AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA
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AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA XXXXX
XXXXXX DE CONDICIONES TECNICAS PARA EL CONCURSO DE MANTENIMIENTO DE PAPELERAS EN EL MUNICIPIO DE EL PUERTO DE SANTA XXXXX. CADIZ. |
INDICE
CAPITULO
1. CONDICIONES GENERALES 3
ARTICULO
1.1 - OBJETO 3
ARTICULO
1.2 - DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS 3
ARTICULO
1.3 - AMBITO TERRITORIAL 4
CAPITULO
2. FORMA DE ACTUACION 5
ARTICULO
2.1 - MECANICA OPERATIVA INICIAL 5
ARTICULO
2.2 - RESPONSABILIDAD TECNICA Y CONTROL DEL SERVICIO DE CONSERVACION
6
2.2.1.
POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO 6
2.2.2.
POR PARTE DEL ADJUDICATARIO 6
2.2.3.
HORARIO 8
2.2.4
POLIZA DE SEGURO 8
ARTICULO
2.3. - ORGANIZACION TECNICA Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
ADJUDICATARIA 8
MEDIOS
TÉCNICOS 9
a.-
ELEMENTOS DE TRANSPORTE 9
b.-
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES 10
c.-
OFICINA Y ALMACEN 10
d.-PLAZO
DE INSTALACIÓN 10
CAPITULO 1. CONDICIONES GENERALES
ARTICULO 1.1 - OBJETO
El presente Pliego de Condiciones Técnicas tiene por objeto, determinar los trabajos y condiciones técnicas que regirán el contrato de mantenimiento de PAPELERAS para las vías, parques y plazas públicas, del municipio de El Puerto de Santa Xxxxx (Cádiz).
ARTICULO 1.2 - DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS
La empresa adjudicataria del Concurso deberá realizar como mínimo los trabajos definidos en el presente Pliego de Condiciones Técnicas, tanto en las papeleras ya instaladas en vías, parques, plazas y jardines públicos como en los de nueva instalación.
El número de papeleras a mantener se establece en 2.200 uds, de las que el Ayuntamiento aportará para este servicio 1.400 papeleras de diferentes modelos, instaladas en la actualidad en diversas calles de la vía pública, así como en distintos parques y jardines. El resto de papeleras, 800 unidades, serán de propiedad del adjudicatario, pasando a propiedad municipal cuando finalice el contrato.
Las papeleras que se coloquen por los promotores de los nuevos desarrollos urbanísticos, igualmente deberán ser incorporadas al servicio de mantenimiento, para lo cual el contratista deberá presentar presupuesto adicional por el coste de dicha ampliación, debiendo el Ayuntamiento proceder a la modificación del contrato inicial, siempre y cuando exista consignación presupuestaria para la financiación de dicha modificación.
Los licitadores aportarán en sus propuestas precios unitarios por el mantenimiento de nuevas papeleras que se vayan a colocar.
Se adjunta un plano de situación de la ubicación de las papeleras aportadas por el Ayuntamiento.
Los trabajos mínimos a realizar dentro del Concurso son los siguientes:
1.- Lavado de papeleras: Esta operación se realizará al menos 2 veces al año más las que, por circunstancias especiales, fueran requeridas por los Servicios Técnicos del Área de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento, utilizando los medios mecánicos y materiales necesarios para su correcta realización. Esta operación se realizará en todas las papeleras, existentes y de nueva implantación, procediendo al vaciado de estás si se encontrasen con residuos.
2.- Mantenimiento de papeleras: Dicho mantenimiento consistirá en la realización de las labores necesarias para el correcto aspecto y funcionamiento de los elementos instalados, los mecanismos, la verticalidad de la posición, efectividad de la sujeción, mediante el fleje o poste, eliminación de pintadas y adhesivos, al menos una vez por semana. Del mismo modo, será por cuenta del contratista la reposición de todos los accesorios de que dispongan las papeleras. Este Mantenimiento se realizará sobre todo el parque de existentes y de nueva implantación, de manera que siempre presenten un buen estado.
3.- Reposición de papeleras: Este trabajo se realizará por destrucción o desaparición de las mismas con independencia de la frecuencia y de las causas que lo hayan motivado, debiéndose emplear para ello el mismo modelo existente, salvo que los Servicios Técnicos de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible indiquen lo contrario.
Los licitadores dispondrán en su almacén de una cantidad mínima de papeleras entre el 3 y el 5 % del total sujeto al contrato, así como de accesorios o piezas de repuesto suficientes para no quedar desabastecidos en ningún momento.
