CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA GESTIÓN, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMENTO DE LA CAFETERIA-RESTAURANTE
CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA GESTIÓN, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMENTO DE LA CAFETERIA-RESTAURANTE
FUNDACIÓ ES BALUARD MUSEU D’ART CONTEMPORANI DE XXXXX
XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE TIENEN QUE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA CONCESIÓN DEL MANTENIMIENTO, LA GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN COMERCIAL DE LA CAFETERÍA-RESTAURANTE
Exp. 2021-01
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Abierto. TRAMITACIÓN: ORDINARIA.
NÚMERO DE SOBRES A PRESENTAR: 3. LICITACIÓN ELECTRÓNICA: Sí.
REGULACIÓN ARMONIZADA: No sujeto a regulación armonizada.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Comisión Ejecutiva de la Fundació Es Ba- luard Museu d’Art Contemporani xx Xxxxx.
ENCARGADO DEL SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Comi-
sión Ejecutiva de la Fundació Es Baluard Museu d’Art Contemporani de Pal- ma.
COORDINADOR RESPONSABLE: La Dirección de la Fundación.
OBJETO DEL CONTRATO
La gestión, la explotación comercial y el mantenimiento de la cafetería- restaurante que está situada en el Museu Es Baluard xx Xxxxx, ubicado en la Plaza de la Porta de Santa Xxxxxxxx 10 – 07012 Palma.
El local que es el objeto de este contrato se librará al adjudicatario en las condiciones en que se encuentre en el momento del inicio del contrato.
Serán a cargo del adjudicatario los gastos que originen las reformas y limpie- za necesarias para la puesta a punto del mismo.
No se permite la cesión de la concesión. No hay división en lotes.
PERFIL DEL CONTRATANTE:
Página web de la Fundación: xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx/
PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx
Código CPV: 55300000-3 Servicios de restaurante y suministro de comidas.
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.
A.1.- CANON MÍNIMO ANUAL, A LICITAR: 103.200.- Euros.
A.2.- OTROS SISTEMAS DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO: No se prevén. A.3.- OTROS CRITERIOS EVALUABLES: Sí.
A.4.- LOTES: No hay división en lotes.
A.5.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 1.032.000.- Euros (IVA no inclui-
do). Contempla la posible prórroga.
A.6.- ESTUDIO DE VIABILIDAD: Anexo III.
B.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y ANUALIDADES.
No procede. No hay gasto.
C.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
DURACIÓN: Cinco (5) años.
FECHA DE INICIO: La que resulte fijada según acuerdo de adjudicación.
D.- ADMISIÓN DE PRÓRROGA Y CESIÓN DE LA CONCESIÓN.
Sí. Por un periodo igual al inicial: 5 años.
No se podrá ceder por ningún concepto la concesión a terceros, ni ceder a un tercero los derechos y obligaciones dimanantes de la concesión.
En el caso de que el adjudicatario sea una sociedad de capital, no está permi- tida la transmisión por cualquier título de las acciones o participaciones socia- les.
E.- PLAZO DE GARANTÍA DEFINITIVA.
1 mes a contar desde la entrega de llaves a la Fundación, en conformidad con lo previsto para la finalización del contrato.
F.- IDENTIFICACIÓN.
El licitador presentará la documentación que acredite la personalidad y capa- cidad.
En todo caso se aportará fotocopia autorizada NIF.
Las personas jurídicas aportarán copia autentificada de la escritura de consti- tución debidamente inscrita en el Registro Mercantil y estatutos sociales en vigor, que necesariamente tienen que estar adaptados a la legislación vigente en el momento de su presentación.
Cuando se trate de una persona jurídica, se aportará la escritura pública o copia autentificada, debidamente inscrita al Registro Mercantil en la que sea acreditado que el firmante de la proposición económica tiene apoderamiento suficiente para comparecer en esta licitación y contratar en nombre y repre- sentación de la persona o entidad representada.
G.- SOLVENCIA.
G.1.- CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATISTAS: No se exige.
Solo a los efectos de acreditación de la solvencia, el licitador puede presentar documentación acreditativa de estar clasificado como contratista de Servicios al Grupo M (servicios especializados), Subgrupo 6 (Hostelería y servicios de comida), Categoría 3 y esta clasificación, junto con una declaración respon- sable de su vigencia, sustituirá todas las solvencias exigidas en este pliego.
G.2.- MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.
La solvencia económica y financiera del empresario tendrá que acreditarse por el volumen anual de negocios del licitador en el mismo ámbito del contra- to, que referido al año de mayor volumen de negocios de los últimos tres dis- ponibles, tendrá que ser igual o superior a 300.000 Euros.
Esta solvencia económica y financiera se acreditará:
⎯ Personas jurídicas: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil.
⎯ Personas físicas: Declaración IRPF.
⎯ Resto de entidades no obligadas a formular cuentas anuales: La pre- sentación de los documentos contables y/o financieros que puedan acreditar suficientemente su solvencia económica y financiera.
G.3.- MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA TÉCNICA.
La solvencia técnica del empresario tendrá que acreditarse mediante declara- ción responsable del licitador haciendo relación de las concesiones obtenidas, trabajos o servicios realizados del mismo tipo que el del objeto del contrato, por cuenta propia o ajena en los últimos cinco años.
En el caso de empresa de nueva creación (tendrán esta consideración las que tengan una antigüedad inferior a cinco años) se podrá acreditar la sol- vencia técnica con una declaración responsable donde se indique la maquina- ria, material y equipo técnico del que dispondrá para la ejecución del contrato. Solo la empresa que resulte propuesta como adjudicataria tendrá que acredi- tar la disposición efectiva de estos medios, adjuntando la documentación acreditativa pertinente, dentro del plazo de 10 días hábiles del requerimiento de documentación recogido en el artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se trasponen las Direc- tivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (de ahora en adelante mencionada LCSP).
H.- REVISIÓN DE PRECIOS.
Durante el periodo inicial de vigencia del contrato, no se revisará el canon.
En el caso de prórroga del contrato, el canon fijo será revisado de acuerdo con la variación interanual que haya experimentado el IPC estatal o el índice estatal que lo sustituya, teniendo en cuenta los 60 meses posteriores al mes de adjudicación del contrato, con la limitación establecida en el artículo 90.3 del Real decreto legislativo 3/2001.
I.- GARANTÍAS.
I.1.- PROVISIONAL: No.
I.2.- DEFINITIVA: Sí. Importe correspondiente al DIEZ POR CIENTO del pre- cio final (importe calculado a partir de la totalidad del término del contrato y posible prórroga) ofrecido por el licitador que haya presentado la mejor oferta (IVA excluido).
Esta garantía podrá ser prestada en cualquier de las formas admitidas por el art. 108.1 LCSP. No cabrá la prestación de la garantía en la forma regulada al apartado 2 del mencionado artículo.
J.- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
Xxxxx y forma son descritos en la cláusula 13.1. La licitación es electrónica.
Las propuestas se presentarán en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
El plazo acabará en el día y hora que sea publicado en la mencionada Plata- forma.
K.- VARIANTES.
No se admiten variantes.
L.- CIRCUNSTANCIAS QUE DETERMINARÁN LA ADJUDICACIÓN EN CASO DE IGUALDAD EN LAS PROPUESTAS.
En caso de empate, la propuesta de la adjudicación se hará a favor de la em- presa que haya acreditado que el número de trabajadores con discapacidad es superior al 2%.
Si a pesar de todo esto todavía persiste la igualdad, el adjudicatario será se- leccionado mediante un sorteo, que se llevará a cabo en un acto público.
M.- PAGO DEL CANON. ACTUALIZACIÓN.
La renta que resulte de la licitación se tiene que abonar mensualmente y de forma anticipada, (por mensualidades anticipadas) junto con el IVA que sea de aplicación en cada momento.
La renta anual junto con su IVA será satisfecha mediante doce mensualida- des de un mínimo de 8.600 euros (más IVA) y hecha efectiva entre los días 1 a 5 de cada mes, en la c/c que designe la Fundación y, a continuación, pre- sentará el resguardo acreditativo del ingreso realizado.
Durante el periodo inicial de vigencia del contrato, el Museo no revisará el canon.
En el caso de prórroga del contrato, el canon fijo será revisado para toda la duración de la prórroga de acuerdo con la variación interanual que haya expe- rimentado el IPC estatal o el índice estatal que lo sustituya, teniendo en cuen- ta los 60 meses posteriores al mes de adjudicación del contrato, con la limitación establecida en el artículo 90.3 del Real decreto legislativo 3/2001.
N.- SUBCONTRATACIÓN.
No se permite, atendida la simplicidad de las prestaciones objeto del contrato. Si el adjudicatario es persona jurídica NO está permitida la transmisión por cualquier título de las acciones o participaciones sociales.
O.- LUGAR DE PRESTACIÓN.
El indicado en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas.
P.- PENALIDADES.
La imposición de penalidades por incumplimientos corresponderá al órgano de contratación.
a) Por incumplimiento muy grave:
La Fundación podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que, como regla general, será de un 5% del im- porte de la adjudicación del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que por la gravedad o la reiteración del incumplimiento, se pueda establecer hasta el 10% del importe de la adjudicación del contrato.
b) Por incumplimiento grave:
Como regla general, será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, mo- tivadamente, el órgano de contratación estime que, por la gravedad o la reite- ración del incumplimiento, se pueda establecer hasta un 5% del importe de la adjudicación del contrato.
c) Por incumplimiento leve: Apercibimiento por escrito.
