CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA Y SERVICIOS ADICIONALES DE PERSONAS NATURALES Y EMPRESAS
CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA Y SERVICIOS ADICIONALES DE PERSONAS NATURALES Y EMPRESAS
Compartamos Financiera S.A. (en adelante, “COMPARTAMOS”) y el Cliente (en adelante, “EL CLIENTE”), cuyos datos de identificación se consignan al final de este documento, de forma física, o través de medios distintos electrónicos y/o digitales que determine COMPARTAMOS celebran un Contrato por el cual se regulan los términos y condiciones aplicables a la: Cuenta de Ahorro, Depósito a Plazo Fijo, Cuenta CTS y/o Cuenta Sueldo (en adelante, la “CUENTA”).
Para proceder con la contratación de la CUENTA, COMPARTAMOS debe verificar previamente la identidad de EL CLIENTE y/o cotitular(es) quien(es) deberán dejar constancia de la aceptación del contrato, incluyendo la aceptación a los términos descritos en la cartilla de información, así como de cualquier otra información que corresponda. COMPARTAMOS requerirá que EL CLIENTE y/o cotitular(es) presente(n) su Documento de Identidad para la celebración del Contrato.
Adicionalmente, COMPARTAMOS podrá requerir a EL CLIENTE y/o cotitular(es) que acrediten su identidad a través de dispositivos físicos o virtuales en posesión de EL(LOS) CLIENTE(S), tales como: firma manuscrita, huella digital, clave de identificación, firma o certificado digital, medios biométricos, entre otros
Este documento es un CONTRATO. Léalo detenidamente. Al firmar este documento, EL CLIENTE acepta todas y cada una de las condiciones aquí señaladas, lo cual no le restringe el derecho de resolver
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO BENEFICIOS Y RIESGOS
1. ¿QUÉ DOCUMENTOS CONFORMAN EL CONTRATO?
La información contemplada en la Ficha de Datos, Cartilla de Información, el presente documento y sus modificaciones tienen carácter de Declaración Jurada y forman parte de este Contrato.
IMPORTANTE: EL CLIENTE autoriza a COMPARTAMOS a grabar cualquier solicitud, autorización, instrucción, adquisición y en general cualquier orden o manifestación de voluntad, relacionado con la CUENTA, comprometiéndose a mantener absoluta reserva de las mismas.
Ficha de Datos: Al momento de la apertura de las Cuentas, EL CLIENTE consignará sus datos de identificación o información personal, los que se pueden registrar de forma electrónica y/o digital o física en una Solicitud (en adelante, “Ficha de Datos”). En caso, EL CLIENTE desee realizar un cambio y/o actualización de sus datos de identificación, deberá realizarlo en una nueva Ficha de Datos.
2. ¿CUÁL ES EL PLAZO DEL CONTRATO?
El plazo del Contrato es indefinido, salvo en los productos que por su naturaleza sean a plazo determinado. EL CLIENTE podrá resolver el Contrato en cualquier momento, salvo que (i) tenga un producto a plazo, cuyas condiciones del cierre de la CUENTA se establecen en la cláusula 25. (ii) tuviera algún saldo deudor en la CUENTA por comisiones o gastos que no se hubieren cumplido al momento del cierre y/o (iii) mantuviera obligaciones de pago respecto a créditos en COMPARTAMOS, por el derecho de compensación establecido en el presente Contrato.
En caso EL CLIENTE opte por resolver el Contrato, COMPARTAMOS podrá atender los requerimientos de resolución a través de los mismos canales que COMPARTAMOS puso a disposición para contratar, sin que en ningún caso se le impongan requisitos o exigencias adicionales que dificulten el ejercicio de dicho derecho.
Asimismo, COMPARTAMOS podrá resolver el Contrato unilateralmente de acuerdo a lo establecido en la cláusula 12 y 13, a través de los medios de comunicación directos establecidos en la cláusula 11 del presente Contrato.
El Cliente no podrá, unilateralmente, realizar alteraciones o agregar adicionales a ningún documento que forme parte integral de este Contrato, bajo sanción de nulidad de dichas alteraciones, las cuales se entenderán por no válidas por COMPARTAMOS.
3. ¿EL CONTRATO PUEDE SUSCRIBIRSE DE MANERA NO PRESENCIAL CON MECANISMOS DISTINTOS AL ESCRITO? Sí. COMPARTAMOS podrá contar con mecanismos de contratación distintos al escrito, tales como comunicaciones telefónicas, medios electrónicos u otros mecanismos, bastando para ello su aceptación a través de un clic, clave secreta, clave dinámica, cliquear en dispositivos, aceptación por voz, datos biométricos (huella dactilar, identificación facial, etc.), códigos, autogeneración de códigos, página web, correo electrónico y/o cualquier otro medio de autenticación que complemente y/o reemplace dichas claves y otros mecanismos que impliquen la manifestación de voluntad o aceptación de EL(LOS) CLIENTE(S) a través xx xxxxxxx o medios electrónicos o a través de mensajería instantánea o virtuales que COMPARTAMOS ponga a su disposición. Asimismo, con la finalidad de contratar el presente producto, COMPARTAMOS podrá poner a disposición de EL(LOS) CLIENTE(S) a otros mecanismos, plataformas, redes de mensajería u aplicación software que cumpla con dicho fin (APP) descargada en teléfono inteligente (Smartphone) u otro dispositivo inteligente de similares características, computadora o Tablet o cualquier otra APP y/o tecnología similar a la APP y demás medios electrónicos, propias o de terceros que ofrezca COMPARTAMOS, los mismos que deberán permitir dejar constancia de la aceptación del contrato. Por lo antes mencionado, en
la Cartilla de Información se dejará constancia de la forma de contratación elegida por EL CLIENTE.
a. COMPARTAMOS puede poner a disposición de EL CLIENTE la entrega del Contrato en un plazo máximo de quince
(15) días calendario luego de celebrado, a través de alguno de los siguientes medios elegidos por EL CLIENTE: correo electrónico, oficinas de atención al público o página web. En caso el Contrato se celebre por escrito y se disponga la entrega del Contrato en las oficinas de atención al público, esta se realiza en forma inmediata, libre de costo. Así mismo en caso EL CLIENTE requiera una copia adicional del Contrato, podrá solicitarla en cualquier agencia con la aplicación de la comisión establecida en el tarifario.
b. Con la suscripción y/o aceptación del Contrato de manera escrita, a través de firma o huella digital (en caso de no saber firmar o estar impedido) o medios distintos al escrito, EL CLIENTE declara conocer y haber leído todos los términos y condiciones del uso del producto y/o servicio contratado que COMPARTAMOS le ofrezca.
4. ¿CUÁNTOS TITULARES PUEDE TENER LA CUENTA?
La CUENTA puede tener uno o más titulares. En caso la CUENTA tenga más de un titular se denominarán:( i) SOLIDARIA o INDISTINTA, es suficiente la intervención de uno de los titulares que tenga registrada su firma para disponer de sus fondos a sola firma. (ii) MANCOMUNDA o CONJUNTA requieren la intervención de todos los titulares que registren sus firmas para para disponer de los fondos y/o cerrar la CUENTA, en este caso no se entregará Tarjeta de Débito.
