MODELO DE CONTRATO
MODELO DE CONTRATO
CONTRATO 00/13 Contratación Directa Nº 21/2013 “Pintura Externa e Interna del Centro de Salud del Km 8 del Distrito de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx”. XX 000000
En la ciudad de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, República del Paraguay, a los ---- días del mes de del año
dos mil trece, entre la Municipalidad de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y, representada en este acto por la el Señor XXXXXXXX XXXXXXXX en su carácter de SECRETARIO GENERAL y Señorita Abogada XXXXXXX XXXXXXXX en carácter de INTENDENTE MUNICIPAL, con domicilio en la Municipalidad de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, y por una parte LA MUNICIPALIDAD; y por la otra la Empresa -----------------
---- con RUC Nº ----------------, quien fija domicilio legal en el , en adelante
EL CONTRATISTA, convienen en celebrar el presente Contrato de Ejecución de Obra Pública, individualizado como CONTRATO 00/13 Contratación Directa Nº 21/2013 “Pintura Externa e Interna del Centro de Salud del Km 8 del Distrito de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx”. ID 255930, que será financiado con FONDOS PROVENIENTES DE LOS RECURSOS DE ROYALTIES
Y COMPENSACIONES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2013, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:-
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
1.1. El presente Contrato tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones que asumen las partes contratantes y a cuyo fiel cumplimiento se obligan, dirigido a la ejecución por parte de EL CONTRATISTA para la Municipalidad de la obra de referencia, que EL CONTRATISTA acepta adecuar al mismo los trabajos que se obliga realizar por este instrumento, en cuanto a planos, especificaciones técnicas, y demás exigencias del documento contractual sobredicho.---------------------------------------------
CLÁUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1. Son documentos que integran el presente Contrato:
1. El Texto del presente Contrato.
2. Todos los documentos presentados por el oferente.
3. Especificaciones económicas y técnicas proveídos por la Municipalidad de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, para el proceso de contratación directa en referencia.
4. Acta labrada en oportunidad de la apertura de sobres de ofertas.
5. Póliza de Fiel Cumplimiento de Contrato.
CLÁUSULA TERCERA: EXTENSIÓN DE LOS SERVICIOS
Las partes contratantes entienden y convienen que EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra denominada Contratación Directa Nº 21/2013 “Pintura Externa e Interna del Centro de Salud del Km 8 del Distrito de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx”. ID 255930, detallada en las condiciones económicas y técnicas, cómputo métrico, proyecto de obra, las que de conformidad a la resolución municipal de adjudicación del llamado a Contratación Directa, comprende los rubros, precios unitarios y precios totales propuestos por EL CONTRATISTA, en su presentación de oferta para su participación en el presente procedimiento de contratación directa-------------
CLÁUSULA CUARTA: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES Y FISCALIZACIÓN DE OBRA
0.0.Xx Municipalidad, a través del respectivo representante designado, supervisará los trabajos de EL CONTRATISTA, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones a las que se halla sujeto, emanadas del presente Contrato, debiendo la Empresa contratista tratar con dicha dependencia municipal, todos los asuntos pertinentes a sus servicios.---------------------------------
4.2. La Municipalidad hará pagos a la Empresa Contratista de acuerdo al Plan establecido, detallado más delante de acuerdo a la oferta económica aprobada.----------------------
