LICITACIÓN ABREVIADA 2019-LA-PC-00010
ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN ABREVIADA 2019-LA-PC-00010
OBJETO: Adquisición de licencias de productos de virtualización del fabricante VMWare y contratación del servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones, conforme a lo establecido en este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
COSTO XXX XXXXXX: sin costo.
OBTENCIÓN XXX XXXXXX: Se podrá acceder al texto del mismo, ingresando al sitio web de Compras y Contrataciones del Estado xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx o al del Banco Central del Uruguay xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/Xxxxxx-xx- BCU/Paginas/Licitaciones_Vigentes.aspx.
RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA DE APERTURA
DE OFERTAS: Hasta las 15:00 horas del día 31 de octubre de 2019 mediante correo electrónico a: xxxxxxx0@xxx.xxx.xx. No será obligatorio proporcionar aclaraciones respecto a consultas que se formalicen con posterioridad a la fecha de cierre mencionada.
APERTURA ELECTRÓNICA DE OFERTAS: A las 15:00 horas del día 12 de noviembre de 2019 en el sitio web de Compras Estatales: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
INDICE
I. OBJETO DEL LLAMADO 4
II. DISPOSICIONES GENERALES 4
1. Requisitos de admisibilidad 4
2. Del contenido y presentación de las ofertas 4
2.1. Acreditación de requisitos de admisibilidad 4
2.2. Otra documentación a presentar con la oferta 5
2.3. Presentación de la oferta 5
2.4. Información Confidencial y Datos Personales 5
3. Precio 6
3.1. Cotización 6
4. Características del procedimiento 6
4.1. Solicitud de aclaraciones y prórroga de apertura de ofertas 6
4.2. Apertura electrónica de las ofertas 6
4.3. Inalterabilidad de la oferta 7
4.4. Evaluación de ofertas 7
4.5. Adjudicación 7
4.6. Negociaciones 7
4.7. Adjudicación al siguiente mejor oferente 7
4.8. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato 7
III. CONTRATO 7
1. Alcance del suministro 7
2. Contraparte 8
3. Calidad del servicio 8
4. Equipo de trabajo 8
5. Conformidad de los servicios prestados y Forma de Pago 8
6. Cumplimiento de la Normativa Laboral 9
7. Potestad de Otras Contrataciones 9
8. Plazo de entrega de las licencias, período de vigencia y renovaciones del servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones 9
9. Incumplimientos 10
10. Penalidades 10
11. Rescisión del contrato 10
12. Confidencialidad 11
13. Política de Seguridad de la información 11
IV. VARIOS 11
1. Constitución de Garantía de Mantenimiento de Oferta y de Fiel Cumplimiento de Contrato 11
1.1. Mantenimiento de oferta 12
1.2. De fiel cumplimiento de contrato 12
1.3. Condiciones de constitución de ambas garantías 12
2. Principios de actuación 13
3. Normas aplicables y documentación integrante del contrato 13
4. Aceptación de bases 13
5. Adecuación al Pliego 13
6. Comunicaciones y notificaciones 14
7. Constitución de domicilio 14
ANEXO I - FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE 15
ANEXO II- CUADRO DE COTIZACIÓN 16
Anexo III – ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO 17
Anexo IV - ACREDITACIÓN DE REFERENCIAS 18
ANEXO V - DESCRIPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN CONFIDENCIAL INGRESADA 19
ANEXO VI - RECOMENDACIONES PARA EL INGRESO DE OFERTAS EN LÍNEA 20
I. OBJETO DEL LLAMADO
Adquisición de licencias de productos de virtualización del fabricante VMWare y contratación del servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones, conforme a lo establecido en este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
II. DISPOSICIONES GENERALES
1. Requisitos de admisibilidad
Se consideran empresas calificadas para ofertar, aquellas empresas que reúnan conjuntamente los siguientes requisitos:
a) Estar inscripto en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX) en estado1 “Activo” a la fecha del Acto de Apertura del presente llamado, habiendo completado los datos requeridos en XXXX y aportado los documentos correspondientes.
b) No haber sido sancionado con la eliminación del Registro de Proveedores del Estado y no tener una sanción de suspensión vigente en dicho Registro a la fecha del Acto de Apertura del presente llamado.
c) Ser representante, partner o distribuidor oficial del fabricante VMWare y poseer autorización para comercializar licencias y prestar servicio de soporte, manteniminto y actualización de versiones.
d) Contar con una antigüedad en plaza mínima de cinco años en la comercialización de licencias y/o prestación de servicios de soporte, mantenimiento y actualización de versiones de productos de virtualización del fabricante VMWare contados hasta el día inmediato anterior a la fecha establecida para el acto de apertura del presente llamado.
e) Poseer al menos tres referencias por comercialización de licencias y/o servicios de soporte, mantenimiento y actualización de versiones de productos de virtualización del fabricante VMWare. Dichas referencias no podrán tener una antigüedad mayor a 10 años contados hasta el día inmediato anterior a la fecha establecida para el acto de apertura del presente llamado.
f) Poseer un equipo de trabajo integrado por un mínimo de dos técnicos certificados por el fabricante para dar soporte y un representante técnico que oficie de interlocutor por parte de la contratista.
g) Constituir garantía de mantenimiento de su oferta por la suma de $ 30.000 (pesos uruguayos cuarenta mil) o su equivalente en moneda extranjera, siempre que el monto total de su oferta supere la suma de $ 9.416.000 (pesos uruguayos nueve millones cuatrocientos deciséis mil), de acuerdo a lo indicado en el numeral 1 del Capítulo IV.