La CUENTA donde el titular sea un menor de edad, o un mayor de edad declarado incapaz por el juez, ésta se mantendrá bloqueada y el retiro de dinero sólo se realizará con autorización del juez. En el caso del menor de edad, dicho impedimento para retirar dinero termina cuando el menor adquiere la mayoría de edad. En el caso de analfabetos o personas con discapacidad para firmar o manifestar su voluntad, el retiro de dinero de la CUENTA se realizará con un testigo a ruego o a través de un apoderado debidamente acreditado y con facultades suficientes para operar la CUENTA. En los casos señalados, COMPARTAMOS no entregará Tarjeta de débito.
En las cuentas solidarias o mancomunadas, COMPARTAMOS podrá comunicar a cualquiera de los titulares de las Cuentas, cuando por circunstancias del contexto amerite una comunicación según lo dispuesto en el Reglamento de Gestión de Conducta xx Xxxxxxx del Sistema Financiero. Cuando haya más de un titular, COMPARTAMOS podrá empezar por comunicar al registrado como primer titular, y de no poder contactarlo al siguiente señalado en la Solicitud. En caso exista un titular menor de edad, será notificado su Representante.
Cuando se trate de cuentas solidarias, todos los titulares de las mismas son solidariamente responsables entre sí frente a COMPARTAMOS por el íntegro de cualquier saldo deudor que se derive de las Cuentas respectivas. De igual manera, todos los titulares de las Cuentas son acreedores solidarios del saldo acreedor; mientras que en las cuentas mancomunadas cada titular es responsable de la alícuota de los fondos que le corresponde en dichas cuentas. Cuando una Cuenta Mancomunada conjunto (y), donde uno de los titulares sea menor de edad, los retiros únicamente podrán efectuarse con autorización judicial y otros documentos requeridos por COMPARTAMOS.
5. ¿CÓMO REALIZO OPERACIONES EN MI CUENTA SI SOY UNA PERSONA NATURAL?
Si EL CLIENTE es una persona natural puede utilizar la CUENTA en forma personal o a través un representante. En caso de los representantes, COMPARTAMOS sólo autorizará las operaciones a aquellos que acrediten su representación mediante poder inscrito en Registros Públicos. La revisión de dicha documentación está sujeta al pago de las comisiones establecido en la Cartilla de información. Cuando la representación derive de un mandato judicial, el juez deberá notificar a COMPARTAMOS.
Para el retiro de dinero de la CUENTA, EL CLIENTE puede utilizar los Canales de Atención habilitados que se encuentran detallados en la página web de COMPARTAMOS, haciendo uso de la Tarjeta de Débito y respectiva clave. Es facultad de COMPARTAMOS solicitar la presentación del Documento Oficial de Identidad cuando se realicen operaciones en agencia.
IMPORTANTE: La CUENTA se declarará como inactiva cuando no registren movimientos por un periodo mayor doce (12) meses; en dicho caso, para realizar retiros de dinero EL CLIENTE podrá realizar la reactivación de LA CUENTA a través de la Banca Digital o en la agencia de manera personal o mediante un apoderado, esté debe presentar los documentos correspondientes. Cabe precisar que COMPARTAMOS procederá con la activación de la cuenta en los plazos determinados por COMPARTAMOS en la página web de COMPARTAMOS.
6. ¿CÓMO REALIZO OPERACIONES EN MI CUENTA SI SOY UNA EMPRESA?
Si EL CLIENTE es una empresa, podrá efectuar sus operaciones a través de sus representantes legales o apoderados debidamente acreditados y con facultades suficientes para operar la CUENTA. EL CLIENTE se obliga a comunicar por escrito y bajo responsabilidad toda modificación o revocatoria relativa a los poderes y facultades otorgadas a sus representantes o apoderados, las que para surtir efecto ante COMPARTAMOS requerirán de la presentación de los instrumentos pertinentes debidamente inscritos en Registros Públicos. Mientras COMPARTAMOS concluya con la revisión de los documentos
presentados para acreditar a los representantes o proceder a su cambio, la cuenta será bloqueada temporalmente y la(s) Tarjeta(s) asignada(s) será(n) anulada(s) definitivamente, emitiéndose una(s) nueva(s) una vez acreditados los nuevos representantes, y el visto bueno de los poderes por COMPARTAMOS.
En caso de duda o conflicto sobre la legitimidad, legalidad, vigencia o alcances de la representación con que se opere las cuentas de EL CLIENTE, COMPARTAMOS podrá sin responsabilidad alguna, suspender la ejecución de toda orden o instrucción, hasta que éstos se resuelvan, aceptando EL CLIENTE en estos casos, que COMPARTAMOS proceda, si lo estima conveniente, a bloquear la cuenta de depósitos, lo que le será comunicado. El control de los poderes y facultades especiales como límites de disposición, y otras facultades especiales conferidas le corresponden a EL CLIENTE, limitándose COMPARTAMOS a verificar únicamente su calidad de tales y si actúan a sola firma o en forma conjunta.
IMPORTANTE: Las empresas que tengan dos o más representantes que actúan de manera mancomunada o indistinta no se les entregará Tarjeta de Débito, por lo tanto el retiro únicamente podrá efectuarse en las ventanillas de cualquiera de las agencias de COMPARTAMOS mediante la presentación del Documento Oficial de Identidad de los representantes o apoderados acreditados.
7. ¿CUÁLES SON LOS CANALES DONDE EL CLIENTE PUEDE REALIZAR OPERACIONES?
EL CLIENTE podrá realizar las operaciones como: consultas, retiros de dinero, transferencias, obtención y recepción de información, y otras operaciones en la CUENTA; en nuestras agencias, Banca por internet, Banca Móvil y otros canales que COMPARTAMOS ponga a su disposición como: Cajero automático, agentes corresponsales u otros, pudiendo requerirle para ello una inscripción previa y el uso de la Tarjeta de Débito, puede generar comisiones y gastos establecidos en la Cartilla de Información.
EL CLIENTE tiene la obligación de custodiar adecuadamente los datos confidenciales de la Tarjeta de Débito, Clave secreta, códigos y en general cualquier información y/o documento mediante el cual pueda autorizar y/o realizar operaciones en la CUENTA, asumiendo las consecuencias del incumplimiento de esta obligación, así como por la pérdida o robo de dicha información hasta que solicite el bloqueo.
IMPORTANTE: COMPARTAMOS podrá modificar o eliminar la disponibilidad de los Canales, así como sus condiciones de funcionamiento, a través de comunicaciones: (i) Página Web de Compartamos: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx, (ii) mensaje de texto (SMS), (iii) notas de cargo - abono, (iv) vouchers de operaciones, (v) correos electrónicos, (vi) mensajes en estados de cuenta,
(vii) avisos en las oficinas de Compartamos, (viii) cajeros automáticos, (ix) comunicación escrita a su domicilio o (x) avisos en cualquier diario, periódico o revista de circulación nacional, a elección de Compartamos.
