Ayudas de la Fundación Científica
Ayudas de la Fundación Científica
de la Asociación Española Contra el Cáncer a proyectos de investigación en cáncer
Bases convocatoria AECC IMPACTO 2023
<.. image(Interfaz de usuario gráfica, Texto Descripción generada automáticamente) removed ..>
2 Finalidad y objetivo de la Convocatoria 3
5 Préstamo participativo convertible 5
7 Proyectos elegibles a la Convocatoria 7
8.2 Presentación de Solicitudes 8
8.3 Contenido de las Solicitudes 9
9.1 Criterios de evaluación 13
9.2 Procedimiento de evaluación y selección 15
10 Resolución de la Convocatoria 16
11 Seguimiento del Proyecto 16
12.1 Obligaciones del Beneficiario y Protección de los IPR 16
12.3 Régimen de compatibilidad/incompatibilidad 18
12.4 Aceptación de las reglas de la Convocatoria 18
13 Protección de Datos de Carácter Personal 19
13.1 Obligación de facilitar los datos 20
13.2 Legitimación del tratamiento 20
13.3 Comunicaciones de datos 20
13.4 Seguridad de los Datos 21
13.5 Responsabilidad del Solicitante 21
13.6 Derechos de los Solicitantes 22
14 Finalización anticipada del Contrato y reembolso de la financiación 22
15 Legislación aplicable y fuero 22
El objetivo de la Fundación Científica de la Asociación Española Contra el Cáncer (“Fundación”) es la promoción y desarrollo de actividades encaminadas a fomentar, mejorar, orientar y difundir el estudio y la investigación científica del cáncer y la aplicación de sus resultados en el tratamiento del mismo en cualquiera de sus manifestaciones y aspectos.
AECC IMPACTO es una iniciativa de la Fundación que nace de la necesidad de cubrir la brecha que separa el ámbito académico y el empresarial. Del mismo modo la Fundación consolida con esta Convocatoria el apoyo a la comunidad científica en el área del cáncer avanzando desde la innovación al emprendimiento biotecnológico.
En el marco de dicha iniciativa se lanza la presente Convocatoria cuyo objetivo fundamental es posibilitar que aquellos resultados generados en el entorno académico con viabilidad comercial lleguen al mercado para crear valor social y económico en el área de la investigación contra el cáncer.
2 Finalidad y objetivo de la Convocatoria
El objetivo de la convocatoria es agregar valor a la investigación biomédica fomentando el desarrollo empresarial de microempresas y PYMES españolas de bases tecnológica e innovadoras, originadas en el entorno académico, dedicadas al desarrollo y/o comercialización de medicamentos, tratamientos, terapias y/o soluciones con aplicación en presentes o potenciales pacientes de cáncer.
Para ello, AECC IMPACTO desea contribuir desarrollando las siguientes actividades, entre otras:
(a) Evaluación científico-técnica y económica de proyectos de desarrollo y/o comercialización de medicamentos, tratamientos, terapias y/o soluciones con aplicación a pacientes de cáncer desarrollados por empresas.
(b) Financiación de los proyectos.
(c) Asesoramiento y/o mentoría de los proyectos.
(d) Apoyo a la consolidación de empresas de base tecnológica originadas en el entorno académico.
La Fundación efectuará inversiones en empresas de base tecnológica, originadas en el entorno académico, que sean seleccionadas para participar en la presente convocatoria siempre conforme a criterios que proyecten la autosostenibilidad de la iniciativa empresarial siendo el principal indicador que cuenten con fondos propios para la consecución de sus principales hitos científicos y financieros.
Con estas inversiones la Fundación favorecerá la coinversión de otros capitales privados en el proyecto empresarial en igualdad de condiciones, siempre que sea posible, siendo responsabilidad de la empresa beneficiaria asumir el liderazgo de la actividad empresarial y cada una de las sucesivas inversiones, ello incluye el seguimiento y posterior desinversión por parte de la Fundación.
Las empresas beneficiarias en los que la Fundación invertirá serán personas jurídicas que cumplan los requisitos y superen satisfactoriamente el proceso de selección
detallado en estas bases.
Sobre la base de los antecedentes expuestos, la Fundación ha decidido publicar la presente convocatoria, cuyos términos y condiciones se regirán por lo estipulado en las siguientes cláusulas.
En esta Convocatoria, podrán participar empresas de base tecnológica originadas en el entorno académico (“Beneficiario”) que cuenten entre sus fundadores, accionistas, consejo o principales asesores científicos al menos una persona que esté o haya estado vinculada científicamente durante los últimos 5 años preferentemente (pero no exclusivamente) a instituciones que formen parte del Programa Centros de la Fundación Científica AECC (en adelante “Programa Centros”) y hayan sido previamente evaluadas por la Fundación. Asimismo, los Beneficiarios deberán haberse constituido antes del cierre del plazo de solicitud como una PYME1 con sede en España con una antigüedad no mayor de 5 años (p.ej. una start-up o una spin-off universitaria, institucional o empresarial) que cuente con:
I. una estructura jurídica propia e independiente de la entidad o empresa originaria,
II. un equipo científico y empresarial claramente definido,
III. un proyecto empresarial con un claro plan de desarrollo y comercialización,
IV. los adecuados acuerdos de licencia de los derechos de propiedad intelectual, industrial o know-how (“IPR”) involucrados en el proyecto para todas sus aplicaciones. Podrán presentarse a la Convocatoria proyectos en los que los IPR estén en régimen de cotitularidad con otras entidades con o sin ánimo de lucro o personas físicas, tanto españolas como extranjeras, siempre y cuando los IPR asociados al proyecto cuenten con derechos para explotar la solución en cualquier indicación y sin limitación.
Las inversiones se llevarán a cabo a través de un Préstamo Participativo Convertible2 y se realizarán siempre conforme a los siguientes principios:
(a) Alineación de intereses entre la Fundación y los Beneficiarios en el ámbito de la oncología.