2. Del contenido y presentación de las ofertas
2.1. Acreditación de requisitos de admisibilidad
A efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad indicados en el numeral 1 de este Capítulo, las ofertas deberán incluir los siguientes documentos:
a) Nota emitida por el fabricante, representante, partner o distribuidor oficial del software objeto del presente llamado donde se deje constancia de la autorización otorgada al oferente para comercializar licencias y prestar servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones de productos de virtualización del fabricante VMWare, a fin de dar cumplimiento del requisito establecido en el literal c) del numeral 1 de este Capítulo. Se aclara que la nota no puede ser suscrita por el oferente.
b) Declaración firmada por una persona de la empresa oferente que figure autorizada en XXXX por esta, donde exprese el cumplimiento del requisito establecido en el literal d) del numeral 1 de este Capítulo.
c) Formulario Anexo IV completo a fin de acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el literal e) del numeral 1 de este Capítulo. Este anexo podrá ser sustituido por Cartas de referencia emitidas por los
1 X.X.X.X. Registro Único de Proveedores del Estado xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxx/
clientes, a los que hubiera comercializado licencias y/o prestado servicios de soporte, mantenimiento y actualización de versiones de productos de virtualización del fabricante VMWare, las cuales deberán contener todos los datos solicitados en el Anexo IV. En cualquiera de los casos (carta de referencia o Xxxxx XX completo) los documentos deberán estar suscritos por los clientes contratantes. En el caso de los antecedentes con el Banco Central del Uruguay, serán tenidos en cuenta únicamente aquellos que hubieran sido declarados en la oferta, no siendo necesaria su acreditación mediante Anexo IV o carta de referencia.
d) Nota con designación de los integrantes del equipo de trabajo e interlocutor, y los certificados emitidos por el fabricante a los técnicos designados a fin de acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el literal f) del numeral 1 de este Capítulo.
e) Constancia de constitución de garantía de mantenimiento de oferta, en caso de corresponder por el monto de la oferta, a fin de acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el literal g) del numeral 1 de este Capítulo.
El Banco se reserva el derecho de solicitar los originales que estime conveniente, respecto de la documentación presentada en la oferta, con las legalizaciones y traducciones que correspondan.
2.2. Otra documentación a presentar con la oferta
La oferta deberá contener, adicionalmente, los formularios Anexos I,II y IV que forman parte de este Pliego, completos y suscritos de la forma en ellos detallada. El Anexo IV podrá sustituirse por cartas emitidas y suscritas por los clientes contratantes con el oferente, siempre que contengan todos los datos solicitados en él. En el caso de los antecedentes con el Banco Central del Uruguay, serán tenidos en cuenta únicamente aquellos que hubieran sido declarados en la oferta, no siendo necesaria su acreditación mediante Anexo IV o carta de referencia.
2.3. Presentación de la oferta
Las propuestas serán recibidas únicamente en línea. Los oferentes deberán ingresar sus ofertas (económica y técnica completas) en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. No se recibirán ofertas por otra vía.
La documentación electrónica adjunta a la oferta se ingresará a la web en archivos con formato pdf o jpg, sin contraseñas ni bloqueos para su impresión o copiado. Cuando el oferente deba agregar en su oferta un documento o certificado cuyo original sólo exista en soporte papel, deberá digitalizarlo y subirlo con el resto de su oferta.
Conforme a lo establecido en el Art. 48° del TOCAF, está reservada al oferente que resulte adjudicatario la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar.
2.4. Información Confidencial y Datos Personales
Cuando los oferentes entreguen a la Administración información que consideren confidencial al amparo de lo dispuesto en los artículos 10 de la ley N° 18.381 o 65 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, deberá ser ingresada en el sistema en tal carácter y en forma separada a la parte pública de la oferta.
Si un documento contiene información pública e información confidencial, reservada o secreta, se deberá aplicar el principio de divisibilidad, permitiendo el acceso a los otros oferentes a la parte pública de aquél.
La clasificación de la documentación en carácter de confidencial es de exclusiva responsabilidad del proveedor. Si la información ingresada en carácter confidencial no reúne los requisitos exigidos por la normativa referida, la Administración podrá descalificar la oferta o tomar las medidas que estime pertinentes, entre otras, no considerar esa información a la hora de evaluar las ofertas.
En especial, no se considera información confidencial: la relativa a los precios, la descripción de bienes y servicios ofertados y las condiciones generales de la oferta. Los documentos que entregue un oferente en carácter confidencial no serán divulgados a los restantes oferentes.
El oferente deberá incluir en la parte pública de la oferta el formulario Anexo V completo, o un resumen no confidencial de la información confidencial que ingrese, el cual deberá ser breve y conciso (artículo 30 del Decreto N° 232/010 de 2 xx xxxxxx de 2010).