CLÁUSULA QUINTA: PLAZO DE EJECUCIÓN E INICIO DE OBRA
5.1. El plazo de ejecución es de 90 (noventa) días calendarios posteriores al inicio de las obras.
Lista de Cantidades y sus Precios
PRESUPUESTO PINTURA | May-13 | |||||
Nº | CODIGO CATALOGO | RUBR O | UNIDAD | CA NT. | PRECIO UNITARIO | COSTO |
PINTURAS Y OTROS | ||||||
1 | 72102401-001 | Instalación de obra (andamiaje) | gl | 1,0 | ||
2 | 72102401-001 | Pintura INTERIOR al látex con enduido (con sellador acrílico, látex para interior y enduido para interior, andamio, CON LIJADO PREVIO) | m2 | 1524,0 | ||
3 | 72102401-001 | Pintura EXTERIOR al látex con enduido (con sellador acrílico, látex para exterior y enduido para exterior, andamio, CON LIJADO PREVIO) | m2 | 244,0 | ||
4 | 72102401-001 | Pintura de abertura al látex. | m2 | 60,0 | ||
5 | 72102401-001 | Pintura techo al barniz | m2 | 330,0 | ||
6 | 72102401-001 | Limpieza de lugar de obras | m2 | 330 | ||
TOTAL GENERAL PINTURA G. |
SON GUARANIES:
5.2. La fecha de inicio es la de 48 horas posteriores a la orden de inicio, previo pago de la Entrega inicia l prevista a EL CONTRATISTA en la Cláusula SEXTA.
CLÁUSULA SEXTA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGOS
6.1. El monto del presente contrato, conforme a las Condiciones Económicas y Técnicas y basándose en las cantidades y precios que figuran en la Oferta del Contratista, asciende al monto total de Gs: ------------------
(Guaraníes ---------------------------), incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA).----------------
Se establece la forma de pago de acuerdo a las siguientes etapas: ----------------------------
1. A la firma del Contrato, en carácter de antic ipo, la suma de G. --------------------- (Guaraníes ---------------
-------------------) correspondiente al 40% (cuarenta por ciento) del monto total de este contrato. El anticipo deber ser cubierto el 100% con una Póliza de Seguro.
2. El saldo será pagado sobre la base de certificaciones de avance de la obra, realizadas por el fiscalizador de la Obra, previa deducción en la misma proporción hasta cubrir el importe total del anticipo. ---------------
CLÁUSULA SÉPTIMA: COSTOS IMPUTABLES AL VALOR DEL CONTRATO
7.1. Dentro de lo estipulado para el Contrato, está incluido la totalidad de los gastos que demanden la preparación y ejecución de los trabajos contratados, que son fijos e invariables, tales como: Dirección, Administración, salarios y jornales, impuestos, costos directos e indirectos, utilidades, transporte, Insumos, materiales, impresiones y todos los gastos necesarios al cumplimiento cabal de las obras, materia de l Contrato. - -
CLÁUSULA OCTAVA: REAJUSTE DE PRECIOS
La convocante reconocerá REAJUSTES DE PRECIOS, y cuyo cálculo se hará en forma mensual y se calculara de acuerdo a la siguiente expresión:
n
Rm = Pmo [Σ Ak (Ikm) - 1] k = 1 Iko
Donde:
Rm: Monto del reajuste por la variación de precios de los trabajos certificados en el mes “m”
Pmo: Monto certificados en el mes “m” a precios básicos.
Ak: Coeficientes de incidencia del insumo “k” a ser ajustado por la fluctuación del índice “Ikm”. La sumatoria de dicho coeficientes, para cada ítem a reajustar, debe ser igual a la unidad.
IKO: Precio de origen representativo del insumo k correspondiente al mes anterior de la apertura
de la oferta, en base a los precios publicados en dicho mes en la revista de la Cámara Paraguaya de la Construcción (CAPACO)
Ikm: Precio de insumo k en el mes “m”, publicado en dicho mes en la revista de la Cámara
Paraguaya de la Construcción (CAPACO)
CLÁUSULA NOVENA: PERSONAL, EQUIPO Y MATERIALES DE LA EMPRESA CONTRATISTA
9.1. EL CONTRATISTA proveerá el personal, vehículos, equipos de oficina, herramientas, materiales de construcción y todo lo necesario para la ejecución de los Servicios prestados.
9.2. Las indemnizaciones que pudiesen corresponder al personal Contratado por EL CONTRATISTA
deben ser absorbidas por EL CONTRATISTA.
9.3. Las indemnizaciones por daños y perjuicios al personal, vehículos, equipos de oficina, herramientas y materiales de construcción deben ser absorbidos por EL CONTRATISTA.
9.4. EL CONTRATISTA empleará personal de probada capacidad y mano de obra en número suficiente para la ejecución de las obras previstas. Tendrá la facultad de establecer turnos de trabajo extras durante las horas nocturnas o días festivos, solicitando autorización con la debida anticipación a la Fiscalización de obra. Para todos los efectos del Código de trabajo de la República del Paraguay y de las leyes sobre previsión social, EL CONTRATISTA asume los deberes de Patrono.
9.5. Cuando por cualquier razón se deban solicitar horas extraordinarias de trabajo, EL CONTRATISTA solicitará autorización a la Fiscalización de Obra, con una antelación de cuarenta y ocho horas (48), dentro de la semana en que se ejecutaran los servicios.
Para todo trabajo realizado en horario extraordinario, incluido el nocturno, se considerara que los gastos inherentes al mismo están incluidos en los precios contratados y no habrá ajuste en su carácter de horario extraordinario.
CLÁUSULA DECIMA: TRABAJO FINAL
10.1. EL CONTRATISTA deberá entregar el trabajo finalizado dentro del plazo previsto, conteniendo todo lo especificado en la CLÁUSULA SEGUNDA Y TERCERA y en la Planilla Adjunta en la Oferta.
10.2. EL CONTRATISTA deberá cumplir con los plazos parciales y finales de la obra.
En caso de incumplimiento será responsable por las demoras ocasionadas y pasibles de penalización conforme al párrafo siguiente.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: MULTAS POR ATRASOS EN LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
La Municipalidad tiene la facultad de aplicar al Contratista una multa por incumplimiento del plazo establecido en la Cláusula Quinta de este Contrato. En caso de producirse atrasos en la ejecución de las obras adjudicadas, por causa imputable a el Contratista, el mismo deberá abonar a la Municipalidad una multa del 1% (uno por ciento) diario sobre el valor total del contrato. Lo generado por las multas deberá ser imputado por la Municipalidad en el Rubro Presupuestario “Otros Ingresos no Tributarios”.-------------
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA: CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO
1) Este contrato terminará:
a) por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
b) por mutuo acuerdo de las partes;
c) por sentencia ejecutoriada de autoridad jurisdiccional que declare nulidad, resolución o rescisión de l contrato;
d) por decisión unilateral de la Municipalidad en caso de incumplimiento del Contratista;
e) por muerte del Contratista, en caso de ser persona física;
f) por disolución de la persona jurídica del Contratista, siempre que ésta última no se origine por decisión interna voluntaria de sus órganos competentes. Los representantes legales y los integrantes de los órganos de dirección de las personas jurídicas cuya disolución se tramita, están obligados, bajo su responsabilidad personal y solidaria, a informar a la autoridad a la que compete aprobar la disolución, sobre la existencia de contratos que aquellas tengan pendientes con la Municipalidad y a comunicarle a esta sobre la situación y causales de la disolución.
2) Terminación por mutuo acuerdo.
Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuera posible o conveniente para los intereses públicos ejecutar total o parcialmente este contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren.----------------------
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: RESCISIÓN DEL CONTRATO
1) Por causas imputables al Contratista:
La Municipalidad podrá rescindir administrativamente los contratos, en los siguientes casos:
a) por incumplimiento del Contratista de cualquiera de las cláusulas de este contrato;
b) por quiebra o insolvencia del Contratista;
c) cuando el valor de las multas supera el monto de la garantía de cumplimiento de contrato;
d) por suspensión de los trabajos, imputable al Contratista, por más de 30 (treinta) días calendario, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito;
e) por fraude o colusión debidamente comprobada del Contratista, desde la adjudicación hasta la
finalización del contrato;
f) por haberse celebrado un contrato contra expresa prohibición de la ley; y
g) en los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo a su naturaleza.
La Municipalidad iniciará el procedimiento de rescisión dentro de los 15 días calendario siguiente a aqué l en que se hubiere agotado el plazo límite de aplicación de las penas convencionales.-
El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
a) se iniciará a partir de que al Contratista le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 10 días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, los medios de pruebas que estime pertinentes;
b) transcurrido el plazo a que se refiere el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos , pruebas y circunstancias del caso; y
c) la determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al Contratista dentro de los 15 días hábiles siguientes a la verificación de l incumplimiento.
2) Por causas imputables a la Municipalidad:
El Contratista podrá dar por terminado el contrato por las siguientes causas:
a) por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de 30 (treinta) días calendario.
b) por la suspensión de la provisión por más de 30 (treinta) días calendario, dispuesta por la Municipalidad, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito;
La Municipalidad y el Contratista estarán e xentos de responsabilidad en el cumplimiento de los plazos establecidos en este Contrato, toda vez que estén impedidos por causas atribuidas a fuerza mayor. Para los fines de este contrato se considerarán casos de fuerza mayor los que, por ejemplo pero no limitativamente, se mencionan a continuación, siempre que tales casos hayan tenido efectiva influencia o producido interrupción en la ejecución del contrato y que se haya tenido la debida diligencia para prevenir o limitar sus influencias. Tales situaciones son las siguientes: guerras, hostilidades bélicas, invasión armada, guerra civil, revoluciones, insurrecciones o destrucciones, huelgas, actos de sabotaje, maniobras subversivas, bloqueos, conmoción civil, epidemias, huracanes, inundaciones excepcionales , y cualquier otro accidente similar o equivalente a los fenómenos descriptos y que escapen al control de cualquiera de las partes, en un todo acorde a las prescripciones legales en la xxxxxx insertas en el Código Civil Paraguayo vigente.----------
Al producirse un caso de fuerza mayor, la parte interesada deberá comunicar a la otra de inmediato, existiendo un plazo de 5 días calendario para aportar las pruebas correspondientes, a no ser que existan graves impedimentos para ello, anexando a dicha comunicación las documentaciones respectivas.----------
En los casos mencionados en esta cláusula, los periodos de ejecución de los servicios serán aplazados y/o anulados por el tiempo equivalente al número de días transcurridos en el caso de fuerza mayor. ------------
La manifestación del hecho considerado como fuerza mayor por el Contratista así como las pruebas por el ofrecidas, deberán ser apreciadas por la Municipalidad, cuyas conclusiones serán debidamente notificadas a el Contratista en el domicilio constituido en este contrato, dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas. En el caso de no considerarse el hecho alegado como causal suficiente para justificar el incumplimiento de contrato, atendiendo a que la enunciación de las causales es meramente enunciativa, la Municipalidad hará efectiva de inmediato la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin necesidad de notificación alguna al Contratista.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El Contratista no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones que se deriven del Contrato, con excepción de los derechos de crédito, para lo cual deberá contar con autorización previa, expresa y por escrito de la Municipalidad.
El Contratista podrá subcontratar con terceras personas parte de sus prestaciones, siempre y cuando se cumplan con los siguientes requisitos: --------------------------------------------
1) Que la Intendencia Municipal apruebe por escrito previamente la subcontratación.
2) Que las prestaciones parciales que el contratista subcontrate con terceros no exceda del sesenta por ciento (60%) de las prestaciones derivadas del contrato original.
3) Que el subcontratista no se encuentre comprendido en algunas de las causales de prohibición señaladas en el Art. 40 de la Ley No. 2051/03.
Las relaciones jurídicas entre la Municipalidad, el Contratista y Sub-Contratista se regirán por las disposiciones del Artículo 38º de la Ley Nº 2051/03 “Contrataciones Públicas”. —
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: CALIDAD DE LOS MATERIALES
15.1. Todos los materiales a ser utilizados en los trabajos deberán ser de la mejor calidad y llenarán los demás requisitos exigidos en las especificaciones técnicas, y aprobados por la Fiscalización de obra.-------
15.2. En cualquier momento la Fiscalización de obra podrá inspeccionar y probar los materiales en fábrica o en el sitio de obra. -
15.3. Todos los materiales susceptibles a deteriorarse deberán ser adecuadamente almacenados y protegidos de la influencia atmosférica.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS
La Municipalidad, por razones de interés público, se reserva el derecho de ordenar la suspensión tempora l de la entrega de los bienes proveídos, notificando al Contratista con una anticipación razonable.--------------
El Contratista tiene derecho a solicitar a la Municipalidad la suspensión del contrato cuando la xxxx en el de pago de Facturas presentadas sea superior a 60 (sesenta) días, por motivos que no le sean imputables.- Cuando se suspendan los trabajos, cualquiera sea su causa, se procederá a labrar un acta del estado de los trabajos ejecutados.
CLÁUSULA DÉCIMO SEPTIMA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá vigencia de 90 (noventa) días calendarios, contados a partir de la firma de la misma, salvo los motivos establecidos en la cláusula DUODECIMA del referido contrato. En caso que una de las partes quiera rescindir el contrato, deberá pre avisar a la otra parte con una antelación de 30 (treinta) días, por escrito.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
18.1. EL CONTRATISTA con motivo de la firma del Contrato, se obliga a presentar una Garantía de Fie l Cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del Contrato, por una suma mínima equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del contrato, garantía que tendrá vigencia de 12 (ciento veinte) días como mínimo; asimismo se procederá a la retención del 5% (cinco por ciento) de los certificados presentados, e l cual deberá ser devuelto en el momento de la recepción definitiva, en concepto de caución.-
18.2. Dicha garantía será otorgada por intermedio de una Compañía de Seguros o de un Banco que cuente con la aceptación del Contratante. Con exclusión de las excepciones de nulidad relativa, de compensac ión y de exclusión, esta garantía será declarada incondicional, ilimitada e irrevocable y será pagadera al primer requerimiento escrito.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: RECEPCIÓN PROVISORIA Y RECEPCIÓN DEFINITIVA
19.1. La Municipalidad a través del Fiscal de Obra designado procederá a la Recepción Provisoria y Definitiva.
19.2 Después de la conclusión y limpieza final de la obra y debidamente notif icada de eso el Contratista, la Fiscalización en representación de LA MUNICIPALIDAD hará la medición provisoria de la obra y la inspeccionara informando por escrito al Contratista cualquier falla eventual observada a ser remediada antes de la recepción final. La fiscalización promoverá la inspección final a realizarse conjuntamente con LA MUNICIPALIDAD, luego de ser notificada por el Contratista de que la obra se encuentra en condiciones de ser aceptada, se formalizará su recepción final, labrándose un Acta de Recepción Final
que será firmada por el Intendente Municipal en representación de LA MUNICIPALIDAD, el Contratista y la Fiscalización treinta días (30) posteriores a la recepción provisoria precisamente.-
CLÁUSULA VIGESIMA: DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
Cualquier controversia que suscitaren la interpretación o incumplimiento del presente contrato, las partes contratantes se comprometen a resolverla en forma amigable. Si no hubiere entendimiento, para el efecto las partes se someten libre y voluntariamente a la jurisdicción y competencia del Poder Judicial xx Xxxxxxxxxxx renunciando expresamente a cualquier otra.--------
Leídas y ratificadas las cláusulas que preceden, firman las partes en prueba de conformidad en 03 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, a los -------días del mes de ----------- del año dos mil trece.------------------------------------------
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Abogada Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Secretario General I.M. Intendente Municipal
Contratista