PLIEGO DE:
PLIEGO DE:
CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APERTURA, CIERRE, CONTROL, MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES UBICADAS EN EL COMPLEJO POLIDEPORTIVO MUNICIPAL.-
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato, es la prestación del “SERVICIO DE APERTURA, CIERRE, CONTROL, MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA”, de las Instalaciones
Deportivas Municipales situadas en el Complejo Polideportivo Municipal y que se detallan en el pliego.
2. PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
La ejecución del contrato se realiza en los Espacios Deportivos y Espacios Auxiliares de dicho complejo que se relacionan a continuación:
a) Espacios Deportivos:
- Campo de Fútbol 11 Césped Artificial.
- Campo de Fútbol 11 Xxxxxx.
- Campo de Fútbol 7 Xxxxxx.
- Pista Polideportiva (Fútbol Sala y Balonmano)
- Pista de Baloncesto.
- Pista de Tenis.
b) Espacios Auxiliares:
- Vestuarios Campo de Fútbol 11 Césped Artificial.
- Vestuarios Campo de Fútbol 11 Xxxxxx y Fútbol 7 xx Xxxxxx
- Vestuarios Pistas Deportivas.
- Gradas.
- Zonas comunes y pasillos de los espacios deportivos y auxiliares.
- Zonas de accesos de los espacios deportivos y auxiliares.
- Aseos y servicios.
- Zonas verdes y ajardinadas recinto de piscinas.
3. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.
3.1 GENERALES. TRABAJOS A REALIZAR.
Abarca todos los aspectos necesarios para el adecuado funcionamiento de estas instalaciones buscando la mayor calidad del servicio, incluyéndose las siguientes:
• Apertura y cierre de las instalaciones en los horarios establecidos por el SMD.
• Control y mantenimiento de las instalaciones.
• Atender los alquileres de las instalaciones deportivas (bajo el control y la supervisión del SMD).
• Puesta a punto de las instalaciones y espacios deportivos para los usos establecidos y planificados (pintados xx xxxxxx, etc.).
• Limpieza de los vestuarios de todas las instalaciones.
• Limpieza de las zonas comunes, accesos, servicios, gradas, etc., de las instalaciones.
• Complementar la labor del personal del SMD referida a las siguientes tareas:
o Cepillado campo de césped artificial (mantenimiento preventivo)
o Riego de los campos de fútbol.
o Mantenimiento de espacios y zonas verdes en las piscinas xx xxxxxx.
• Limpieza de las pistas deportivas.
• Otras áreas singulares.
• Mantenimiento preventivo y correctivo.
• Contratación del personal necesario para la apertura y cierre, el control de acceso según normativa y procedimientos establecidos por el SMD.
• Limpieza de las instalaciones y espacios definidos en el presente pliego, aportando los elementos y productos básicos de limpieza y utilizando utensilios específicos de limpieza.
• Vigilancia, custodia y control de las instalaciones y de sus elementos técnicos. Para ello se realizarán pequeñas acciones correctivas, que no requieran de cualificación, o se cumplimentarán y se notificarán los partes de averías e incidencias según procedimiento marcado.
• Jardinería de espacios deportivos y anexos (recogida de hojas, etc..)
La limpieza e higiene abarcará todos los elementos incluidos en las Instalaciones Deportivas (puertas, pavimentos, techos, mobiliario, cristales, etc).
3.2 HORARIOS.
Previo al inicio del contrato se comunicará al adjudicatario por el Servicio Municipal de Deportes el horario que se establezca por horas, días y semanas para la prestación del servicio, con la distribución horaria que considere más adecuada para la prestación del servicio, quedando limitado al máximo de horas anuales previstas en el apartado 3.4, letra D, del presente pliego. Dicho horario podrá ser modificado por necesidades del servicio, comunicándolo con la suficiente antelación a la empresa adjudicataria, y teniendo siempre en cuenta el número máximo anual de horas establecido.
3.3 CALENDARIO. DÍAS DE APERTURA Y CIERRE.
El servicio se prestará diariamente de lunes x xxxxxxx, habiéndose establecido el número de horas máximo/año distribuidas en un horario que podrá ser modificado según los meses del servicio, programación, etc.