COMPARTAMOS no será responsable de los daños y perjuicios ocasionados por la falta de funcionamiento de los Cajeros automáticos y/o por la suspensión de los servicios brindados a través de sus canales o cualquier problema técnico o físico por caso fortuito o fuerza mayor (desastres naturales, vandalismo, etc) que imposibilite, retrase, demore la ejecución o no permita la realización exitosa del servicio. EL CLIENTE podrá realizar transacciones a través de otros medios puestos a disposición.
COMPARTAMOS es responsable de las pérdidas por las operaciones realizadas en los supuestos señalados en la cláusula 22, salvo cuando acredite la responsabilidad de EL CLIENTE.
EL CLIENTE deberá avisar a COMPARTAMOS en caso decida usar La Tarjeta en el extranjero (país de destino y periodo de viaje, entre otros datos solicitados), la comunicación debe ser escrita o por cualquier otro medio que COMPARTAMOS ponga a su disposición que será comunicado a través de la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx
COMPARTAMOS podrá, pero no estará obligado a, ofrecer a EL CLIENTE la opción de realizar instrucciones a través de un formulario denominado “Sírvase ejecutar y/o carta de instrucción” a través del cual podrá realizar las operaciones bancarias autorizadas por COMPARTAMOS, conforme al procedimiento interno realizado por COMPARTAMOS.
8. ¿CÓMO PUEDO CONOCER LOS MOVIMIENTOS DE MI CUENTA?
EL CLIENTE o un representante de EL CLIENTE debidamente acreditado y previa aceptación por escrito o cualquier medio electrónico y/o digital de EL CLIENTE, podrá conocer todos los movimientos de su CUENTA mediante un documento llamado: ESTADO DE CUENTA, en este documento COMPARTAMOS registrará los ingresos y salidas de dinero, cargos, intereses ganados y otros movimientos. EL CLIENTE podrá tener acceso al ESTADO DE CUENTA a través del envío por medio electrónico de manera gratuita u otro medio electrónico seguro que COMPARTAMOS ponga a su disposición, o, de ser el caso, a través de otros canales seguros que se encuentren habilitados para el Cliente, salvo que EL CLIENTE indique que sea enviado a su domicilio, lo cual está sujeto al cobro de la comisión establecida en la Cartilla de Información. El citado envío podrá solicitarlo a través de las agencias a nivel nacional u otros canales puestos a disposición por COMPARTAMOS para tales efectos.
IMPORTANTE: COMPARTAMOS entenderá que EL CLIENTE ha recibido el ESTADO DE CUENTA si en el plazo xx xxxx (10) días dentro del periodo de comunicación EL CLIENTE no manifiesta por escrito NO haberlo recibido dicha información. Se recuerda que luego de recibido el ESTADO DE CUENTA EL CLIENTE tiene treinta (30) días para manifestar alguna observación,
de lo contrario se dará por aceptada la información contenida en dicho documento, sin limitar el derecho de reclamo de EL CLIENTE frente a las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes.
9. ¿LA CUENTA GENERA INTERESES, COBRO DE COMISIONES, PENALIDADES Y/O GASTOS?
Sí. La CUENTA genera intereses, así como el cobro de comisiones y gastos, conforme a lo indicado en la Cartilla de Información, que forma parte de este Contrato.
En el caso de CUENTA de Depósito a Plazo Fijo por cancelación anticipada, COMPARTAMOS podrá cobrar una penalidad conforme a lo indicado en la cláusula 25 del presente Contrato.
10. ¿COMPARTAMOS PUEDE MODIFICAR LOS TERMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO?
Sí, COMPARTAMOS podrá variar comisiones, gastos, tasas de interés (excepto en el caso de tasas de interés de Depósito a Plazo Fijo establecido en la cláusula 25) y cualquier otra estipulación contractual, tales como, la resolución del Contrato, la limitación o exoneración de responsabilidad y/o la incorporación de servicios que no se encuentren directamente relacionados al producto o servicio, en los siguientes casos: (i) modificación de la Política comercial; (ii) cambios en condiciones de la economía nacional o internacional; (iii) cambios en el funcionamiento o tendencias de los mercados o la competencia; (iv) adopción de políticas de gobierno o de Estado que afecten las condiciones xxx xxxxxxx; (v) impacto de disposiciones legales sobre costos, características, definición o condiciones de los productos y servicios bancarios; (vi) inflación o deflación; devaluación o revaluación de la moneda; (vii) campañas promocionales; (viii) evaluación crediticia de EL CLIENTE o de su empleador, de ser el caso; (ix) encarecimiento de los servicios prestados por terceros cuyos costos son trasladados a EL CLIENTE o de los costos de prestación de los productos y servicios ofrecidos por COMPARTAMOS; (x) crisis financiera; (xi) hechos ajenos a la voluntad de las partes; conmoción social; desastres naturales; terrorismo; guerra; caso fortuito o fuerza mayor. Dichas modificaciones deberán ser comunicadas a EL CLIENTE con una anticipación no menor de cuarenta y cinco (45) días, estableciendo la fecha o momento, a partir del cual, la modificación entrará en vigencia.
Cabe indicar que la exigencia mencionada no resulta aplicable cuando se trate de modificaciones contractuales que impliquen condiciones más favorables para EL CLIENTE, las cuales se aplicarán de manera inmediata sin previo aviso, sin perjuicio de la comunicación posterior en un plazo no mayor a 15 (quince) días, a través de la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. y/o comprobantes de pago y/o comunicaciones en las agencias de COMPARTAMOS.
COMPARTAMOS no puede modificar las tasas de interés para CUENTAS de Depósito a Plazo Fijo, salvo que las tasas sean más favorables a favor de EL CLIENTE, en cuyo caso se harán efectivas de inmediato y sin necesidad de aviso previo, con comunicación posterior a través de los mecanismos establecidos en la cláusula 11 en un plazo no mayor a quince (15) días.
Asimismo, solo procede la modificación de las tasas de interés para CUENTAS de Depósito a Plazo Fijo cuando se den los siguientes casos: i) por la renovación del depósito; y, ii) Cuando exista efectiva negociación entre las partes.
se podrá modificar las condiciones referidas a las tasas de interés cuando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (en adelante, SBS), previo informe favorable del Banco Central de Reserva del Perú, autorice la modificación al sistema financiero en general por circunstancias extraordinarias e imprevisibles que pongan en riesgo al propio sistema y conforme a los parámetros que establezca para dicho efecto. Para la comunicación de dicha modificación, COMPARTAMOS utilizará medios directos establecidos en la cláusula 11 del presente Contrato.
IMPORTANTE: EL CLIENTE tiene derecho a resolver el Contrato en los casos de modificaciones unilaterales que le resulten perjudiciales y que no tengan por origen la imposición de obligaciones normativas, para lo cual comunicará por escrito dicha decisión antes de la entrada en vigencia de las modificaciones, y cancelará toda obligación pendiente que mantenga con COMPARTAMOS, para lo que, contará con un plazo de cuarenta y cinco (45) días, tiempo durante el cual, las obligaciones continuarán generando los intereses pactados, hasta su efectiva cancelación.