El importe de las penalidades económicas será ingresado por la arrendataria en la cuenta titularidad de la Fundación que comunique en el plazo señalado en cada caso y podrá hacerse efectivo sobre la garantía que se haya consti- tuido, habiendo la arrendataria de responder el importe total de la garantía a requerimiento del órgano competente y en el plazo que este determine.
En cualquier caso, la imposición de las penalidades, no eximirán a la arrenda- taria de la obligación que legalmente tiene de reparación de los defectos.
Las penalidades previstas en este pliego se entenderán independientes de las responsabilidades de cariz civil, mercantil, administrativo, sanitario, tributario, penal, etc. en que incurra por los mismos hechos, y de la obligación de in- demnizar a los usuarios y/o a la Fundación Es Baluard o terceros de los da- ños y perjuicios causados.
Q.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
No se permite la modificación del contrato.
R.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN.
Además de la expiración del plazo del contrato, la resolución, caducidad o rescate y demás causas legalmente establecidas, son causas de resolución, con pérdida de la fianza:
⎯ Que el concesionario no empiece la gestión y explotación den- tro de los plazos establecidos.
⎯ Que el concesionario no la retome inmediatamente si la ha suspendido sin causa que lo justifique o lo abandone.
⎯ El incumplimiento del abono del canon por un plazo superior a tres meses.
⎯ El incumplimiento de la obligación de concertar los seguros o la demora en el pago de las primas de estos.
⎯ La inobservancia reiterada por parte del concesionario de cual- quier de las condiciones esenciales del contrato.
⎯ La cesión a terceros de los derechos y obligaciones que dima- nan de la concesión, así como la transmisión por cualquier títu- lo de las acciones o participaciones sociales, caso que el adjudicatario del contrato fuera una sociedad de capital, con- traviniendo así la prohibición exprés hecha al efecto.
⎯ La realización defectuosa del objeto del contrato, o incumpli- miento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para hacerlo.
⎯ El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato establecidas en la letra M del Cuadro de caracte- rísticas del contrato de este Pliego.
⎯ El incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación si este afecta a características que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación.
⎯ El incumplimiento de las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambien- tal, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, y, especialmente, los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los sa- xxxxxx o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa.
⎯ El incumplimiento de la obligación de proporcionar información relativa a las relaciones y condiciones laborales de los trabaja- dores.
⎯ El incumplimiento adecuado de la obligación de conservar el inmueble.
En todos estos casos, la resolución y posible confiscación de la garantía no extinguirá ni supondrá límite alguno a la posibilidad de la Fundación de recla- mar al contratista la totalidad de los daños y perjuicios ocasionados.
S.- PLAZO DE RECEPCIÓN.
Dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de conce- sión se librarán a la Fundación las llaves del local objeto del contrato y se levantará Acta de Recepción.
T.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
El adjudicatario tendrá que contratar, preferentemente con la misma compa- ñía del Museo, póliza de responsabilidad civil general por 1.500.000,00 euros (cubriendo la responsabilidad civil de explotación, la responsabilidad civil loca- tiva y la responsabilidad civil de productos que cubra los alimentos y bebidas suministradas) y póliza de comercio por 600.000,00 euros de contenido (mo- biliario e instalaciones) y de 600.000,00 euros de continente a primer riesgo, con la condición de beneficiaria a favor de la Fundación.
Al efecto, el arrendatario entregará previamente al inicio de su actividad las pólizas con las dichas coberturas que tendrá que mantener durante toda la vigencia de este contrato y, en su caso, prórrogas. Se podrá exigir al conce- sionario la acreditación de estar al corriente de pago en cualquier momento de la duración de la concesión.
Dado que se trata de una actividad que se lleva a cabo en un espacio del que la Fundación tiene el uso, independientemente de la garantía definitiva exigi- da, se cree adecuado exigir al concesionario esta cobertura, para responder de daños y riesgos que se pudieran producir y que resulten de su explotación. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en este pacto es causa de resolución contractual.
U.- PRESENTACIÓN DEUC, DE CARÁCTER OBLIGATORIO.
La documentación administrativa acreditativa de los requisitos previos se pre- sentará con una declaración responsable ajustada al DEUC, Documento Eu- ropeo Único de Contratación, que tendrá que estar firmada y con la correspondiente identificación.
Para poder rellenar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) se adjuntará en la publicación a la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE) del anuncio de licitación, un modelo de DEUC en formato editable para que se pueda rellenar por los licitadores
El DEUC tiene que firmarse electrónicamente antes de subirlo a la Platafor- ma.
CUADRO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERIA-RESTAURANTE
FUNDACIÓ ES BALUARD MUSEU D’ART CONTEMPORANI XX XXXXX
I.- DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
1.- RELATIVA A LOS CRITERIOS TÉCNICOS QUE REQUIEREN JUICIO DE VALOR.
El licitador tendrá que presentar, en el Sobre B.- PROPUESTA RELATIVA A ASPECTOS TÉCNICOS PARA SU VALORACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE
VALOR la propuesta firmada, según el modelo del Anexo X xxx xxxxxx.
La oferta tendrá que estar firmada por quien tenga poder suficiente para ha- cerlo, y no tiene que contener errores, omisiones u obstáculos para una inter- pretación correcta.
Se entiende que la oferta se ha presentado una vez contemplados todos los costes y tributos de toda clase.
2.- RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
El licitador tendrá que presentar, en el Sobre C.- PROPUESTA ECONÓMICA Y TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS la propuesta firmada, según el modelo del Anexo II xxx xxxxxx.
Esta no podrá ser inferior al tipo de licitación. La oferta tiene que ir firmada por quien tenga poder suficiente para hacerlo, y no tiene que contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta.
Se entiende que la oferta económica incluye todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graben la ejecución del con- trato.
II.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN QUE REQUIEREN JUICIOS DE VALOR.
Puntuación: Hasta 41 puntos que se descomponen en:
El adjudicatario tendrá que presentar un documento donde se describa el pro- yecto de explotación, que debe estar formado por 5 apartados estructurados como se define a continuación.
Cada uno de estos apartados se tiene que presentar empleando el Anexo I al que se adjuntará un documento explicativo de como máximo 5 hojas a doble cara (no se valorarán las hojas más allá de las 5 mencionadas), con medida de fuente Arial 12, y un anexo con las imágenes gráficas de apoyo, que no se contará dentro del límite establecido de 5 hojas por apartado.
1.- Descripción de la propuesta gastronómica, hasta 12 puntos.
La propuesta tendrá que contemplar los siguientes: Requisitos generales:
⎯ Servicio ininterrumpido: Sugerencias de carta y productos de comida y bebida para toda la franja horaria.
⎯ Públicos: Diferentes opciones de plato del día y carta para todos los públicos y para las diferentes restricciones alimentarias. Se valorarán ideas vegetarianas y veganas, así como propuestas gastronómicas que tengan en cuenta una dieta nutricionalmente equilibrada. Se va- lorará también una carta que tenga en cuenta el público infantil.
⎯ Productos: Propuestas de productos, proveedores y marcas de co- mercio local (dando en lo posible prioridad a proveedores locales), frescos y la introducción de alimentos básicos y manufacturados de agricultura ecológica y/o de comercio justo, productos de temporada y de proximidad. Una selección de productos (también en cuanto a los vinos u otras bebidas) que destaque para ser una oferta selectiva, donde se priorizan productos de calidad, artesanos y ecológicos, con el objetivo de diferenciarse de otros comercios de la zona. Se tendrá en cuenta que las comidas sean naturales y, si es posible, realizados en el momento.
⎯ Formatos: Una propuesta de acuerdo con las tendencias gastronómi- cas de momento.
⎯ Carta dinámica: Ideas para diferentes épocas y momentos del año, así como acciones relacionadas con la actividad del museo (p. ej. franjas horarias, días de la semana, época del año, exposiciones en curso, campañas de dinamización).
⎯ Servicios de catering: Propuesta de servicios de catering ofrecidos de carácter protocolario o representativo. Sugerencias de cóctel, finger food, cenas de gala y otras que el ofertante considere adecuadas te- niendo en cuenta la importancia que se menciona en el anterior apar- xxxx XXX sobre la justificación de la contratación.
Puntos mínimos a contemplar:
⎯ Concepto: Explicación del concepto del bar-cafetería.
⎯ Carta: Detalle de la propuesta teniendo en cuenta los siguientes mo- mentos del día:
⎯ 3 propuestas para la carta de desayunos (3 de comida y 3 de bebida).
⎯ 3 propuestas para la carta entre comidas (3 de comida y 3 de bebida).
⎯ 3 propuestas de plato del día (3 de comida y 3 de bebida).
⎯ Ingredientes y marcas: Describir y justificar la selección de ingredien- tes y marcas empleadas de cada uno de los platos de las cartas defi- nidas en el punto anterior.
⎯ Presentación de platos: Propuesta de presentación de cada uno de los platos de las cartas definidas en el punto de la carta. La presentación se podrá hacer a través de imágenes gráficas.
Las propuestas se valorarán como EXCELENTES, ACEPTABLES o DEFICIENTES.
Las EXCELENTES serán puntuadas con 12 puntos, las ACEPTABLES con 6 puntos y las DEFICIENTES con 0 puntos.
Para ser consideradas EXCELENTES, las propuestas tendrán que responder con solidez a los requisitos generales y puntos a contemplar definidos más arriba, a la vez que tendrán que ser realistas, viables, cumplir con los reque- rimientos definidos en los pliegos y aportar creatividad y calidad.