La reparación y sustitución en su caso de las papeleras deterioradas y averiadas deberá hacerse dentro del plazo máximo de 48 horas desde el conocimiento del hecho, detectando con el propio personal de la empresa adjudicataria dicha reposición. Así mismo, se deberán retirar los restos o residuos producidos y reparar los posibles deterioros causados sobre cualquier elemento, ya sean pavimentos, paramentos, etc.
Inicialmente el adjudicatario llevará a cabo una puesta a punto de las 1.400 papeleras que el Ayuntamiento le entregará al comienzo del servicio.
4.- Cambio de ubicación de papeleras: Dichos cambios irán motivados bajo la petición de los Servicios Técnicos de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, por la realización de obras, necesidades derivadas del tránsito, imposición de normas urbanísticas, aplicación de normativas de accesibilidad, etc.
5.- Inventario y Estudio: Se deberá presentar por los licitadores un inventario y estudio del municipio donde se indicarán las ubicaciones de todas las papeleras, tanto las ya existentes como las de nueva implantación, y mantener una actualización permanente de la base de datos de todas las papeleras, mediante el soporte informático y/o en papel/plano a escala. En este apartado se incluye el suministro y colocación de las unidades que se vayan solicitando.
6.- Suministro e instalación de papeleras: En estos correspondientes soportes, (poste o fleje, etc.), siguiendo los criterios establecidos por el Servicio de Medio Ambiente, comprobando que su ubicación no perjudica al transito de personas, cumpla las normativas sobre accesibilidad, ni genere ningún tipo de perjuicio.
Todas las papeleras ofertadas deberán ir serigrafiados de acuerdo con las instrucciones que se establezcan por los Servicios Técnicos de la Concejalía de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible. Durante la duración del Contrato deberá mantenerse, la serigrafía en perfecto estado, debiendo ser restaurada en caso de deterioro.
Clasificación y distribución del tipo de papeleras a instalar según su ubicación y tipología:
- Papeleras para instalar en vía pública.
- Papeleras para instalar en zonas verdes y espacios públicos como paseos marítimos.
- Papeleras para instalar en casco histórico.
Todos los modelos que se propongan deberán presentar una línea estética, dimensiones y funcionalidad de acuerdo con las infraestructuras e imagen del municipio. Asimismo las papeleras serán de fácil vaciado, limpieza y mantenimiento, y llevarán un sistema de cierre seguro. Ofrecerán resistencia al vandalismo, mediante la consistencia en la fijación (suelo o soportes) y la robustez de sus materiales. La capacidad de las papeleras estará comprendida entre 50 lts. a 80 lts., salvo que Servicios Técnicos de la Concejalía de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible se determine capacidades especiales para lugares determinados para facilitar el tránsito de peatones o similar.
En cuanto a las papeleras destinadas a equipar los distintos espacios libres de uso público, se presentarán tres modelos,“xxxxxx, xxxxxxx y clásico”. Esta diferente tipología obedecerá al destino final de estos equipamientos, bien sean plazas u otros espacios de marcado carácter urbano, bien parques y zona verdes con predominio de componentes naturales (vegetación, rocallas, firmes,...), o bien calles xxx xxxxx histórico. Analizados el diseño, dimensiones y localización de estos espacios, desde el Área de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible se procederá a indicar al promotor de la unidad de ejecución en la que se integran la tipología de mobiliario a implantar.
ARTICULO 1.3 - AMBITO TERRITORIAL
La totalidad de los trabajos descritos en le presente Pliego se desarrollarán en las vías, plazas y parques públicos del municipio de El Puerto de Santa Xxxxx.
Las papeleras nuevas se instalarán en los puntos resultantes del estudio previo realizado por el adjudicatario, teniendo en cuenta las características de la zona, población, transito, etc.
CAPITULO 2. FORMA DE ACTUACION
ARTICULO 2.1 - MECANICA OPERATIVA INICIAL
Al comienzo del contrato la empresa adjudicataria deberá presentar un programa específico de Ubicación y Redistribución de papeleras, en este programa cada licitador deberá indicar la ubicación idónea de las diferentes papeleras propuestas en su oferta, teniendo en cuenta las características de cada zona, así como la ubicación de los papeleras existentes y si se considera necesario su redistribución, o en su caso, la sustitución de las mismas. Deberá realizar todo cambio de ubicación de papeleras que le sea requerido por el Ayuntamiento sin costo alguno.
Así mismo, se presentará en el programa de Ubicación y Redistribución de papeleras:
- La cartografía necesaria con la ubicación de los elementos actualizados.