De manera general, se puede establecer que el CALENDARIO y DÍAS DE APERTURA de las instalaciones es el siguiente, si bien por diferentes razones (horarios de finalización de partidos, acontecimientos de carácter extraordinario, etc.) podrán modificarse ligeramente:
A) DE ENERO X XXXX Y DEL 22 XX XXXXXX AL 31 DE DICIEMBRE.
De lunes a viernes: De 16:30 a 23 horas. Sábados: De 9 a 22 horas.
Domingos y festivos: De 8:30 a 15:30 horas.
B) DEL 1 XX XXXXX AL 21 XX XXXXXX.
De lunes a viernes: De 19 a 24 horas. Xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos: Cerrado.
C) DÍAS DE CIERRE DE INSTALACIONES.
AÑO 2016 (MAYO - DIC.) | AÑO 2017 | AÑO 2018 (ENERO - ABRIL) |
Del 11 al 18 de julio | 1, 2 y 6 de enero | 1 y 2 de enero |
0 xx xxxxxxxxxx | 00 xx xxxxxxx | 00 xx xxxxxxx |
24, 25 y 31 diciembre | Del 13 al 16 xx xxxxx | Del 29 xx xxxxx al 1 xx xxxxx |
0 xx xxxx | ||
Xxx 00 xx 00 xx xxxxx | ||
0 xx xxxxxxxxxx | ||
23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre |
3.4 NÚMERO DE HORAS.
El número total de horas a ejecutar se cuantifica de manera global y se desglosan de la siguiente forma:
A) HORAS DE APERTURA, CONTROL, MANTENIMIENTO Y CIERRE.
2016 | 2017 | 2018 | TOTAL | |
PERIODO | Mayo a diciembre | Enero a diciembre | Enero x xxxxx | |
Nº DE HORAS | 1.438,50 h. | 2.272,50 h. | 834 h. | 4.545 h. |
Se describe en este apartado las horas de apertura, control y cierre de las instalaciones, así como tareas de mantenimiento propias e inherentes a la puesta a punto de las mismas para su uso y que se pueden realizar dentro del horario estipulado en el capítulo 3 xxx xxxxxx, apartado 3.3.
B) HORAS DE LIMPIEZA.
2016 | 2017 | 2018 | TOTAL | |
PERIODO | Mayo a diciembre | Enero a diciembre | Enero x xxxxx | |
Nº DE HORAS | 251,50 h. | 377,50 x. | 000 x. | 000 h. |
Las tareas de limpieza descritas en el presente pliego, se realizarán preferentemente en horario de mañana, de lunes x xxxxxxx, en función de la demanda de uso de las instalaciones.
C) RESUMEN TOTAL HORAS.
Cuadro resumen con el nº total de horas a realizar.
2016 | 2017 | 2018 | TOTAL | |
HORAS APARTADO A | 1.438,50 h. | 2.272,50 h. | 834 h. | 4.545 h. |
HORAS APARTADO B | 251,50 h. | 377,50 x. | 000 x. | 000 h. |
TOTAL HORAS | 1.690 h. | 2.650 h. | 960 h. | 5.300 h. |
Las tareas específicas y su diversidad de mantenimiento y acciones correctivas, así como de trabajos de jardinería, no tienen una distribución constante, ni en hora, ni
en día, ni en semana y ni en meses, durante la duración del contrato, por lo que la entidad adjudicataria, en función de las horas presentadas de mejora, deberá planificar su disposición para una correcta ejecución de estas tareas, previo Vº Bº del Servicio Municipal de Deportes.
4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, IMPUTACIÓN, DURACIÓN DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO.
1.- En atención a las actuaciones previstas, que son meramente orientativas a efectos de los cálculos económicos y de organización del servicio, las cuales pueden ser modificadas en el desarrollo de la ejecución del contrato, mediante la creación, eliminación o supresión, en función de las necesidades del servicio y de las demandas que se planteen por los usuarios; se fijan como techo máximo de consignación presupuestaria, las cantidades que a continuación se exponen.
