SE ELIMINAN DATOS DE ACUERDO AL ART.
SE ELIMINAN DATOS DE ACUERDO AL ART.
113, FRACCIÓN I, DE LA L.F.T.A.I.P.
CONTRATO No. 3-4-CE-A-588-W-0-3
DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA POR EL C ING XXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO S.CT ''VERACRUT Y POR LA OTRA, CONSORCIO INDUSTRIAL Y CONSTRUCTOR MEXICANO, S.A DE CV REPRESENTADA POR EL C XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARACTER DE ADMINISTRADOR ÚNICO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LES DENOMINARÁ "LA DEPENDENCIA" Y "EL CONTRATISTA', RESPECTIVAMENTE, DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
D ECLARACIO NES
1 - "LA DEPENDENCIA" DECLARA QUE
1.1.- Es una dependencia de !a Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los articulas r··. 2º, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
1.2.- Su representante, el C_ !NG XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXxX, con el carácter ya indicado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 10 fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de Enero del 2009
1.3.�EI presente contrato se adjudica como resultado de !a Licitación Pública Nacional No L0-009000938-N87-20í3, instaurada por "LA DEPENDENCIA", en términos de lo dispuesto por los artículos 27, Fracción !, 28 y 30 Fracción 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
1 4.-Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autonzó la inversión correspondiente a la obra objeto de este contrato, mediante e: Oficio de Liberación de Inversión No. 5.SC.OLI 13 -004 de fecha 10 de Enero de 20í 3 (Recursos Fiscales)
1.5.- Su domicilio para los efectos del presente contrato es el ubicado en Xxxxxxxxx- Xxxxxx-Xxxxxxxx. Xx. 0x000 xxxx xxxxxxxxx Xxx
X.X.X. O.P. C.P_ 91 í90 Xa!apa. Ver
11 "EL CONTRATISTA" DECLARA OUE
11.1 -Tiene capacidad jund1ca para contratar y obligarse en los térrninos del presente contrato
!1.2 ·Acredita su legal existencia con la Escritura Pt)blica Nümero 12,860 Volumen Nonagésimo Primero 1omo Segundo de fecha 10 de Octubre del 2003, otorgada ante la fe del Lic. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Titular de la Notaría PUblica Número Seis. de !a Demarcación Notarial y del Patrimonio Inmueble Federal en la Ciudad de Poza Rica xx Xxxxxxx, Estado de Veracruz. y que se encuentra debidamente inscrita en el Reg1stro PUblico de la Propiedad y del Comercio en la Ciudad de Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxx. Estado de Veracruz, bajo el Número 131, Auxiliar Libro 1 de la Sección de Comercio de fecha 16 de Octubre del 2003
IL3.- Su representante, et C_ Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, con el carácter de Administrador Único, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, de conformidad con el contenido de !a Escritura Pública Número i2,860 Volumen Nonagésimo Primero Tomo Segundo de fecha 10 de Octubre del 2003. otorgada ante la fe del Lic Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Titular de la Notaria Pública Número Seís, de la Demarcación Notarial y del Patrimonio Inmueble F ederal en la Ciudad de Poza Rica xx Xxxxxxx. Estado de
Veracruz, y que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en la Ciudad de Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxx, Estado de Veracruz, bajo el Nümero í31, Auxiliar Libro í de la Sección de Comercio de fecha 16 de Octubre del 2003, manifestando a través de dicho representante que tates facultades no le han sido modificadas ni revocadas a la fecha
11.4-Su Registro Federal de Contribuyentes es_ CIC031010RL6
!1.5 -Su representante, se identifica cor. su credencial para votar con fotografía con folio No Federal Electoral. Registro Federal de Electores
(ELIMINADO)
, expedida por el Instituto
ll.6 - Cuenta con los recursos técnicos, hun1anos y materiales necesarios para cumplir con !os requerimientos objeto del presente contrato.
