del contrato; debiendo incorporar en esta cláusula, lo siguiente:
“El cliente pagará a “La Casa” por concepto de los servicios por operaciones realizadas en el mercado de valores, a prestarse bajo este contrato, una comisión más el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios en adelante denominado "IVA”., según se detalla en la siguiente tabla de comisiones:
Servicio Prestado |
Comisión a cobrar |
Base sobre la que se aplicará la comisión |
1. Mercado Primario. |
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Colocación de emisión de valores xx Xxxxx Fija. |
xx% |
Montos menores a xx |
xx% |
Montos entre xx y xx |
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xx% |
Montos mayores a xx |
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Colocación emisión de acciones. |
xx% |
Montos menores a xx |
xx% |
Montos entre xx y xx |
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xx% |
Montos mayores a xx |
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Orden de compra de valores xx Xxxxx Fija. |
xx% |
Montos menores a xx |
xx% |
Montos entre xx y xx |
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xx% |
Montos mayores a xx |
La Casa podrá variar estas comisiones, teniendo el Cliente como notificación, de acuerdo a la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, la publicación hecha en dos periódicos de circulación nacional, ante lo cual, las comisiones que se cobren a “El Cliente”, no podrán ser mayores a las publicadas.
“La Casa" no absorberá los impuestos, tasas o contribuciones que correspondan a "El Cliente", sus beneficiarios o herederos.”
2) Opción 2, incorporando la tabla de comisiones como anexo al contrato; debiendo incorporar en esta cláusula, lo siguiente:
”El cliente pagará a “La Casa” por concepto de los servicios por operaciones realizadas en el mercado de valores, a prestarse bajo este contrato, una comisión más el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios en adelante denominado "IVA., según se detalla en el Anexo 1, que integra el presente contrato, el cual se encuentra debidamente suscrito por las partes contratantes, las cuales podrán variar teniendo el Cliente como notificación, de acuerdo a la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores y la normativa que al respecto haya sido emitida por la Superintendencia, la publicación hecha en dos periódicos de circulación nacional, ante lo cual, las comisiones que se cobren a “El Cliente”, no podrá ser mayores a las publicadas. (El anexo deberá contener una tabla con el detalle de información requerida en la tabla presentada en la opción 1 de esta misma cláusula; incorporando en forma detallada el dato preciso de cada una de las comisiones de las operaciones que realicen; describiendo para ello la base sobre la cual se aplicarán las comisiones, así como los rangos que pudieren generar diferencias en el cobro de dichas comisiones, en caso que existieran)
“La Casa" no absorberá los impuestos, tasas o contribuciones que correspondan a "El Cliente", sus beneficiarios o herederos.”1/
“El Cliente” asume para si el pago de las comisiones por servicios que establezca la bolsa de valores, donde se negocien los valores y la institución responsable de la liquidación, custodia y administración de los valores del Cliente, todo ello de conformidad a las facultades que la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores confiere a estas entidades para tales efectos.
“La Casa” se obliga a hacer su mejor esfuerzo para ofrecer al Cliente una asesoría profesional y oportuna en sus operaciones. Sin embargo dada la variabilidad en el comportamiento de los rendimientos, debido a la naturaleza xxx xxxxxxx bursátil, la Casa sólo puede ser responsable de los perjuicios al Cliente provenientes del incumplimiento de los deberes profesionales que deben observar las Casas en el desempeño de su actividad mercantil, debido a negligencia, impericia u otros. Por tanto, en su mejor esfuerzo, la casa buscará el máximo rendimiento o la mínima pérdida para “El Cliente”, según las condiciones xxx xxxxxxx.
Puesto que los factores que pueden afectar el rendimiento de los valores no dependen de “La Casa”, por tanto los riesgos de la inversión corren por cuenta de “El Cliente”, en vista de la ocurrencia de hechos futuros que pueden afectar los resultados de las inversiones los cuales están sujetos a diferentes grados de incertidumbre, y consecuentemente “La Casa” y “El Cliente” aceptan que aún con el mejor esfuerzo de la primera siempre podrá ocurrir que el resultado esperado de las operaciones difiera del resultado verdadero sin que ello implique que deba haber compensación alguna por la pérdida obtenida, siempre que haya ocurrido bajo las circunstancias y en la manera indicada y con los mecanismos de negociación establecidos en atención de Xxx xxx Xxxxxxx de Valores y la normativa correspondiente.
La Casa no podrá hacer uso de los fondos o de los valores de “El Cliente” para operaciones propias o de otros Clientes. Además, se obliga a informar a “El Cliente”, de las operaciones que se realice con su dinero o con valores, remitiéndole, a más tardar un día hábil después de realizada la(s) operación(es), las generales de las mismas, así como, las comisiones retenidas (total y porcentual). No obstante,”El Cliente” podrá solicitar a la Casa un informe detallado de las anteriores operaciones, el cual deberá ser entregado dentro del plazo máximo de cinco días hábiles siguientes.
La Casa se obliga a entregarle a “El cliente”, toda la información financiera de la misma que tenga carácter público en un plazo de cinco días hábiles después de efectuado el requerimiento.
“El cliente” reconoce que los reportes de la ejecución de órdenes y los informes de operaciones son firmes e irrevocables, y que cualquier negociación que aparezca en ellos deberá ser aceptada como perteneciente al cliente. No obstante “El cliente” tiene derecho de rechazar en un plazo que no exceda de cinco días hábiles después de recibido el informe de operaciones, cualquier negociación no autorizada o cualquier otra negociación que aparezca erróneamente en el informe de operaciones, así como el derecho de que tales negociaciones le sean removidas de su cuenta sin ningún cargo. Las transacciones realizadas por la casa a nombre de “El cliente” sin su autorización o cualquier otra negociación errónea, requerirán que la casa obtenga la ratificación de “El cliente”, pudiendo éste aceptarlas o rechazarlas, pero en ningún caso se entenderá que el no pronunciamiento de “El cliente” implique la aceptación.