El presupuesto base de esta contratación asciende a 82.000 € más 17.220 € correspondiente al 21 % de IVA, haciendo un total de 99.220 € (NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE EUROS).
Con la siguiente imputación y desglose:
AÑO 2016 | AÑO 2017 | AÑO 2018 | TOTAL | |
Presup. Base | 29.752’00 € | 41.000’00 € | 11.248’00 € | 82.000’00 € |
21 % IVA | 6.248’00 € | 8.610’00 € | 2.362’00 € | 17.220’00 € |
TOTAL | 36.000’00 € | 49.610’00 € | 13.610’00 € | 99.220’00 € |
2.- El plazo de ejecución del contrato será de DOS AÑOS, abarcando el periodo del 1 xx xxxx del 2016 al 30 xx xxxxx del 2018, siempre y cuando el contrato hubiese sido formalizado.
Dicho contrato podrá ser prorrogable por 2 años más en periodos anuales, si se aprueba de forma expresa antes de su finalización (mínimo 3 meses de antelación), previo informe del Servicio Municipal de Deportes.
3.- El precio del contrato se abonará en plazos mensuales una vez presentado el informe mensual del Director Técnico del SMD, donde justifique con el detalle de nº de horas que el servicio ha desarrollado.
El pago se efectuará contra factura que mensualmente emitirá el adjudicatario y que deberá coincidir con los datos económicos que previamente realice el Director Técnico del SMD.
5. RELACIÓN DE LOS CLUBS, ESCOLARES Y ASOCIACIONES CON EL ADJUDICATARIO.
El SMD (Servicio Municipal de Deportes xx Xxxxxxxx), elaborará a comienzo de temporada el calendario de entrenamientos y competiciones de los clubs y asociaciones deportivas, escolares, etc., que utilizarán las instalaciones deportivas municipales en los horarios cedidos a tal fin, calendario que será informado al adjudicatario para su conocimiento y aplicación.
6. RELACIÓN CON LOS USUARIOS.
Los/as usuarios/as tienen derecho al uso y disfrute del servicio y a la admisión al mismo, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
a) Abonar la cuota de alquiler de instalaciones y/o la inscripción en las actividades.
b) Tener concedido por el Ayuntamiento autorización para el uso de las instalaciones.
7. MEDIOS MECÁNICOS Y MATERIALES
El adjudicatario, en el proyecto de prestación del servicio, indicará, además de los servicios ofertados, los medios mecánicos y materiales a utilizar para el desarrollo de los servicios así como sus calidades y/u homologaciones.
8. PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y SUMINISTROS.
Todos los productos de limpieza a utilizar serán por cuenta y cargo de la empresa adjudicataria la cual será única responsable de su almacenamiento y de que no falten dichos productos para la buena continuidad del servicio.
El servicio de limpieza debe comprender todas las técnicas y útiles existentes en el mercado necesarios para la obtención de una calidad óptima en la higiene de las dependencias afectadas.
Los materiales que se deben utilizar no producirán contaminación en el medio ambiente ni en aguas residuales, de acuerdo con la legislación vigente. La empresa incluirá en la oferta técnica los datos sobre su composición y origen.
Todos los detergentes utilizados deberán ser neutros y adecuados en relación con los elementos que se deberían limpiar.
En la limpieza de duchas y vestuarios se emplearán productos con acción residual de 24 horas, desinfectante, germicida y bactericida.
Todos los productos de limpieza, así como los medios mecánicos y materiales, deberán cumplir con la reglamentación vigente que les sea de aplicación (nº de
homologación, ficha técnica y ficha de seguridad).
En los suministros se incluye, por cuenta del adjudicatario, la reposición y colocación de papel higiénico y escobillas en todos los aseos de cada instalación, así como papeleras y bolsas de basura. Deberá comprobarse diariamente la existencia de estos repuestos.
9. OBLIGACIONES DEL ADJUDITATARIO
9.1.- Apertura, control y cierre de las instalaciones según el horario establecido. 9.2.- Prestar el servicio durante el plazo de duración del contrato.
9.3.- Conservar las instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de limpieza e higiene para un correcto funcionamiento.
9.4.- Admitir el uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios.
9.5.- Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido.