!1.7.-Tiene establecido su domic\\\o en: Xxxxxxxxx Xxx0xx-Xxxxxx Xxxxxxxxx 000, xxx xxxxxx. xx xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx. Código Postal 92770, Tuxpan, Veracruz, mismo que sef1ala para todos los fines y efectos legales de este contrato
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11.8.- Conoce el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Obras Püblicas y Servicios Relacionados con las Misrnas y su Reglamento; las Normas para la Construcción e Instalaciones y de ia Calidad de los Materiales· así como las demás normas que regulan la ejecución de los trabajos, incluyendo las especificaciones generales y particulares de la obra objeto de este contrato y, en general, toda la información requerida para la obra materia del contrato
!1.9.-Conoce debidamente el sitio de la obra objeto de este contrato, así como las condiciones ambientales , ,., "° '""'""'"' .oo, factores que intervienen en su ejecución
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111. DECLARAN "LA DEPENDENCIA" Y "EL CONTRATISTA" que:
\ll.í La convocatoria a la licitación que origina el presente contrato, !a bitácora que se genere, el propio contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones
111. 2.- Las estipu\acíones contenidas en el presente contrato no modifican la convocatoria a la licitación que \e da ongen Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes
C LÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
"La Dependencía" encomienda a "El Contratista'· !a realización de una obra consistente en: CONSTRUCCIÓN XXX XXXXXX "EL TIGRE" CON SUS ACCESOS, UBICADO EN EL KM 23+360 CUERPO IZQUIERDO, TRAMO: XXXXXX XXXXXX-XXXXXX XX XX XXXXXXXXX
XX. XXXXXXxXXXXXXX, XX XX XXXXXX XX XXXXXXXX., y este se obliga a realizarla hasta su total terminación, acatando para ello \o establecido por los diversos ordenamientos y normas señalados en la declaración IL8 de\ apartado de declaraciones de "El Contratista", apegándose de ígual modo a los programas autorizados, presupuestos, proyectos, planos y especificaciones generales y particulares, así como a !as normas de construcción vigentes en el lugar donde deban realizarse los trabajos. mismos que se tienen por reproducidos corno parte integrante de esta clausula
Los programas autorizados, presupuestos, proyectos, planos y especificaciones a que se alude en esta cláusula, debidamente firmados por
\os otorgantes, como anexos. pasaran a formar parte integrante del presente instrumento
Queda entendido por \as partes que la bitácora que se genere con motivo de la realización de !os trabajos materia de este contrato, formará parte de\ mismo y su uso será obligatorio. De lgual forma, queda pactado que el acta administrativa a que alude el artículo 172 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y que se genere con motivo de la realización de los trabajos materia de este instrumento, pasará a formar parte integrante del mismo.
An1bas partes están de acuerdo que en cumplimiento a la convocatoria a \a licitación ei uso de la bi!Scora electrónica es obligatorio para el presente contrato . .Su elaboración. control. y seguimienio se hará por medios ren1otos de comunicación electrónica conforme a las disposiciones de éste Reglamento, así como las que emita la Secretaría de la Función Pública
SEGUNDA - MONTO DEL CONTRATO
El monto total de! presente contrato, es de $í4,758,344.09(Catorce Millones Setecientos Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro Pesos 09/100 M.N.), más el 16°/c del Impuesto al Valor Agregado de:$2,36i, 335.05(Dos Millones Trescientos Sesenta y Un Mil Trescientos Treinta y Cinco Pesos 05/100 M.N.), lo que da un total de: $í7,í19.679.í4(Diec1s\ete Millones Ciento D1ecmueve Mil Seiscíentos Setenta y Nueve Pesos 14/100 M.N.).
TERCERA.· PLAZO DE EJECUCIÓN
"EL Contratista", se obliga a realizar !os trabajos materia del presente contrato en un plazo que no exceda de 160 días naturales. El inicio de los trabajos se efectuará el día 25 xx Xxxxx de! 2013 y se concluirán a más tardar el día 01 de Diciembre del 2013, de conformidad con el programa de ejecución pactado.