“El Cliente” acepta que pagará el precio o hará la entrega de los valores vendidos o negociados en la forma y horario que se tenga establecido y no se le admitirá la excepción de falta de provisión de fondos. En caso de incumplimiento por parte de “El Cliente”, de las obligaciones contraídas por la Casa por su cuenta, este último acepta que deberá indemnizar a la Casa por los daños y perjuicios que su incumplimiento le ocasionaren.
“El cliente” autoriza a la Casa para que, manteniendo la confidencialidad, le requiera información necesaria para los efectos del artículo 13 de la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos o para informar por escrito o por cualquier medio electrónico, dentro de los tres días hábiles siguientes de tener conocimiento de la operación, al organismo de fiscalización o supervisión correspondiente cuando el monto acumulado mensual de los valores o fondos del cliente que le sean entregados para inversión, negociación, liquidación o garantía, no guarden relación con los montos correspondientes a su operaciones comerciales habituales o cuando hubieren los suficientes elementos de juicio para considerarlos irregulares. Además autoriza a la Casa, a cerrar las cuentas que mantenga en la misma, en una central de depósito de valores o en otra institución relacionada con el mercado bursátil, en el caso de que se cometa infracción o violación de cualquiera de las declaraciones o compromisos que ahora se firman, eximiendo a la Casa de toda responsabilidad que se derive por la errónea falsa o inexacta información que hubiere proporcionado.
“El cliente”, en caso de que se inicien investigaciones en su contra, por actividades ilícitas, autoriza a la Casa para que pueda proporcionar a las autoridades competentes la información requerida.
Para los efectos legales del presente contrato, las partes aceptan y acuerdan en señalar como su domicilio especial el de esta ciudad a cuyas autoridades se someten expresamente.
Las partes contratantes aceptan que el presente contrato por su naturaleza se celebra por tiempo indeterminado. Finalizará cuando una de las partes manifieste por escrito a la otra su intención de dejarlo sin efecto, con al menos quince días de anticipación. La Casa podrá dar por terminado el presente contrato siempre que no incumpla lo dispuesto por el Art 965, párrafo segundo, del Código de Comercio. El incumplimiento por una de las partes de sus obligaciones contraídas según este contrato dará a la otra derecho para darlo por terminado o resuelto sin necesidad de intervención judicial, pudiendo reclamar a la parte que incumple los daños y perjuicios a que hubiere lugar. Los negocios y operaciones pendientes de conclusión a la fecha que este contrato deje de surtir efectos por cualquier causa, deberán ser llevadas a término por las partes.
Las partes aceptan y acuerdan expresamente que cualquier conflicto, controversia, diferencia, divergencia o disputa que surja entre las partes, y en particular los derivados de la aplicación, ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación, operación, resolución, terminación o vigencia del presente contrato, podrán someterse a cualquiera de los medios alternos de solución de controversias de acuerdo con la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje.
Cláusula para definir Procedimiento para presentación de reclamos, en el cual deberá especificar el procedimiento a seguir por el cliente para la presentación de reclamos, que deberá ser simple, breve y gratuito; detallando los órganos administrativos que atenderán el reclamo, el ejecutivo responsable y tiempos de respuesta razonables, además deberá incluir la entrega al cliente de un comprobante de recepción del reclamo.1/
El cliente expresamente faculta a la Casa para que en el caso en que esta deba proceder a entregarle los saldos que le correspondan en concepto del pago de rendimientos, si los hubieren, y/o de capital, dicho pago sea realizado mediante depósito en su cuenta de (ahorros o corriente)_________, número________, aperturada en el Banco_____, Institución que se encuentra autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero para realizar operaciones pasivas en el país. Lo anterior tendrá aplicación únicamente en el caso en que el cliente, habiendo sido requerido por la Casa para ello, no se presente a la oficina de esta a retirar dichas cantidades de dinero, o no se tenga noticia de él, y posterior a haberle realizado al menos dos requerimientos escritos para dicho efecto, a la dirección que el cliente proporcione para efectos de que se le haga entrega del estado de cuenta de las inversiones realizadas por la Casa en su nombre. Es entendido que si a la fecha en que la Casa deba realizar el depósito en la cuenta que el cliente ha proporcionado, dicha cuenta se encontrare inactiva o no existiese, la Casa podrá proceder a liberarse de su obligación de efectuar el pago correspondiente, siguiendo el procedimiento ordinario de pago por consignación de conformidad con las disposiciones legales aplicables. En todo caso, la casa deberá obtener y tener a disposición del Cliente los comprobantes del depósito en la cuenta respectiva, o en su caso, los comprobantes de haber realizado las diligencias de pago de consignación respectivas.
No obstante lo anterior, dicha cuenta, si el cliente así lo solicita por escrito, podrá ser utilizada por la Casa para el depósito periódico de los rendimientos generados por sus inversiones, si los hubieren. 1/
“El Cliente” declara que “La Casa” le ha leído y explicado en forma clara, veraz, oportuna y satisfactoria las obligaciones y condiciones del presente contrato y por ello las acepta.
El presente contrato se firma en dos ejemplares conservando uno cada una de las partes en la ciudad de San Xxxxxxxx a las ________ horas del día ______ de _____________ del año 200_.
El presente contrato entrará en vigencia la fecha de su suscripción.
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Firma Representante de “La Casa” Firma “El Cliente”