9.6.- Conservar en perfecto estado el mobiliario y útiles cedidos por el Ayuntamiento.
9.7.- Cuidar de que los usuarios de las instalaciones donde se imparten los servicios objeto de este concurso, utilicen éstas correctamente, velando en todo momento por la seguridad de los mismos.
9.8.- Velar por la buena utilización y conservación de las instalaciones haciendo cumplir la normativa en uso.
9.9.- Velar por el cumplimiento de la Ley del Deporte artículo 67 que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en las instalaciones deportivas, e informar al SMD del incumplimiento de esta normativa si se produjera.
9.10.- Atender y tramitar las sugerencias, reclamaciones y quejas de los usuarios de la instalación.
9.11.- Atención telefónica de la instalación.
9.12.- Vigilancia y custodia de los edificios, maquinaria, equipamiento y mobiliario de la instalación, garantizando la seguridad en las instalaciones.
9.13.- Cuidar que las dependencias e instalaciones a su cargo se encuentren siempre en
perfecto estado de funcionamiento y de uso. Detectar fallos y problemas en equipamientos e instalaciones informando al SMD.
9.14.- Controlar el funcionamiento de las instalaciones de agua: grifos, duchas, descarga de urinarios e inodoros, etc.
9.15.- Custodiar, disponer y organizar el uso de las llaves de oficinas, taquillas, salas, espacios comunes, vestuarios, instalaciones técnicas, etc.
9.16.- Garantizar el cumplimiento de las normas de funcionamiento y uso de la instalación por parte de los usuarios, clubes deportivos, deportistas y espectadores. Redactar informes y partes diarios de incidencias.
9.17.- Comprobar y controlar los calendarios de actividades y competiciones y adecuar la instalación a las necesidades requeridas.
9.18.- Solicitar la presencia de la ambulancia o policía cuando ello sea requerido. 9.19.- Colocación de información local y oficial en los tablones de anuncios.
9.20.- Tareas de preparación de los espacios y servicios deportivos. Poner y quitar las porterías y redes de las pistas polideportivas, pintados de campo, etc.
9.21.- Mantener en orden los almacenes y el material deportivo y de mantenimiento. 9.22.- Realizar inventario de todo el material.
9.23.- Ejercer por sí la prestación del servicio y no cederla o traspasarla total o parcialmente a terceros sin la anuencia del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
9.24.- Organizar la plantilla de trabajadores, adscribiendo y manteniendo en todo momento el personal suficiente y con capacidad adecuada para el correcto funcionamiento del mismo.
9.25.- Prestar el servicio del modo dispuesto en el presente pliego u ordenado posteriormente por el órgano contratante, incluso en el caso de que circunstancias sobrevenidas e imprevisibles ocasionaren una subversión en la economía de la contratación, y sin más interrupciones que las que se habrían producido en el supuesto de gestión directa municipal.
9.26.- Iniciar la prestación del servicio en la fecha que se determine en la formalización del contrato.
9.27.- Todo el personal de la empresa adjudicataria que realice el servicio en la instalación, deberá estar correctamente uniformado con ropa laboral invierno-verano y EPIS (portando acreditación con su identificación personal y el logotipo del SMD, en lugar visible). Dicho uniforme deberá recibir la conformidad del SMD.
9.28.- La empresa adjudicataria, estará obligada a sustituir las bajas en el servicio producido por enfermedad, accidente, vacaciones o cualquier otra causa, de forma inmediata. Se considerará causa especial de resolución del contrato no prestar el servicio, como tiempo límite 1 semana, durante la duración del contrato.
9.29.- La empresa adjudicataria, estará obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales o reglamentarias le sean de aplicación en materia de Contratación Laboral y de Seguridad Social, así como de todas las obligaciones laborales contempladas en el convenio general del sector de acuerdo a la normativa vigente.
Las cargas de la Seguridad Social, pagas mensuales y extraordinarias, vacaciones o cualquier otro emolumento que devenguen los empleados que presten los servicios serán por cuenta de la empresa adjudicataria.
Se considerará causa especial de resolución del contrato no abonar la nómina a los trabajadores durante dos meses consecutivos.