En el caso de que las ofertas contengan datos personales cuyo tratamiento y comunicación requiera el previo consentimiento informado de sus titulares, el oferente deberá recabar el correspondiente consentimiento, de conformidad a lo establecido en la ley Nº 18.331, normas concordantes y complementarias.
3. Precio
3.1. Cotización
Las empresas presupuestarán de acuerdo a lo requerido en este Pliego y a las aclaraciones que surjan producto de las consultas que eventualmente puedan ser formuladas.
El precio de las licencias incluirá el primer año de servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones de productos de virtualización del fabricante VMWare y será cotizado “al firme” en modalidad DAP en moneda extranjera que cotice en los mercados internacionales de Londres, Zurich o Nueva York.
El monto cotizado incluirá la entrega de las licencias en la Unidad Administración y Logística de Suministros del Banco (Avda. Ingeniero Xxxx X. Xxxxxx 777) así como los gastos de traslado y seguro. El trámite y gastos de despacho estarán a cargo del Banco.
Se deja constancia que el BCU está exento de toda clase de tributos nacionales, exceptuadas las contribuciones de seguridad social. Las importaciones realizadas por el BCU están exoneradas de derechos de aduana y/o adicionales de cualquier recargo, así como de tributos a la importación o aplicados en ocasión de la misma (Ley 13.608 de 8 de diciembre de 1967 --- artículo 25, Ley 16.696 del 30 xx xxxxx de 1995 --- Art. 6, Decreto 432/971)
El precio por el servicio anual de soporte, mantenimiento y actualización de versiones de productos de virtualización del fabricante VMWare listadas en el capítulo III, a contratar a partir del vencimiento del primer año incluido con el suministro de las licencias, será cotizado “al firme” en modalidad DAP en moneda extranjera que cotice en los mercados internacionales de Londres, Zurich o Nueva York.
La oferta económica deberá presentarse en el formulario de cotización que forma parte de este Pliego (Anexo II). La omisión de la cotización de alguno de los conceptos especificados en el Anexo II invalidará toda la oferta. Cualquier otra observación o propuesta alternativa que la empresa considerase necesario agregar, deberá formularse en forma separada.
4. Características del procedimiento
4.1. Solicitud de aclaraciones y prórroga de apertura de ofertas
No será obligatorio proporcionar aclaraciones respecto a consultas que se formalicen con posterioridad a la fecha de cierre mencionada. La prórroga será resuelta por la Administración según su exclusivo criterio.
4.2. Apertura electrónica de las ofertas
La apertura electrónica de ofertas se realizará a las 15:00 horas del día 12 de noviembre de 2019 en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. La plataforma electrónica recibirá ofertas únicamente hasta el momento fijado para su apertura en la convocatoria respectiva.
Es responsabilidad del oferente el ingreso en tiempo y forma de su oferta en dicho portal, debiendo adoptar los recaudos necesarios a tales efectos.2 Se sugiere remitirse a las recomendaciones que en la materia se disponen en Anexo VI de este pliego.
4.3. Inalterabilidad de la oferta
El adjudicatario está obligado a ejecutar los servicios estipulados de acuerdo a lo establecido en este Pliego, las aclaraciones y su oferta, en tanto ésta no se oponga a los mismos; sin que le sirva de excusa, alegar cálculos erróneos u omisiones, en la presentación de la misma.
4.4. Evaluación de ofertas
Únicamente pasarán a la instancia de evaluación aquellas ofertas que hayan cumplido con los requisitos de admisibilidad establecidos en el numeral 1 de este Capítulo acreditados conforme a lo indicado en su numeral 2.1 y presentado la documentación exigida en el numeral 2.2.
A efectos de la comparación económica se tendrá en cuenta el precio total cotizado compuesto por el suministro de las licencias y cinco años de servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones de productos de virtualización del fabricante VMWare.
4.5. Adjudicación
La adjudicación se realizará sobre la oferta que resulte la más económica en la evaluación de ofertas.
4.6. Negociaciones
En caso de presentación de ofertas similares, el Banco se reserva el derecho de acudir al instituto de la negociación a fin de obtener mejores condiciones de precio. (Art. 66° del TOCAF).
4.7. Adjudicación al siguiente mejor oferente
El Banco se reserva el derecho a hacer uso del orden de prelación en caso de resultar pertinente (art. 70 T.O.C.A.F.).
4.8. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Deberá constituirse por un valor equivalente al 5% del monto total adjudicado (considerando el suministro de licencias y el primer año de contrato de soporte, mantenimiento y actualización de versiones), siempre que este supere la suma de $ 3.766.000 (pesos uruguayos tres millones setecientos sesenta y seis mil), de acuerdo a lo indicado en el numeral 1 del Capítulo IV de este pliego.
III. CONTRATO
1. Alcance del suministro
El objeto del presente llamado comprende el suministro de licencias para los siguientes productos:
2 Por mayor información consultar Anexo VI RECOMENDACIONES PARA EL INGRESO DE OFERTAS EN LÍNEA de este pliego.
• 14 licencias por CPU del producto VMWare vSphere Enterprise Plus con VROps Standard
• 16 licencias por CPU del producto VMWare vSphere Standard
• 1 pack de 25 licencias de VMs del producto VMWare Site Recovery Manager Standard
• 1 pack de 10 licencias del producto VMWare Horizon View Advanced
Todas las licencias se suministrarán con un año de servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones del fabricante en modalidad 8x5. La prestación del servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones debe realizarse de conformidad a lo establecido en las especificaciones incluidas en el Anexo III y demás condiciones exigidas en este pliego.