Serán consideradas como ACEPTABLES las propuestas que, a pesar de res- ponder con solidez a los requisitos generales y puntos a contemplar definidos más arriba, así como a los requerimientos definidos en los pliegos, tienen leves deficiencias en cuanto a su realismo, viabilidad, y/o a su aportación de creatividad y calidad.
Serán consideradas como DEFICIENTES las propuestas que no respondan con solidez a los requisitos generales y puntos a contemplar definidos más arriba y/o tengan graves deficiencias en cuanto a su realismo, viabilidad, cumplimiento de los requerimientos definidos en los pliegos y/o a su aporta- ción de creatividad y calidad.
2.- Propuesta de atención al cliente, hasta 8 puntos.
La propuesta tendrá que describir como el adjudicatario dará el servicio y la atención al cliente para garantizar un alto nivel de calidad, teniendo en cuenta que un elemento clave del éxito del proyecto es la calidad del servicio y que el bar-cafetería del Museo quiere ser un referente en cuanto a atención dentro de la ciudad.
La propuesta tendrá que incluir un procedimiento de atención al cliente que la empresa utilizará para mantener este estándar de calidad y que, tiene que incluir los conceptos en concreto que refuercen un buen servicio aplicado a
cada una de las fases de acogidas con el cliente: bienvenida, atención, factu- ración y despedida.
Además, la propuesta tiene que describir la metodología para garantizar las necesidades reales y poder cubrir puntas de servicio, bajas y periodos de vacaciones.
Las propuestas se valorarán como EXCELENTES, ACEPTABLES o DEFICIENTES.
Las EXCELENTES serán puntuadas con 8 puntos, las ACEPTABLES con 4 puntos y las DEFICIENTES con 0 puntos.
Para ser consideradas EXCELENTES, las propuestas tendrán que responder con solidez a los requisitos definidos más arriba, a la vez que tendrán que ser realistas, viables, cumplir con los requerimientos definidos en los pliegos y aportar creatividad y calidad.
Serán consideradas ACEPTABLES las propuestas que, a pesar de responder con solidez a los requisitos definidos más arriba y a los requerimientos defini- dos en los pliegos, tienen leves deficiencias en cuanto a su realismo, viabili- dad y/o a su aportación de creatividad y calidad.
Serán consideradas como DEFICIENTES las propuestas que no respondan con solidez a los requisitos definidos más arriba y/o tengan graves deficien- cias en cuanto a su realismo, viabilidad, cumplimientos de los requerimientos definidos en los pliegos y/o a su aportación de creatividad y calidad.
3.- Propuesta de menaje, puesta en escena, uniformes y ambientación, hasta 8 puntos.
El adjudicatario tendrá que presentar una propuesta de menaje, puesta en escena, uniformes y ambientación que apoye la identidad del bar-cafetería.
La propuesta tiene que incluir propuestas concretas de menaje y elementos decorativos, con fotografías de los elementos decorativos propuestos o de diseños parecidos, y que tienen que contemplar lo siguiente:
⎯ Menaje: propuesta concreta de como mínimo 3 opciones de menaje, como, por ejemplo, tazas o vasos para las bebidas calientes, plato uti- lizado para el plato del día y desayuno, copas para el vino. Se valorará el uso de artículos, materiales y productos ecológicos en la vajilla, la cubertería y el menaje de mesas.
⎯ Puesta en escena: se valorará recibir 3 fotografías de propuestas de presentación de platos: plato del día, merienda y platos.
⎯ Uniformes: Propuesta de 2 uniformes para los camareros que apoyen la identidad del bar-cafetería y sean coherentes con el concepto de espacio y cocina (tipo de modelo, tejidos, diseño, colores).
⎯ Ambientación: Se valorará una ambientación que esté en coherencia con la imagen e identidad del bar-cafetería y el entorno donde están ubicados. Propuesta de distribución-decoración de las diferentes zo- nas del espacio, tanto para los espacios destinados al público como para los que se tienen que dedicar a cocina o trabajo en general.
Las propuestas se valorarán como EXCELENTES, ACEPTABLES o DEFICIENTES.
Las EXCELENTES serán puntuadas con 8 puntos, las ACEPTABLES con 4 puntos y las DEFICIENTES con 0 puntos.
Para ser consideradas EXCELENTES, las propuestas tendrán que responder con solidez a los requisitos definidos más arriba, a la vez que tendrán que ser realistas, viables, cumplir con los requerimientos definidos en los pliegos y aportar creatividad y calidad.
Serán consideradas como ACEPTABLES las propuestas que, a pesar de res- ponder con solidez a los requisitos definidos más arriba y a los requerimientos definidos en los pliegos, tienen leves deficiencias en cuanto a su realismo, viabilidad, y/o a su aportación de creatividad y calidad.
Serán consideradas como DEFICIENTES las propuestas que no respondan con solidez a los requisitos definidos más arriba y/o tengan graves deficien- cias en cuanto a su realismo, viabilidad, cumplimiento de los requerimientos definidos en los pliegos y/o a su aportación de creatividad y calidad.
4.- Descripción del proyecto de comunicación, difusión y dinamización, hasta 7 puntos.
En este punto se valorará la propuesta de comunicación, que tiene que estar alineada con la imagen del Museo.
El adjudicatario tendrá que presentar una propuesta que incluirá:
⎯ Identidad: una propuesta de aplicación del nombre de la cafetería con ejemplos de aplicaciones gráficas (servicios, carta, uniformes).
⎯ Comunicación y difusión: propuesta de plan de comunicación del bar- cafetería alineada con la imagen del Museo y con los requisitos defini- dos en el Pliego Técnico, así como la descripción del tono de los men- sajes y de ejemplos en redes sociales.
⎯ Web
⎯ Descripción de la estructura y contenidos que incluirá el site pa- ra presentar el espacio, los servicios y la oferta de la cafetería.
⎯ Características técnicas de la web. Descripción del site asegu- rando que cumple los requerimientos mínimos xxx xxxxxx técni- co.
⎯ Se valorará diseño adaptativo (responsive design) y ser acce- sible (cumpliendo los estándares W3C y de accesibilidad WAI en un nivel AA).
⎯ Dinamización: Sugerencias de acciones y/o actividades concretas para la dinamización del servicio que tengan en cuenta el tono y la progra- mación del Museo y que aporten valor a los diferentes públicos.
Las propuestas se valorarán como EXCELENTES, ACEPTABLES o DEFICIENTES.
Las EXCELENTES serán puntuadas con 7 puntos, las ACEPTABLES con 3,5 puntos y las DEFICIENTES con 0 puntos.
Para ser consideradas EXCELENTES, las propuestas tendrán que responder con solidez a los requisitos definidos más arriba, a la vez que tendrán que ser realistas, viables, cumplir con los requerimientos definidos en los pliegos y aportar creatividad y calidad.
Serán consideradas como ACEPTABLES las propuestas que, a pesar de res- ponder con solidez a los requisitos definidos más arriba y a los requerimientos definidos en los pliegos, tienen leves deficiencias en cuanto a su realismo, viabilidad, y/o a su aportación de creatividad y calidad.
Serán consideradas como DEFICIENTES las propuestas que no respondan con solidez a los requisitos definidos más arriba y/o tengan graves deficien- cias en cuanto a su realismo, viabilidad, cumplimiento de los requerimientos definidos en los pliegos y/o a su aportación de creatividad y calidad.
5.- Propuesta de metodología para a la buena gestión y coordinación de los equipos, hasta 6 puntos.
El adjudicatario tendrá que presentar una propuesta sobre la metodología a seguir para garantizar la buena gestión y coordinación de los equipos, tenien- do en cuenta los requerimientos definidos en los pliegos, y para una buena resolución del servicio.
La propuesta tendrá que incluir:
⎯ Plan de gestión del equipo: una descripción detallada de la dirección, coordinación y supervisión del equipo.
⎯ Metodología a seguir para el buen traspaso de información entre la di- rección del adjudicatario y el equipo del bar-cafetería.
⎯ Plan de formación de los equipos, detallando los cursos específicos.
⎯ Descripción de acciones y/o de actividades realizadas por la empresa con el objetivo de mantener un equipo altamente motivado.
⎯ Plan de gestión de los riesgos, con la descripción de los procesos de identificación, valoración, generación de contramedidas, seguimiento y control de los riesgos.
Las propuestas se valorarán como EXCELENTES, ACEPTABLES o DEFICIENTES.
Las EXCELENTES serán puntuadas con 6 puntos, las ACEPTABLES con 3 puntos y las DEFICIENTES con 0 puntos.
Para ser consideradas EXCELENTES, las propuestas tendrán que responder con solidez a los requisitos definidos más arriba, a la vez que tendrán que ser realistas, viables, cumplir con los requerimientos definidos en los pliegos y aportar creatividad y calidad.
Serán consideradas como ACEPTABLES las propuestas que, a pesar de res- ponder con solidez a los requisitos definidos más arriba y a los requerimientos definidos en los pliegos, tienen leves deficiencias en cuanto a su realismo, viabilidad, y/o a su aportación de creatividad y calidad.
Serán consideradas como DEFICIENTES las propuestas que no respondan con solidez a los requisitos definidos más arriba y/o tengan graves deficien- cias en cuanto a su realismo, viabilidad, cumplimiento de los requerimientos definidos en los pliegos y/o a su aportación de creatividad y calidad.
III.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
Puntuación: Hasta 59 puntos.
1.- Por la mejora del canon anual fijado en los Pliegos, hasta 35 puntos.
Se dará la máxima puntuación a la oferta más alta. El resto de ofertas se valo- rarán de forma proporcional siguiendo la siguiente fórmula:
<< (Importe de la oferta – canon anual fijado en los Pliegos) / (Importe de la oferta más alta - canon anual fijado en los Pliegos)
El resultado de este cálculo se multiplicará por 35 para determinar los puntos finalmente obtenidos>>.