- Realización de un programa de trabajos de mantenimiento y su distribución en el tiempo.
- Detalle de trabajos y labores adecuadas indicando:
1.- Métodos y trabajos a realizar.
2.- Planes de trabajo (horario)
3.- Maquinaria y medios a utilizar.
4- Periodicidad de los trabajos.
5.- Control y seguimiento.
La Concejalía de Medio ambiente y Desarrollo Sostenible se reserva la facultad de variar o modificar la programación propuesta.
La limpieza para cada papelera sujeta al presente Xxxxxx se realizará al menos con una frecuencia semestral, no obstante se podrá requerir la realización de limpiezas urgentes por cualquier motivo a iniciativa de los Servicios Técnicos Municipales de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
ARTICULO 2.2 - RESPONSABILIDAD TECNICA Y CONTROL DEL SERVICIO DE CONSERVACION
2.2.1. POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO
La Dirección e inspección técnica de los trabajos descritos en este Pliego de Condiciones se ejercerá directamente por los Técnicos municipales de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de acuerdo con las competencias establecidas para los mismos (según organigrama municipal), o empresa adjudicataria de la inspección de los servicios de conservación.
Las ordenes de los técnicos municipales de Medio ambiente y Desarrollo Sostenible, deberán ser cumplidas, por el adjudicatario o persona que en cada momento lo represente, de forma inmediata o en su caso en el plazo que se fije.
2.2.2. POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
Las empresas licitadoras ofertarán el material y medios necesarios para la realización del servicio, especificando características, de todos los medios ofertados, entendiéndose que el licitador en su propuesta ha considerado como suficientes los medios durante la vigencia del contrato. De no ser así el adjudicatario deberá adquirir a su xxxxx todos los medios necesarios para la correcta prestación del servicio.
La empresa adjudicataria deberá elaborar un parte de cada actuación, conforme a la planificación, del personal, vehículos y medios que están trabajando indicando su situación y cometidos, de forma que se pueda realizar en cualquier momento las comprobaciones oportunas por parte de los Servicios Técnicos de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
El adjudicatario comunicará semanalmente, el parte de la semana anterior junto con la planificación para la semana en curso.
La información será facilitada por el contratista en formato digital. El contratista deberá disponer, a tal efecto, de los medios necesarios (ordenador, MODEM, línea telefónica, etc.) para establecer dicha conexión, asumiendo los costes de la configuración de los equipos.
Si el adjudicatario, por propia iniciativa, efectuara trabajos de mejora o que rebasen el alcance puntual que este Pliego establece, al objeto de ahorrarse reiteradas intervenciones, aquellos trabajos serán, así mismo, por cuenta del adjudicatario.
El adjudicatario es responsable de los daños, perjuicios o molestias ocasionadas a bienes o terceras personas con motivo tanto de los trabajos en la vía pública, como de la no realización de los mismos en el tiempo debido.
De igual modo deberán disponer, a su cargo, de todas las medidas de protección y señalización que garanticen la seguridad tanto del personal que trabaja en la vía pública como del público en general.
La Corporación declina formalmente cualquier responsabilidad que pueda derivarse del incumplimiento de dichas normas y medidas por parte de los contratistas al margen de poder imponer las sanciones que correspondan.
Salvo supuestos de fuerza mayor, en caso de que se produjeran alteraciones que supongan la paralización total o parcial del servicio, la empresa adjudicataria deberá acordar con el Departamento correspondiente la materialidad de los trabajos para los servicios mínimos que determine la Ley, siendo responsable la adjudicataria de los daños que se puedan producir en las zonas objeto del contrato.
Los Servicios Técnicos del Ayuntamiento podrán recabar de la empresa adjudicataria, asistidas por sus colaboradores cualificados los informes, datos, planificación, mediciones, trabajos de índole experimental, medios materiales y humanos, etc., que sean necesarios para mejorar o racionalizar los trabajos objeto del contrato, sin cargo alguno.
El control por parte de los Técnicos municipales de la organización de los medios materiales y humanos, trabajos y operaciones previstos conforme la proposición contenida en los planes y programas de trabajo solicitados al principio del contrato y las mejoras que se consideren adecuadas, sin variar el importe económico, será continuo e inmediato.
La empresa adjudicataria deberá atender los trabajos de tipo urgente, imprevisibles, de responsabilidad o riesgo especial, fijando en su oferta con claridad el sistema, persona y modo de contacto con los Técnicos municipales.
La empresa adjudicataria entregará los siguientes documentos de trabajo:
• Resumen semanal de los trabajos ejecutados.
