OGASUN ETA FINANTZA SAILA
OGASUN ETA FINANTZA SAILA
Ondare eta Kontratazio Zuzendaritza
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
Dirección de Patrimonio y Contratación
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS DEL CONTRATO PRIVADO DE SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS RIESGOS DERIVADOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL SANITARIA DE OSAKIDETZA. (EXPTE. C.C.C. Nº C02/025/2015)
1. ELEMENTOS DEL CONTRATO
1.1. OBJETO
1.1.1. Finalidad del contrato, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato: Aseguramiento de Responsabilidad Profesional Sanitaria de Osakidetza
1.1.2. Existencia de lotes. No
1.1.3. Código de clasificación estadística CPA: 65.12.5 Servicios de seguros de responsabilidad civil.
Código de la nomenclatura CPV: 66516000-0 Servicios de seguros de responsabilidad civil.
1.2. TIPO CONTRACTUAL, NATURALEZA Y REGIMEN JURÍDICO
1.2.1.Las prestaciones que integran el objeto del contrato constituyen un contrato de servicios encuadrado en la categoría 6 del Anexo II del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante, TRLCSP).
1.2.2.El contrato es de naturaleza privada y se rige:
1. En cuanto a la preparación y adjudicación por:
▪ Las cláusulas contenidas en este Pliego, que revisten el carácter de documento contractual.
▪ El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en lo sucesivo LCSP).
▪ El Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
▪ El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSP.
▪ La Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo Ley 30/1992)
▪ Decreto 136/1996, de 5 xx xxxxx, sobre régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
▪ Decreto 12/1998 de 3 de febrero sobre Registro de Contratistas e Implantación de la clasificación.
2. En cuanto a los efectos y extinción por:
▪ Las cláusulas contenidas en este Pliego.
▪ El Código Civil.
▪ El Código de Comercio.
▪ La Ley 26/2006, de 17 de Julio de mediación de seguros y reaseguros privados (en lo sucesivo Ley 26/2006)
▪ Ley 50/1980, de 8 de otubre, de Contrato de Seguro.
▪ Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los seguros privados (RDL 6/2004 de 29 de octubre)
▪ Las normas contenidas en el Título V del Libro I del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, sobre modificación de los contratos.
3. En cuanto a la modificación del contrato por:
▪ El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de conformidad con el articulo 20 del mismo.
No obstante, el carácter imperativo que puedan tener determinados preceptos legales o reglamentarios, se entenderán válidas las cláusulas contractuales contenidas en las condiciones particulares y/o generales que sean más beneficiosas para el tomador y/o asegurado.
0.0.0.Xx presentación de oferta en este procedimiento supone que las empresas licitadoras aumenten y aceptan el contenido xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y el de el presente pliego.
1.3. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Las pólizas de seguro, que incorporarán:
a) El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
b) El Pliego de Prescripciones Técnicas.
c) El documento de formalización del contrato.
d) En todo lo no previsto en los documentos anteriores, la póliza de condiciones generales de la compañía adjudicaria.
En caso de contradicción entre lo establecido en la póliza de condiciones generales de la compañía adjudicaria y los Pliegos, prevalecerá lo establecido en los Pliegos.
1.4. DURACIÓN
1.4.1. El plazo de ejecución del contrato es de 6 meses a contar desde las 00:01 horas del 1 xx xxxxx del año 2016 hasta las 24:00 horas del día 31 xx xxxxxx de 2016, previa formalización del contrato, aunque no esté abonada la prima correspondiente.
1.4.2. No se admite la posibilidad de prorrogar el contrato.
1.5. PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO, PRECIO Y PAGO
El presupuesto total del contrato es de 2.470.177 euros (exento de IVA). Este importe incluye la prima correspondiente al Impuesto sobre Primas de Seguros (IPS), así como el recargo de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras (CLEA).
La adjudicación del contrato, al ser este de tramitación anticipada, se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo.
1.5.1. El valor estimado del contrato es de 2.470.177€
1.5.2. El precio del contrato se determinará a tanto alzado.
1.5.3. Modalidad de pago del precio:
- Pago total: Si.
- Pagos parciales: No
En caso afirmativo, indicar vencimientos o periodicidad: No
1.5.4. Revisión de precios: No procede.
1.6. GARANTÍA
El adjudicatario debe constituir garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación en cualquiera de la formas previstas en el art. 96.1 TRLCSP.
2. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
2.1. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
2.1.1. Entidad adjudicadora: Gobierno Xxxxx
2.1.2. Órgano que adjudicará el contrato: Consejero de Hacienda y Finanzas
2.1.3. Dependencia que tramita el expediente: Comisión Central de Contratación Domicilio: C/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1
Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz, 01010
2.1.4. Número de expediente: C02/025/2015
2.2. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
2.2.1. La adjudicación del contrato está sujeta a regulación armonizada.
2.2.2. El procedimiento de adjudicación es el negociado sin publicidad.
2.3. CRITERIOS DE VALORACIÓN
La determinación de las ofertas económicamente más ventajosas se realizará con arreglo a los siguientes criterios de valoración y se puntuará sobre un total de 100 puntos:
2.3.1. Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas:
• PRECIO: 100 puntos
FÓRMULA DE VALORACIÓN DEL PRECIO:
-Precio: la mejor oferta equivale a 100 puntos. El resto de las ofertas se valoran proporcionalmente.
Vmo = Valoración mejor oferta = 100 puntos
Vo = Valoración oferta = [ Pmo (precio mejor oferta) ] x 100
Po (precio oferta a valorar)
2.3.2. Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor: NO
2.4. PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN
2.4.1. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de valoración de las ofertas, tendrán preferencia de adjudicación los licitadores que en el momento de acreditar la solvencia técnica cuente en su plantilla con el mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre que dicho porcentaje sea superior al 2% de su plantilla.
2.4.2. Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tuviera preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria, en el caso de pluralidad de criterios como forma de adjudicación, aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos, si continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a
cada criterio.
2.5. NORMAS GENERALES DE PARTICIPACIÓN
2.5.1. Pueden participar en el procedimiento de adjudicación las entidades aseguradoras autorizadas legalmente por el Ministerio de Economía y Hacienda para operar en los xxxxx a los que se refiere el objeto del presente contrato, que tengan alguna de las formas jurídicas indicadas en el artículo 7 del Texto refundido de la Ley de Ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, que cumplan con el resto de requisitos exigidos en dicha Ley, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que acrediten el cumplimiento de los requisitos de solvencia establecidos en este pliego.
La Administración puede contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente a este efecto, sin que sea necesaria la formalización en escritura pública hasta que no se haya adjudicado el contrato. Estas empresas quedan obligadas solidariamente ante el órgano de contratación y tienen que nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes suficientes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato.
2.5.2. La presentación de oferta implica la aceptación incondicional de las condiciones de este pliego, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la prestación.
2.5.3. Los licitadores tienen que mantener sus ofertas durante un plazo de DOS MESES desde la fecha de la apertura de las ofertas que se han de valorar con arreglo a criterios evaluables automáticamente a través de fórmulas.
Agotados los plazos para la interposición de los recursos contra la adjudicación sin que se hayan interpuesto, la documentación que se acompaña a las ofertas quedará a disposición del licitador que la hubiere presentado.
No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la firmeza de la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada cuando los licitadores no hayan procedido a su retirada.
2.6. ACCESO X XXXXXX E INFORMACION COMPLEMENTARIA
2.6.1. El presente Pliego de Cláusulas Contractuales estará disponible en el perfil de contratante xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx.
2.6.2. Para formular consultas en relación al pliego, los interesados se pueden dirigir a:
Consultas de tipo jurídico:
Persona de contacto: Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx: 945 01 95 88
Correo electrónico: x-xxxx@xxxxxxx.xxx
Consultas de tipo técnico:
Personas de contacto: Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx Xxxxx Xxxx: 945 018 675 – 945 018 938
Correo electrónico: xxxxxxx-xxxx@xxxxxxx.xxx y x-xxxxx@xxxxxxx.xxx
2.7. REQUISITOS FORMALES, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
2.7.1. REQUISITOS FORMALES
Para participar en la licitación los licitadores tienen que presentar TRES SOBRES con la siguiente identificación:
▪ Sobre A: Capacidad y solvencia.
▪ Sobre B: Oferta evaluable mediante la aplicación de fórmulas.
Los sobres se deben presentar CERRADOS con arreglo a las siguientes condiciones:
▪ En el EXTERIOR del sobre tiene que constar claramente:
- Identificación del objeto del contrato especificando el nº de expediente — C02/025/2015— y el sobre de que se trata ( A o B), asi el nombre y apellidos del licitador si es persona física o denominación social si se trata de persona jurídica.
-
- En el supuesto de que el licitador sea una persona jurídica, además, deberá indicarse el nombre y apellidos del representante/s que interviene en representación de la misma, debiendo estar habilitado para llevar la negociación con la administración.
- NIF, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico de contacto.
- Firma del licitador o persona que la represente.
▪ En el INTERIOR del sobre se debe incluir exclusivamente la documentación que se especifica en este Pliego para cada uno de los sobres. Los documentos, que estarán redactados en euskera x xxxxxxxxxx, deben ser originales o copias legitimadas por un notario o copias compulsadas por la Administración contratante.
2.7.2. SISTEMA DE LICITACIÓN y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. Se autoriza su utilización: No
2.7.3. LUGAR DE PRESENTACIÓN
Los sobres se pueden presentar en los lugares siguientes:
• Dirección de Patrimonio y Contratación del Gobierno Xxxxx que se encuentra en la Planta baja del Edificio Sede del Gobierno Xxxxx (Lakua II), X/ Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx, xx 0, 00000 xx Xxxxxxx-Xxxxxxx.