El canon anual fijado en los pliegos es de 103.200 Euros (sin contemplar IVA), con una facturación mensual de 8.600 Euros (en esta cifra no se ha in- cluido IVA).
2.- Ampliación del horario del bar-cafetería, hasta 9 puntos.
Las franjas horarias que pueden ser ampliadas a efectos de valoración (siem- pre por horas enteras, las fracciones no se tendrán en consideración) son las siguientes:
Xx xxxxxx a viernes, de 10h a 20h. Sábados, de 10h a 20 x.
Xxxxxxxx, de 10h a 15h.
A partir de las franjas anteriores, las ampliaciones que se valorarán son las siguientes:
Ampliación máxima | Valoración por hora ampliada | Valoración máxima posi- ble a obtener | |
Xx xxxxxx x xxxxxxx, a partir de las 9h (de 9h a 10h). | 1h | 4 puntos | 4 puntos |
Viernes, sábados i vigilias de festivos, hasta las 22h. | 2h | 1 punto | 2 puntos |
Domingos, hasta las 16h. | 1h | 3 puntos | 3 puntos |
3.- Por ofrecer descuentos para los (i) Trabajadores y Personal del Museo, (ii) Amigos del museo y (iii) Pedidos especiales, hasta 10 puntos.
Se valorará el incremento del porcentaje de descuento mínimo establecido en los pliegos y recogidos a la tabla siguiente.
Se otorgará la máxima puntuación al incremento más alto de cada tipología y se asignarán 0 puntos a las ofertas que no incrementen el porcentaje mínimo de descuento detallado a la tabla siguiente.
El resto de incrementos se puntuarán de manera proporcional para cada tipo- logía por aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación del descuento ofrecido = (Puntuación Máxima x Ofrecida) / Mejor ofrecida
Tipología | Porcentaje de descuento mínimo | Valoración máxima |
Trabajadores i Personal del Museo | 10% | Hasta 5 puntos |
Pedidos de comida y bebida para reunio- nes del Museo y catering para las activi- dades propias del Museo | 10% | Hasta 3 puntos |
Amigos del Museo | 10% | Hasta 2 puntos |
4.- Por la aplicación de medidas de carácter social, hasta 5 puntos.
Se valorarán estas medidas de carácter social porque afectan directamente a las condiciones laborales del personal adscrito y en consecuencia pueden tener una incidencia directa en la atención al cliente y en la calidad de la pres- tación del servicio.
a) Si la empresa acredita que dispone de un Protocolo para la pre- vención, la detección, la actuación y resolución de situaciones de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, aprobado a la fecha fin del plazo de presentación de ofertas, 2,5 puntos.
b) Si la empresa acredita que dispone de un Plan de igualdad entre hombres y mujeres, aprobado a la fecha fin del plazo de presenta- ción de ofertas, 2,5 puntos.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERIA-RESTAURANTE
FUNDACIÓ ES BALUARD MUSEU D’ART CONTEMPORANI XX XXXXX I.- DISPOSICIONES GENERALES.
1. Objeto del contrato.
El objeto del contrato es la concesión de la gestión, explotación comercial y mantenimiento de la cafetería-restaurante que está situada en el Museo Es Baluard xx Xxxxx, ubicado en la Plaza de la Porta de Santa Xxxxxxxx 10 – 07012 Palma.
La ejecución del objeto del contrato tiene que adecuarse a las condiciones que figuran en el contrato, en este Pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas, documentos que tienen carácter contractual.
2.- Órgano de contratación.
2.1.- El órgano de contratación es la Comisión Ejecutiva de la Fundación Es Baluard Museu d’Art Contemporani xx Xxxxx.
2.2.- El órgano de contratación tiene facultad para adjudicar el contrato co- rrespondiente y, en consecuencia, tiene las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrece el cumplimiento, modificarlo, acordar la resolu- ción y determinar los efectos, todo con sujeción a la normativa aplicable.
3.- Régimen jurídico y jurisdicción.
3.1.- Régimen jurídico.
La Fundación Es Baluard Museu d’Art Contemporani xx Xxxxx es una entidad del sector público, poder adjudicador no administración pública, por el que el régimen jurídico del contrato en lo definido en el artículo 26.3 LCSP.
3.2.- Jurisdicción.
Por esta misma razón al no ser administración pública y sí entidad del sector público poder adjudicador, la jurisdicción será la que resulte de la aplicación del art. 27 LCSP.
4.- Capacidad para contratar.
4.1.- Pueden contratar con la Fundación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, con plena capacidad de obrar, no se encuentren comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 71 de la LCSP 9/2017.
Las personas jurídicas solo pueden ser adjudicatarias de contratos, las pres- taciones de los cuales, estén comprendidas dentro de las finalidades, objeto o ámbito de actividad que, de acuerdo con los estatutos o reglas fundacionales, les sean propios, y tienen que disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la ejecución debida del contrato.
Se acreditará la capacidad de obrar en los términos establecidos en la cláusu- la 14 de este Pliego.
Las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea tienen capacidad para contratar siempre que, de acuerdo con la legislación del Esta- do en el cual estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato.
Pueden contratar con la Fundación uniones de empresarios que se constitu- yan temporalmente a tal efecto, sin que sea necesaria la formalización en escritura pública hasta que se haya adjudicado el contrato a su favor.
4.2.- Para contratar con la Fundación, las personas físicas o jurídicas tienen que acreditar su solvencia económica, financiera y técnica profesional de acuerdo con lo exigido en la LCSP 9/2017.
4.3.- Los empresarios tienen que contar con la habilitación empresarial o pro- fesional que, si procede, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del contrato.
4.4.- No pueden concurrir a la licitación las empresas que han participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos prepara- torios de este contrato, siempre que esta participación pueda provocar restric- ciones a la libre concurrencia o pueda suponer un trato privilegiado respecto del resto de las empresas licitadoras.
A efectos de garantizar el principio de igualdad de trato y evitar el falseamien- to de la competencia, el órgano de contratación tomará las medidas adecua- das en conformidad con el artículo 70 de la LCSP.
4.5.- Las personas que contraten con la Fundación podrán hacerlo por sí mismas o mediante la representación de personas debidamente facultadas para hacerlo.
4.6.- Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, la sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o el adquirente del patrimonio, siempre que cumpla las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de con- tratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en este Pliego para participar en el procedimiento de adjudicación.
En el supuesto de que se produzca la modificación de la composición de una unión temporal de empresas, esta quedará excluida del procedimiento. No tendrá la consideración de modificación de la composición la alteración de la participación de las empresas siempre que se mantenga la misma clasifica- ción. Quedará excluida también del procedimiento de adjudicación del contra- to una unión temporal de empresas cuando alguna o algunas de las empresas que la integren quedara culpable en prohibición de contratar.
Las operaciones de fusión, escisión y aportación o transmisión de rama de actividad que sean objeto de alguna o algunas empresas integradas en una unión temporal no impedirán la continuación de esta en el procedimiento de adjudicación. En el supuesto de que la sociedad absorbente, la resultante de
la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente de la rama de actividad no sean empresas integrantes de la unión temporal, será necesario que ten- gan plena capacidad de obrar, no estén culpables en prohibición de contratar y que se mantenga la solvencia y la capacidad exigidas.
Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, en conformidad con el artículo 65.1, segundo párrafo, de la LCSP, se le requieran al contratista de- terminados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, el licitador tendrá que presentar en el sobre de la documentación general una declaración en la cual manifieste que cumple con estos requisitos, y, en caso de que resulte propuesto adjudicatario del contrato, acreditarlos efectivamente.
5.- Solvencia.
5.1.- La solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigible en este contrato, se tiene que acreditar por los medios que se indican en la letra G del Cuadro de características del contrato, en la cual constan los criterios de selección de los licitadores que pueden acceder a la adjudicación de este contrato.
5.2.- Los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios constituirán una presunción de aptitud en los términos reseñados en el artículo 97 de la LCSP.
5.3.- Para acreditar la solvencia necesaria para subscribir el contrato, el em- presario podrá basarse en la solvencia y los medios de otras entidades, inde- pendientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de estos medios.
En todo caso, la integración de solvencia con medios externos estará sujeta al que se dispone en el artículo 75 LCSP.
5.4.- El órgano de contratación puede pedir a los licitadores las aclaraciones sobre los certificados y los documentos presentados que estime pertinentes, o requerirlos para que presenten otros complementarios.
6. Presupuesto de licitación.
6.1.- El presupuesto de licitación anual que tiene que servir de base para el pago del canon de explotación de esta concesión, figura en la letra A del Cuadro de características del contrato y no podrá ser inferior a esta cantidad la que el adjudicatario se comprometa a satisfacer. Sí que podrá ser modifi- cado al alza como consecuencia de la licitación.
El presupuesto de licitación está adecuado a los precios xxx xxxxxxx y se ha determinado teniendo en cuenta los costes directos, indirectos y otros even- tuales gastos.
Así mismo se ha tenido en cuenta de forma principal el estudio ejecutado por “Tasaciones Inmobiliarias, SAU” (TINSA) sobre la xxxxx xx xxxxxxx en fecha 24 mayo 2021.
Dado que se trata de un alquiler de un inmueble, se considera que este infor- me xx xxxxxxx cumple mejor la finalidad de suministro a los posibles licitado- res del valor objetivo del bien y de las condiciones en que se puede explotar, razón por la que se ha optado por poner a su disposición este informe y no una estimación que, difícilmente sea ajustada u objetiva puesto que -en defini- tiva- el rendimiento depende no tanto del cálculo como de la actividad que efectivamente se lleve a cabo por el adjudicatario.