• Informes de incidencias.
Los formatos y modelos de partes, así como el sistema de comunicación, serán facultad de los Servicios Técnicos municipales de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, modificándose, si hubiera lugar, de acuerdo con el interés del Ayuntamiento.
2.2.3.- XXXXXXX
El contratista propondrá el horario que en función de la organización de los trabajos se considere más operativo, que en general será de mañana y/o tarde, no obstante, éste podrá ser modificado por el Ayuntamiento en función de las necesidades.
A estos efectos, cualquier modificación del horario propuesto por el adjudicatario deberá contar con la aprobación del Ayuntamiento.
2.2.4.- POLIZA DE SEGURO
Para garantizar los posibles daños o perjuicios que puedan producirse, la empresa adjudicataria dispondrá de un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros en cuantía suficiente y no menor de 500.000 euros, debiendo entregar copia compulsada de la póliza de seguro al hacerse cargo de la contrata.
Esta póliza de seguro no podrá tener franquicia de ningún tipo.
ARTICULO 2.3. - ORGANIZACION TECNICA Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
La Empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, a fin de conseguir una óptima ejecución.
Personal Técnico y Operativo
La empresa deberá contar con una plantilla mínima para valorar la oferta presentada de personal suficiente para acreditar la solvencia técnica. Este personal deberá estar dado de alta en la Seguridad Social y acreditará experiencia suficiente para desarrollar cada puesto de trabajo.
1.- Representante de la Empresa:
Responsable de la empresa que será el intermediario oficial con el Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx, y podrá formar parte del personal técnico titulado adscrito al servicio.
2.- Personal Operativo:
Las cuadrillas de trabajo debidamente uniformadas, deberán estar dirigidas de forma obligada por un encargado o capataz o supervisor, con experiencia acreditada en trabajos similares, que deberá estar adscrito a la obra cuestión.
Cualquier cambio que se produjera en este personal por los motivos que fuesen, durante el periodo de ejecución del contrato, deberá ponerse en conocimiento del Excelentísimo Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx.
La empresa que resulte adjudicataria no podrá alegar retraso en el cumplimiento de los trabajos a realizar, a no ser que dichos retrasos se correspondan a situaciones totalmente imprevisibles.
En la plantilla de la Empresa adjudicataria deberá figurar el personal mínimo operativo para el buen funcionamiento del servicio.
El Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx quedará eximido de toda relación laboral y jurídica con el personal de la contrata, ya sea de carácter fijo o de cualquier otro con carácter transitorio.
MEDIOS TÉCNICOS
a.- ELEMENTOS DE TRANSPORTE
La empresa adjudicataria deberá disponer de los elementos de transporte necesarios para la correcta ejecución del servicio objeto del presente concurso.
b.- MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES
Toda la maquinaria será por cuenta del contratista, así como cualquier otro apero que sea necesario utilizar para la buena realización de los trabajos y que debidamente justificados su utilización deberá ser aprobada por los Servicios técnicos de la Concejalía de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
La empresa adjudicataria dispondrá de los medios auxiliares necesarios para el desarrollo del servicio, detallándola para los diferentes trabajos a ejecutar.
La adquisición o alquiler de todo tipo de material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será de cuenta y cargo del adjudicatario, así como los gastos de entretenimiento, combustible, conservación y mantenimiento para un perfecto funcionamiento durante el período de vigencia del contrato.
El adjudicatario deberá aportar cuantas herramientas se precisen para una buena realización del servicio concursado y dispondrán de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. Todas ellas deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento.
c.- OFICINA Y ALMACEN
La empresa adjudicataria deberán disponer de una nave – garaje, indicando la superficie de la misma, así como su distribución. Esta nave no será de obligación que sea exclusivamente para este servicio, pero si deberá estar situada en El Puerto de Santa Xxxxx.
d.-PLAZO DE INSTALACIÓN
Estará obligado a instalar en un plazo inferior a dos meses, a partir de adjudicación, todas las papeleras hasta completar el plan.
En El Puerto de Santa Xxxxx, a 23 de noviembre de 2.005.
EL JEFE DE SECCIÓN DE LA U.A. nº 4.1.2.-
Protección e Inspección Ambiental.
ÁREA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Fdo.:
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
ÁREA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. X/ XXXXXXXXX XXXXX XXXXX X/X. XXX. XXX XXXXXXX- 00000 EL PUERTO DE SANTA XXXXX
Tlfo. 0000000000. Fax 000000000. E-mail: xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx - Web:xxx.xxxxxxxxxx.xx