El anuncio del depósito se remitirá antes de que finalice el plazo y hora de presentación de la documentación y en el mismo deberá identificarse el nº de expediente, nº de sobres y el licitador que lo remite. Junto con el anuncio se adjuntará justificante del depósito que expide la oficina de correos en el que conste claramente la fecha y hora del mismo.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no se admitirá la oferta. Transcurridos 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
2.7.4. PLAZO DE PRESENTACION
La documentación se presentará hasta las 10:00 horas del 19 de enero de 2016.
Las ofertas presentadas fuera de plazo no serán admitidas.
2.7.5. EFECTOS
La presentación de oferta presume, por parte de la empresa, la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la prestación.
2.8. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
2.8.1. DENTRO DEL SOBRE A “CAPACIDAD Y SOLVENCIA”
El SOBRE "A" tiene que incorporar los documentos que se señalan a continuación acompañado de hoja independiente en la que conste relación de los documentos que se presentan:
a) DNI de la persona que firma la oferta en nombre propio o como apoderado.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, debe presentar la escritura de constitución o de modificación, en su caso, y estatutos vigentes inscritos en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación se hará mediante escritura o documento de constitución, o de modificación correspondiente, es decir, los estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por la que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c) La persona física que firme la oferta en representación de la persona jurídica deberá presentar poder suficiente al efecto que deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
d) Declaración responsable de:
- no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP y de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- en el caso de estar inscrita en el Registro Oficial de Contratistas de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, que las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento no han experimentado variación.
- mantener los requisitos exigidos por el Texto refundido de la Ley de Ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y el Reglamento que lo desarrolla, para el mantenimiento de la autorización administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda.
Esta declaración se presentará debidamente firmada y con arreglo al modelo que figura en el Anexo I de este pliego.
Las empresas que se encuentren inscritas en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi no tienen que presentar los documentos contemplados en las letras b) y c) de esta cláusula, siempre que la certificación vigente refleje los datos a que se refieren dichas cláusulas, y se incluya en este sobre lo siguiente:
a) Certificado vigente de inscripción en dicho Registro.
b) Declaración responsable de la empresa manifestando que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (punto 5 del anexo I de este pliego). Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicataria, en el documento en que se formalice el contrato.
c) El certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado tendrá los efectos establecidos en el artículo 83.1 del TRLCSP.
e) Certificación expedida por el Ministerio de Economía y Hacienda que acredite la posesión de la autorización administrativa en vigor necesaria para el ejercicio de la actividad aseguradora xxx xxxx a que se refiere el presente contrato.
f) Requisitos y medios de solvencia:
• SOLVENCIA ECONÓMICA o FINANCIERA
- Requisitos:
- Documentación acreditativa de que la empresa licitadora tiene margen de solvencia y provisiones técnicas suficientes para el correcto cumplimiento del contrato.
- Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en
Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
- Medios de acreditación:
- Certificación expedida por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acreditativa de que la empresa licitadora tiene margen de solvencia y provisiones técnicas suficientes para el correcto cumplimiento del contrato.
- Cuentas anuales o libros de contabilidad legalizados correspondientes al ejercicio 2014.
• SOLVENCIA TECNICA O PROFESIONAL
- Requisito: Los licitadores deben acreditar el cumplimiento del siguiente requisito:
- Una relación de las principales contrataciones de seguros de los últimos tres años, que incluya importe y fechas y el destinatario público o privado de las mismas.
- Medio de acreditación:
- Se considerará que la licitadora tiene solvencia cuando presente contratos cuyos importes, separada o conjuntamente alcancen aproximadamente el presupuesto del contrato. Las pólizas presentadas deberán tener un importe mínimo de prima de 1/5 de una anualidad respecto al importe del contrato, identificándose los siguientes extremos:
- el ámbito o ramo a que corresponde
- importe de la misma.
- las fechas de inicio y finalización.
- la denominación social o identidad de los destinatarios (tomador).
Cuando los destinatarios de los contratos sean entidades del sector público, cada uno de los contratos que se indiquen en la relación anterior se acompañará de un certificado expedido por el órgano competente.
Cuando los destinatarios de los contratos no sean entidades del sector público, cada uno de los contratos que se indiquen en la relación anterior se acompañará o bien de un certificado expedido por la entidad contratante o bien por una declaración responsable del licitador.
g) Unión temporal de empresas: Cuando varios licitadores deseen participar en unión temporal de empresas, cada uno de ellos debe acreditar su capacidad de obrar y su solvencia conforme a lo establecido en las cláusulas anteriores, esto es, la documentación relativa al sobre A deberá ser aportada por todos y cada uno de los licitadores que concurran agrupados.