EL CLIENTE cuenta con un plazo de 45 días para cancelar toda obligación pendiente que mantenga con COMPARTAMOS, el cual se deberá ser computado desde que el cliente comunica a la empresa su decisión de resolver el contrato, ello en virtud del artículo 39.4 del RGCMSF.
Para la renovación automática de la CUENTA Depósito a Plazo Fijo, está se realizará por el mismo plazo y con la tasa de interés vigente en el Tarifario publicado en la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx y/o agencia de COMPARTAMOS, en el momento de dicha la renovación. Cabe precisar que a dicha renovación no se le aplicarán las tarifas de campañas específicas o especiales publicadas en la página web de COMPARTAMOS.
11. ¿CUÁLES SON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN ENTRE COMPARTAMOS Y EL CLIENTE?
Las comunicaciones directas pueden ser escritas dirigidas a su domicilio o mediante correo electrónico, mensajes de texto, mensajería instantánea, estados de cuenta y/o comunicaciones telefónicas. Adicionalmente, COMPARTAMOS pone a su disposición las tarifas de los servicios ofrecidos, noticias, y otros de su interés en la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Adicionalmente, COMPARTAMOS podrá poner a disposición otros medios de comunicación indirectos con el fin de que EL
CLIENTE tome conocimiento de cualquier información, como: (i) avisos en las oficinas de COMPARTAMOS; (ii) página web de COMPARTAMOS; (iii) mensajes a través de Banca por Internet; (iv) cajeros automáticos; (v) mensajes en redes sociales, o (vi) avisos en cualquier diario, periódico o revista de circulación nacional, a elección de COMPARTAMOS. En cualquier caso, la comunicación indicará el momento a partir del cual la modificación entrará en vigencia. En el caso de la incorporación de nuevos servicios que no estén directamente relacionados con las Cuentas, la negativa del cliente a su incorporación no implicará la resolución del Contrato. El puede realizar consultas sobre los productos, servicios y procedimientos de COMPARTAMOS a través de los canales de atención que COMPARTAMOS ponga a su disposición.
Autorización para guardar registro de comunicaciones: EL CLIENTE autoriza a COMPARTAMOS a grabar cualquier tipo de conversación, solicitud, autorización, instrucción, adquisición y en general cualquier otro tipo orden o manifestación de voluntad, relacionado con las Cuentas, comprometiéndose a mantener absoluta reserva de las mismas.
IMPORTANTE: La presente cláusula no aplica para el envío de información contenida en la cláusula 8.
12. ¿COMPARTAMOS PUEDE RESOLVER EL CONTRATO DE MANERA UNILATERAL SIN SU AUTORIZACIÓN?
Sí. COMPARTAMOS podrá cerrar la CUENTA y resolver el contrato, en los siguientes supuestos:
a. Cuando la CUENTA no registra saldo a su favor o si no tuviera movimientos por un periodo mayor a doce (12) meses.
b. Si a criterio de COMPARTAMOS, la cuenta se utilice para colectas, recaudaciones o depósitos hechos por terceras personas; para fines distintos a los de la naturaleza de la misma o cuando existan dudas o conflictos en relación con la legitimidad, legalidad, vigencia o alcances de las facultades de los representantes y/o apoderados. En este supuesto COMPARTAMOS podrá, si lo estima conveniente, realizar la consignación judicial de los saldos acreedores.
c. Si afecta las políticas comerciales de COMPARTAMOS Indicios de operaciones sospechosas y/o fraudulentas.
d. Si EL CLIENTE presenta conductas o lenguaje violento en los canales de atención de COMPARTAMOS de manera que represente un peligro en la seguridad o tranquilidad de los colaboradores o demás clientes.
e. Si la información proporcionada por el Cliente a COMPARTAMOS fuera falsa, inexacta o incompleta.
IMPORTANTE: La resolución del Contrato operará de pleno derecho, al día siguiente de la comunicación en caso existan disposiciones legales o mandatos de autoridades competentes que autoricen u ordenen el cierre de la CUENTA.
Siendo importante mencionar que, las resoluciones aplican previa comunicación con un plazo no menor a quince (15) días, para lo cual utilizará los medios señalados en la cláusula 11 del presente contrato. Es importante destacar que si el Cliente mantuviera algún saldo deudor en las Cuentas y/o mantuviera obligaciones pendientes con COMPARTAMOS, la resolución no surtirá efecto sino hasta que dichas obligaciones sean pagadas.
13. COMPARTAMOS PUEDE BLOQUEAR LAS CUENTAS SIN PREVIO AVISO?
Sí, Xxxxxxxxxxx queda autorizado a bloquear y/o retener los fondos depositados en su(s) cuenta(s), así como suspender la ejecución de cualquier instrucción, cuando ocurra cualquiera de las siguientes situaciones: i. Cuando exista mandato de autoridad competente que así lo ordene. ii. Cuando existan dudas o conflictos respecto a la legalidad de la procedencia de los fondos depositados en las cuentas y/o de las actividades generadoras de estos fondos. iii. Cuando EL CLIENTE no cumpla con entregar la información y/o documentación solicitada por Compartamos; en especial, en aquellos casos en que la legislación vigente así lo disponga. iv. Cuando existan dudas respecto a la legitimidad, vigencia o alcances de las facultades de su(s) representante(s).
v. Cuando exista deuda pendiente de pago (vencida y/o exigible). vi. En supuestos de suspensión o interrupción de servicios, incluso de cajeros automáticos producto de la interrupción o defectuoso funcionamiento de las instalaciones o equipos de Compartamos o de sus proveedores, derivados de caso fortuito o fuerza mayor. vii. En caso de fallecimiento, interdicción, quiebra o liquidación del patrimonio del titular, en estos supuestos Compartamos bloqueará las cuentas cuando sea informado por escrito
o tome conocimiento de ello. Para el caso de fallecimiento del titular la cuenta permanecerá bloqueada hasta que los herederos acrediten su condición de tales, exhibiendo la documentación que le requiera Compartamos. viii. Si producto del monitoreo de eventos de fraude, se identifica que su cuenta presenta operaciones (en cualquiera de los canales que Compartamos ponga a su disposición) que podrían ser catalogadas con riesgo de fraude en su perjuicio
En cualquiera de los casos mencionados, COMPARTAMOS queda facultado a: (i) solicitar a EL CLIENTE el sustento de la suficiencia económica y legal de sus operaciones; y/o (ii) debitar o cargar de las Cuentas, cualquier importe relacionado con estas operaciones por mandato de la autoridad competente.
IMPORTANTE: Si Compartamos solicitó documentación para el desbloqueo de la cuenta y en caso que EL CLIENTE no presente la información solicitada, Compartamos podrá cerrar las cuentas y consignar el saldo a favor del CLIENTE, quedando terminado el contrato.
14. ¿EN QUÉ OTROS SUPUESTOS COMPARTAMOS PUEDE RESOLVER EL CONTRATO DE MANERA UNILATERAL SIN SU AUTORIZACIÓN?