Este plazo se diferirá en el caso señalado por la fracción ! del artículo 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de conformidad con !o pactado en la Cláusula Qulnta de este contrato
CUARTA.· DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE Y DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
"La Dependencia" se obliga a poner a disposición de "El Contratista" el o ios inmuebles en que deben llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato, así como \os dictámenes, permisos. licencias y demás autorizaciones que se requieran para su realización
QUINTA.- ANTICIPOS
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Para que "El Contratista" realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para !os gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos: así como, para la compra y producción de matenales de construcción. !a adquisición de equipos que se instalen permanentemente y ciernas insumos, "La Dependencia" otorga un anticipo por !a cantidad de $4,427,503.23(Cuatro Millones Cuatrocientos Veíntisiete Mil Quinientos Tres Pesos 23/100 M.N.), mas el 16°/o del Impuesto al Valor Agregado de:$708,400.51(Setecientos Ocho Mil Cuatrocientos Pesos 51/100 M.N.), lo que da un total de:$5,135,903. 74(Cinco Millones Ciento Treinta y Cinco Mi! Novecientos Tres Pesos 74/100 M.N.). lo que representa un 30º/o (Treinta por ciento) del monto total del contrato. Queda establecido que el anticipo señalado, es el contemplado en !a convocatoria a la licitación y el resultante del programa de erogación contenido en la propuesta presentada por "El Contratista" dentro del procedimiento de contratación que motiva la firma del presente instrumento
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El anticipo se entregará a "Ei Contratista" el día 24 de! mes xx Xxxxx del 2013, previa entrega que efectúe éste a "La Dependencia" de la garantia a que se alude en la cláusula séptima inciso A. El atraso en !a entrega del anticipo será motivo para diferir sin modificar en igual plazo el programa de ejecución pactado, formalizando mediante convenio entre las partes la nueva fecha de iniciación. Sí "El Contratista" no entrega la garantía del anticipo dentro del plazo sefialado en el artículo 48, fracción l de !x Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, no procederá el diferimiento y por lo tanto éste deberá iniciar la obra en la fecha establecida.
El otorgamiento y amortización del anticipo, se sujetará a lo establecido al respecto por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, y su amortización debera ser proporcional al porcentaje de anticipo otorgado, sin perjuicio de lo dispuesto en la fracción l!I incisos a), b) y e) del artículo 143 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
SEXTA.· FORMA OE PAGO
Las partes convienen en que los trabajos obJetv del presente- contrato se paguen n-1ed1ant;:; !a forn1uL:cioon de esl1rnnc1ones q,J111cena1es mismas que se acampanarán de la documentación que acredite la procedencia de su pago, conforme a !as previsiones del artículo 132 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con !as Mismas, las que serán presentadas por "El Contratista" al residente de la obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de su corte la que será los días 15 y 30 de cada mes y serán pagadas por "La Dependencia" por trabajos ejecutados, en vía deposito bancario a través de la Tesoreria de !a Federación a la cuenta de cheques proporcionada por "El Contratista" por conducto de las oficinas de la Subdirección de Administración ubicadas en la Carretera Xalapa -Veracruz Km.0+700 Colonia S.A.H.O.P, Xa!apa, Ver., dentro de un plazo de 20 dias naturales contados a partir de que hayan sido autorizadas por el residente de !a obra y que "El Contratista" haya presentado la factura correspondiente debidamente reouisitada. "El Contratista" será el único responsable de que la factura que presente para su pago cumpla con los requisitos administrativos y fiscales, por
lo que la falta de pago por la omisión de alguno de éstos o por su presentación incorrecta no será motivo para solicitar pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y S ervicios Relacionados con las Mismas
En caso de que la factura entregada por "El Contratista" para su pago presente errores o deficiencias, "La Dependencia", dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a "El Contratista" las defíciencias que deberá corregir. El período que transcurra entre la entrega del citado escrito y la presentación de las correcciones por parte de "El Contratista'· no se computará para efectos del segundo párrafo del artículo 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
En el caso de que ''El Contratista" no presente las estimaciones dentro de \os seis dias naturales siguientes a la fecha de su corte. la estimación correspondiente se presentara en la siguiente fecha xx xxxxx, sin que ello dé lugar a la reclamación de gastos financieros por parte de "El Contratista".
Queda entendido que en términos de lo dispuesto por el articulo 130 del Reg!a1nento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los únicos tipos de estimaciones que se reconocerán para efectos del contrato correspondiente. serán por trabajos e¡ecutados: de pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato: de gastos no recuperables a que alude e! artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacíonados con las Mismas y de los ajustes de costos
El residente de obra efectuará \a revisión y autorización de las estimaciones por trabajos ejecutados, en un plazo que no excederá de quince días naturales contados a partir de la fecha de su presentación_ En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.
En el caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos por parte de "La Dependencia", ésta a solicitud de "El Contratista" y de conformidad con lo previsto en el primer párrafo del articulo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, pagará gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de !a Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente \as cantidades a disposición de "El Contratista'' De conformidad con lo establecido en el último párrafo del articulo 127 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas el retraso en el pago de estimaciones en que incurra "La Dependencia" diferirá en igual plazo la fecha de terminación de los trabajos. circunstancia que deberá formalizarse, previa solicitud de "El Contratista". a través de\ convenio respectivo; no procederá dicho diferimiento cuando el retraso derive de causas imputables a "El Contratista".