Deberán presentar, así mismo, un escrito en el que se indiquen los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriben, la participación de cada una de ellas y el nombramiento de la persona física representante o apoderada única con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicataria. Este documento deberá estar firmado por la representación de cada una de las empresas componentes de la unión.
h) Confidencialidad: En el caso de estimarlo preciso, el licitador podrá indicar, conforme al modelo incluido en el Anexo II, las informaciones y aspectos de la oferta
incluidos en este sobre que considera de carácter confidencial por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales, exponiendo las razones que justifican dicha vinculación. En ningún caso tendrá tal carácter la oferta económica.
i) Empresas extranjeras: Deben presentar la documentación con las particularidades que se indican en el Anexo VI de este pliego.
j) Preferencias de adjudicación: Para que se aplique la preferencia de adjudicación que se indica en la cláusula 2.3 los licitadores deben presentar la siguiente documentación:
▪ documento de Informe de Trabajadores en Alta (ITA) expedido con posterioridad a la publicación del anuncio de licitación del contrato en el BOE
▪ declaración firmada por el licitador o quien le represente indicando el número de trabajadores con porcentaje de discapacidad igual o superior al 33% en la que figurarán sus números de DNI.
k) Compromiso de adscripción de medios: Anexo V de este pliego.
Los licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi no tienen que presentar los documentos contemplados en los apartados a), b) y c) de esta cláusula siempre que la certificación vigente refleje los datos a que se refieren los mismos. En este caso deben manifestar que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación cumplimentando el apartado correspondiente de la declaración responsable que figura en el Anexo I de este pliego.
2.8.2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR DENTRO DEL SOBRE B: “OFERTA EVALUABLE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS”
El sobre B debe incluir la oferta económica, presentada con arreglo al modelo que figura en el Xxxxx XXX de este pliego.
2.8.2.1 VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA - artículo 152 del TRLCSP y artículos 85 y 86 del RGLCAP-: si
En el supuesto de pluralidad de criterios de valoración de las ofertas:
a) Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: 10% de baja sobre la media de las ofertas económicas presentadas.
2.8.3. DOCUMENTACIÓN A APORTAR DENTRO DEL SOBRE C: No procede
2.9. PROCEDIMIENTO
2.9.1. Se constituirá Mesa de contratación que asistirá al órgano de contratación en la adjudicación del contrato. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mitad al menos de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario, o quien les sustituya, y el vocal que tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico.
2.9.2. Sin perjuicio de las restantes funciones que le atribuyan la Ley de Contratos del Sector Público y sus disposiciones complementarias, la Mesa de contratación desempeñará las siguientes funciones:
a) Calificará las documentaciones de carácter general acreditativas de la personalidad jurídica, capacidad de obrar, apoderamiento y solvencia económica financiera, técnica y profesional de los licitadores y demás requisitos a que se refiere el artículo 162.1 TRLCSP comunicando a los interesados los defectos y omisiones subsanables que aprecie en la documentación.
b) Determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en este pliego.
c) Abrirá las proposiciones presentadas dando a conocer su contenido.
d) Entregará las ofertas a los servicios técnicos para que inicien la negociación y a la finalización de la misma emitan un informe final que refleje los resultados de la negociación.
e) Elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación, analizado el informe final emitido por los técnicos a favor del licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa. En aquellos casos en que, de conformidad con los criterios que figuren en el pliego, no resultase admisible ninguna de las ofertas presentadas propondrá que se declare desierta la licitación.
El acuerdo de la Mesa de contratación que determinen la exclusión de alguno de los licitadores serán notificados a los interesados con arreglo a lo dispuesto en la Ley 30/1992 y contra los mismos, los licitadores excluidos podrán interponer recurso especial en materia de contratación en el plazo y condiciones establecidas en el artículo 40 TRLCSP.
2.9.3. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN POR EL LICITADOR QUE HA PRESENTADO LA OFERTA ECONOMICAMENTE MAS VENTAJOSA
1.- El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, será requerido por la Secretario de la mesa de contratación para que en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa de las siguientes circunstancias:
• Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: Mediante la presentación de los siguientes documentos:
- Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Administración tributaria con los requisitos formales contemplados en el artículo 15.2 del RGLCAP.
- Último recibo del IAE o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación positiva expedida por la autoridad administrativa competente de la Seguridad Social con los requisitos formales contemplados en el artículo 15.2 del RGLCAP.
Quienes acrediten o hayan acreditado disponer de certificación vigente de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi están exentos de presentar los documentos mencionados en tanto se mantenga dicha vigencia y las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no hayan experimentado variación.
• Haber satisfecho el importe de los anuncios oficiales: Se debe presentar el justificante de abono del importe del gasto originado por la publicación en boletines oficiales de los anuncios de licitación del procedimiento.
• Haber constituido la garantía definitiva: Se debe presentar justificante de su depósito en la Tesorería General del Pais Xxxxx.
• Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación.