COMPARTAMOS pueden elegir no contratar o modificar el Contrato celebrados con EL CLIENTE en aspectos distintos a las
tasas de interés, comisiones o gastos, e incluso resolverlos, sin el aviso previo, como consecuencia de la aplicación de las normas prudenciales emitidas por la SBS, tales como las referidas a la administración del riesgo de sobreendeudamiento de deudores minoristas, por consideraciones del perfil del cliente vinculadas al sistema de prevención xxx xxxxxx de activos o del financiamiento del terrorismo, por falta de transparencia de los usuarios, entre otros supuestos que determine la SBS.
La falta de transparencia se presenta cuando a criterio de COMPARTAMOS la información señalada o presentada por EL CLIENTE antes de la contratación o durante la relación contractual es inexacta, incompleta, falsa o inconsistente con la información previamente declarada o entregada por EL CLIENTE y repercuta negativamente en el riesgo de reputación o legal que enfrenta la empresa.
En los casos antes indicados, COMPARTAMOS le comunicará la modificación o la resolución del presente Contrato, dentro de los siete (07) días calendario posteriores a la ocurrencia de dicha modificación o resolución. Asimismo, en aplicación de las normas prudenciales mencionadas, COMPARTAMOS podrá decidir no contratar posteriormente con EL CLIENTE.
15. ¿EN QUE CASOS EL DINERO DE SU CUENTA PUEDE PASAR AL FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS?
Las CUENTAS que permanezcan en COMPARTAMOS durante diez años, sin que se realicen imposiciones, retiros (de parte o los intereses) o reclamaciones durante ese lapso, serán transferidas al Fondo de Seguro de Depósitos, conforme al artículo 182° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, (en adelante Ley N° 26702).
La forma de la cobertura y exclusiones del Fondo de Seguro de Depósitos, se encuentran en la página web de COMPARTAMOS. No se considera como operación, la solicitud de información o de extractos de la CUENTA.
16. ¿COMPARTAMOS PUEDE HACER CARGOS O DEPOSITOS EN SU CUENTA?
Sí. COMPARTAMOS queda expresamente facultada por EL CLIENTE para que, sin necesidad de previo aviso, pueda cargar comisiones y/o gastos, abonar tasas de interés, establecidos en la Cartilla de Información o los que posteriormente haya modificado o incorporado conforme al punto 10 de este Contrato.
COMPARTAMOS tiene derecho de Compensar, quiere decir que estamos facultados por ley a hacer efectivo el cobro de cualquier deuda vencida y exigible que EL CLIENTE tenga, como titular o como fiador solidario. Adicionalmente, COMPARTAMOS puede depositar o cargar las sumas que resulten de errores de cualquier tipo, entre ellas las que sean requeridas por otra entidad del sistema financiero en operaciones interbancarias realizadas y/o que resulten necesarias para regularizar las mismas. Los depósitos o cargos registrados indebidamente, serán objeto de corrección mediante extorno, o por medio de notas de abono o cargo sin necesidad de comunicación previa, pero si con la justificación detallada en una glosa que forma parte de los movimientos de cuenta del cliente.
IMPORTANTE: Estos cargos y/o compensaciones podrá hacerlo COMPARTAMOS, aún en casos de encontrarse EL CLIENTE concursado, en liquidación o fallecido.
COMPARTAMOS tiene derecho de compensar entre sus acreencias y los activos hasta por el monto adeudado, y deberá devolver el exceso resultante, si hubiere. No serán objeto de compensación los activos legal o contractualmente declarados intangibles o excluidos de este derecho.
17. ¿SU CUENTA PUEDE SER RETENIDA O EMBARGADA?
Sí. Cuando por orden de la autoridad competente (Municipalidad, Juez, etc) COMPARTAMOS es notificado para retener o embargar dinero de tu cuenta. Con lo cual no podrá retirar dinero de la CUENTA hasta que la autoridad competente levante el embargo o retención. Previamente a la retención, COMPARTAMOS podrá cobrar de su CUENTA cualquier obligación vencida a la fecha de la notificación de la autoridad, así como el cobro de la comisión establecida en la Cartilla de Información.
En caso se deba cumplir con un mandato de embargo sobre un Depósito a Plazo Fijo, este será cancelado de manera anticipada considerando las condiciones aplicables de monto y plazo vigentes a dicho momento. Sí luego de cumplido el mandato de embargo resultará un saldo a favor de EL CLIENTE, dicho saldo será depositado en una CUENTA de ahorros y se le enviará mediante una comunicación el Contrato y Cartilla de información, como sustento de contratación válida
18. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA CUENTA?
Para poder cancelar y/o retirar dinero de la CUENTA del titular fallecido, los familiares o herederos deben presentar los documentos solicitados en la agencia de COMPARTAMOS, los mismos que se encuentran publicados en la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. En caso de CUENTAS con más de un titular, ante el fallecimiento de uno de ellos, no se podrán realizar transacciones sobre los fondos de la misma, hasta que los herederos y el cotitular sobreviviente presenten los documentos requeridos en la página web.
19. ¿EL CLIENTE TIENE LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR A COMPARTAMOS EL CAMBIO DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA EN LA FICHA DE DATOS?
Sí. En caso EL CLIENTE cambie cualquiera de los datos brindados, debe comunicar en forma inmediata a COMPARTAMOS de lo contrario asumirá las posibles consecuencias de su falta de actualización. Sin perjuicio de ello COMPARTAMOS podrá emplear cualquiera de los demás medios previstos en la Ley Aplicable, incluyendo medios directos y/o indirectos, así como aquellos que hubieran sido brindados por el Cliente con el fin de contactarse con él. La notificación al cliente se considerará válida, en tanto cumpla con lo establecido en la Ley Aplicable. Para la CUENTA con más de un titular, la comunicación se realizará a cualquiera de los titulares.
20. ¿PARA QUÉ SIRVE LA TARJETA DE DÉBITO?
Con la Tarjeta de Débito EL CLIENTE podrá utilizar dinero de su CUENTA, para comprar o adquirir servicios o realizar consumos en establecimientos afiliados, retirar dinero, pagar, realizar transferencias u otras operaciones. Estas operaciones se podrán realizar a través de las agencias de COMPARTAMOS, u otros canales o servicios que se pongan a su disposición. De conformidad con lo contemplado en el Reglamento de Tarjetas de crédito y débito: Resolución SBS N° 6523-2013, y sus modificatorias.
Adicionalmente, EL CLIENTE podrá habilitar o deshabilitar, al momento de la contratación o de forma posterior, los siguientes servicios adicionales prestados por COMPARTAMOS: (i) operaciones a través de internet desde páginas web y/o aplicaciones de dispositivos móviles, entre otros, distintos a los provistos por COMPARTAMOS, y (ii) operaciones efectuadas en el exterior de forma presencial. Las condiciones aplicables y riesgos asociados al uso de estos servicios adicionales se encuentran publicados en nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx
IMPORTANTE: El uso de la Tarjeta de Débito es personal e intransferible, con chip, magnetizada y numerada. EL CLIENTE podrá solicitar por escrito la activación o desistimiento del servicio. EL CLIENTE debe cambiar la Clave Secreta en el momento de la entrega de la Tarjeta.
21. ¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA DE DÉBITO?