(b) La potencial participación de la Fundación en el capital social de los
1 La Definición de PYME está recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión.
2 En el resto del documento, siempre que se hace referencia al “préstamo” bien como “convertible” o como “participativo”, se refiere siempre al instrumento “Préstamo Participativo Convertible”.
Beneficiarios, será siempre de no control3.
(c) Alineación de intereses en los procedimientos y criterios operativos de gestión de los Beneficiarios y los mecanismos de seguimiento y reporte acordados entre ambas partes.
La Fundación invertirá un mínimo de noventa mil euros (90.000 €) y un máximo de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 €) en un mismo Beneficiario. Esta inversión se hará en dos tramos y estará condicionada por los criterios expresados en estas bases.
Se estima que el periodo medio de la vinculación entre la Fundación y el Beneficiario oscilará aproximadamente entre tres (3) años y cinco (5) años, todo ello sujeto al nivel de maduración de la sociedad participada.
Sin perjuicio de lo anterior, el periodo de desinversión de la Fundación en el Beneficiario tendrá una duración máxima de seis (6) años, a contar desde la fecha en que se realice la inversión inicial en dicha sociedad, si bien el Beneficiario y la Fundación, de común acuerdo, podrán extender esta duración por periodos adicionales renovables de un (1) año.
5 Préstamo participativo convertible
La inversión se realizará a través de un préstamo participativo convertible estructurado en dos tramos. Las características generales de este préstamo son:
• Fecha de vencimiento: como máximo 5 años después de la firma del Contrato xx Xxxxxxxx (“Contrato”).
• Comisión de apertura: 0 euros.
• Intereses: Los intereses que devengue el Principal de este Préstamo se compondrán de una parte fija (en el sentido de que son independientes de los resultados del Beneficiario), y, en su caso, de otra variable en función de los resultados del Beneficiario según se expone a continuación:
o Parte fija: La parte fija será de un 5% anual (el “Interés Fijo”) desde la fecha de recepción del Principal xxx Xxxxxxxx hasta la Fecha de Vencimiento. La liquidación del Interés Fijo se calculará sobre el Principal xxx Xxxxxxxx desembolsado y se realizará en el momento de la amortización xxx xxxxxxxx según lo establecido en el Contrato.
o Parte variable: se devengará y calculará a un tipo nominal anual y anualmente y será como máximo un 3% anual siempre y cuando el EBITDA del Beneficiario del respectivo ejercicio sea positivo y sólo
3 Es decir, que la Fundación nunca tendrá una posición dominante en la sociedad invertida que le de facultades de administración en la misma, en el sentido definido en el Código de Comercio Art.42. Sin menoscabo de que la Fundación pueda exigir a los Beneficiarios (bien como prestatarios, bien como sociedad invertida) información para verificar el buen uso de los fondos aportados, tal como se establecerá en el contrato suscrito en ambas partes.
durante los ejercicios en que el EBITDA del Beneficiario del respectivo ejercicio sea positivo.
En ningún caso el Interés Variable devengado podrá ser negativo. En el supuesto de que los Fondos Propios del Beneficiario sean igual a cero o negativos o el porcentaje resultante sea cero o negativo, en ese caso, el Interés Variable se considerará como tipo cero o no aplicable.
La liquidación del Interés Variable se calculará sobre el Principal xxx Xxxxxxxx (esto comprende los tramos concedidos más los intereses devengados de los mismos) desembolsado y no amortizado y se realizará en el momento de la amortización xxx Xxxxxxxx.
En ningún caso la suma del Interés Fijo y del Interés Variable que se aplicará será superior a un tipo de interés anual del 8% total y agregado sobre el Principal xxx Xxxxxxxx desembolsado.
Los intereses devengados se añadirán al principal a efectos del cálculo de los intereses.
• Desembolso: En caso de no conversión a participaciones sociales de la empresa, el Préstamo se desembolsará en una sola cuota tanto para el Primer Tramo como para el Segundo Tramo, y será pagado por el beneficiario a la Fundación conforme a lo establecido en el Contrato.
Características de los tramos:
• Primer Tramo de un importe como mínimo de 90.000€ hasta un máximo de 150.000€. La cantidad será como mínimo igual al doble de las aportaciones dinerarias (subvenciones, ampliaciones de capital y préstamos convertibles) captadas por el Beneficiario, manteniendo el límite superior de 150.000€ por parte de la Fundación. Se requerirá un mínimo 45.000€ de aportaciones dinerarias captadas por el Beneficiario para acceder a este tramo.
• Segundo Tramo opcional hasta un importe máximo de 450.000€ habiéndose restado la cantidad aportada en el primer tramo. La cantidad será igual a la inversión (subvenciones, ampliaciones de capital y préstamos convertibles) captada por el Beneficiario. Para poder acceder a este tramo, deberá ser solicitado por el Beneficiario en los 18 meses siguientes a la firma del Contrato del Primer Tramo. La Fundación evaluará la solicitud del segundo tramo y su concesión será a criterio de la Fundación (típicamente la concesión se vinculará a la consecución a satisfacción de la Fundación de los objetivos científicos y de negocio establecidos).
El préstamo podrá ser convertido en participaciones del Beneficiario en el momento en el que formalice una Ronda de Inversión. La Fundación tendrá el derecho (y no la obligación) de capitalizar el Préstamo y los Intereses atendiendo a las siguientes condiciones:
• En cualquier momento durante la vigencia xxx xxxxxxxx la capitalización xxx
Xxxxxxxx se aplicará al Préstamo y los Intereses de la Fundación, conjuntamente y en su integridad, incluyendo tanto el Primer Tramo como, en su caso, el Segundo Tramo, asumiendo y desembolsando el número de participaciones sociales del capital social del Beneficiario que corresponda, en virtud de ampliación de capital mediante compensación de créditos, en el momento en que la Junta General de Socios del Beneficiario apruebe una propuesta de Ronda de Inversión con una entrada de dinero nuevo (entendido como entrada de dinero adicional, por lo que no está incluida la capitalización de créditos concedidos anteriormente) mediante ampliación de capital, con asunción y desembolso de las participaciones sociales, total o parcial, incluyendo, tanto el valor nominal como la prima xx xxxxxxxx, mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura de ampliación de capital del Beneficiario.