Son válidas las certificaciones, impresas por vía telemática, informática o electrónica, de carácter positivo y acreditativas del cumplimiento de obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con las Haciendas Forales de acuerdo con las previsiones del Artículo 15 del RGLCAP.
2.-De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificados.
2.10. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
2.10.1. El órgano de contratación acordará la adjudicación, mediante resolución motivada, en el plazo máximo de DOS MESES y no podrá declarar desierto el procedimiento cuando exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
2.10.2. La resolución de adjudicación se notificará a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil de contratante xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx.
La notificación se efectuará con arreglo a lo dispuesto en la Ley 30/1992 y deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los extremos que dispone el art. 151.4 TRLCSP.
3. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
3.1. La formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles
desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
3.2. Transcurrido ese plazo sin que se haya interpuesto recurso especial en materia de contratación, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el
contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
3.3. Los adjudicatarios que hayan concurrido bajo la fórmula de unión temporal de empresas con carácter previo a la formalización del contrato, tienen que aportar escritura pública de constitución de la unión temporal en la cual conste el nombramiento de representante o apoderado único de la unión con poder suficientes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato o poderes mancomunados cuando concurran las circunstancias de forma normativa establecidas.
4. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
4.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Son obligaciones del contratista:
4.1.1. Mantener una oficina abierta en el territorio de la C.A.E. durante todo el plazo de ejecución del contrato.
4.1.2. Adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales necesarios para ello.
El personal que intervenga en la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la empresa contratista, sin que del eventual incumplimiento de sus obligaciones legales o contractuales pueda derivarse responsabilidad alguna para la Administración.
Dicho personal dependerá exclusivamente de la contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario. La contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo existente entre aquella y sus trabajadores, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna carga o responsabilidad resultante de su actividad o incumplimiento. En cualquier caso, la contratista indemnizará a la Administración por cualquier cantidad que se viera obligada a abonar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, incluso las que vengan impuestas por resolución administrativa o judicial, o por perjuicios que se irrogen a la Administración por cualquier causa.
4.1.3. Actuar con arreglo a las instrucciones que por escrito dicte el Servicio de Gestión de Riesgos y Seguros de la Dirección de Patrimonio y Contratación siempre que no supongan modificaciones de la prestación no pactadas ni se opongan a las disposiciones en vigor, ni al presente Pliego ni al Pliego de Prescripciones Técnicas.
4.1.4. La Administración, como tomadora del seguro, comunicará al asegurador el acaecimiento del siniestro, con expresión de las circunstancias y las consecuencias conocidas del mismo, en el plazo de siete días hábiles desde su conocimiento por el Servicio de Gestión de Riesgos y Seguros.
La entidad aseguradora está obligada a satisfacer la indemnización cuando sea firme el reconocimiento de la responsabilidad y concretado el alcance de su cuantía.
El asegurador no podrá reservarse el derecho a rescindir el contrato tras el acaecimiento de un siniestro.
Los avisos, los pagos de las indemnizaciones y las comunicaciones que deriven del contrato de seguro, serán dadas por el tomador, en este caso la Administración, o por el asegurado a la entidad aseguradora a través del mediador correspondiente. El mismo trámite se seguirá en la tramitación y liquidación de los siniestros.
4.1.5. Tratar datos de carácter personal a los que acceda en virtud del presente contrato:
- Con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y disposiciones de desarrollo.
- Utilizar exclusivamente los datos para la realización de las prestaciones objeto del presente contrato conforme a las instrucciones dirigidas por el Servicio de Gestión de Riesgos y Seguros sin emplearlos para ningun fin distinto ni comunicarlos, transmitirlos o cederlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, físicas o jurídicas.
- Una vez cumplido lo estipulado en el contrato el contratista, a menos que la Administración lo autorice, debe proceder a la destrucción en su caso, según las instrucciones que al respecto se le den, devolución de los datos de carácter personal y de los soportes o documentos en que conste algún dato que provengan del fichero de datos propiedad de la Administración de la C.A.E., sin conservar copia alguna del mismo y sin que ninguna persona, física o jurídica, entre en conocimiento de los datos.
4.1.6. Informar a la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones de cualquier relación que pretenda establecer con personas físicas o jurídicas que pueda implicar la existencia de vínculos estrechos, así como la transmisión de acciones o participaciones que pudieran dar lugar a un régimen de participaciones significativas.
4.2. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
4.2.1. El contratista será responsable ante la C.A.E. de las deficiencias o imperfecciones que reduzcan o anulen los efectos de la póliza contratada y que le sean imputables, por lo que aquella podrá exigirle el resarcimiento de los daños y perjuicios que su actuación haya causado.
4.3. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
4.3.1. Hacer efectivo el precio convenido, en base al recibo presentado por la contratista.
Con independencia del pago de la prima, la contratista (asegurador) vendrá obligada al pago de las indemnizaciones por siniestros que se hayan producido en el periodo de vigencia del contrato de seguro.