2. Contraparte
El Área Tecnología de la Información actuará como contraparte de la empresa adjudicataria. A tales efectos designará a las personas que actuarán en ese rol, comunicándolo a la empresa adjudicataria, por escrito previo al inicio de la vigencia del contrato. Las personas designadas tendrán como cometidos, entre otros, los siguientes: suscribir el Acta de inicio del contrato de acuerdo a lo establecido en el numeral 8 de este Capítulo, realizar el control de calidad del servicio, aprobar la integración del equipo técnico y cualquier cambio que ocurra en el mismo, controlar la suscripción de la cláusula de confidencialidad, otorgar la conformidad de los servicios recibidos, evaluar el desempeño contractual de la adjudicataria, entre otros.
3. Calidad del servicio
El Banco realizará el control de la calidad del servicio contratado por intermedio de la contraparte designada, a efectos de asegurar que la ejecución del mismo se realice de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente pliego para la prestación del mismo.
Si se comprobaran anomalías en la prestación del servicio que repercutieran negativamente en su nivel general de calidad, el Banco podrá aplicar la penalidad prevista en el numeral 10 de este Capítulo.
4. Equipo de trabajo
El adjudicatario remitirá a la Contraparte la nómina de personas asignadas a la prestación del servicio en el Banco, indicando nombre completo, cédula de identidad y rol que desempeñará (encargado, técnico, etc.). En caso de ser necesario sustituir o incorporar integrantes al equipo de trabajo designado, la adjudicataria deberá solicitar la autorización previa de la Contraparte.
El Banco se reserva el derecho de rechazar, para la realización de los servicios y sin expresión de causa alguna, a las personas propuestas por la adjudicataria, debiendo esta última proceder a su sustitución, sin que ello represente ningún tipo de erogación ni responsabilidad por parte del Banco.
5. Conformidad de los servicios prestados y forma de pago
El pago de las licencias y el primer año del servicio de soporte, mantenimieno y actualización de versiones se realizará luego de obtenida la aceptación del Banco conforme a lo establecido en el numeral 2 del capítulo III.
El pago de los subsiguientes períodos del servicio de soporte, mantenimieno y actualización de versiones se realizará al inicio de cada período, siempre que proceda la renovación prevista en el numeral 8 del capítulo III.
El Banco se reserva el derecho de retener en forma transitoria el monto de la multa calculada conforme a lo establecido en el numeral 10 Penalidades de este Capítulo, hasta que determine en forma definitiva su cuantía mediante el procedimiento administrativo correspondiente.
Para hacer efectivo el cobro de las facturas, la empresa deberá cumplir con los requisitos legales, en especial los certificados de BPS y DGI vigentes.
La demora en el pago de las facturas por la no presentación de la documentación requerida, no dará derecho alguno a la adjudicataria a reclamar diferencia económica de ninguna especie.
6. Cumplimiento de la Normativa Laboral
Al inicio del contrato, el BCU a través de la contraparte designada, verificará el cumplimiento de la normativa laboral (seguro de accidentes de trabajo, nómina de BPS, Planilla de MTSS, etc.) y que la adjudicataria disponga de los elementos de seguridad e higiene en el trabajo necesarios.
Se estará a lo establecido en las leyes Nº 18.098 de 12 de enero de 2007, Nº 18.099 de 24 de enero de 2007 y Nº 18.251 de 6 de enero de 2008 y en el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 475/005 de 14 de noviembre de 2005.
Atento a esta normativa, el BCU queda facultado a exigir a la adjudicataria, en cualquier momento, y con la regularidad que estime pertinente, la exhibición de:
a) Declaración nominada de historia laboral en BPS,
b) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda,
c) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales,
d) Planilla de control de trabajo de MTSS, recibos de haberes salariales y, en su caso, convenio colectivo aplicable,
e) Aquellos otros datos personales de los trabajadores comprendidos en la prestación del servicio, que sean necesarios a efectos de realizar los controles que el BCU estime pertinentes.
Cuando la adjudicataria no logre acreditar oportunamente el cumplimiento de las obligaciones laborales (incluyendo las relativas a las de seguridad e higiene en el trabajo), previsionales o del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en la forma señalada, el BCU podrá retener de las obligaciones de pago pendientes que tenga a favor de la adjudicataria, el monto correspondiente.
7. Potestad de otras contrataciones
El Banco de considerarlo conveniente o necesario, se reserva el derecho de contratar a otras empresas o profesionales con el fin de realizar trabajos de iguales o similares características a las del presente contrato durante el período de vigencia del mismo, sin que por ello incurra en ningún tipo de responsabilidad ni deba abonar ningún tipo de importe por cualquier concepto a la adjudicataria.
8. Plazo de entrega de las licencias, período de vigencia y renovaciones del servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones
La empresa adjudicataria dispondrá de un plazo máximo de 15 días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la adjudicación o de la fecha de constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en caso de corresponder, para entregar las licencias adjudicadas en las instalaciones del Banco (Av. Ingeniero Xxxx X. Xxxxxx 777 Montevideo).