Tratándose de pagos en exceso que haya recíbido ';El Contratista", éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde \a fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de "La Dependencia".
No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de "El Contratista'" sean compensadas en la estimación siguiente. o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anteriondad.
SÉPTIMA.· GARANTÍAS.
"El Contratista'' se obliga a constituir en la forma, térn1inos y procedin1ientos previstos por !x Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Regiamento, las garantías siguientes:
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CONTRATO No. 3-4-CE-A-588-W-0-3
A) FIANZA PARA EL ANTICIPO.- Fianza a favor de la Tesorería de la Federación, por !a totalidad del monto concedido como anticipo tanto para que "El Contratista" realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaría y equipo de construcción e inicio de los trabajos objeto del presente contrato. así como para !a compra y producción de materiales que se instalen permanentemente, conforme a la Cláusula Quinta y deberá ser presentada por "E! Contratista" previamente a la entrega de los anticipos, dentro de los quince días naturales siguientes a !a fecha de notificación del fallo
de adjudicación y, para los ejercicios subsecuentes, a partir de que "El Contratista'· reciba la notificación por escrito del monto del anticipo concedido: la garantía subsistira hasta la total amortización de !os anticipos correspondientes, asi mismo debera presentar al área responsable de los trabajos (Residencia General de Carreteras Federales) un programa en el que se establezca la forma en que se ap!ícará dicho anticipo, en términos de lo previsto en el artículoí 38 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- Fianza a favor de !a Tesorería de la Federación por el veinte por ciento (20°/o) del monto total del presente contrato
C) GARANTÍA PARA RESPONDER DE OBRA MAL EJECUTADA O VICIOS OCULTOS.- "El Contratista" garantizará los traba1os dentro de los quince días naturales anteriores a la recepción formal de los mismos, sustituyendo !a fianza vigente de cumplimiento por otra garantía que a su elección podrá ser mediante fianza por el equivalente al diez por clento ( 1Oº;b) del monto total ejercido de la obra, por carta de
crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5°/o) del monto total ejercido de la obra, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5°/o) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello, para responder de los defectos que resulten de la realización de los mismos, de vicios ocultos o de cuaiquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en su ejecución. Esta garantía tendrá una vigencia de doce meses contados a partir de la fecha de entrega-recepción de los trabajos
OCTAVA.- AJUSTE DE COSTOS.
Cuando concurran circunstancias de orden económico no previstas en el presente instrumento que determinen un aumento o reducción de los costos directos y del costo por t1nanc1amiento de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos cuando
procedan deberán ser ajustados conforme al siguiente procedimiento en términos del art. 57 fracción 111 y 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y lo que sea aplicable del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
No xxxxx xxxxx a ajuste de costos las cuotas compensatorias a que confortne a la Ley de \a materia pudiera estar sujeta Id importación de los bienes contemplados en la realización de los trabaJOS
Cuando el porcentaje del ajuste de los costos sea a! xxxx, será "El Contratista'· quien lo prornueva, dentro de los sesenta dias naturales siguientes a la publicacion de los indices aplicables al n1es correspondientt:, mediantt: la presentación por escriio de Is sol1cituc:. estudios v
documentación que la soporten S1 el referido porcentaje es a la baja será "La Dependencia" quien lo determine en el m1sn10 plazo, co;\
base en !a docurnentación comprobatoria que Xx XXXxxxxxxx, salvo en el caso del procedimiento de ajuste señalado en la fracción lll del articulo 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, conforme a! cual ínvariablernente "La Dependencia' deberá efectuarlo con independencia de que sea a !a alza o a !a baja_ Si transcurrido dicho plazo no promoviera "El Contratista" la solicitud señalada, precluira para éste el derecho para reclamar el ajuste de costos del mes de que se trate y de realizarlo a !a baja por parte de "La Dependencia".
"La Dependencia" dentro de los sesenta días naturales siguientes a la recepción de !a solicitud de "El Contratista", deberá emitir por oficio ta resolución que proceda. En caso contrario, la solicitud se tendrá por aprobada.