Lea cuidadosamente las condiciones aplicables a la Tarjeta de Débito:
1. EL CLIENTE autoriza a COMPARTAMOS a vincular a la Tarjeta a su CUENTA (s) de su titularidad. Asimismo, podrá desvincularlas en cualquiera de las agencias de COMPARTAMOS.
2. Al recibir la Tarjeta, a EL CLIENTE se le entregará una clave secreta (en adelante “Clave”). La Clave, es personal e intransferible, equivale a su firma escrita y su uso lo vincula e identifica a EL CLIENTE a las operaciones que realice con ella. La Clave puede ser modificada siendo EL CLIENTE el único que puede hacerlo.
3. La tarjeta tendrá validez hasta la fecha de vencimiento que figura en ella. COMPARTAMOS podrá retener la Tarjeta que no se encuentre vigente o podrá cancelarla automáticamente.
4. Cuando la cuenta tenga más de un titular y la disposición de fondos sea indistinta, podrán emitirse tantas Tarjetas como titulares tenga la CUENTA, quienes serán responsables por el correcto uso de dichas Tarjetas emitidas.
5. Se cargarán en la CUENTA las operaciones realizadas con la Tarjeta, así como las comisiones, gastos y/o demás conceptos establecidos en la Cartilla de Información.
6. EL CLIENTE se obliga a utilizar correctamente la Tarjeta, a mantener en reserva su Clave secreta y a notificar de inmediato el extravío, sustracción o robo de la Tarjeta a través de los medios que COMPARTAMOS haya dispuesto para este fin, los cuales se encuentran en la Cartilla de Información. De ocurrir en el extranjero, reportará a los teléfonos indicados en la Página Web de COMPARTAMOS.
7. COMPARTAMOS es ajeno a las incidencias entre EL CLIENTE y los establecimientos, páginas web u otras Entidades Financieras por el uso de la Tarjeta.
8. COMPARTAMOS brindará un servicio de notificaciones a través de mensajes de texto y/o correo electrónico con el fin de informar las operaciones que EL CLIENTE realice con su tarjeta. Este servicio estará activo desde el momento de la contratación brindando a EL CLIENTE la opción de solicitar la activación o desactivación de este servicio en cualquier momento a través de los medios que COMPARTAMOS haya dispuesto para este fin.
9. La Tarjeta le será entregada a EL CLIENTE. La activación de la Tarjeta podrá efectuarse en las oficinas de COMPARTAMOS, o mediante otro canal que COMPARTAMOS informe a través de su página Web. El canal utilizado será entendido como suficiente y adecuado, no pudiendo en el futuro desconocerlo o tacharlo de insuficiente.
10. Queda convenido que COMPARTAMOS en cualquier momento podrá reemplazar la Tarjeta por otra de cualquier tipo y/o marca con las que opere. La nueva Tarjeta se rige por los mismos términos y condiciones establecidos en este documento y las condiciones establecidas en la Cartilla de Información.
IMPORTANTE: EL CLIENTE acepta y reconoce las operaciones realizadas con la Tarjeta y/o Clave antes de la comunicación por escrito a COMPARTAMOS o llamada telefónica al número indicado en la Página Web de Compartamos: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx, acerca del extravío, sustracción o robo, salvo en los supuestos de no responsabilidad del cliente por operaciones no reconocidas, indicados en la cláusula 22 del presente contrato. EL CLIENTE deberá avisar a COMPARTAMOS en caso decida usar La Tarjeta en el extranjero, en caso EL CLIENTE no lo comunique previamente podrá verse perjudicado por bloqueos de La Tarjeta por esas transacciones.
22. ¿QUÉ MEDIDAS DE SEGURIDAD DEBE TENER EL CLIENTE PARA EL USO DE LA TARJETA?
Con excepción de los supuestos de no responsabilidad de EL CLIENTE detallados en el tercer párrafo de esta cláusula. EL CLIENTE asume plena responsabilidad por el cuidado, el mal uso de la Tarjeta, así como de la pérdida o robo de la tarjeta y/o de la Clave Secreta. EL CLIENTE debe comunicar de inmediato a COMPARTAMOS la pérdida o robo de la Tarjeta a través de la Central Telefónica de Compartamos y por los medios establecidos en nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Se considera perdida de Xxxxxxx incluso cuando EL CLIENTE olvida la tarjeta en un cajero automático o si es retenida por éste, salvo que la retención sea responsabilidad de COMPARTAMOS.
Luego de su comunicación, COMPARTAMOS bloqueará la Tarjeta por lo que EL CLIENTE no será responsable por el uso irregular o fraudulento de la misma con posterioridad a su comunicación.
COMPARTAMOS es responsable de las pérdidas por las operaciones realizadas en los siguientes casos, salvo cuando acredite la responsabilidad de EL CLIENTE:
1. Por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito.
2. Cuando la Tarjeta haya sido objeto de clonación.
3. Por el funcionamiento defectuoso de los canales o sistemas puestos a disposición de EL CLIENTE para efectuar operaciones.
4. Por la manipulación de los cajeros automáticos o de los ambientes en que estos operan, puestos a disposición por
COMPARTAMOS o por terceros con los cuales este tiene convenio.
5. Cuando se haya producido la suplantación de EL CLIENTE en las oficinas de COMPARTAMOS.
6. Operaciones denominadas micropago.
7. Operaciones realizadas luego del bloqueo o cancelación de la Tarjeta o cuando la Tarjeta haya expirado.
8. Operaciones asociadas a servicios no solicitados o habilitados por EL CLIENTE, relacionadas a (a) Operaciones realizadas a través de internet, desde páginas web y/o aplicaciones de dispositivos móviles, entre otros, distintos a los provistos por COMPARTAMOS; y (b) Operaciones efectuadas en el exterior de forma presencial.
9. Cuando el esquema de autenticación de EL CLIENTE para la realización de estas operaciones no cumpla con los requerimientos mínimos de seguridad establecidos en la normativa vigente.
En caso no se cumpla con ninguno de los supuestos anteriores; y de producirse el extravío, sustracción, robo, hurto o uso no autorizado de la Tarjeta, o de la información que contiene, COMPARTAMOS es responsable de las operaciones realizadas con posterioridad a la comunicación efectuada a COMPARTAMOS por parte de EL CLIENTE para informar tales hechos.
COMPARTAMOS no está obligada a asumir las pérdidas asociadas a las operaciones no reconocidas, cuando acredite la responsabilidad de EL CLIENTE.
En el caso de micropago, el solo uso de la tarjeta o de su información no acredita la responsabilidad de EL CLIENTE con respecto a la operación realizada.
IMPORTANTE: EL CLIENTE debe tomar las medidas de seguridad para el uso adecuado de la Tarjeta. EL CLIENTE no será responsable de las operaciones en los casos señalados en esta cláusula, salvo en los casos en donde COMPARTAMOS demuestre su responsabilidad.
23. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO DE REPOSICIÓN DE LA TARJETA?
Cualquiera sea el motivo de la reposición EL CLIENTE debe realizarlo en cualquier agencia de COMPARTAMOS, para lo cual EL CLIENTE debe presentar su documento de identidad. Para los casos de pérdida, robo o daño en la tarjeta EL CLIENTE debe pagar el costo señalado en la Cartilla de Información.
BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS DE CADA CONTRATO
24. ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS Y CONDICIONES DE LA CUENTA DE XXXXXX?
EL CLIENTE puede retirar el dinero que tiene en su CUENTA cuando lo desee, de acuerdo a los canales y restricciones vigentes. El dinero depositado en la CUENTA genera intereses, comisiones, gastos y demás beneficios complementarios de acuerdo a lo establecido en la Cartilla de Información.
25. ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS Y CONDICIONES DE LA CUENTA DEPÓSITO A PLAZO FIJO?
EL CLIENTE se obliga a mantener el total de dinero depositada al momento de la contratación durante un plazo pactado, dentro del cual no se podrán efectuar incrementos en la CUENTA, salvo que se encuentre establecido en la Cartilla de Información, según el tipo de CUENTA.
La tasa de interés se determinará en la Cartilla de Información, de acuerdo con el monto, plazo y/o naturaleza del depósito. La tasa de interés aplicable a los retiros anticipados del capital, se encuentra detallada en la Cartilla de Información y se determinará según el plazo de la CUENTA. Las partes acuerdan que, vencido el Contrato, COMPARTAMOS lo renovará automáticamente bajo las condiciones vigentes al momento de la renovación y publicadas en nuestro tarifario.
IMPORTANTE: En caso se retire el dinero o se cancele la cuenta antes de que se cumpla el plazo pactado, se aplicará la penalidad establecida en la Cartilla de Información
26. ¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES PARA RETIRAR DINERO DE UNA CUENTA CTS?
Son depósitos, cuya disponibilidad es intangible hasta el cese de la relación laboral del Cliente, de acuerdo a los límites previstos en la normativa vigente. La CUENTA de compensación de servicio (CTS) no está permitido el retiro total de dinero de la CUENTA, con lo cual le permite al titular de la CUENTA tener dinero asegurada para una pérdida eventual del empleo. El monto máximo de retiro, salvo que se extinga el vínculo laboral podrá ser conforme a lo permitido en la normativa especial vigente. Dicha CUENTA genera intereses, comisiones, gastos y demás beneficios complementarios de acuerdo a lo establecido en la Cartilla de Información.
IMPORTANTE: La entrega y/o puesta a disposición del contrato y cualquier información que corresponda, referida a la apertura de la cuenta CTS, se realizará luego de celebrado el contrato con COMPARTAMOS, según la modalidad de contratación elegida por EL CLIENTE, detallado en la cláusula 3 del presente contrato.
27. ¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES DE LA CUENTA XXXXXX?
La Cuenta sueldo es un tipo de cuenta de ahorro donde se hace el abono de sus haberes, la Cuenta está sujeta a las disposiciones contenidas en el Art. 229 de la Ley 26702, la misma que se encuentra respaldada por el Fondo de Seguro de Depósitos. La Cuenta no tiene costo de mantenimiento y está dirigida a personas mayores de dieciocho (18) años y/o menores de edad, siempre que se que cumplan con las condiciones señaladas en el Código de los Niños y Adolescentes, aproado mediante Ley N° 27337, pudiendo ser contratadas a solicitud del empleador o directamente por EL CLIENTE en cualquiera de las agencias de COMPARTAMOS, en dicho caso, COMPARTAMOS pondrá a disposición del cliente toda la información referente al contrato, por la modalidad elegida.
El monto y detalle de las comisiones y gastos, la tasa de interés compensatorio efectiva anual que se aplicará por el depósito y las operaciones sin costo según el canal de atención serán informados en la Cartilla de Información.
Los retiros y demás operaciones que afecten a la Cuenta serán atendidos a la simple solicitud de EL CLIENTE mediante la utilización de cualquiera de los canales virtuales que COMPARTAMOS ponga a su disposición, pudiendo ser Cajeros Automáticos, terminales de pago y consulta, Banca Telefónica, Banca por Internet, Banca Móvil y otros que COMPARTAMOS pueda implementar conforme a los mecanismos de seguridad diseñados para ello y/o físicamente en cualquiera de las oficinas, agencias y/o sucursales de COMPARTAMOS.
Los retiros y demás operaciones les serán de aplicación las tarifas y beneficios, incluyendo el “Adelanto xx Xxxxxx” que se establecen en la Cartilla de Información, las mismas que varían en caso EL CLIENTE no reciba en la Cuenta Sueldo abonos correspondientes a remuneración por un plazo de tres (03) meses consecutivos, en ese caso, COMPARTAMOS podrá modificar la naturaleza de la cuenta, para lo cual aplicarán los cambios especificados en la Cartilla de Información.
Asimismo, EL CLIENTE reconoce que la entrega de bienes o prestación de servicios que realizan los establecimientos como parte de los beneficios del producto Cuenta Sueldo serán los únicos responsables por la calidad, cantidad, idoneidad y otras características de dichos bienes y servicios, por lo que todo reclamo que se efectúe por lo detallado anteriormente o por otros motivos, será dirigido directamente a los establecimientos.
El Cliente podrá solicitar la afiliación de su Cuenta Sueldo al sistema de débito automático mencionado en la cláusula 31 del Contrato.
De ser el caso que EL CLIENTE indique una cuenta distinta a la Cuenta Sueldo para recibir sus remuneraciones, perderá los beneficios derivados de la Cuenta Sueldo que se encuentra descritos en la Cartilla de Información y Hoja Resumen del presente Contrato.
XXXXXXXX XX XXXXXX
COMPARTAMOS podrá ofrecer el beneficio denominado “Adelanto xx Xxxxxx”, el cual podrá ser otorgado únicamente a EL(LOS) CLIENTE(S) que tengan su cuenta de haberes en COMPARTAMOS. Este beneficio es una línea de crédito, aprobada previamente por COMPARTAMOS de acuerdo a la calificación crediticia y por un monto determinado.
En caso sea otorgado este beneficio, el Cliente autoriza a COMPARTAMOS para que éste cargue mensualmente en la cuenta de haberes, la suma correspondiente al Adelanto xx Xxxxxx, hasta la cancelación del mismo.
En caso el importe de la cuota no pudiese ser cargado por COMPARTAMOS en la cuenta de haberes, por cualquier motivo que corresponda a responsabilidad del Cliente, este tiene la obligación de pagar dicha cuota en la Red de agencias de COMPARTAMOS u a través de otro medio directo que permita su ejecución. De lo contrario, incurrirá en xxxx en forma automática, sin necesidad de requerimiento de intimación en xxxx por parte de COMPARTAMOS, mientras que en los casos que la imposibilidad del cargo no le sea atribuible a EL CLIENTE, incurrirá en xxxx siempre y cuando se le dé aviso de que no se ha podido cargar el monto adeudado, a través de alguno de los medios directos establecidos en la cláusula 11. En caso de incumplimiento por parte de EL CLIENTE, COMPARTAMOS podrá reportar a EL CLIENTE por el incumplimiento del pago ante las Centrales de Riesgos correspondiente.
COMPARTAMOS evaluará periódicamente a EL CLIENTE, motivo por el cual no necesariamente tendrá un Adelanto xx Xxxxxx habilitado permanentemente.