La contratación del servicio entrará en vigencia a partir del primer día hábil siguiente a la recepción de las licencias en las instalaciones del Banco. A efectos de establecer el inicio del contrato de soporte, mantenimiento y actualización de versiones se efectuará la suscripción del Acta de Inicio del contrato.
Los plazos máximos fijados en este numeral serán tenidos en cuenta a los efectos de analizar el cumplimiento del contrato y determinar la penalidad por atraso en la entrega prevista en el numeral 10 del capítulo III.
El contrato por el servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones regirá por el término de un año a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Contrato. Acaecido dicho plazo de vigencia inicial, la contratación podrá renovarse automáticamente por un máximo de cuatro períodos anuales iguales y consecutivos, de no mediar comunicación en contrario por alguna de las partes con una antelación mínima de sesenta días corridos respecto al vencimiento del período contratado.
El Banco podrá incorporar licencias de productos o dar de baja alguna de las incluidas en el contrato vigente en cualquier momento, previo aviso a la Contratista con una anticipación mínima de 30 días corridos. A los efectos de determinar la variación en la cuantía del contrato originada por los movimientos de altas, el adjudicatario remitirá a la Contraparte, dentro del término de 15 días corridos siguientes al referido aviso, la cotización correspondiente a fin de que se autorice su incorporación al contrato.
9. Incumplimientos
Se considerará incumplimiento contractual la contravención total o parcial a las cláusulas del presente pliego. Sin perjuicio de ello, se considerará incumplimiento, a consideración del Banco la obtención de resultados insatisfactorios respecto del objeto de la contratación.
El Banco podrá deducir el importe correspondiente a aquellos servicios que la empresa no hubiese cumplido de acuerdo a los requisitos establecidos en el pliego y a los importes (ajustados de corresponder); sin perjuicio de poder rescindir la contratación de acuerdo a lo indicado en el numeral 11 del Capítulo III.
La violación de la cláusula establecida en el numeral 12 de este Capítulo, será causal de rescisión del contrato sin derecho de la adjudicataria a reparación ni reclamo de especie alguna y, eventualmente, la aplicación del monto de la multa por violación de las obligaciones contraídas en el marco de este contrato, según lo establecido en el numeral 10 de este Capítulo.
10. Penalidades
Se establece la siguiente escala sancionatoria que se aplicará a criterio del Banco en función de la gravedad del incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones emergentes del contrato:
• Multa de hasta un 10% del precio del contrato
• Multa de hasta un 20% del precio del contrato
En cada período contractual las multas no podrán exceder al 30% del total adjudicado por dicho plazo. En caso de contratos por períodos mayores a un año el mencionado tope regirá para cada anualidad.
La multa será aplicada previa vista al adjudicatario en los términos del art. 94 del Reglamento Administrativo del Banco y será deducida en forma automática de las facturas presentadas para el cobro, sin que sea necesaria la interpelación judicial o extrajudicial.
En ocasión de aplicar la sanción el Banco tendrá también en cuenta los antecedentes del adjudicatario en anteriores adjudicaciones y en la ejecución de la contratación en curso.
En cualquier caso, sin perjuicio de la aplicación de la multa, el Banco se reserva el derecho:
a) a rescindir el contrato sin que por ello incurra en responsabilidad alguna pudiendo incluso promover las acciones reparatorias pertinentes;
b) a suspender al adjudicatario como proveedor del Banco por hasta 5 (cinco) años.
En todo caso estas sanciones serán ingresadas en el Registro Único de Proveedores una vez que adquieran la calidad de actos administrativos firmes.
11. Rescisión del contrato
Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones pecuniarias, en caso de incumplimiento grave de las condiciones contractuales a criterio del Banco, éste tendrá la facultad de declarar rescindido el contrato sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización o compensación de especie alguna y sin perjuicio de las acciones legales que puedan corresponder al Banco (art. 70 del TOCAF).
En caso que sea necesario proceder a la rescisión del contrato por incumplimiento grave, el Banco podrá también sancionarlo con una suspensión como proveedor por un período de hasta 5 años y ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del contrato o la ejecución de la multa prevista en el artículo 64 del TOCAF, según corresponda.
En caso que el contrato no haya tenido comienzo de ejecución, el Banco se reserva el derecho de proceder a contratar con el siguiente oferente del orden de prelación conforme lo dispuesto en el art. 70 del TOCAF.
12. Confidencialidad
La empresa que resulte adjudicataria queda obligada a mantener absoluto secreto, absteniéndose de revelar a cualquier tercero sin consentimiento expreso y por escrito del Banco Central del Uruguay, toda información a la que acceda a los efectos o en virtud del cumplimiento del contrato.
Dicha información es de propiedad exclusiva del Banco Central del Uruguay, estando, en consecuencia, estrictamente prohibida su divulgación y utilización para cualquier fin diverso del estricto cumplimiento del contrato, sea en beneficio propio o de terceros.
El adjudicatario se obliga a instruir a sus representantes, directores, accionistas, síndicos, dependientes, auxiliares, así como a toda persona por ella contratada o que para ella preste servicios y que acceda a la información antes referida, sobre su carácter secreto y la prohibición de divulgación y utilización de dicha información en los términos precedentes, advirtiéndoles sobre su responsabilidad civil y penal en caso de incumplimiento.
El adjudicatario responderá civilmente y podrá ser sancionado administrativamente hasta con la exclusión del Registro de Proveedores, por todo incumplimiento del referido deber xx xxxxxxx en que incurra él o cualquiera de sus representantes, directores, accionistas, síndicos, dependientes, auxiliares, así como toda persona por él contratada o que para él preste servicios y que acceda a la información antes referida, sin perjuicio de la responsabilidad penal personal que cupiera a quien incurriere en tal conducta ilícita.
La obligación de guardar secreto permanecerá aún después de haberse cumplido en forma íntegra las prestaciones recíprocas emergentes del contrato o de su rescisión.
La legislación aplicable será la de la República Oriental del Uruguay y la jurisdicción competente será la de los tribunales de Montevideo.
Los sujetos mencionados en los párrafos 3 y 4 quedan obligados a suscribir acuerdos de confidencialidad y secreto que eventualmente el Banco Central del Uruguay pueda requerir si lo entiende pertinente.
Si la adjudicataria quisiera efectuar algún tipo de publicidad o divulgación en cualquier medio de difusión invocando el nombre del Banco Central del Uruguay deberá previamente solicitar autorización pertinente a esta institución.
13. Política de Seguridad de la información
La empresa adjudicataria aceptará además de las normas vigentes en la materia, todas las disposiciones del Banco en relación con este tema.
IV. VARIOS
1. Constitución de Garantía de Mantenimiento de Oferta y de Fiel Cumplimiento de Contrato
Deberán constituirse las siguientes garantías:
1.1. Mantenimiento de oferta
Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta, por un plazo no menor a 180 días corridos, siempre que el monto total de su oferta (compuesto por el suministro de las licencias y un año de servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones) supere la suma de $ 9.416.000 (pesos uruguayos nueve millones cuatrocientos dieciséis mil), por la suma de $ 30.000 (pesos uruguayos cuarenta mil) o su equivalente en moneda extranjera. La cotización a utilizar para determinar el equivalente en pesos uruguayos es la del día anterior a la constitución de la garantía, publicada en la página web del Banco Central del Uruguay.
El oferente podrá constituir dicha garantía mediante depósito en efectivo o valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguros de fianza, en entidades habilitadas por el Banco Central del Uruguay.
La omisión en la constitución de la garantía de mantenimiento de oferta, cuando corresponda, será sancionada con la inadmisibilidad de la oferta.
La nómina de entidades habilitadas por el Banco Central del Uruguay se encuentra publicada en la página web del Banco, xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxx-XXX/Xxxxxxx/Xxxxxxx.xxxx
1.2. De fiel cumplimiento de contrato
El adjudicatario deberá constituir esta garantía por alguno de los medios previstos en el Art. 64 del T.O.C.A.F. ascenderá a un 5% del monto adjudicado (compuesto por el suministro de las licencias y un año de servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones) y será liberada siempre y cuando el adjudicatario no mantenga alguna obligación pendiente con el Banco, principal o accesoria.
Podrá ser constituida en moneda nacional o en su equivalente en moneda extranjera. La cotización a utilizar para determinar el equivalente en pesos uruguayos es la del día anterior a la constitución de la garantía, publicada en la página web del Banco Central del Uruguay.
Asimismo, dicha garantía será retenida en caso que el adjudicatario posea obligaciones pendientes con cualquier otro organismo, u obligaciones de carácter salarial producto de la relación laboral mantenida con los empleados asignados al cumplimiento del contrato. Su vencimiento quedará sujeto a que el Banco libere la misma.
Deberá constituirse dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, cuando el monto total adjudicado al oferente supere la suma de $ 3.766.000 (pesos uruguayos tres millones setecientos sesenta y seis mil), por un plazo no menor a 1 año.
1.3. Condiciones de constitución de ambas garantías
La constitución de la garantía debe efectivizarse en instituciones financieras establecidas en la República Oriental del Uruguay.
En caso de garantías conformadas por aval bancario, éstas deberán constituirse incondicionalmente a favor del Banco Central del Uruguay, estableciéndose expresamente que será suficiente la notificación a la
institución bancaria del incumplimiento del deudor para hacer efectivo su cobro, y sin que se tenga que realizar trámite especial, discusión de cobro, o explicitación de las causales que ameritaron la solicitud.
Cuando las garantías se efectúen a través de depósito en efectivo en el Banco Central del Uruguay, conjuntamente con la realización del depósito se deberá instruir al Banco, mediante nota, en qué cuenta bancaria se realizará la eventual devolución del depósito.
De tratarse de una persona jurídica, la nota deberá ser suscrita por representantes con facultades suficientes registrados en XXXX.
La autorización deberá contener, además de la identificación de la Licitación, de los datos del oferente y número y Banco de la cuenta, el siguiente texto:
“Por cada acreditación que se efectúe en cuenta bancaria otorgo desde ya carta de pago total en la fecha y por el importe que figure en la transferencia realizada por el Banco Central, exonerándolo de toda responsabilidad por la demora en que pueda incurrir la Institución Financiera a quien se transferirán los fondos o por cualquier otra circunstancia vinculada a la acreditación en cuenta, cuando se comprobare que la transferencia se ha realizado debidamente.
El presente otorgamiento tendrá vigencia y validez hasta que comunique de forma fehaciente y por escrito su revocación a la Gerencia a la cual me dirijo o a la repartición que indique el Banco Central.
Igual validez y vigencia tendrá la identificación de la/s cuenta/s en la/s cual/es se autoriza a realizar la transferencia.
Cualquier modificación de esta declaración deberá ser comunicada por escrito y de forma fehaciente al Banco Central del Uruguay, y la transferencia a las cuentas que se puedan indicar válidamente en el futuro, tendrá el mismo efecto cancelatorio.
Declaro conocer que los fondos depositados en cuentas bancarias tienen el carácter de embargables”.
El Banco Central del Uruguay solicitará, de corresponder, en oportunidad de la ampliación del contrato, la actualización, en idéntica proporción, del monto asegurado con la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de manera que la misma mantenga el porcentaje de cobertura establecida.
2. Principios de actuación
En aplicación de los principios generales de actuación y contralor en materia de contrataciones establecidos en los artículos 65, 66 y 149 del TOCAF, el Banco se reserva el derecho de otorgar a los proponentes un plazo para salvar defectos, carencias, errores formales, evidentes o de escasa importancia, así como para presentar documentos y/o muestras que atestigüen situaciones que existieran al momento del acto de apertura, siempre que no se altere el principio de igualdad de los oferentes.
3. Normas aplicables y documentación integrante del contrato
Por el solo hecho de presentar la propuesta los oferentes prestan su conformidad y reconocimiento expreso de someterse a las normas legales y reglamentarias y Tribunales de la República Oriental del Uruguay.
Se considerará como parte integrante del contrato, las especificaciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para Contratos de Suministros y Servicios No Personales, el presente pliego, la resolución de la adjudicación adoptada por el Banco y la oferta presentada por la empresa en todo lo que no se aparte de los requerimientos establecidos en dichos pliegos.
Está prohibido ceder parcial o totalmente el contrato que resulte de la adjudicación al oferente, salvo autorización expresa del Banco.
4. Aceptación de bases
La presentación de ofertas no confiere derecho alguno a los oferentes e implica la aceptación total de las condiciones estipuladas en las Bases de este llamado.
El Banco se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas sin expresión de causa.
5. Adecuación al Pliego
Salvo indicación en contrario formulada en la oferta, se entiende que ésta se ajusta a las condiciones contenidas en este pliego y que el proponente queda comprometido al total cumplimiento de éste.
6. Comunicaciones y notificaciones
Las partes acuerdan dar valor a la comunicación electrónica para todas las comunicaciones legales, excepto aquellas en las cuales la ley exige forma especial.
Asimismo, los oferentes y adjudicatarios constituyen domicilios a los efectos del presente pliego y futuro contrato en los denunciados en el XXXX en la ciudad de Montevideo, aceptando como válida toda notificación judicial o extrajudicial que se realice al domicilio electrónico allí registrado.
7. Constitución de domicilio
En caso de resultar adjudicatario, las empresas extranjeras que no oferten a través de un representante radicado en nuestro país, deberán constituir, a todos los efectos, domicilio legal en la ciudad de Montevideo (Uruguay). La constitución del domicilio se realizará, de corresponder, en forma conjunta con el otorgamiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
ANEXO I - FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE
LICITACIÓN ABREVIADA 2019-LA-PC-00010
RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA
NOMBRE COMERCIAL DE LA EMPRESA
REGISTRO UNICO TRIBURARIO (RUT) O NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
(RUT: Número de inscripción en la Dirección General de Impositiva de Uruguay. Sólo para empresas que deben inscribirse en Uruguay)
CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACION:
Calle: Nº: Localidad: Código Postal: País: Teléfono: Fax:
Domicilio electrónico:
Declaro estar en condiciones para contratar con el Estado.
FIRMA/S:
Aclaración de firmas:
ANEXO II- CUADRO DE COTIZACIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA 2019-LA-PC-00010
Nombre de la Empresa:
PRODUCTO | PRECIO (U$S DAP) | ||||
Precio de licencias con un año de servicio de soporte, mantenimiento y actualización de versiones | Precio anual de soporte, mantenimiento y actualización de versiones posterior al vencimiento del primer año | ||||
Precio Unitario | Precio Total | ||||
Licencia | Soporte 1er. año | Licencias | Soporte 1er. año | ||
14 licencias por CPU del producto VMWare vSphere Enterprise Plus con VROps Standard | |||||
16 licencias por CPU del producto VMWare vSphere Standard | |||||
1 pack de 25 licencias de VMs del producto VMWare Site Recovery Manager Standard | |||||
1 pack de 10 licencias del producto VMWare Horizon View Advanced |
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA
(suministro de licencias y 5 años de soporte, mantenimiento y actualización de versiones)
Firma p/la empresa Aclaración de firma
Anexo III – ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO
LICITACIÓN ABREVIADA 2019-LA-PC-00010
El servicio de soporte debe incluir soporte, mantenimiento y actualización de versiones del fabricante y soporte para la atención de incidentes, el que deberá brindarse en días hábiles de 9 a 18 hs locales.
El mismo cubre todas las acciones técnicas que se demanden para mantener o restituir los sistemas a las condiciones operativas iniciales con las funcionalidades previstas originariamente.
