GUÍA DE JUSTIFICACIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DE LAS ACTUACIONES
GUÍA DE JUSTIFICACIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DE LAS ACTUACIONES
FINANCIADAS
1.- INTRODUCCIÓN
El pago de la financiación de la delegación concedida requiere la previa comunicación por la Entidad Local de la adjudicación del contrato o contrato celebrados para su ejecución y la posterior justificación de los gastos efectivamente realizados.
Dichas justificaciones se realizarán mediante la expedición de certificados por el Interventor u órgano competente de la Entidad Local, a través del procedimiento habilitado en la plataforma Edificant, en la forma que se describe en esta guía.
Dicha documentación se presentará electrónicamente en la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte a través de la plataforma Edificant.
2.- COMUNICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación de los contratos celebrados para la ejecución de la actividad financiada se comunicará mediante certificado expedido por el Interventor u órgano competente de la Entidad Local a través del procedimiento habilitado en la plataforma Edificant.
En las actuaciones que se encuentren en estado “Delegadas Ayuntamiento” aparecerán tres nuevas pestañas denominadas:
• Ejecución licitaciones
• Adjudicaciones
• Certificaciones/Facturas
En la pestaña “Ejecución licitaciones” se darán de alta las licitaciones correspondientes a la actuación financiada.
• En el apartado “Datos de ejecución de la licitación” deberán cumplimentarse las fechas previstas de inicio y finalización de las obras.
• En el apartado “Interventor / Secretario” se indicarán el nombre y apellidos, DNI y cargo del órgano de la Entidad Local que firmará las certificaciones.
• En el apartado “licitaciones” se indicará la fecha de publicación de la licitación y el importe de la licitación (IVA incluido).
En la pestaña “Adjudicación” se cumplimentarán los datos relativos a las adjudicaciones de las licitaciones.
• En el apartado “licitación” se cumplimentará con la licitación que corresponda del desplegable.
• En el apartado adjudicatario se indicará el CIF y el nombre y apellidos o razón social del adjudicatario.
• En el apartado adjudicación se indicará el número del expediente asignado al expediente de contratación, la fecha de adjudicación y la descripción del objeto del contrato.
• En el apartado “anualidades”, se cumplimentará, en primer lugar, el importe de la baja de adjudicación (IVA INCLUIDO).
• Una vez guardada la adjudicación, deberán cumplimentarse las anualidades del contrato.
Cumplimentados todos los datos se procederá (a través del menú “Acciones”) a generar el certificado de adjudicación que, una vez firmado electrónicamente por el órgano competente, se presentará a través de la opción “Adjuntar certificado de adjudicación firmado”.(Nota: La firma deberá quedar visible en el documento pdf)
3.- JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS REALIZADOS
Previamente a la tramitación del primer gasto, la Entidad Local deberá haber adjuntado a la plataforma Edificant el Acta de comprobación del replanteo e inicio de las obras, si procede.
Una vez comunicada la adjudicación del contrato, los gastos efectivamente realizados se justificarán, conforme se produzcan, mediante certificados de conformidad de las facturas presentadas por el adjudicatario o de las certificaciones de obras, expedidos por el Interventor u órgano competente de la Entidad Local, a través del procedimiento habilitado en la plataforma EDIFICANT.
En la pestaña “Certificaciones/Facturas” se introducirán los datos relativos a los gastos que se justifican.
• En el apartado “Adjudicación” se escogerá aquélla que corresponda del desplegable.
• En el apartado “Certificación/Factura” se cumplimentarán los datos de la factura o certificación que documenta el gasto. Se indicará “Ordinaria/A cuenta” siempre que se trate de pagos parciales a cuenta de la liquidación del contrato. Por el contrario, se indicará (Final/Liquidación) cuando con dicho pago se liquide el precio del contrato. Se indicará la Base Imponible, el Tipo de IVA y, en su caso, el tipo de retención a cuenta del IRPF.
• En el caso de que se ceda el crédito al contratista se cumplimentarán los datos bancarios en el apartado “Cesionario”.
El importe total de los gastos justificados no podrá superar el importe de adjudicación del contrato, salvo que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 9 del Decreto Ley 5/2017, de 20 de octubre, del Consell, por el que se establece el régimen jurídico de cooperación entre la Generalitat y las administraciones locales de la Comunitat Valenciana para la construcción, ampliación, adecuación, reforma y equipamiento de centros públicos docentes de la Generalitat, se haya producido un incremento del gasto durante la ejecución del contrato (revisión de precios, modificaciones contractuales, liquidación, etc.), en cuyo caso la Entidad Local deberá presentar la documentación relativa a la aprobación de dicho incremento.
En el supuesto previsto en el apartado 4 del artículo 9 del citado Decreto Ley (aplicación de las bajas a la financiación de otras actuaciones en el centro escolar afectado por la delegación, o en su entorno inmediato), se requiere una nueva solicitud que, tras su correspondiente estudio por la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, podrá ser autorizada.
Una vez cumplimentados todos los datos requeridos se generará el certificado de pago desde el menú “Acciones”, que será firmado digitalmente por el órgano competente de la Entidad Local.(Nota: La firma deberá quedar visible en el documento pdf).
En caso de que el crédito haya sido cedido al contratista, la tramitación del primer certificado de gasto cedido requerirá que se cumplimente el “modelo de domicilio bancaria” (que se puede obtener desde el menú “Acciones”), el cual deberá ser debidamente cumplimentado y firmado tanto por el contratista cesionario como por la Entidad Local cedente del crédito.
Una vez generados y debidamente firmados los documentos anteriores se adjuntarán a la plataforma desde el menú “Acciones”. Finalmente, se procederá desde el mencionado menú a presentar la documentación debidamente firmada. Esta acción (presentar) conllevará el envío y entrada en el registro telemático de la Generalitat de la certificación correspondiente. Se podrá consultar en el apartado “Documentos” de la plataforma el justificante del registro.
Una vez revisada la documentación por la Conselleria, se comunicará por vía de correo electrónico y a través de la plataforma Edificant si la justificación del gasto ha sido aprobada o desestimada.