9.30.- El personal adscrito al servicio no tendrá ningún tipo de relación jurídica o laboral con el Servicio Municipal de Deportes, independientemente de la vinculación con la empresa prestadora del servicio que marque la legislación laboral o el convenio colectivo de aplicación.
9.31.- La empresa adjudicataria estará obligada a la reparación y reposición, a su cargo, de elementos tales como: lámparas, tapa wc, ducha, cisterna, pomos, cerradura, cristales, puertas, perchas, bancos, etc., siempre que esta deficiencia se produzca por un mal uso de la instalación o actos vandálicos.
9.32.- La empresa adjudicataria dispondrá de un botiquín de primeros auxilios con todos los elementos y útiles necesarios para atender cualquier incidencia.
9.33.- Así mismo, la empresa adjudicataria dispondrá de un coordinador que actuará de interlocutor con el SMD, como responsable directo de la organización y del correcto desarrollo del trabajo fijado en el presente pliego. El coordinador deberá estar localizable para atender cualquier eventualidad relacionada con la prestación del servicio y para eso deberá disponer de los medios necesarios por cuenta de la empresa.
9.34.- La empresa adjudicataria, deberá cumplir lo dispuesto en la Ley de Salud y Prevención de Riesgos Laborales, debiendo acreditarlo, caso de resultar adjudicataria, en el plazo de un mes desde la firma del contrato.
9.35.- Con el fin de verificar la legalidad de los procedimientos de contratación, la adjudicataria está obligada a entregar cualquier documentación solicitada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx (nóminas, contratos, TC1, justificantes de altas en Seguridad Social, así como cualquier otra documentación que le interese), de todos los trabajadores y presentar junto a las facturaciones mensuales las fotocopias de los impresos TC1 y TC2 de la Tesorería de la Seguridad Social del personal que presta el servicio.
En ningún caso y bajo ningún concepto, la adjudicataria incumplirá con la obligación de dar de alta a todos y cada uno de los trabajadores. Si esta ilegalidad llegara a producirse, se considerará causa especial de resolución del contrato, previo inicio del oportuno expediente.
9.36.- La empresa adjudicataria estará obligada a aplicar cualquier procedimiento establecido por este Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, para la medición de usuarios y de resultados de gestión.
9.37.- En cualquier momento que así lo requiera este Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, y para toda la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria está obligada a entregar en un plazo de 15 días, cualquier informe técnico, memoria anual, informe económico, etc., que sea solicitado.
9.38.- Elaborar una memoria mensual que deberá presentar al SMD, valorando los aspectos reflejados en la prestación del servicio, desarrollo de las actividades, propuestas de mejora, incidencias, etc.
9.39.- Poner en conocimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx (SMD) para su estudio y acuerdo por el órgano que corresponda cualquier incidencia o imprevisto que dificulte o impida el cumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario.
9.40.- El adjudicatario, así como las personas que presten el servicio objeto de este contrato, quedan obligadas a guardar el secreto profesional por tiempo indefinido sobre los datos, hechos y observaciones de los que tenga conocimiento o pueda llegar a conocer como consecuencia del desempeño de sus funciones.
Queda prohibido utilizar fuera del estricto ámbito profesional o para fines distintos de los que motivaron su entrega, cualquier tipo de documento, al que haya tenido acceso como consecuencia de su vinculación con el objeto del contrato.
9.41.- Cuantos otros le incumban de conformidad con este pliego y disposiciones legales de aplicación en la materia.
10. OTRAS CLÁUSULAS.
a) El personal que emplee el adjudicatario deberá actuar en todo momento con corrección y consideración frente a los empleados municipales, usuarios y abonados, así como estar correctamente uniformado e identificado. De las faltas de aseo, decoro o uniformidad en el vestir, así como de la descortesía, faltas de información, atención
o debida consideración, que el personal adscrito observe con respecto a los usuarios, será responsable el contratista adjudicatario.
b) El contratista adjudicatario deberá comunicar en informe escrito al Servicio Municipal de Deportes, cuantas anomalías observe en la adecuada y perfecta realización y/o prestación de los referidos trabajos y operaciones de limpieza, debiendo señalar en dicho informe, cuantas sugerencias se consideren necesarias u oportunas en orden a eliminar las deficiencias y/o anomalías detectadas, “PARTES DE TRABAJO”.