Se establecen tres niveles xx xxxxxx a partir de la criticidad y el riesgo que represente para el normal funcionamiento de los sistemas:
• Falla crítica: es aquella que deja fuera de servicio parcial o totalmente un sistema o uno de sus elementos principales.
• Falla grave: es aquella que deja fuera de servicio alguno de las funcionalidades sin que se afecte la operativa básica.
• Falla menor: es aquella que puede indicar un problema potencial y no se pierden funcionalidades debido a ella.
Corresponderá al Banco asignar a cada falla la calificación que entienda pertinente dentro de las categorías mencionadas. La atención a los incidentes reportados por el Banco deberá atenderse conforme a los tiempos que lucen en el siguiente cuadro:
Prioridad | Máximo tiempo de respuesta | Máximo tiempo de solución |
Crítica | Inmediata | 12 horas |
Grave | 1 hora | 24 horas |
Menor | 4 horas | 1 semana |
El tiempo de solución se contabilizará en días corridos de 0:00 a 24:00 horas a partir de efectuado el reclamo.
Se entiende por respuesta, a la asistencia brindada por el técnico proveedor que estará trabajando en la resolución del incidente o requerimiento planteado por el Banco.
El adjudicatario deberá entregar un informe indicando la falla detectada, sus posibles causas y medidas preventivas a implementar para evitar que vuelva a repetirse, dentro de las 24 horas siguientes al vencimiento del plazo precedentemente dispuesto para la solución de la falla correspondiente, debiendo presentar, a solicitud del Banco, informes preliminares respecto a la misma.
Apartamientos que se registren a lo establecido en este numeral, harán pasible a la adjudicataria de las sanciones previstas en el numeral 10 del Capítulo III.
Anexo IV - ACREDITACIÓN DE REFERENCIAS
LICITACIÓN ABREVIADA 2019-LA-PC-00010
Nombre del cliente:
Fecha del suministro | Descripción del servicio brindado | Persona de contacto (nombre, e-mail y/o teléfono) | Evaluación del servicio brindado (satisfactorio/insatisfactorio) |
Firma por el cliente del oferente
Aclaración de firma
Nota: Este Anexo debe ser suscrito por los clientes, no por el oferente.
ANEXO V - DESCRIPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN CONFIDENCIAL INGRESADA
LICITACIÓN ABREVIADA 2019-LA-PC-00010
NOMBRE DEL ARCHIVO CLASIFICADO COMO CONFIDENCIAL | DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO |
Firma p/la empresa Aclaración de firma
Nota: Este Anexo se deberá adjuntar a la parte pública de la oferta (no confidencial) solamente en el caso que el oferente presente información calificada como confidencial. Deberá estar suscrito por un representante legal del oferente que surja xxx XXXX o cuya calidad se acredite al momento de presentar la oferta.
ANEXO VI - RECOMENDACIONES PARA EL INGRESO DE OFERTAS EN LÍNEA
LICITACIÓN ABREVIADA 2019-LA-PC-00010
A los efectos de poder realizar sus ofertas en línea en tiempo y forma aconsejamos tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
1. Obtener la contraseña para ingresar al sistema tan pronto tenga conocimiento que van a ingresar ofertas en línea. Para obtener la contraseña se requiere estar registrado en XXXX.
2. Analizar los ítems para los que se va a ingresar cotización para tener la certeza de contar con todos los datos disponibles (precio, cantidad, variante, presentación, etc). Si usted va a cotizar una variante o una presentación que no se encuentran disponibles en el sistema, deberá comunicarse con la Atención a Usuarios de ACCE para solicitar la catalogación de dichos atributos y/o asesorarse acerca de la forma de proceder al respecto. Este tema habitualmente se resuelve en el correr del día salvo casos excepcionales en los que se deban realizar consultas técnicas muy específicas.
3. Preparar los documentos que conformarán la oferta. Separar la parte confidencial de la no confidencial. Tener en cuenta que una clasificación incorrecta en este aspecto, podría implicar la descalificación de la oferta.
4. Ingresar su cotización lo antes posible, para tener la seguridad de que todo funcionó correctamente. Hasta la hora señalada para la apertura usted podrá ingresar a modificar e incluso eliminar las ofertas ingresadas ya que sólo están disponibles con su clave. A la hora establecida para la apertura queda bloqueado el acceso a las ofertas y sólo quedarán incluidas en el cuadro comparativo de ofertas aquellas que usted ya tenga guardadas. Recomendamos ingresar su oferta al menos 24 horas antes de la apertura, ya que de hacerlo a último momento pueden ocurrir otros imprevistos además de los mencionados en los puntos 1 y 2, que le impidan completar el ingreso de su oferta (fallos en la conexión a Internet, caída de servidores, sistemas lentos por la gran cantidad de personas accediendo a lo mismo, etc.) y que no se podrán solucionar instantáneamente.
5. En xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx , en la sección Capacitación \ Manuales y Materiales, podrá encontrar material informativo sobre el ingreso de ofertas. Para realizar consultas comunicarse con ACCE - Atención a Usuarios llamando al 0000 0000 de lunes a viernes de 10 a 17hs, o por correo a xxxxxxx@xxxx.xxx.xx.