IMPORTANTE: La Cuenta Sueldo, está sujeta a embargos, siempre que las remuneraciones excedan el importe de cinco (5) Unidades de Referencia Procesal, de cuyo exceso solo se podrá embargar la tercera parte, según lo establecido en las normas aplicables.
CONDICIONES DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
28. CHEQUES
Cuando EL CLIENTE presente un Cheque en la agencia para ser depositado en su CUENTA, COMPARTAMOS verificará que el Cheque tenga fondos en la CUENTA a cargar y que cumpla con los requisitos de la Ley de Títulos Valores, Ley N° 27287. De no cumplir con uno de estos el Cheque será rechazado. COMPARTAMOS podrá cobrar las comisiones por rechazo de cheques de acuerdo a la regulación vigente y según lo informado en el Tarifario.
COMPARTAMOS se reserva el derecho de no realizar ninguna operación de retiro contra la entrega del cheque, mientras no tenga la confirmación de fondos del Banco que emitió el Cheque.
29. BANCA POR INTERNET
La Banca por Internet es un canal que COMPARTAMOS puede poner a su disposición, para lo cual EL CLIENTE debe afiliarse previamente en la agencia de COMPARTAMOS u otro canal que se ponga a su disposición en la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. Para ello deberá utilizar el documento de identidad, correo electrónico y número de celular para generar una Clave de Internet, la misma que será indispensable para realizar las operaciones (en adelante, la Clave de Internet). La Clave de Internet reemplazará la firma, es un medio válido para la expresión de su voluntad y aceptación de las transacciones. Para su uso, será necesario ingresar el código que el sistema solicite en cada oportunidad, a través del dispositivo de seguridad brindado por COMPARTAMOS. Las operaciones realizadas de esta manera se entenderán realizadas por EL CLIENTE, quien declara conocer y aceptar los riesgos asociados al uso de los sistemas para realizar operaciones vía electrónica. EL CLIENTE deberá comunicar de inmediato a COMPARTAMOS cualquier sospecha de que un tercero no autorizado ha tomado conocimiento de su Clave de Internet, o de la pérdida o robo del dispositivo que contiene la misma, por los medios que COMPARTAMOS ponga a su disposición a través de la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. Recibida dicha comunicación, COMPARTAMOS tomará las medidas para bloquear el servicio, por lo que EL CLIENTE no será responsable del uso fraudulento luego de la comunicación. EL CLIENTE será responsable sobre todas las operaciones previas a la comunicación. EL CLIENTE conoce que las transacciones por Banca por Internet deben efectuarse en equipos seguros y que cuenten al menos con programas antivirus actualizados, reconociendo que las operaciones o consumos realizados por terceros en forma irregular o fraudulenta no son responsabilidad de COMPARTAMOS, en la medida que no sean aplicables. Las operaciones están sujetas a límites de monto establecido por COMPARTAMOS por transacciones diarias que EL CLIENTE realice, los cuales se establecen en la Cartilla de Información.
IMPORTANTE: EL CLIENTE declara haber recibido las instrucciones de empleo del servicio y conoce que el uso del servicio es personal e intransferible.
30. BANCA POR CELULAR
En caso COMPARTAMOS, ponga a su disposición este servicio EL CLIENTE podrá realizar operaciones por Banca por Celular,
debiendo afiliarse al servicio de manera previa en la agencia de COMPARTAMOS o por los medios que COMPARTAMOS ponga a su disposición a través de la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. debiendo contar para ello con el documento de identidad, correo electrónico y número de celular. El teléfono debe ser compatible con la aplicación necesaria para el uso de este servicio, la cual deberá ser previamente descargada. EL CLIENTE podrá efectuar las operaciones que COMPARTAMOS le informe a través de la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. y con los límites establecidos en la Cartilla de Información.
COMPARTAMOS no puede verificar la identidad de la persona que éste haciendo uso del celular, por lo tanto, EL CLIENTE reconoce que las operaciones o consumos realizados por terceros en forma irregular o fraudulenta no son responsabilidad de COMPARTAMOS, por lo que deberá comunicar de inmediato ante la pérdida o robo del su celular, por los medios que COMPARTAMOS ponga a su disposición.
Las operaciones están sujetas a límites de monto establecido por COMPARTAMOS, los cuales se establecen en la Cartilla de Información.
IMPORTANTE: EL CLIENTE declara haber recibido las instrucciones de empleo del servicio y conoce que el uso del servicio es personal e intransferible.
31. DÉBITO AUTOMÁTICO
El débito automático es una modalidad de pago que le permitirá realizar cargos con carácter periódico contra montos de dinero disponibles en una CUENTA de ahorro, para efectuar el pago de obligaciones contraídas por EL CLIENTE, o por terceros deudores, con acreedores, hasta por el monto al que ascienda la obligación y/o por el monto máximo establecido en la orden de pago respectiva, según sea el caso.
EL CLIENTE podrá afiliarse, al servicio de débito automático que tenga habilitado COMPARTAMOS, en cualquiera de sus agencias o a través de los mecanismos que le informe COMPARTAMOS a través de la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx, para cuyo efecto EL CLIENTE deberá suscribir una orden de pago identificando la CUENTA, los datos de los acreedores, la fecha en la que se solicita el servicio, la fecha de vencimiento de las obligaciones, el monto máximo de débito, de ser el caso, y demás requisitos.
COMPARTAMOS le informará en forma previa a la suscripción de la orden de pago, las comisiones y gastos aplicables al servicio, los mismos que se encuentran detallados en la Cartilla de Información, los cuales EL CLIENTE autoriza sean cargadas directamente en la CUENTA de ahorros que determine.
EL CLIENTE asume las diferencias de tipo de cambio en operaciones de débito automático cuya obligación se pague en moneda distinta a la de la CUENTA.
EL CLIENTE podrá dejar sin efecto su afiliación al servicio u ordenar la suspensión de un débito, en cualquier momento, incluso hasta 48 horas antes a la fecha de vencimiento, por cualquier medio de fecha cierta y sin expresión de causa, en cualquiera de las agencias. La solicitud de suspensión, modificación del monto a debitar o resolución del servicio que ocasione la falta de pago al acreedor será de su exclusiva responsabilidad, por lo que COMPARTAMOS no asume responsabilidad alguna por la ejecución de dichas órdenes.
COMPARTAMOS no será responsable por el no pago o pago parcial de la obligación cuando el monto de la obligación cuyo pago debe efectuar exceda el monto máximo que EL CLIENTE hubiera autorizado, o cuando la CUENTA no tenga fondos disponibles y/o suficientes.
EL CLIENTE declara conocer y aceptar que los medios electrónicos puestos a su disposición para el servicio de débito automático pueden por el acaecimiento de casos fortuitos o fuerza mayor presentar errores operativos o encontrarse suspendidos temporalmente por mantenimiento o por situaciones que no resulten imputables a COMPARTAMOS por encontrarse fuera de su ámbito de control. Por lo que ante dichos supuestos COMPARTAMOS no será responsable frente a EL CLIENTE por la no ejecución del pago al acreedor, lo que le será comunicado en forma inmediata.