11. POTESTADES Y DEBERES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX.
Son potestades del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx las siguientes, sin perjuicio de otras que correspondieran:
a) Xxxxxx las directrices generales del servicio.
b) El cobro de las Tasas a aplicar en cada momento a través de Ordenanzas Fiscales Reguladoras de Tasas de Prestación de Servicios y Uso de las Instalaciones Deportivas.
c) Ordenar discrecionalmente las modificaciones en el Servicio que aconseje el interés público.
d) Fiscalizar e inspeccionar el servicio, solicitando al adjudicatario, para su entrega en un plazo de 15 días cualquier informe técnico, memoria anual, informe económico, etc., que sea solicitado.
e) Crear nuevas actividades o eliminar, suspender o modificar alguna de las previstas, comunicándolo previamente al adjudicatario con la suficiente antelación.
f) Imponer al adjudicatario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiere, en los términos que señala este pliego.
g) Estudiar y acordar al respecto y por el órgano que corresponda, sobre cualquier incidencia o imprevisto que dificulte o impida el cumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario.
h) Suprimir el servicio, previa indemnización que pudiera proceder.
i) En materia de personal, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, podrá exigir bajo su criterio, la sustitución inmediata de cualquier personal de la adjudicataria por negligencia, indisciplina u otra falta grave.
j) Verificar la puesta a punto, limpieza y mantenimiento de todas las instalaciones y espacios deportivos donde se desarrollen los programas y actividades por parte del adjudicatario.
k) Los precios de todos los servicios prestados en el SMD, serán establecidos por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx a través de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios y Uso de las Instalaciones Deportivas.
l) Elaborar los planning semanales de uso de las instalaciones referida a las actividades propias, alquileres, horarios entrenamientos clubes deportivos y partidos oficiales y velar por que se cumplan por parte del adjudicatario.
m) Asumir los gastos de agua, gas y electricidad preciso para el desarrollo de las actividades, siendo el adjudicatario responsable del uso indebido o abuso de estos medios.
n) Ejecutar las necesarias inversiones estructurales para el óptimo funcionamiento de las instalaciones y servicios durante el plazo de duración del contrato.
12. RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES .
Faltas muy graves
• El impedimento del uso del servicio público.
• Actos de deterioro grave y relevante de los equipamientos e infraestructuras de la Instalación Deportiva.
• La falta continuada en la prestación del servicio objeto del contrato.
• La prestación del servicio por personal que no disponga de los requisitos exigidos en el pliego.
• El incumplimiento de los horarios, la disminución en el número de personas concertado para la prestación del servicio, así como otros similares que supongan un perjuicio grave al servicio.
Faltas graves.
• No acatar las Normas de Régimen Interior del Servicio Municipal de Deportes.
• El incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecidas en el contrato,
que como consecuencia dificulten o limiten la prestación del objeto del contrato.
Faltas leves.
• El trato no respetuoso hacia los usuarios o personal de la instalación.
• Incumplimiento del resto de obligaciones reconocidas por contrato, que no constituyan faltas graves o muy graves.
Las faltas no contempladas en este pliego se clasificarán pos su analogía con las anteriores desde el punto de vista de su incidencia en la prestación del servicio.
El importe de la sanción está relacionado de forma directa con la cuantía total del contrato y por razón de las faltas el Ayuntamiento podrá imponer las sanciones siguientes:
• Faltas leves: Se podrán sancionar bien con apercibimiento verbal o escrito, bien con una sanción económica de hasta el 2% del importe total del contrato.
• Faltas graves: Desde el 2% hasta el 5% del importe total del contrato.
• Faltas muy graves: Desde el 5% hasta el 10% del importe total del contrato, si bien se podrá optar por la resolución del mismo con independencia de la sanción económica.
13. PERSONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS. SUBROGACIÓN DEL PERSONAL EXISTENTE.
La empresa adjudicataria tendrá la obligación de subrogar al personal existente en la instalación a la fecha de la firma del contrato de acuerdo a lo establecido en el Artículo 25 “Subrogación del Personal” del III Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios.