En el Contrato se prevé incorporar mecanismos de salida por parte de la Fundación que contribuyan a la gestión flexible, como, por ejemplo:
• La no conversión en participaciones, manteniendo la inversión en formato préstamo.
• Desvinculación en caso de que la compañía se aleje del propósito de la Fundación.
• Desvinculación en caso de entrada de inversores con un perfil no acorde con los valores de la Fundación.
7 Proyectos elegibles a la Convocatoria
Los interesados que deseen ser seleccionados como Beneficiarios deberán presentar un proyecto de investigación, desarrollo y/o comercialización de medicamentos, tratamientos, herramientas de diagnóstico, terapias y/o soluciones con aplicación a pacientes de cáncer en cualquier etapa de desarrollo de esta enfermedad.
Los proyectos deben encontrarse en un estadio maduro, deben haber llevado a cabo actividades de valorización significativas y deben poseer una estrategia de comercialización definida.
Para acceder al Primer Tramo el Beneficiario debe cumplir las siguientes condiciones:
• haber logrado una aportación dineraria de al menos 45.000 € realizada por socios y/o inversores dentro del plazo de seis meses anteriores a la fecha de cierre del plazo de solicitud de la Convocatoria y/o entre la fecha de cierre del plazo de solicitud y la firma del contrato xxx xxxxxxxx. Para la concesión de este primer tramo se tendrán en cuenta:
o Ampliaciones de capital
o Préstamos convertibles
o Concesión de subvenciones a nombre del Beneficiario
• Debe tener determinado y aprobado por la Fundación un Plan de Trabajo (deberá tener definidos, entre otros elementos, los hándicaps regulatorios y desplegado en un calendario en el que se especifica qué hay que validar y
con qué organismo regulador).
Sólo podrán acceder al Segundo Tramo los Beneficiarios del Primer Tramo que cumplan las siguientes condiciones:
• el Beneficiario debe haber logrado una Ronda de Inversión o aportación dineraria de al menos 90.000 €, de modo previo a la fecha de solicitud de entrada en el Segundo Tramo. Para la concesión del segundo tramo sólo se tendrán en cuenta:
o Ampliaciones de capital
o Préstamos convertibles
o Concesión de subvenciones a nombre del Beneficiario
• El beneficiario debe haber cumplido el mínimo de objetivos requeridos para optar al segundo tramo, fijados en el Plan de Trabajo que haya acordado con la Fundación en el momento de la firma de contrato.
La Fundación evaluará la solicitud del segundo tramo y su concesión será a criterio de la Fundación (típicamente la concesión se vinculará a la consecución a satisfacción de la Fundación de los objetivos de negocio establecidos). Para lo cual se firmará un nuevo contrato que regule la participación de la Partes.
El plazo de solicitud de la Convocatoria para acceder al Primer Tramo estará abierto desde el 9 xx xxxx de 2023 xx xxxxx hasta el 16 xx xxxxx de 2023 a las 15:00h (horario peninsular).
El acceso al Segundo Tramo podrá solicitarse en cualquier momento dentro de los 18 meses desde la fecha de la firma del Contrato del Primer Tramo. Transcurrido dicho tiempo la Fundación no está obligada a considerar la solicitud del Segundo Tramo xxx xxxxxxxx.
8.2 Presentación de Solicitudes
Los potenciales Beneficiarios (“Solicitantes”) deberán acceder al Área Personal dentro del Área del Investigador xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxx- investigador/acceso y registrarse en el sistema de gestión de ayudas, en adelante GMS (AECC Scientific Foundation's Grant Management System) xxxxx://xxxxxx- xxxxxxxxxxxxxxxxxxx-xxxx.xxxxxxxxxxx.xx/x_Xxxxx.xxx
Tras completar el proceso de registro, se podrá realizar cualquier Solicitud utilizando las plantillas disponibles para la presente Convocatoria.
Sólo se aceptará documentación por esta vía, no siendo aceptada documentación por cualquier otro canal.
Una vez enviada la Solicitud, el usuario recibirá un justificante de confirmación de envío de la Solicitud desde la dirección de correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx o xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx. Se recomienda consultar el buzón de
correo no deseado y, en caso de el justificante de confirmación haya sido recibido en éste, cambiar la norma para que se reciban en la bandeja de entrada. Asimismo, el Solicitante podrá consultar el estado de la misma en todo momento desde el Área Personal dentro del Área del Investigador. Se recomienda visitar la plataforma frecuentemente para consultar cambios de estado de la solicitud o peticiones por parte de Fundación que se realicen a través de la misma.
Si la Solicitud enviada es incompleta o no cumple con los requisitos de la Convocatoria será rechazada, no existiendo la posibilidad de subsanar los errores. El Solicitante es responsable de toda la información contenida en la documentación aportada y garantiza su veracidad.
Cada Solicitante podrá presentar una única Solicitud por proyecto empresarial.
8.3 Contenido de las Solicitudes
La Solicitud se presentará en inglés.
Con carácter general la Solicitud deberá hacer constar:
a. Datos de contacto del representante legal de la Empresa Solicitante.
b. Datos de identificación de la Empresa Solicitante.
c. Información general: título del proyecto, resumen del área de investigación propuesto y del estado del arte para permitir una comprensión adecuada del contexto científico y médico del que surge la oportunidad, así como los Resultados de investigación ya obtenidos. Indicación del TRL, estado de protección de la IPR sobre la que se sustenta el proyecto, clasificación del proyecto por área de desarrollo y financiación previa recibida por el proyecto, tanto pública como privada.