4.3.2. Supervisión e inspección del servicio:
4.3.2.1. La dirección e inspección de las prestaciones corresponde a la Dirección de Patrimonio y Contratación, pudiendo la misma, a través del Servicio de Gestión de Riesgos y Seguros, dirigir instrucciones, siempre que no supongan modificaciones de la prestación no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor, al Pliego de Prescripciones Técnicas ni al presente Pliego.
4.3.2.2. Con carácter previo al abono de precio, la Dirección de Patrimonio y Contratación deberá prestar conformidad a los recibos presentados por la contratista.
4.3.2.3. Hasta que tenga lugar la recepción, el contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le de derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones.
4.3.2.4. La contratista quedará exenta de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.
4.3.3. Transcurrido el plazo de garantía, se devolverá de oficio de las garantías constituidas, una vez liquidadas las eventuales responsabilidades con cargo a las mismas.
4.4. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS Y CONFIDENCIALIDAD
4.4.1. Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases serán propiedad de la Administración y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento las entregas de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
4.4.2. Todos los derechos de propiedad intelectual y de "copyright", que se pueden derivar de dichos trabajos serán de la propiedad exclusiva de la Administración de la C.A.E., obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando, éste sea necesario, para la debida constancia pública de este hecho ante cualquier organismo o registro.
4.4.3. Toda la información a la que tenga acceso el contratista con ocasión de la ejecución del contrato tiene carácter confidencial. La contratista y el personal por ella adscrito a la ejecución del contrato no pueden utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, dato o información alguna de los trabajos contratados o a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución, sin autorización escrita de la Administración, estando, por tanto, obligados a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado.
En todo caso, en la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales, queda prohibido al contratista y su personal acceder a datos personales, y tienen obligación xx xxxxxxx respecto a los datos que el personal hubiera podido conocer con motivo de la prestación del servicio.
4.5. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
4.5.1. No se admite la cesión del contrato.
4.5.2. No se admite la subcontratación.
4.6. MODIFICACIÓN
4.6.1. El contrato podrá modificarse hasta un máximo de un 20%, de conformidad con el artículo 106 del TRLCSP y exigirá el mutuo acuerdo de las partes contratantes, en el caso de incremento significativo de los riesgos asegurados.
4.6.2. La modificación se formalizará en documento contractual tras haber sido sometidas a informe del Servicio de Contratación de la Dirección de Contratación y, en el caso de que el gasto esté sujeto a informe de fiscalización previa, de la Oficina de Control Económico.
4.7. RIESGO Y XXXXXXX:
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la contratista (artículo 215 del TRLCSP).
5. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
5.1. DISPOSICIONES GENERALES
El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.
5.2. CUMPLIMIENTO
5.2.1. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto.
5.2.2. Su constatación exigirá un acto formal y positivo de recepción o conformidad del Servicio de Gestión de Riesgos y Seguros de la Dirección de Patrimonio y Contratación en el plazo de un mes siguiente a contar desde la realización del objeto del contrato.
En el caso de que el Servicio de Gestión de Riesgos y Seguros de la Dirección de Patrimonio y Contratación estimase que el trabajo efectuado no se adecúa a la prestación contratada trasladará, por escrito, al contratista, las instrucciones precisas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar.
No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente.
Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
5.2.3. Se establece un plazo de garantía de un año a contar de la fecha de recepción o conformidad. Durante el periodo de garantía, la contratista está obligada a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se observen en lo ejecutado, sin perjuicio de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiese podido incurrir, de acuerdo con lo establecido en este pliego y en el artículo 305 del TRLCSP.
Transcurrido el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado algún reparo o denuncia, se procederá a la devolución de la garantía definitiva.
5.3. RESOLUCIÓN
5.3.1. Son causas de resolución del contrato:
• La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 85 del TRLCSP.
• La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
• El mutuo acuerdo entre la Administración y la contratista.
• La demora en el cumplimiento de los plazos por parte de la contratista.
• La demora en el pago por parte de la Administración por plazo superior al establecido en el apartado 6 del artículo 216 del TRLCSP.
• La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 107 del TRLCSP.
• La suspensión por causa imputable a la Administración de la iniciación del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en este pliego.
• El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las cláusulas 4.1.2 y 4.1.4.
• La revocación o suspensión de la autorización administrativa necesaria para el ejercicio de la actividad aseguradora.
• La comprobación de que la documentación aportada por el contratista dentro del procedimiento de adjudicación del contrato incurre en falsedad.
• El rescate o supresión de las prestaciones por razones de interés público.
6. JURISDICCIÓN COMPETENTE
6.1. Los actos administrativos dictados como consecuencia de la preparación y adjudicación de este contrato podrán ser impugnados ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
6.2. Las controversias que surjan en cuanto a los efectos y extinción de este contrato se impugnarán ante la jurisdicción civil.
ANEXO I
DECLARACION RESPONSABLE DE CAPACIDAD
(presentación obligatoria)
D. /Dña con
domicilio en ............................., calle y
con DNI........................... en nombre.........................................................................
(propio o de la persona, entidad o empresa que representa), con domicilio a efectos de notificaciones en ............................., calle CP
.............. Tfno .................... y CIF ......................
En relación con el expediente C02/025/2015
DECLARA
1. Que tiene, en relación con el presente contrato dispone de plena capacidad de obrar y las autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad.
2. Que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con el sector público, señaladas en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
3. Que la empresa a la que representa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar seleccionada su oferta como la económicamente más ventajosa, a presentar en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contado desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento para ello, la acreditación de tal requisito en la forma mencionada en la cláusula 2.10.5 de este pliego.
4. Que no ha sido adjudicataria o ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios de este contrato por sí o mediante unión temporal de empresarios.
5. Que 1está inscrita con certificado vigente en el Registro Oficial de Contratistas de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y que las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento no han experimentado variación.
6. Que mantiene los requisitos exigidos por el Texto refundido de la Ley de Ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y el Reglamento que lo desarrolla, para el mantenimiento de la autorización administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda.
En ………………......................,a.................de de 2013
Firma
1 Indicar SI o NO
MODELO DE DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES FACILITADAS POR EL LICITADOR
(presentación opcional)
D. /Dña con
domicilio en ............................., calle y
con DNI........................... en nombre.........................................................................
(propio o de la persona, entidad o empresa que representa), con domicilio a efectos de notificaciones en ............................., calle CP
.............. Tfno .................... y CIF ......................
DECLARA
Que en relación con la documentación aportada en el sobre (indicar el sobre al que
se refiere) del expediente nº C02/025/2016 se consideran confidenciales las siguientes informaciones y aspectos de la oferta por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales:
1.- ……………………
2.- …………………..
3.- …………………..
…………………………
Que dicho carácter confidencial se justifica en las siguientes razones: 1.- ……………………
2.- …………………..
3.- …………………..
…………………………
En ..........................................,a.........de de 2013
Firma
OFERTA ECONÓMICA
(presentación obligatoria)
El presente modelo tienen una addenda (sí/no)? Si
D. /Dña con
domicilio en ............................., calle y
con DNI........................... en nombre.........................................................................
(propio o de la persona, entidad o empresa que representa), con domicilio a efectos de notificaciones en ............................., calle CP
.............. Tfno .................... y CIF ......................
DECLARO:
I.- Que he quedado enterado/a del procedimiento para la adjudicación del contrato de
Aseguramiento de Responsabilidad Profesional Sanitaria de Osakidetza
II.- Que conozco el pliego de cláusulas contractuales y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.
III.- Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento, y que en la elaboración de la oferta ha tenido en cuenta todos las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección de empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente.
IV.- Que en relación con la prestación de la presente oferta, propongo su realización por un precio de euros.
En .........................................., a.........de de 2013
Firma
ANEXO IV XXX XXXXXX
(no procede)
PROPUESTA DE OTRAS MEJORAS, SIN INCREMENTO DEL PRECIO OFERTADO, CONSISTENTES EN PRESTACIONES ADICIONALES SOBRE LAS OBLIGACIONES PRESCRITAS EN EL CONTRATO Y NO INCLUIDAS EN OTROS CRITERIOS DE VALORACIÓN
D. /Dña con
domicilio en ............................., calle y
con DNI........................... en nombre.........................................................................
(propio o de la persona, entidad o empresa que representa), con domicilio a efectos de notificaciones en ............................., calle CP
.............. Tfno .................... y CIF ......................
De conformidad con lo establecido en la cláusula 2.3.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, realiza en relación con la oferta del lote ... (indicar lo que corresponda) las siguientes propuestas de otras mejoras, sin incremento del precio ofertado, consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas en el contrato y no incluidas en otros criterios de valoración.
En..........................................., a.........de ………........... de ..........
Firma DNI
* El número máximo y condiciones de las mejoras evaluables a efectos de valoración de la oferta es el señalado en el punto 2.8.3 xxx Xxxxxx, en el caso de ser preciso la empresa puede añadir los campos que correspondan.
ANEXO X XXX XXXXXX
(presentación obligatoria)
DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
D. /Dña con
domicilio en ............................., calle y
con DNI........................... en nombre.........................................................................
(propio o de la persona, entidad o empresa que representa), con domicilio a efectos de notificaciones en ............................., calle CP
.............. Tfno .................... y CIF ......................
En relación con el expediente C02/025/2016
DECLARA:
En relación al contrato de “Aseguramiento de los distintos riesgos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi”, la empresa se compromete a adscribir a la ejecución del contrato su organización productiva y, además, los medios materiales y personales que constan en su oferta.
I.- Medios materiales:
II.- Medios personales:
DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS Y DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
D./Dña. ....................................... ......................................................................................
con domicilio en ........................... , calle .............................................................................
y con DNI .................................... en nombre .....................................................................
(propio, o de la persona, entidad o empresa que representa), con domicilio a efectos de notificaciones en ......................
................................................... , calle .................................................... CP ..................
Tfno ........................................... y CIF .........................................................
DECLARA:
Que en relación con la ejecución del contrato correspondiente al expediente nº C02/025/2016 se compromete a cumplir las condiciones especiales de ejecución indicadas en la Carátula y en el pliego, y a adscribir a la ejecución del contrato: a)su propia organización productiva, b)los medios fijados en el pliego como condiciones especiales de ejecución, c) los medios acreditados en el sobre A «Capacidad y solvencia», así como, en el caso de encontrarse fijados, los concretos medios personales y materiales indicados en este Anexo.
Y para que conste, firmo la presente declaración en .........................................., a de
............................ de .......
Firma DNI
ANEXO VI
EMPRESAS EXTRANJERAS
Todas las empresas extranjeras deben presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador
1.- EMPRESAS EXTRANJERAS DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
Las empresas extranjeras de estados miembros de la Unión Europea, ya concurran aisladamente o en unión temporal de empresas, deben incluir en el sobre A “Capacidad y solvencia”, los documentos mencionados en la cláusula 15ª de este pliego, con las siguientes particularidades:
1.1.- En el caso de que la empresa comunitaria disponga de un certificado comunitario de clasificación, o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado miembro de la Unión Europea, la presentación de dicho certificado o documento sienta una presunción de aptitud de la empresa, frente a los diferentes órganos de contratación en relación con la no concurrencia de las prohibiciones de contratar a que se refieren las letras a) a c) y e) del apartado 1 del artículo 60 del TRLCSP y la posesión de las condiciones de capacidad de obrar y habilitación profesional exigidas por el artículo 54 y las de solvencia a que se refieren las letras b) y c) del artículo 75, las letras a), b), e) g) y h) del artículo 76, el artículo 77, y las letras a) y c) a i) del artículo 78 del referido TRLCSP.
Igual valor presuntivo surtirán las certificaciones emitidas por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecida la empresa.
Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.
• En relación con las cláusulas 2.7.1 a) y c) xxx xxxxxx, deberán presentar el documento identificativo de la personalidad en el país en el que se encuentran establecida o el pasaporte comunitario, así como, en el caso de que no actúe en nombre propio o se trate de una persona jurídica, el poder de representación traducido al español o al euskera.
• En relación con las cláusulas 2.7.1 b) xxx xxxxxx, relativa a la capacidad de obrar, se considerará que la empresa tiene capacidad para contratar siempre que con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
- A efectos de acreditar la capacidad de obrar, salvo que se presente el certificado comunitario o documento similar anteriormente indicado, la empresa deberá incluir, en este sobre A, la acreditación de la inscripción en el correspondiente Registro de los contemplados en el anexo I del RGLCAP o, en su caso, la certificación que corresponda conforme dicho anexo.
- Cuando dicha legislación exija a las empresas una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate, deberá acreditar que cumple dicho requisito.
En caso de no exigirse dicha autorización o pertenencia, deberá presentar una declaración responsable en la que se haga constar dicha circunstancia.
2.- EMPRESAS EXTRANJERAS DE ESTADOS QUE NO SON MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
Las empresas extranjeras de estados que no son miembros de la Unión Europea, ya concurran aisladamente o en unión temporal de empresas, deben incluir en el sobre A “Capacidad y solvencia”, los documentos mencionados en la cláusula 15ª de este pliego, con las siguientes particularidades:
• En relación con las cláusulas 2.7.1 a) y c) xxx xxxxxx, deberán presentar el documento identificativo de la personalidad, así como, en el caso de que no actúe en nombre propio o se trate de una persona jurídica, el poder de representación traducido al español o al euskera
• En relación con la cláusula 2.7.1 b) xxx xxxxxx, relativa a la capacidad de obrar, acreditará mediante informe expedido por la respectiva Misión Diplomática Permanente española u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
• Adicionalmente deben presentar un informe de reciprocidad emitido por la respectiva Misión Diplomática Permanente española, en el que se haga constar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, siempre que dicha condición de estado signatario del referido acuerdo en informe de la Misión Diplomática Permanente española u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa.
Las empresas extranjeras, en el caso de resultar adjudicatarias deben aportar los documentos señalados en las cláusulas correspondientes de este pliego respectivamente, con las siguientes particularidades:
Las empresas extranjeras que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar, certificación expedida por la autoridad competente del país en que se encuentra establecida, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en dicho país. La acreditación habrá de referirse a los últimos doce meses y se presentará traducida al español o al euskera.