Las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación, que resulta necesaria para permitir tal medida y que ha sido proporcionado por la empresa que viene efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar, se detalla de la siguiente manera:
OPERARIOS | CATEGORÍA | TIPO DE CONTRATO | ANTIGÜEDAD | HORAS SEMANALES | MESES ACTIVO | COSTE SALARIAL |
Operario 1 | Limpiadora | Indefinido | 23/04/2012 | 8 | 48 | Según Convenio |
Operario 2 | Peón | Indefinido | 23/04/2012 | 14 | 48 | Según Convenio |
El coste salarial aplicado se refiere al Convenio de Instalaciones Deportivas y Gimnasios |
14. CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.
Para la selección de adjudicatarios, se tendrán en cuenta los siguientes criterios, relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye:
1) OFERTA ECONÓMICA
Hasta un máximo de 35 puntos.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Importe oferta más baja * Puntuación máxima Puntuación de la oferta X=
Importe oferta X
Al presupuesto tipo de contrata contemplado en la licitación, que en ningún caso podrá ser rebasado, le corresponderá una puntuación de 0 puntos.
Al valor del presupuesto más bajo ofertado de las ofertas admitidas le corresponderá la puntuación máxima de 35 puntos.
2) MAYOR NÚMERO DE HORAS A PRESTAR, SIN REPERCUSIÓN ECONÓMICA PARA EL AYUNTAMIENTO.
Hasta 35 puntos de la puntuación total.
El licitador indicará en su oferta el número de horas anuales que está dispuesto a destinar a la prestación del servicio objeto de contratación, que superen el establecido en el presente pliego y sin repercusión económica para el Ayuntamiento.
La ponderación de este criterio se efectuará de la siguiente forma: se otorgará el máximo de puntos (35), a aquella que oferte el mayor número de horas anuales, sin repercusión económica para el Ayuntamiento, por encima de las mínimas exigidas en el presente pliego y cero puntos aquella oferta que no oferte ninguna hora, distribuyéndose el resto proporcionalmente.
3) MEMORIA TÉCNICA.
Hasta un máximo de 30 puntos.
Las entidades licitadoras deberán elaborar una Propuesta Técnica para el desarrollo de los servicios de apertura, cierre, control, custodia, limpieza y mantenimiento de césped
artificial de las instalaciones deportivas supeditadas al contrato.
Se tomarán como referencia las características específicas del servicio y obligaciones en el pliego de prescripciones técnicas.
La Propuesta Técnica contendrá los siguientes apartados y puntuaciones máximas:
3.1. PLAN DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA
Puntuación máxima 18 puntos.
Elaborar una plan de mantenimiento y limpieza de las instalaciones con indicación de las operaciones a realizar, su frecuencia y personal encargado con evaluaciones xx xxxxxx y protocolos de trabajo, propuesta de tareas, horarios y distribución de Recursos Humanos y materiales para el desarrollo de dicho plan.
3.2. ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS
Puntuación máxima de 12 puntos.
3.2.1 Gestión del Personal ( máximo 7 puntos)
a) Plan de formación (máximo 6 puntos)
Definición del plan de formación, el periodo de formación inicial y el plan de formación anual.
b) Gestión de sustituciones (máximo 1 punto)
Descripción del procedimiento utilizado para la gestión de las sustituciones (previstas o imprevistas) del personal, que asegure el cumplimiento horario y de funciones a desarrollar.
3.2.2 Personal y funciones (máximo 5 puntos)
Identificación del personal afecto al contrato (persona responsable y resto del personal en instalaciones), definición de sus funciones y asignación horaria.
15. OTRAS ESTIPULACIONES
Al depender sobremanera el servicio adjudicado de las circunstancias que pudieran surgir y del número de usos deportivos, competiciones federadas, campeonatos locales, etc., los horarios que se expresan en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas son aproximados, por lo que podrían verse modificados y son aceptados expresamente por el
licitador al presentarse a la presente licitación.
Montilla, Febrero de 2016.