6.2.- El valor estimado del contrato, calculado en conformidad con el artículo 101 de la LCSP, es el que figura en la letra A del Cuadro de características del contrato. Esta información ha sido obtenida a partir del cálculo hecho en el estudio antes mencionado y que se incorpora a este pliego como Xxxxx XXX.
7.- Explotación, canon y revisión.
Las actividades consignadas en el objeto del contrato de los Pliegos de Cláu- sulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, serán las únicas que podrá ser objeto de explotación comercial.
Se considerará como canon que tiene que satisfacer el concesionario a la Fundación que resulte de la adjudicación definitiva de la licitación.
El canon, por su especial característica xx xxxxx se encuentra sujeto a IVA. Durante el periodo inicial de vigencia del contrato, el Museo no revisará el canon.
En el caso de prórroga del contrato, el canon fijo será revisado de acuerdo con la variación interanual que haya experimentado el IPC estatal o el índice estatal que lo sustituya, teniendo en cuenta los 60 meses posteriores al mes de adjudicación del contrato, con la limitación establecida en el artículo 90.3 del Real decreto legislativo 3/2001.
8.- Duración del contrato. Plazo de ejecución.
La duración del contrato es la que figura en la letra C del cuadro de caracte- rísticas del contrato.
9.- Revisión de precios.
El sistema o fórmula de revisión de precios aplicable a esta contratación, así como el sistema de aplicación, se indican en la letra H del Cuadro de caracte- rísticas del contrato.
II.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
10.- Procedimiento de adjudicación y tramitación.
La adjudicación del contrato se llevará a cabo mediante procedimiento abier- to, en conformidad con lo que establecen los artículos 156 en 158 de la LCSP.
El contrato se adjudicará tomando como base los criterios de adjudicación que se indican en el Cuadro de criterios de adjudicación del contrato.
La tramitación del procedimiento será ordinaria.
La presentación de ofertas se llevará a cabo utilizando medios electrónicos, tal y como se indica en la Portada de este Pliego y de acuerdo con lo estable-
cido en la cláusula 12.1 de este Pliego y en la letra J del Cuadro de caracte- rísticas del contrato.
Las notificaciones y comunicaciones referidas a la presente contratación se realizarán, a todos los efectos, por medios exclusivamente electrónicos, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
En todo caso, los licitadores tendrán que indicar en la declaración responsa- ble la dirección de correo electrónico habilitada en la cual efectuar notificacio- nes electrónicas. En cualquier momento del procedimiento los licitadores podrán comunicar la modificación de esta dirección.
El plazo para considerar rechazada la notificación electrónica, con los efectos que prevé el artículo 41.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedi- miento administrativo común, será xx xxxx días, salvo el caso en que se noti- fique la adjudicación del contrato, qué será de cinco días.
11.- Garantía provisional.
No se exige garantía provisional.
12.- Propuestas de los interesados.
12.1.- Las propuestas se tienen que presentar en la forma indicada en esta cláusula y en las cláusulas 13 y 14, ya sea por medios electrónicos.
La forma de presentación de ofertas en el presente contrato tendrá lugar por licitación electrónica: las propuestas se presentarán necesariamente por me- dios electrónicos. Los licitadores tendrán que preparar y presentar sus ofertas íntegramente y obligatoriamente de forma telemática mediante la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Para lo cual, tendrán que seguir las indicaciones detalladas en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas, accesible en el siguiente enlace:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx
En esta Guía o en la herramienta mencionada se detallan los formatos de documentos electrónicos admitidos.
Para poder usar esta herramienta es requisito inexcusable ser un usuario “operador económico” registrado de la Plataforma de Contratación de Sector Público. El registro tendrá que incluir los datos básicos y los datos adiciona- les. En la Guía de Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Pú- blico para Empresas (Guía del Operador Económico), accesible en el enlace anterior, se detalla el procedimiento para darse de alta.
12.2.- La forma de presentación de ofertas en el presente procedimiento de adjudicación es la que se indica en la Portada de este Pliego y en la letra J del Cuadro de características del contrato.
12.3.- En el supuesto de que un licitador presente su proposición por medios diferentes a los indicados, sea íntegra o parcialmente, no será admitido al procedimiento de adjudicación del contrato, y no se le otorgará ningún trámite de enmienda.
12.4.- En conformidad con la letra h) del apartado 1 de la Disposición Adicio- nal 16 de la LCSP, cuando lo permita la Plataforma de Contratación del Sec- tor Público, el envío por medios electrónicos de las ofertas podrá hacerse en dos fases, transmitiendo primero la huella electrónica de la oferta, con la re- cepción de la cual se considerará efectuada su presentación a todos los efec- tos, y después la oferta propiamente dicha en un plazo máximo de 24 horas. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada.
12.5.- Las propuestas se presentarán en el lugar y plazo señalados en la letra J del Cuadro de características del contrato.
Si el día indicado fuera sábado o festivo, será el primer día hábil siguiente.
12.6.- Los interesados podrán acceder a los pliegos y la documentación com- plementaria por medios electrónicos a través del perfil de contratante.
12.7.- La Mesa de contratación proporcionará a todos los interesados en el procedimiento de licitación, a más tardar 6 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, la información adicional sobre los plie- gos y otra documentación complementaria que soliciten, a condición de que lo hubieran pedido al menos 12 días antes del transcurso del plazo de presenta- ción de las propuestas.
12.8.- Las propuestas de los interesados tendrán que ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por parte del empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin excepción o reserva alguna, así como la autori- zación al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Re- gistro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
12.9.- Igualmente supone la autorización, salvo que el licitador manifieste ex- presamente su oposición, para consultar la información relativa a su identidad y, si procede a la de su representante, salvo que se trate del pasaporte, al cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y con la Seguridad Social, y para obtener aquellos datos o documentos que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administra- ción, siempre que, en este último caso, el licitador haya manifestado expre- samente que no desea aportarlos al presente procedimiento y haya indicado en qué momento y ante qué órgano administrativo los presentó, en conformi- dad con la cláusula 20.7 de este Pliego.
12.10.- Las propuestas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanti- cen tal carácter hasta el momento de apertura de las propuestas.
12.11.- El importe de la propuesta económica será un canon al alza según el establecido en la letra A del Cuadro de características del contrato.
12.12.- Los interesados tendrán que presentar sus ofertas referidas a la totali- dad de los servicios objeto del contrato.
12.13.- Cada interesado podrá presentar solo una oferta en relación con el objeto del contrato que licite.
12.14.- El empresario que haya presentado oferta en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar oferta individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. En el supuesto en que haya lotes, esta prohibición también será aplicable en relación a cada lote de la licitación.
El incumplimiento de las normas contenidas en las cláusulas anteriores, dará lugar a la no admisión de todas las ofertas subscritas por el licitador.
12.15.- Una vez librada o enviada la proposición, no podrá ser retirada.
13.- Forma de las propuestas.
13.1.- Las propuestas constarán de tres sobres, en conformidad con las re- glas siguientes:
Los sobres serán A, B y C y tendrán que indicar de forma clara y perfecta- mente visible los siguientes títulos:
Sobre A.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
Sobre B.- PROPOSICIÓN RELATIVA A ASPECTOS TÉCNICOS PARA SU VALORACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE VALOR.
Sobre C.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y PROPOSICIÓN TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
13.2.- Los sobres tienen que estar cerrados y tienen que estar identificados con la indicación de la licitación a que se concurre, el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, el NIF, el nombre y los apellidos del representante, si procede, los números de teléfono y de fax, y la dirección electrónica.
El sobre tiene que estar firmado por el licitador o la persona que lo represen- te.
Si se trata de una unión temporal de empresas, se tienen que indicar los da- tos de cada uno de los empresarios, y los sobres tienen que ir firmados por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión.
Los sobres se presentan por medios electrónicos y por tanto la firma será electrónica y el sobre quedará automáticamente cerrado.
En el supuesto de que el licitador considere que su proposición contiene da- tos y documentos que son susceptibles de ser considerados confidenciales, podrá presentar, de acuerdo con el artículo 133 LCSP, una declaración en la cual indique qué datos y documentos son de carácter confidencial, justificán- dolo adecuadamente. Esta declaración tendrá que presentarse en el momen- to de presentar su oferta.
Los documentos y datos presentados por los licitadores pueden ser conside- rados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser con- traria a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector.
De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee este carácter.
No se considerarán confidenciales los documentos que tengan el carácter de documentos de acceso público, entendiéndose por tales los depositados en archivos y registros oficiales y los publicados en boletines oficiales de cual- quier ámbito. La declaración de confidencialidad no podrá afectar a la totali- dad de la oferta.
En caso de que la Mesa de contratación considere que los datos y documen- tos calificados como confidenciales no tienen este carácter, podrá determinar cuáles tienen carácter confidencial, teniendo que motivarlo en el expediente.
14.- Contenido de las propuestas.
14.1.- Los licitadores tendrán que presentar sus propuestas en la forma indi- cada en la cláusula 13. La documentación general, la propuesta económica y la propuesta técnica para la valoración de los criterios de selección cuantifica- bles mediante fórmulas matemáticas se presentarán en los términos que se establecen a continuación:
14.2.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (SOBRE A), que se tendrá que
presentar original:
El licitador presentará la declaración responsable en el formato DEUC previs- to en la cláusula U del Cuadro de Características del contrato. Exime el licita- dor de aportar la documentación relativa a la personalidad y capacidad de obrar, la representación, las solvencias económica y financiera, y técnica y profesional y/o la clasificación que se requieran en este contrato, la declara- ción de no estar incurso en prohibiciones de contratar, el compromiso de aportar en el contrato los medios materiales y personales necesarios para ejecutarlo, de suscripción y presentación de la póliza de responsabilidad civil y responsabilidad civil profesional requerida y del cumplimiento de requisitos en materia de prevención de riesgos laborales, sin perjuicio de la obligación de presentar la documentación exigida, a requerimiento de la Administración, previo a la adopción de la propuesta de adjudicación.
La dirección de correo electrónico indicada en el DEUC tiene que ser la direc- ción de correo electrónico habilitada en la cual efectuar las notificaciones
14.3.- PROPOSICIÓN RELATIVA A ASPECTOS TÉCNICOS PARA SU VALORACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE VALOR (SOBRE B):
El licitador tiene que presentar su oferta de los aspectos técnicos evaluables mediante juicios de valor según el modelo del Anexo I de este Pliego y la documentación relativa a los criterios de adjudicación que se indica en los puntos I.1 i II del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato y en la cláu- sula 13.
Esta documentación tiene que estar firmada por quien tenga poder suficiente para hacerlo, y no tiene que contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta.
La documentación relativa a los criterios de adjudicación que sean evaluables mediante un juicio de valor no se tiene que incluir en el sobre que contiene la documentación relativa a los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas y se deja constancia expresa de que la infracción de este mandato dará lugar a excluir el licitador.
14.4.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y PROPOSICIÓN TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE C):
El licitador tiene que presentar su oferta económica según el modelo del Anexo II de este Pliego y la documentación relativa a los criterios de adjudi- cación cuantificables mediante fórmulas que se indica en los puntos I.2 i III del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato.
Esta documentación tiene que estar firmada por quien tenga poder suficiente para hacerlo, y no tiene que contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta.
El importe tiene que expresarse claramente en números y letras. Se tiene que indicar el importe, IVA excluido.
Se entiende que la oferta económica incluye todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graben la ejecución del con- trato.
La documentación relativa a los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas no se tiene que incluir en el sobre que contiene la documentación relativa en los criterios de adjudicación que sean evaluables mediante un jui- cio de valor y se deja constancia expresa de que la infracción de este manda- to dará lugar a excluir el licitador.
14.5.- En el caso de unión temporal de empresarios, se tendrá que presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios del contrato. Este documento tiene que ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión.
Los miembros de la unión tienen que indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la componen, la participación de cada uno de ellos y tie- nen que designar un representante o apoderado único.
14.6.- Cuando un licitador considere que algún documento incluido en su pro- posición técnica tiene que ser considerado como confidencial, en conformidad con el artículo 133 de la LCSP, tendrá que designar expresamente los docu- mentos que reúnan este carácter. Esta circunstancia tendrá que reflejarse claramente (sobreimpresa, en el margen o de cualquier otra manera) en el documento mismo.
No se admitirá designación genérica de confidencialidad.
14.7.- Toda la documentación presentada por los licitadores tiene que ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o
compulsadas, de acuerdo con la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, si procede, que se tiene que aportar en original.
15.- Criterios de adjudicación.
15.1.- Para valorar las propuestas y determinar la oferta más ventajosa eco- nómicamente, se tendrán en cuenta los criterios vinculados directamente al objeto del contrato, basados en los que prevé el artículo 146 de la LCSP, que se indican, junto con la ponderación atribuida a cada uno, en el Cuadro de criterios de adjudicación del contrato.
15.2.- Las propuestas se evaluarán de acuerdo con las fórmulas o el modo de valoración respecto de los criterios de adjudicación, establecidos en el Cuadro de criterios de adjudicación del contrato.
15.3.- Obtenida la puntuación respecto de cada uno de los criterios de todas las ofertas presentadas y no declaradas desproporcionadas o anormales, se sumará la puntuación total de cada una, y será seleccionada la que obtenga más puntuación.
Si se produce igualdad en las propuestas más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado el cumpli- miento de las circunstancias que se indican a la letra L del Cuadro de caracte- rísticas del contrato, de acuerdo con el artículo 147 de la LCSP.
Si a pesar de todo esto todavía persiste la igualdad, el adjudicatario será se- leccionado mediante un sorteo, que se llevará a cabo en un acto público. Así se prevé especialmente por esta licitación.
16.- Calificación de la documentación general.
Concluido el plazo de presentación de propuestas, la Mesa de Contratación, en acto interno, calificará la documentación general contenida en los sobres A presentados por los licitadores.
Si observa defectos u omisiones enmendables en la declaración responsable presentada, lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de esta notificación en el expediente, y se le concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los enmiende.
No se podrá otorgar un nuevo plazo de enmienda si la declaración responsa- ble que el licitador presenta durante el plazo de enmienda contiene defectos u omisiones, aunque sean enmendables.
La falta de enmienda en el plazo señalado de los defectos u omisiones adver- tidos dará lugar a la exclusión.
Si la documentación de un licitador contiene defectos sustanciales o deficien- cias materiales no enmendables, no será admitido a la licitación.
La Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solven- cia de los licitadores, podrá pedirles las aclaraciones que estime oportuno sobre los certificados y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios.
17.- Apertura de propuestas y propuesta de adjudicación.
La apertura de las propuestas presentadas y la propuesta de adjudicación del contrato se hará según el procedimiento que se indica a continuación, en fun- ción de los criterios de adjudicación y su forma de evaluación. En conformidad con lo que prevé el artículo 157.4 LCSP, la apertura de las propuestas podrá no ser pública puesto que se prevé la utilización de medios electrónicos.
17.1.- La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del so- bre A y realizadas las enmiendas y, si procede, aportados las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se ha conferido a tal efecto, abrirá las propuestas de los licitadores admitidos, de acuerdo con el procedimiento siguiente:
La apertura se podrá realizar en acto interno, puesto que se prevé la utiliza- ción de medios electrónicos, y se realizarán los trámites y las acciones reque- ridas en la Plataforma de Contratación del Sector Público, incluida la desencriptación de las ofertas presentadas en los sobres B y C de cada admi- tida.
Si se realizara en acto público, el Presidente explicará a los asistentes el nú- mero de propuestas recibidas y el nombre de los licitadores, comunicará el resultado de la calificación de la documentación general presentada a los so- bres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de la exclusión, e invitará a los asistentes a formular las observacio- nes que estimen oportunas, que se reflejarán en el acta, pero sin que en este momento, la Mesa de contratación pueda hacerse cargo de documentos que no hayan sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o el de enmienda de defectos u omisiones.
A continuación, el Presidente de la Mesa de contratación abrirá los sobres B y C de los licitadores admitidos, y leerá las ofertas y la relación de los documen- tos aportados respecto del resto de criterios de adjudicación.
Acabada la apertura de las propuestas, se podrá considerar concluido el acto público de apertura de propuestas, del desarrollo del cual se dejará constan- cia en el acta de la reunión de la Mesa de contratación.
17.2.- La Mesa de Contratación, en el mismo acto o en un acto posterior, después de solicitar, si procede, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al Órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en cualquier caso la ponderación de los crite- xxxx indicados en la cláusula 15 y en el Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. Esta propuesta no crea ningún derecho.
18.- Requerimiento previo a la adjudicación.
18.1.- A la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, el órgano de contratación o la unidad gestora del expediente de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en qué hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se especifica en las cláusu- las 19 y 20, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a las capaci- dades de las cuales se recurra, salvo que lo hubiera presentado con anterioridad.
18.2.- Una vez presentada la documentación, el órgano de contratación o la unidad gestora del expediente de contratación procederá a la calificación de la documentación presentada por el licitador.
18.3.- Si observara defectos u omisiones enmendables en la documentación presentada, lo notificará al licitador, dejando constancia de esta notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que los enmiende.
18.4.- Tanto el requerimiento mencionado como la comunicación de los defec- tos u omisiones enmendables se realizarán, a todos los efectos, por medios electrónicos, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
18.5 La documentación que presente el licitador en este momento tendrá que estar a disposición del órgano de contratación o la unidad gestora del expe- diente de contratación antes de la finalización del plazo para enmendar.
18.6.- A efectos de completar la acreditación de la capacidad y la solvencia del licitador, se podrá pedir a este, las aclaraciones que se estimen oportunas sobre los certificados y documentos presentados, así como requerirle para la presentación otros documentos complementarios.
18.7.- De no rellenarse el requerimiento en el plazo señalado o de no enmen- darse en plazo los defectos u omisiones advertidos, o en el supuesto de que la documentación del licitador contenga defectos sustanciales o deficiencias materiales no enmendables, se entenderá que el licitador ha retirado su ofer- ta.
18.8.- Así mismo, en este caso, se procederá a recaudar la misma documen- tación al licitador siguiente, por el orden en qué hayan sido clasificadas las ofertas y sin necesidad de ponderar nuevamente los criterios de adjudicación ni de recalcular las puntuaciones de los licitadores.
19.- Constitución de la garantía definitiva.
Esta garantía podrá ser prestada en cualquiera de las formas admitidas por el art. 108.1 LCSP. No cabrá la prestación de la garantía en la forma regulada en el apartado 2 del mencionado artículo.
19.1.- El licitador que haya presentado la mejor oferta tendrá que acreditar, en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente del día en qué haya sido requerido para hacerlo, la constitución de la garantía definitiva por importe xxx XXXX POR CIENTO del precio final (IVA excluido) ofrecido por el licitador que haya presentado la mejor oferta.
Este porcentaje se justifica por la tipología contractual y la importancia del bien que es objeto del contrato.
19.2.- La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP 9/2017.
19.3.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, el valor de este experimente variación, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolu- ción de modificación del contrato, de acuerdo con el que dispone el artículo 109 de la LCSP.
19.4.- En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este la tiene que reponer o am- pliar, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la eje- cución, y, en caso contrario, incurre en causa de resolución.
20.- Documentación que tiene que presentar el licitador seleccionado para la adjudicación.
20.1 El licitador que haya presentado la mejor oferta tendrá que acreditar, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente del día en que se le haya requerido hacerlo, la Documentación administrativa siguien- te, que se tendrá que presentar mediante original o copia autentificada. Tam- bién se podrá presentar documentación cotejada.
a) Índice de todos los documentos incluidos en este sobre.
b) La acreditación de la personalidad del empresario.
Si es un empresario individual tiene que presentar el DNI, NIF o, si procede, el pasaporte.
Si es una persona jurídica española, tiene que presentar el NIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, si procede, adaptada debida- mente a la Ley e inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible de acuerdo con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo es, tendrá que presentar la escritura o el documento de constitución, xx xxxx- ficación, estatutos o acta fundacional en el cual consten las normas por las cuales se regula su actividad, inscritos, si procede, en el registro público co- rrespondiente.
Las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea ten- drán que acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que indica la normativa de desarrollo de la LCSP. Además, tendrán que acreditar que están habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato, de acuerdo con la legislación del Estado en el cual estén establecidas, cuando el estado mencionado exija una autorización especial o la pertenencia de una determi- nada organización.
El resto de empresarios extranjeros tendrán que acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el estado correspondiendo o la Oficina Consular en el ámbito de la cual se ubique el domicilio de la empresa. Así mismo, tendrán que aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo al hecho que el estado de procedencia admite, a su vez, la participación de em-
presas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustan- cialmente análoga. También tendrán que acreditar que tienen sucursal abierta en España, que han designado apoderados o representantes para sus opera- ciones y la inscripción en el Registro Mercantil.
Si varios empresarios acuden a la licitación y constituyen una unión temporal, cada uno de ellos tendrá que acreditar la personalidad y capacidad, y tendrán que indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la subscri- ban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un re- presentante o apoderado único.
c) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante repre- sentante.
Cuando el licitador actúe mediante representante, tendrá que aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debida- mente inscrita en el Registro Mercantil, excepto en el supuesto de que el lici- tador esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y este documento esté inscrito en el Registro, o, no estándolo, pueda consultarse el Registro Electrónico de Apoderamien- tos.
Este documento tiene que estar validado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación.
En el caso de unión temporal de empresarios, tiene que designarse un repre- sentante o apoderado único de la unión con suficientes poderes para ejercitar los derechos y para cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción de este, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cantidad significati- va.
d) La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o pro- fesional, en conformidad con lo que establece la cláusula 5 de este Pliego y el Cuadro de características del contrato.
Cuando se presente clasificación para sustituir las solvencias, se tiene que acreditar mediante la presentación del certificado de clasificación expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
El certificado de clasificación tiene que ir acompañado en cualquier caso de una declaración responsable en la cual el licitador manifiesta que los datos de clasificación no han experimentado variación y continúa vigente a efectos del artículo 82 de la LCSP 9/2017.
No obstante, los empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acrediten, si procede, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de acuerdo con los requisitos establecidos en la cláusula 5 de este Pliego y en el Cuadro de características del contrato. Las uniones temporales de empresarios pueden también acreditar que han obtenido la clasificación como empresa contratista de servicios. En este caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la unión
temporal de empresas, a efectos de poder sustituir las solvencias exigidas en este Pliego.
Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, tendrán que acreditar la solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Cuando no se acredite clasificación, los licitadores tienen que aportar la do- cumentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional que se indica en la letra F del Cuadro de características del con- trato.
En este caso, las empresas que liciten en unión temporal tienen que acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, sin perjuicio de lo que dispone la cláusula 5 de este Pliego. Las características acreditadas por cada una se acumularán a efectos de determi- nar la solvencia de la unión temporal.
e) Anexo IV. Declaración artículo 71 LCSP 9/2017, cumplimiento seguro seguridad social, exclusión paraísos fiscales y adhesión a condiciones especiales de ejecución.
f) Anexo V. Declaración responsable del licitador, indicando si es pyme y si pertenece a un grupo empresarial.
La presentación del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Lici- tadores y Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares eximirá el licitador de apor- tar la documentación relativa a la personalidad y capacidad de obrar y la re- presentación, como también la habilitación profesional o empresarial, la solvencia económica y financiera y/o la clasificación que se requieran en este contrato, sin perjuicio de la obligación de presentar la documentación exigida que no conste en el certificado.
Este certificado tiene que ir acompañado, en cualquier caso, de una declara- ción responsable en la cual el licitador manifieste que las circunstancias que se reflejan no han experimentado variación.
En el caso que se observen defectos en la documentación exigida anterior, le será otorgado al licitador un plazo de tres días hábiles para enmendarlo, si no se reparan en el plazo que conceda el órgano de contratación será, así mis- mo, causa de exclusión de la licitación.
Los documentos tienen que presentarse en lengua catalana x xxxxxxxxxx.
20.2.- También tendrá que acreditar que se encuentra al corriente en el cum- plimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y xxx xxxx- ro de responsabilidad civil y responsabilidad civil profesional, en conformidad con el Anexo IV.
20.2.1 La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obliga- ciones tributarias y de seguro que se refieren en este pliego se realizará pre- sentando la documentación siguiente, original o copia autentificada o compulsada, de acuerdo con la normativa de desarrollo del LCSP 9/2017:
a) Último recibo del impuesto sobre actividades económicas (IAE) o el docu- mento de alta en este, cuando el alta sea reciente y no haya surgido todavia la obligación de pago, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto. En el supuesto que el licitador esté incluido en alguno de los supuestos de exención del impuesto, tendrá que presentar el documento de alta y una declaración responsable en que se acredite esta circunstancia.
b) Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Admi- nistración del Estado, en cuanto a las obligaciones tributarias con este último o, en los casos en que así se indique en el requerimiento, autorización al ór- gano de contratación para que solicite en su nombre esta certificación.
c) Acreditación de estar al corriente en cuanto a sus obligaciones con el Ayun- tamiento xx Xxxxx, el Consell Insular de Mallorca y el Gobierno de las Islas Baleares.
d) Seguro de responsabilidad civil y responsabilidad civil profesional.
e) Acreditación en el cumplimiento de las obligaciones en materia de preven- ción de riesgos laborales.
20.2.2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obliga- ciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. Cuando así se indique en el re- querimiento, esta certificación podrá ser sustituida por una autorización al órgano de contratación para que solicite en su nombre esta certificación. En el supuesto que tenga que tenerse en cuenta alguna exención, se tendrá que acreditar esta circunstancia mediante declaración responsable.
20.3.- Las certificaciones a las que se refieren las cláusulas anteriores ten- drán que ser expedidas de acuerdo con lo que dispone la legislación que sea de aplicación y, si procede, podrán ser enviadas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable sobre esto.
20.4.- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, tendrán que presentar certificación expedida por la autoridad compe- tente en el país de procedencia, acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes. Así mismo, tendrán que presentar certificación también expedida por la autoridad compe- tente en la cual se acredite que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exigen en el país de su nacionalidad. To- da la documentación mencionada en este apartado tendrá que referirse a los doce últimos meses.
20.5.- El licitador tendrá que aportar, si procede, los documentos que acredi- ten la disposición efectiva de los medios que se haya comprometido a adscri- bir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo que prevén la cláusula 5.2 y la letra F.5 del Cuadro de características del contrato de este Pliego.
21.- Adjudicación.
21.1.- La adjudicación del contrato se tiene que dictar en el plazo máximo de quince días naturales a contar desde el día siguiente del día de apertura de las propuestas.
21.2.- Transcurrido este plazo sin haberse producido la adjudicación, los lici- tadores podrán retirar sus ofertas.
21.3.- La adjudicación se tiene que dictar, en cualquier caso, siempre que alguna de las ofertas presentadas reúna los requisitos exigidos en el Pliego de cláusulas, y no puede, en este caso, declararse desierta la licitación.
No obstante, en los términos previstos en el artículo 152 de la LCSP 9/2017, el órgano de contratación, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a subscribir el contrato por razones de interés público, o desistir del procedi- miento tramitado, cuando este sufra defectos no enmendables.
21.4.- La adjudicación del contrato, que en todo caso tendrá que ser motiva- da, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publica- rá en el perfil del contratante del órgano de contratación.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confi- dencialidad contenida en el artículo 133 de la LCSP.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
22.- Formalización del contrato.
22.1 El adjudicatario queda obligado a subscribir, dentro del plazo que esta- blece el artículo 153, el documento administrativo de formalización del contra- to, al cual se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las pres- cripciones técnicas.
El contrato podrá ser subscrito electrónicamente o en la sede del órgano de contratación o en el lugar que este indique.
El contrato se perfecciona con la formalización.
22.2.- El contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, e irán a cargo suyo los gastos derivados de su otorgamiento.
22.3.- Si por causa imputable al adjudicatario no se puede formalizar el con- trato dentro del plazo indicado, la Fundación podrá acordar exigirle el importe del 3% del presupuesto de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad. En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la do- cumentación que se especifica en las cláusulas 19 y 20, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a las capacidades de las cuales se recurra, salvo que lo hubiera presentado con anterioridad, en conformidad con lo es- tablecido en la cláusula 18 de este Pliego.