Cuando la documentación mediante la que se promueva los ajustes de costos sea deficiente o incompleta, "La Dependencia'· apercibirá por escrito a que "El Contratista" para que, en el plazo xx xxxx días hábiles a partir de que le sea requerido, subsane el error o complemente la información solicitada_ Transcurrido dicho plazo sin que "El Contratista" diera respuesta al apercibimiento, o no lo atendiere en forma correcta, se tendrá como no presentada la solicitud de ajuste de costos
El ajuste de costos directos que corresponda a \os trabajos ejecutados conforme a las estimaciones correspondientes, deberá cubrirse por
parte de "La Dependencia" a solicitud de "El Contratista", considerando el último porcentaje de ajuste que se tenga autorizado, en la estimación siguiente al mes en que se haya autorizado el ajuste concedido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 del Reglamento de !x Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con !as Mismas, y su pago se efectuará en vía deposito bancario a
través de la Tesorería de la Federación a la cuenta de cheques proporcionada por "El Contratista" por conducto de las oficinas de la Subdirección de Administración ubicadas en la Carretera Xalapa -Veracruz Km.0+700 Colonia S.A.H.O.P, Xalapa, Ver
Los ajustes se calcularán a partir de\ mes en que se haya producido el incremento o decren1ento en el costo de los insumos respecto de la obra faltante de eíecutar, conforme ai programa de ejecución pactado o. en caso de existir atraso no imputable a\ contratista, con respecto al programa convenido.
Cuando et atraso sea por causa imputable a "El Contratista', procederá el ajuste de costos exclusivamente para la obra que debiera estar pendiente de ejecutar conforme al programa convenido.
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Para efectos de cada una de las revisiones y aiuste de los costos, que se presenten durante la ejecución de los trabajos. el mes de origen de los precios será el del acto de presentación y apertura de proposiciones, aplicándose el último factor ue se haya autorizado
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Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos. serán calculados con base en los índices de precios al productor y comercio extenor/actualización de costos de obras públicas que determine el Banco de México. Cuando los índices que requieran tanto "El Contratista" como "La Dependencia", no se encuentren dentro de los publicados por el Banco de México, "La Dependencia" procederá a calcu!arlos en conjunto con "El Contratis1a" conforme a los precios que investiguen, por mercadeo directo o en publicaciones especializadas nacionales o internacionales considerando al menos tres fuentes distintas o utilizando los lineamientos y metodología que expida e! Banco de México
Los precios unitarios originales del contrato permanecerán fijos hasta !a terminación de los trabajos contratados El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de los costos indirectos, el costo por financian1iento y el cargo de utilidad originales durante el ejercicio del contrato: el costo por financiamiento estará st1jeto a ajuste de acuerdo a las variaciones de la tasa de interés que el contratista haya considerado en su proposición y a los demás lineamientos que para tal efecto emita la Secretaria de la Función Pública
Una vez aplicado el proced1n11ento respectivo y deterrrnnados los factores de ajuste. estos se apl:caran a! irTi¡:-iorie de las est11nac1one.s
generadas, sin que resulte necesario modificar la garantia de cumplimiento del c ontrato inicialmente otorgada
Cuando existan trabajos ejecutados fuera del periodo programado, por causa imputable a "El Contratista", el ajuste se realizará considerando el período en que debieron ser ejecutados.. conforme al programa convenido, salvo en el caso de que el factor de ajuste correspondiente al mes en el que efectivamente se ejecutaron, sea inferior a aquél en que debieron ejecutarse, en cuyo supuesto se aplicará este último
Una vez que "La Dependencia'· determine que es procedente el ajuste de costos, su cálculo se llevará a cabo conforme a! siguiente procedimiento observando la fracción 111 dei Articulo 57 de !x Xxx de Obras Publicas y Servicios relacionados con las mismas
"El Contratista" de no estar de acuerdo con !a proporción de intervención de los insumos ni su forma de medición durante el proceso de construcción. podrá solicitar su revisión a "La Dependencia" a efecto de que sean corregidos los ajustes de casios y de no llegarse a un acuerdo se aplicara el procedimiento enunciado en la fracción 1 del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con
!as Mismas.
NOVENA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Para la recepción de los trabajos materia del presente contrato, las partes se sujetan al siguiente procedimiento
Una vez concluidos los trabajos encomendados. "El Contratista'· comunicara a "La Dependencia'· de dicha circunstancia con objeto de que ésta dentro de un plazo que no exceda de \os siguientes cinco días calendario contados a partir de la seílalada comun1caci6n, verifique la debida terminación de \os mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente coníratc
Finalizada la verificación de !os traba¡os por parte de "La Dependencia". ésta procederá a su recepción física, en un plazo que no exceda xx xxxx días naturales, lo cual se realizará mediante la suscripción del acta c orrespondíente en la que intervendrán ios representantes de ambas partes. en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, quedando !os trabajos recibidos a partir de dicho acto, bajo la responsabilidad de "La Dependencia"
"La Dependencia" podrá efectuar recepciones parciales cuando a su juicio existieren trabajos terminados y sus partes sean identificables y susceptibles de utilizarse
Una vez formalizada !a recepción física de los trabajos, ambas partes procederán a los sesenta días naturales contados a partir de dicha recepción, a elaborar el finiquíto correspondiente. De existir desacuerdo entre las partes o bien en et supuesto de que "El Contratista'' no acuda a las instalaciones de "La Dependencia" en la fecha Indicada para !a elaboración del finiquito, esta última procederá a elaborarlo, comunicando su resultado a "El Contratista" dentro de un plazo xx xxxx días naturales, contado a partir de su emisión. quien una vez notificado del resultado de dicho finiquito, tendrá un plazo de quince días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda. Si transcurrido este plazo "El Contratista" no realiza alguna gestión, el resultado del finiquito se dará por aceptado
Determinado el saldo total, ''La dependencia" pondr8 a disposición de "El Contratista" el pago correspondiente mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitará el reintegro de \os importes resultantes; y en forma simultánea, se levantará el acta administrativa que dé por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el presente contrato
DÉCIMA.- REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA
"El Contratista" se obliga a designar anticipadamente a la iniciación de los trabajos en el sitio de realización de los mismos, un representante pern1anente, que fungírá como superintendente de construcción, el cuai debe estar facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún !as de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para !a toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento de este contrato
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"La Dependencia" se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la sustitución del superintendente de construcción, y "El Contratista'' tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el presente contrato y en la correspondiente convocatoria a la licitación.
DÉCIMA PRIMERA.- RELACIONES LABORALES
"El Contratista", como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia del contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. "Et Contratista" conviene por tanto en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de "La Dependencia", en relación con !os trabajos del contrato, debiendo cubrir cualesquier importe que de ello se derive y sacar a salvo y en paz de tales reclamaciones a "La Dependencia", a mas tardar a los diez dias naturales contados a partir de !a fecha en que sea notificado de ello por esta última y, en los supuestos de que con dicho motivo !legare a erogar alguna cantidad, "El Contratista" la reintegrará a "La Dependencia" en igual término
DÉCIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
'Ei Contr·atista" se obliga a que los materiales y equipo�. que se utilicen er. los trabajos objeto de este contrato cumplan con las Normas de Calidad que a Dependencia" tiene en vigor, rnisnias que forman partE: integ1·ante del presente contrRto y a qus i'a real1zacion de todcis 'J cada una de las partes de dicha obra se efectúen de conformidad con el proyecto y las especificaciones generales y particulares para los trabajos materia del presente contrato, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos que se llegaren a presentar en los trabajos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a "La Dependencia" o a terceros, en cuyo caso, se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato, hasta por el monto total de la misma
Igualmente se obliga "El Contratista" a no transferir a terceras personas físicas x xxxxxxx sus derechos y obligaciones derivadas de este contrato y sus anexos, sobre los bienes o trabajos ejecutados que ampara este contrato. salvo los derechos de cobro sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se requerirá la previa aprobación expresa y por escrito de "La Dependencia", en los términos de !x Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento
Si con motivo de la transmisión de !os derechos de cobro solicitada por el contratista se origina un retraso en el pago. no procederá el pago de gastos financieros a que hace referencia el articulo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
DÉCIMA TERCERA- PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
"La Dependencia" tendrá la facultad de verificar si las obras objeto de este contrato se están ejecutando por "El Contratista" de acuerdo con el programa de ejecución convenido, para lo cual ·'La Dependencia" comparara periódicamente el avance físico de las obras. Si como consecuencia de dichas comparaciones el avance de las obras es menor que lo que debi6 realizarse, ··La Dependencia" proceder<'! a·
1 - Retener en total el cinco poi· ciento (5°/o) de las diferenoas entre el importe de la obra realn1ente ejecutada (total estimado acumulado) y el importe de la que debió realizarse (total progran1aclo acumulado) Por lo tanto. quincena!rnente. se hará la retención o devolución que corresponda
Si al efectuarse la comparación correspondiente a la última quincena. del programa general, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el impuesto al valor agregado, procede hacer alguna retención. su importe se aplicará en favor del Erario Federal. como pena convencional por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de "El Contratista'·
ll.- Aplicará, para el caso de que "El Contratista" no concluya !a obra en la fecha señalada en el programa general considerando los ajustes de costos y sin aplicar el impuesto al valor agregado, una pena convencional consistente en una cantidad igual al cinco por ciento (5º/o) quincenal de! importe de los trabajos que no se hayan realizado en la fecha de terminación señalada en el programa general Esta pena se ajustará a la obra faltante por ejecutar y la cubrirá "El Contratista" quincenalmente, y hasta el momento en que las obras queden concluidas y recibidas a satisfacción de "La Dependencia"; estas penas convencionales se aplicarán quincenalmente, en las estimaciones correspondientes. En el supuesto que persistan \os atrasos en !a terminación de la obra al extremo de no haber en una quincena, volúmenes de obra qué estimar y por lo mismo de los cuales se pueda efectuar la retención y aplicación, "El Contratista" deberá enterar a "La Dependencia" mediante cheque certificado a favor de la Tesoreria de la Federación los importes que se generen por este motivo.
Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas, no se tomará en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas por "El Contratista".
Estas penas, en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento, en cuyo caso y !legado a dicho límite se dará inicio al procedimiento de rescisíón administrativa
Independientemente de !a aplicación de las penas convencionales señaladas anteriormente, cuando no se haya !legado al limite de la fianza de cumplimiento, "La Dependencia" podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato o la rescisión del mismo
Las cantidades que resulten de la aplicación de las penas convencionales que se impongan a "El Contratista" se harán efectivas con cargo a las cantidades que \e hayan sido retenidas, aplicando además, si da lugar a ello, \a fianza de cumplimiento, conforme a !o estipulado en la Cláusula Décima Quinta
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CONTRATO No. 3-4-CE-A-588-W-0-3
DÉCIMA CUARTA.· SUSPENSIÓN TEMPORAL Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
"La Dependencia" podrá suspender temporalmente en todo o en parte los trabajos contratados en cualquier momento por causa justificada para ello; temporalidad que no podrá ser indefinida
En caso de suspensión del presente contrato, éste podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido
!as causas que la motivaron.
La fecha de terminación del contrato se prorrogará en igual proporción ai periodo que comprenda la suspensión, sin modificar el plazo de ejecución convenido, la formalización se realizará mediante el acta circunstanciada de suspensión. en términos de lo dispuesto por el artículo 144 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Cuando la suspensión derive de un caso fortuito o fuerza mayor únicamente se suscribirá un convenio donde se reconozca el p!azo de la suspensión y las fechas de reinicio y terminación de los trabajos sin modificar ei plazo de ejecución del presente contrato, en términos del a1iicuio 14�; del Reglarnento de la Ley de Obras F'l1blicas y Serv1c1os Re.acionc:i.cjos con b:, M1srnas
"La Dependencia" podrá dar por terminado anticipadamente el contrato cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado: se determine !a nulidad de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emítida por la Secretaría de la Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente, o bien, no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión
Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación de los trabaJos, "El Contratista" podrá optar por no ejecutarlos. En este supuesto, si opta por la terminación anticipada del contrato. deberá solicitarla a "La Dependencia", quien determinará lo conducente dentro de los quince días naturales siguientes a la presentación del escrito respectivo, en caso de negativa, será necesario que el contratista obtenga de la autoridad judicial la declaratoria correspondiente
En el evento de que "La Dependencia" no produzca contestación a !a solicitud de "El Contratista" dentro del plazo señalado. se tendrá por aceptada la petición de este último.
Una, vez comunicada la terminación anticipada del contrato "La Dependencia procederá a tomar posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas, y en su caso, proceder a suspender los trabajos, levantando con o sin ia comparecencia de "El Contratista" acta circunstanciada del estado en que se encuentren los mismos, quedando obligado "El Contratista" a devolver a "La Dependencia, en un plazo xx xxxx días naturales contados a partir del inicio del procedimiento respectivo, toda la documentación que ésta le hubiere entregado para la real1zac1ón de los trabajos
DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO
las partes convienen que "la Dependencia" podrá en cualquier momento rescindir administrativamente este contrato. por cualesquiera ele las causas que a continuación se enumeran, es decir si "El Contratista"
a) Contraviene las disposiciones, lineamientos, convocatoria a !a licitación, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones administrativas sobre la materia.
b) No cumple con !os trabajos objeto de este contrato, conforme a los términos y condiciones pactados en el mismo y sus anexos
c) Suspende injustificadamente los trabajos objeto de este contrato.
d) Incurre en alguno de !os supuestos previstos en el artículo 157 del Regiamento de la ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
e) Incumple con cualesquiera de las obligaciones a su cargo en el presente in strumento
Las causales referidas dan iugar a la rescisión inmediata de este contrato, sin responsabilidad para "La Dependencia", ademas de que se le apliquen a "El Contratista" las penas convencionales conforme a !o establecido por este contrato o el sobrecosto que resulte de la rescisión, debiendo fundamentar y motivar las .causas de la aplicación de uno o de otro, independientemente de hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo y aplicarse en su caso a "El Contratista" los demás cargos que procedan.
Las partes convienen que cuando "La Dependencia" determine justificadamente !a rescisión administrativa del contrato, el inicio del procedimiento correspondiente se comunicara a "El Contratista" exponiendo !as razones que al efecto se tuvieren para que éste. dentro del término de quince (15) días hábiles contados a partir de! dla siguiente en que surta sus efectos !a notificación del inicio de ia rescisión, manifieste lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes, en cuyo caso, transcurrido dicho plazo, "La Dependencia'' resolverá !o procedente. dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a ta fecha en que hubiere recibido el escrito de contestación de "El Contratista" considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer "El Contratista". En el supuesto de no producir contestación "El Contratista", dentro del plazo señalado, se emitirá Ja resolución respectiva, en !os términos de la Ley de
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CONTRATO No. 3-4-CE-A-588-W-0-3
Una vez comunicado el inicio del procedimiento de rescisión administrativa del contrato "La Dependencia procederá a tomar posesión de ios trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de !as instalaciones respectivas, y en su caso, proceder a suspender los trabajos, levantando con o sin la comparecencia de "El Contratista", acta circunstanciada del estado en que se encuentre la obra y "El Contratista" estará obligado a devolver a "La Dependencia, en un plazo xx xxxx días naturales contados a partir del irnc1'0 del procedimiento, toda la documentación que ésta !e hubiere entregado para la realización de los trabajos
La determinación de dar por rescindido administrativamen1e el contrato, no podrá ser revocada o modificada por "La Dependencia'
Iniciado el procedimiento de rescisión y antes de su conclusión, "la Dependencia" podrá a su juicio, suspender el trán1ite del citado procedimiento, cuando se hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del presente contrato
En el caso de que se determine no rescindir el contrato, se reprogramarán los traba¡os una vez notificada \a resolución correspondiente por "La Dependencia" a "El Contratista"
DECIMA SEXTA.-
Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de la obra objeto de este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que !o integran, así como a los términos, lineamientos. procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Púbhcas y Servicios Relacionados con !as Mismas, su Reglamento y demás normas y disposiciones admlnistrativas que !e sean aplicables
DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS ESTIPULACIONES ESPECÍFICAS
"El Contratista" acepta que de las estimaciones que se !e cubran, se deduzca para los efectos de su aplicación por concepto de inspección de obras, conforme a las previsiones de la normatívidad aplicable, EL CERO PUNTO CINCO POR CIENTO (Q_SD/o), del monto de los trabajos contratados
Los derechos de autor u otros derechos exclusivos que resulten de este contrato invariablemente se constituirán a favor de 'l.a Dependencia"
DÉCIMA OCTAVA.- JURISDICCIÓN
Para la interpretación y cun1pllmiento del presente contrato_ asi como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el n11smo, las partes se someten a la aplicación cie la legislación vigente en la materia, así como a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes ubicados en ta Ciudad de México_ Distrito Federal, renunciando en consecuencia al fuero que pudiere corresponderle:o, en
razón de sus dom1cil1os presentes o futuros, o por cualquier otra causa
El presente contrato se firma en la Ciudad de Xalapa, Ver el dia Dieciocho del mes xx Xxxxx del 2013
POR "LA DEPENDENCIA.
EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO
ING. XXXXXXX XXXXX
(ELIMINADO)
NTR1\TISTA'
IAL Y CONSTRUCTOR
.SA DEC.V 031010RL6
EL SUBDIRECTOR D
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(ELIMINADO) (ELIMINADO)
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RJAMENTO EL
(ELIMINADO)
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(ELIMINADO)
SE ELIMINAN DATOS DE ACUERDO AL ART. 113, FRACCIÓN I, DE LA L.F.T.A.I.P.
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