Para la solicitud al Primer Tramo deberá incluirse una memoria técnica que describa el proyecto empresarial y que incluirá la siguiente información:
d. Plan de trabajo:
• Memoria científico-técnica, en la que se hará constar entre otros:
i. Descripción de los objetivos. Antecedentes y estado actual de la tecnología a desarrollar.
ii. Hoja xx Xxxx Regulatoria (hándicaps regulatorios definidos y calendario en el que se especifica qué hay que validar y con qué organismo regulador).
iii. Plan de Desarrollo Clínico: Descripción de un plan detallado para acercar la tecnología a la clínica.
iv. Cronograma con detalle del plan de consecución de objetivos en meses ligados al presupuesto.
v. Descripción detallada de los hitos propuestos: entre 3 y 5 hitos.
vi. Situación de los IPR asociados al proyecto, incluyendo cualquier acuerdo previo que afecte a la titularidad o explotación de los IPR asociados. En el caso de que los IPR asociados estén
licenciados o se ostenten en cotitularidad, será necesario aportar una declaración de conformidad (conforme al punto m) y se ha de aportar documentación de prácticas éticas de acuerdo con lo indicado en el punto l.
vii. Descripción del impacto científico, social y económico en la investigación en cáncer y los pacientes afectados.
• Plan de empresa, memoria de negocio en la que se hará constar entre otros:
i. Descripción de la actividad empresarial y forma jurídica
ii. Análisis xx xxxxxxx, oportunidades y plan de explotación de los resultados, incluyendo un estudio económico y financiero
iii. Plan de Marketing
iv. Plan de Recursos Humanos
e. Equipo de trabajo: CVs del equipo de trabajo. El Equipo de trabajo deberá estar compuesto por:
• Chief Scientific Officer (“CSO”) quien deberá ostentar preferiblemente el título de doctor, con demostrada experiencia en el ámbito biomédico.
• Chief Executive Officer (“CEO”). El CEO será un gestor profesional, o bien un científico, con experiencia previa y exitosa en emprendimiento en el ámbito biomédico. Se deberá explicar el vínculo previo que el CEO tiene con el proyecto (ej. haber trabajado previamente con el CSO, haber trabajado con la empresa o entidad de la que nace el actual proyecto, ...).
• Investigadores colaboradores que xxxxxx en las labores técnicas o de laboratorio, así como de colaboradores profesionales en desarrollo de negocio, comercialización, marketing, etc. (máximo 5 CVAs de colaboradores).
En todos los casos, se deberá reflejar con claridad la naturaleza de la vinculación y la profundidad de la misma que los miembros del equipo de trabajo tienen con la empresa solicitante y/o con el proyecto.
f. Copia de la escritura de constitución o documento que acredite la personalidad jurídica de la Empresa Solicitante.
g. Copia de la escritura de poder del Representante Legal de la Empresa Solicitante.
h. Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la Empresa Solicitante.
i. Copia de los documentos, contratos y/o certificados que acrediten la titularidad, posesión o licencia sobre la tecnología.
j. Justificación de haber logrado una aportación dineraria de al menos 45.000€. Esto incluye:
• Compromiso de que las aportaciones dinerarias estarán depositadas en la cuenta bancaria de la sociedad a fecha de la firma del contrato (en caso contrario, no serán Beneficiarios de la presente convocatoria).
• Justificación de ampliaciones de capital:
i. Justificante de la aprobación de la Ronda de Inversión por parte de la Junta General de Socios del Beneficiario mediante acuerdo favorable unánime de todos los socios que representan el 100% del capital social del Beneficiario en virtud de acuerdo de ampliación de capital mediante aportaciones dinerarias por el importe total de la Ronda de Inversión, incluyendo valor nominal y prima xx xxxxxxxx.
ii. La escritura de ampliación de capital.
iii. Copia del documento acreditativo de la presentación a inscripción en el registro mercantil correspondiente.
• Justificación de la concesión de préstamos convertibles:
i. Contratos de los préstamos convertibles.
• Justificación de la concesión de subvenciones:
i. Resolución aprobatoria definitiva.
k. Documentación de prácticas éticas: Los proyectos que impliquen experimentación animal, bien directamente o bien porque cuenten con una o varias IPR asociadas al proyecto que lo impliquen, que deberán atenerse a lo dispuesto en la normativa legal vigente y, en particular, en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, modificada por la Ley 6/2013, de 11 xx xxxxx, y en el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluida la docencia, modificado por el Real Decreto 118/2021, de 23 de febrero.
l. Informe de Riesgos de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE): Documento que recoja cualquier riesgo susceptible de ser declarado en la Central de Información de Riesgos (CIR) tales como la titularidad de préstamos, créditos, avales y/o riesgos en general de la empresa solicitante4.
m. Declaración de conformidad: es una carta firmada por el representante legal de la Empresa Solicitante (CSO, CEO u cualquier otra persona en quien recaiga esta figura), manifestando:
• su conformidad expresa con las normas que rigen la Convocatoria con los
4 El informe de riesgos de la CIRBE se puede solicitar en la Sede Electrónica del Banco de España.
derechos y obligaciones que ello conlleva.
• que la participación en la Convocatoria y el cumplimiento de las normas en ella contenidas, no contraviene ninguna ley o reglamento, normativa interna (estatutos), así como ningún acuerdo firmado con terceras partes.
• que los IPR involucrados en el proyecto están libres de cargas (embargos, hipotecas, etc.)
• que los IPR asociados al proyecto pertenecen íntegramente a la Empresa Solicitante o, en su caso, a la Empresa Solicitante en cotitularidad con otra entidad con o sin ánimo de lucro u otra persona física, con capacidad de explotación en exclusiva para cualquier indicación y sin limitaciones.
• que los IPR asociados al proyecto cuentan con derechos para explotar en exclusiva la solución en cualquier indicación y sin limitación.
• que no se tiene conocimiento de que los IPR asociados infrinjan derechos de terceros ni estén incursos en causas de nulidad.
• que toda la información contenida en la Solicitud es veraz, dando fe de su autenticidad. La Fundación se reserva el derecho de verificar dicha información y en caso de que constate que contiene elementos falsos, el proyecto quedará eliminado de la Convocatoria.