Si las causas de no-formalización son imputables a la Fundación, se tiene que indemnizar al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
23.- Responsable del contrato.
El órgano de contratación será el responsable del contrato, supervisará la ejecución y comprobará que su realización se ajusta a lo que establece el contrato, y adoptará las decisiones y dará al contratista las órdenes e instruc- ciones necesarias a fin de asegurar la realización correcta de la prestación pactada.
El responsable del contrato es el que figura en la portada de este Xxxxxx, a quien corresponde, por lo tanto, la dirección e inspección de la ejecución del contrato, y puede ser auxiliado por colaboradores que integrarán el equipo de dirección.
24. Obligaciones del contratista.
24.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones con- tenidas en este Pliego de cláusulas administrativas particulares, y observará fielmente lo que establece el Pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, si procede, le dé por escrito el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
El contratista será el responsable de la calidad técnica de los trabajos que lleve a cabo y de las prestaciones y de los servicios realizados.
24.2.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Es obligación del contratista indemnizar a los terceros de todos los daños y perjuicios que les cause, él mismo o personal o medios que dependan de él, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se produzcan durante la ejecución del contrato, tanto a la Administración como a terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el trabajo haya incurrido.
24.3.- El contratista tendrá que cumplir, bajo su responsabilidad exclusiva, las disposiciones vigentes en materia fiscalidad, protección del medio ambiente, protección de la ocupación, igualdad de género, condiciones de trabajo, pre- vención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y la obligación de contratar a un número o porcentaje especifico de personas con discapacidad, así como la obligación de cumplir las condi- ciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación, y tendrá que tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del cual tendrá, a todos los efec- tos, la condición de empresario.
El personal que el contratista destine a la ejecución del contrato no tendrá vinculación laboral o de cualquier otro tipo con la Administración contratante. Este personal quedará exclusivamente bajo el poder de dirección del contra-
xxxxx, sin perjuicio de las facultades que la normativa de contratación reconoce al órgano de contratación.
24.4.- En los casos en que lo exija la normativa vigente, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, el contratista ten- drá la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales. En cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 130 de la LCSP, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabaja- dores a los cuales afecte la subrogación, si procede, se detallan en el Cuadro de características del contrato. Estas previsiones en relación con la subroga- ción de trabajadores serán también aplicables a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación.
Cuando se produzca esta subrogación, el contratista tendrá que proporcionar al órgano de contratación, si este se lo requiere o, en todo caso, con una an- telación mínima de 4 meses a la finalización del plazo de ejecución del contra- to, la información relativa a la relación y las condiciones laborales de los trabajadores que tengan que ser objeto de subrogaciones sucesivas.
24.5.- El contratista tendrá que guardar sigilo respecto de los datos o antece- dentes que, no siente públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con motivo de este.
24.6.- El contratista tendrá que respetar el carácter confidencial de la informa- ción a la que tenga acceso a causa de la ejecución del contrato y a la cual se haya dado el carácter mencionado en la letra Y del Cuadro de características del contrato de este Pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza tenga que ser tratada como tal.
Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conoci- miento de esta información, salvo que en el Cuadro mencionado o en el con- trato se establezca un plazo más amplio.
Serán responsabilidad del contratista los daños y perjuicios que durante la ejecución o explotación de las obras se causen tanto a la Administración co- mo terceros por defectos e insuficiencias técnicas, o por los errores materia- les, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en qué haya incurrido y sean imputables al contratista.
25.- Gastos e impuestos por cuenta del contratista.
Tanto en las ofertas presentadas por los interesados, como en los presupues- tos de adjudicación, se entienden comprendidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graben la ejecución del con- trato, que irán por cuenta del contratista.
Se consideran también incluidas en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resulten necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los desplazamientos posibles.
26. Pago del precio.
El contratista tendrá que abonar mensualmente según ha sido descrito en la letra M del Cuadro de características del contrato el canon que resulte de la
licitación, y de las sucesivas revisiones en caso de que se renueve o prorro- gue el contrato.
27.- Incumplimiento del contrato. Resolución.
27.1.- Cuando el contratista, por causas imputables a éste, haya incurrido en incumplimiento del contrato, la Fundación podrá optar por la resolución del contrato, con pérdida, si procede, de la garantía constituida o la imposición de las penalidades previstas.
27.2.- Esto no excluye la indemnización a qué pueda tener derecho la Funda- ción por los daños y perjuicios ocasionados por el contratista.
27.3.- La constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Fundación.
27.4.- Si hay retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no impu- tables al contratista, la Fundación podrá conceder la prórroga adecuada, de acuerdo con el que dispone el artículo 195 de la LCSP.
27.5.- El órgano de contratación podrá optar por imponer las penalidades pre- vistas o resolver el contrato con confiscación de la garantía constituida en los siguientes casos, además de los casos que resulten de la aplicación de la legalidad vigente:
Si el concesionario no empieza la gestión y explotación dentro de los plazos establecidos.
Si el concesionario no la retoma inmediatamente si la ha suspendido sin cau- sa que lo justifique o lo abandone.
Si el concesionario incumple la obligación de abono del canon por un plazo superior a tres meses.
Si el concesionario incumple la obligación de concertar los seguros o la demo- ra en el pago de las primas de estos.
Si el concesionario incumple de forma reiterada cualquiera de las condiciones esenciales del contrato.
Si el contratista realiza defectuosamente el objeto del contrato, o incumple el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios per- sonales o materiales suficientes para hacerlo.
Si el contratista incumple las condiciones especiales de ejecución del contrato establecidas en la letra M del Cuadro de características del contrato de este Pliego.
Si el incumplimiento o el cumplimiento defectuoso de la prestación afecta a características que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de ad- judicación.
Si en la ejecución del contrato el contratista incumple con las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el de- recho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y labo- ral que vinculen en el Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, y, especialmente, los incumplimientos o los retrasos reiterados en el
pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa.
Si el contratista incumple la obligación de proporcionar información relativa a las relaciones y condiciones laborales de los trabajadores.
Si el contratista subcontrata o de cualquier forma cede a terceros los dere- chos y obligaciones que dimanan de la concesión o, en caso de que sea so- ciedad de capital, se transmiten por cualquier título sus acciones o participaciones sociales, contraviniendo así la prohibición expresa hecha al efecto.
Si el contratista no cumple adecuadamente su obligación de conservar el in- mueble.
En todos estos casos, la imposición de las penalidades previstas o la resolu- ción y posible confiscación de la garantía no extinguirá ni supondrá límite al- guno a la posibilidad de la Fundación de reclamar al contratista la totalidad de los daños y perjuicios ocasionados.
28.- Cesión del contrato y subcontratación.
No está permitida la subcontratación.
29. Modificación del contrato.
No está permitida la modificación.
30.- Extinción. Causas de resolución.
La concesión se extinguirá por alguna de las causas siguientes: Expiración del plazo de la concesión, resolución, caducidad o rescate, además de las previstas a todos los efectos en el artículo 294 de la Ley de Contratos del Sector Público.
31.- Reversión.
Al acabar el plazo fijado en la concesión o cualquiera de sus prórrogas, la parte arrendataria tendrá que proceder a la inmediata devolución de las llaves y a la libre posesión y disposición del local. El mobiliario, las instalaciones, las mejoras y las reparaciones que afecten a todos los soportes puestos a dispo- sición del concesionario o instalados de nuevo revertirán a la Fundación y pasarán a ser de su propiedad.
32.- Derechos de propiedad.
La concesión se considerará otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.
V.- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO.
33.- Cumplimiento del contrato.
33.1 El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado la totalidad del objeto, en conformidad con lo que establece este Pliego y, si procede, lo que se hará constar de forma expresa en un Acta de Recepción del Servicio.
33.2.- Si lo que ha sido objeto de este contrato no se encuentra en condicio- nes de ser recibido, se dejará constancia expresa de esta circunstancia y la Fundación podrá optar entre dar las instrucciones necesarias al contratista para que enmiende los defectos observados, o haga una nueva ejecución de acuerdo con lo que se haya pactado, o recibirlas, todo sin perjuicio de llevar a cabo las actuaciones necesarias que se reclamarán al contratista, primera- mente confiscando en su caso la garantía constituida y, si no fuera suficiente, contra su patrimonio.
34. Resolución y extinción del contrato.
El contrato se extinguirá por su cumplimiento o por su resolución, en los tér- minos que ya han sido detallados.
35.- Plazo de garantía.
35.1.- El objeto del contrato quedará sujeto al plazo de garantía que se indica en la letra E del Cuadro de características del contrato, a contar desde la fe- cha de entrega de las llaves a la Fundación, plazo durante el cual la Funda- ción podrá comprobar que la prestación realizada se ajusta a aquello que se ha contratado y a aquello que se ha estipulado en este Pliego y en el de pres- cripciones técnicas.
Si el plazo de garantía transcurre sin que se hayan formulado objeciones la responsabilidad del contratista quedará extinguida.
35.2.- Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a reparar, a cargo suyo, todas las deficiencias que se puedan observar en lo ejecutado, con independencia de las consecuencias que se puedan derivar de las res- ponsabilidades en qué haya podido incurrir, de acuerdo con el que establecen este Pliego y la LCSP.
36.- Devolución o cancelación de la garantía definitiva.
36.1.- Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no hay responsabilidades que se tengan que ejercitar sobre la garantía defini- tiva, y transcurrido el periodo de garantía.
36.2.- Transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de finalización del con- trato sin que la recepción formal haya tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías.