INVITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA SOLUCIÓN INTEGRAL DE EQUIPOS ACTIVOS, SOFTWARE DE GESTIÓN, ANALÍTICA, RTLS Y SOLUCIÓN WIFI PARA EL CENTRO INTERNACIONAL DE NEGOCIOS DE BOGOTÁ - ÁGORA INVITACIÓN PÚBLICA No. 01...
INVITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA SOLUCIÓN INTEGRAL DE EQUIPOS ACTIVOS, SOFTWARE DE GESTIÓN, ANALÍTICA, RTLS Y SOLUCIÓN WIFI PARA EL XXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXX - XXXXX
0000
INVITACIÓN PÚBLICA No. 01 de 2017
TABLA DE CONTENIDO
GENERALIDADES DE LA ENTIDAD Y DE LA INVITACIÓN 4
1.1. Régimen legal aplicable 5
1.2 Naturaleza de esta Invitación a Proponer - Consecuencias 5
1.3 Interpretación de esta Invitación a Proponer 5
1.4 Adendas de la invitación 6
1.5 Exclusión y limitación de responsabilidad precontractual 7
1.6 Confidencialidad de la información 7
1.8 Estructura del proceso de invitación y publicidad 8
1.9 Naturaleza del origen de los recursos. 8
1.10 Calendario de la invitación 9
1.11 Alcance de la oferta económica 9
1.13 Suficiencia de la información entregada 10
1.14 Aceptación de condiciones 10
1.15 Costo de preparación de la propuesta u oferta 11
1.16 Medio para comunicar la propuesta a CORFERIAS 11
1.17 Plazo máximo para presentar ofertas 13
1.18 Contenido y documentación de la propuesta 13
1.19 Apéndices y anexos de esta invitación 15
1.20 Autorización de verificación de información 15
1.21 Propuestas alternativas 15
1.22 Ofrecimientos adicionales. 15
1.23 Causales de no admisión de las ofertas 16
1.24 Aclaración o subsanación de la oferta 17
1.25 Propuestas Condicionales 18
1.27 Plazo de la Invitación 18
1.29 Correcciones, Aclaraciones, Modificaciones y Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx 00
0.00 Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Permanente Especial 18
1.30.3 Prestación de servicios 21
DESCRIPCIÓN GENERAL Y CONDICIONES TÉCNICAS 21
2.4. Productos a entregar y requisitos para su aceptación 22
REQUISITOS HABILITANTES DE LAS PROPUESTAS 22
INFORMACIÓN A LOS PROPONENTES 22
3.1.1 Consorcios y uniones temporales 22
3.2. Condiciones habilitantes financieras de los participantes 23
3.3. Condiciones habilitantes técnicas y de experiencia del proponente 24
3.4. Condiciones jurídicas habilitantes del proponente 24
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 26
4.1. Primera fase de la evaluación de las propuestas: 26
4.2. Segunda fase de la evaluación de las propuestas. 26
4.3. Naturaleza de los criterios de calificación 28
4.6. Interrupción o Terminación Anticipada del Proceso de Selección 29
4.7. Adjudicación del contrato 29
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO EVENTUAL 30
5.1. Contenido y alcance de esta sección 30
5.2. Descripción preliminar del objeto del posible contrato 30
5.3. Principales obligaciones a cargo del contratista 30
5.4. Principales obligaciones a cargo de CORFERIAS 31
5.5. Valor del contrato y remuneración 31
5.6. Forma de pago del contrato 31
5.8. Garantías contractuales 31
5.9. Control y supervisión del contrato. 32
5.11. Indemnidad por reclamaciones de terceros 33
5.14. Cesión y Subcontratación del contrato 34
5.15. Propiedad Intelectual 34
5.16. Causales de terminación 34
5.17. Otras condiciones contractuales 34
5.18. Plazo para entrega del eventual contrato firmado y documentos solicitados 34
5.19. Incumplimiento en el perfeccionamiento y/o suscripción del contrato 35
Objeto: INVITAR Y SELECCIONAR AL PROPONENTE QUE PRESENTE LA MEJOR PROPUESTA ECONÓMICA Y TÉCNICA CONFORME A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE INVITACIÓN, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTLACIÓN DE UNA SOLUCIÓN INTEGRAL DE EQUIPOS ACTIVOS, ANALÍTICA, RTLS Y SOLUCIÓN WIFI, PARA EL CENTRO INTERNACIONAL DE CONVENCIONES DE BOGOTÁ – ÁGORA.
Apertura de la invitación: 8 xx xxxx del 2017
Fecha límite para presentar preguntas: 22 xx xxxx del 2017
Fecha de cierre de la invitación: 5 xx xxxxx de 2017 - 10 am
Área responsable: JEFATURA TECNOLOGÍA E INFORMACIÓN DE CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA.
Contactos para consultas: XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX - xxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx, con copia a xxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx, teléfono 0000000 Ext. 5854.
SECCIÓN 1
GENERALIDADES DE LA ENTIDAD Y DE LA INVITACIÓN
INTRODUCCIÓN
El presente documento contiene los términos, condiciones y directrices para la presentación de propuestas y posterior selección de los servicios o bienes que por medio de la presente invitación la CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA, en adelante, CORFERIAS, pretende contratar.
CORFERIAS dentro de su objeto social contempla la organización de ferias, exposiciones y convenciones nacionales e internacionales de carácter comercial y científico y en general, a realizar cualquier otra actividad o mecanismos dirigidos a promover las actividades que se desarrollen dentro de la zona franca. De igual manera, tiene la facultad para administrar todo tipo de bienes inmuebles que se encuentren ubicados en las áreas geográficas que hayan sido declaradas Zonas Francas Permanentes Especiales, como es el caso del Centro Internacional de Convenciones de Bogotá – ÁGORA BOGOTÁ (en adelante ÁGORA BOGOTÁ).
ÁGORA BOGOTÁ tiene como propósito desarrollar el turismo de convenciones y congresos con gran impacto en la generación de negocios y de puestos de trabajo mediante la captación, realización y ejecución de todo tipo de eventos nacionales e internacionales.
La gestión y operación de ÁGORA BOGOTÁ está a cargo de CORFERIAS, quien asume la condición de operador, de acuerdo con la capacidad y experiencia que ésta ha construido a lo largo del desarrollo de las actividades de su objeto social por más de 60 años.
Teniendo en cuenta que la operación y comercialización de ÁGORA BOGOTÁ está a cargo de CORFERIAS, ésta requiere contratar los bienes y servicios necesarios para la operación del mismo.
Salvo que en estos términos se indique lo contrario, el derecho aplicable a este acto y al contrato que llegue a suscribirse será el consagrado en el ordenamiento jurídico colombiano.
El presente proceso de contratación y el contrato que se llegare a celebrar se sujetan a las disposiciones del derecho privado, salvo las excepciones estipuladas en el presente documento y en la ley. Especialmente, deberán cumplirse las disposiciones que se encuentran relacionadas en el documento ‘Código de Ética y Buen Gobierno de Corferias’1 referidas al régimen de inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés.
Al elaborar y presentar la propuesta se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:
La presente invitación no constituye una oferta mercantil en los términos del artículo 845 del Código de Comercio, por consiguiente, el alcance del presente documento no va más allá de ser una simple invitación a presentar una propuesta económica y de servicios, la cual podrá ser aceptada o rechazada por CORFERIAS. El proponente será el que dirija a CORFERIAS una propuesta. CORFERIAS, en cuanto sea destinataria de propuestas, podrá aceptarlas o no, de acuerdo con las reglas generales contenidas en el presente documento o la normatividad contenida en el ordenamiento jurídico colombiano.
El recibo por parte de CORFERIAS de cualquier propuesta que provenga de las personas destinatarias de esta invitación no equivale a la aceptación de una propuesta ni a la celebración de un negocio o contrato jurídico, ni siquiera condicionado a la inexistencia de una postura mejor de la que se presenta. Si con posterioridad a la fecha de la invitación desaparece el interés de CORFERIAS en recibir propuestas, ella así lo hará saber mediante una adenda. Por lo que a la presente invitación no le son aplicables los artículos 857 y 860 del Código de Comercio.
CORFERIAS no expresa en este instrumento su voluntad inequívoca de contratar, ni la de hacerlo en unas determinadas condiciones, en tal sentido, CORFERIAS se reserva el derecho de suspender o terminar en cualquier momento el presente proceso de selección o de contratar o no, aún en el evento en que se hayan recibido propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos para ser consideradas. Decisión que comunicará por el mismo medio mediante el cual se publicó esta Invitación.
Con respecto a la interpretación y entendimiento de los términos de referencia, se deben considerar los siguientes aspectos:
En la interpretación de esta invitación se preferirá siempre aquel sentido posible de las declaraciones hechas en ella que más se ajuste a su naturaleza, que es la que acaba de indicarse en el numeral inmediatamente anterior.
Este criterio de interpretación y esta definición de naturaleza prevalecerán sobre cualquier declaración que se haga en este mismo documento y que pueda considerarse contradictoria con aquel o con ésta.
Solo son partes integrantes de esta Invitación a Proponer todos sus anexos (si los hubiere) y todas las adendas aclaratorias o modificatorias que CORFERIAS expida con posterioridad a la fecha apertura de la invitación señalada en el recuadro inicial de referencia.
Cualquier otra declaración que CORFERIAS haga y que no esté incorporada en una adenda a la Invitación a Proponer no será interpretada como si formara parte de la invitación. Prevalecerán en todo caso las declaraciones contenidas en esta invitación sobre cualquier otra declaración que no se encuentre contenida en adendas y que modifique o contraríe lo establecido en esta invitación.
Si existiere conflicto entre el contenido de esta invitación y alguno o algunos de sus adendas, o entre el contenido de las distintas adendas, prevalecerá lo que se declare en la última adenda sobre todo lo demás. La declaración posterior sólo prevalecerá sobre la anterior si tiene un nivel de especialidad en razón de la materia idéntico o superior al de ésta última.
Las adendas que tengan función aclaratoria se considerarán como interpretaciones auténticas de las declaraciones aclaradas.
A las palabras utilizadas en esta invitación se les reconocerá el sentido que tengan de acuerdo con la definición que de ellas mismas se haga en este instrumento. En ausencia de definición en este instrumento, será aplicable la definición que esté contenida en el derecho aplicable. Si el derecho aplicable no contiene una definición, será aplicable el sentido técnico que en el respectivo arte u oficio se le reconoce habitualmente, en lo que se refiera a las palabras técnicas empleadas. A las palabras que carecen de significado técnico se les asignará el que corresponde al lenguaje ordinario.
En caso de existir contradicción entre los anexos y los términos de esta invitación, prevalecerá lo establecido en los términos.
NOTA IMPORTANTE: Se advierte que el presente documento y todo el proceso que se derive del mismo no constituye una oferta o propuesta de contrato por parte de CORFERIAS, ni una oferta pública de una prestación o premio, ni un pliego de cargos, según los términos establecidos en los artículos 845, 856 y 860 del Código de Comercio Colombiano.
En el proceso de la presente invitación, CORFERIAS puede considerar la incorporación de aclaraciones o precisiones que darán lugar a ADENDAS bajo los siguientes lineamientos:
CORFERIAS puede modificar o aclarar esta Invitación a Proponer. La modificación puede hacerse mediante la adición de nuevos elementos o mediante la sustracción de algunos de los existentes. La aclaración consiste en precisar el sentido de alguna de sus partes.
Las nuevas declaraciones que ella haga se harán constar por escrito en un documento que se denominará adenda y/o el documento al cual CORFERIAS le dé dicha calidad, y que será puesto a disposición de las personas interesadas por el mismo medio a través del cual se haya puesto a disposición esta Invitación a Proponer. Para que un documento sea considerado como adenda, es necesario que se denomine con ese nombre o con cualquiera otro similar que sea suficientemente indicativo de su naturaleza modificatoria o aclaratoria de esta invitación.
CORFERIAS hará estas adendas con una antelación razonable a la fecha señalada como límite temporal para la presentación de las propuestas y en ellas se puede disponer la ampliación del plazo de presentación de las propuestas cuando la naturaleza de la adenda así lo exija. Siempre prevalecerá el contenido de la última Adenda publicada sobre cualquier documento anterior.
1.5.1. Los actos o comunicaciones que CORFERIAS emita dentro de la presente invitación de manera individual o conjunta hacia o con los proponentes no deberán entenderse como actos precontractuales, razón por la cual no habrá lugar al reconocimiento por parte de CORFERIAS de la indemnización de que trata el artículo 863 del Código de Comercio.
1.5.2. Los proponentes deben examinar todas las instrucciones, condiciones, especificaciones, formularios, formatos, anexos, Adendas y documentos aclaratorios que hagan parte de esta Invitación, todo lo cual constituye la fuente de información para la elaboración de la propuesta. En este orden de ideas, las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en esta invitación, serán de su exclusiva responsabilidad. Por tanto, CORFERIAS, no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, interpretaciones equivocadas u otros hechos en los que incurra el proponente que le sean desfavorables o favorables, y que puedan incidir en la elaboración de su propuesta.
1.5.3. El hecho que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos y/o servicios objeto de la presente Invitación, no se considerará como fundamento válido de futuras reclamaciones. El proponente debe elaborar su propuesta de acuerdo a lo establecido en los términos de ésta Invitación y anexar la documentación exigida.
Los proponentes deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
Se considera como confidencial la información de CORFERIAS que sea así expresamente calificada por la Ley y la información de CORFERIAS que se encuentra contenida en esta Invitación a Contratar, así como la que expresamente se catalogue en sus adendas o en cualquier otro medio escrito. La indicación de que determinada información es confidencial se hará al menos concomitantemente con la entrega de la misma.
Cuando CORFERIAS declare que alguna información suya es confidencial y la entregue a determinada persona, se entenderá en todo caso que la revelación se ha hecho con el exclusivo fin de permitir la adecuada preparación de la propuesta de esta invitación, por lo que ésta deberá abstenerse de comunicarla a cualquier tercero, así sea en forma sólo parcial. Para este fin, no se consideran terceros las personas que, de celebrarse el contrato que se ofrecería a CORFERIAS, tendrían la calidad de subcontratistas de aquella persona a quien se ha entregado información confidencial. Tampoco se consideran terceros los empleados de aquel a quien se haya entregado tal información confidencial. Sin perjuicio de lo anterior, cuando un potencial subcontratista o una persona que sea o haya sido empleada de la persona a quien se ha revelado el dato reservado lo comunique a su vez a terceros, la persona a quien se haya entregado la información responderá ante CORFERIAS como si ella misma hubiera sido la autora del incumplimiento.
Quien incumpla sus obligaciones de reserva respecto de la presente invitación y la información entregada, o sus obligaciones de garantizar la reserva de sus potenciales subcontratistas o empleados, pagará a CORFERIAS la suma de $10.000.000. La anterior suma se deberá como multa. Su pago no indemniza los perjuicios sufridos por CORFERIAS ni limita en nada las posibilidades de reclamación de esta última por los daños padecidos. Toda información que llegare a entregar CORFERIAS en ejecución de esta Invitación a Proponer y sus anexos y en las eventuales adendas será considerada como confidencial y constituye secreto empresarial en los términos de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo xx Xxxxxxxxx por un término de tres (3) años. CORFERIAS incluirá obligaciones de confidencialidad en el contrato que se suscriba con el proponente seleccionado y la multa respectiva en caso de incumplimiento será equivalente al 10% del valor del contrato.
La normatividad aplicable a esta invitación será la que se encuentra vigente a la fecha de la presente invitación, incluso si entre la fecha de la invitación y el plazo máximo señalado para recibir las propuestas se modifica o deroga alguna disposición normativa aplicable al negocio jurídico que se pretende celebrar. La Ley aplicable al contrato será la vigente al momento de su celebración.
El texto de esta invitación a proponer y de todas sus adendas estará disponibles en la página web de CORFERIAS: xxx.xxxxxxxxx.xxx, sección de licitaciones o en las oficinas de la Jefatura Tecnología e Información de CORFERIAS, ubicadas en la Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, en un horario de 9 AM hasta 4 PM, durante el tiempo establecido en el calendario de esta invitación.
-
Los interesados podrán formular preguntas por escrito y/o email a CORFERIAS sobre esta invitación a proponer en el plazo establecido en el calendario de la invitación.
Cuando CORFERIAS lo considere conveniente, realizará una audiencia aclaratoria del contenido de la invitación a proponer. Como resultado de la audiencia podrán expedirse nuevas adendas a la invitación.
Los plazos de la Invitación serán los señalados en el calendario señalado en el numeral 1.10 de esta invitación; dentro del cual los Proponentes podrán presentar las inquietudes relacionadas con los términos de la presente Invitación; en las fechas, forma y hora allí señaladas se presentarán las respectivas propuestas, así mismo, en las fechas, forma y hora allí señaladas se presentarán los subsanes, aclaraciones y/o observaciones. Si las respuestas no se produjeren antes del vencimiento del plazo previsto para el cierre de la Invitación, las condiciones de ésta se tomarán conforme a su publicación inicial. Dentro del plazo de la Invitación, se podrán efectuar modificaciones a los términos de la misma. En el evento en que los términos se cumplan en un día no hábil, se trasladará al día hábil siguiente.
Los recursos con los que CORFERIAS pagará las obligaciones a su cargo, como consecuencia de la ejecución y cumplimiento del contrato objeto de esta invitación a ofrecer serán de origen privado.
A continuación, se presenta el calendario para el desarrollo de la presente Invitación a Proponer:
ACTIVIDAD |
FECHA DE INICIO |
FECHA FINAL |
LUGAR |
Publicación de los términos de la invitación |
8 xx xxxx de 2017 |
Página Web de CORFERIAS
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Fecha límite para formular preguntas o solicitar aclaraciones de la invitación |
8 xx xxxx de 2017 |
00 xx xxxx xx 0000 |
Jefatura Tecnología e Información Carrera 37 No. 24 -67 |
Cierre y entrega de propuestas |
5 xx xxxxx de 2017 hasta las 10 am |
CORFERIAS Xxxxxxx 00 Xx. 00 -00. |
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Adjudicación del contratista |
26 xx xxxxx de 2017 |
Jefatura Tecnología e Información Xxxxxxx 00 Xx. 00 -67 |
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Suscripción de Contrato |
0 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxxxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXXX Carrera 37 No. 24 -67 |
Este calendario podrá ser modificado a voluntad de CORFERIAS en cualquier momento a su sola discreción.
Para la elaboración, se deben tener en cuenta los siguientes lineamientos:
Los proponentes indicarán en el Anexo 2 cuál es la remuneración total que exigirán por la ejecución de todas las obligaciones ofrecidas, teniendo en cuenta la forma de pago señalada en este documento.
La expresión de la remuneración se hará en pesos colombianos.
En todo caso el responsable del IVA deberá discriminarlo en su oferta y quien no sea responsable del mismo deberá informarlo por escrito.
Los precios contenidos en la propuesta no estarán sujetos a ajuste alguno y deberán ser aproximados al peso, por exceso o por defecto.
CORFERIAS pagará las obligaciones a su cargo del eventual contrato que llegare a celebrarse mediante transferencia electrónica de fondos por el sistema ACH.
NOTA 1. Para efectos de calificación deben estar incluidos todos los costos y gastos necesarios para el suministro e instalación de una solución integral de equipos activos software de gestión, analítica, RTLS y solución wifi, para ÁGORA BOGOTÁ, hasta la liquidación del mismo.
Se deben tener en cuenta los siguientes lineamientos:
CORFERIAS sólo podrá aceptar propuestas que se encuentren vigentes, en consecuencia, no se aceptaran propuestas cuya fecha de vigencia ha expirado.
El proponente podrá extender unilateralmente la vigencia de la propuesta antes de su vencimiento o aceptar que la propuesta que ha perdido vigencia la adquiera nuevamente por un período determinado, y así lo comunicará a CORFERIAS para que ésta pueda aceptar su propuesta.
CORFERIAS, en cualquiera de los casos anteriores, podrá solicitar al proponente que amplíe la vigencia de su propuesta o que declare que, a pesar de haber ella caducado, le confiere vigencia por un nuevo período. Quien no acceda a la solicitud de CORFERIAS manifiesta tácitamente que ha cesado su interés de contratar con ella.
Las propuestas presentadas deberán tener una vigencia que permita que ellas sean aceptadas hasta de noventa (90) días después de la fecha señalada para la presentación de las propuestas a CORFERIAS, no se aceptaran propuestas con una vigencia menor a la señalada,
El proponente declarará que ha recibido toda la información necesaria para elaborar su propuesta y que asume las consecuencias negativas que puedan seguirse de no haber solicitado información complementaria a CORFERIAS en las oportunidades señaladas en esta invitación. Esta declaración se entiende hecha, solo con el hecho de presentar propuesta.
Todos los proponentes deberán declarar que aceptan sin reservas todas las condiciones de esta invitación a ofrecer y las del contrato eventual, en especial que aceptan las siguientes condiciones:
El proponente deberá decir expresamente que ha examinado el contenido del documento denominado ‘Código de Ética y de Buen Gobierno’, que se encuentra publicado en la página xxx.XXXXXXXXX.xxx, que no se encuentra en ninguna de las hipótesis impeditivas de la contratación con CORFERIAS señaladas en él, que asume todas las obligaciones y deberes que allí se señalan y que acepta ese documento sin reservas ni limitaciones.
EL PROPONENTE con la presentación de la propuesta autoriza a CORFERIAS para que consulte en el Sistema Integral para la Prevención de Activos (SIPLA) el nombre de la sociedad y el de los administradores de la misma, si es del caso. En el evento que EL PROPONENTE se encuentre reportado en el sistema SIPLA, la propuesta será rechazada por CORFERIAS.
Que acepta irrestrictamente todas las condiciones estipuladas en la presente invitación, en el futuro contrato, los resultados y decisiones adoptadas por CORFERIAS sin exigir justificación alguna y hacer entrega dentro de los términos establecidos de toda la documentación indicada y con las calidades definidas en este documento, la cual se entiende aceptada con la presentación de la propuesta y la carta de presentación de la misma.
La ausencia de declaración expresa de las anteriores manifestaciones facultará a CORFERIAS para no considerar la propuesta recibida.
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta y CORFERIAS en ningún caso será responsable de los mismos.
La propuesta deberá ser comunicada por escrito a CORFERIAS y, para ser considerada en la evaluación, debe cumplir en su totalidad los siguientes requisitos:
Idioma de la propuesta: La propuesta, correspondencia y todos los documentos intercambiados entre los proponentes y CORFERIAS, deberán estar escritos en idioma español. Los documentos de apoyo y el material impreso proporcionado por el proponente adjunto a la propuesta pueden estar en otro idioma, siempre y cuando se acompañen de una traducción simple al español. Para efectos de interpretación de la propuesta prevalecerá el texto en español.
Plazo de entrega de las propuestas: Las propuestas pueden entregarse desde la fecha y hora de apertura y a más tardar hasta la fecha y hora de cierre de la presente invitación.
La eventual modificación de la fecha de cierre se hará mediante adenda publicada por el mismo medio de la presente Invitación a Contratar.
Lugar de entrega de las propuestas: Las propuestas se deben radicar, dentro del plazo establecido, en la Recepción Principal de la Corporación de Ferias y Exposiciones S.A. Usuario Operador de Zona Franca, ubicada en el edificio para oficinas de CORFERIAS en la Xxxxxxx 00 Xx 00 – 00 xx Xxxxxx X.X., el día y horario señalado.
No se recibirán propuestas por correo, correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático; por lo tanto, el proponente deberá presentar su propuesta físicamente, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidas en estos términos.
En el momento de la entrega se pedirá al proponente diligenciar el formato de recibo de propuestas dispuesto en el lugar de entrega, en el cual se consignarán los datos del proponente, la hora de entrega y el nombre y la firma de la persona que hace entrega física de los sobres de la propuesta, los sobres serán depositados en una urna cerrada la cual será retirada del sitio por la Auditoria Interna de CORFERIAS, una vez cumplida la hora de cierre del proceso.
Obligatoriedad sitio y horario de radicación: por ningún motivo se aceptarán propuestas radicadas en sitios diferentes a la recepción principal de CORFERIAS y/o en horarios diferentes a los señalados. Las propuestas que se radiquen una vez vencido el plazo señalado en la presente Invitación, serán devueltas sin abrir.
Número de ejemplares: La propuesta consta de un original y una (1) copia idéntica. Cuando en este documento se haga referencia a la “Propuesta” se entenderá, salvo que se indique lo contrario, que se está hablando del original y de la copia.
Cada uno debe incluir un CD donde este consignada toda la información de la propuesta.
Si se presentare alguna diferencia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto del original. Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan deberá ser confirmada o validada con la firma del proponente.
Numeración de folios: Todas las hojas que conforman la propuesta deben venir debidamente numeradas consecutivamente en orden ascendente, desde el primer folio hasta el último, incluidas las hojas en blanco.
Empastes o legajado: Cada ejemplar de la propuesta (Original y Xxxxx) debe entregarse debidamente argollado, empastado o legajado de manera que los folios individuales no queden sueltos y se corra el riesgo de pérdida.
Sobres: Las propuestas se entregarán en dos (2) sobres cerrados, conteniendo cada sobre un ejemplar de la propuesta (original y copia respectivamente). Los sobres deben venir marcados de la siguiente manera:
-
Señores:
CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA.
Atn. ING. XXXXXXXXX XXXXXX
Jefe de Tecnología e Información
Xxxxxxx 00 Xx. 00 - 00 (Xxxxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXXX)
Xxxxxx D. C.
ASUNTO: INVITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA INSTALACIÓN Y SUMINISTRO DE UNA SOLUCIÓN INTEGRAL DE EQUIPOS ACTIVOS SOFTWARE DE GESTIÓN Y SOLUCIÓN WIFI PARA ÁGORA BOGOTÁ.
CONTIENE: Original o Copia
PROPONENTE:
Organización de la propuesta: La propuesta se debe organizar en el mismo orden y con la totalidad de la documentación relacionada en el numeral respectivo. Así mismo, se debe incluir únicamente la documentación solicitada.
Otros requisitos formales:
En la propuesta no se deben colocar, pegar, recortar, sobreponer elementos como propaganda, cintas, fotos, autoadhesivos que alteren o impidan conocer la información original.
Las propuestas se presentarán sin borrones, tachaduras o enmendaduras, a menos que se haga la respectiva salvedad, la cual se entiende hecha con la aclaración firmada por el proponente o el representante legal, debidamente autorizado para ello. Si no se efectúa la respectiva salvedad y ésta obedece a un criterio de selección, no serán objeto de calificación los documentos que presenten este tipo de situaciones.
La propuesta debe estar firmada por el representante legal de la persona jurídica o la persona legalmente autorizada de conformidad con los estatutos o el representante legal del consorcio o unión temporal, según el caso.
El proponente utilizará y diligenciará la totalidad de los formatos que se suministren, sin modificar su tenor literal y/o su sentido.
Los proponentes podrán modificar, aclarar o subsanar la propuesta antes del vencimiento del término para presentar las propuestas.
Una vez vencido el plazo para presentar las propuestas, no se aceptará a los proponentes ninguna variación en sus términos, lo cual no obsta para que CORFERIAS pueda solicitar durante la revisión de los documentos, las aclaraciones que considere necesarias, las cuales deberán ser atendidas en el tiempo que fije para ello CORFERIAS.
Las ofertas podrán presentarse hasta la fecha de cierre establecida en el calendario de la invitación. La eventual modificación de esta fecha se hará mediante adenda. Las propuestas allegadas por fuera del plazo establecido no serán tenidas en cuenta, y será devuelta a la dirección del proponente señalada en el respectivo sobre que contenga la propuesta.
Además de los documentos que se mencionen en otros numerales de esta invitación y que se refieren a diferentes aspectos de la propuesta o de la persona proponente, los interesados deberán anexar los siguientes documentos:
Índice: En que organice la información que se presente, donde se destaquen claramente los capítulos y subcapítulos de la propuesta debidamente referenciados con la página que corresponde.
Numeración de folios: Todas las hojas que conforman la propuesta deben venir debidamente numeradas consecutivamente en orden ascendente.
Carta de presentación de la propuesta (Anexo 1) en la que deberá constar inequívocamente la aceptación de las condiciones de la invitación y las generales del contrato eventual que se señalan en este mismo documento. Este documento debe estar suscrito por el representante legal de la persona jurídica o consorcio o unión temporal.
En caso de que el representante legal tenga limitaciones para presentar la propuesta, copia o extracto del acta del órgano interno en la que conste la autorización para presentar la propuesta.
Fotocopia del documento de identidad del representante legal, si el proponente es persona jurídica o consorcio o unión temporal.
Certificado de Existencia y Representación Legal de la empresa, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, el certificado original deberá haber sido expedido con antelación no superior a treinta (30) días calendario anterior a la presentación de la propuesta.
NOTA 1: En caso de presentarse en Unión Temporal o Consorcio se deberá presentar el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal debidamente suscrito por los representantes legales de las firmas integrantes del mismo y con presentación personal ante Notario Publico
NOTA 2: Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá anexar el respectivo Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, el certificado original deberá haber sido expedido con antelación no superior a los treinta (30) días calendario anteriores a la presentación de la propuesta.
Fotocopia del certificado actualizado del RUT.
Nota 1: En caso de presentarse en Unión Temporal o Consorcio este documento debe ser allegado por cada una de las firmas integrantes, y en caso de ser los adjudicatarios, deberán tramitar el correspondiente RUT.
Original firmado de la carta de Autorización de pagos vía ACH
Documentos para acreditación de requisitos: jurídicos, financieros y técnicos mínimos.
Hoja de vida de la empresa proponente.
Propuesta económica del proponente: se debe presentar de acuerdo con la estructura del Anexo 2 (debe incluir todos los costos directos/indirectos en que se incurra), desagregando: valor neto, porcentaje y valor del IVA (si aplica), descuentos ofrecidos si aplica)
Propuesta Técnica.
Garantía de seriedad de la oferta. El proponente garantizará la seriedad de su oferta, mediante una póliza expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, a favor de la CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. - USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA, NIT: 860002464-3, por un valor equivalente al diez por ciento (10 %) del valor total de su oferta económica, con vigencia de noventa (90) días contados a partir de la fecha de presentación de la misma, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse de acuerdo con estas bases.
Esta documentación será entregada de conformidad con lo previsto en el numeral 1.16 de esta Invitación a proponer.
Hacen parte de esta invitación los siguientes anexos:
Modelo de carta de presentación, Anexo 1
Formato de oferta económica, Anexo 2
Condiciones Técnicas, Anexo 3.
NOTA 1: Se comunica a los proponentes que la información que reciben y hacen parte de este proceso tiene carácter confidencial.
Al aceptar las condiciones de esta invitación, el proponente autoriza irrestrictamente a CORFERIAS para verificar toda la información que él suministre.
CORFERIAS queda autorizada por el proponente para revisar, verificar y considerar toda la información recibida sea está clasificada o no. Así mismo, el proponente acepta y autoriza que CORFERIAS efectúe consultas de información en cualquier base de datos nacional o internacional con el fin de determinar la idoneidad y capacidad del proponente y la calidad de los servicios a prestar. Esto incluye la autorización expresa para consultar el Sistema Integral para la Prevención de Activos (SIPLA).
En caso de que dicha información no corresponda a lo manifestado por el proponente en su propuesta o que de la información pueda resultar riesgoso para CORFERIAS la ejecución contractual, el proponente acepta que CORFERIAS podrá abstenerse de tener en cuenta su propuesta. El proponente acepta que la información que entregue a CORFERIAS podrá ser conocida por sus empleados, por los asesores que ella contrate con cualquier fin relacionado con este proceso o por las autoridades judiciales o administrativas que la requieran.
El proponente autoriza también que CORFERIAS comunique a los demás proponentes toda la información que él le haya entregado y que se refiera inmediata o mediatamente a los criterios de valoración de las ofertas señalados en esta invitación a ofrecer.
No se aceptarán ni se considerarán propuestas alternativas.
Sólo se tendrán en cuenta las condiciones indicadas en la presente invitación para la evaluación de las propuestas. Sin embargo, si se ofrecen otras ventajas de los servicios objeto de contratación y se suscribe contrato con el proponente respectivo, éste quedará obligado a cumplir con TODO lo ofrecido. Estos ofrecimientos adicionales no supondrán una modificación o alteración a los parámetros esenciales establecidos en la invitación a proponer y, principalmente, a los factores de ponderación y escogencia.
Una oferta no se admitirá, es decir que no será considerada ni aceptada, si presenta al menos una de las siguientes causales:
Si la propuesta es presentada después de la fecha y hora establecidas para el cierre o en lugar distinto al determinado para tal fin.
Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés, tal como lo estipula el “Código de Ética y Buen Gobierno” de CORFERIAS.
Cuando la propuesta sea presentada por quienes no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de esta Invitación a Proponer, siempre que CORFERIAS considere como insubsanable la omisión.
Cuando no se entregue en su totalidad la documentación establecida en esta invitación o cuando ésta no cumpla los requisitos establecidos, siempre que CORFERIAS considere como insubsanable la omisión.
Cuando se modifique el texto de algún formato establecido en los anexos de esta Invitación a Proponer, alterando su sentido.
Cuando la propuesta no cubra en su totalidad el objeto y alcance técnico solicitados en esta carta de invitación o lo modifique.
Cuando se especifiquen plazos de entrega distintos a los establecidos en este documento o se ofrezcan productos con menores especificaciones técnicas a las solicitadas.
Cuando no se cumpla con la conformación del personal mínimo o el personal propuesto no cumpla los requisitos mínimos establecidos en cuanto a profesión, experiencia general, experiencia específica, formación académica, disponibilidad y dedicación al proyecto, cuando sea del caso.
Si la propuesta no cubre en su totalidad todos los costos para la correcta ejecución de los trabajos.
Cuando la propuesta no esté vigente.
Cuando no se identifique claramente la persona jurídica que efectúa la propuesta.
Cuando se detecte información falsa en la propuesta.
Cuando haya indicios de que el proponente presentó una oferta donde se manipula artificialmente el precio para favorecer a un tercero o a sí mismo.
Cuando se tenga evidencia o un serio indicio de que no se está cumpliendo el acuerdo o compromiso de confidencialidad.
Cuando al proponente, en virtud de contrataciones anteriores con CORFERIAS, se le aplicó cualquier tipo de sanción derivada del incumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato respectivo, la cual puede haber sido impuesta directamente por CORFERIAS o por terceros tales como autoridades jurisdiccionales, ambientales, administrativas, portuarias, etc., o se haya hecho efectivo, durante la vigencia del contrato o con posterioridad a su terminación, alguno de los amparos de las pólizas, los contratistas con bajo nivel de calificación y con altas oportunidades de mejora no podrán contratar nuevamente con CORFERIAS, siendo eso causal de impedimento temporal para futuros procesos de contratación.
Cuando alguno de los documentos que deba ser firmado por el representante legal carece de dicha firma, siempre que CORFERIAS considere como insubsanable la omisión.
Cuando el representante legal del participante persona jurídica no se encuentre debidamente autorizado para presentar propuestas de acuerdo con los estatutos sociales.
Si el objeto social de la persona jurídica participante no incluye la actividad específica que es materia de la eventual contratación.
Cuando se detecte la participación o interés de una misma persona jurídica en dos o más propuestas.
Cuando el interesado no subsane o no subsane correctamente y dentro del término fijado, la información o documentación solicitada por CORFERIAS.
Cuando el interesado ejecute cualquier acción tendiente a influir, inducir o presionar a su favor o en beneficio de terceros a los encargados de la revisión de las propuestas o a otros participantes.
Cuando la propuesta se entregue en sobres sin marcar o deficientemente marcados que no permitan la identificación del destinatario o del proceso en el que está participando.
Cuando la propuesta no cumpla en su totalidad los requisitos de forma, siempre que CORFERIAS considere como insubsanable la omisión.
Cuando del análisis de las propuestas, a juicio de CORFERIAS, se presuma el acuerdo de dos o más proponentes para direccionar el resultado final de la evaluación.
Cuando CORFERIAS no considere conveniente contratar con determinado proponente.
Cuando el proponente o su delegado no asista en la fecha, hora y lugar señalado, para la visita obligatoria al sitio de las obras, cuando sea del caso.
Cuando el proponente no presente la garantía de seriedad de la oferta.
Cuando el proponente, sus representantes legales o cualquiera de sus socios o los socios de éstos se encuentren reportados en alguna de las listas internacionales vinculantes para Colombia relacionado con el Sistema Integral para la Prevención de Activos (SIPLA).
Las demás expresamente indicadas a lo largo del texto de este documento.
NOTA: En caso de que algún proponente, se encuentre incurso en una o algunas de las causales de no admisión de la oferta, CORFERIAS se reserva la facultad de valorar y determinar la aplicabilidad de la misma.
Cuando existan discordancias entre la Invitación a Proponer y la propuesta que puedan subsanarse, CORFERIAS podrá o no a su sola discreción, una vez vencido el término para presentar la propuesta, solicitar al respectivo participante la subsanación o aclaración de la propuesta en los aspectos que considere pertinentes, lo cual no significa que el proponente pueda modificar el alcance inicial de su propuesta, ni acreditar requisitos o condiciones que haya adquirido con posterioridad a la fecha de cierre para la presentación de las propuestas. Los interesados directamente podrán subsanar o aclarar la propuesta sólo antes del vencimiento del término para presentarlas.
La información o situaciones que se consideran subsanables en este proceso en principio son las siguientes:
Cuando las copias no coincidan en su totalidad con el original. En este caso prevalecerá el contenido del original o se solicitará aclaración en caso de persistir la duda.
Cuando haya errores en el foliado de la propuesta.
Cuando por accidente se dañe el legajado original.
Cuando la documentación entregada no esté estrictamente en el mismo orden solicitado.
Cuando la propuesta contenga información no solicitada. En este caso esta información se tomará como no entregada y no tendrá ningún efecto sobre la propuesta o el eventual contrato que llegare a suscribirse.
Las que a juicio de CORFERIAS sean pertinentes según la naturaleza y objeto de la invitación.
No podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en la presente Invitación. En caso de que la propuesta formule condiciones diferentes a las establecidas, se tendrán por no escritas y el proponente asume que CORFERIAS aceptará su propuesta sin dichas condiciones.
Cuando se presente sólo una propuesta, el proceso podrá continuar con el único proponente y podrá adjudicársele el contrato si su propuesta fuere favorable para CORFERIAS y así lo decidiere ésta y cumpliere con los requisitos habilitantes previstos en esta invitación a contratar.
El plazo de la Invitación será el señalado en el cronograma, término dentro del cual los Proponentes podrán presentar las inquietudes relacionadas con los términos de la presente Invitación; en las fechas, forma y hora allí señaladas se presentarán las respectivas Propuestas. Si las respuestas no se produjeren antes del vencimiento del plazo previsto para el cierre de la Invitación, las condiciones de ésta se tomarán conforme al envío inicial. Dentro del plazo de la Invitación, se podrán efectuar modificaciones a los términos de la misma.
Cuando lo estime conveniente CORFERIAS, el plazo de entrega de las propuestas de la presente Invitación podrá prorrogarse antes de su vencimiento. En este caso, dicha prórroga se enviará a través del medio apropiado que estime CORFERIAS informándose la modificación del calendario de la invitación mediante Adenda. En el evento en que los términos se cumplan en un día no hábil, se trasladará al día hábil siguiente.
Los proponentes podrán adicionar, modificar o retirar sus propuestas, siempre y cuando ello se haga con anterioridad a la fecha y hora prevista para el cierre de esta Invitación Pública las modificaciones y/o adiciones a las propuestas deberán ser presentadas por quien suscribe la Carta de Presentación de la misma, quien deberá tener el carácter de Representante Legal de la persona jurídica del proponente, que figure en el Certificado de Existencia y Representación Legal que se haya acompañado a la propuesta, o del consorcio o unión temporal, de acuerdo con los documentos que reposen en CORFERIAS, allegados por el consorcio o unión temporal inicialmente con su propuesta.
Corporación de Ferias y Exposiciones S.A. Usuario Operador de Zona Franca, en adelante CORFERIAS, fue declarada Zona Franca Permanente Especial (ZFPE), por la DIAN mediante la Resolución 5425 del 20 xx xxxxx del 2008, en virtud de dicha declaratoria a CORFERIAS se le concedió la doble calidad de Usuario Operador y Usuario Industrial de la Zona Franca Permanente Especial de Servicios.
Como consecuencia de lo anterior, CORFERIAS como ZFPE accedió a todos los beneficios que la normatividad franca dispone para las empresas que operan bajo éste régimen, entre los cuales se encuentra que los bienes procedentes del exterior que sean introducidos a la Zona Franca se consideran fuera del territorio aduanero nacional para efectos del pago de tributos aduaneros, siempre y cuando vengan consignados a la Zona Franca.
Por otro lado, de acuerdo a la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016, en su artículo 481 establece que: “BIENES EXENTOS CON DERECHO A DEVOLUCION BIMESTRAL. Para efectos de impuesto sobre las ventas, únicamente conservan la calidad de bienes y servicios exentos con derecho a devolución bimestral, entre otros ……”. Literal e; las materias primas, partes, insumos y bienes terminados que se vendan desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de bienes o de servicios de Zona Franca o entre estos, siempre que los mismos sean necesarios para el desarrollo del objeto social de dichos usuarios”.
Es por ello, que a continuación detallamos las operaciones aduaneras y cambiarias a que haya lugar.
Los bienes de procedencia extranjera que ingresan a la ZFPE CORFERIAS deberán venir acompañados de:
Documento de transporte (Guía Aérea, DTA, Continuación de Viaje, o DTAI), debidamente consignados o endosados a nombre del Usuario que se designe en las INSTRUCCIONES DE DESPACHO, que serán entregadas al momento previo del despacho de las mercancías en el exterior.
Factura Comercial preferiblemente en español con descripción detallada de la mercancía, moneda, termino de negociación (INCOTERM), partida arancelaria.
Documentos especiales si se requieren como, Certificado de Origen, vistos buenos etc., con fecha posterior a la emisión de la factura.
Los bienes adquiridos en el exterior deben ser enviados por el proveedor debidamente planillados en transporte exclusivo para la Zona Franca que se indique en su momento, sin compartir con otros bienes que tengan destino diferente a la Z.F.
Importante precisar quien está en la obligación de realizar el giro al exterior.
Tratamiento cambiario.
Según lo señalado en el régimen cambiario - artículo 53 de la Resolución Externa 8 de 2000 del Banco de la Republica, los usuarios de las zonas francas estarán sometidos a los mismos términos y condiciones de los residentes en el país, respecto de sus operaciones de cambio.
Así las cosas, las introducciones de mercancías a la zona franca, procedentes del exterior, que generen la obligación de pago, las divisas respectivas se deberán canalizar a través xxx xxxxxxx cambiario, en la misma forma que el pago de las importaciones; es decir, se girarán con declaración de cambio (datos mínimos), por importaciones de bienes, declaración de cambio F.1.
El giro de divisas al exterior, se efectuará por CORFERIAS y aduaneramente las mercancías deban venir consignadas al usuario industrial de la zona franca que es CORFERIAS.
Según lo señalado en la Circular Reglamentaria DCIN-83 del Banco de la República, cap. 9, se deberán tener en cuenta, entre otras, las siguientes reglas para las operaciones de comercio exterior realizadas por usuarios de zonas francas:
“a. Todos los usuarios de zona franca tendrán la obligación de canalizar los pagos y reintegros de sus operaciones de cambio a través de cuentas de compensación, o Intermediarios xxx Xxxxxxx Cambiario.
b. Para la introducción de bienes a zona franca desde el resto del mundo o la exportación de bienes desde zona franca al resto del mundo, se deberá suministrar la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por importaciones de bienes o exportaciones de bienes (Declaración de Cambio), utilizando los numerales cambiarios que correspondan, independientemente de la calificación aduanera. Estarán obligados a suministrar la mencionada información (Declaración de Cambio), tanto los usuarios de zona franca como los residentes no usuarios que hagan depósitos de mercancías en zona franca.
Para efectos de la contabilización de los plazos, se deberá tener en cuenta la fecha del documento de transporte, independientemente del plazo o monto financiado.
c. Ensamble y Almacenamiento para distribución. Las mercancías que ingresen a zona franca para ensamble (maquila) o almacenamiento para distribución, y no tengan obligación de pago al exterior, no están sujetas al suministro de la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio (Declaración de Cambio).
d. Operaciones de no residentes. Los residentes que importen al territorio aduanero nacional bienes que se encuentren en zona franca, de propiedad de no residentes, deberán suministrar la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por importaciones de bienes (Declaración de Cambio) al momento de pago al exterior. Para efectos de contabilizar términos, se deberá tener en cuenta la fecha del “Formulario movimiento de mercancías zona franca-salida” o de la factura de compraventa cuando la mxxxxxxxx xx xxxxx xx xx xxxx xxxxxx.
x. Venta a usuarios de zona franca, de bienes que se encuentren en zona xxxxxx, xx xxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxxx. Xxx xxxxxxxx xx xxxx xxxxxx xxx compren bienes que se encuentren en zona franca, de propiedad de no residentes, deberán suministrar la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por importaciones de bienes (Declaración de Cambio) al momento del pago al exterior. Para efectos de contabilizar términos, se deberá tener en cuenta la fecha de la factura de compraventa.”
NOTA: La llegada de los equipos será a Colombia, Bogotá debidamente consignados a CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S. A. USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA CODIGO 942, BOGOTÁ – COLOMBIA. Previo al despacho de los mismos para Colombia, se confirmará la dirección exacta de la ubicación donde se recibirán, la cual se realizará mediante un documento escrito de INSTRUCCIONES DE DESPACHO que hará parte integral del contrato.
Las materias primas, partes, insumos y bienes terminados nacionales que ingresan a la Zona Franca Permanente Especial (ZFPE), para la ejecución de un contrato para el desarrollo del Proyecto Ágora Bogotá, debe constar en facturas emitidas por el proveedor de dichos bienes, las cuales deben venir a nombre de CORFERIAS.
Dadas las condiciones especiales con las que cuenta CORFERIAS como Usuario Operador e Industrial de Servicios de la Zona Franca Permanente Especial y particularmente lo previsto en la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016, la exención consagrada en el literal e) del artículo 481 del Estatuto Tributario, respecto del impuesto a las ventas por los insumos, materias primas, partes y bienes terminados que sean adquiridos para el proyecto Ágora Bogotá, se hace extensivo a éste.
Los proveedores o contratistas nacionales deben demostrar la condición de exportador.
Tratamiento cambiario de las operaciones internas entre residentes.
Desde el punto de vista cambiario, se deberá tener en cuenta, según lo señalado en el artículo 54 de la Resolución Externa 8 de 2000 del Banco de la Republica que las operaciones que se realicen entre residentes en el país, y usuarios de zonas francas, o entre estos, se consideran operaciones internas y por lo tanto se pagarán en moneda legal colombiana – pesos-.
Adicionalmente, la Circular Reglamentaria DCIN-83 del Banco de la República, señala en el cap. 9, entre otras, las siguientes reglas respecto de operaciones internas:
“a. Todas las operaciones entre residentes sean o no usuarios de zona franca se consideran operaciones internas pagaderas en moneda legal colombiana independientemente de su calificación aduanera. Las operaciones entre usuarios de zonas francas se harán en moneda legal colombiana de la misma forma que las operaciones entre residentes. Las operaciones relativas al procesamiento parcial en zona franca (art. 406 Decreto 383/07) se liquidan en moneda legal colombiana.
b. Facturas. El régimen cambiario no prohíbe que las facturas comerciales puedan denominarse en divisas. Lo anterior no obsta para que las obligaciones entre residentes se paguen en moneda legal colombiana conforme a lo previsto en el artículo 79 de la R.E. 8/00 J.D. Lo anterior se aplica a las operaciones entre usuarios de zonas francas y con residentes.
c. Operaciones entre usuarios de zonas francas y residentes. Las operaciones entre usuarios de zonas francas y residentes y viceversa no están sujetas al suministro de la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio (Declaración de Cambio) independientemente de la regulación aduanera aplicable. Por lo tanto la operación se considera como operación reembolsable pagadera en moneda legal colombiana.”
La prestación de servicios que un contratista o proveedor realiza a CORFERIAS en virtud de la Zona Franca Permanente Especial, causan IVA a la tarifa establecida en la ley.
SECCIÓN 2
DESCRIPCIÓN GENERAL Y CONDICIONES TÉCNICAS
La presente invitación tiene por objeto invitar y seleccionar al proponente que presente la mejor propuesta económica y técnica conforme a los términos y condiciones establecidos en la presente invitación para la contratación de la instalación y suministro de una solución integral de equipos activos, software de gestión, analítica, RTLS y solución wifi, para ÁGORA BOGOTÁ.
El proponente para cumplir con el objeto de la presente invitación deberá realizar, planear, ejecutar y elaborar todas aquellas actividades propias para el suministro, instalación e implementación de los equipos, licencias, soporte técnico y analítica de datos para el software y hardware de ÁGORA BOGOTÁ.
Las condiciones técnicas, características, especificaciones, cantidades o requerimientos de servicio de los bienes o servicios que por la presente invitación se van a seleccionar, son los que se encuentran señalados en el Anexo No. 3; los cuales el proponente debe cumplir y acreditar en su propuesta.
Las condiciones técnicas pueden ser objeto de modificación por parte de CORFERIAS, mediante adenda, esto se le comunicará a el proponente para que pueda hacer los cambios o ajustes a la propuesta técnica y económica.
Los servicios y bienes objeto de la presente invitación deberán ser instalados y suministrados por el proponente en el Centro Internacional de Convenciones de Bogotá – Ágora, ubicado en la Avenxxx Xxxxxxx 00 Xx. 00 -00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, x en la dirección que para tal efecto le indique CORFERIAS, en las cantidades y características antes descritas y dentro del plazo fijado en la presente invitación o en el establecido en el respectivo contrato.
La entrega de los servicios y bienes deberá realizarse previo visto bueno del supervisor del contrato. CORFERIAS se reserva el derecho de inspeccionar totalmente o aleatoriamente el estado de los bienes entregados. En todo caso, el proponente deberá cambiar los bienes que presenten daños o defectos, sin perjuicio de las garantías convencionales o legales a que haya lugar.
SECCIÓN 3
REQUISITOS HABILITANTES DE LAS PROPUESTAS
INFORMACIÓN A LOS PROPONENTES
Podrán participar personas jurídicas, en forma individual o como consorcios o uniones temporales, de máximo dos (2) integrantes que cumplan los requisitos establecidos en esta invitación.
3.1.1 Consorcios y uniones temporales
Se podrán presentar ofertas bajo las modalidades de consorcio o unión temporal, para lo cual se deberá allegar el documento donde conste el respectivo acuerdo.
La responsabilidad entre los integrantes de un joint venture, consorcio, o equipo de profesionales será solidaria frente a CORFERIAS. Es decir que ésta entidad puede exigir a cualquiera de los integrantes el cumplimiento íntegro y completo de las obligaciones derivadas de la presente invitación y del eventual contrato que llegue a firmarse.
Los deberes y las obligaciones que en esta invitación se señalan para los proponentes y para los eventuales contratistas serán asumidos solidariamente por los miembros del consorcio o unión temporal, al igual que la indemnización de los perjuicios y las multas que puedan seguirse del incumplimiento de tales obligaciones. A CORFERIAS le será inoponible todo pacto en virtud del cual se limite la responsabilidad de cada uno de los miembros.
Salvo que en el documento se haya nombrado a un representante del consorcio o unión temporal, la propuesta deberá ser suscrita por todos los miembros del consorcio o unión temporal. La misma regla se aplicará para la suscripción del contrato eventual.
Es inaplicable a esta invitación a ofrecer y al contrato a que ella puede dar origen la regulación de los consorcios y las uniones temporales contenida en la Ley 80 de 1993.
Las personas que integren un consorcio o una unión temporal serán solidariamente responsables del cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, así como frente a los derechos y sanciones derivadas del contrato, el representante legal del consorcio o unión temporal no podrá ser modificado, sin la previa autorización escrita de CORFERIAS.
Los proponentes deben presentar con la propuesta los estados financieros de propósito general o particular que permitan la fácil consulta o determinación de las variables a tener en cuenta. Sólo se considerarán estados financieros certificados o dictaminados (si a ello hay lugar), con corte a 31 de diciembre de 2016, conforme a las normas contables legamente aceptadas en Colombia.
Las condiciones mínima financieras exigidas son las siguientes:
1. Patrimonio: (Patrimonio/Valor de la propuesta en el ítem de servicios)*100 >=100%
2. Razón corriente (AC/PC) >=1,00
3. Endeudamiento Total (PT/AT) máximo <=80,00%
4. Utilidad acumulada (Resultado del ejercicio + Resultado de ejercicios anteriores > 0) positiva
En el caso de consorcios o uniones temporales, la capacidad financiera exigida se verificará de la siguiente manera:
Se calcularán los anteriores índices para cada uno de los integrantes
Se ponderarán los índices calculados para cada integrante del consorcio o unión temporal, por su porcentaje de participación en el mismo.
Se sumarán los valores ponderados de cada índice para determinar el valor del índice obtenido por el consorcio o unión temporal.
Nota 1: La propuesta que no cumpla con la totalidad de las condiciones financieras mínimas establecidas podrá ser considerada o no por CORFERIAS, siempre que, luego de un análisis integral de la propuesta, CORFERIAS concluya que el riesgo, en caso de que la propuesta resulte ganadora, no es mayor al habitual para CORFERIAS.
Así mismo, en caso de considerarlo necesario, CORFERIAS podrá exigir garantías adicionales para cubrir estas deficiencias.
Nota 2: En la evaluación de las condiciones financieras de los proponentes, CORFERIAS utilizará dos (2) decimales con la siguiente regla de aproximación: < 0,49 se aproxima a 0 y >0,50 se aproxima a 1.
Nota 3: Se considerará habilitado financieramente al proponente que cumpla con tres de los cuatro criterios financieros establecidos por CORFERIAS.
Como requisitos mínimos para la presentación el proponente debe demostrar una experiencia mínima que corresponde al cumplimiento de las siguientes condiciones:
El proponente deberá acreditar su experiencia técnica mediante la presentación de una o más certificaciones, la celebración de mínimo de tres (3) contratos, cuyo objeto haya sido el suministro e implementación de una solución integral de equipos activos, software de gestión, analítica, RTLS y solución wifi; de un diseño igual o superior en cuanto a las especificaciones del diseño propuesto por CORFERIAS en el Anexo No. 3. Los contratos deben haber sido ejecutados en los últimos (4) años contados a partir de la fecha de cierre y entrega de las propuestas de la presente invitación.
Para acreditar la experiencia del proponente será necesario presentar certificaciones que deben cumplir con los siguientes requisitos:
Presentar en copia o fotocopia legible. CORFERIAS se reserva el derecho de solicitar la verificación de la información suministrada.
La certificación deberá estar diligenciada en la papelería con membrete del contratante y firmada por su Representante Legal o persona autorizada.
Nombre de la entidad o persona contratante que certifica.
Nombre, cargo y número de teléfono del contacto
Nombre y número de documento de identidad del contratista a quien se le expide la certificación.
Objeto del contrato.
La descripción de las soluciones implementadas especificando los equipos activos y software instalado.
El proponente debe adjuntar la carta que lo acredite como distribuidor autorizado del fabricante de la solución.
NOTA: Para los consorcios y uniones temporales, la acreditación se considerará teniendo en cuenta la sumatoria de las certificaciones presentadas por cada uno de los integrantes. Por lo menos, cada integrante debe acreditar una certificación.
Cuando la experiencia se obtuvo siendo integrante de un consorcio o unión temporal, debe indicarse el porcentaje de participación, el cual se empleará para determinar la experiencia en el presente proceso de selección.
El proponente debe acreditar mediante documentación el cumplimiento de las siguientes condiciones:
Carta de presentación de la propuesta debidamente suscrita por el representante legal del proponente, en el caso que sea una persona jurídica.
Que acepta irrestrictamente todas las condiciones estipuladas en la presente invitación, en el futuro contrato, los resultados y decisiones adoptadas por CORFERIAS sin exigir justificación alguna y hacer entrega dentro de los términos establecidos de toda la documentación indicada y con las calidades definidas en este documento, la cual se entiende aceptada con la presentación de la propuesta y la carta de presentación de la misma.
Estar debidamente matriculado o registrado en el registro mercantil (salvo las excepciones legales).
Tener debidamente renovada su matrícula mercantil (salvo cuando no esté obligado a matricularse).
Que el representante legal del proponente, en caso de ser una persona jurídica, se encuentre debidamente facultado para presentar la propuesta y suscribir el futuro contrato.
No estar en liquidación o bajo condiciones financieras o de cualquier otra índole que pudieran implicar un riesgo no admisible para CORFERIAS.
No estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses definidas en el “Código de Ética y de Buen Gobierno” de CORFERIAS, que se encuentra publicado en xxx.XXXXXXXXX.xxx.
No deberá encontrarse reportado en el boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría, ni en el boletín de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría. CORFERIAS podrá verificar lo anterior en su sistema de registro y con las respectivas entidades.
La persona jurídica debe contar con mínimo cinco (5) años de constituida.
La persona jurídica debe tener una duración superior a tres (3) años, contados a partir de la fecha de presentación de la propuesta.
Acreditar documento de constitución de la Unión Temporal o Consorcio debidamente suscrito por los representantes legales de las firmas integrantes del mismo y con presentación personal ante Notario Publico
Que el consorcio o unión temporal tiene una vigencia igual a la del contrato a celebrar más tres (3) años.
Certificación del pago de Parafiscales y Aportes al Sistema de Seguridad Social. El proponente, como persona jurídica, deberá presentar una certificación, en original, expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Impuesto CREE. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su propuesta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados hacia atrás a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes, personas jurídicas, deberán aportar el certificado aquí exigido.
La Garantía de seriedad de la oferta y recibo de pago de la prima, en caso que la presente invitación, así lo exija.
Nota: Los proponentes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos jurídicos habilitantes, de acuerdo al tipo y forma de persona que presenta la propuesta, ya sea, natural, jurídica, individual o conjunta. Será responsabilidad del proponente la presentación de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos.
SECCIÓN 4
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Verificación inicial de la regularidad de la propuesta presentada. En la primera fase de la evaluación CORFERIAS verificará que la propuesta cumpla con todas las exigencias mínimas (condiciones habilitantes) contenidas en esta invitación a ofrecer.
El objetivo de esta fase es verificar la correspondencia de la propuesta con esta invitación. CORFERIAS podrá pedir aclaraciones cuando considere que dicha discrepancia puede ser subsanable.
Las propuestas que cumplan con las condiciones establecidas para los requisitos habilitantes, pasaran a la segunda fase de evaluación.
Los proponentes habilitados deberán cumplir con las condiciones y requisitos de los siguientes criterios de evaluación:
CRITERIO |
DESCRIPCIÓN |
PUNTOS |
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PRECIO |
EL PROPONENTE obtendrá puntaje en este criterio siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos: EL PROPONENTE que presente la menor oferta económica recibirá un total de cuarenta (40) puntos. Las ofertas que se encuentren por debajo del menor valor propuesto, obtendrán puntaje, mediante una regla de tres, teniendo como base el menor valor ofertado. |
40 |
||||||||
EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PROPONENTE |
EL PROPONENTE obtendrá puntaje en este criterio siempre y cuando cumpla con el siguiente requisito: EL PROPONENTE cuya marca o fabrica a nivel mundial, en el último año contado a partir de la fecha de cierre de la presente invitación; que haya suministrado, instalado e implementado una solución integral que contenga todos los elementos de conectividad y analítica descritos en el Anexo 3, con similares o superiores especificaciones técnicas al propuesto por CORFERIAS en dicho anexo; para espacios o recintos adaptados a eventos o ferias de asistencia masiva, y que presente la mayor cantidad de conexiones concurrentes, recibirá quince puntos (15) puntos. EL PROPONENTE que cuya marca o fabrica a nivel nacional, en el último año contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación; que haya suministrado, instalado e implementado una solución integral que contenga todos los elementos de conectividad y analítica descritos en el Anexo 3, con similares o superiores especificaciones técnicas al propuesto por CORFERIAS en dicho anexo; para espacios o recintos adaptados a eventos o ferias de asistencia masiva, y que presente la mayor cantidad de conexiones concurrentes, recibirá quince puntos (15) puntos. El proponente deberá acreditar y documentar el caso propuesto mediante la documentación al detalle del mismo. La documentación presentada deberá indicar el destinatario de la solución y la información de contacto del mismo, para la verificación por parte de CORFERIAS.
|
30 |
||||||||
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA |
EL PROPONENTE obtendrá puntaje en este criterio siempre y cuando cumpla con el siguiente requisito: El proponente que presenten una solución arquitectónica de aplicación para:
El proponente acreditará este requisito mediante la presentación de unos diagrama de vistas de: i) solución, ii) negocios, iii) despliegue de componente en infraestructura, iv) integración. Adicional a esto, deberá presentar imágenes dashboard y analíticas. Las propuestas que se encuentren por debajo del mayor puntaje obtenido, obtendrán puntaje, mediante una regla de tres, teniendo como base el mayor puntaje obtenido. |
30 |
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TOTAL |
|
100 |
Los criterios expresados en esta sección son indicativos de cuáles son los aspectos que CORFERIAS considerará en las propuestas que reciba, del modo como realizará esa valoración y de los diversos niveles de importancia que concede a distintas materias.
La expresión de estos criterios no equivale a la aceptación anticipada de la propuesta que obtenga con arreglo a ellos la más alta calificación.
NOTA: Para el criterio de presentación de la propuesta, CORFERIAS podrá requerir al proponente en caso de presentarse alguna duda en la solución presentada o planteada.
En caso de empate, CORFERIAS aplicará los siguientes criterios de desempate:
De presentarse empate en el puntaje de evaluación de dos o más proponentes, CORFERIAS utilizará como criterio de desempate, el mayor puntaje obtenido en la experiencia específica del proponente, en caso de persistir el empate se tomará como criterio de desempate, el sistema de sorteo por balotas.
La declaratoria de desierta de la presente invitación procederá cuando: a) Ninguno de los proponentes cumpla los requisitos habilitantes. b) Ninguno de los proponentes que han cumplido los requisitos habilitantes, presenten propuesta técnica o económica dentro de los parámetros de la invitación. c) Ninguno de los proponentes supera el puntaje mínimo requerido en los presentes términos, en caso que así se haya establecido.
Dentro del mismo término de selección, CORFERIAS por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del Contratista, podrá declarar desierto el respectivo proceso cuando ninguno de los proponentes cumpla, o cuando no se hayan presentado propuestas para el proceso de selección. No obstante, lo anterior, CORFERIAS se reserva el derecho de adjudicar o no, el presente proceso en forma total o parcial, o en su defecto declararlo desierto, si no cumple con las necesidades del mismo, sin que esto genere obligación o indemnización alguna a favor de los proponentes que participen en el respectivo proceso. La declaratoria de desierta se enviará a todos los interesados con lo cual se entenderán notificados en la presente Invitación Pública.
Podrá igualmente declarar desierto el proceso cuando después de realizar el análisis jurídico y técnico de las propuestas presentadas, determine que ninguno de los proponentes cumple con las necesidades que se pretenden satisfacer.
En el evento en que surjan circunstancias administrativas o presupuestales que hagan inconveniente o innecesaria la contratación objeto de esta Invitación CORFERIAS se reserva el derecho de dar por terminado el proceso de selección, total o parcialmente, suspenderlo e interrumpirlo en el estado en que se encuentre, condición que aceptan los proponentes con la sola presentación de la propuesta. En consecuencia, los proponentes renuncian expresamente a presentarle a CORFERIAS cualquier acción, reclamación o demanda, en virtud a lo dispuesto anteriormente. Inclusive, por razones presupuestales, y así lo aceptan los proponentes, con la sola presentación de la propuesta, CORFERIAS podrá terminar anticipadamente el contrato o negocio jurídico que surja como consecuencia de la presente Invitación, sin que ello implique indemnización de perjuicios a favor del proponente seleccionado, quien renuncia a reclamaciones judiciales o extrajudiciales. No obstante, esta invitación hace parte del negocio jurídico que llegue a celebrarse y esta condición se consignará igualmente en los términos del referido negocio jurídico.
CORFERIAS, previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las propuestas, basado en los aspectos legales y técnicos, adjudicará el contrato que se derive de esta invitación, al proponente cuya propuesta se ajuste a estos Términos de Referencia y haya obtenido el mayor puntaje, o haya cumplido la condición para el desempate.
No obstante, lo anterior, CORFERIAS se reserva el derecho de adjudicar o no, la presente invitación o en su defecto, declararla desierta, si no cumple con las necesidades del mismo, sin que esto genere obligación a indemnización alguna a favor de los proponentes que participen en el proceso.
La presente invitación y los documentos que se produzcan en desarrollo de la misma por CORFERIAS, no implican la realización de una propuesta, ni le crea obligación de contratar con quienes presenten Propuesta. La adjudicación del contrato será enviada a los proponentes.
Enviada la adjudicación, el proponente favorecido deberá suscribir y perfeccionar el contrato en la fecha que le sea requerida por CORFERIAS.
SECCIÓN 5
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO EVENTUAL
INFORMACIÓN GENERAL
(i) Se expresan en esta sección algunas de las materias que serán objeto de regulación convencional en el contrato que eventualmente se celebraría con el proponente que CORFERIAS le adjudique la presente invitación. Si el contrato se celebra, contendrá entre otras regulaciones o cláusulas las que se indican en cada caso. Dependiendo de la naturaleza del contrato, serán aplicables las disposiciones supletorias previstas legalmente para un determinado tipo de contrato, salvo que aquí se indique lo contrario. No se mencionan tampoco las normas especiales que prevén algún efecto regulatorio especial sobre la celebración o la ejecución del contrato.
(ii) Con la presentación de la Carta de Presentación de la Oferta (Anexo No. 1) y de la propuesta como tal, se entiende de forma expresa que el proponente aceptó todas las condiciones establecidas en la invitación. No obstante, CORFERIAS se reserva el derecho de hacer las modificaciones al contrato que considere pertinentes.
(iii) La expresión que se hace de algunas cláusulas no limita las posibilidades de inclusión de otras adicionales. La expresión que se hace del contenido de algunas de las cláusulas no limita las posibilidades de inclusión en ellas de nuevas materias.
(iv) CORFERIAS sólo aceptará propuestas de quienes hayan manifestado expresamente su aquiescencia con todas ellas. Si en la propuesta no se menciona expresamente la aceptación de estas cláusulas, esa omisión se considerará subsanable. Quiere lo anterior decir que podrá hacerse la declaración omitida en la forma y en la oportunidad señalada en esta misma invitación para la subsanación de los requisitos habilitantes de la propuesta.
(v) Si en el contrato no se incorporan estas cláusulas, ellas se entenderán pactadas entre las partes en todo caso. Si se celebra contrato, todas estas cláusulas se entenderán hacer parte de él, salvo que se diga expresamente por las partes lo contrario.
La prestación de servicios para el suministro e instalación de una solución integral de equipos activos, software de gestión, analítica, RTLS y solución wifi para el Centro Internacional de Convenciones de Bogotá – Ágora, bajo las especificaciones técnicas señaladas en la presente invitación, conforme a los requerimientos de entrega hechos por CORFERIAS.
Las obligaciones que a continuación se establece se hace de manera enunciativa, lo que implica que CORFERIAS se reserva el derecho de establecer en el contrato las obligaciones generales y específicas que considere pertinentes para el cumplimiento del objeto del futuro contrato a suscribir.
El contratista asumirá la obligación de cumplir con todo lo ofrecido y con todas las obligaciones legales que le corresponden de acuerdo con la naturaleza del contrato a celebrar.
Adicionalmente, el contratista se obligará a cumplir con las condiciones técnicas del Anexo No. 3 de esta invitación.
CORFERIAS asumirá en el contrato las obligaciones que se derivan de la naturaleza del contrato y las que le corresponden de acuerdo con la propuesta aceptada por ella.
CORFERIAS incluirá una cláusula de valor del contrato, la cual se determinará conforme al valor de la propuesta seleccionada, el cual incluirá el valor del Impuesto a las Ventas a que haya lugar por los servicios prestado. El suministro de los equipos no está sujeto al pago de Impuesto a las Venta.
El valor total del contrato incluirá todos los costos directos e indirectos necesarios para la oportuna y satisfactoria ejecución de los servicios objeto del contrato, tales como: recursos humanos, materiales, recursos técnicos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos. Cualquier costo, impuesto o gasto adicional que se genere por la celebración o ejecución del contrato será asumido exclusivamente por el contratista.
La forma de pago del contrato a suscribir, será la que se convenga con el proponente seleccionado; en todo caso, la forma de pago deberá respetar las siguientes condiciones de CORFERIAS:
CORFERIAS pagará un anticipo del 30% del valor total del suministro de los equipos.
CORFERIAS pagará a la entrega a satisfacción con visto bueno del supervisor del proyecto, el treinta por ciento (30%) del valor del contrato.
Los pagos serán realizados por CORFERIAS a el contratista, previa entrega de éste a aquel de la factura correspondiente junto con copia del pago de los aportes a la seguridad social integral y los aportes parafiscales de sus empleados siguiendo el procedimiento establecido en el parágrafo segundo de la presente cláusula.
El contratista elaborará y presentará la factura de cobro a CORFERIAS para su aprobación a más tardar dentro de los veinte (20) primeros días de cada mes. CORFERIAS recibirá y en caso de que no exista observación alguna realizará el pago dentro de los treinta (30) días siguientes a la aprobación. En caso de observación o glosa debidamente sustentada por escrito, se pagarán las sumas no disputadas dentro del plazo establecido en este contrato mientras CORFERIAS y el contratista definen lo relativo a las observaciones contenidas en las glosas.
El vínculo contractual a celebrar con el proponente seleccionado será de tres (3) meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato y del Acta de Inicio.
Para garantizar el total cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del presente contrato, el contratista se obliga a constituir a su xxxxx y por su cuenta en favor de CORFERIAS y a satisfacción de ésta, en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, domiciliada en Bogotá D.C., las pólizas de seguros que se relacionan a continuación
Póliza de seguro de cumplimiento a favor de particulares que cuente con los siguientes amparos:
Correcto y buen manejo del anticipo, por un valor asegurado equivalente al cien por ciento (100%) del valor total del mismo, y con vigencia igual a la del presente contrato y tres (3) meses más.
Cumplimiento del contrato por un valor asegurado equivalente al treinta por ciento (30%) del valor estimado del presente contrato, y con vigencia igual a la del presente contrato y tres (3) meses más.
Pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal empleado por EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, por un valor asegurado equivalente al diez por ciento (10%) del valor estimado del mismo, con vigencia igual a la del presente contrato y tres (3) años más.
Calidad de los elementos suministrados, este amparo deberá garantizar la calidad de los elementos suministrados y/o instalados en la Obra ejecutada por EL CONTRATISTA, y cubrirá la totalidad de los perjuicios que se ocasionen. La garantía se deberá constituir por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del presente contrato y tener una vigencia equivalente a la del contrato y tres (3) años más.
Póliza que garantice la responsabilidad civil extracontractual que se pueda generar por la celebración y ejecución del presente contrato, por un valor asegurado equivalente al treinta por ciento (30%) del valor estimado del contrato, y con vigencia igual a la de la duración del presente contrato y tres (3) meses más.
Con respecto a las pólizas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
CORFERIAS exigirá que esas pólizas sean expedidas por aseguradoras autorizadas para funcionar en Colombia en el ramo respectivo.
Las pólizas deberán expedirse a favor de particulares.
Los pagos a cargo de CORFERIAS se encuentran supeditados, entre otras cosas, a la constitución regular de las pólizas enumeradas anteriormente y a la presentación de una constancia de haberse realizado el pago de la totalidad de la prima correspondiente. Esta constancia debe provenir de la compañía de seguros en todos los casos.
CORFERIAS ejercerá el control técnico y administrativo del eventual contrato y de su correcto cumplimiento a través del seguimiento del Ingeniero de Redes y Comunicaciones de Corferias.
CORFERIAS incluirá un clausula compromisoria, la cual señalará que todas las controversias relacionadas con la ejecución del contrato, se resolverán en primera instancia mediante arreglo directo entre las partes, si pasados quince (15) días hábiles desde que se tuvo conocimiento de la controversia, sin que las partes hubieran llegado a un acuerdo, estas acudirán a un Tribunal de Arbitramento, que estará integrado por 1 árbitro, designado de común acuerdo por las partes, o en su defecto por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Superintendencia de Sociedades quien fallará en derecho, cuya sede será la ciudad de Bogotá D.C., Centro de Arbitraje y Conciliación de la Superintendencia de Sociedades, y que se sujetará, en lo aquí no previsto, al Reglamento de la Superintendencia de Sociedades y a la legislación vigente.
Los gastos causados con ocasión del funcionamiento del Tribunal correrán a cargo de la parte vencida.
Nota 1: La aplicación de la cláusula compromisoria no implica de ninguna manera la suspensión de la ejecución de las obligaciones del contrato, para lo cual las partes deberán continuar el cumplimiento de sus obligaciones mientras se resuelve la controversia que haya traído como consecuencia la convocatoria del Tribunal de Arbitramento.
Nota 2: La existencia de la cláusula compromisoria no podrá ser alegada por el contratista como excepción para no intervenir en aquellos procesos en los cuales deba responder de conformidad con la ejecución del contrato.
CORFERIAS incorporará en el contrato cláusulas por medio de las cuales el contratista se compromete a mantenerla indemne patrimonialmente contra toda reclamación de terceros relacionada con la ejecución del contrato. La indemnidad deberá garantizarse frente a reclamaciones judiciales o administrativas, y frente a las reclamaciones laborales o no laborales.
La cláusula de indemnidad incorporará como obligaciones del contratista: (a) la de defender a CORFERIAS en el proceso judicial o en el procedimiento administrativo de que se trate; (b) la de indemnizar a CORFERIAS cualquier daño padecido como consecuencia de la acción o la omisión de sus dependientes o subcontratistas;
La de pagar las indemnizaciones que pudieren imponerse a cargo de CORFERIAS.
CORFERIAS incorporará al contrato una cláusula penal para el caso de que el contratista incumpla sus obligaciones. De acuerdo con ella, la inejecución absoluta, la ejecución tardía o la ejecución imperfecta de cualquier obligación darán derecho a CORFERIAS a exigir una suma equivalente al 20 % del valor del contrato. El pago de la cláusula penal no exime al contratista del cumplimiento de la prestación principal ni del pago de la indemnización.
CORFERIAS incorporará al contrato obligaciones de confidencialidad. Por las obligaciones de confidencialidad, el contratista se comprometerá a no comunicar a terceros información confidencial de CORFERIAS, y a evitar que sus empleados o subcontratistas divulguen la información que hayan conocido por su calidad de tales por un término de tres años.
CORFERIAS incluirá una cláusula restrictiva de la posibilidad de ceder el contrato. La restricción podrá consistir en que la cesión deberá ser aprobada siempre por ella. Si el contrato se cede, CORFERIAS expresa que no libera de sus obligaciones al cedente, de acuerdo con el artículo 893 del Código de Comercio.
CORFERIAS incluirá una cláusula en el contrato en la cual se señale:
Que los documentos, obras y creaciones elaborados por el contratista en desarrollo de las actividades contratadas, así como su contenido, propuesta y estrategia, serán de propiedad exclusiva de CORFERIAS, entidad que tendrá el derecho de utilizarlos o publicarlos en la forma que considere más conveniente.
Que el contratista no podrá reclamar suma alguna por concepto de derechos patrimoniales sobre las obras contratadas en virtud del presente contrato. CORFERIAS, en todo caso, respetará en todo momento los derechos xxxxxxx a que haya lugar.
Además de otras causales previstas en el presente documento, el contrato terminará:
Por vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato,
Por decisión unilateral de una de LAS PARTES ante el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, por cualquiera de ellas, pese a los requerimientos escritos formulados a la parte incumplida, si ha habido lugar a ellos,
El no cumplimiento a lo establecido en el Código de Ética y de Buen Gobierno de CORFERIAS”,
Por incumplimiento de EL CONTRATISTA en sus obligaciones laborales frente a sus empleados, (pago de salarios, seguridad social y/o parafiscales),
Cuando EL CONTRATISTA (incluidos sus socios, miembros de la junta directiva o representantes legales) resulte reportado o figure en una lista de control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo o sea vinculado en un proceso judicial por este tipo de actividades, o por actividades disciplinarias, penales o fiscales,
Por encontrarse cualquiera de las partes en causal de disolución,
Por mutuo acuerdo de LAS PARTES,
Cuando EL CONTRATISTA se encuentre incurso en cualquier causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con CORFERIAS,
Por las demás causales señaladas en el presente contrato o en la ley.
CORFERIAS podrá modificar o incluir en el respectivo contrato, términos o condiciones adicionales a los señalados en este documento que sean pertinentes para la regulación de la relación contractual.
CORFERIAS advierte al eventual contratista, que el mismo estará obligado a remitir el posible contrato que suscriba con CORFERIAS debidamente firmado junto con los documentos correspondientes establecidos en el mismo contrato, de ser el caso, a más tardar dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes en que le sea comunicado que se encuentra listo para ser firmado. CORFERIAS podrá desistir de contratar lo previsto en el contrato con justa causa, en caso de que el eventual contratista incumpla el término señalado y no entregue a CORFERIAS oportunamente firmado el documento contractual. Lo anterior, no generará indemnización alguna y no requerirá notificación de cualquiera naturaleza.
Si el adjudicatario no suscribe y perfecciona el contrato dentro del término requerido, CORFERIAS podrá adjudicar el contrato al proponente que obtuvo el segundo lugar en calificación, según el orden de elegibilidad, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable, sin menoscabo de las acciones legales a que haya lugar. Lo anterior tendrá aplicabilidad para los proponentes seleccionados que no presenten dentro del término requerido, la totalidad de la documentación que certifique las calidades profesionales.
Atentamente,
XXXXXXXXX XXXXXX
JEFE DE TÉCNOLOGIA E INFORMACIÓN
1 Se puede obtener en el link xxxx://xxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxxxx-xxxxx-x-xxxx-xxxxxxxx.xxx