En el caso de que el proyecto presentado involucre IPR licenciada de terceros o perteneciente a la Empresa Solicitante en cotitularidad con otra u otras entidades con o sin ánimo de lucro o personas físicas, la Carta de conformidad deberá ser firmada por todos los cotitulares y licenciatarios afectados, de tal forma que se garantice a la Fundación que dichos terceros están de acuerdo con que la Empresa participe en esta Convocatoria con las obligaciones y derechos que ello conlleva.
Para la solicitud de acceso al Segundo Tramo, deberá aportarse:
• Justificación de haber cumplido el mínimo de objetivos requeridos para optar al segundo tramo, fijados en el Plan de Trabajo acordado con la Fundación en el momento de la firma de contrato.
• Justificación de haber logrado una Ronda de Inversión o aportación dineraria de al menos 90.000€ realizada de modo previo a la fecha de solicitud y que la aportación se encuentra depositada en la cuenta bancaria de la sociedad para esa fecha.
• Plan de trabajo actualizado siguiendo la plantilla correspondiente.
Tanto para la solicitud de acceso al Primer Tramo como para la solicitud de acceso al Segundo Tramo se facilitará a los Solicitantes sendas plantillas disponibles en el apartado de “Documentación” de la Convocatoria.
Cualquier circunstancia sobrevenida que afecte a la veracidad o al contenido de la documentación aportada, así como cualquier modificación de la documentación entregada, deberá ser notificada a la Fundación a la mayor brevedad posible para su oportuna valoración por parte de la Fundación, que decidirá si la Solicitud puede continuar su curso o debe descartarse. A estos efectos, se entiende por circunstancia
sobrevenida aquella ocurrida con posterioridad a la presentación de la Solicitud o aquella que se haya producido con anterioridad a la misma, pero que la Empresa “Beneficiario” pueda acreditar que no conocía ni tenía por qué conocer en el momento de presentarse la Solicitud.
La Fundación se reserva el derecho a requerir documentación adicional al/a los Beneficiario/s antes o después de la firma del Contrato.
La evaluación de las propuestas tendrá en cuenta, además del cumplimiento de las bases de la Convocatoria, la relevancia tecnológica y el nivel de innovación en el ámbito del cáncer, la solvencia científico-técnica del equipo de trabajo, el grado de avance del proyecto en la cadena de valor, el potencial de consolidación en el mercado, y el impacto socioeconómico que pudiera tener en términos de salud y calidad de vida del paciente. Los criterios de selección se ponderarán del siguiente modo:
DESCRIPCION DEL CRITERIO | PUNTUACIÓN |
Excelencia y calidad científica • Claridad y pertinencia de los objetivos demostrando que están alineados con los objetivos de la Convocatoria. • Grado en que el Proyecto da respuesta a una necesidad clara o problema. • Calidad del plan de trabajo propuesto: Adecuación del plan de trabajo e hitos propuestos. Correcta identificación, estructura y enfoque de las acciones que se llevarán a cabo en la propuesta. • Descripción de la hoja xx xxxx que detalle los principales hitos regulatorios con un calendario detallado de tareas, entidades y validaciones • Descripción de los hitos propuestos. • Identificación, análisis y gestión de los riesgos en el plan de transferencia de resultados. • Adecuación del presupuesto a las actividades propuestas y estimación de recursos y plazos. • Descripción de un plan detallado para acercar la tecnología a la clínica. | 20 |
Viabilidad y grado de madurez del proyecto • Madurez de la innovación: Grado en que las soluciones, tecnologías, productos o prototipos aúnan un carácter | 20 |
singular y disruptivo de la tecnología que vayan más allá de lo incremental con respecto al actual estado de la técnica. Se valorará especialmente la obtención de ayudas de programas europeos competitivos de innovación EIC o ERC, así como cualquier sello de excelencia vinculado a estas. • Nivel de desarrollo y protección de la propiedad intelectual: garantías de libertad de operación. • Se valorará especialmente que la empresa cuente con más de una patente en su cartera. | |
Equipo de trabajo • Perfil del CSO del proyecto y nivel de conocimiento tecnológico: capacidad del líder del proyecto para llevar a cabo los objetivos de explotación y transferencia con la mayor garantía de éxito posible. • Perfil del CEO del proyecto y nivel de conocimiento de gestión: capacidad de integración y coordinación con el equipo técnico, así como experiencia previa y exitosa en emprendimiento en el ámbito biomédico. También el grado de vinculación previa del CEO con el equipo científico. • Valor añadido de los miembros del equipo: adecuación de los participantes a las tareas del proyecto. • Intensidad de la participación del equipo en el proyecto. • Grado de equilibrio entre las capacidades de desarrollo tecnológico y de desarrollo de negocio y gestión empresarial entre los miembros del equipo de trabajo. • Se valorará especialmente que el CSO, un miembro del consejo, un accionista o un asesor científico de la empresa haya sido Beneficiario de una ayuda AECC Innova y que esté o haya estado vinculado a una institución del Programa Centros. Asimismo, se valorará especialmente la obtención de ayudas de programas europeos competitivos de excelencia científico-tecnológica: ERC Starting Grant, ERC Consolidator Grant; ERC Advanced Grant por parte del CSO, un miembro del consejo, un accionista o un asesor científico de la empresa. | 20 |
Impacto socio económico • Beneficios creados en la sociedad, aplicación social directa de los resultados y nivel de contribución para mejorar la calidad de vida y la salud de los ciudadanos. | 20 |
• Cuantificación del ahorro esperado para los sistemas sanitarios y pacientes como consecuencia de la implementación del Proyecto. • Capacidad de generación de actividad económica y empleo de calidad. | |
Impacto comercial • Plan de negocio: posibilidades xx xxxxxxx, identificación de potenciales usuarios, clientes o mercados, la posibilidad de que al finalizar el proyecto el equipo cuente con opciones de inversión para garantizar la continuidad del proyecto, escalabilidad. • Valor diferencial en comparación con otras soluciones competidoras, existentes o en desarrollo. • Grado en que la inversión va a suponer un impulso decisivo de cara a posibilitar la captación de los socios necesarios para continuar el camino al mercado. | 20 |
TOTAL | 100 |
La evaluación de las Solicitudes que opten al Segundo Tramo tendrá en cuenta la verificación de los requisitos de elegibilidad.
9.2 Procedimiento de evaluación y selección
El proceso de evaluación y selección para acceder al Primer Tramo constará de 3 fases sucesivas, cada una de las cuales debe ser superada para pasar a la siguiente. Las Empresas participantes serán informadas de los resultados de la evaluación tras cada una de las fases. Las decisiones no serán recurribles.
• Verificación administrativa de la solicitud. Todas las Solicitudes serán revisadas por personal de la Fundación para verificar el cumplimiento de los requisitos formales de la Solicitud y que el proyecto presentado se ajusta a los objetivos de la Convocatoria. Únicamente las Solicitudes que cumplan los requisitos formales pasarán a la 2ª fase de evaluación.
• Fase I: Fase de Evaluación por expertos evaluadores. La Fundación designará un panel de evaluadores independientes expertos en innovación y transferencia tecnológica, así como en inversión e industria. Dichos expertos evaluarán las cuestiones científico-técnicas del proyecto conforme a los criterios de evaluación expuestos en el punto 9.1. Los solicitantes recibirán un informe de evaluación. Únicamente las Solicitudes que reciban un informe favorable pasarán a la fase II.
• Fase II: Fase de Entrevista por el Comité Científico de Innovación (“CCI”) de la Fundación. Durante la fase II, el Solicitante tendrá la oportunidad de presentar su propuesta y defender su idoneidad para resultar Beneficiario de la Convocatoria frente al CCI. El CCI establecerá un ranking de priorización de los
proyectos. De manera previa a esta presentación, el CCI podrá remitir un conjunto de puntos objeto de la entrevista, si bien la misma no tendrá por qué limitarse a los mismos.
El proceso de evaluación y selección para acceder al Segundo Tramo se realizará en una única fase por parte del Comité Científico de Innovación (“CCI”) de la Fundación que emitirá su resolución en el plazo de 3 meses tras la admisión de la solicitud.
10 Resolución de la Convocatoria
En base a los criterios y los procedimientos mencionados anteriormente, el Patronato de la Fundación resolverá la Convocatoria, que será firme y no recurrible.
El/los Beneficiarios deberá manifestar expresamente la aceptación de la entrada en el programa mediante el envío de una carta formal de aceptación (texto libre, formato PDF) a través del Área del Investigador, en un plazo máximo de 10 días naturales desde la comunicación de la adjudicación.
Si tras el procedimiento de evaluación descrito en el apartado 8.2, el Patronato de la Fundación estima que ninguno de los proyectos presentados cumple con los estándares esperados, la Convocatoria quedará desierta.
Tras la selección del/de los Beneficiario/s, se procederá a la firma de un Contrato con la Fundación, cuyo objetivo será regular los derechos y obligaciones en relación con el préstamo concedido.
En el Contrato se establecerán unos puntos de control periódicos donde el Beneficiario facilitará a la Fundación unas memorias de seguimiento con el alcance que se acuerde.
Los proyectos adjudicados deberán cumplir con la política de integridad científica y las políticas de Open Access de la Fundación. Todos los resultados derivados deberán ser compartidos en abierto según los criterios especificados en el documento “Política Open Access de la Fundación”, excepto en aquellos casos en que esté debidamente justificada la publicación por motivos de protección industrial.
La Fundación evaluarán el Proyecto de forma continua y centralizada supervisando el estado del mismo con respecto a la consecución de los objetivos fijados en el Contrato.
Cualquier cambio que pueda afectar al desarrollo del proyecto deberá ser notificado y autorizado previamente por la Fundación, a través de la plataforma web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxx-xxxxxxxxxxxx.
12.1 Obligaciones del Beneficiario y Protección de los IPR
Junto al resto de obligaciones establecidas en las bases de la presente Convocatoria y en el Contrato, el Beneficiario estará obligado a:
a. Abstenerse de celebrar acuerdos y/o a realizar cualquier tipo de explotación
de los IPR vinculados al Proyecto y de los Resultados, así como de llevar a cabo cualquier actuación que, por acción u omisión, pueda obstaculizar o impedir el cumplimiento de las reglas previstas en esta Convocatoria y en el Contrato, por parte del Beneficiario, de los cotitulares de los IPR involucrados o de sus sucesores o cesionarios.
b. Mantener a la Fundación informada sobre cualquier explotación de los IPR involucrados y de los Resultados, proporcionarle cualquier información o documentación necesaria para permitirle ejercitar su derecho de participación en los beneficios, incluyendo, sin limitación, una copia de los acuerdos suscritos con terceros y toda la documentación contable y de apoyo que pueda ser razonablemente solicitada por la Fundación para los objetivos antes mencionados (por ejemplo, libros de contabilidad, detalles sobre royalties u otros pagos; sobre licencias, el volumen de ventas o información de ventas netas, etc.).
c. En relación con la protección y defensa de los IPR asociados y de los Resultados el Beneficiario y, en su caso, el/los cotitular/es de los mismos, estarán obligados a conservar y mantener los mismos, adoptando las siguientes medidas:
1. No divulgar ninguna información que pueda comprometer la correcta protección de los IPR involucrados y de los Resultados.
2. Encargarse del proceso de registro de los IPR involucrados y de los Resultados, así como de mantenerlos dentro del territorio relevante y ante cualquier organismo competente.
3. Defender los IPR involucrados y los Resultados frente a cualquier infracción por terceros.
4. Defender los IPR involucrados y los Resultados frente a cualquier reclamación por parte de terceros alegando infracción de derechos previos y/o alegando la nulidad de los mismos.
5. Informar a la Fundación de forma inmediata, en caso de tener conocimiento de la infracción de los IPR involucrados y de los Resultados por parte de terceros y/o de recibir cualquier reclamación alegando infracción de derechos previos, titularidad de terceros.
d. Destinar la totalidad de la financiación que se otorga en esta Convocatoria a la consecución de los objetivos de evolución empresarial especificados en el Contrato.
e. Preparar informes periódicos sobre el cumplimiento de los hitos fijados en el Contrato de acuerdo con lo establecido en el mismo.
f. Supervisar la adecuada ejecución del Proyecto y el Equipo de trabajo e informar a la Fundación del progreso y resultados alcanzados en el Proyecto.
g. Incluir en todos los materiales, documentos, publicaciones y actividades de diseminación desarrolladas por el Beneficiario una mención expresa a la financiación recibida por la Fundación y el siguiente texto: “Este proyecto ha
recibido financiación del programa AECC IMPACTO promovido por la Fundación".
Tendrá la consideración de “Información Confidencial” toda aquella información científica, técnica, jurídica, financiera, económica, organizativa o de cualquier otro tipo, que no sea de dominio público y que se incluya en la Solicitud o que se comparta en el marco de la presente Convocatoria entre los Solicitantes y todo el personal que intervenga en la Convocatoria (“Partes”), ya sea suministrada por escrito, verbalmente o en soporte gráfico, electrónico o de otra naturaleza.
Las Partes se comprometen a:
a. Mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre la Información Confidencial.
b. Tomar todas las medidas necesarias tendentes a evitar que la Información Confidencial pueda ser conocida por terceros.
c. No utilizar la Información Confidencial, directa o indirectamente, para propósitos diferentes de los contemplados en las bases de esta Convocatoria.
d. Restringir el acceso a la Información Confidencial solo a aquellos empleados, colaboradores y asesores, internos o externos, que, sujetos al más estricto deber de confidencialidad, deban conocer la Información Confidencial para llevar a cabo las funciones que le fueron asignadas.
e. Devolver o destruir la Información Confidencial, sin conservar ninguna copia, cuando finalice la Convocatoria.
Las obligaciones de confidencialidad descritas en este apartado no serán de aplicación si la Información Confidencial se engloba en alguno de los siguientes supuestos:
a. Cuando la información obtenida en el marco de la Convocatoria se obtenga por un tercero sin sujeción a ninguna obligación de confidencialidad.
b. Cuando la revelación de la Información Confidencial sea exigida legalmente o por una autoridad competente.
La duración de la obligación de confidencialidad es indefinida, mientras la Información Confidencial mantenga su naturaleza confidencial.
Los centros participantes autorizan expresamente a la Fundación a publicar en cualquier medio su nombre y condición de participante en la Convocatoria, junto con el título del proyecto presentado.
12.3 Régimen de compatibilidad/incompatibilidad
No existe incompatibilidad con otras Convocatorias para proyectos financiados por la Fundación.
12.4 Aceptación de las reglas de la Convocatoria
La mera participación en la presente Convocatoria implica que los Beneficiarios
aceptan expresamente las condiciones de la Convocatoria, reconociéndolas como obligaciones válidas y ejecutables. Asimismo, garantizan que la participación por parte del Beneficiario en esta Convocatoria no contraviene ningún acuerdo previo o normativa interna a la que estén sujetos.
Además, para poder acceder a la financiación, el Beneficiario que resulte seleccionado, deberá firmar un Contrato con la Fundación, que tendrá por objeto regular de forma detallada los derechos y obligaciones de cada una de las partes en la ejecución del proyecto.
13 Protección de Datos de Carácter Personal
De conformidad con la normativa vigente, se informa a los Solicitantes, de que los datos facilitados serán tratados por la Fundación cuyos datos de contacto son los siguientes:
• CIF: X-00000000
• Domicilio social: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, 00, 00000, Xxxxxx
• Correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx
Al participar en la presente Convocatoria, los Solicitantes aceptan que la Fundación, como Responsable del Tratamiento de sus datos (“Responsable”), traten sus datos para las siguientes finalidades:
• Gestionar la participación de los Solicitantes en la Convocatoria, el desarrollo de la misma y la designación del Beneficiario,
• Gestionar la publicidad de la Convocatoria y sus resultados a través de las páginas webs, redes sociales titularidad de la Fundación y Asociación Española contra el Cáncer (AECC), así como, en el sitio web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxx-xxxxxxxxxxxx se publicará la lista oficial de beneficiarios y suplentes,
• Cumplir con las obligaciones legales y/o fiscales que pudieran resultar de aplicación a Fundación en su condición de entidad organizadora y financiadora,
• Gestionar el envío de información sobre actividades, eventos y convocatorias gestionadas por Fundación salvo que el Solicitante muestre su oposición a dicho tratamiento,
• Realizar análisis anonimizados con fines estadísticos.
El Responsable únicamente recabará los datos que sean necesarios de los Solicitantes para poder llevar a cabo la Convocatoria:
• Datos identificativos: Nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento
• Datos de contacto: Número de teléfono, dirección de correo postal, dirección de correo electrónico.
• Datos académicos y profesionales: carrera profesional, formación, titulaciones, historial del estudiante, experiencia profesional, pertenencia a
colegios o asociaciones profesionales, situación laboral etc.
No obstante, en caso de resultar seleccionado, el Responsable podrá solicitar información adicional con el objeto de proceder a la firma del Contrato en el que se detallará la relación contractual entre Fundación y el Beneficiario.
En caso de que no resulte seleccionado como Beneficiario, los datos personales registrados en el formulario de solicitud serán conservados durante el plazo de 1 año y podrán ser utilizados por la Fundación con la finalidad de mantenerles informados sobre las actividades y noticias relacionadas con futuras convocatorias que puedan ser de interés del Solicitante.
Si bien, la memoria científica, incluyendo por tanto a los datos identificativos de los profesionales que se incluyen en la misma, será conservada durante el plazo de 5 años, con el fin de garantizar y verificar que el proyecto no ha sido remitido con carácter anterior, y en su caso cuente con cambios significativos que permitan volver a presentar la candidatura a la nueva convocatoria.
Los datos personales de los Beneficiarios se conservarán durante el tiempo necesario para la realización de las finalidades para las que fueron recogidos. Posteriormente, en caso de ser necesario, la Fundación mantendrá la información bloqueada los plazos legalmente establecidos.
13.1 Obligación de facilitar los datos
Los datos solicitados tendrán carácter obligatorio (salvo que en el campo requerido se indique lo contrario) para cumplir con las finalidades establecidas. Por lo tanto, si no se facilitan los mismos o no se facilitan correctamente no podrá participar en la presente Convocatoria.
13.2 Legitimación del tratamiento
El tratamiento de los datos del Solicitante por parte del Responsable está basado en la ejecución de la relación precontractual y una vez sea el interesado seleccionado como Beneficiario, basado en la ejecución de la relación contractual derivada del Contrato.
El tratamiento de sus datos para el envío de información sobre actividades, eventos y convocatorias gestionadas por la Fundación se basará en el interés legítimo reconocido por la normativa vigente.
Asimismo, el tratamiento de los datos para realizar análisis anonimizados con fines estadísticos se basará en el interés legítimo de la Fundación.
Los datos del Solicitante podrán ser comunicados:
• A proveedores necesarios para el adecuado cumplimiento de las obligaciones legales y/o de las finalidades arriba indicadas. Siendo la Fundación en todo momento el Responsable del Tratamiento de los datos de sus Beneficiarios.
• A la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC) con domicilio social
en la Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 00, 00000, Xxxxxx, NIF: G- 28197564 para realizar las publicaciones relativas a la convocatoria y a los resultados a través de las páginas webs y redes sociales de las que es titular. Siendo la Fundación en todo momento el Responsable del Tratamiento de los datos de sus Beneficiarios.
• A las Administraciones Públicas que por ley corresponda.
• A pacientes involucrados en la valoración de proyectos dentro del programa “Patient Advocacy AECC”. Siendo la Fundación en todo momento el Responsable del Tratamiento de los datos de sus Beneficiarios.
Los destinatarios indicados en el presente apartado pueden encontrarse ubicados dentro o fuera del Espacio Económico Europeo, encontrándose en este último caso debidamente legitimadas las transferencias internacionales de datos. Igualmente, las partes garantizan la aplicación de los mecanismos adecuados reconocidos por la normativa aplicable en materia de protección de datos. En este caso, las transferencias internacionales de datos que puedan ser realizadas fuera del espacio económico europeo, la Fundación las llevará a cabo con la previa regularización de las mismas a través de alguno de los mecanismos regulados en el Reglamento 679/2016, de protección de datos. Para obtener más información sobre la identificación de los terceros así como de los arreglos alcanzados para regularizar la transferencia internacional de datos puede contactar a través del correo xxx_xx@xxxxxxxxxxxxxx.xx.
La Fundación, tiene implantadas las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de sus Datos Personales y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos.
13.5 Responsabilidad del Solicitante
Los Solicitantes garantizan que los datos aportados, en su caso, son verdaderos, exactos, completos y actualizados, siendo responsable de cualquier daño o perjuicio, directo o indirecto, que pudiera ocasionarse como consecuencia del incumplimiento de tal obligación.
En el caso de que los datos aportados, en su caso, pertenecieran a un tercero, el Participante/Interesado encargado de completar la Convocatoria garantiza que ha informado a dicho tercero de los aspectos contenidos en estas Bases y obtenido su autorización para facilitar sus datos al Solicitante para los fines señalados.
Si los datos de carácter personal de quienes participen en la Convocatoria fueran inciertos, falsos o incompletos o no fueran actualizados, la Fundación se reserva el derecho a denegar su solicitud, quedando libre de toda responsabilidad al respecto.
13.6 Derechos de los Solicitantes
En todo momento, los Solicitantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación de su tratamiento, oposición, revocación, a la portabilidad de sus datos, derecho a retirar el consentimiento prestado, recogidos en el Reglamento General de Protección de Datos, dirigiendo un escrito a la Fundación indicando como referencia el nombre de la Convocatoria a la siguiente dirección: xxx_xx@xxxxxxxxxxxxxx.xx
Así mismo, de considerar que sus derechos no se están atendiendo adecuadamente, los participantes podrán ejercer su derecho a solicitar la tutela de la de la Agencia Española de Protección de Datos.
14 Finalización anticipada del Contrato y reembolso de la financiación
La Fundación y el Beneficiario no podrán proceder a la amortización anticipada parcial o total xxx Xxxxxxxx.
En caso de que, pese a lo indicado en el párrafo precedente, por causas ajenas a la Fundación y/o al Beneficiario, se produjera la amortización anticipada parcial o total xxx Xxxxxxxx y el pago del Principal y/o los Intereses en efectivo dinerario en lugar de mediante su capitalización en virtud de ampliación de capital mediante compensación de créditos, dicha amortización estará referenciada y condicionada a la generación de cash-flow positivo por parte del Prestatario en una cuantía igual o superior a la cuantía necesaria para hacer frente a dicho pago en efectivo dinerario. A estos efectos, se considera como cash-flow del Prestatario la cifra que se obtenga de agregar al resultado del ejercicio antes de impuestos, las dotaciones para amortizaciones del ejercicio, la variación de las provisiones y los resultados extraordinarios negativos; y detraer del mismo la cuota a pagar por el Impuesto de Sociedades del ejercicio, los trabajos realizados para su inmovilizado inmaterial (referidos a investigación y desarrollo e innovación, es decir, I+D+i), la activación del crédito fiscal, las activaciones de captación de clientes, y los resultados extraordinarios positivos, incluyendo en estos últimos las subvenciones de capital transferidas al resultado del ejercicio, todo ello en relación al Prestatario.
15 Legislación aplicable y fuero
Las Bases de la presente Convocatoria se regirán por la legislación española. Cualquier controversia o disputa que pueda surgir con respecto a la interpretación o ejecución de estas Bases se someterá a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de la ciudad de Madrid.
Todas las comunicaciones entre la Fundación y los Solicitantes se harán por e-mail a través del Área del Investigador de la Plataforma.
Para la resolución de dudas acerca de la Convocatoria dirigirse a:
FUNDACIÓN CIENTÍFICA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER
X/ Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, 00 00000 Xxxxxx xxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx
Para la resolución de dudas acerca de la plataforma online de gestión de Xxxxxx dirigirse a: